consultoría proyectos instalacionesy servicios realizamos iee informes

Mediante Informe de Evaluación de Edificios se comprueba el adecuado mantenimiento y conservación de los edificios, el cumplimiento de la normativa ...
4MB Größe 20 Downloads 65 vistas
3A INGENIERÍA EFICIENTE S.L. CIF: B86730488 Consultoría, proyectos, instalaciones y servicios www.3a-ie.com [email protected] 916655365 / 637404340

1. CONVOCATORIA PUBLICA DE SUBVENCIONES 2017 DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID

En el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de fecha 19/07/2017, se ha publicado la Resolución de 14 de julio de 2017 de la Secretaría General Técnica del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible por la que se hace público el Decreto de 13 de julio de 2017 del Delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible por el que se aprueba la Convocatoria Pública de Subvenciones 2017 con destino a actuaciones de accesibilidad, conservación y eficiencia energética de edificios existentes de uso residencial vivienda.

2. ÁMBITO DE APLICACIÓN

Se podrán solicitar ayudas para obras de accesibilidad incluidas en el artículo 9.2, todos los edificios que se encuentren en el término municipal de Madrid. Para actuaciones conservación o mejora de la eficiencia energética, los edificios deberán encontrarse dentro de las Áreas Preferentes de Impulso a la Regeneración Urbana (APIRU). La delimitación de dichas Áreas podrá

Realizamos el IEE, los proyectos y dirección de obra para la obtención de subvenciones

1

3A INGENIERÍA EFICIENTE S.L. CIF: B86730488 Consultoría, proyectos, instalaciones y servicios www.3a-ie.com [email protected] 916655365 / 637404340

consultarse en la página web del Ayuntamiento de Madrid www.madrid.es, en la sección correspondiente al Plan MAD-RE.

3. REQUISITOS DE LOS EDIFICIOS

Los edificios deberán cumplir los siguientes requisitos:

  

Contar con un mínimo del 65% de su superficie construida sobre rasante destinada al uso residencial vivienda, de acuerdo con los datos obrantes en el Catastro. Tener una antigüedad mínima de 25 años, de acuerdo con los datos obrantes en el Catastro. Disponer del Informe de Evaluación del Edificio vigente (en adelante, IEE) y regulado en el Real Decreto 103/2016 de 27/10/2016, debidamente registrado en el Ayuntamiento de Madrid.

4. ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

Se considerarán actuaciones subvencionables las siguientes:

Mejora de la accesibilidad. Se incluyen la instalación de ascensores, así como obras que se justifique indispensables para ello. Asimismo, se incluyen las instalaciones de rampas u otros mecanismos que mejoren la accesibilidad del inmueble.

Conservación. Obras para subsanar deficiencias en elementos estructurales del inmueble; obras en redes de saneamiento; sustitución de cubiertas de amianto, conservación de cubiertas, azoteas, fachadas y medianerías siempre que afecten a más de un 25% de la envolvente; instalaciones generales del inmueble con el fin de adaptarlas a la normativa vigente; obras para el mantenimiento correcto de elementos de comunicación horizontal o vertical del edificio.

Mejora de eficiencia energética. Actuaciones que mejoren la envolvente térmica del edificio. Se deberá conseguir al menos la mejora de una letra en el apartado de demanda energética anual global de calefacción, respecto a la calificación energética inicial del inmueble. O bien, una reducción de la demanda energética anual global de calefacción, referida a la certificación energética en al menos un 30% sobre la situación previa a dicha actuación.

Realizamos el IEE, los proyectos y dirección de obra para la obtención de subvenciones

2

3A INGENIERÍA EFICIENTE S.L. CIF: B86730488 Consultoría, proyectos, instalaciones y servicios www.3a-ie.com [email protected] 916655365 / 637404340

5. BENEFICIARIOS

Podrán ser beneficiarios: 1. Las comunidades de propietarios y las agrupaciones de comunidades de propietarios. 2. Los propietarios que de forma agrupada sean propietarios de edificios residenciales. 3. Los propietarios únicos de edificios residenciales de uso vivienda en categoría unifamiliar.

6. COMPATIBILIDAD DE SUBVENCIONES

Estas subvenciones serán compatibles con otras ayudas para la misma finalidad, cualquiera que sea su naturaleza y la Administración o entidad que las conceda. El importe de las subvenciones concedidas no podrá superar el coste de la actuación a realizar.

7. PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN Y PLAZOS DE PRESENTACIÓN

El procedimiento de concesión será el de concurrencia competitiva en régimen de convocatoria abierta.

El plazo para la presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. Se establecen tres plazos de presentación:

1) 1º plazo: Del día siguiente a la publicación en el BOCM hasta el 14 de agosto de 2.017. El crédito asignado será de 20.000.000€. El plazo máximo de resolución y notificación será de seis meses contados desde el día de finalización de este plazo. 2) 2º Plazo: Del día 16 de agosto del 2.017 al 30 de septiembre de 2.017. El crédito asignado será de 20.000.000€. El plazo máximo de resolución y notificación será de seis meses contados desde el día de finalización de este plazo. 3) 3º Plazo: Del día 1 de octubre de 2.017 al día 30 de Noviembre de 2.017. El crédito asignado será de 9.731.990€. El plazo máximo de resolución y notificación será de seis meses contados desde el día de finalización de este plazo.

Realizamos el IEE, los proyectos y dirección de obra para la obtención de subvenciones

3

3A INGENIERÍA EFICIENTE S.L. CIF: B86730488 Consultoría, proyectos, instalaciones y servicios www.3a-ie.com [email protected] 916655365 / 637404340

Transcurrido el plazo máximo sin que se haya notificado la resolución, los interesados podrán entender desestimada la solicitud por silencio administrativo.

8. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Las solicitudes se pueden entregar electrónicamente a través de la sede electrónica del Ayuntamiento, o bien presencialmente en las oficinas de registro del Ayuntamiento de Madrid.

9. IMPRESOS DE SOLICITUD

Los impresos de solicitud de la subvención podrán obtenerse a través de la sede electrónica del Ayuntamiento, http://sede.madrid.es Dicha solicitud deberá incluir las Declaraciones establecidas en las bases de la convocatoria.

10. DOCUMENTACIÓN NECESARIA

En el caso de comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios, se deberá aportar:

1. Acuerdo para solicitar la subvención al amparo de esta convocatoria. 2. Aprobación de la designación de un representante legal (presidente, administrador o secretario). 3. Compromiso de realización de las actuaciones objeto de la solicitud de subvención. 4. Aprobación del presupuesto aprobado, entre al menos tres ofertas disponibles. 5. En el supuesto de existencia de propietarios residentes de viviendas que justifiquen encontrarse en situación de dificultad social, acuerdo de limitar la derrama correspondiente a esas viviendas a un máximo de un 10% del coste total a las actuaciones subvencionables. 6. En el caso de agrupación de comunidades, compromiso de no resolver la agrupación hasta la finalización de la actuación. 7. Documento normalizado "T" Alta de Pago por Transferencia. 8. Proyecto de las actuaciones a realizar o memoria técnica, planos y fotografías, suscritos por técnico competente o instalador en su caso. 9. Presupuesto de la empresa adjudicataria de las obras.

Realizamos el IEE, los proyectos y dirección de obra para la obtención de subvenciones

4

3A INGENIERÍA EFICIENTE S.L. CIF: B86730488 Consultoría, proyectos, instalaciones y servicios www.3a-ie.com [email protected] 916655365 / 637404340

10. Tres ofertas como mínimo de diferentes proveedores, con carácter previo a la contratación. 11. En el supuesto de actuaciones de mejora de eficiencia energética, se aportará certificado energético del edificio previsto tras la reforma.

11. SUBSANACIÓN DE DEFECTOS DE LA SOLICITUD

Cuando la solicitud no reúna los requisitos establecidos en la convocatoria, se requerirá al interesado para que, en un plazo máximo e improrrogable de 10 días, subsane o acompañe la documentación solicitada.

12. GASTOS SUBVENCIONABLES

Se considerarán gastos subvencionables los siguientes:

1. El coste real de las actuaciones incluyendo las obras, instalaciones de medios auxiliares necesarias para la ejecución de las mismas, inversiones en equipos para la mejora de la accesibilidad y de la eficiencia energética, y otros gastos que pudieran ocasionarse con motivo de las sobras a ejecutar. 2. Coste de honorarios correspondientes a la elaboración de los documentos técnicos. 3. Costes indirectos de la actuación subvencionable.

13. PLAZOS DE INICIO Y EJECUCIÓN DE LAS ACTUACIONES

El plazo para iniciar las actuaciones será de 2 meses desde la notificación de la concesión definitiva de la subvención. En el caso de que la licencia o autorización administrativa sea posterior a la concesión, el plazo será de dos meses a partir de dicha obtención. El plazo para la ejecución de las actuaciones subvencionables será el que figure en la resolución de la concesión, estableciéndose un máximo de 12 meses, debiendo estar terminadas como máximo el 31 de julio de 2.019 En la publicación de las bases en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, se incluyen modelos de las instancias y anexos a portar para la solicitud de estas subvenciones.

Madrid, 21 de julio de 2017

Realizamos el IEE, los proyectos y dirección de obra para la obtención de subvenciones

5

3A INGENIERIA EFICIENTE SL

3A INGENIERIA EFICIENTE SL

[email protected]

916655365 / 637404340

[email protected]

916655365 / 637404340