CRÓNICA
PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV
JUDICIAL
Chiclayo, lunes 27 de febrero del 2017
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N° 5837
LICA DEL PER PÚ B Ú RE
Chiclayo, lunes 27 de febrero del 2017
Corte Superior de Justicia de Lambayeque
Comisión de Selección de Jueces Supernumerarios COMUNICADO Nº 01 -2017 La Comisión de Selección de Jueces Supernumerarios, por disposición de la Presidencia de esta sede de Corte, comunica que por motivos de promociones de magistrados y conversión de un órgano jurisdiccional; se amplía el número de vacantes para el registro de jue-
ces supernumerarios en NIVELES Y ESPECIALIDADES DE LAS la Convocatoria N° 001- PLAZAS CONVOCADAS 2017; en el nivel de paz CANTIDAD letrado de 6 a 9 vacantes Nº NIVEL Y ESPECIALIDAD 01 Jueces Superiores 6 y en el caso de los jueces 02 Jueces Especializado de Trabajo 6 especializados de trajo de 11 5 a 6 vacantes, por lo 03 Jueces Especializados Penales 04 Jueces Especializados Civiles 5 que el nuevo cuadro de 5 plazas y niveles a con- 05 Jueces de Familia 2 curso, queda modificado 06 Jueces Mixtos 07 Jueces de Paz Letrado 9 de la siguiente manera:
ETAPAS DEL PROCESO Los abogados postulantes a Jueces Supernumerarios a la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, serán sometidos a las siguientes etapas: 1. Examen de Conocimientos. 2. Calificación curricular. 3. Entrevista Personal.
El examen escrito y la calificación del currículo vitae, TIENEN CARÁCTER ELIMINATORIO, el postulante debe obtener puntaje aprobatorio en cada una de las etapas, para acceder a la siguiente etapa del proceso.
Artículo 02.- CRONOGRAMA N° 01
AÑO 2017
N°
Del 20 al 26 de febrero
09
Presentación del currículo vitae
20 y 21 de marzo
Del 27, 28 de febrero y 01 de
10 11
Calificación curricular Publicación de los resultados de la calificación curricular Recurso de reconsideración a la calificación curricular Absolución de reconsideración
22 y 23 de marzo
marzo
Entrevista personal Publicación de los resultados finales del proceso Remisión del informe final del proceso
30 de marzo
ETAPAS Difusión de la convocatoria (pagina web institucional, crónica judicial)
02
Inscripciones
03
Publicación de candidatos inscritos
03 de marzo
04
Presentación de reconsideraciones, tachas absolución de las mismas de reconsideraciones y tachas Publicación de candidatos hábiles
06 y 07 de marzo
Examen de conocimiento Publicación de los resultados de la evaluación de conocimientos
14 de marzo
15
16 de marzo
16
05 06 07 08
08 y 09 de marzo 10 de marzo
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ETAPAS
AÑO 2017
24 de marzo 27 de marzo 28 de marzo
31 de marzo 03 de abril
Mayor información sobre la presente convocatoria, bases del concurso, dirigirse a la siguiente dirección Web: http://www.pj.gob.pe/ wps/wcm/connect/cortesuperiorlambayequepj/s_csj_lambayeque_nuevo/as_inicio LA COMISIÓN
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CRÓNICA
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JUDICIAL
PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE MG. ALDO ENRIQUE ZAPATA LÓPEZ PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV
Chiclayo, lunes 27 de febrero del 2017 1. REMATE JUDICIAL
REMATE JUDICIAL EN SEGUNDA CONVOCATORIA En el Exp N° 3357-2014 seguido por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE PIURA SAC contra ANA CECILIA MARTINEZ VERDEGUER sobre Ejecución de Garantías, el señor Juez del Quinto Juzgado Civil de Piura, Dr. Jensen F. García Córdova, interviniendo como Especialista Legal la Dra, QUEZADA CRISANTO SILVIA RODAIL, ha ordenado que el suscrito MARTILIERO PUBLICO realice el remate en SEGUNDA CONVOCATORIA del bien inmueble consistente en: 1.- Predio Urbano ubicado en la Mz. “D” lote 07 de la Urb, Patazca de la Ciudad de Chiclayo, provincia del mismo nombre, departamento de Lambayeque, cuyas áreas y medidas perimétricas corren inscritas en la Partida Electrónica No. 02196037 del registro de propiedad inmueble de la Zona regístral de Chidayo. TASACION: US $ 207,550.00, PRECIO BASE: La subasta se realizará sobre las dos terceras partes de dicho valor, ascendente a la suma de US $ 117,611.66, para ser postor se deberá depositar el monto no menor al 10% del valor de tasación, y el arancel judicial correspondiente. GRAVAMEN: 1) Primera y preferente hipoteca hasta por la suma de US $ 187,852.26, 2) Medida cautelar de anotación de demanda de Nulidad de Acto jurídico, emitida por el 4to Juzgado especializado en lo Civil de Chiclayo, Exp. 735-2016; cargas que se encuentran inscritas en la Partida electrónica mencionada anteriormente. REMATE que se realizará el día 07 DE ABRIL del año 2017 a la 11.20 AM, en el local del Juzgado ubicado en la Calle Lima No. 997 2do Piso, cercado de la ciudad de Piura. Piura, ENERO del año 2017 ALEJANDRO BOCANEGRA CASTRO MARTILLERO PUBLICO REG. N° 172 SILVIA RODAIL QUEZADA CRISANTO SECRETARIA JUDICIAL QUINTO JUZGADO CIVIL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PIURA P/ 5802584 F/ 2986 FP/ 27, 28 feb. 01 mar. S/. 21.00
Telf: 481030 - 239182
REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA A SUBASTA En el Expediente No. 00185-2011-01713-JP-CI-01 en los seguidos por ISABEL CALDERON DE FERNADEZ contra MARTINA GONZALES YAIPEN; con intervención de Marisa Magdalena Camacho Delgado como acreedora no ejecutante; sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, el Primer (1°) Juzgado de Paz Letrado de Monsefú a cargo del Juez Dra. Bertha Cubas Peralta, Especialista Legal Manuel Gilberto Romero Balcazar, ha facultado al Martillero Público Gianni Gasttone Chávez Enciso con Registro No. 293 para llevar a cabo la diligencia de REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA del siguiente bien: 1.- El 62.5% de Acciones y Derechos del inmueble ubicado en la Calle Santo Toribio No. 171, Manzana 95, Lote 19, de la Urbanización Chero del Distrito de Monsefú, Provincia de Chiclayo y Departamento de Lambayeque, inscrito en la Partida No. P10121621 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral No. II — Sede Chiclayo; correspondientes a la demandada Martina Gonzáles Yaipen. VALOR DE TASACIÓN: SI. 88,509.14 Nuevos Soles. BASE DE REMATE: SI. 59,006.10 Nuevos Soles. AFECTACIONES: 1) EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN: hasta por la cantidad de SI. 11,000.00 Nuevos Soles, sobre las acciones y derechos que le corresponden a Martina Gonzáles Yaipen,
ordenado por el Juzgado de Paz Letrado de Monsefú, inscrito en el Asiento No. 00005 de la Partida No. P10121621 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral No. II -Sede Chiclayo; 2) EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN SOBRE ACCIONES Y DERECHOS: Hasta por la suma de SI. 30,000.00 Nuevos Soles sobre las acciones y derechos que le corresponde a las demandada Martina Gonzáles Yaipen, ordenado por el Juzgado de Paz Letrado de Monsefú, inscrito en el Asiento No. 00006 de la Partida No. P10121621 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral No. II - Sede Chiclayo. DIA Y HORA DEL REMATE: Día 14 de marzo del 2017, a horas 11.30 a.m. (Once y Treinta de la mañana). LUGAR DE REMATE: En el local del Juzgado ubicado en Calle Bolognesi No. 460 - Monsefú, Chiclayo. LOS POSTORES: Oblarán el 10% de la tasación en efectivo o cheque de gerencia negociable a su nombre, además se deberá adjuntar DNI en original y copia, y tasa judicial por participar en remate en original y copia, en la que se consignará a este-Juzgado, Número de Expediente y Número de DNI, copia y original firmados; además, los postores previo al acto de remate deberán visar el arancel judicial por concepto de participación en el remate judicial en la oficina de REPEJ - REMAJ de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque. Los Honorarios del Martillero Público son por cuenta del Adjudicatario, de conformidad con el Artículo 18° del Decreto Supremo No. 008-2005-JUS, están afectos al IGV y se cancelarán culminado el Acto de Remate. GIANNI GASTTONE CHAVEZ ENCISO, Martillero Público con Registro No. 293; Juez Bertha Cubas Peralta, Especialista Legal Manuel Gilberto Romero Balcazar, Primer (1°) Juzgado de Paz Letrado de Monsefú. GIANNI GASTTONE CHAVEZ ENCISO MARTILIERO PÚBLICO REG. N° 293 MANUEL GILBERTO ROMERO BALCAZAR SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO- MONSEFÚ PODER JUDICIAL- CSJLA P/ 5798094 B/ 5086 FP/ 27, 28, feb. 01, 02, 03, 06 mar. S/. 93.60
PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO JUDICIAL Expediente N° 767- 2014.- Por disposición del Sr. Juez del Octavo Juzgado Civil Subespecialidad Comercial de Chiclayo, Dr.: SANDRO OMAR AGUILAR GAITAN y Especialista Legal: CAROLINA PORTOCARRERO ESTELA, en los Autos seguidos sobre EJECUCION DE GARANTIAS por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE SULLANA S.A. con CARLOS MANUEL ALVARADO ECHEANDIA, DIONICIO HUGO ALVARADO ECHEANDIA, MARIO FAUSTO ALVARADO ECHEANDIA, DORA FIESTAS LLENQUE, SILVIA JANNET HUAMANCHUMO LLENQUE y KETTY DE LOS MILAGROS LLENQUE RIVADENEYRA, con participación del Martillero Publico JORGE LUIS MANTILLA HUERTAS de Registro Nacional Noventa y cinco, se procederá a llevar a cabo el REMATE PUBLICO JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA, de Tres (2) Inmuebles, en los siguientes Horarios: HORA 2.40 DE LA TARDE: El ubicado en la Manzana 16, Lote 6, del Pueblo Tradicional Cercado San José, del Distrito de San José, Provincia y Departamento de Lambayeque, inscrito en la Partida N° P10034968, del Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° II, Sede Chiclayo- SUNARP.- Con una TASACIÓN de: US$ 32,074.20 (Treinta y dos mil, setenta y cuatro con 20/100 Dólares Americanos) y con una BASE DE REMATE, deducida conforme a Ley: US$ 21,382.80 (Veintiún mil, trescientos ochenta
y dos con 80/100 Dólares Americanos).AFECTACIONES: 1) HIPOTECA.- Hasta por US$ 12,767.40 a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Sullana S.A. (Inscrita en el Asiento 00003 de la Partida N° P10034968).HORA 3.00 DE LA TARDE.- El ubicado en la Calle Dos de Mayo Lote 20, Manzana 25, del Pueblo Tradicional Cercado San José, del Distrito de San José, Provincia y Departamento de Lambayeque, inscrito en la Partida N° P10035402, del Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° II, Sede Chiclayo- SUNARP.- Con una TASACIÓN de: US$ 12,142.20 (Doce mil, ciento cuarenta y dos con 20/100 Dólares Americanos) y con una BASE DE REMATE, deducida conforme a Ley: US$ 8,094.80 (Ocho mil, noventa y cuatro con 80/100 Dólares Americanos).- AFECTACIONES: 1) HIPOTECA.- Hasta por US$ 5,000.00 a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Sullana S.A. (Inscrita en el Asiento 00004 de la Partida N° P10035402) y HORA 3.20 DE LA TARDE.- El ubicado en la Manzana 26, Lote 32 (Calle José Olaya N° 380), del Pueblo Tradicional Cercado San José, del Distrito de San José, Provincia y Departamento de Lambayeque, inscrito en la Partida N° P10035365, del Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona Registra! N° II, Sede Chiclayo- SUNARP.Con una TASACIÓN de: US$ 28,387.45 (Veintiocho mil, trescientos ochenta y siete con 45/100 Dólares Americanos) y con una BASE DE REMATE, deducida conforme a Ley: US$ 18,924.96 (Dieciocho mil, novecientos veinticuatro con 96/100 Dólares Americanos).- AFECTACIONES: 1) HIPOTECA.- Hasta por US$ 10,000.00 a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Sullana S.A. (Inscrita en el Asiento 00006 dé la Partida N° P10035365).DIA DEL REMATE: El 30 de Marzo del 2017.LUGAR DEL REMATE.- En la Sala de Remates, sito en la Calle San José N° 1052, Segundo Piso, con ingreso por Calle San José N° 1074, del Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, Sede Antigua de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque.POSTORES: Oblaran (Garantía) el 10 % de Tasación del Inmueble, en efectivo o en Cheque de Gerencia NEGOCIABLE, girado a nombre del postor y presentaran Arancel Judicial respectivo para cada Inmueble (Indicando N° de Expediente, Juzgado y DNI/ RUC), el mismo que previo al inicio del Remate deberá ser VALIDADO (SELLADO) en la Oficina de REPEJREMAP.- ADJUDICATARIO: Cancelara los honorarios del Martillero, según arancel mas I.G.V. (Art. 732 del C.P.C.).- Informes al # 998084468.JORGE LUIS MANTILLA HUERTAS MARTILLERO PUBLICO REGISTRO NACIONAL N° 95. TELF. 998084468- 994892295 P/ 5798153 F/ 2986 FP/ 27, 28 Feb. 01, 02, 03, 06 mar. S/. 79.50
AVISO DE REMATE PÚBLICO EN SEGUNDA CONVOCATORIA Ante el Octavo Juzgado civil Sub Especialidad Comercial, de la Provincia de Chiclayo, que despacha el Sr. Juez Dr. SANDRO OMAR AGUILAR GAITÁN, y Especialista Legal Dra. CAROLINA PORTOCARRERO ESTELA. En el proceso seguido por. SCOTIABANK PERÚ SAA. Contra, DARWIN MELWIN SAUSA ARRASCO. Sobre, EJECUCION DE GARANTIAS. En él. EXP N° 4402015-0-1706-JR-CO-080, el Señor Juez de conformidad con lo dispuesto por Ley 28371, que modifica los Art. 731-732 del Código Procesal Civil Concordante con el Reglamento de la Ley del Martillero mediante D.S. N° 008-2005-JUS, ha facultado al Martillero Público JOSÉ LUIS
PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV NECIOSUP FABERJO con Rég. N° 102, para llevar acabo el acto. DJH REMATE JUDICIAL EN SEGUNDA CONVOCATORIA para él. DÍA MARTES. O7 DE MARZO DE 2O17. A HORAS 3:15 P.M. en la sala de Remates ubicado en la calle San José N° 1052 - de Chiclayo. BIEN INMUEBLE; Ubicado en la AV. LA PAZ S/N° (MZ. 4- LOTE 7) de la Urbanización Santa Rosa - la Victoria Distrito de la victoria. Provincia de Chiclayo y Departamento de Lambayeque. Con un Área de 108.0O m2, Cuyas Características, Linderos y Medidas Perimétricas, constan inscritas, en la Partida N° P1116O787 del Registro de Propiedad Inmueble. Zona Registral N° II Sede Chiclayo; siendo el precio de su. Tasación Comercial ascendente a. US$.38,340,00 (TREINTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS CUARENTA CON OO/1OO DÓLARES AMERICANOS) siendo el precio Base para el Segundo Remate US$.21,726.00 (VEINTIÚN MIL SETECIENTOS VEINTISÉIS CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS) monto que resulta reduciendo el 15% menos de la postura anterior. LOS POSTORES: Oblaran la cantidad del 10% no menor del valor de la tasación Equivalente a US$.3,834.00 Dólares Americanos, en efectivo, cheque de gerencia girado a su nombre o depósito Judicial y pagar la Tasa Judicial con el Código N° 7153 del Banco de la Nación, importe por derecho a participar en el remate por S/.197.50 Nuevos Soles. Más Reintegro Indicando N° de EXP, Juzgado y documento de Identidad, para ser Postores. A si mismo validar la Tasa Judicial en el área de recaudaciones de la corte superior de Justicia de Lambayeque. HONORARIOS: Es de cargo del ADJUDICATARIO, la comisión del Martillero según escala regulada en el Art. N° 18 del D.S, W 008-2005-JUS GRAVAMENES: l.-PRIMERA Y PREFERENCIAL HIPOTECA: a favor de la Entidad Ejecutante SCOTIABANK PERÚ SAA. Hasta por la suma de S/.105,235.20. SOLES, para garantizar un crédito por el monto de S/.84,OOO.OO Inscrito en el As. DOOOO3, Partida N° 1116O787del Registro de Propiedad Inmueble Zona Registral N° II Sede Chiclayo. 2.-CONSTITUCION DE HIPOTECA; la propietaria del Inmueble inscrito en la presente partida, en calidad de deudora; constituye Hipoteca a favor de CLARTTA MADELEIDY RIVEROS OLIVERA, hasta por la suma de S/105,235.20 Soles, a fin de garantizar un préstamo por la suma de S/.8O,OOO.OO Soles por un plazo de 120 meses. Inscrito en el As. DOO004, Partida N° 11160787del Registro de Propiedad Inmueble Zona Registral N° II Sede Chiclayo, TELF: # 979996289 979762O3O. PUBLICAR POR 03 DÍAS. Chiclayo, 16 de Enero de 2017 CAROLINA POTOCARRERO ESTELA SECRETARIA JUDICIAL 8° JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL COMERCIAL PODER JUDICIAL- CSJLA JOSE LUIS NECIOSUP FABERNO MARTILLERO PUBLICO REG. 102 ABOGADO C.A.L.L 1983 P/5796684 F/ 2964 FP/ 24, 27, 28 feb. S/. 44.10
AVISO DE REMATE JUDICIAL EN TERCERA CONVOCATORIA En el Expediente N° O325 - 2014 seguido por SCOTIABANK PERU S.A.A contra GRUPO DE EMPRENDEDORES ANTARES S.A.C. sobre EJECUCION DE GARANTIAS REALES, el señor Juez del Octavo Juzgado Civil Sub. Especialidad Comercial de Chiclayo, Dr. Sandro Ornar Aguilar Gaitán, interviniendo como Especialista Legal Carolina Portocarrero Estela, ha ordenado que el suscrito MARTILLERO PÚBLICO, realice el remate judicial en TERCERA CONVOCATORIA del inmueble consistente en: Inmueble ubicado en la Mz. 19 Lote 7 del Asentamiento Humano El Porvenir (hoy calle . Colombia N° 252) del distrito y provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, cuya dominio, área, linderos y demás medidas perimétricas corren inscritos en la Partida Electrónica N° Pl 0028399 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registra! N° II Sede Chiclayo. TASACIÓN: Comercial en la suma de US$. 46,431.OO (CUARENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y UNO con OO/100 DÓLARES AMERICANOS). PRECIO BASE: En la suma de US$. 22,364.27 (VEINTIDÓS MIL
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TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO Y 27/10O DÓLARES AMERICANOS), monto que resulta luego de deducir el quince por ciento de la postura anterior. REQUISITOS PARA SER POSTOR; El POSTOR deberá presentar antes del remate una cantidad no menor a US$. 4,643.10 que equivale al 10% del valor de tasación, en efectivo, depósito judicial o cheque de gerencia girado a su nombre, asimismo deberán pagar la tasa judicial con el código del Banco de la Nación N° 07153 por derecho de participación de remate judicial de bien inmueble, indicando el número de expediente, documento de identidad y el juzgado correspondiente, el mismo que deberá estar debidamente validado con el sello respectivo por el área de REPEJ - REMAP de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque. GRAVÁMENES: 1) INSCRIPCIÓN DE HIPOTECA a favor del SCOTIABANK PERÚ S.A.A. hasta por la suma de S/. 114,843.30 Nuevos Soles, inscrita en el asiento 00006 de la Partida Electrónica N° P10028399 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registra! N° II Sede Chiclayo. 2) INSCRIPCIÓN DE EMBARGO a favor del BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A. hasta por la suma de S/ . 9,800.00 Nuevos Soles, ordenado por. Resolución Judicial N° 1 de fecha 02/07/2014 expedida por el Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado Civil de Chiclayo, Dr. Willy Arnaldo López Fernández y secretario judicial Dra. Yeny Gabriela Hernández Pacheco, inscrita en el asiento 00007 de la Partida Electrónica N° P10028399 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registra! N° H Sede Chiclayo. 3) INSCRIPCIÓN DE DEMANDA ordenado por Resolución Judicial N° 1 de fecha 09/12/2014 expedida por el Juez del Sétimo Juzgado Especializado Civil de Chiclayo, Dr. Julio Daniel Esquen Robles y secretario judicial José Antonio Oblitas Vera, en el Exp. N° 2014-4180-0706-JR-CI-07, inscrita en el asiento 00008 de la Partida Electrónica N° P10028399 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° H Sede Chiclayo. HONORARIOS: El Adjudicatario pagara los honorarios del Martillero, según lo establecido con el D.S. 008-2005- JUS. + IGV, y deberán ser cancelados al finalizar el acto de remate. REMATE que se realizará el día MIÉRCOLES 15 DE MARZO DEL 2O17 A LAS 1O;3O AM, en el local de la Sala de Remates, ubicada en la calle San José N° 1052 - 2do piso del Cercado de Chiclayo. DE REMATE JUDICIAL EN TERCERA CONVOCATORIA En el Expediente N° O325 - 2014 seguido por SCOTIABANK PERÚ S.A.A contra GRUPO DE EMPRENDEDORES ANTARES S.A.C. sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS REALES, el señor Juez del Octavo Juzgado Civil Sub. Especialidad Comercial de Chiclayo, Dr. Sandro Ornar Aguilar Gaitán, interviniendo como Especialista Legal Carolina Portocarrero Estela, ha ordenado que el suscrito MARTILLERO PÚBLICO, realice el remate judicial en TERCERA CONVOCATORIA del inmueble consistente en: Inmueble ubicado en la Mz. 19 Lote 7 del Asentamiento Humano El Porvenir (hoy calle . Colombia N° 252) del distrito y provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, cuya dominio, área, linderos y demás medidas perimétricas corren inscritos en la Partida Electrónica N° P 10028399 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registra! N° II Sede Chiclayo. TASACIÓN: Comercial en la suma de US$. 46,431.OO (CUARENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y UNO con OO/100 DÓLARES AMERICANOS). PRECIO BASE: En la suma de US$. 22,364.27 (VEINTIDÓS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO Y 27/10O DÓLARES AMERICANOS), monto que resulta luego de deducir el quince por ciento de la postura anterior. REQUISITOS PARA SER POSTOR; El POSTOR deberá presentar antes del remate una cantidad no menor a US$. 4,643.10 que equivale al 10% del valor de tasación, en efectivo, depósito judicial o cheque de gerencia girado a su nombre, asimismo deberán pagar la tasa judicial con el código del Banco de la Nación N° 07153 por derecho de participación de remate judicial de bien inmueble, indicando el número de expediente, documento de identidad y el juzgado correspondiente, el mismo que deberá estar debidamente validado con el sello respectivo por el área de REPEJ - REMAP de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque. GRAVÁMENES: 1) INSCRIPCIÓN DE HIPOTECA a favor del SCOTIABANK PERÚ S.A.A. hasta por la suma de S/. 114,843.30 Nuevos Soles, inscrita en el asiento 00006 de la Partida
JUDICIAL Electrónica N° P10028399 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registra! N° II Sede Chiclayo. 2) INSCRIPCIÓN DE EMBARGO a favor del BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A. hasta por la suma de S/ . 9,800.00 Nuevos Soles, ordenado por. Resolución Judicial N° 1 de fecha 02/07/2014 expedida por el Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado Civil de Chiclayo, Dr. Willy Arnaldo López Fernández y secretario judicial Dra. Yeny Gabriela Hernández Pacheco, inscrita en el asiento 00007 de la Partida Electrónica N° P10028399 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registra! N° H Sede Chiclayo. 3) INSCRIPCIÓN DE DEMANDA ordenado por Resolución Judicial N° 1 de fecha 09/12/2014 expedida por el Juez del Sétimo Juzgado Especializado Civil de Chiclayo, Dr. Julio Daniel Esquen Robles y secretario judicial José Antonio Oblitas Vera, en el Exp. N° 2014-4180-0706-JR-CI-07, inscrita en el asiento 00008 de la Partida Electrónica N° P10028399 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° H Sede Chiclayo. HONORARIOS: El Adjudicatario pagara los honorarios del Martillero, según lo establecido con el D.S. 008-2005- JUS. + IGV, y deberán ser cancelados al finalizar el acto de remate. REMATE que se realizará el día MIÉRCOLES 15 DE MARZO DEL 2O17 A LAS 1O;3O AM, en el local de la Sala de Remates, ubicada en la calle San José N° 1052 - 2do piso del Cercado de Chiclayo. Publicar por (03) TRES días Chiclayo, 18 de Enero del 2017. CAROLINA POTOCARRERO ESTELA SECRETARIA JUDICIAL 8° JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL COMERCIAL PODER JUDICIAL- CSJLA ALEJANDRO BOCANEGRA CASTRO ABOGADO MARTILLERO PUBLICO REG. PROF. 172 P/ 5796644 F/ 2963 FP/ 24, 27, 28 feb. S/ 43.20
SEGUNDA CONVOCATORIA REMATE JUDICIAL Expediente N° 375-2015, Octavo Juzgado Civil Sub Especialidad Comercial de Chiclayo, en los seguidos entre SCOTIABANK PERU SAA, con PEÑA PEÑA ROSMAN y RINZA REYES GABRIELA; sobre EJECUCION DE GARANTIAS, Juez: Sandro Ornar Aguilar Gaitán, Especialista Legal: Betty Varias Céspedes. Se ha dispuesto el REMATE JUDICIAL EN SEGUNDA CONVOCATORIA PUBLICA el INMUEBLE dado en garantía, consistente en: Asentamiento Humano San Antonio Sector Oeste Mz. 43 Lt. 9, Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento De Lambayeque, Inscrito En La Partida Electrónica N° P10023014 Del Registro de Propiedad Inmueble - Registro de Predios - De La Oficina Registral N° II- Sede Chiclayo. TASACIÓN: Según Resolución N° 07, se encuentra tasado en Setenta Y Tres Mil Ochocientos Cuarenta Y Tres Y 40/100 Dólares Americanos (US$. 47,392.92). BASE DEL REMATE; Según Resolución N° 09, la base del remate se constituye por las dos terceras partes de la tasación, menos un 15% por tratarse de segunda convocatoria, equivalente a: Veintiséis mil ochocientos cincuenta y cinco con 99/100 Dólares Americanos [$ 26,855.99]. CARGAS Y GRAVÁMENES: 1).HIPOTECA: A favor de la entidad ejecutante hasta por la suma de Ciento dieciséis mil ochocientos veintinueve con 99/100 Soles [S/. 116,829.99], la misma que se encuentra inscrita en el asiento 00011 de la Partida Registral N° P10023014, y que es materia de la presente ejecución. FECHA Y HORA DE REMATE: El viernes 31 de marzo del 2017 a las 9:30 de la mañana (AM) LUGAR DEL REMATE: Sala de Remates del Poder Judicial de Lambayeque, sito en Calle San José N° 1070, 2do Piso, Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque. POSTORES: Presentarán, en efectivo o en Cheque de Gerencia (Negociable) girado a su nombre, por la suma no menor al 10% del monto del valor de la tasación equivalente a Siete mil trescientos ochenta y cuatro con 34/100 Dólares Americanos (US$. 7,384.34), original y copia de D.IM.L, Arancel Judicial por derecho a participar en Remate de Bien Inmueble (en original y copia) a la orden del Juzgado, debiendo consignarse en él: el número de expediente,
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Juzgado, el acto procesal a realizar y firmas. Asimismo, deberán de presentar, de ser el caso, los documentos que sustenten la Representación Legal de Persona Jurídica. El presente remate estará a cargo del Martillero Público, Abogado Nils Denis Infantes Arbildo, con Registro SUNARP N° 294 (
[email protected] 947126266), Los HONORARIOS DEL MARTILLERO serán de cargo del adjudicatario según la tabla establecida en el Decreto Supremo N° 008-2005-JUS. Lambayeque, enero del 2017. CAROLINA POTOCARRERO ESTELA SECRETARIA JUDICIAL 8° JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL COMERCIAL PODER JUDICIAL- CSJLA NILS D. INFANTES ARBILDO MARTILLERO PUBLICO MATRICULA N° 294 P/ 5796567 F/ 2962 FP/ 24, 27, 28 feb. S/. 37.80
PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO En los autos seguidos por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Trujillo S.A. contra Ángel Eduardo Castro Novillo, sobre Ejecución de Garantías, Expediente 00467-2015, el Primer Juzgado Civil de Jaén, a cargo del Señor Juez Dr. Lucien Eli Montoya Urbina, Especialista Legal Dr. Roberto Juan Huamán Santisteban, ha dispuesto llevara cabo el REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA, para lo cual ha facultado a la Martillero Público Dra. Gisella Beatriz Remotti Carbonell, llevara cabo el acto de remate, del bien ubicado en la Calle San Martín, Asentamiento Humano Los Libertadores II Etapa, Mz B, Lote 7, del distrito y provincia de Jaén, Departamento de Cajamarca cuyo dominio, área, linderos, y medidas perimétricas y demás características obran inscritas en la Partida N° 11030817 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° II - Sede Chiclayo, Oficina Registral de Jaén. TASACIÓN: US$ 50,000.00 Dólares Americanos. PRECIO BASE: US$ 33,333,33 Dólares Americanos, equivalente a las 2/3 partes del valor de tasación. CARGAS Y GRAVAMENES: HIPOTECA, a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Trujillo S.A., hasta por la suma S/ 136,080.00 Nuevos Soles, inscrito en el asiento NS D00001 de la Partida Electrónica N°11030817, del Registro de Predios, Zona Registral N” II - Sede Chiclayo, Oficina Registral Jaén. REQUISITOS PARA SER POSTOR: Los postores oblarán una cantidad no menor a US$. 5,000.00 Dólares Americanos que equivale al 10% de la tasación en efectivo o cheque de gerencia negociable a su nombre. Presentarán el pago del arancel judicial efectuado en el Banco de la Nación con el Código N° 07153, debiendo consignar el número de expediente, documento de identidad y juzgado correspondiente; en caso de personas jurídicas presentarán RUC y poderes suficientes para participar y adjudicarse el bien debiendo presentar vigencia de poder en original con antigüedad no mayor a 30 días; presentando copias de todos los documentos. FECHA Y HORA DEL REMATE: 01 de marzo de 2017 a las 10:00 horas de la mañana. LUGAR DEL REMATE: En la Sala de Remates de la Sub Administración de la sede Judicial, ubicada en la Calle Mariscal Castilla N° 490, Jaén. Los honorarios del Martillero son de cuenta del adjudicatario, conforme con el artículo 732 del CPC, Ley de Martillero Público Ley N° 27728 y al Art. 18? de su Reglamento D.S. 008-2005JUS, y están afectos al IGV.- Jaén, 16 de enero del 2017.- Dra. GISELLA BEATRIZ REMOTTI CARBONELL - MARTILLERO PUBLICO - Reg. 334.- PODER JUDICIAL DR. ROBERTO JUAN HUAMÁN SANTISTEBAN - ESPECIALISTA LEGAL - PRIMER JUZGADO CIVIL DE JAÉN - CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE. GISELLA REMOTTI CARBONELL MARTILLERO PÚBLICO REG. 334 ROBERTO HUAMAN SANTISTEBAN SECRETARIO JUDICIAL PRIMER JUZGADO CIVIL MIXTO- JAEN PODER JUDICIAL- CSJLA P/ 5796521 F/ 838 FP/ 22, 23, 24, 25, 27, 28 feb. S/. 70.20
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Chiclayo, lunes 27 de febrero del 2017
PRIMER REMATE JUDICIAL Expediente N° 439-2015, Octavo Juzgado Civil Sub Especialidad Comercial de Chiclayo, en los seguidos entre BANCO DE CRÉDITO DEL PERU, con COMERCIO Y DISTRIBUICION MARICARMEN S.C.R.L, CARMELA CARRILLO BERNILLA y LUIS ALBERTO SANCHEZ SANTISTEBAN, sobre EJECUCION DE GARANTIAS, Juez: Sandro Omar Aguilar Gaitán, Especialista Legal: BETTY VARIAS CESPEDES. Se ha dispuesto el REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA PUBLICA el INMUEBLE dado en garantía, ubicado en: Pueblo Joven 9 de Octubre, Mz. H, Lt. 17 Ampliación PJ. 9 de Octubre (actualmente: Calle N° 03-278), del Distrito y Provincia Chiclayo, Departamento Lambayeque, Inscrito En La Partida Electrónica N° P10002686 Del Registro de Propiedad Inmueble - Registro de Predios - De La Oficina Registral N° II- Sede Chiclayo.— TASACIÓN: Según Resolución N° 08, se encuentra tasado en Sesenta Y Tres Mil Ochocientos con 00/100 Dólares Americanos (US$. 63,800,00). BASE DEL REMATE: Según Resolución N° 08, la base del remate se constituye por las dos terceras partes de la tasación, equivalente a: Cuarenta y dos mil quinientos treinta y tres con 33/100 Dólares Americanos [$ 42,533.33]. CARGAS Y GRAVAMENES: 1).- HIPOTECA: A favor de la entidad ejecutante hasta por la suma de Ochenta y tres mil trescientos cincuenta y siete con 05/100 Dólares Americanos [US$. 83,357.05], la misma que se encuentra inscrita en el asiento 00011 de la Partida Registral N° P10002686, y que es materia de la presente ejecución. Y HORA DE REMATE: El 31 de marzo del 2017 a 10:30 de la mañana (AM) LUGAR DEL REMATE; Sala de Remates del Poder Judicial de Lambayeque, sito en Calle San José N° 1052, 2do Piso, Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque.POSTORES: Presentarán, en efectivo o en Cheque de Gerencia (Negociable) girado a su nombre, por la suma no menor al 10% del monto del valor de la tasación equivalente a Seis mil trescientos ochenta con 00/100 Dólares Americanos (US$. 6,380.00), original y copia de D.N.I., Arancel Judicial por derecho a participar en Remate de Bien Inmueble(en original y copia) a la orden del Juzgado, debiendo consignarse en él: el número de expediente, Juzgado, el acto procesal a realizar y firmas. Asimismo, deberán de presentar, de ser el caso, los documentos que sustenten la Representación Legal de Persona Jurídica. El presente remate estará a cargo del Martillero Público, Abogado Nils Denis Infantes Arbildo, con Registro SUNARP N° 294 (
[email protected] 947126266), Los HONORARIOS DEL MARTILLERO serán de cargo del adjudicatario según la tabla establecida en el Decreto Supremo N° 008-2005-JUS. Lambayeque, enero del 2017. NILS DENIS INFANTES ARBILDO MARTILLERO PÚBLICO MATRÍCULA N° 294 CAROLINA PORTOCARRERO ESTELA SECRETARIA JUDICIAL 8° JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL COMERCIAL PODER JUDICIAL- CSJLA P/ 5794498 F/ 2944 FP/ 22, 23, 24, 27, 28 feb. S/. 77.50
AVISO DE REMATE PÚBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA Ante el Octavo Juzgado civil Sub Especialidad Comercial, de la Provincia de Chiclayo, que despacha el Sr. Juez Dr. SANDRO OMAR AGUILAR GAITAN, y Especialista Legal Dra. BETTY VARIAS CESPEDES. En el proceso seguido por. LA CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO SIPAN S.A. Contra, GILBERTO GUAYAMIS GALOC Y ANI FRANCISCA MAS CULQUI. Sobre, EJECUCION DE GARANTIAS. En él. EXP N° 10-2015-0-1706-JR-CO080, el Señor Juez de conformidad con lo dispuesto por Ley 28371, que modifica los Art. 731-732 del Código Procesal Civil Concordante con el Reglamento de la Ley del Martillero mediante D.S. NO 008-2005JUS, ha facultado al Martillero Público DR. JOSÉ LUIS NECIOSUP FABERIO con Reg. NO 102, para llevar acabo. EL REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA para él. DÍA MARTES, 07 DE MARZO DE 2O17. A HORAS 3: OO P.M. en la sala de Remates Ubicado en la calle San José N° 1052 - de Chiclayo. BIEN INMUEBLE: Ubicado en el Jirón las Palmeras Mz. 57, Lote 05 Sector
CRÓNICA Nueva Rioja distrito y Provincia de Rioja, Departamento de San Martin. Cuyas Características, área, Linderos y Medidas Perimétricas, constan inscritas, en la Partida N° 11018273 del Registro de Propiedad Inmueble. Oficina Registral N° III Sede Moyobamba; el mismo que saldrá a remate sobre las dos terceras partes de su. Tasación Comercial ascendente a. US$.18, 680.00 (DIECIOCHO MIL SEISCIENTOS OCHENTA CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS) siendo el precio Base para el Primer Remate US$.12,453.33 (DOCE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y TRES CON 33/100 DÓLARES AMERICANOS) L O S POSTORES; Oblaran la cantidad del 10% no menor del valor de la tasación Equivalente a US$.1,868.00 Dólares Americanos, en efectivo, cheque de gerencia girado a su nombre o depósito Judicial y pagar la Tasa Judicial con el Código N° 7153 del Banco de la Nación, importe por derecho a participar en el Remate por S/.395.00 Soles. Más Reintegro Indicando N° de EXP, Juzgado y documento de Identidad, para ser Postores. A si mismo validar la Tasa Judicial en el área de recaudaciones de la corte superior de Justicia de Lambayeque. HONORARIOS; Es de cargo del ADJUDICATARIO, la comisión del Martillero según escala regulada en el Art. N° 18 del D.S. N° 008-2005-JUS. GRAVÁMENES: 1.-PRIMERA Y PREFERENCIAL HIPOTECA; a favor de la entidad ejecutante CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO SIPAN S.A., hasta por la suma de US$.17, 424.26. Dólares Americanos Inscrito en el As. D00002, Partida N° 11018273, del Registro de Propiedad Inmueble Oficina Registral N°III Sede Moyobamba. 2.- EMBARGO EN FORMA DE ISNCRIPCIón: A de SCOTIABANK S.S Hasta por la suma de US$.65,000.00 Dólares Americanos. Inscrito en li As. N° DOOOO3, Partida N° 11018273, del Registro de Propiedad Inmueble Oficina Registral N° III Sede Moyobamba. TELF: 979996289 - RPM #979996289 979762030. PUBLICAR POR 06 DÍAS. Chiclayo, 16 de Enero del 2O17. CAROLINA PORTOCARRERO ESTELA SECRETARIA JUDICIAL 8° JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL COMERCIAL PODER JUDICIAL- CSJLA JOSE LUIS NECIOSUP FABERIO MATILLERO PUBLICO REG. 102 ABOGADO C.A.L.L. 1983 P/ 5788327 F/ 2930 FP/ 20, 21, 22, 23, 24, 27 feb. S/. 90.00
PRIMER REMATE PÚBLICO Exp. N° 68-2015, en los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE TRUJILLO SA con José Alberto Chero Bances y Norma Angélica Ramírez Rodríguez sobre Ejecución de Garantías, el Octavo Juzgado Especializado Civil Subespecialidad Comercial de Chiclayo a cargo del señor Juez, DR. SANDRO OMAR AQUILAR GAITAN y Especialista Legal Dra. BETTY DEL SOCORRO VARÍAS CÉSPEDES, ha dispuesto sacar a REMATE PÚBLICO en PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble ubicado en la Manzana A, Lote 20 del Pueblo Joven Las Flores de la Pradera, Distrito Pimentel, Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, cuya área, linderos, medidas perimétricas y dominio se encuentran inscritos en la Partida N° P10138296 del Registro de Predios de la Zona Registral N° II - Sede Chiclayo, Oficina Registral de Chiclayo. TASACIÓN: US$15,715.00 (Quince mil setecientos quince con 00/100 dólares americanos).BASE: US$10,476.66 (Diez mil cuatrocientos setenta y seis con 66/100 dólares americanos) equivalente a las 2/3 partes de la tasación. GRAVAMEN: HIPOTECA, hasta por US$. 11,931.00 dólares americanos, a favor de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Trujillo SA, Escritura Pública N° 4217 del 22.11.2011, Notario Público Antonio Vera Méndez, As. 00003 de la Partida P10138296. DÍA HORA DEL REMATE: 29 de marzo de 2017 a las 12:00 horas. LUGAR DEL REMATE: Sala de Remates ubicada en Calle San José N° 10521070, Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, Sede Antigua de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque. Martillero Público que se encargará de realizar el Remate Público: Rodolfo
JUDICIAL
PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV
Reátegui Herrera POSTORES: Oblarán el 10% del valor de Tasación en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre; presentarán documento de identidad (copia y original); Arancel Judicial (original y copla firmados) donde conste el número del Juzgado, expediente y documento de identidad. El adjudicatario pagará los honorarios del Martillero Público que están afectos al IGV. Chiclayo, 30 de enero de 2017 CAROLINA PORTOCARRERO ESTELA SECRETARIA JUDICIAL 8° JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL COMERCIAL PODER JUDICIAL- CSJLA RODOLFO REÁTEGUI HERRERA MARTILLERO PUBLICO REG. N°123 P/ 5788324 F/ 2929 FP/ 20, 21, 22, 23, 24, 27feb. S/. 57.60
2. EDICTOS CLASIFICADOS
CONSEJO DE FAMILIA FORMACIÓN DE CONSEJO DE FAMILIA Ante SEGUNDO JZUGADO PAZ LETRADO FAMILIA CHICLAYO, que despacha Dra. LEILA MARIN MOSQUERA, se tramita Expediente 02018-2018-0-1706-JP-FC02, seguido por don RAFAEL DELGADO MOYANO, sobre FORMACIÓN CONSEJO FAMILIA para nombrar CURADOR del interdicto mayor de edad CIRIACO DELGADO MOYANO. Propone que el referido Consejo debe estar integrado por PATRICIA SABINA DELGADO PÉREZ, JUANA ROSA MOYANO PISCOYA, y SOFIA VITALIA MOYANO PISCOYA. Lo que se hace de público conocimiento, para que en el plazo de diez días siguientes a última publicación, se presente cualquier interesado para observar la inclusión o exclusión indebida de las personas que se proponen. Chiclayo, 22 de Febrero 2017. MARIA FLOR DIAZ ESTELA ESPECIALISTA JUDICIAL 2° JUZGADO DE PAZ LETRADO FAMILIA PODER JUDICIAL- CSJLA P/ 5798100 B/ 5088 FP/ 27, 28 feb. 01 ma. S/. 13.50
INSCRIPCION Y RECTIFICACION DE PARTIDAS RECTIFICACIÓN PARTIDA Ante Primer Juzgado Paz Letrado Ferreñafe, Juez Dra. G. Cuiquita C., Secretario J. Quiñones B.; Expediente N° 00552-2017-0-1707-JP-CI-01, doña NORMA ROSANA GASTULO CORREA, solicita RECTIFICACIÓN PARTIDA NACIMIENTO N° 1822, Año: 1958, inscrita MUNICIPALIDAD DISTRITAL PICSI; respecto titular parte central aparece “Norma Rosana G.C.”, debiendo ser NORMA ROSANA GASTULO CORREA. Asimismo padres figuran como “Segundo Gastulo Estela”, “Norma Correa Sovero”, siendo correcto JULIO SEGUNDO GASTULO ESTELA, NORMA MARIA ELELIA CORREA SOVERO. Lo que se hace de conocimiento para fines pertinentes. Ferreñafe, 21 de febrero del 2017 JOSÉ QUIÑONES BENDEZÚ SECRETARIO JUDICIAL Primer Juzgado Paz Letrado Ferreñafe PODER JUDICIAL- CSJLA P/ 5798126 B/ 5091 FP/ 27 feb. S/. 4.20
INSCRIPCIÓN DE PARTIDA DE DEFUNCIÓN Por ante el Primer Juzgado de Paz Letrado Civil de esta ciudad que despacha el Señor Juez JUAN FRANCISCO GARCÍA MAYORGA, Secretario Judicial YONNY RUBÉN LLAMOCTANÍA ATALAYA, en el Exp. N° 2288-2016, se ha dispuesto publicar mediante edictos la resolución número DOS, que ordena: ADMITIR a trámite en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO la solicitud interpuesta por JOSEFA MEDINA DE ATENCIO sobre INSCRIPCIÓN DE PARTIDA DE
DEFUNCIÓN de su extinto esposo Manuel Atención Guzmán; Téngase por ofrecidos los medios probatorios que precisa, por designado su Abogado defensor, por señalado su domicilio procesal y por consignada su casilla electrónica; PUBLIQUESE un extracto del admisorio, por una sola vez en el Diario “La República” y “El Peruano”. Notifíquese. Chiclayo, 20 de Febrero del 2017. YONNY RUBÉN LLAMOCTANÍA ATALAYA SECRETARIO JUDICIAL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO CIVIL PODER JUDICIAL- CSJLA P/ 5796449 B/ 5061 FP/ 23, 24, 27 feb. S/. 42.30
PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO Expediente N° 02468-2013-0-1706-JR-CI03 seguido por PRECIADO RIOS CARLOS AUGUSTO, contra EL GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE, sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA, el Juez del Tercer Juzgado Especializado Civil Chiclayo Dr. Edwin Eduardo Siaden Díaz, Secretaria Arlita Calderón Silva, ha dispuesto la publicación por edictos de un extracto de la Resolución Número Uno de fecha veintitrés de julio del año dos mil trece. SE RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE la demanda interpuesta por don CARLOS AUGUSTO PRECIADO RIOS, contra GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE representado por su Procurador Público, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO Y CANCELACION DEL ASIENTO REGISTRAL, en vía de PROCESO ABREVIADO; téngase por señalado su domicilio procesal y por ofrecidos los medios probatorios que indica; en consecuencia córrase traslado a la demandada por el término de DIEZ DÍAS a fin de absolver la misma. PUBLÍQUESE un extracto de la demanda por tres veces con intervalo de tres días en el diario oficial y en otro de mayor circulación.Chiclayo, 22 de febrero del año 2017 ALICIA ARLITA CALDERÓN SILVA SECRETARIA TERCER JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CHICLAYO PODER JUDICIAL- CSJLA P/ 5798296 B/ 5096 FP/ 27 feb. 03, 09 mar. S/. 21.60
PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA Expediente No. 2334-2016-0-1701-J-CI-l0 en los seguidos por ANTONIO PAUL GAYOSO CASTILLO Y GISSELA DEL CARMEN ARBULU AYALA contra GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE Y OTROS sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA ante el PRIMER JUZGADO CIVIL DR. ARY H. TERRONES MELENDEZ y especialista legal TITO BAZAN VERGARA ha resuelto NOTIFICAR por EDICTOS, publicándose un extracto de la DEMANDA Y RESOLUCIÓN ADMISORIAy es como sigue: Demanda interpuesta por RESOLUCION NÚMERO DOS de fecha veintitrés de enero del dos mil diecisiete.- SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por ANTONIO PAÚL GAYOSO CASTILLO Y GISSELA DEL CARMEN ARBULÚ AYALA contra EL ESTADO PERUANO, representada por el GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE, Y LAS PERSONAS INDETERMINADAS O INCIERTAS - que resulten tener derecho sobre la porción el bien inmueble no inscrito - sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, debiendo sustanciarse en la vía de Abreviado: ENTIÉNDASE la demanda con la Procuraduría Pública del Gobierno Regional de Lambayeque; PÓNGASE en conocimiento de la demanda a los colindantes PABLO TORRES BELLO, JORGE EFFIO LLONTOP y DEMETRIO FLORES CAICEDO; TENGASE por ofrecidos los medios probatorios del demandante, por señalado su domicilio procesal y casilla electrónica. En consecuencia, confiérase TRASLADO al Gobierno Regional de Lambayeque Y a la Procuraduría Pública del Gobierno Regional de Lambayeque por el plazo de DIEZ DÍAS a fin de que absuelvan la
PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV demanda, bajo apercibimiento de seguir el-proceso en su rebeldía. De otro lado, confiérase TRASLADO a las personas demandadas indeterminadas o inciertas por el plazo de CUARENTA Y CINCO DÍAS a fin de que absuelvan la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal: para tal fin se DISPONE su notificación mediante edictos en el Diario Oficial de La Localidad. 1)DISPONER la publicación mediante edictos de un extracto de la presente resolución por tres veces, con intervalo de tres días, de conformidad con lo que señala el artículo 506° del Código Procesal Civil. 2)Asimismo, conforme lo ordenado el segundo párrafo del Artículo 435 del Código Procesal Civil y considerando que el bien objeto de prescripción es un predio rústico: DISPONGASE la notificación por radiodifusión por cinco días consecutivos como dispone el Artículo 169 del citado Código Procesal; se dispone hacer las publicaciones mediante edictos en el termino de ley, PUBLÍQUBSE EDICTOS POR PLAZO DE TRES DÍAS CONSECUTIVOS EN EL DIARIO OFICIAL LA REPÚBLICA TITO U. BAZAN VERGARA ESPECIALISTA LEGAL MODULO CORPORATIVO CIVIL PODER JUDICIAL- CSJLA P/ 5796440 B/ 5054 FP/ 23, 24, 27 feb. S/. 42.30
PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO En el Expediente No. 00118-2017-0-1703JR-CI-01, seguido en el Primer Juzgado Civil de Jaén, que despacha el señor Juez Dr. Lucien Eli Montoya Urbina, y Secretario Judicial Roberto Huamán Santisteban, se ha ordenado notificar por edictos la siguiente resolución: ADMITIRÁ TRÁMITE, en proceso ABREVIADO la demanda interpuesta por LENAR MEJIA GUERRERO contra Municipalidad Provincial de Jaén; Procurador Público de la Municipalidad Provincial de Jaén, Marco Antonio Heredia Guarniz; Calor Mejía Heredia, María Genara Guerrero Carrillo y Benita Clara Germán Mondragón sobre Prescripción Adquisitiva de dominio. CONFERIR, traslado a la parte demandada por el plazo de DIEZ DÍAS a fin de que absuelvan la demanda, bajo apercibimiento de seguirse en su rebeldía. TENER, por ofrecidos sus medios probatorios, agregándose los anexos adjuntos; y por señalado su domicilio procesal. PUBLICAR, un extracto de la demanda por tres veces, con intervalo de tres días, en la forma prevista en los artículos 167° y 168° del Código Procesal Civil. NOTIFIQUESE, conforme a ley. Lo que se hace de conocimiento a los interesados, para que se apersonen al proceso y hagan valer sus derechos.Jaén, 08 de Febrero del 2017W LUCIEN MONTOYA URBINA JUEZ PRIMER JUZGADO CIVIL MIXTO- JAEN PODER JUDICIAL- CSJLA ROBERTO HUAMAN SANTISTEBAN PRIMER JUZGADO CIVIL MIXTO- JAEN PODER JUDICIAL- CSJLA P/ 5782199 B/ 823 FP/ 15, 21, 27 feb. S/. 23.40
SUCESIÓN INTESTADA SUCESIÓN INTESTADA EXP. NRO, 104-2017: Por ante el Juzgado de Paz Letrado de la provincia de San Ignacio- Cajamarca, que despacha el Señor Juez Dr. JAIME ADÁN FLORES SUAREZ, y el Especialista Legal MAXANDRE CESA K FELIX TABOADA RAMON, don: CESAR ONUR QUEVEDO CAMPOS, conjuntamente con sus hermanos LUIS PATROCINIO QUEVEDO CAMPOS y DIANA LISBETH QUEVEDO CAMPOS, en calidad de hijos solicitan la SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fue su padre don: LUIS PATROCINIO QUEVEDO ROMERO, fallecido el día 08 de Julio del 2014, en la ciudad de San Ignacio; quien tuvo como su último domicilio real en Jr. Lima N° 207-San Ignacio Los interesados -pueden apersonare al proceso conforme a ley. San Ignacio, 21 de Febrero del 2017 MAXANDRE CESA K FELIX TABOADA
CRÓNICA
RAMON ESPECILAISTA LEGAL JUZGADO DE PAZ LETRADO SAN IGNACIO P/ 5802944 F/ 845 FP/ 27 feb. S/. 5.40
SUCESIÓN INTESTADA Ante el Primer Juzgado de Paz Letrado del Distrito La Victoria - Chiclayo, que despacha el señor Juez Doctor Wilberto Navarro Naranjo, Secretaria Kelly Edith Valladolid Rodríguez, se tramita el Expediente N° 4932017-0-1706JP-CI-1 y se dispone publicar mediante edictos durante TRES días en los diarios “El Peruano” y “La República”, la resolución número DOS, de fecha ocho de febrero del dos mil diecisiete que ordena ADMITIR a trámite en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO, la solicitud sobre Sucesión Intestada interpuesta por BERTHA MACO DE ROJAS, de su extinto esposo don VENANCIO ROJAS PERALTA, fallecido el día veintitrés de marzo del año dos mil dieciséis en el distrito de la Victoria, siendo su último domicilio en la calle: José María Arguedas N° 271 del Distrito de la Victoria, provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, y solicita se les declare Herederos Universales a la recurrente Bertha Maco de Rojas, en condición de esposa juntamente con sus hijos ALEJANDRO FABIO ROJAS MACO, GLADIS YESENIA ROJAS MACO, MONICA EMPERATRIZ ROJAS MACO y JULIO CÉSAR ROJAS MACO , téngase por ofrecidos los medios probatorios que precisa, y por señalado su domicilio procesal. La Victoria(Chiclayo) 20 de Febrero del 2017 ABOG, KELLY EDITH VALLADOLID RODRÍGUEZ ESPECIALISTA JUZGADO DE PAZ LETRADO LA VICTORIA PODER JUDICAL - CSJLA. P/ 5797408 B/ 5079 FP/ 24, 27, 28 feb. S/. 22.00
3. NOTIFICACIONES ALIMENTOS EXP. N° 101-2011-0-1703-TP-FC-01.- Por ante el Primer Juzgado de paz letrado de la provincia de Jaén que despacha la Dra. Jesús Mariela Rodríguez Ramírez, con intervención de la Secretaria Yessika Sujeyly Aguirre Gavidia, en los seguidos por SANCHEZ PEREZ BERTHA MILAGROS, contra PALACIOS CAMPOS VICTOR ALFONSO sobre Alimentos; mediante RESOLUCION NRO.- 20 y 23, se ha dispuesto notificar mediante edictos al demandado, de quien se desconoce su domicilio actual, con resolución veinte y veinte tres, diciendo lo siguiente: SE RESUELVE: PRACTICAR la propuesta de liquidación de pensión devengadas por la suma nueve mil soles, más intereses legales de trescientos setentaiocho con dieciséis céntimos, en el presente proceso póngase en conocimiento de las partes por el termino cié tres días a fin de que absuelva lo que a su derecho corresponde, la demanda interpuesta por SANCHEZ PEREZ BERTHA MILAGROS, acción que se dirige contra PALACIOS CAMPOS VÍCTOR ALFONSO, sobre PENSION ALIMENTICIA a favor de la menor: BRAYAN JHAIR PALACIOS SANCHEZ. Notifíquese al demandado por edictos que se publicarán en el diario “La República” y “El Ahora”, por tres días consecutivos. Jaén 14 De Febrero Del 2017 YESSIKA SUJEYLY AGUIRRE GAVIDIA SECRETARIA JUDICIAL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO PJ- CSJLA- JAEN P/ 5802943 F/ 845 FP/ 27, 28 feb. 01 mar.
OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PÚBLICA El Tercer Juzgado Civil de Chiclayo, en el Exp.N°.4407-2014-0-1 706-JR-CI-03 el Juez. Edwin Eduardo Siadén Díaz y Secretaria: Kamerling Suxe Villanueva. Por resolución número SEIS de fecha siete de noviembre del dos mil dieciséis, se resuelve Notifíquese mediante EDICTOS a la Asociación de Propietarios de la
JUDICIAL ciudad del Chofer Profesional Chiclayo que se publicarán en los diarios oficiales La República, para que en el termino de quince días, se apersonen al proceso en el estado en que se encuentre, bajo apercibimiento de nombrarse Curador Procesal, publicaciones que se harán por el término de tres días. Mediante Resolución número: UNO de fecha treinta de Diciembre del dos mil catorce, se RESUELVE: ADMITIR a TRAMITE en vía proceso SUMARÍSIMO la demanda interpuesla por DOMINGO HERNAN CHONATE MÍO con ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS DE LA CIUDAD DEL CHOFER PROFESIONAL sobre OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PÚBLICA, téngase por ofrecidos los medios probatorios, en consecuencia confiérase traslado a la parte demandada, para que en el plazo no mayor de CINCO DÍAS se apersonen al proceso y contesten la demanda Chiclayo, 21 de Febrero del 201 7. KAMERLING SUXE VILLANUEVA SECRETARIA JUDICIAL TERCER JUZGADO CIVIL DE CHICLAYO PODER JUDICIAL- CSJLA P/ 5798116 B/ 5089 FP/ 27 feb. 03, 09 mar. S/. 21.60
NULIDAD DE ACTO JURÍDICO Expediente No. 8088-2008-0-1701-J-CI-l0 en los seguidos por CARMEN JULIA MUJICA BANCES contra CARLOS ZOEGER SILVA Y OTROS sobre NULIDAD DE ACTO JURÍDICO ante el PRIMER JUZGADO CIVIL DR. ARY H. TERRONES MELENDEZ y especialista legal TITO BAZAN VERGARA ha resuelto NOTIFICAR por EDICTOS, publicándose un extracto de la DEMANDA Y RESOLUCIÓN ADMISORIA y es como sigue: . Demanda interpuesta por 8088-2008-0-1701-J-CI-l0 en los seguidos por CARMEN JULIA MUJICA BANCES contra CARLOS ZOEGER SILVA Y OTROS con el fin de que se declare y reconozca mi derecho . RESOLUCIÓN NÚMERO TRES de fecha veintiuno de enero del dos mi nueve.SE RESUELVE; Admitir a trámite la demanda interpuesta por 8088-2008-0-1701-J-CI-l0 en los seguidos por CARMEN JULIA MUJICA BANCES contra CARLOS ZOEGER SILVA, LUCILA BARRAGAN MURO DE ZOEGER, RICARDO ABRAHAM CASTAÑEDA LEÓN Y TOMASA ANTONIA MONTENEGRO VIDARTE DE CASTAÑEDA en vía de proceso CONOCIMIENTO y que mediante RESOLUCIÓN NÚMERO VEINTINUEVE: de fecha veintisiete de julio del dos mil dieciséis se dispone notificar mediante edictos a los sucesores de los demandados de doña LUCILA BARRAGÁN DE ZOEGER y CARLOS JOSÉ ZOEGER DALL’ORSO y así mismo hacer las publicaciones mediante edictos en el termino de ley, PUBLÍQUESE EDICTOS POR PLAZO DE TRES DÍAS CONSECUTIVOS EN EL DIARIO OFICIAL LA REPÚBLICA TITO U. BAZAN VERGARA ESPECIALISTA LEGAL MODULO CORPORATIVO CIVIL PODER JUDICIAL- CSJLA P/ 5797114 B/ 5064 FP/ 24, 27, 28 feb. S/. 23.40
SUPRESIÓN DE SU TERCER NOMBRE En el expediente 152-2016-01708-JM-CI-01, seguido por JOSE MERCEDES VIDAURRE CHAPOÑAN contra MINISTERIO PUBLICO, sobre SUPRECION DE NOMBRE, el señor Juez del Juzgado Civil Permanente de Lambayeque, ROÑAL ORLANDO SAAVEDRA GUZMAN y Especialista Legal AGUSTÍN SANTIAGO POLAR CHAVEZ, ha ordenado la notificación mediante edictos, y es como se sigue: Lambayeque, Veinticinco de Octubre del dos mil dieciséis.- Resolución N° DOS: SE RESUELVE: ADMITIR a trámite vía PROCESO NO CONTENCIOSO la demanda interpuesta por JOSÉ MERCEDES SEGUNDO CHAPOÑAN VIDAURRE CONTRA LA RENIEC; EL PROCURADOR PUBLICO DE LA RENIEC Y EL MINISTERIO PUBLICO , SOBRE SUPRESIÓN DE SU TERCER NOMBRE ; Y ADMÍTASE LOS MEDIOS PROBATORIOS QUE SE OFRECEN CONSÍGNESE LA CASILLA ELECTRÓNICA NUMERO
Chiclayo, lunes 27 de febrero del 2017
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42661 consecuentemente de acuerdo a la naturaleza del proceso CONVÓQUESE A AUDIENCIA DE ACTUACIÓN Y DECLARACIÓN JUDICIAL la misma que se llevará a cabo el día VEINTINUEVE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE a horas DIEZ DE LA MAÑANA. EFECTÚESE PUBLICACIONES CORRESPONDIENTES POR EL LAPSO DE TRES DÍAS EN EL DIARIO OFICIAL DE ESTA CIUDAD ASI COMO EN LA TABLILLA QÉL JUZGADO.Avóquese al conocimiento de la señora Juez que suscribe por marídalo superior.NOTIFIQUESE. RONAL O. SAAAVEDRA GUZMAN JUEZ JUZGADO CIVIL PERMANENTE PODER JUDICIAL- CSJLA AGUSTIN POLAR CHAVEZ SECRETARIO JUZGADO CIVIL LABAYEQUE PODER JUDICIAL- CSJLA P/ 5797409 B/ 5080 FP/ 24, 27, 28 feb. S/. 22.00
EDICTO En el Expediente No. 00449-2015-0-1703JR-FC-01, seguido en el Primer Juzgado Civil de Jaén, que despacha el señor Juez Dr. Luden Eli Montoya Urbina, y Secretario Judicial Roberto Huamán Santisteban, se ha ordenado notificar por edictos la siguiente resolución: ADMITIR A TRÁMITE, en vía del PROCESO DE CONOCIMIENTO la demanda interpuesta por NORA MERCEDES TANTALEAN VILLALOBOS contra HÉCTOR LENIN PALOMINO DÍAZ. Emplazar mediante edictos al demandado HÉCTOR LENIN PALOMINO DÍAZ a través de las publicaciones que por tres días consecutivos deberán hacerse en los diarios El Peruano y la República; concediéndole el plazo de SESENTA días para que absuelva el traslado de la demanda, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal en caso de incumplimiento. Lo que se hace de conocimiento al interesado, para que se apersonen al proceso y haga vale sus derechos.Jaén, 28 de Octubre del 2016 LUCIEN MONTOYA URBINA JUEZ PRIMER JUZGADO CIVIL MIXTO JAEN PODER JUDICIAL-CSJLA ROBERTO HUAMAN SANTISTEBAN PRIMER JUZGADO CIVIL MIXTO JAEN PODER JUDICIAL-CSJLA P/ 5797583 F/ 840 FP/ 23, 24, 27 feb. S/. 18.90
DIVORCIO POR CAUSAL DE SEPARACIÓN DE HECHO Ante el Quinto Juzgado Especializado de Familia de Chiclayo, que despacha actualmente la Srta. Juez Carla Yolanda Paredes Ciccia, con intervención del Secretario Marco Steve Vasquez Pinedo, en el Expediente N° 7001-2016, mediante resolución número TRES de fecha 24 de enero del 2017 se resuelve: “1) ADMITIR a trámite, en la vía del PROCESO DE CONOCIMIENTO la demanda de DIVORCIO POR CAUSAL DE SEPARACION DE HECHO, interpuesta por doña HILDA LLUNCOR NAZARIO contra don FERNANDO SUYON REAÑO; 2) TENER POR OFRECIDOS los medios probatorios; POR SEÑALADO el domicilio procesal que se indica y por indicada su casilla electrónica, CONFIERASE TRASLADO al demandado por el plazo de SESENTA DIAS HABILES para que comparezca al proceso, bajo apercibimiento de nombrársele CURADOR PROCESAL en caso de incumplimiento; 3) PUBLIQUESE un extracto de la presente resolución por tres veces, con intervalo de tres días, en la forma prevista en los artículos 167 y 168. Notifíquese con las formalidades de ley.Chiclayo, 13 de febrero del 2017 SANDRO MARISOL TAYPE VASQUEZ SECRETARIA JUDICIAL QUINTO JUZGADO ESPECIALIZADO FAMILIA PODER JUDICIAL- CSJLA P/ 5781237 B/ 4959 FP/ 15, 21, 27 feb. S/. 18.00
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CRÓNICA
JUDICIAL
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Proponen la modificación del artículo 200 del Código Penal
El cobro de préstamos fuera del sistema financiero sería delito de extorsión Se adicionaría un nuevo supuesto a para el delito de extorsión: el cobro de créditos o préstamos dados fuera del sistema financiero. Así lo propone un reciente proyecto de ley. Más detalles en la nota. El cobro de préstamos o créditos otorgados fuera del sistema financiero sería agregado como una causal más de extorsión. Así lo dispone el proyecto de Ley 971-2016 CR, Ley que modifica el Código Penal para incluir una agravante del delito de extorsión y ampliar los delitos contra el orden migratorio. La propuesta, presentada el pasado 16 de febrero ante el Congreso, propone modificar el artículo 200 del Código Penal para incluir el inciso f) que señala: “Con la finalidad de obtener el pago de créditos o préstamos otorgados fuera del sistema financiero, bajo cualquier modalidad”. Como se recordará el quinto párrafo del mencionado artículo refiere que “La pena será no menor de quince ni mayor de veinticinco años e inhabilitación conforme a los numerales 4 y 6 del artículo 36, si la violencia o amenaza es cometida: a) A mano armada, o utilizando artefactos explosivos o incendiarios; b) Participando dos o más personas; c) Contra el propietario, responsable o contratista de la ejecución de una obra de construcción civil pública o privada, o de cualquier modo, impidiendo, perturbando, atentando o afectando la ejecución de la misma; d) Aprovechando su condición de integrante de un sindicato de construcción civil; e) Simulando ser trabajador de construcción civil”. Asimismo la exposición de motivos refiere a los casos de mafias existentes dentro del país, en su mayoría integrada por extranjeros, los cuales ingresaron de manera irregular. Muchos de ellos sirven como prestamistas de los ciudadanos peruanos con bajos recursos sin posibilidad de acceder a un crédito financiero, siendo esto aprovechado por los falsos prestamistas para cobrar intereses altísimos que casi siempre resulta imposible de cancelar.
Es así como las víctimas son amenazadas por personas inescrupulosas que usan la violencia al momento de efectuar sus cobros. Pero al ser denunciados solo son condenados por el delito de usura, lo cual en la práctica no cumplen prisión efectiva por ello la extorsión también debe ser considerada como un mecanismo de cobranza para cualquier tipo de préstamos realizado fuera del sistema financiero. Además el proyecto también propone adicionar el artículo 303-C al Código Penal aprobado por el Decreto Legislativo Nº 635, dentro del Capítulo IV “Delitos contra el orden migratorio” donde se fija como delito del Incumplimiento de la sanción de salida y/o expulsión del país: “El que, de manera ilegal o mediante el uso de medios fraudulentos, ingresa o permanece en el país habido sido sancionado con salida obligatorio y/o expulsado con prohibición de ingreso por autoridad competente, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de cuatro años con ciento ochenta a trescientos sesenta y cinco días de multa”.
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CRÓNICA
JUDICIAL
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… Continuación
Una entrevista con la magistrada María Mercedes Domínguez Huamán
Conociendo el trámite de un proceso por Faltas Ahora bien, para dar inicio al trámite de un proceso por Faltas, el juez o la jueza de Paz Letrado respecto de la denuncia en el artículo 783 inciso 1 CPP "indica que la persona ofendida por una falta puede denunciar su comisión ante la Policía o dirigirse directamente al Juez comunicando el hecho , constituyéndose en querellante particular" evaluará lo actuado por la autoridad policial. De existir sólo denuncia escrita u oral, la misma será presentada por el agraviado o su representante ante la autoridad judicial. En este último supuesto, si el juez considera que el hecho constituye falta y la acción penal no ha prescrito, siempre que estime indispensable una indagación previa al enjuiciamiento, remitirá la denuncia y sus recaudos a la Policía para que realice las investigaciones correspondientes. Recibido el informe policial, el juez dictará el auto de citación a juicio siempre que los hechos constituyan faltas, la acción penal no haya prescrito y existan fundamentos razonables de su perpetración y de la vinculación del imputado en su comisión, de lo contrario, no se podrá valo-
rar como proceso por Faltas y el juez archivará el proceso, emitiéndose una resolución de un auto no ha lugar susceptible de apelación ante un juez penal”, precisó la profesional en Derecho. El auto de citación a juicio puede acordar la celebración inmediata de la audiencia, apenas recibido el informe policial, siempre que estén presentes el imputado y el agraviado, así como si lo están los demás órganos de prueba pertinentes a la causa o por el contrario, no ha de resultar imprescindible su convocatoria, asimismo también podrá celebrarse de manera inmediata el juicio si el imputado ha reconocido haber cometido la falta que se le atribuye y de no ser posible la celebración inmediata del juicio se fijará la fecha más próxima de instalación de juicio convocándose al imputado, agraviado y testigos que correspondan. La audiencia se instalará con la presencia del imputado y su defensor, y de ser el caso con la concurrencia del querellante y su defensor, si el imputado no tiene abogado defensor se le designará un defensor de oficio, acto seguido el juez
efectuará una breve relación de los cargos que aparecen del informe policial, cuando se encuentre presente el agraviado el juez instará una posible conciliación y la celebración de un acuerdo de reparación civil de ser el caso y si se da la conciliación se homologará la conciliación dando por concluido las actuaciones. En el Proceso por Faltas, puntualizó la doctora Domínguez Huamán que, “de no ser posible una conciliación o la celebración de un acuerdo se preguntará al imputado si admite su culpabilidad, si lo hace, y no fueran necesarios otros actos de prueba el juez dará por concluido el debate y dictará inmediatamente la sentencia correspondiente, de conformidad al artículo 484 inciso 3 del Código Procesal Penal. Si el imputado no acepta los cargos, de inmediato se le interrogará con la parte agraviada si está presente, y luego se actuarán las pruebas admitidas y las que han presentado las partes siguiendo las reglas ordinarias de un proceso por faltas”. Además, la audiencia constará de una sola sesión, solo
podrá suspenderse por tres días la audiencia a pedido de parte o de oficio cuando resulte imprescindible la actuación de algún medio probatorio, transcurrido el plazo el juicio continuará conforme a las normas generales aún a falta del testigo o perito requerido, terminada la actividad probatoria se escucharán los alegatos finales y el juez dictará sentencia en ese acto o dentro del tercer día. Es necesario mencionar que el acotado código en su artículo 485 señala que solo pueden dictarse mandato de comparecencia sin restricciones contra el imputado, cuando el imputado no se presente voluntariamente a la audiencia se le hará comparecer por medio de la fuerza pública y si fuera necesario se ordenará la prisión preventiva, hasta que culmine la audiencia, la que se realizará de manera inmediata. Finalmente, otro dato importante que agregó la jueza es que en cualquier estado de la causa, el agraviado puede desistirse o transigir, con lo que se dará por fenecido el proceso.
Participaron delegaciones de comunidades
PODER JUDICIAL COMPROMETE TRABAJO COORDINADO POR DERECHOS DE PUEBLOS INDÍGENAS Y AFRO •Evento fue realizado en coordinación con el Instituto Internacional de Derecho y Sociedad (IIDS) El presidente del Poder Judicial, Duberlí Rodríguez Tineo, comprometió su apoyo para trabajar de manera coordinada con los pueblos originarios y afrodescendientes a fin de que sus derechos no sean vulnerados. En tal sentido, resaltó la importancia en la igualdad que debe existir
entre la justicia ordinaria y la que ejercen los pueblos indígenas y originarios, lo cual está consagrado en la Constitución Política del Perú debido a que nuestro país ews multilingüe y pluricultural “Debemos descartar que los indígenas son una raza inferior, que no existen razas sino grupos étnicos porque debajo de nuestra piel todos somos iguales”, anotó.
Rodríguez Tineo –quien recibió a varias delegaciones de pueblos indígenas y afrodescendientes en Palacio de Justicia--, sostuvo que estos pueblos constituyen la “reserva moral del país” porque a través de sus hábitos y costumbres practican la honradez y son trabajadores por naturaleza. Anunció, además, que para octubre próximo está prevista la realización del VIII Congreso Intercultural
en Ayacucho, organizado por el Poder Judicial, en el cual participarán por primera vez de los pueblos afrodescendientes. También garantizó que el poder que preside actuará de manera justa en los casos que involucre la tala ilegal de árboles, como ocurre en Madre de Dios, según lo dio a conocer una dirigente de la comunidad nativa de Tres Islas de Madre de Dios presente en el encuentro.
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CRÓNICA
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JUDICIAL
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Una entrevista con la magistrada María Mercedes Domínguez Huamán
Conociendo el trámite de un proceso por Faltas El presente artículo tiene por finalidad orientar respecto al trámite en un proceso por Faltas, estableciendo sus modalidades, las medidas restrictivas, así como su procedimiento. En tal contexto, y sólo en el Segundo Juzgado de Paz Letrado (Faltas) de enero del presente año a la fecha existen un promedio de 450 expedientes ingresados, ello debido a que el órgano jurisdiccional en mención no es únicamente un juzgado de Faltas, sino que éste se ha convertido en un juzgado Mixto, calificando procesos civiles, labora-
les, de familia y procesos no contenciosos. En primer lugar y de acuerdo al tema que nos convoca en esta oportunidad, la doctora María Mercedes Domínguez Huamán, juez supernumeraria del precitado juzgado, ubicado en el Módulo Básico de José Leonardo Ortiz, menciona que el proceso por Faltas tiene cinco modalidades: Faltas contra las Personas, Faltas contra el Patrimonio, Faltas contra las Buenas Costumbres, Faltas contra la Seguridad y la Tranquilidad Pública. Contemplando enton-
ces del inicio del proceso y la citación a juicio el Código Procesal Penal, artículo 482°, la magistrada menciona: “la competencia de un proceso por Faltas le corresponde a un Juzgado de Paz Letrado y,
en los sitios donde no hubiera un Juzgado de Paz Letrado, interviene un Juzgado de Paz, los mismos que tienen que ser designados por la Corte Superior de Justicia”. Continúa …
Coleccionable Nº 31
PRECISIÓN DEL LUGAR DE LOS HECHOS: PREGUNTAS Por: Mag. Juan Francisco García Mayorga. Lic. Benito Purihuamán Manayay.
Las preguntas que buscan determinar un lugar suelen contener el término "maypi", que equivale a las palabras castellanas dónde o adónde. Recuerda también que el sufijo "taq" se emplea para hacer preguntas abiertas, a diferencia del sufijo "chu" que señala una pregunta que exige una respuesta categórica con "ari" (sí) o "mana" (no). A A A A A A
¿Dónde pasó? ¿Dónde se perdió el niño? ¿Dónde le han robado? ¿Dónde estaban los animales? ¿Dónde estaba usted ayer? ¿Dónde ocurrió el accidente?
¿Maypitaq ¿Maypitaq ¿Maypitaq ¿Maypitaq ¿Maypitaq ¿Maypitaq A: Autoridad / C: Ciudadano
chaynuqa kasha? wamraqa chinkasha? suwashuran? anmalkunaqa kasha? qamqa quya karayki? accidintiqa kasha?