Corte Superior de Justicia de La Libertad
Viernes 28 de Setiembre de 2018
N° 3822 / Viernes 28 de Setiembre de 2018
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Presidente: Juan Rodolfo Segundo Zamora Barboza
CONSEJO EJECUTIVO DISTRITAL Juan Rodolfo Zamora Barboza (Presidente), Dr. Olegario David Florián Vigo, Dr. Carlos Natividad Cruz Lezcano, Dr. Robert Mendieta Narro,
Dr. Manuel Montoya Cárdenas (Integrantes).
SALAS SUPERIORES 1° SALA ESPECIALIZADA CIVIL Dr. Carlos Natividad Cruz Lezcano Dr. Juan Virgilio Chunga Bernal Dr. Carlos Alberto Anticona Luján
2° SALA ESPECIALIZADA CIVIL Dra. Hilda Rosa Chávez García Dra. Wilda Mercedes Cárdenas Falcón Dr. Hugo Francisco Escalante Peralta
3° SALA ESPECIALIZADA CIVIL Dra. Alicia Iris Tejeda Zavala Dra. María Elena Alcántara Ramírez Dra. Lilly del Rosario Llap Unchón de Lora
SALA MIXTA PERMANENTE
3° SALA PENAL DE APELACIONES
3° SALA ESPECIALIZADA LABORAL
Dr. Carlos Augusto Falla Salas Dr. Óscar Eliot Alarcón Montoya Dr. Manuel Rodolfo Sosaya López
Dr. Walter Ricardo Cotrina Miñano Dr. Carlos Eduardo Merino Salazar Dr. Eliseo Giammpol Taboada Pilco
Dra. Mery Elizabeth Robles Briceño Dr. Manuel Federico Loyola Florián Dra. Yvonne del Pilar Lúcar Vargas
1° SALA PENAL DE APELACIONES
1° SALA ESPECIALIZADA LABORAL
4° SALA ESPECIALIZADA LABORAL
Dra. Norma Beatríz Carbajal Chávez Dr. Manuel Estuardo Luján Túpez Dra. Cecilia Milagros León Velásquez
Dr. Víctor Antonio Castillo León Dra. Liliana Rodríguez Villanueva Dra. María Isabel Angulo Villajulca
Dra. Irene Sofía Huerta Herrera Dra. Sabina Olinda Salazar Díaz Dr. Justo Vera Paredes
2° SALA PENAL DE APELACIONES Dr. Víctor Alberto Martín Burgos Mariños Dra. Sara Angélica Pajares Bazán Dra. Ofelia Namoc López de Aguilar
2° SALA ESPECIALIZADA LABORAL Dr. Javier Arturo Reyes Guerra Dra. Rosa Elena Perales Rodríguez Dra. Lola Emérida Peralta García
SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE SÁNCHEZ CARRIÓN - HUAMACHUCO Dr. Gilberto Otoniel León García Dra. Silvia Mercedes Sánchez Haro Dr. Juan Iván Vojvodich Tocón
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Viernes 28 de Setiembre de 2018
Corte Superior de Justicia de La Libertad
Precio por palabra: S/0.03
1. REMATE JUDICIAL . REMATE BIENES INMUEBLES REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA En los seguidos por BBVA BANCO CONTINENTAL, contra la EMPRESA AGRICOLA SANTA FELICITA S.A.C., en calidad de obligado principal, CARLOS ALBERTO CARRERA VALDERRAMA, en calidad de fiador solidario y garante hipotecario, LILIANA ELIZABETH VASQUEZ CASTILLO, MANUEL DIONICIO ZAVALETA VALVERDE Y ROCIO DEL PILAR ZAVALETA VALVERDE, en calidad de fiadores solidarios, sobre Ejecución de Garantías, Exp. N° 4636-2013, del Quinto Juzgado Civil de Trujillo de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, a cargo del Juez Felipe Pérez Cedamanos y Especialista Legal María Sánchez Cerna, ha dispuesto a sacar a REMATE PUBLICO en PRIMERA CONVOCATORIA el bien inmueble de propiedad de CARLOS ALBERTO CARRERA VALDERRAMA, constituido por el predio rustico ubicado en el Distrito de Virú, Provincia de Virú, Departamento de la Libertad; con un área de 18.60 Has., cuyas otras dimensiones, descripciones y otras características obran en autos y en la Partida Registral N° 04007457 inscrita en la Zona Registral N° V – Sede Trujillo. MONTO DE TASACIÓN: S/. 1’023,855.60 (Un Millón Veintitrés Mil Ochocientos Cincuenta y Cinco con 60 /100 Soles). BASE DEL REMATE: S/. 682,570.00 (SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL QUINIENTOS SETENTA Y 00/100 SOLES), equivalente a las dos terceras partes del valor de la tasación del inmueble. La diligencia de Remate Judicial programada por el Martillero Público Rafael James Tapia Quiroz con Reg. Nacional 301. DIA Y HORA DEL REMATE: DIECINUEVE DE OCTUBRE DEL AÑO 2018, A HORAS 12:00 DEL MEDIODIA. LUGAR DEL REMATE: En el local de la Sala de Remates, ubicado en el Segundo Piso de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, sito en Jr. Pizarro N° 544, de la ciudad de Trujillo. LOS POSTORES, deberán consignar monto no menor al 10% del valor de la valorización o tasación o del inmueble sujeto a remate, en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre, así como adjuntar la tasa judicial correspondiente y documento oficial de identidad en original y copia. CARGAS Y GRAVAMENES: Asiento D00001: HIPOTECA: A favor del BBVA BANCO CONTINENTAL, hasta por la suma de US$ 437,800.00 Dólares Americanos, a fin de garantizar un préstamo comercial otorgado a la deudora la empresa AGRICOLA SANTA FELICITA S.A.C., para la adquisición de activo fijo y hasta por la suma de US$ 175,000.00 Dólares Americanos y demás condiciones y obligaciones estipuladas en el contrato de garantía hipotecaria. Los honorarios de del Martillero Publico, será de cargo del adjudicatario, según lo establecido en el D.S. N° 008-2005-JUS, más I.G.V. RAFAEL JAMES TAPIA QUIROZ Martillero Público - Reg. N° 301 MARIA M. SANCHEZ CERNA Secretaria Judicial P/6984666- 24,25,26,27,28st,01oc – S/78.00 PRIMER REMATE PÚBLICO En los seguidos por SCOTIABANK PERÚ S.A.A. con ANDRÉS EDGARDO ARANA ASTUDILLO sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS, Expediente 00332-2015-0-1601-JR-CI-05, el Quinto Juzgado Especializado en lo Civil de Trujillo a cargo del Señor Juez Dr. Gelipe Pérez Cedamanos, Especialista Legal Dr. Yuri Martín Villanueva Quispe, ha dispuesto sacar a REMATE PÚBLICO
EN PRIMERA CONVOCATORIA el bien inmueble ubicado en Unidad Nº 05, Mz. F lote 2425, urbanización Los Sauces, distrito Víctor Larco Herrera, provincia de Trujillo – La Libertad, cuyas áreas, linderos y demás características aparecen en la Partida Electrónica N° 11100667 del registro de propiedad inmueble de Trujillo, zona registral V. VALOR DE TASACIÓN: US$ 52,895.23 (cincuenta y dos mil ochocientos noventa y cinco y 23/100 dólares americanos) BASE DEL REMATE: US$ 35,263.48 (treinta y cinco mil doscientos sesenta y tres y 48/100 dólares americanos) equivalentes a las dos terceras partes del valor de tasación. AFECTACIONES: 1) Asiento D0002. HIPOTECA Y RESTRICCIÓN CONTRACTUAL a favor de Scotiabank Perú S.A.A. hasta por US$ 49.839.00, así mismo el propietario se obliga a no dar en usufructo, uso o habitación el inmueble, así consta más ampliamente en la escritura pública del 30.04.10. otorgada ante Notario Público Doris Isabel Paredes Haro. Título inscrito el 13.05.10. 2) Asiento D0003. EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN hasta por S/. 70,000.00 nuevos soles conforme al mandato contenido en la resolución judicial 01 del 14.10.13. aclarada por resolución 02 del 17.01.14. en los seguidos por BBVA Banco Continental, Exp. N° 3282-2013, así consta en los partes judiciales certificados por el secretario judicial José Ramos Velásquez de fecha 24.01.14. Título inscrito el 28.01.14. DÍA Y HORA DEL REMATE: 15 de octubre de 2018 a las 10.00 a.m. LUGAR DEL REMATE: Sala de remates de los Juzgados Civiles ubicada en Jirón Francisco Pizarro Nº 544, segundo piso, distritito y provincia de Trujillo y departamento de La Libertad. LOS POSTORES: Oblarán el 10% del valor de tasación en efectivo o cheque de gerencia a su nombre sin el sello de “no negociable” y presentarán su arancel judicial (con copia del arancel y D.N.I.) suscribiéndolo con número de expediente, generales de ley. Los honorarios del martillero público son por cuenta del adjudicatario de conformidad con el artículo 732º del Código Procesal Civil y están afectos al I.G.V. Trujillo, 24 de agosto de 2018.MAURICIO PONCE VALDIVIA Martillero Público – Reg. N° 236 YURI MARTIN VILLANUEVA QUISPE Secretario Judicial P/6987660 – 25,26,27,28st,01,02oc – S/90.00 PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE JUDICIAL En los seguidos por la sociedad conyugal conformada por OMAR MISAEL MURGA PAREDES y DIANA LILI GRACIANO FLORES, sucesores procesales de la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE TRUJILLO S.A., contra GEGOLO CONTRATISTAS S.A.C., Expediente Nº 04187-2011-0-1601-JR-CI-02 sobre EJECUCION DE GARANTIAS, en el Noveno Juzgado Especializado en lo Civil de Trujillo, a cargo de la Jueza Dra. TATIANA PEDEMONTE DEL RIO, Especialista Legal Dra. SANTOS YENY DEZA ARAUJO, ha dispuesto sacar a Remate Público los siguientes inmuebles: 1. El bien inmueble ubicado en Departamento Nº 208, ubicado en el edificio multifamiliar sito en la Avenida Daniel Alcides Carrión Nº 195-195A, distrito y provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, inscrito en la Partida Electrónica Nº 11095439 del Registro de Predios de la Zona Registral Nº V – Sede Trujillo. VALOR DE TASACION.- US $ 34,754.63 (Treinta y Cuatro Mil Setecientos Cincuenta y Cuatro con 63/100 Dólares Americanos). PRECIO BASE.- US $ 23,169.75 (Veintitrés Mil Ciento Sesenta y Nueve con 75/100 Dólares Americanos), que representan las dos terceras partes del valor de tasación. AFECTACIONES, GRAVAMENES Y CARGAS PARTIDA N° 11095439, D.1. HIPOTECA a favor de la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO
Y CREDITO DE TRUJILLO hasta por US$ 1’068,900.00 D.A. ASIENTO D00001.- CESION DE DERECHOS: La hipoteca inscrita en el Rubro D.1 del asiento G00001 de la presente partida, es CEDIDA favor de la sociedad conyugal conformada por OMAR MISAEL MURGA PAREDES con DNI Nº 18196640 y DIANA LILI GRACIANO FLORES con DNI Nº 42103266, en mérito al contrato de CESION DE DERECHOS efectuado por el acreedor hipotecario CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO TRUJILLO S.A. Así consta en escritura pública Nº 4544 de fecha 25/07/2017 otorgada ante notario Marco Corcuera García, en la ciudad de Trujillo. 2. El bien inmueble ubicado en Departamento Nº 215, ubicado en el edificio multifamiliar sito en la Avenida Daniel Alcides Carrión Nº 195-195A, distrito y provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, inscrito en la Partida Electrónica Nº 11095446 del Registro de Predios de la Zona Registral Nº V – Sede Trujillo. VALOR DE TASACION.- US $ 41,784.32 (Cuarenta y Un Mil Setecientos Ochenta y Cuatro con 32/100 Dólares Americanos). PRECIO BASE.- US $ 27,856.21 (Veintisiete Mil Ochocientos Cincuenta y Seis con 21/100 Dólares Americanos), que representan las dos terceras partes del valor de tasación. AFECTACIONES, GRAVAMENES Y CARGAS PARTIDA N° 11095446, D.1. HIPOTECA a favor de la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE TRUJILLO hasta por US$ 1’068,900.00 D.A. ASIENTO D00001.- CESION DE DERECHOS: La hipoteca inscrita en el Rubro D.1 del asiento G00001 de la presente partida, es CEDIDA favor de la sociedad conyugal conformada por OMAR MISAEL MURGA PAREDES con DNI Nº 18196640 y DIANA LILI GRACIANO FLORES con DNI Nº 42103266, en mérito al contrato de CESION DE DERECHOS efectuado por el acreedor hipotecario CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO TRUJILLO S.A. Así consta en escritura pública Nº 4544 de fecha 25/07/2017 otorgada ante notario Marco Corcuera García, en la ciudad de Trujillo. 3. El bien inmueble ubicado en Departamento Nº 302, ubicado en el edificio multifamiliar sito en la Avenida Daniel Alcides Carrión Nº 195-195A, distrito y provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, inscrito en la Partida Electrónica Nº 11095448 del Registro de Predios de la Zona Registral Nº V – Sede Trujillo. VALOR DE TASACION.- US $ 33,713.45 (Treinta y Tres Mil Setecientos Trece con 45/100 Dólares Americanos). PRECIO BASE.- US $ 22,475.63 (Veintidós Mil Cuatrocientos Setenta y Cinco con 63/100 Dólares Americanos), que representan las dos terceras partes del valor de tasación. AFECTACIONES, GRAVAMENES Y CARGAS PARTIDA N° 11095448, D.1. HIPOTECA a favor de la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE TRUJILLO hasta por US$ 1’068,900.00 D.A. ASIENTO D00001.- CESION DE DERECHOS: La hipoteca inscrita en el Rubro D.1 del asiento G00001 de la presente partida, es CEDIDA favor de la sociedad conyugal conformada por OMAR MISAEL MURGA PAREDES con DNI Nº 18196640 y DIANA LILI GRACIANO FLORES con DNI Nº 42103266, en mérito al contrato de CESION DE DERECHOS efectuado por el acreedor hipotecario CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO TRUJILLO S.A. Así consta en escritura pública Nº 4544 de fecha 25/07/2017 otorgada ante notario Marco Corcuera García, en la ciudad de Trujillo. 4. El bien inmueble ubicado en Departamento Nº 411, ubicado en el edificio multifamiliar sito en la Avenida Daniel Alcides Carrión Nº 195-195A, distrito y provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, inscrito en la Partida Electrónica Nº 11095473 del Registro de Predios de la Zona
Registral Nº V – Sede Trujillo. VALOR DE TASACION.- US $ 35,130.08 (Treinta y Cinco Mil Ciento Treinta con 08/100 Dólares Americanos). PRECIO BASE.- US $ 23,420.05 (Veintitrés Mil Cuatrocientos Veinte 05/100 Dólares Americanos), que representan las dos terceras partes del valor de tasación. AFECTACIONES, GRAVAMENES Y CARGAS PARTIDA N° 11095473, D.1. HIPOTECA a favor de la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE TRUJILLO hasta por US$ 1’068,900.00 D.A. ASIENTO D00001.- EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION a favor del Servicio de Administración Tributaria de Trujillo - SATT, hasta por la suma de S/. 9,000.00 (nueve mil y 00/100 soles). ASIENTO D00002.- CESION DE DERECHOS: La hipoteca inscrita en el Rubro D.1 del asiento G00001 de la presente partida, es CEDIDA favor de la sociedad conyugal conformada por OMAR MISAEL MURGA PAREDES con DNI Nº 18196640 y DIANA LILI GRACIANO FLORES con DNI Nº 42103266, en mérito al contrato de CESION DE DERECHOS efectuado por el acreedor hipotecario CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO TRUJILLO S.A. Así consta en escritura pública Nº 4544 de fecha 25/07/2017 otorgada ante notario Marco Corcuera García, en la ciudad de Trujillo. 5. El bien inmueble ubicado en Departamento Nº 508, ubicado en el edificio multifamiliar sito en la Avenida Daniel Alcides Carrión Nº 195-195A, distrito y provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, inscrito en la Partida Electrónica Nº 11095485 del Registro de Predios de la Zona Registral Nº V – Sede Trujillo. VALOR DE TASACION.- US $ 34,754.63 (Treinta y Cuatro Mil Setecientos Cincuenta y Cuatro con 63/100 Dólares Americanos). PRECIO BASE.- US $ 23,169.75 (Veintitrés Mil Ciento Sesenta y Nueve con 75/100 Dólares Americanos), que representan las dos terceras partes del valor de tasación. AFECTACIONES, GRAVAMENES Y CARGAS PARTIDA N° 11095485, D.1. HIPOTECA a favor de la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE TRUJILLO hasta por US$ 1’068,900.00 D.A. ASIENTO D00001.- CESION DE DERECHOS: La hipoteca inscrita en el Rubro D.1 del asiento G00001 de la presente partida, es CEDIDA favor de la sociedad conyugal conformada por OMAR MISAEL MURGA PAREDES con DNI Nº 18196640 y DIANA LILI GRACIANO FLORES con DNI Nº 42103266, en mérito al contrato de CESION DE DERECHOS efectuado por el acreedor hipotecario CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO TRUJILLO S.A. Así consta en escritura pública Nº 4544 de fecha 25/07/2017 otorgada ante notario Marco Corcuera García, en la ciudad de Trujillo. 6. El bien inmueble ubicado en Departamento Nº 509, ubicado en el edificio multifamiliar sito en la Avenida Daniel Alcides Carrión Nº 195-195A, distrito y provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, inscrito en la Partida Electrónica Nº 11095486 del Registro de Predios de la Zona Registral Nº V – Sede Trujillo. VALOR DE TASACION.- US $ 34,754.63 (Treinta y Cuatro Mil Setecientos Cincuenta y Cuatro con 63/100 Dólares Americanos). PRECIO BASE.- US $ 23,169.75 (Veintitrés Mil Ciento Sesenta y Nueve con 75/100 Dólares Americanos), que representan las dos terceras partes del valor de tasación. AFECTACIONES, GRAVAMENES Y CARGAS PARTIDA N° 11095486, D.1. HIPOTECA a favor de la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE TRUJILLO hasta por US$ 1’068,900.00 D.A. ASIENTO D00001.- CESION DE DERECHOS: La hipoteca inscrita en el Rubro D.1 del asiento G00001 de la presente partida, es CEDIDA favor
de la sociedad conyugal conformada por OMAR MISAEL MURGA PAREDES con DNI Nº 18196640 y DIANA LILI GRACIANO FLORES con DNI Nº 42103266, en mérito al contrato de CESION DE DERECHOS efectuado por el acreedor hipotecario CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO TRUJILLO S.A. Así consta en escritura pública Nº 4544 de fecha 25/07/2017 otorgada ante notario Marco Corcuera García, en la ciudad de Trujillo. LUGAR DE REMATE.- En la Sala de Remates de la Corte Superior de la Libertad sito en Jr. Pizarro N° 544 segundo piso, TRUJILLO – La Libertad. DIA Y HORA DEL REMATE.- El día Miércoles 24 de Octubre del 2018 a las 10:00 a.m. Será de aplicación, de ser el caso, el inciso 2 del artículo 736º del Código Procesal Civil, que dispone que cuando el remate comprenda más de un bien, se dará preferencia a quien ofrezca adquirirlos conjuntamente. OBLAJE, TASA JUDICIAL Y PAGO DE HONORARIOS.- Los postores abonarán el 10% del valor de la tasación en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre (Negociable) y copia del mismo; presentarán las tasas o aranceles judiciales y copia de las mismas con el número de expediente, indicación del Juzgado y los generales de ley del postor; asimismo el DNI del postor en original y copia. En caso de adjudicación en el remate, el adjudicatario pagará los honorarios del Martillero Público de acuerdo al D.S. Nº 008-2005-JUS. SALDO DE PRECIO: De ser el caso, el adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro de tercer día de cerrada el acta. FUNCIONARIO QUE EFECTUARA EL REMATE.- GONZALO EFRAIN ECHEVARRIA CAMARGO Martillero Público con registro número 342. (Cel. 999011377) En todos los casos, el Postor deberá suscribir o rubricar de puño y letra: el original y copia de la Tasa o Arancel Judicial, consignando sus datos y firma. Trujillo, 28 de Agosto del 2018. GONZALO E. ECHEVARRIA CAMARGO Martillero Público - Reg N° 342 SANTOS JENY DEZA ARAUJO Secretaria Judicial P/6988277 – 26,27,28st,01,02,03oc – S/252.00 PRIMER REMATE JUDICIAL En los seguidos por CMAC DE TRUJILLO S.A. contra FREDDY DARIO SALCEDO ALTAMIRANO y DORILA COTRINA MONDRAGON DE SALCEDO materia EJECUCION DE GARANTIAS, Expediente Nº 00292-2015-0-1603-JM-CI-01, del JUZGADO MIXTO DE CHEPEN a cargo del Juez Dr. Segundo Salvador Bustamante Rojas, Especialista Dra. Vicenta Margarita Arrelucea Chingay se realizará el PRIMER REMATE del: INMUEBLE denominado Mz Q, Lote 17, Asentamiento Humano Mariscal Castilla, Distrito Guadalupe, Provincia Pacasmayo, Departamento La Libertad, con un área de terreno de 217.60 m², inmueble de uso como vivienda, edificado con material rústico, de una planta y consta de sala, comedor, cuatro dormitorios, cocina, baño, depósito, patio y corral en la parte posterior. Inmueble inscrito en la Partida Nº P14125091 (antecedente registral N.º P14124891) de la Zona Registral Nº V, Sede Trujillo, SUNARP. VALOR DE TASACIÓN: US$ 26,792.80 (VEINTISEIS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y DOS Y 80/100 DOLARES AMERICANOS). BASE DE REMATE: US$ 17,861.86 (DIECISIETE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y UNO Y 86/100 soles). CARGAS Y GRAVÁMENES: 1) ASIENTO 00005: HIPOTECA a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO TRUJILLO hasta por US$ 1,917.21. 2) ASIENTO 00006: HIPOTECA a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO TRUJILLO hasta por US$ 2,130.24. 3) ASIENTO
Corte Superior de Justicia de La Libertad 00007: MODIFICACION DE HIPOTECA: La hipoteca inscrita en el ASIENTO 00006 a favor de la CAJA MUNICIAL DE AHORRO Y CREDITO TRUJILLO queda ampliada hasta la suma de US$ 8,337.60. 4) ASIENTO 00008: MODIFICACION DE HIPOTECA: La hipoteca inscrita en el ASIENTO 00006 y ampliada en el ASIENTO 00007 constituida a favor de la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE TRUJILLO S.A. queda ampliada hasta la suma de US$ 16,712.32. 5) ASIENTO 00009: MODIFICACION DE HIPOTECA: La hipoteca inscrita en el ASIENTO 00006 y ampliada en los ASIENTOS 00007 y 00008 a favor de la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE TRUJILLO S.A. queda ampliada hasta por US$ 22,483.84. DIA Y HORA DEL REMATE: nueve (09) de octubre del 2018 a las 11:30 horas. LUGAR DE REMATE: Sede del Juzgado Mixto de Chepén sito en Jr. Ezequiel Gonzales Cáceda Nro. 1245, segundo piso, Distrito y Provincia de Chepén, Departamento La Libertad. LOS POSTORES: persona natural sin RUC presentara su DNI; en caso de ser persona natural con RUC o jurídica o con representación presentarán Ficha RUC según el caso y Poder con facultades expresas del apoderado para participar en remate judicial y adjudicarse bienes inmuebles mas DNI del apoderado. Además todo postor presentará arancel judicial consignando el número de DNI/ RUC del postor, número de expediente y juzgado respectivo (con copia de DNI y arancel), y oblarán no menos del 10% DEL VALOR DE TASACIÓN en Cheque de Gerencia a su nombre. EL ADJUDICATARIO: Pagará al final de esta diligencia de Primer Remate los honorarios del Martillero Público según arancel por adjudicación fijado en la Reglamentación de Ley del Martillero. CAROLINA TERESA BARRIGA SÀNCHEZ Martillero Público Registro N° 192 VICTOR RAMIRO HERNANDEZ ESPINOZA Secretario Judicial P/6993013 – 26,27,28st,01,02,03oc – S/108.00 REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA En el Expediente N° 522-2016, seguido por FINANCIERA CONFIANZA ANTES CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO NUESTRA GENTE SAA, contra JUDITH PATRICIA REÁTEGUI TAFUR y JORGE PASCUAL SÁNCHEZ HERNÁNDEZ, sobre Ejecución de Garantías, tramitado ante el Tercer Juzgado Especializado Civil de Trujillo que despacha el Dr. José Ventura Torres Marín, Especialista Legal Dra. Jhonny Elizabeth Guzmán Arqueros, se ha dispuesto sacar a REMATE PÚBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA EL INMUEBLE RÚSTICO DENOMINADO PARCELA SIGNADA CON UNIDAD CATASTRAL N° 13193 (ACTUALMENTE UNIDAD CATASTRAL N° 01350) PREDIO RÚSTICO DENOMINADO TALAMBO, VALLE JEQUETEPEQUE, DISTRITO Y PROVINCIA DE CHEPEN, Departamento de La Libertad, inscrita en la ficha N° PR-2502 (actualmente partida electrónica N° 04002507) del Registro de Propiedad Inmueble de La Libertad, Departamento de La Libertad, inscrita en la Partida Registral N° P14051486, del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral V-Sede Chepén. TASACIÓN: Ciento setenticinco mil seiscientos dólares americanos ($ 175,600.00); PRECIO BASE DEL REMATE: CIENTO DIECISIETE MIL SESENTA Y SEIS DÓLARES AMERICANOS CON 67/100 ( $ 117,066.66) equivalente a las dos terceras partes de la tasación. CARGAS Y GRAVAMENES: 1. HIPOTECA a favor de la Caja Rural de Ahorro y Crédito La Libertad, hasta por la suma de US$ 28,864.48 dólares americanos. 2. EMBARGO en forma de inscripción a favor de la Cooperativa de Ahorro Crédito León XIII LTDA N° 520, hasta por la suma de S/. 9,000.00 soles, tal como consta en el expediente N° 4029-2015, tramitado ante el Cuarto Juzgado de Paz Letrado de Trujillo. 2. EMBARGO en forma de inscripción a favor de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria-SUNAT, Intendencia La Libertad, hasta por la suma de S/. 9,000.00 soles, tal como consta en el expediente N° 0630060347758. REQUISITOS DEL POSTOR: Para ser postor se deberá depositar (oblar) en efectivo, depósito judicial o en cheque de gerencia a nombre del postor el equivalente al 10% del valor de la tasación, es decir, la suma de US$ 433.69 dólares americanos. Asimismo deberá de presentar la Tasa Judicial por Participación en Remate. LUGAR, FECHA Y HORA DE LA DILIGENCIA: En el local de la Sala de Remates de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, sito en el segundo Piso del Jr. Pizarro N° 544-Trujillo, el día el VEINTINUEVE (29) DE OCTUBRE DEL 2018
A LAS CATORCE HORAS (2:00 p.m.). MARTILLERO A CARGO DEL REMATE: Wilder Quintana Chuquizuta, Reg. N° 274.HONORARIOS DEL MARTILLERO: Los honorarios serán de cargo del adjudicatario, de conformidad con los montos establecidos en el Decreto Supremo N° 008-2005-JUS + IGV, debiendo ser cancelados al finalizar el acto de remate. Informes: Cel. 947003175, e_mail:
[email protected]. Trujillo, 11 de setiembre del 2018. WILDER QUINTANA CHUQUIZUTA Abogado – Martillero Público Reg. N° 274 ELIZABETH GUZMAN ARQUEROS Secretaria Judicial P/6992461 – 27,28st,01,02,03,04oc – S/98.00 SEGUNDO REMATE JUDICIAL (EXP. Nº 03347-2008-0-1601-JR-CI-04) En los autos seguidos por SOFIA FRANCISCA ZAPATA CALDERON contra LORENZA EDITA CABRERA DE BARRETO Y WILSON AGAPITO BARRETO AVALOS sobre SANEAMIENTO POR EVICCIÓN (Exp. 3347-2008), el Juez del Octavo Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de La Libertad Carlos Aníbal Malca Maurolagoitia Esp. Legal Deysi Paola Gerbacio Chávez, ha dispuesto sacar a Remate Público en SEGUNDA CONVOCATORIA el PREDIO UBICADO EN EL LOTE 3 MANZANA H´ (PRIMA) URB. SANTO DOMINGUITO EN EL DISTRITO Y PROVINCIA DE TRUJILLO, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, inscrito en la Ficha N° 44264 que continúa en la Partida Electrónica N° 03094353 del Registro de Predios de la Zona Registral N° V Sede Trujillo. VALOR DE TASACIÓN: S/. 1’079,336.01 SOLES BASE DE REMATE: S/. 611,623.74 (SEISCIENTOS ONCE MIL SEIS CIENTOS VEINTITRÉS Y 74/100 SOLES) que son las 2/3 partes de la tasación, menos el 15% por tratarse en segunda convocatoria.-.CÁRGAS Y GRAVÁMENES: CARGA URBANISTICA: AS. D00001.- Carga por incumplimiento de Parámetros urbanísticos edificatorios por no contar con el número mínimo de estacionamientos requeridos para este tipo de edificaciones.- DEMANDA as. D00002.- Por Resolución 02 del 16.02.2005 y su aclaratoria 03 de fecha 17.02.2005 expedida por el Juez del 2do J.E.C. de Trujillo Carlos Cruz Lezcano. Sec. Ester Díaz Segura Exp. 8143-2004 en los Seguidos por Lorenza Edita Cabrera de B. contra Sofía Francisca Zapata Calderón y otro, sobre Nulidad del Acto Jurídico.- EMBARGO as. D00003.- Resolución 3 del 14.10.2009 expedida por la Juez del 2do Juzgado de P.L. Miriam Fernández Pérez se dispuso el embargo sobre el 30% de los derechos y acciones de esta partida para responder hasta por S/. 1,826.00 Soles, en los seguidos por Wilson Fernando Barreto Cabrera contra Wilson Agapito Barreto Avalos sobre Alimentos. Exp. 171-05.- EMBARGO as. D00004.Resolución N° 2 de fecha 30.12.2009 expedida por el Juez del 2do Juzgado de Familia de Trujillo, Manuel Landa Torres, ha dispuesto embargar el 50% de los derechos y acciones de esta partida para responder hasta por S/. 12,000.00 Soles a favor de Lorenza Edita Cabrera Chávez en los seguidos contra Wilson Agapito Barreto Avalos. Exp. 3024-2004. AMPLIACIÓN DE EMBARGO as. D00005.Resolución N° 3 de fecha 01.07.2013 expedida por la Juez del 9no Juzgado de P.L. de Trujillo Lesly Roxana León Vargas, que en el proceso recaído en el procedimiento cautelar seguido en el Exp. 17105, ha resuelto Ampliar hasta por S/. 4,732.56 Soles, el embargo inscrito en el asiento D00003 que antecede. EMBARGO as. D00006.- Resolución 7 del 31.12.2014 expedida por la Juez Supernumeraria del Primer Juzgado Civil Transitorio de Descarga de la Corte Superior de Justicia de la Libertad, resuelve trabar embargo hasta por S/. 350,000.00 Soles -Exp. 3347-2008, en los seguidos por Sofía Francisca Zapata Calderón contra Wilson Agapito Barreto Avalos y otra. DEMANDA as. D00007.Resolución 2 del 08.08.2017 expedida por la Juez del 6 Juzgado Especializado en lo Civil de Trujillo Kelly Joccy Cabanillas Oliva dispone trabar la Medida Cautelar de anotación de demanda en los seguidos por Wilson Agapito Barreto Avalos contra Sofía Francisca Zapata Calderón y otros sobre Nulidad de Cosa Juzgada Fraudulenta- Exp. 69-2015.MEDIDA CAUTELAR DE ANOTACIÓN DE DEMANDA as. D00007.- Mediante Resolución 03 del 16.03.2018 expedida por la Juez del 7 Juzgado Especializado en lo Civil de Trujillo Rosa Abanto Salazar dispone trabar la Medida Cautelar de anotación de demanda en los seguidos por Lorenza Edita Cabrera Chávez contra Sofía Francisca Zapata Calderón y Wilson Agapito Barreto Avalos - Exp. 1323-2015-11.DIA Y HORA: VIERNES 12 DE OCTUBRE DEL 2018 A LAS 10:00 HORAS (10:00 A.M.).-.-
Viernes 28 de Setiembre de 2018 LUGAR DE REMATE: Sala de remates (sala única) de la Corte Superior de Justicia de la Libertad ubicado en el Segundo piso del Jr. Pizarro 544. LOS POSTORES: Adjuntar tasa judicial por derecho a participar en remate (Código 07153) con indicación del Juzgado N° del D.N.I. y N° del Expediente (3347-2008), adjuntando original y copia del D.N.I., copia del R.U.C. y poderes; asimismo, entregarán una cantidad no menor al 10% del valor de la tasación, (S/. 107,933.60), en efectivo o Cheque de Gerencia girado a su nombre, suma que será devuelta a los postores no beneficiados. De ser el caso, el adjudicatario deberá depositar el saldo de precio, dentro de tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. Los honorarios del Martillero Público serán a cargo del adjudicatario. (Art. 732º del C.P.C, Ley 27728 y Art. 18º del Reglam. aprobado por D.S. 008-2005JUS) y están afectos al IGV.- Frany H. Díaz Díaz Martillero Público Reg. 278, Celular 997219766 / 995738170 correo
[email protected] HEBER DÍAZ DÍAZ ABOGADO - Martillero Público a Nivel Nacional Reg. Nº 278 PAOLA GERBACIO CHAVEZ Secretaria Judicial P/6994100 – 28st,01,02Oct – S/87.00
2. EDICTOS CLASIFICADOS . INSCRIPCION Y RECTIFICACION DE PARTIDAS RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO Ante el 7JPL - Trujillo, Exp. 2843-2018, Juez: Gabriel Otiniano Campos, Sec. Vilma Tamayo Arteaga; ALBERTO DANIEL CRUZ BACILIO pide Rectificación de Partida de Nacimiento, por enmendadura que existe en la letra “B” de su prenombre ALBERTO, prestándose a diversas interpretaciones en la lectura del mismo. Trujillo 25 de Setiembre del 2018 VILMA M. TAMAYO ARTEAGA Secretaria Judicial P/6993687 – 28st – S/4.00 RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO ANTE el J.P.L.- PAIJAN, EXP.- No. 043-2018; ESP. MELISSA SUGEY MANTILLA CHU; Don VICTOR CAMACHO HUANCAS, solicita la rectificación de su Partida de Nacimiento en cuanto a la fecha que se consigna como 8 de Enero de 1,971 debiendo ser el 20 de Agosto del 1,971; así como el nombre de su señor padre que se inscribió con supresión del primer nombre, siendo el correcto y real de: Segundo Alejandro Camacho Andonaire, PAIJAN, 21 DE SETIEMBRE DEL 2,018. MELISSA SUGEY MANTILLA CHIU Secretaria Judicial P/6993573 – 28st – S/4.00 RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO Ante el Juzgado de Paz Letrado de Cascas, Sec. Guevara, Exp. No. 014-2018-Cl, JAMES DURAN RODRIGUEZ ZAVALETA, solicita la rectificación de la partida de nacimiento de su madre MAXIMINA ZAVALETA ORBEGOSO en el extremo que se ha consignado en forma borroneada su SEXO, debiendo ser MUJER; Por lo que en este sentido debe rectificarse. Cascas, 14 de agosto del 2018. RENE GUEVARA FUSTAMANTE Secretario Judicial P/6998426 – 28st – S/4.00
. SUCESIÓN INTESTADA SUCESIÓN INTESTADA Ante el Cuarto Juzgado de Paz Letrado de Trujillo, Especialista, Dr. Vásquez, Expediente No. 2755 - 2018, Elena del Trancito Rodríguez Cosme, solicita Sucesión Intestada de Rosario del Pilar Soto Rodríguez, fallecida el 21 de Marzo de 2018 en la ciudad de Trujillo, siendo su último domicilio Urb. Señor de los Milagros I Mz. E Lt 12 del Distrito de Florencia de Mora de esta ciudad. JORGE A. VASQUEZ FIGUEROA Secretario Judicial P/6994097 – 28st – S/4.00 SUCESION INTESTADA Ante el JPL de Huamachuco, Sec. Dr. Galvez Briones
Carlos, Exp. N° 091-2018-0-1608-JP-CI-01, SARA BERMUDEZ SERIN, solicita la Sucesión Intestada de su difunto padre José Rodríguez Anticona, fallecido el día 19 de junio del 2017. CARLOS ERNESTO GALVEZ BRIONES Secretario Judicial P/6997790 – 28st –S/4.00
. PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO En el Exp. N° 0047-2017, 1° Juzgado Mixto de La Esperanza, Juez Dr. Félix Enrique Ramírez Sánchez, Especialista Dra. Carolina Errivares Alvarado. Germán Castillo Gavidia ha interpuesto demanda sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio contra David Atilio García González respecto del inmueble ubicado en la Mz. 15, lote 1, Barrio 4 Sector Santa Verónica, distrito de La Esperanza, Prov. De Trujillo, inscrita en la P.E. N°14012905 del Registro de Propiedad Inmueble Oficina Registral Trujillo. Por Resolución N°04 se resuelve Admitir a Trámite la demanda en Vía del Proceso Abreviado, por ofrecidos los medios probatorios que se indica. Traslado al demandado por el plazo de 10 días. Notifíquese a los colindantes Salomón Ysolio Castillo Gavidia y Elías Castillo Miguel así como al Ministerio Público con la demanda y anexos. Publíquese el extracto de la demanda por 3 veces con intervalos de 3 días según lo previsto en el art. 506 del CPC. La Esperanza 19.09.18. CAROLINA ERRIVARES ALVARADO Especialista Judicial P/6984616 – 24,28st,04oc – S/24.00
. AVISO DE CONVOCATORIA JUDICIAL AVISO DE CONVOCATORIA JUDICIAL La Juez del 9no JCT, Dra. Tatiana Pedemonte, con motivo del expediente N° 2207-2017, secretario Romero, seguido por HUGO ARTURO YAN LAU, a solicitud de éste: ORDENA la convocatoria judicial a Junta General de Accionistas de la sociedad GLOBAL COMMODITIES SAC para el día 23.10.2018 a horas 10:00 am, en 2DA CONVOCATORIA, a realizarse en el despacho notarial del Notario Guillermo Guerra Salas sito en Avenida Larco N° 1098 de la ciudad de Trujillo, distrito y provincia del mismo nombre. AGENDA: 1. Rendición de los estados financieros. 2. Remoción de Gerente General. 3. Nombramiento de nuevo Gerente General. 4. Pago de los préstamos realizados por los accionistas a la empresa. Trujillo, 27 de setiembre de 2018. CARLOS ROMERO GRAUS Secretario Judicial P/6998506 – 28st – S/5.00
3. NOTIFICACIONES POR EDICTOS NOTIFICACION POR EDICTO En el Exp N°5030-2016-0-1601-JR-FC-01- Juez Dr. HEBER EDINSON ASENCIO DIAZ- del 1er Juzgado de Familia Sec. Dra. KARIM ELERA FLOREZ, seguido por Sergio Antonio Chávez Moncada contra Mayra Paola García Vera, sobre variación de tenencia, la que no habido por lo que se ordenó notificar por edicto, según resolución N° 4; notificada con la Res. N° 1, en su domicilio que aparece en la ficha de la RENIEC; pero de su movimiento migratorio se aprecia que se encuentra en el extranjero, por lo que se dispone el juzgado además de la notificación mediante edictos solicitados, también se le notifique en el domicilio real que se ha precisado: Téngase por cumplido lo ordenado en autos, y habiéndose admitido la demanda de RECONOCIMIENTO DE TENENCIA DE MENORES, interpuesta por Don Sergio Antonio Chávez Moncada; en la vía del proceso único, por ofrecidos los medios probatorios aportados por esta parte mediante resolución número uno: CORRASE TRASLADO de la demanda a Doña Mayra Paola García Vera por el plazo de 90 días, debiéndose notificarse por edictos, realizándose las publicaciones respectivas por el plazo de 3 días consecutivos, el diario El Peruano; y el de mayor circulación a nivel local, bajo apercibimiento de nombrársele CURADOR procesal en caso de incomparecencia; sin notificársele a la demandada Mayra Paola García Vera en su domicilio indicado en la ficha de RENIEC que anexa el recurrente; debiendo proveer
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copias necesarias para su notificación; al otrosí digo TENGASE por variado el domicilio procesal y casilla electrónica del demandante a efectos de sus notificaciones, y por DESIGNADO como su abogado al letrado que autoriza el escrito que se provee: Notifíquese. KARIM E. ELERA FLOREZ Secretaria Judicial P/6988240 – 26,27,28st –S/36.00 EDICTO JUDICIAL Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado, especialista Emily Paola Muñoz Chanduvi se tramita el Proceso Exp. N° 02279-2016-0-1601-JP-FC-02, seguido por Pajuelo Rodríguez Jessenia Marivel contra Mayuri Limpe Edgar Emilio sobre ALIMENTOS mediante Resolución N° 8, de fecha 15 de agosto del 2018 ha ordenado: NOTIFÍQUESE al demandado MAYURI LIMPE, EDGAR EMILIO mediante edictos por tres días hábiles tanto en el diario Oficial El Peruano como en el oficio del Distrito Judicial, debiendo acreditarse su publicación con los edictos respectivos, a fin de que se apersone al proceso en el plazo de veinticinco días bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal; sin perjuicio de ello que se le venga notificando en su domicilio que figura en Reniec y SOLICÍTESE su movimiento migratorio OFICIÁNDOSE. Trujillo, 20 de setiembre de 2018. Fdo. Emily Paola Muñoz Chanduvi, especialista legal, Corte Superior de Justicia de la Libertad.EMILY PAOLA MUÑOZ CHANDUVI Secretaria Judicial P/6992334 – 27,28st,01oct – S/15.00 EDICTO Ante Juzgado el 7° Juzgado Civil de Trujillo, Expediente Nro. 01190-2018, Juez Dra. Rosa Elena Abanto Salazar, secretaria Belin Araceli Rosales Ortiz, se ventila un proceso de Prescripción Adquisitiva de Dominio a fin que se declare judicialmente la adquisición de la propiedad de los recurrentes, inmueble ubicado en la Av. Mansiche N° 1787 - Sector El Cortijo, inscrito en la partida electrónica N° 03089622 del Registro de Predios de la Zona Registral V – Sede Trujillo, con un área de 165.57 M2 de la ciudad de Trujillo, Provincia de Trujillo, Departamento La Libertad. Por resolución dos y vía proceso abreviado se admite a trámite la demanda formulado por VICTOR RAUL FLORIAN ALVA Y ENMA ROSA CEDRON DE FLORIAN contra ALICIA ROSSANA LEON LOMBARDl, JOSE MANUEL LEON LOMBARDl, NILDA HAYDEE LEON LOMBARDl y la SUCESION INTESTADA DE LUCIO TEODORO LOMBARDl CASTRO sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio; teniéndose por ofrecidos los medios probatorios propuesto por las partes, corriéndose traslado de la demanda a los demandados por el plazo de diez días, bajo apercibimiento de declararse rebelde y se notifique a los colindantes ANIBAL MELENDEZ CORDOVA y ADELINA DIAZ PINEDO con demanda, anexos, resolución admisoria; a la sucesión intestada de LUCIO TEODORO LOMBARDl CASTRO de nombrarse curador procesal, en caso de no comparecer en este proceso, notifíquese a este último mediante edicto. Belin Araceli Rosales Ortiz, Especialista Judicial. BELIN ROSALES ORTIZ Secretaria Judicial P/6972186 – 18,24,28st – S/30.00 EDICTO Por ante el Segundo Juzgado de Familia de Trujillo, que despacha la Dra. Doris Mirtha Osorio Barba, se está tramitando el Expediente N° 03143-2018, Especialista Enrique Herman Pereda Vásquez, sobre DECLARACIÓN JUDICIAL DE CONVIVENCIA, seguido por Pereda Bejarano Rolando, contra Vejarano Siccha Isabel Margarita y la sucesión de Isabel Margarita Vejarano Siccha. La señora Juez ha admitido la demanda, mediante Resolución Número Tres, disponiendo se corra traslado a la Sucesión de Isabel Margarita Vejarano Siccha, por el plazo de Treinta días, a quien se le notificará mediante EDICTOS, que se realizará en el diario oficial El Peruano y en el diario La República por tres días con intervalo de tres días, bajo apercibimiento de nombrársele un curador procesal. PEREDA VASQUEZ ENRIQUE HERMAN Secretario Judicial P/6984661 – 24,28st,04oc – S/18.00 EDICTO JUDICIAL Ante el 3° Juzgado de Familia de Trujillo, Expediente 6898-2018, Especialista Dra. Rocio Ñique Peñarán, la Jueza Dra. DINA PANTOJA ROBLES, ha expedido mediante la siguiente resolución N° 02 de fecha diecisiete de agosto de 2018: ADMÍTASE la demanda de INTERDICCION CIVIL Y
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Viernes 28 de Setiembre de 2018
Corte Superior de Justicia de La Libertad
NOMBRAMIENTO DE CURADOR, formulada por Sancho Vargas Doris Dani, en la Vía del Proceso Sumarísimo; POR OFRECIDOS los medios probatorios; TRASLADO de la demanda a don JEFREY HERMES DANCHO VARGAS por el plazo de CINCO DÍAS hábiles, bajo apercibimiento de designarse Curador Procesal; TRASLADO de la demanda a Santos Sancho Vargas y Vicente Aquilino Sancho Vargas, bajo apercibimiento de declarárseles rebeldes. TENGASE por conformado el CONSEJO DE FAMILIA y Nombramiento de Curador, a las personas: Róger Sancho Morales, Víctor Luis Chávez Sancho, Jenny Dali Sancho Rodríguez y July Isabel Sancho Pastor. PUBLÍQUESE por edictos en el Diario El Peruano y en el Diario La República POR TRES DÍAS HÁBILES interdiarios. Trujillo 18 agosto de 2018. ROCÍO ÑIQUE PEÑARAN Secretaria Judicial P/6983848 – 24,26,28st –S/15.00 NOTIFICACION POR EDICTO Exp. No. 02511-2017-0-1601-JR-LA-10, tramitado ante el DECIMO JUZGADO DE TRABAJO SEDE COVICORTI, Juez LESLY LEON VARGAS y Secretario LUCIA MENDOZA PARDO, en los seguidos por HUAYLLA NARCISO, JHONY ADALBERTO contra RUFLASI SEGURITY SAC Y OTROS, sobre pago de Beneficios Sociales, en donde se expedió la Resolución No. Seis. 21-1217. NOTIFÍQUESE a la denunciada civil CESARI DISTRIBUIDORES SAC, mediante edictos; OTÓRGUESE el plazo de VEINTE DÍAS hábiles a la notificada por edictos, computados a partir de la última publicación, para que se apersonen por ante este despacho a recabar las copias de demanda, anexos, resolución uno, escrito de subsanación, resolución dos, actas de audiencia, escrito de reformulación, resolución tres, escrito que se provee y la presente resolución, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. LUCIA VERONICA MENDOZA PARDO Secretaria Judicial – Pool NLPT P/6983939 – 24,26,28st – S/15.00 EDICTO Ante el 5° Juzgado de Familia de Trujillo, que despacha en señor Juez, Dr. Víctor León Martell, en el Expediente 3547-2018, Esp. Leg. Rafael Lavado Terrones, se han expedido la Resolución Número uno, de fecha diecisiete de abril del 2018: Se ADMITE a trámite la demanda sobre DECLARACION JUDICIAL DE MATERNIDAD interpuesta por doña JACKELINE RENE BENITES VARGAS la cual deberá tramitarse en la vía procedimental del PROCESO DE CONOCIMIENTO; TENGASE por ofrecidos los medios probatorios presentados por esta parte; TRASLADO de la presente demanda…. y a la Sucesión de Ana Ysabel Vargas Cruz o a las personas que se crean con derecho, por el plazo especial de SESENTA DIAS, de notificado con la presente resolución, mediante EDICTOS, bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal, para tal efecto PUBLÍQUESE en el Diario oficial “El Peruano” y el de mayor circulación, “La República”, por el plazo de tres días hábiles; y la Resolución Número tres, de fecha veintitrés de agosto del 2018: Se INTEGRA la Resolución Número uno (resolución admisoria), de fecha diecisiete de abril del 2018, en el extremo que debe consignarse en su parte resolutiva: SE ADMITE A TRÁMITE LA DEMANDA DE DECLARACION JUDICIAL DE MATERNIDAD Y PATERNIDAD EXTRAMATRIMONIAL, dejándose subsistente todo lo demás que contiene. RAFAEL ANGEL LAVADO TERRONES Secretario Judicial P/6988587 – 26,28st,02oc –S/24.00 EDICTOS Exp. N° 7773-2018-0-1601-JR-FC-04 tramitado, ante el cuarto Juzgado Familia, sobre RECONOCIMIENTO DE UNION DE HECHO, Juez el Dr. Marco Celis Vásquez y Secretaria Nelly Lavado H., ha expedido la Res N° DOS, (06-09-2018) Autos y Vistos ..…. ADMITASE a trámite la demanda interpuesta por JUANA NOEMI CORTIJO ZAVALETA, vía PROCESO DE CONOCIMIENTO; téngase por ofrecido los medios probatorios: TRASLADO de la misma a la SUCESION INTESTADA DE ORLANDO EUGENIO TORRES URCIA, para que conteste la demanda en el plazo de NOVENTA días; emplácese mediante edictos a éste, el que se publicará en el diario de mayor circulación de la circunscripción, por el plazo de tres días, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal.- firma del Juez y Secretaria.NELLY LAVADO HUARCAYA Secretaria Judicial P/6993672 – 28st,01,02oct – S/15.00
EDICTO En Juzgado Civil Santiago de Chuco, Expte. N° 71-2017, Secretario Judicial Dr. Jorge Olivera, tramita proceso sobre Reivindicación, Entrega de Bien y Pago de Lucro Cesante, respecto terreno rústico con U.C. N° 001982, ubicado Caserío “Suruvara”, contra Santos Julia Chávez de Castillo y otros, mediante Resolución 5, Sr. Juez, dispuso NOTIFIQUE POR TRES DIAS CONSECUTIVOS, POR EDICTOS DIARIOS “LA REPUBLICA” Y “EL PERUANO”, A SUCESORES DE FALLECIDA JULIA CHAVEZ DE CASTILLO, COMPAREZCAN AL PROCESO DENTRO SESENTA DIAS, DE ULTIMA PUBLICACION, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSE CURADOR PROCESAL. STGO. CHUCO, SETIEMBRE 2018. JORGE E. OLIVERA ALDANA Secretario Judicial P/6997774 – 28st,01,02oct – S/15.00 EDICTO Ante el Sexto Juzgado de Paz Letrado, Expediente N° 2390-2007, Secretario: Roberto Santa Cruz Carbajal, se tramita el Proceso de Alimentos seguidos por doña Merlyn Lucy Benites Baca contra don Danny Chota Sevillano, mediante el cual en la Resolución N° 16 de fecha 07 de Julio del 2017 se ordena se notifique previamente al demandado para que dentro del tercer día de notificado cancele la liquidación de la aprobación de pensiones alimenticias ascendentes a la suma de DOS MIL CIENTO DOCE SOLES CON NOVENTA Y DOS CENTIMOS, bajo apercibimiento de embargo; asimismo mediante Resolución N° 17 de fecha 12 de octubre del 2017 se pone en conocimiento la imposibilidad de ubicar la dirección del demandado ubicado en Central 1315 Santa Anita y la dirección Jr. Bolognesi N°390 debido a que no existe; finalmente mediante Resolución N° 18 de fecha 26 de Julio del 2018 se resuelve notificar mediante edictos al demandante con la Resolución N|°16 y siguientes resoluciones de carácter personal. ROBERTO SANTA CRUZ CARBAJAL Secretario Judicial P/6997779 – 28st,01,02oct – S/15.00 EDICTO Ante el 2do. Juzgado de Familia de Trujillo, que despacha la señora Juez Doris Mirtha Osorio Barba, en el Exp. N° 185-2018, Especialista Enrique Herman Pereda Vásquez, se ha expedido la resolución número tres de fecha seis de agosto del dos mil dieciocho en donde: SE ADMITE a trámite la demanda de DECLARACIÓN JUDICIAL DE MATERNIDAD EXTRAMATRIMONIAL interpuesta por MARIA MARGARITA BOCANEGRA CORTIJO la cual se tramitara en la vía del proceso de conocimiento; TÉNGASE por ofrecido los medios probatorios propuestos por esta parte, presente el domicilio real, procesal y casilla electrónica; TRASLADO de la demanda a doña ROSA ISABEL BOCANEGRA CORTIJO y a la SUCESIÓN DE ENMA FELICITA CORTIJO MENDOZA, por el plazo de TREINTA DIAS de notificados con la presente resolución, bajo apercibimiento en caso de la primera demandada de declarársele REBELDE. NOTIFÍQUESE a la sucesión demandada mediante EDICTOS por el término de TRES DÍAS en el diario oficial “El Peruano” y en el diario “La República”, a fin que sus sucesores acreditados se apersonen al proceso, bajo apercibimiento en caso no lo hagan de nombrársele un Curador Procesal. Trujillo, 25 de Setiembre de 2018. PEREDA VASQUEZ ENRIQUE HERMAN Secretario Judicial P/6997781 – 28st,04,11oct – S/15.00 EDICTO Por ante el juzgado de Paz Letrado de Santiago de Chuco, Dr. Aldo Santiago Mirando Ulloa, especialista Juvenal Octavio Beraun Avalos estoy tramitando la RECTIFICACION DE PARTIDA DE DEFUNCION, según el exp. No. 015- 2018, en el sentido de que los nombres de mi padres es FELIX HECTOR TOLEDO TACON Y no como aparece HECTOR TOLEDO TACON. Por lo que debe quedar correcto sus nombres y apellidos: FELIX HECTOR TOLEDO TACON. Santiago de Chuco, 26 de setiembre de 2018. Amancio Alberto Toledo Zelada JUVENAL OCTAVIO BERAUN AVALOS Secretario Judicial P/6998432 – 28st – S/4.00
4. EDICTOS PENALES EDICTO PENAL El Sétimo Juzgado Penal Unipersonal, que tiene como Juez al doctor Jesús Ramírez Llanos, cita y
emplaza al acusado HUMBERTO GERARDO ZAVALETA PINEDO, para la audiencia de juicio oral del día 12.10.2018 a horas 12:30 p.m., en la Sala de audiencias del Sétimo Juzgado Penal Unipersonal ubicado en el tercer piso del Edificio de las dependencias del Nuevo Código Procesal Penal, Sector Natasha Alta-Trujillo, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordenarse su conducción compulsiva en caso inconcurrencia, en el Exp. N° 5362-2014-68, seguido contra HUMBERTO GERARDO ZAVALETA PINEDO y otro, por el delito de USURPPACION AGRAVADA, en agravio de JANIIA JESUS FEIJOO DELA SERNA. Especialista Judicial: Abog. Javier Alcides Castro Pesantes. 26, 27, 28 – SET.EDICTO PENAL Exp.: 01400-2017-10 3ª Juzgado Penal de Investigación Preparatoria Secretario: CLAUDIA CARRANZA YON Se notifica a SUCESION DE LA AGRAVIADA HELEN MARISOL GALICIA MAURTUA, BRIYITH SUJAMI PABLO CEDAMANOS, AGUSTIN AVELINO BRICEÑO SANDOVAL, JERRY EMERSON MEZA BEDON, MARIA LUCIANA RENTERIA GALICIA, SUCESION DE WILLIAN IBAN ESQUIVEL REYNA, SUCESION DE YUDELIA CUEVA REGALADO, SUCESION DE DELIA ITHAMAR MONZON ARAUJO y DIANA SICCHA ARAUJO, con la resolución Nª UNO de fecha 13-09-2018 que CORRE TRASLADO a los demás sujetos procesales por el termino de 10 días conforme a lo previsto por el articulo 350° del C.P.P., en el proceso seguido contra EDDY ALEXANDER SANJINEZ MEDINA por los delitos CONTRA LA VIDA, EL CUERPO y LA SALUD – HOMICIDIO CULPOSO y LESIONES CULPOSAS, en agravio de JOSE LEONARDO GUTIERREZ TORIBIO y OTROS. Trujillo, 17 DE SETIEMBRE DEL 2018. 26, 27, 28 – SET.EDICTO PENAL Exp.: 06725-2017-26 5ª Juzgado Penal de Investigación Preparatoria Secretario: CLAUDIA CARRANZA YON Se notifica a DONALD CARLOS CARRILLO SALAZAR con la resolución Nª DOS de fecha 13-09-2018 que CITA A LA AUDIENCIA DE SOBRESEIMIENTO para el día 10-10-2018 a las 09.00 am en la sala del 5to Juz. Inv. Preparatoria de Trujillo; en el proceso seguido en su contra, por el delito de FALSEDAD IDEOLOGICA en agravio de EL ESTADO – RENIEC. Trujillo, 17 de setiembre del 2018 26, 27, 28 – SET.EDICTO PENAL Exp.: 01028-2018-0 8ª Juzgado Penal de Investigación Preparatoria Secretario: CLAUDIA CARRANZA YON Se notifica a JORGE LUIS GUTIERREZ ARMAS con la resolución Nª SEIS de fecha 14-09-2018 que PROGRAMA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION para el día 04-10-2018, a las 09:00 am en la sala del 8vo Juz. Inv. Preparatoria de Trujillo; en el proceso seguido en su contra por el delito CONTRA LA FE PUBLICA-USO DE DOCUMENTO PÚBLICO FALSO en agravio de EL ESTADO – MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE VIRU. Trujillo, 17 de setiembre del 2018 26, 27, 28 – SET.EDICTO PENAL EXP. Nro.: 2017-04264-91 5°JIPT.SECRETARIO: PEREDA Se emplaza al IMPUTADO: ELMIN GILMER GUEVARA GONZALES, para que se ponga a derecho ante el 5°JIPT., se hace de conocimiento que el Ministerio Público, ha solicitado sobreseimiento del proceso en favor de su persona, porque durante la investigación no se ha logrado recabar elementos de convicción relevantes, que demuestren las lesiones causadas al agraviado; en el delito Contra La Vida el Cuerpo y la Salud en la modalidad de LESIONES LEVES en agravio de OMAR ANTONIO ZAVALETA ROJAS; se ha reprogramado audiencia para el 09-10-2018 a horas 09.00 de la mañana para los fines legales consiguientes. TRUJILLO, 18 DE SETIEMBRE DEL 2018. 26, 27, 28 – SET.EDICTO PENAL EXP. Nro.: 2017-04239-64 7°JIPT.SECRETARIO: PEREDA Se emplaza a la AGRAVIADA: MARIA ESTHER CASTREJON HUAMAN, y al Tercero Civilmente
Responsable MERARI ALEJANDRO CORAL ALVINO, persona que el Ministerio Público ha solicitado su Incorporación como Tercero Civil, en razón que es propietario del vehículo de placa de rodaje T3R-649, el cual estaba siendo utilizado en calidad de uso transitorio por el imputado, conforme a su propia declaración; se pongan a derecho ante el 7°JIPT. En el proceso que se sigue contra JULIO MELQUIADES MOZON TAMAYO por el delito de LESIONES CULPOSAS en agravio de MARIA ESTHER CASTREJON HUAMAN; se ha programado audiencia para el día 04-10-2018 a horas 10.35 de la mañana, a todas las partes para su conocimiento y demás fines legales consiguientes. TRUJILLO, 20 DE OCTUBRE DEL 2018. 26, 27, 28 – SET.EDICTO PENAL EXP. Nro.: 2017-04239-64 7°JIPT.SECRETARIO: PEREDA Se emplaza a la AGRAVIADA: MARIA ESTHER CASTREJON HUAMAN, y al Tercero Civilmente Responsable MERARI ALEJANDRO CORAL ALVINO, persona que el Ministerio Público ha solicitado su Incorporación como Tercero Civil, en razón que es propietario del vehículo de placa de rodaje T3R-649, el cual estaba siendo utilizado en calidad de uso transitorio por el imputado, conforme a su propia declaración; se pongan a derecho ante el 7°JIPT. En el proceso que se sigue contra JULIO MELQUIADES MOZON TAMAYO por el delito de LESIONES CULPOSAS en agravio de MARIA ESTHER CASTREJON HUAMAN; se ha programado audiencia para el día 04-10-2018 a horas 10.35 de la mañana, a todas las partes para su conocimiento y demás fines legales consiguientes. TRUJILLO, 20 DE OCTUBRE DEL 2018. 26, 27, 28 – SET.EDICTO PENAL EXPEDIENTE Nº 6200-2016-86-1601-JR-PE-03. TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE TRUJILLO. Asistente de causas: Eddy Sánchez Gálvez. El señor Juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Trujillo, doctor, Francisco Gavidia Gavidia, emplaza al imputado OSWALDO MANDUJANO AQUINO, con la resolución número UNO, que CORRE TRASLADO del requerimiento Fiscal de Sobreseimiento, en el proceso que se le sigue por el delito de Lesiones culposas, Omisión de Socorro y Fuga en Accidente de tránsito, en agravio de Adela Marcelina Gonzáles Alayo y del Estado, respectivamente; por tal motivo se le corre traslado por el plazo de DIEZ días a fin de que efectúen el descargo respectivo. Trujillo, 19 de Septiembre del 2018.26, 27, 28 – SET.EDICTO PENAL EXPEDIENTE Nº 3397-2018-0-1601-JR-PE-05. QUINTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE TRUJILLO. Asistente de causas: Eddy Sánchez Gálvez La señora Juez del Quinto del Juzgado de Investigación Preparatoria de Trujillo, doctora, María Elizabeth Zulueta Cabrera, emplaza a la imputada GINA LESLIE PERALTA VARAS con la resolución número UNO, por motivo de haberse recepcionado la disposición fiscal de formalización y continuación de Investigación Preparatoria, seguido en su contra por el delito de Ejercicio arbitrario de derecho por propia mano, en agravio del Ursula María Martínez Vargas. Trujillo, 14 de Septiembre del 2018.26, 27, 28 – SET.EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 326-2014-41-1608-JR-PE-01 ASISTENTE JURISD.: JORGE LUIS CHÁVEZ BOLAÑOS EL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LA PROVINCIA DE SÁNCHEZ CARRIÓN: Dr. Ruperto Sandoval Damián: Cita al acusado: NELSON ELI VALLES ÁVILA; para que concurra el día TREINTA Y UNO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, A HORAS OCHO DE LA MAÑANA (hora exacta) para la realización de la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACIÓN, audiencia que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Sánchez Carrión con sede en el Módulo de Justicia de Huamachuco, recaído en el Exp. N° 326-2014-41-1608-JR-PE-01, en el que se le sigue e imputa por el delito Contra la Fe Pública, en la modalidad de Falsedad Ideológica, en agravio del Estado - Reniec, en la cual el señor representante del ministerio público esta requeriendo cinco años de pena privativa de libertad y el pago de 180 días multa, y pago de S/.800.00 Soles por concepto de reparación civil, delito previsto en el artículo 438°, del Código Penal. Asismismo, se hace conocer al
acusado que se le ha designado abogado defensor público de oficio, el mismo que tiene domicilio procesal en el Jr. Leoncio Prado N° 180 de la Ciudad de Huamachuco. Huamachuco, 25 de Septiembre del 2018 RUPERTO SANDOVAL DAMIAN Juez Supernumerario 26, 27, 28 – SET.EDICTO PENAL El Décimo Juzgado de Investigación Preparatoria De Trujillo, que tiene como Juez al Dr. EDUARDO CARLOS MEDINA CARRASCO; Cita y emplaza al imputado; ALEXIS GIOVANNI LARRIVIERE CASTRO; para la audiencia de control de acusación del día 05.10.2018 a horas 14:30 p.m. En la SALA DE AUDINCIAS 10 JIP ubicado en el Tercer Piso - Módulo Penal – sitio en Av. América Oeste s/n – Urb. Covicorti - Sector Natasha Alta de la ciudad de Trujillo; bajo apercibimiento de continuarse el proceso sin su presencia, en el Exp. N° 06370-201313, seguido contra ENRIQUE ANGEL CASTILLO VARGAS y otros, por el delito de COLUSIÓN. ESPECIALISTA JUDICIAL: MARIA ELISA CHAVEZ GUTIERREZ. 26, 27, 28 – SET.EDICTO PENAL Juzgado Unipersonal de la Provincia Gran ChimúCascas. Juez: Liana F. Argomedo Pérez EXP. N° 00088-2016-57 CITA Y EMPLAZA al acusado contumaz: ROYER CHRISTIAN HUAYTA CARBAJAL para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra por el delito contra La Vida el Cuerpo y la Salud en la Modalidad de Homicidio Culposo, en agravio de Mark Alejandro Capristan Portal. Fecha: 28.05.18 Asistente Jurisdiccional: Edmundo Mixán Zamora 27, 28 – SET, 01 OCT.EDICTO PENAL INST. N° 474-2009 SALA MIXTA PERMANENTE DE TRUJILLO – CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD SECRETARIO: ACUÑA Cita y emplaza a: ACUSADO CONTUMAZ: DALIN ROBERTO TERRONES CALDERÓN, para que se ponga(n) a derecho y se defienda (n) de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de DAÑOS AGRAVADOS, en agravio de SANDRA JULISA FERNÁNDEZ LEZAMA. CARLOS AUGUSTO FALLA SALAS Presidente 27, 28 – SET, 01 OCT.EDICTO PENAL INST. N° 543-2010 SALA MIXTA PERMANENTE DE TRUJILLO – CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD SECRETARIO: ACUÑA Cita y emplaza a: ACUSADO CONTUMAZ (LIBERTAD INDEBIDA): ESTEBAN SAAVEDRA NARRO, para que se ponga(n) a derecho y se defienda (n) de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de VIOLACION SEXUAL DE MENOR DE EDAD, en agravio de M.S.A. CARLOS AUGUSTO FALLA SALAS Presidente 27, 28 – SET, 01 OCT.EDICTO PENAL INST. N° 04-2001 SALA PENAL LIQUIDADORA PERMANENTE DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD SECRETARIO: ACUÑA Cita y emplaza a: ACUSADO AUSENTE: JHONY CÉSAR NARRO CASTILLO, para que se ponga(n) a derecho y se defienda (n) de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de ROBO AGRAVADO EN BANDA Y OTRO, en agravio de CLARA VILLALOBOS INFANTES Y OTROS. CARLOS AUGUSTO FALLA SALAS Presidente 27, 28 – SET, 01 OCT.EDICTO PENAL INST. N° 736-2006 SALA MIXTA PERMANENTE DE TRUJILLO – CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD SECRETARIO: ACUÑA Cita y emplaza a: ACUSADO CONTUMAZ: DEYBI ALCÁNTARA
Corte Superior de Justicia de La Libertad TELLO, para que se ponga(n) a derecho y se defienda (n) de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de ROBO AGRAVADO, en agravio de ROMÁN BARRIOS VALLE. CARLOS AUGUSTO FALLA SALAS Presidente 27, 28 – SET, 01 OCT.EDICTO PENAL INST. N° 774-2007 SALA MIXTA PERMANENTE DE TRUJILLO – CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD SECRETARIO: ACUÑA Cita y emplaza a: ACUSADO CONTUMAZ: MICHEL ALEXANDER GANOZA BRICEÑO, para que se ponga(n) a derecho y se defienda (n) de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de ROBO AGRAVADO, en agravio de VICTOR VALENTIN CORDOVA Y OTRO. CARLOS AUGUSTO FALLA SALAS Presidente 27, 28 – SET, 01 OCT.EDICTO PENAL INST. N° 2197-1999 SALA MIXTA PERMANENTE DE TRUJILLO – CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD SECRETARIO: ACUÑA Cita y emplaza a: ACUSADO CONTUMAZ: JUAN MIGUEL RODRÍGUEZ AGUILAR, para que se ponga(n) a derecho y se defienda (n) de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de ROBO AGRAVADO Y OTROS, en agravio de JUAN HERMINIO RODRÍGUEZ CARRANZA. CARLOS AUGUSTO FALLA SALAS Presidente 27, 28 – SET, 01 OCT.-
AUSENTES: 1.- AMADEO SANDOVAL TORRES 2.- CONSTANCIO CHUGUALA JUGO Por el Delito de Secuestro Agravado en Agravio de Juan Elías Tarazona Arteaga, sito en Sala Mixta, Jr. Bolognesi N° 595-Huamachuco, Audiencia a llevarse a cabo el dia DOS DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS DIEZ DE LA MAÑANA, por ser necessário en El Expediente Nº 54-2007-0-1608-SP-PE-01. PRESIDENTE: LEON GARCIA SECRETARIA: SANCHEZ MORILLOS 27, 28 – SET, 01 OCT.EDICTO PENAL LA SALA MIXTA ITINERANTE DE SÁNCHEZ CARRIÓN en HUAMACHUCO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD. CITA Y EMPLAZA A LOS SIGUIENTES PROCESADOS PARA QUE SE PONGAN A DERECHO Y SE DEFIENDAN DE LOS CARGOS FORMULADOS EN SU CONTRA EN EL PROCESO QUE SE LE SIGUE EN EL EXP. Nº 54 - 2007- 0-1608-SP-PE-01 AUSENTES: 1.- LUCIO ROSAS ROSAS 2.- PEDRO QUIROZ GIRON Por el Delito de Secuestro Agravado en Agravio de Juan Elías Tarazona Arteaga, sito en Sala Mixta, Jr. Bolognesi N° 595-Huamachuco, Audiencia a llevarse a cabo el dia DOS DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS ONCE DE LA MAÑANA, por ser necessário en el Expediente Nº 54-2007-0-1608-SP-PE-01. PRESIDENTE: LEON GARCIA SECRETARIA: SANCHEZ MORILLOS 27, 28 – SET, 01 OCT.-
EDICTO PENAL INST. N° 538-2004 SALA MIXTA PERMANENTE DE TRUJILLO – CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD SECRETARIO: ACUÑA Cita y emplaza a: ACUSADO AUSENTE: PAUL ROBERTO RODRÍGUEZ HUANCA, para que se ponga(n) a derecho y se defienda (n) de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de ROBO AGRAVADO, en agravio de EXFORD FRANCISCO SIPIRÁN PAISING. CARLOS AUGUSTO FALLA SALAS Presidente 27, 28 – SET, 01 OCT.-
EDICTO PENAL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL MBJ LA ESPERANZA 2º JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA - LA ESPERANZA EXPEDIENTE: 02274-2018-0-1618-JR-PE-02 JUEZ: JENNER MOISES VASQUEZ MARTINEZ ESPECIALISTA: VICTORIA SALINAS FIGUEROA MINISTERIO PUBLICO: FISCAL EDGUARDO DE LA CRUZ CASO 9612017. RESOLUCION UNO.- Dado cuenta con el estado del presente proceso, se NOTIFICA a la agraviada MARIA MELCHORA TRIGOSO TELLO, con la comunicación de la disposición de formalización y continuación de la Investigación Preparatoria, expedida por el despacho Fiscal, en el proceso seguido contra los imputados: VALDERRAMA CARRERA, JUAN ORLANDO y RAMIREZ LOPEZ, EDUAR YEISON, por el delito de LESIONES CULPOSAS. La Esperanza, 25 de Setiembre del 2018. 27, 28 – SET y 01 – OCT.-
EDICTO PENAL INST. N° 174-2007 SALA MIXTA PERMANENTE DE TRUJILLO – CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD SECRETARIO: ACUÑA Cita y emplaza a: ACUSADOS CONTUMACES: JOSÉ LUÍS ARROYO HURTADO, para que se ponga(n) a derecho y se defienda (n) de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de ROBO AGRAVADO Y OTROS, en agravio de PROYECTO ESPECIAL CHAVIMOCHIC Y OTROS. CARLOS AUGUSTO FALLA SALAS Presidente 27, 28 – SET, 01 OCT.-
EDICTO PENAL Exp. N° 01492-2015-80-1601-JR-PE-07 4° Juzgado Investigación Preparatoria Secretario (e): JOSE ANTONIO VERA CHIRINOS. Se emplaza a la querellada OLGA ROSA REYES TELLO DE CHUMACERO, mediante resolución N° 10 de fecha 25 de Setiembre del 2018, se dispone citar a la AUDIENCIA DE REVOCATORIA reprogramado para el 03 DE OCTUBRE DEL 2018 A LAS 12:00 PM DEL MERIDIANO, en la sala de audiencia del 4° Juzgado de Investigación Preparatoria de Trujillo, en el proceso que se le sigue por delito de DIFAMACIÓN en agravio de WILDER SALDIVAR RODRIGUEZ VARGAS. Trujillo, 26 de setiembre de 2018. 27, 28 – SET y 01 – OCT.-
EDICTO PENAL INST. N° 3153-2000 SALA MIXTA PERMANENTE DE TRUJILLO – CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD SECRETARIO: ACUÑA Cita y emplaza a: ACUSADO CONTUMAZ: FAUSTINO RIOS ESPINOZA, para que se ponga(n) a derecho y se defienda (n) de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de VIOLACION DE MENOR CON ALEVOSIA Y OTRO, en agravio de G.M.C.M. CARLOS AUGUSTO FALLA SALAS Presidente 27, 28 – SET, 01 OCT.-
EDICTO PENAL EXP Nº: 702-2016-83-1602-JR-PE-01(PROCESO COMUN) JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ASCOPE Y PAIJAN Especialista Legal.: Dr. Carlos Alejandro Tafur Díaz Se cita y emplaza al acusado: ANTERO BUENO BRINGAS Para que concurra el día 11/10/2018 a las 09:00 a.m. a la Sala de Audiencias del Juzgado Unipersonal de Ascope - Paijan, con sede en la Calle Leoncio Prado s/n – Centro Cívico de Ascope a la Audiencia de Juicio Oral, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz en caso de inasistencia; y se defienda de la acusación del Ministerio Público, por el delito de “LESIONES CULPOSAS”, en agravio de LETICIA LISSET TANDAYPAN AGUIRRE. Ascope, 24 setiembre del 2018. 27, 28 – SET y 01 – OCT.-
EDICTO PENAL LA SALA MIXTA ITINERANTE DE SÁNCHEZ CARRIÓN en HUAMACHUCO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD. CITA Y EMPLAZA A LOS SIGUIENTES PROCESADOS PARA QUE SE PONGAN A DERECHO Y SE DEFIENDAN DE LOS CARGOS FORMULADOS EN SU CONTRA EN EL PROCESO QUE SE LE SIGUE EN EL EXP. Nº 24 - 2011- 0-1608-SP-PE-01
EDICTO PENAL EL JUZGADO PENAL COLEGIADO DE “SANCHEZ CARRIÒN” – HUAMACHUCO, DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD, EL JUEZ SUPERIOR ROLANDO AUGUSTO ACOSTA SANCHEZ, CITA Y EMPLAZA A LOS SIGUIENTES PROCESADOS
Viernes 28 de Setiembre de 2018 PARA QUE COMPAREZCAN ANTE LA SALA DEL COLEGIADO PENAL SITO EN EL JR. BOLOGNESI N° 595 DE LA CIUDAD DE HUAMACHIUCO Y SE DEFIENDAN DE LOS CARGOS FORMULADOS EN SU CONTRA EN EL PROCESO QUE SE LE SIGUE MEDIANTE: EXP. Nº 0523-2007-37-1608-JR-PE-01 A: SANTOS FRANCISCO SABOGAL CHACON, ISABEL RUIZ ARAUJO, LIKY MELQUIAGA RUIZ, JORGE ANTONIO MORALES REYES, por el delito de ROBO AGRAVADO, en agravio de Clarisa Felícita Pérez Quispe y otros. ASISTENTE DE CAUSAS: Adelmo Gerónimo Hernández. Huamachuco, 11 deSetiembre de 2018. 27, 28 – SET y 01 – OCT.EDICTO PENAL Exp.: 06598-2016-89 10° Juzgado Penal de Investigación Preparatoria Permanente Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de la CSJLL Secretario: MARÍA E. CHÁVEZ GUTIERREZ Se notifica a FRANK RONNAL FLORES CARRASCO, con la resolución N° DOCE, por la cual el magistrado que suscribe: Eduardo Carlos Medina Carrasco, dispone avocarse al conocimiento del presente expediente y precisar que la etapa Intermedia continúa con su desarrollo normal, por lo que se CORRE TRASLADO del requerimiento fiscal acusatorio y el escrito de aclaración del requerimiento acusatorio, por el PLAZO PERENTORIO DE 10 DÍAS HÁBILES, en el proceso seguido en su contra, por el delito de PECULADO DOLOSO POR APROPIACIÓN, en agravio del ESTADO. 26 de Septiembre de 2018. 27, 28 – SET y 01 – OCT.EDICTO PENAL EL JUZGADO PENAL COLEGIADO DE “SANCHEZ CARRIÒN” – HUAMACHUCO, DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD, EL SEÑOR JUEZ SUPERIOR QUE PRESIDE: GILBERTO OTONIEL LEON GARCIA, CITA Y EMPLAZA AL SIGUIENTE PROCESADO: ESTEBAN PASTOR VALVERDE, PARA QUE SE PONGA A DERECHO Y CONCURRA A LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL EL DIA TREINTA DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECIOCHO (30-10-2018), A HORAS UNA Y TREINTA DE LA TARDE (01:30 PM), EN EL JUZGADO PENAL COLEGIADO DE SANCHEZ CARRIÒN, SITO EN EL JR. BOLOGNESI Nº 595 – HUAMACHUCO, PROVINCIA DE SANCHEZ CARRION, DEPARTAMENTO LA LIBERTAD Y SE DEFIENDA DE LOS CARGOS FORMULADOS EN SU CONTRA, POR EL DELITO DE VIOLACIÓN CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL, EN AGRAVIO DE LA MENOR DE LAS INICIALES N.M.T.R. EN EL PROCESO QUE SE LE SIGUE MEDIANTE EL EXP. N° 0004-2017-40-1608-JR-PE-01. ASISTENTE DE CAUSAS: Adelmo Gerónimo Hernández. Huamachuco, 19 de setiembre de 2018. 27, 28 – SET y 01 – OCT.EDICTO PENAL INST. N° 586-1994 SALA MIXTA PERMANENTE DE TRUJILLO – CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD SECRETARIO: ACUÑA Cita y emplaza a: ACUSADO CONTUMAZ: ALFONSO RODRÍGUEZ AGUILAR, para que se ponga(n) a derecho y se defienda (n) de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de TENENCIA ILEGAL DE ARMAS DE FUEGO, en agravio de EL ESTADO. CARLOS AUGUSTO FALLA SALAS Presidente 28 – SET, 01, 02 – OCT.EDICTO PENAL INST. N° 4362-1999 SALA MIXTA PERMANENTE DE TRUJILLO – CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD SECRETARIO: ACUÑA Cita y emplaza a: ACUSADO CONTUMAZ: RUBEN HIPÓLITO DIESTRA CONDONGURY, para que se ponga(n) a derecho y se defienda (n) de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de ROBO AGRAVADO, en agravio de MIGUEL MEDINA ÁVILA. CARLOS AUGUSTO FALLA SALAS Presidente 28 – SET, 01, 02 – OCT.EDICTO PENAL INST. N° 333-1998 SALA MIXTA PERMANENTE DE TRUJILLO
– CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD SECRETARIO: ACUÑA Cita y emplaza a: ACUSADO AUSENTE: JOSÉ VALENTÍN PELÁEZ CHÁVEZ, para que se ponga(n) a derecho y se defienda (n) de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de VIOLACION SEXUAL DE MENOR DE EDAD, en agravio de K.M.P.S. CARLOS AUGUSTO FALLA SALAS Presidente 28 – SET, 01, 02 – OCT.EDICTO PENAL INST. N° 490-1997 SALA PENAL LIQUIDADORA PERMANENTE DE TRUJILLO – CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD SECRETARIO: ACUÑA Cita y emplaza a: ACUSADA AUSENTE: ANITA MARCELINA GALLARDO QUIROZ, para que se ponga(n) a derecho y se defienda (n) de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de TRÁFICO ILICITO DE DROGAS, en agravio de EL ESTADO. CARLOS AUGUSTO FALLA SALAS Presidente 28 – SET, 01, 02 – OCT.EDICTO PENAL INST. N° 6292-1999 SALA MIXTA PERMANENTE DE TRUJILLO – CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD SECRETARIO: ACUÑA Cita y emplaza a: ACUSADO AUSENTE: FRANCISCO ABANTO MORENO, para que se ponga(n) a derecho y se defienda (n) de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de VIOLACION SEXUAL DE MENOR DE EDAD, en agravio de D.L.C.A. CARLOS AUGUSTO FALLA SALAS Presidente 28 – SET, 01, 02 – OCT.EDICTO PENAL EXPEDIENTE: Nº 181-2018-0 En el Cuaderno de Proceso Inmediato seguido contra CARLOS IGNACIO GUERRA CUBA por el delito de AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR en agravio de JUANITA CUBA POLO. JUEZ: Dra. HILDA CEVALLOS BONILLA SEC. JUD.: VIOLETA LOZANO HORNA Se cita y emplaza a: JUANITA CUBA POLO. Por el presente edicto, la Juez que suscribe mediante RESOLUCIÓN N° TRES: DISPONE:REPROGRAMAR la presente audiencia para el día 23 DE OCTUBRE DEL 2018 A LAS 13:00 HORAS DE LA TARDE, en la sala del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Virú - Sede del Modulo Básico de Justicia de Virú. Para Instalar la Presente Audiencia. SE CURSE OFICIO al Órgano de Control Interno del Ministerio Publico, haciéndole conocer el comportamiento reiterativo del representante del Ministerio Publico no hacerse presente a las sesiones de audiencias programadas, pese a estar válidamente notificado con la debida antelación, para lo cual deberá adjuntarse copia del acta de audiencia y de la cedula de notificación del fiscal a cargo del caso y asimismo se adjunte el acta y cedula de notificación del proceso N° 174-2018-0. SE NOTIFIQUE al investigado y a la parte agraviada, bajo apercibimiento de continuarse con el desarrollo del proceso. QUEDAN en este acto notificados los presentes, bajo los mismos apercibimientos decretados en la resolución que cita a la presente audiencia. 28 – SET y 01, 02 – OCT.EDICTO PENAL Expediente: 00638-2018-0 3° Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de Trujillo Especialista Judicial: DORA SOLEDAD MONTES HORNA Se notifica a ROSA ISABEL ANDRADE AREVALO, con la Res. N° UNO de fecha 2601-2018, expedida por el 3° JIPT sito en Avenida América Oeste S/N Sector Natasha Alta, que despacha el Juez Francisco Gavidia Gavidia, a efecto que haga valer su derecho de defensa respecto de los hechos acontecidos en enero del año 2015 aproximadamente, esto al existir Disposición de Formalización de Investigación Preparatoria en su contra expedida por la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Trujillo, por el delito de USURPACION, tipificado en el artículo 202° del Código Penal, en agravio de Javier Isidro Huamanchumo Díaz; habiéndosele designado un
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abogado defensor público. Trujillo, 26 de Setiembre de 2018. 28 – SET y 01, 02 – OCT.EDICTO PENAL EXPEDIENTE: Nº 299-2018-0 En el Cuaderno de Formalización de la Investigación Preparatoria seguido contra ALEX ANTHONY HUAMAN ORTIZ por el delito de LESIONES CULPOSAS GRAVES en agravio de LIZBETH MERCEDES VILCA IPANAQUE. JUEZ: Dra. HILDA CEVALLOS SEC. JUD.: RODRIGUEZ Se comunica a: ALEX ANTHONY HUAMAN ORTIZ Por el presente edicto, la Juez que suscribe del Juzgado de Investigación Preparatoria de Virú RECEPCIONA la comunicación de la disposición de Formalización y Continuación de la Investigación Preparatoria expedida por el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta Corporativa de Virú, por el delito de LESIONES CULPOSAS GRAVES, tipificado en el segundo párrafo del artículo 124° del Código Penal en agravio de LIZBETH MERCEDES VILCA IPANAQUE a efectos de que el Juez de Investigación Preparatoria asuma competencia material en el proceso. 28 – SET y 01, 02 – OCT.EDICTO JUZGADO MIXTO -Virú EXPEDIENTE: 00011-2015-0-1611-JM-FC-01 MATERIA: VIOLENCIA FAMILIAR JUEZ: ROSA LILIANA GIL CAHUANA ESPECIALISTA: RICRADO CHÁVARRY RUIZ RESOLUCION NUMERO: UNO. Virú, 03/03/2015. AUTOS Y VISTOS (..), se resuelve: 1. ADMITIR a trámite la demanda sobre VIOLENCIA FAMILIAR (MALTRATO FISICO) interpuesta por el MINISTERIO PÚBLICO (Fiscalía Provincial Mixta Corporativa de Virú), contra HERNALDO CHAVEZ JULCA, en agravio de SABINA RIOS GUERRA. Tramítese en la vía procedimental del PROCESO UNICO. 2. TRASLADO al demandado HERNALDO CHAVEZ JULCA de la demanda por el plazo de 15 días, a efectos de que tome conocimiento del presente proceso y proceda a ejercer su derecho de defensa, bajo apercibimiento de nombrársele CURADOR PROCESAL. 3. NOTIFÍQUESE al mencionado demandado mediante edictos, publicándose el mismo por tres días hábiles, en el diario de mayor circulación del último domicilio.28 – SET y 01, 02 – OCT.EDICTO PENAL INST. N° 1031-2003-1 SALA MIXTA PERMANENTE DE TRUJILLO – CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD SECRETARIO: ACUÑA Cita y emplaza a: ACUSADO AUSENTE: JORGE GONZALES FLORES, para que se ponga(n) a derecho y se defienda (n) de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de VIOLACION SEXUAL DE MENOR DE EDAD, en agravio de F.A.G.R. CARLOS AUGUSTO FALLA SALAS Presidente 28 – SET y 01, 02 – OCT.EDICTO PENAL INST. N° 65-2006 SALA MIXTA PERMANENTE DE TRUJILLO – CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD SECRETARIO: ACUÑA Cita y emplaza a: ACUSADO AUSENTE: CÉSAR OCTAVIO SIGUAS SANTOS, para que se ponga(n) a derecho y se defienda (n) de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de ROBO AGRAVADO, en agravio de ROSA ELENA ALVARADO DÍAZ Y OTROS. CARLOS AUGUSTO FALLA SALAS Presidente 28 – SET y 01, 02 – OCT.EDICTO PENAL INST. N° 1104-1996 SALA MIXTA PERMANENTE DE TRUJILLO – CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD SECRETARIO: ACUÑA Cita y emplaza a: ACUSADO CONTUMAZ: ENRIQUE ERASMO CARDOZA REQUE, para que se ponga(n) a derecho y se defienda (n) de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de ROBO AGRAVADO, en agravio de ÁNGEL MERECI ALAYO ALVARADO. CARLOS AUGUSTO FALLA SALAS Presidente 28 – SET y 01, 02 – OCT.-
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ACUERDOS
ACUERDO ACTAN° DE 3-2018-SPS-CSJLL ACUERDOS DE LOS JUECES TITULARES SESIÓN DE SUPERIORES JUECES DE LOS DE LAS SALAS PENALES APELACIONES JUZGADOS DE PAZ DE LETRADO
Miércoles 07 de febrero de 2018 Viernes 28 de Setiembre de 2018
El doctor Walter Saavedra refiere que no se estaría transgrediendo ningún derecho del demandado rebelde, que se apersona señalando domicilio procesal y ahí se le notifica con la sentencia, en la medida que es el propio demandado quién ha fijado ese domicilio.
ACUERDO N° 4-2018-SPS-CSJLL DE LOS JUECES SUPERIORES TITULARES SALAS PENALES APELACIONES ParaDE mayorLAS sustento existe sentencia emitida por elDE Tribunal Constitucional (Expediente 02901-2014-PA/TC) que declara infundada la demanda, por cuanto al estar notificado con la
1. Tema: TEMA 1: Aprobaciónde decriterios formatos el trámite de apelaciones. Uniformización sobrepara la notificación electrónica
1. Tema:en su domicilio real, y contestó de manera extemporánea, se apersona y señala demanda Notificaciones agraviado del trámite de apelación segunda instancia. domicilio procesalaldonde fue notificado con la sentencia y actosen posteriores; advierte el tribunal
ANTECEDENTES 2. Base legal: NORMATIVOS: Ley N° 30229123.1º - Ley que adecua el uso las tecnologías de información y Comunicaciones Artículo del CPP: Lasderesoluciones judiciales, según su objeto,en son el sistema de remates judiciales y en el servicio de notificación de las resoluciones judiciales; y decretos, autos y sentencias. Salvo los decretos, deben contener la que modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Código Procesal Civil, el Código Procesal exposición de los hechos debatidos, el análisis de la prueba actuada, la Constitucional y la Ley Procesal del Trabajo.
2. Base legal: PROPUESTAS: Artículo 95.1.d del CPP: El agraviado tiene el derecho a impugnar el sobresei1. Se notifique el auto final y sentencia en el domicilio procesal de la defensa de ambas partes miento y la sentencia absolutoria.
determinación de la ley aplicable y lo que se decide, de modo claro y expreso. Artículo 122º, electrónicas: último párrafo del CPC: Los decretos son expediArtículo 155-A: Notificaciones Lados notificación electrónica es un medio alternativo a la notificación por cédula y se deriva por los auxiliares jurisdiccionales respectivos y serán suscritos conasu casilla electrónica de manera obligatoria en todos los procesos contenciosos y no contenciosos firma completa. tramitados ante los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial.
Fundamentación: La3. notificación electrónica debe contar con firma digital y debe ser utilizada en el marco de la El27269 nuevo despacho penal se basa en la uniformidad, estandarizaLey - Ley de Firmas y judicial Certificados Digitales, su reglamento, y en la normativa relacionada.ción y predictibilidad de todos los procedimientos (R.A. Nº 014-2017-CEPJ del 11/01/2017 aprueba el Reglamento del Nuevo Despacho Judicial Artículo 155- E: Notificaciones por cédula: del Módulo Penal Corporativo de las Cortes Superiores de Justicia de la Sin perjuicio de la notificación electrónica, las siguientes resoluciones judiciales deben ser República), en tal sentido corresponde a las salas penales uniformizar el notificadas sólo mediante cédula: de los elrecursos de apelación en la segunda instancia, 1.-trámite La que contenga emplazamiento de la demanda, declaración de rebeldíamediante y la medida la aprobación de formatos únicos de resoluciones, que contengan apercibicautelar. 2.-mientos La sentencia o auto que pone fin al sea proceso en cualquier instancia.y la parte recurrente. específicos según la clase de recurso La resolución notificada por cédula surte efecto desde el día siguiente de la notificación.
4. Acuerdo:
SITUACIÓN PROBLEMÁTICA: loslaformatos deTrinidad resoluciones para el trámite de apelaciones que Es Aprobar expuesta por doctora Rosa Chávez Saldaña sobre la interpretación del artículo anexan al presente.* 155se E de la Ley Orgánica del Poder Judicial: Se están emitiendo dos notificaciones respecto a la sentencia y el auto final, es decir una cédula física y una notificación electrónica, lo que ha originado que se le conceda a los litigantes un doble plazo; verificándose que muchos de ellos 5. Difusión: apelan solo cuando se les notifica en casilla electrónica, pero teniendo en cuenta que dicho Publíquese el presente acuerdo en el diario oficial del distrito judicial, y artículo menciona que los plazos se computan desde la cédula física; considera que sólo debe comuníquese a los jueces penales de primera instancia, al Ministerio emitirse una cédula física teniendo en cuenta, que desde dicha constancia de notificación se Público, la Defensoría computa el plazo para impugnar.Pública, el Colegio de Abogados de La Libertad y a
las facultades de derecho de las Universidades de Trujillo.
Sobre el particular se han emitido decisiones judiciales como la contenida en el Expediente 1466-2017-0-1601-PJ-CI-05, en el cual se ha resuelto declarar nulo el concesorio de apelación *El formato debe ser requerido a la coordinación de las Salas Penales de Apelaciones. por cuanto el personal jurisdiccional únicamente notificó con la sentencia, en casilla electrónica de las partes procesales, habiendo omitido notificar a ambas partes en sus domicilios mediante cédula en físico, trasgrediendo el articulo 155 E del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Así mismo, la doctora Carmen BuchelliDeville refiere que existe pronunciamiento del superior en el Expediente N° 2351-2015-0-1601-PJ-FC-03, en el cual se ha declarado nulo el concesorio de apelación, por cuanto únicamente ha notificado en el domicilio Dr. se Giammpol Taboada Pilco procesal del demandado y Juez superior coordinador de las Salas Penales no en el domicilio real, en la medida de que tiene la condición de rebelde. de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de La Libertad
que tuvo conocimiento de todas las actuaciones realizadas en dicho proceso.
apersonadas para no generar doble plazo (cédula física). 2. Rebelde no apersonado al proceso debe ser notificado en su domicilio real. 3. jurisprudencial: 3. Base Rebelde que está apersonado en su domicilio procesal, con el mismo trato que se le da a la Casación N 353-2011-Arequipa del 04/06/2013: El artículo 95.1d del CPP parte demandante.
establece que el agraviado tendrá como derecho impugnar el sobreseimiento y CONCLUSIÓN: la sentencia absolutoria, en concordancia con el artículo 347 del CPP señala Por unanimidad de paz letrado de Trujillo acuerdan seguir los lineamientos que contra el autolosdejueces sobreseimiento procede recurso de apelación [fj. 4.5]. establecidos en las propuestas que anteceden. - Asimismo, se dispone que a través de coordinación se elaboren formatos de admisorios de 4. Fundamentación: demanda que contengan las reglas de apersonamiento de las partes al proceso.
Se considera agraviado a todo aquél que resulte directamente ofendido por el delito TEMAo2:perjudicado por las consecuencias del mismo (artículo 94.1 del CPP). El agraviado del delito se encuentra en condiciones de ser un protagonista del Estándar de producción proceso penal, encontrándose facultado para participar activamente en el SITUACIÓN PROBLEMÁTICA: desarrollo del proceso, siendo necesario que el agraviado actúe con todos los Se ha notificado con el estándar producción de los juzgadosde desu pazpretensión. letrado a los En señores derechos y garantías que le de aseguran la satisfacción este magistrados, si bien es cierto se está cumpliendo hasta la fecha con ello es necesario que los sentido, el agraviado tiene derecho a impugnar el sobreseimiento y la sentenjueces controlen el cumplimiento de los parámetros establecidos. cia absolutoria (artículo 95.1.d CPP), para ello los órganos jurisdiccionales de primera instancia -bajo responsabilidad- deben notificar al agraviado el auto de CONCLUSIÓN: sobreseimiento y la sesentencia absolutoria, la finalidad de permitirle - Los jueces de paz letrado comprometen a cumplir con con los estándares de producción. ejercitar de manera efectiva su derecho constitucional a la doble instancia TEMA 3: 139.6 de la Constitución Política del Perú). (artículo Avances sobre el cumplimiento de los dispuesto por el Equipo Técnico de Gestión en acta de mayo de 2018 5. Acuerdo:
Al agraviado recurrente, no constituido en actor civil, se le notificará todo el SITUACIÓN PROBLEMÁTICA: trámite en segunda instancia del recurso de apelación del auto de sobreseiEn el mes de mayo, los jueces y personal jurisdiccional de paz letrado fueron notificados con la miento y de sentencia absolutoria. De otro lado, cumplido al agraviado recurrido acta emitida porla el Equipo Técnico de Gestión (ETG), habiéndose parcialmente con únicamente se le notificará la resolución final (auto o sentencia), que resuelve lo dispuesto por dicho ETG. Así se tiene que los juzgados están aún con escritos pendientes del el recurso que secon hubiere apersonado segunda en cuyo mes de junio salvo y julio de 2018, mayor incidencia en losen juzgados de pazinstancia, letrado de familia en la medida que es mayor la cantidad de escritos que ingresan a esta área. Especialmente para los caso también se le notificará todo el trámite. procesos que se encuentran en ejecución de sentencia, solicitud de liquidaciones para aprobaciones, nulidades, consignaciones, informes, aperturas de cuentas.
6. Difusión: Publíquese el presente acuerdo en el diario oficial del distrito judicial, y comuníCONCLUSIÓN: quese a los jueces penales de primera instancia, al Ministerio Público, la - Notificar al personal de los juzgados de paz letrado para que cumplan con el proveído de los Defensoría Pública, de La Libertad y aimprimir las facultades escritos pendientes, a finel deColegio dar cuentade al Abogados ETG sobre dicho avance debiendo reporte de derecho de lasdía Universidades Trujillo. de escritos, el último hábil del mes dede julio del presente año. Dr.presente Giammpol Pilco - El señor Olegario Florián Vigo, en laTaboada reunión de jueces, EXHORTA a los señores Juez superior coordinador de las Salas Penales jueces el cumplimiento de sus funciones así como el buen trato a los abogados y litigantes. de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de La Libertad
CorteSuperior Superior de Justicia La Libertad Corte de Justicia de Lade Libertad
ACUERDOS
ACUERDO 3-2018-SPS-CSJLL ACUERDO N° N°9 DE LOS JUECES DETITULARES LOS JUECES SUPERIORES TITULARES DE LAS SALAS PENALES DE LAS SUPERIORES SALAS PENALES APELACIONES DE DE LA CSJLL 1. 1.Tema: Tema: Formación del expediente judicial. Aprobación de formatos para el trámite de apelaciones. 2. Base legal: 2. Base136.1del legal:CPP: Una vez que se dicta el auto de citación a juicio, el juez penal ordenará Artículo Artículo 123.1º expediente del CPP:judicial. Las resoluciones judiciales, según su objeto, son formar el respectivo
decretos, autos y sentencias. Salvo los decretos, deben contener la Artículo 136.2de dellos CPP: El Consejo Ejecutivoeldel Poder Judicial reglamentará todo lo exposición hechos debatidos, análisis de la prueba actuada, la relacionado con la formación, custodia, conservación, traslado, recomposición y archivo del determinación de la ley aplicable y lo que se decide, de modo claro y expediente judicial.
expreso. Artículo 122º, último párrafo del CPC: Los decretos son expedidos por87los jurisdiccionales respectivos y serán suscritos su Artículo de auxiliares la RA nro. 014-2017-CE-PJ, del 11/01/2017, sobre el Reglamento del con Nuevo firma completa. Despacho Judicial del Módulo Penal Corporativo de las Cortes Superiores de Justicia de la República: Diferencia y precisa los anexos para la formación del expediente judicial para la prueba y del expediente judicial para el debate.
3. Fundamentación: El nuevo despacho judicial penal se basa en la uniformidad, estandariza3. Fundamentación: ción y predictibilidad de todos (R.A. Nº 014-2017-CEEl artículo 136.1 del CPP prescribe que los paraprocedimientos la formación del expediente judicial se anexarán: PJ del 11/01/2017 aprueba ellaReglamento del Nuevo Despacho a) Los actuados relativos al ejercicio de acción penal y de la acción civil derivada del Judicial delito; b) Las en quePenal constenCorporativo las actuaciones objetivas e irreproducibles realizadas la Policía o ella delactas Módulo de las Cortes Superiores depor Justicia de Ministerio Público, así como las declaraciones del imputado; c) Las actas referidas a República), en tal sentido corresponde a las salas penales uniformizar lael actuación de prueba anticipada; d) Los informes periciales y los documentos; e) Las resoluciotrámite de los recursos de apelación en segunda instancia, mediante la nes expedidas por el juez de la investigación preparatoria y, de ser el caso, los elementos de aprobación de formatos únicos de resoluciones, que contengan apercibiconvicción que las sustentan; f) Las resoluciones emitidas durante la etapa intermedia y los mientos específicos según sea la clase recurso la parteasí recurrente. documentos, informes y dictámenes periciales que de hayan podido y recabarse, como -de ser el caso- las actuaciones complementarias realizadas por el Ministerio Público. Al respecto, el artículo 87 del Reglamento del Nuevo Despacho Judicial del Módulo Penal Corporativo de las 4. Acuerdo: Cortes Superiores de Justicia de la República precisa, que el expediente judicial para la prueba Aprobar los formatos de resoluciones para el trámite de apelaciones que está formado con los medios de prueba admitidos en la etapa intermedia, así como los nuevos se anexan al presente.* medios de prueba ofrecidos en la audiencia de juicio; además se incorporarán las actas, informes y declaraciones vinculados con el órgano de prueba, previamente admitidos. En el 5. Difusión: caso de las declaraciones de testigos prestadas ante el fiscal durante la investigación preparatoria debe adjuntarse las constancias del debido a lasdel partes, comojudicial, lo exige ely Publíquese el presente acuerdo en emplazamiento el diario oficial distrito artículo 383.1.d del a CPP. otro lado,penales el expediente para instancia, el debate se forma con el auto comuníquese losDejueces dejudicial primera al Ministerio de enjuiciamiento, el auto de citación a juicio oral, el acta de registro de audiencia, las resoluPúblico, la Defensoría Pública, el Colegio de Abogados de La Libertad y a ciones escritas dictadas en el desarrollo del juicio y la sentencia, así como sus respectivas las facultades de derecho de las Universidades de Trujillo. notificaciones, citaciones y comunicaciones. 4. Acuerdo: *El formato debe ser requerido a la coordinación de las Salas Penales de Apelaciones.
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ACUERDO N° 4-2018-SPS-CSJLL DE LOS JUECES SUPERIORES TITULARES Dr. Giammpol Taboada Pilco DE LAS SALAS PENALES DEPenales APELACIONES Juez coordinador de las Salas
Abogados de La Libertad y las facultades de Derecho de las universidades de Trujillo.
Superiores de la Corte de Justicia de La Libertad
1. Tema: Notificaciones al agraviado del trámite de apelación en segunda instancia.
ACUERDO N°10 DE LOS JUECES 2. Base legal: TITULARES DE LAS SALAS PENALES Artículo 95.1.d del CPP: El agraviado tiene el derecho a impugnar el sobreseiDE APELACIONES DE LA CSJLL miento y la sentencia absolutoria. 1. Tema:
3. Base jurisprudencial: Formación de cuaderno judicial. Casación N 353-2011-Arequipa del 04/06/2013: El artículo 95.1d del CPP establece que el agraviado tendrá como derecho impugnar el sobreseimiento y 2. Base legal: la Artículo sentencia absolutoria, concordancia con el artículo 347 delmotivados. CPP señala 122.5del CPP: Las en disposiciones y los requerimientos deben estar En el que contra auto de sobreseimiento procede recurso de delos apelación 4.5]. caso de los el requerimientos, de ser el caso, estarán acompañados elementos de[fj. convicción que lo justifiquen.
4. Fundamentación: 89 de la RA nro. 014-2017-CE-PJ, del 11/01/2017, sobre el Reglamento del Nuevo SeArtículo considera agraviado a todo aquél que resulte directamente ofendido por el Despacho Judicial del Módulo Penal Corporativo de las Cortes Superiores de Justicia de la delito o perjudicado por las consecuencias del mismo (artículo 94.1 del CPP). República: Los requerimientos de los sujetos procesales que correspondan ser resueltos en Elaudiencia agraviado del delito se encuentra en condiciones de ser un protagonista del deberán estar acompañados de los anexos respectivos como la obligación de proceso penal, encontrándose facultado para participar activamente en el exhibirse la carpeta fiscal en la audiencia, a fin de permitir el debate contradictorio y el examen desarrollo proceso, siendo necesario que el agraviado actúe con todos los inmediato del por el juez. derechos y garantías que le aseguran la satisfacción de su pretensión. En este 3. Fundamentación: sentido, el agraviado tiene derecho a impugnar el sobreseimiento y la sentenartículo del Reglamento del Nuevo Despacho Judicial del Módulo Penal Corporativode de ciaDicho absolutoria (artículo 95.1.d CPP), para ello los órganos jurisdiccionales las Cortes Superiores de Justicia de la República precisa, que el cuaderno judicial se forma para primera instancia -bajo responsabilidad- deben notificar al agraviado el auto de atender los requerimientos y solicitudes presentados por las partes procesales durante la etapa sobreseimiento y la sentencia absolutoria, con la finalidad de permitirle de investigación preparatoria, etapa intermedia y ejecución de la sentencia. En tal sentido, el ejercitar de manera efectiva su derecho constitucional a la doble instancia cuaderno judicial debe formarse con las solicitudes de los abogados defensores o los requeri(artículo la Constitución mientos139.6 fiscales,de acompañados de los Política elementosdel de Perú). convicción que lo justifiquen. Asimismo, en caso la resolución se expida oralmente en audiencia deberá transcribirse integralmente en el por seguridad jurídica, sólo en el caso que alguna de las partes haya impugnado la decisión 5. acta Acuerdo: ello bajo criterios razonables de economía y celeridad procesal como lo precisa el Aljudicial, agraviado recurrente, no constituido en actor civil, se le notificará todo el Acuerdo Plenario nro. 6-2011-C/116, del 06/12/2011. trámite en segunda instancia del recurso de apelación del auto de sobresei-
miento y de la sentencia absolutoria. De otro lado, al agraviado recurrido 4. Acuerdo: únicamente se le notificará la resolución final (auto o sentencia), que resuelve El cuaderno judicial debe formarse con las solicitudes o requerimientos acompañados de los el elementos recurso salvo que seque hubiere apersonado segundaseinstancia, en cuyo de convicción lo justifiquen. En casoen la resolución expida oralmente en caso también se transcribirse le notificará todo el trámite. audiencia deberá integralmente en el acta, sólo en el caso que alguna de las partes haya impugnado la decisión judicial.
El expediente judicial para la prueba debe estar formado con los anexos señalados en el artículo 136.1 del CPP y en el artículo 87 del Reglamento del Nuevo Despacho Judicial del Módulo Penal Corporativo de las Cortes Superiores de Justicia de la República. En el caso de las declaraciones de testigos prestadas ante el fiscal durante la investigación preparatoria debe adjuntarse las actas de declaraciones previas con las constancias del debido emplazamiento a las partes, como lo exige el artículo 383.1.d del CPP.
6. Difusión: 5. Difusión:el presente acuerdo en el diario oficial del distrito judicial, y comuníPublíquese Publíquese presente penales acuerdo ende el diario oficial del distritoaljudicial y comuníquese quese a losel jueces primera instancia, Ministerio Público,a los la jueces penales de primera instancia, al Ministerio Público, la Defensoría Pública, el Colegio de Defensoría Pública, el Colegio de Abogados de La Libertad y a las facultades Abogados de La Libertad y las facultades de Derecho de las universidades de Trujillo. de derecho de las Universidades de Trujillo.
Dr. Giammpol Taboada Pilco 5. Difusión: Juez superior Salasjudicial Penales Publíquese el presente acuerdo en elcoordinador diario oficialde dellas distrito y comuníquese a los de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de La Libertad jueces penales de primera instancia, al Ministerio Público, la Defensoría Pública, el Colegio de
Dr. Giammpol Taboada Pilco Juez superior de las Salas Dr.coordinador Giammpol Taboada Pilco Penales de ApelacionesJuez de lacoordinador Corte Superior de Justicia de La Libertad de las Salas Penales Superiores de la Corte de Justicia de La Libertad
Superior Libertad 12 Corte Corte Superiorde de Justicia Justicia dedeLaLa Libertad
ACUERDOS
ACUERDON°11 N° 3-2018-SPS-CSJLL ACUERDO DE LOS JUECES DETITULARES LOS JUECES TITULARES DE SUPERIORES LAS SALAS PENALES DE LASSUPERIORES SALAS PENALES DECSJLL APELACIONES DE LA 1. Tema: 1. Tema: Seguimiento de los acuerdos adoptados en Junta de Jueces Superiores.
Aprobación de formatos para el trámite de apelaciones.
2. Base legal: Directiva nro. 011-2016-CE-PJ: Lineamientos de Aplicación del Equipo Técnico Distrital de 2. Base legal: Implementación del Código Procesal Penal (ETI Distrital Penal) aprobado Resolución Artículo 123.1º del CPP: Las resoluciones judiciales, según por su objeto, son Administrativa nro. 296-2016-CE-PJ, del 16/11/2016.
decretos, autos y sentencias. Salvo los decretos, deben contener la exposición de los hechos debatidos, el análisis de la prueba actuada, la 3. Fundamentación: de la ley aplicable y lo que de seAplicación decide, del de Equipo modoTécnico claro y Ladeterminación Directiva nro. 011-2016-CE-PJ sobre los Lineamientos expreso. Artículo 122º, último párrafo del CPC: Los decretos son expediDistrital de Implementación del Código Procesal Penal (ETI Distrital Penal) establece entre sus funciones el seguimiento de acuerdos y/orespectivos disposiciones que emanen de las reuniones dos por“realizar los auxiliares jurisdiccionales y serán suscritos con su que convoquen. Para tal efecto deberán mantener un control de las mismas mediante actas, firma completa.
legajos u otro medio, a fin de preservar la predictibilidad de las decisiones emitidas. Dicho monitorio y fiscalización será realizado por el administrador del Módulo Penal”. Por tanto, en 3. Fundamentación: sintonía con la función anotada, corresponde al ETI Distrital Penal realizar el seguimiento de nuevo adoptados despacho se Superiores basa en la uniformidad, estandarizalosElacuerdos en judicial las Juntaspenal de Jueces Titulares de la Corte Superior de Justicia La Libertad materializado en los actas, legajos u otro medio; comunicando periódicación ydepredictibilidad de todos procedimientos (R.A. Nº 014-2017-CEmente al juez superior coordinador los aspectos positivos o negativos derivados de la PJ del 11/01/2017 aprueba el Reglamento del Nuevo Despachoejecución Judicial de los acuerdos adoptados, lo que además tiene correspondencia con la función de ETI del Módulo Penal Corporativo de las Cortes Superiores de Justicia de la Distrital Penal de monitorear y evaluar el proceso de implementación del CPP en el distrito República), en tal sentido corresponde a las salas penales uniformizar el judicial, como lo establece el artículo 22.a de la Nueva Estructura Organizacional y Funcional trámite los recursos en segunda instancia, mediante del Equipo de Técnico Institucionalde de apelación Implementación del Código Procesal Penal (ETI CPP)la aprobación de formatos únicosnro. de061-2013-CE-PJ, resoluciones,delque contengan apercibiaprobado por Resolución Administrativa 03/04/2013.
mientos específicos según sea la clase de recurso y la parte recurrente.
4. Acuerdo: El seguimiento de los acuerdos adoptados en las Juntas de Jueces Superiores Titulares de la 4. Acuerdo: Corte Superior de Justicia de La Libertad será realizado por el ETI Distrital Penal y materialiAprobar formatos de resoluciones para el trámite desuperior apelaciones que zado en actas,los legajos u otro medio; comunicando periódicamente al juez coordinador anexan al presente.* losse aspectos positivos o negativos derivados de la ejecución de los acuerdos adoptados. 5.5. Difusión: Difusión: Publíquese el presente acuerdo en el diario oficial del distrito judicial y comuníquese a los Publíquese el presente acuerdo en el diario oficial del distrito judicial, y jueces penales de primera instancia, al Ministerio Público, la Defensoría Pública, el Colegio de comuníquese a los jueces penales de primera instancia, al Ministerio Abogados de La Libertad y las facultades de Derecho de las universidades de Trujillo.
Público, la Defensoría Pública, el Colegio de Abogados de La Libertad y a las facultades de derecho de las Universidades de Trujillo.
Dr. Giammpol Taboada Pilco Juez coordinador *El formato debe ser requerido a la coordinacióndedelas lasSalas SalasPenales Penales de Apelaciones. Superiores de la Corte de Justicia de La Libertad
ACUERDO N°12 DE LOS JUECES TITULARES DE LAS SALAS PENALES DE APELACIONES DE LA CSJLL 1. Tema: Dr. Giammpol Taboada Pilco Juez superior de las Salas Penales Precisión de la competencia judicial encoordinador delitos aduaneros, tributarios, de mercado y ambientade Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de La Libertad les.
Miércoles 07 de febrero de 2018 Viernes 28 de Setiembre de 2018
2. Base legal: La Resolución Administrativa nro. 152-2016-CE-PJ, del 15/06/2016, dispone la creación de órganos jurisdiccionales especializados en delitos aduaneros, tributarios, de mercado y ambientales, que entraran en funciones a partir del 01/08/2016. En consecuencia, se dispuso crear el 9º Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente Especializado en Delitos Aduaneros, Tributarios, de Mercado y Ambientales, con sede en Chiclayo y competencia 1.territorial Tema: en los distritos judiciales de Lambayeque, La Libertad y Cajamarca. Asimismo, el 2° Notificaciones al agraviado del trámite deen apelación segunda instancia. Juzgado Penal Unipersonal de Chiclayo actuará adición deen funciones como Juzgado Penal Unipersonal Especializado en Delitos Aduaneros, Tributarios, de Mercado y Ambientales; del 2.mismo Basemodo, legal:el Juzgado Penal Colegiado Permanente conocerá en adición de funciones el trámite de los procesos por delitos aduaneros, tributarios, de mercado y ambientales. Y en etapa Artículo 95.1.d del CPP: El agraviado tiene el derecho a impugnar el sobreseide apelación serán de conocimiento de la Primera Sala Penal de Apelaciones de Lambayeque miento y la sentencia absolutoria. (artículo primero). Los procesos judiciales derivados de los delitos aduaneros, tributarios, de mercado y ambientales, así como de los órganos jurisdiccionales especiales en materia 3. Base jurisprudencial: ambiental que no estén vinculados al crimen organizado nacional o transnacional, que no Casación N 353-2011-Arequipa del dañosos 04/06/2013: El artículo 95.1d deldistrito CPP revisten especial gravedad, que sus efectos no trasciendan el ámbito de un establece que el agraviado tendrá como derecho impugnar el sobreseimiento judicial, que la investigación de los delitos y juzgamientos de sus miembros no sean complejos,y lay sentencia absolutoria, endeconcordancia eltramitados artículo 347 CPP señala no estén estructurados dentro una organizacióncon serán en susdel diferentes etapas en el mismo distrito judicial, siempre que no existan órganos judiciales especializados (artículo que contra el auto de sobreseimiento procede recurso de apelación [fj. 4.5]. segundo)
ACUERDO N° 4-2018-SPS-CSJLL DE LOS JUECES SUPERIORES TITULARES DE LAS SALAS PENALES DE APELACIONES
4. Fundamentación: 3. Fundamentación: Se considera agraviado a todo aquél que resulte directamente ofendido por el En el Acuerdo nro. 9-2017-SPS-CSJLL de los Jueces Titulares de las Salas Penales Superiores delito o perjudicado por las consecuencias del mismo (artículo 94.1 del CPP). de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, del 18/10/2017, se acordó que “La competenElciaagraviado dellos delito se aduaneros, encuentratributarios, en condiciones de ser un protagonista del para conocer delitos de mercado y ambientales por hechos proceso penal, encontrándose facultado para participar activamente en el punibles ocurridos en la región La Libertad, le corresponde a los jueces penales de la Corte Superior dedel Justicia de Lambayeque precisados la RA nro. actúe 152-2016-CE-PJ, desarrollo proceso, siendo necesario queen el agraviado con todos del los 15/06/2016. La resolución de le inhibición del juez es inimpugnable”. Sinpretensión. embargo, es necesario derechos y garantías que aseguran la satisfacción de su En este precisar la los jueces penales de los distritos judiciales de La Libertad y de sentido, elcompetencia agraviado de tiene derecho a impugnar el sobreseimiento y la sentenLambayeque conforme a los alcances del artículo segundo de la anotada resolución. cia absolutoria (artículo 95.1.d CPP), para ello los órganos jurisdiccionales de primera instancia -bajo responsabilidad- deben notificar al agraviado el auto de 4. Acuerdo: sobreseimiento y la sentencia absolutoria, con la Titulares finalidad deSalas permitirle Dejar sin efecto el Acuerdo nro. 9-2017-SPS-CSJLL de los Jueces de las Penales ejercitar de manera efectiva su derecho constitucional a la doble instancia Superiores de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, del 18/10/2017. Establecer que la (artículo 139.6 deconocer la Constitución Política del Perú). de mercado y ambientales por competencia para los delitos aduaneros, tributarios, hechos punibles ocurridos en la región La Libertad le corresponde a los jueces penales de la Superior de Justicia de La Libertad, siempre que no revistan especial gravedad, que sus 5.Corte Acuerdo: dañososrecurrente, no trasciendan ámbito de unen distrito judicial, que le la notificará investigacióntodo de los Alefectos agraviado noelconstituido actor civil, se el delitos y juzgamientos de sus miembros no sean complejos y no estén estructurados dentro de trámite en segunda instancia del recurso de apelación del auto de sobreseiuna organización; caso contrario serán de competencia de los jueces penales de la Corte miento y de la sentencia absolutoria. De otro lado, al agraviado recurrido Superior de Justicia de Lambayeque, como lo establece el artículo segundo de la RA nro.152únicamente se15/06/2016. le notificará la resolución final (auto o sentencia), que resuelve 2016-CE-PJ del La resolución de inhibición del juez es inimpugnable.
el recurso salvo que se hubiere apersonado en segunda instancia, en cuyo caso también se le notificará todo el trámite. 5. Difusión: Publíquese el presente acuerdo en el diario oficial del distrito judicial y comuníquese a los penales de primera instancia, al Ministerio Público, la Defensoría Pública, el Colegio de 6.jueces Difusión: Abogados de La Libertad y las facultades de Derecho de las universidades de Trujillo.
Publíquese el presente acuerdo en el diario oficial del distrito judicial, y comuníquese a los jueces penales de primera instancia, al Ministerio Público, la Defensoría Pública, el Colegio de Abogados de La Libertad y a las facultades de derecho de las Universidades de Trujillo. Dr. Giammpol Taboada Pilco Juez coordinador de las Salas Penales Dr. Giammpol Taboada Pilco Superiores de la Corte de Justicia de La Libertad Juez superior coordinador de las Salas Penales de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de La Libertad
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ACUERDO N°13 DE LOS JUECES TITULARES DE LAS SALAS PENALES SUPERIORES DE LA CSJLL 1. Tema: Actuación de declaraciones previas al juicio. 2. Base legal: Artículo 378.6 del CPP: Si un testigo o perito declara que ya no se acuerda de un hecho se puede leer la parte correspondiente del acto sobre su interrogatorio anterior para hacer memoria. Se dispondrá lo mismo si en el interrogatorio surge una contradicción con la declaración anterior que no se pueda constatar o superar de otra manera 3. Fundamentación: El artículo 87 del Reglamento del Nuevo Despacho Judicial del Módulo Penal Corporativo de las Cortes Superiores de Justicia de la República precisa, que el expediente judicial para la prueba está formado con los medios de prueba admitidos en la etapa intermedia, así como los nuevos medios de prueba ofrecidos en la audiencia de juicio; además se incorporará las actas, informes y declaraciones vinculados con el órgano de prueba, previamente admitidos. En el caso de las declaraciones de testigos prestadas ante el fiscal durante la investigación preparatoria debe adjuntarse las constancias del debido emplazamiento a las partes, como lo exige el artículo 383.1.d del CPP. En tal sentido, las declaraciones previas pueden ser utilizadas por los sujetos procesales en el examen de testigos para hacer memoria o evidenciar contradicciones; empero, como aclara el artículo 378.2 del CPP, no se puede leer la declaración de un testigo interrogado antes de la audiencia cuando hace uso de su derecho a negar el testimonio en el juicio. Finalmente, el artículo 186.1 del CPP prescribe que cuando sea necesario se ordenara el reconocimiento del documento por su autor o por quien resulte identificado según su voz, imagen, huella, señal u otro medio. 4. Acuerdo: La declaración previa del testigo que obra en el expediente judicial para la prueba puede ser utilizado por los sujetos procesales en el examen realizado en el juicio oral para hacer memoria o evidenciar contradicciones, previo reconocimiento del documento por el mismo testigo. 5. Difusión: Publíquese el presente acuerdo en el diario oficial del distrito judicial y comuníquese a los jueces penales de primera instancia, al Ministerio Público, la Defensoría Pública, el Colegio de Abogados de La Libertad y las facultades de Derecho de las universidades de Trujillo. Dr. Giammpol Taboada Pilco Juez coordinador de las Salas Penales Superiores de la Corte de Justicia de La Libertad
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Primera jornada de esta campaña, impulsada por los jueces y colaboradores del Módulo de Familia, se desarrolló en un colegio de La Esperanza
CON CAMPAÑA "ROMPIENDO EL SILENCIO" FOMENTAMOS LA PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA EN EL NÚCLEO FAMILIAR
Colaboradores del Módulo de Familia de la Corte Superior de Justicia de La Libertad (CSJLL) visitaron el Colegio de Ciencias Albert Einstein, ubicado en el distrito de La Esperanza de la provincia de Trujillo, con el propósito de fomentar la prevención de la violencia en el núcleo familiar, a través de la campaña institucional "Rompiendo el Silencio". Esta primera jornada benefició a 40 personas entre padres de familia y docentes; se programó en atención al Decreto Legislativo N° 1408, que promueve la construcción de familias democráticas, donde se consideran los intereses y necesidades de todos sus integrantes en la toma de decisiones, y se propician relaciones igualitarias, inclusivas, respetuosas y libres de violencia, en armonía con los derechos contemplados en la Constitución Política del Perú y los tratados internacionales en materia de derechos humanos.
Cabe precisar que durante el desarrollo de esta primera jornada de "Rompiendo el Silencio", la jueza de paz Dayanna Pino Solís expuso sobre la violencia y acoso sexual en espacios públicos, temas enmarcados en la Ley N° 30364; y la psicóloga Vanessa Gallardo Rodríguez, integrante del Equipo Multidisciplinario de la CSJLL, explicó sobre el perfil psicológico de los agresores y los cambios de los niños, niñas y adolescentes víctimas de violencia.
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