Código de Ética y Conducta Viña Concha y Toro S.A. y Filiales
Código de Ética y Conducta Viña Concha y Toro S.A. y Filiales
Viña Concha y Toro S.A. (en adelante indistintamente “Viña Concha y Toro” o la “Compañía”, y conjuntamente con sus Filiales, la “Empresa”, ha definido como una de sus finalidades esenciales para el desarrollo de las actividades de la Empresa, que en cada una de las etapas de elaboración, distribución y venta de productos, cada uno de los directores, ejecutivos y trabajadores cumplan las normas y regulaciones vigentes de la jurisdicción en donde ellos operan. Asimismo, Viña Concha y Toro exige a sus directores, ejecutivos y trabajadores, conocer y comprometerse al máximo con los valores éticos e integridad de la Empresa en la búsqueda de excelencia y transparencia. En este Código de Ética y Conducta, la Empresa ha resumido aquellos principios y valores éticos y de conducta mínimos en los que deben enmarcarse las actuaciones de los directores, ejecutivos y trabajadores de Viña Concha y Toro y de sus sociedades Filiales, sin excepción. Para efectos de lo previsto en este Código de Ética y Conducta se ha de entender por “Filiales” de Viña Concha y Toro a toda sociedad o entidad controlada, directa o indirectamente por Viña Concha y Toro.
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1 DE LOS TRABAJADORES DE VIÑA CONCHA Y TORO Y SUS FILIALES El éxito y desarrollo que ha obtenido Viña Concha y Toro, en Chile y en el mundo, se debe, en gran medida, a la alta calidad profesional y humana de cada uno de sus trabajadores, y al clima de respeto hacia las personas que se promueve en la compañía. Mantener esta calidad y clima es, para la Empresa, un objetivo esencial de su actuar y desarrollo futuro.
1.1 Ámbito de Aplicación El presente Código de Ética y Conducta se aplica a todas las operaciones de Viña Concha y Toro y sus sociedades Filiales. De la misma forma, incluye a todos los directores, ejecutivos y trabajadores de Viña Concha y Toro y sus Filiales, de quienes se espera tomen debido conocimiento de su contenido y cumplan sus requerimientos. Este Código de Ética y Conducta no fue concebido para cubrir todas las situaciones posibles, ni como un compendio de todas las leyes, reglamentaciones y políticas que pudieran afectar a la Empresa. Por lo tanto, bajo ninguna circunstancia debe entenderse que este Código reemplaza o deroga otras políticas y/o procedimientos internos, sino por el contrario se complementa y/o integra con ellos.
1.2 Deberes de la Gerencia Superior y de los trabajadores en general. Gerencia Superior: La gerencia superior de Viña Concha y Toro, incluyendo el Gerente General y el resto de los gerentes tanto Corporativos como de Filiales, es responsable de: a. Conducir sus actividades gerenciales con el máximo de honestidad, integridad y ética. b. Cumplir y hacer cumplir las leyes y regulaciones aplicables en cada jurisdicción donde desarrolla sus actividades. c. Garantizar que toda la información contenida en informes y documentos presentados por la Compañía y todas las comunicaciones públicas llevadas a cabo por la Compañía sean completas, imparciales, exactas, oportunas e íntegras. d. Manejar todos los conflictos de intereses, ya sea reales o presumibles, cumpliendo con el procedimiento establecido en la Sección 2.3. e. Garantizar que las personas sujetas a la aplicación de este Código comprendan y apliquen las normas contenidas en este Código de Ética y Conducta. f. Establecer políticas y procedimientos que garanticen que las personas sujetas a la aplicación de este Código estén debidamente capacitadas y lleven a cabo sus responsabilidades en conformidad con las políticas y obligaciones regulatorias de Viña Concha y Toro. g. Fijar objetivos y expectativas de rendimiento que sean razonables y que se puedan lograr sin comprometer o dejar de aplicar las políticas u obligaciones regulatorias de Viña Concha y Toro. h. Tomar medidas oportunas y apropiadas cuando se informen respecto a incumplimientos, ya sean reales o presumibles, de la ley o de las políticas de Viña Concha y Toro.
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i. Garantizar la prohibición de actos de represalia en contra de cualquier persona que, de buena fe, informe o ponga en conocimiento de la Empresa o alguno de sus Ejecutivos, algún incumplimiento o posible incumplimiento a la ley o las políticas de Viña Concha y Toro.
Trabajadores, en general: Los trabajadores de Viña Concha y Toro y sus Filiales, independientemente de su jerarquía o posición, son responsables de: a. Comprender y actuar en conformidad con las normas descritas en el presente Código y con las políticas y procedimientos aplicables a su área de trabajo. b. Cumplir y hacer cumplir siempre las leyes, reglas y regulaciones aplicables a la actividad a su cargo. c. Respetar y actuar conforme a la dignidad debida a las personas con las cuales deba relacionarse, sean estas trabajadores, contratistas, subcontratistas, proveedores, autoridades o clientes. d. Informar a su superior inmediato, o algún funcionario pertinente, de cualquier incumplimiento o posible incumplimiento a la ley o de las políticas de Viña Concha y Toro, incluyendo cualquier violación al presente Código. Prestar en forma oportuna toda la cooperación que sea requerida con los procedimientos de auditoría tendientes a determinar el cumplimiento de las normas aplicables a Viña Concha y Toro y/o sus Filiales así como de sus políticas.
1.3 Principios Genéricos. Durante el desarrollo, su actividad los directores, ejecutivos y trabajadores de Viña Concha y Toro y sus Filiales, mantendrán un comportamiento ético intachable. Esta obligación se extiende a la vida privada de los directores, ejecutivos y trabajadores de Viña Concha y Toro y sus Filiales, cuando ella afecte el prestigio o buen nombre de la Empresa, o comprometa el cumplimiento del presente Código. Las labores diarias de trabajo deberán desarrollarse con lealtad hacia la Empresa, defendiendo sus intereses, imagen e integridad patrimonial, cumpliendo las leyes y normas aplicables, y cada vez que ello sea requerido por la normativa aplicable, entregando información confiable y veraz. En el cumplimiento de sus obligaciones y responsabilidades para con la Empresa, clientes, productores, proveedores y autoridades, los directores, ejecutivos y trabajadores de Viña Concha y Toro y sus Filiales actuarán con honradez, proactividad, responsabilidad, diligencia, profesionalismo y objetividad. Los ejecutivos y trabajadores de Viña Concha y Toro y sus Filiales tratarán el nivel de satisfacción de cada cliente de la Empresa, como propio. Alcanzar la excelencia en la calidad de los productos y los servicios, debe ser el resultado del esfuerzo cotidiano de todos y cada uno de los ejecutivos y trabajadores de Viña Concha y Toro y sus Filiales. Los ejecutivos y trabajadores de Viña Concha y Toro y sus Filiales velarán siempre por que en todas las etapas de elaboración, distribución y venta se busque la máxima calidad,
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inocuidad, legalidad y excelencia de nuestros productos, todo ello enmarcado en valores éticos de conducta. Cada uno de los ejecutivos y trabajadores de Viña Concha y Toro y sus Filiales debe asumir plenamente las exigencias de ser líderes positivos de los equipos de trabajo, y como tales aceptar las responsabilidades personales y profesionales que ello implica. Los directores, ejecutivos y trabajadores de Viña Concha y Toro y sus Filiales no utilizarán, directa ni indirectamente, en beneficio propio o de terceros distintos de la Empresa, los recursos que estén a su alcance en el desarrollo de sus actividades o como resultado de sus cargos. Como regla general de la Empresa, se prohíbe a los directores, ejecutivos y trabajadores de la Empresa ofrecer o dar regalos a funcionarios públicos y/o privados, así como recibirlos por parte de los mismos, cuando dichos regalos pudieran ser razonablemente percibidos como incentivos, cuando tal acción represente un incumplimiento a las leyes, regulaciones y políticas de la Empresa, o cuando tal acción pudiera incomodar o afectar en forma negativa la imagen y reputación de la misma. Dado que la Sociedad realiza negocios en los Estados Unidos de América, se encuentra sujeta a las normas del Foreing Corrupt Practices Act (FCPA), que prohíbe hacer pagos corruptos a funcionarios extranjeros con el objeto de obtener o retener negocios. Las actividades de la Viña Concha y Toro S.A. y Filiales están sujetas al FCPA en cualquier parte del mundo. Las decisiones tomadas por los directores, ejecutivos y trabajadores de Viña Concha y Toro y sus Filiales deben estar siempre basadas en un análisis de las circunstancias y de las consecuencias que puedan generar para la Empresa, dando prioridad al éxito de la Empresa por sobre sus intereses personales. Los empleados de Viña Concha y Toro S.A., y Filiales obran por cuenta de Viña Concha y Toro S.A., y Filiales exclusivamente en aquellas situaciones para las cuales se les ha otorgado poder o autorización, sea por la naturaleza de su cargo o por delegación expresa. Deberán abstenerse, por lo tanto, de actuar bajo el nombre de de Viña Concha y Toro S.A., y Filiales cuando no han sido autorizados para ello. De acuerdo a las políticas y estrategias de marketing de Viña Concha y Toro S.A., y Filiales a nombre de ésta se puede hacer entrega de obsequios y regalos corporativos a sus clientes y proveedores. Estos deben representar adecuadamente la imagen corporativa de Viña Concha y Toro S.A., y Filiales y su destino corresponde exclusivamente a los clientes o proveedores. Debe cuidarse que al hacer invitaciones a cenas o eventos con motivo de asuntos de trabajo estas no impliquen, o puedan ser entendidas como un compromiso, una influencia indebida, o que por su carácter, naturaleza o frecuencia, ello pudiera ser interpretado como la voluntad deliberada de afectar la independencia, imparcialidad o criterio de terceros. En el caso de ser invitado a una cena, evento o viaje, debe cuidarse de que tal hecho no sea interpretado o afecte la independencia de la persona de Viña Concha y Toro S.A., y Filiales. Viña Concha y Toro S.A., y Filiales se declaran contrarias a influir sobre la voluntad de personas ajenas a la compañía para obtener algún beneficio mediante el uso de prácticas no éticas. Tampoco permitirá que otras personas o entidades puedan utilizar esas prácticas con sus empleados. En caso de duda sobre estas materias, se deberá consultar con el Comité de Ética.
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1.4 Relaciones laborales No deberán existir discriminaciones arbitrarias, de ningún tipo, en el lugar de trabajo. Cada uno de los trabajadores gozará de igualdad de oportunidades y de trato, independientemente de su origen étnico, religión, nacionalidad, color, estado civil, edad, opinión política, sexo, impedimento físico u otro. Son especialmente reprobables y rechazadas por la Empresa las conductas de acoso sexual o laboral, las referidas al trabajo indebido de menores de edad, o las que impliquen situaciones de trabajo forzoso u obligatorio, o las que puedan derivar en una vulneración de los derechos fundamentales de nuestros colaboradores. Todo trabajador de la Empresa que se considere víctima de tales conductas, o las haya presenciado, tiene el derecho de proceder de acuerdo a los procedimientos de denuncia contenidos en este Código, en la Ley Laboral aplicable y en el respectivo Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad de la compañía. Cada trabajador, con la sola excepción de las restricciones legales aplicables, tiene el derecho a constituir libremente sindicatos o asociaciones de trabajadores, y de afiliarse o desafiliarse a ellos, con la sola condición de sujetarse a la ley y a los estatutos de los mismos. Serán consideradas como acciones reprobables por este Código aquellas que atenten contra la libertad de afiliación o sindicación del trabajador. Donde no exista sindicato, la Empresa adoptará una postura neutral y no impedirá que los trabajadores se organicen en sindicatos, al no discriminar ni a favor ni en contra de dicha afiliación. La Empresa reconoce el derecho de los trabajadores, con excepción de las restricciones legales aplicables, de decidir si desean que sus condiciones laborales sean establecidas dentro de un proceso de negociación colectiva o por medio de una negociación individual del contrato de trabajo, en conformidad a las normas pertinentes contenidas en el Código del Trabajo. Serán consideradas como acciones reprobables por este Código aquellas que atenten contra la libertad de negociar colectivamente o de asociarse para estos efectos en grupos negociadores, de conformidad a la Ley aplicable. La Empresa, sus ejecutivos y trabajadores cumplirán con diligencia, exactitud y buena fe, con las obligaciones derivadas de los contratos individuales y colectivos de trabajo, con la reglamentación que establece beneficios sociales a los trabajadores, así como con el Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad, y la legislación laboral y previsional aplicable.
1.5 Ambiente y condiciones de trabajo La Empresa tiene el propósito de ofrecer a sus trabajadores un ambiente de trabajo seguro, sin riesgos que amenacen su seguridad, su integridad física o psicológica, y salud, proporcionando cuando sea necesario, ropas o equipos de protección apropiados a fin de prevenir los eventuales riesgos de accidentes o de efectos perjudiciales para la salud. Por su parte, los trabajadores se comprometen a apoyar activamente y a cumplir los programas de seguridad laboral desarrollados por la Empresa y sus Comités Paritarios, adoptando y haciendo adoptar, todas las medidas necesarias para un trabajo seguro, y a utilizar, en forma adecuada, los elementos de seguridad entregados para su protección personal por la Empresa.
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En su trato con los trabajadores, los directivos y supervisores mantendrán permanentemente una actitud que favorezca el desarrollo de un clima laboral constructivo, incluyendo las reglas habituales de convivencia social, evitando cualquier comportamiento discriminatorio o desacato hacia los demás trabajadores o hacia las organizaciones sindicales o gremiales que legítimamente los representen. Se debe respetar la privacidad y dignidad de los trabajadores, reteniendo únicamente los datos personales que se necesiten para el buen funcionamiento de la Empresa.
1.6 Uso de bienes y de la Información Los bienes, instalaciones y recursos financieros de la Empresa serán utilizados únicamente para cumplir con la misión de la misma. Se adoptarán los principios de eficiencia, seguridad, racionalidad y ahorro. Toda la información a la cual los trabajadores puedan tener acceso en el desarrollo de sus trabajos tendrá siempre el carácter de confidencial, y solo podrá ser utilizada para propósitos relacionados con el trabajo dentro de la Empresa. Se encuentra prohibido el uso o entrega de la información a terceros no autorizados, así como el uso de dicha información en beneficio propio o en beneficio de terceros, de manera contraria a lo establecido en las leyes o en forma perjudicial a los intereses de la Empresa o de sus clientes o proveedores. Asimismo, es política de la Empresa que tanto la Compañía como todas sus Filiales y su personal cumplan con las leyes y políticas internas relacionadas a la precisión e integridad de los registros financieros contables y su actualización. Los libros contables y legales de Viña Concha y Toro y sus Filiales, así como los registros operativos y cualquier otra información, deben ser fidedignos y cumplir con las políticas y procedimientos internos. Las transacciones entre la Compañía y sus Filiales o con terceros deberán ser oportuna y debidamente registradas en nuestros libros contables, de acuerdo con los principios, normativas y prácticas contables y legales vigentes. Está terminantemente prohibido, bajo cualquier circunstancia, falsificar información y/o proveer datos inexactos o incorrectos. Las marcas, productos, diseños y en general cualquier creación protegida por la ley de propiedad intelectual forman parte relevante del activo de Viña Concha y Toro y sus Filiales, razón por la cual mantendremos en todo momento un uso adecuado de dichos bienes, protegiendo los intereses de la compañía.
2 DE LOS CLIENTES, PRODUCTORES DE UVA, VINO Y OTROS PROVEEDORES 2.1 Relaciones con clientes La satisfacción de nuestros clientes es uno de los principios que iluminan el actuar de la Empresa y de sus dependientes, por tanto todos los actos de sus directores, ejecutivos y trabajadores deben tender a satisfacer sus necesidades.
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Se debe comprender, atender y satisfacer las necesidades de nuestros clientes, ofreciendo productos y servicios de la más alta calidad, en condiciones competitivas. Asimismo, las respuestas a sus peticiones y eventuales reclamaciones, deben ser siempre resueltas por los ejecutivos y trabajadores de Viña Concha y Toro y sus Filiales en forma oportuna y eficiente. La venta de los productos y servicios de la Empresa se deben realizar en forma honesta, evitando todo tipo de colusión y el uso de estrategias engañosas o de fraude. Nunca se pretenderá obtener ventajas indebidas de nuestros clientes, con el propósito de conseguir una ganancia temporal. La relación con nuestros clientes debe enfocarse en generar relaciones de largo plazo basados en el conocimiento mutuo y la confianza. Los ejecutivos y trabajadores de Viña Concha y Toro y sus Filiales cumplirán y harán cumplir con diligencia y buena fe, los distintos contratos que suscriba la Empresa con los clientes, productores de uva, de vino y otros proveedores. El intercambio de información sobre clientes se aceptará solo y exclusivamente cuando se conozca razonablemente que se está recibiendo y usando dentro del marco permitido por la legislación y políticas de la Empresa aplicables.
2.2. Relaciones con otros productores o distribuidores de vinos y demás competidores en la Industria La Empresa, sus directores, ejecutivos y trabajadores deben promover y basar su actuar en los principios de respeto a la libre competencia, competencia leal y a los demás actores del mercado, independientemente de su tamaño o posición en el mercado. Los trabajadores de la Empresa, en la prosecución de utilidades y beneficios para la misma, siempre deberán tener presente estos principios y el beneficio último del cliente. Para los efectos de este Código, se consideran como prácticas que atentan contra la libre competencia, constituyendo una falta grave a este Código de Ética y Conducta, entre otras las siguientes prácticas: a) Atraer a clientes potenciales o conservar los actuales, otorgando beneficios no compatibles con las sanas prácticas y buenas costumbres del mercado; b) Ofrecer productos, servicios o combinaciones de ambos a precios o tarifas inferiores a los costos asociados a dichos productos o servicios, con el objeto de obtener un negocio en perjuicio de un competidor; c) Realizar publicidad cuyo contenido o formato no se ajuste a la realidad o a las instrucciones impartidas por las leyes sobre la protección a los consumidores, las instrucciones del Servicio Nacional del Consumidor y cualquier otra norma aplicable a este tema; d) Coludirse u operar en forma conjunta con otros actores del mercado de manera de restringir la oferta o aumentar artificialmente los precios, en perjuicio de los clientes o de terceros competidores;
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e) Abusar de una posición dominante en orden a obtener condiciones más favorables que aquellas que pudieran darse por la sola intervención del mercado, y f) Atentar, de cualquier forma, contra las normas de la Libre Competencia o de los Derechos del Consumidor.
2.3 Relaciones con productores de uva, vino y otros proveedores Todos los equipos, materias primas, materiales, suministros, servicios y similares se deben adquirir por sus propios méritos. Los productores de uva y vino, proveedores, vendedores, contratistas y subcontratistas de Viña Concha y Toro y sus Filiales, deberán recibir de la Empresa un trato justo y equitativo, sin discriminaciones arbitrarias, cumpliéndose a su respecto, en todo momento, con los contratos y compromisos asumidos y con la legislación aplicable. Las liquidaciones financieras, informes, controles y facturaciones deberán reflejar correcta y fielmente las transacciones con los productores, proveedores y el cumplimiento de los compromisos de éstos para con la Empresa. La elección y contratación de proveedores siempre deberá estar basada en criterios técnicos, profesionales, éticos, y en las necesidades de la compañía, debiendo elegir sus propuestas por medio de factores objetivos, tales como competencia, oportunidad, precio y calidad. Los procedimientos de selección deberán ser trasparentes, establecidos con anterioridad a la selección y demostrables ante las instancias superiores de Viña Concha y Toro S.A., y Filiales debe evitarse hacer negociaciones con empresas o personas sobre las cuales exista alguna duda razonable respecto de su probidad o principios éticos.
2.4 Conflictos de Interés En caso de existir conflictos de interés, ya sea reales o presuntos, en el trato con los productores, proveedores, clientes y otras personas que tengan relaciones de negocios con la Empresa, los directores, ejecutivos y trabajadores afectados deberán declararlos en forma expresa, oportuna y transparente, de forma de que la Empresa pueda adoptar las decisiones correspondientes según se establece en la normativa respectiva. Los conflictos de intereses pueden presentarse cuando directores, ejecutivos y/o trabajadores de la Empresa que ocupen posiciones con facultades decisorias, así como sus cónyuges o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad, tienen una inversión significativa o un cargo directivo o gerencial en aquella otra persona con la cual la Viña Concha y Toro o su Filial mantiene relaciones comerciales. Para estos efectos, se entenderá como conflicto de intereses la incompatibilidad que se produce en todo acto o negociación entre Viña Concha y Toro y/o una de sus Filiales y una persona relacionada, cuando existen relaciones de negocios, parentesco o afectividad entre quien evalúa, realiza o decide dicho acto y/o participa en la administración, supervisión o control de los procesos derivados del mismo, y la parte relacionada, y dicha relación hace presumir falta de independencia o imparcialidad en la toma de decisiones, todo lo cual potencia la posibilidad de
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beneficiar directa o indirectamente a la persona relacionada y/o los empleados de la Empresa participante en la toma de decisiones. Del mismo modo, se entenderá que es un conflicto de interés, el definido o establecido como tal en la legislación aplicable. En todos estos aspectos se atenderá a lo que disponga la legislación vigente. Las personas involucradas en conflictos de interés, ya sean reales o presuntos, deberán considerar los siguientes principios: » Independencia: Se deberá actuar en todo momento con lealtad a la Empresa y sus accionistas, independientemente de su beneficio personal o de terceros. » Información: Se deberá informar inmediatamente de conocido el conflicto de interés al ejecutivo o superior inmediato que corresponda, o a la autoridad que determine la Ley, sobre la existencia del conflicto de interés y las circunstancias que lo motivan. » Abstención: Los directores, ejecutivos y trabajadores deberán abstenerse de intervenir o influir en la toma de decisiones que puedan afectar a las personas o entidades con las que exista conflicto. En especial, deberá cumplirse íntegramente lo establecido en relación a esta materia en la legislación vigente. » Confidencialidad: Cualquier persona en una situación de conflicto de interés se abstendrá de acceder a información calificada como confidencial que esté relacionada con dicho conflicto.
3 DEL MEDIOAMBIENTE La Empresa está comprometida con el cuidado del medioambiente. Consecuentemente, cada ejecutivo y trabajador se compromete a realizar sus operaciones y prestar sus servicios cuidando de minimizar, en la medida de lo razonable y de lo posible, su impacto en el medioambiente y, en todo caso, a cumplir siempre con los requerimientos de la legislación vigente al respecto. Del mismo modo, las personas afectas a este Código que tomen conocimiento de cualquier acontecimiento o actividad relacionada con la Empresa, que tenga un efecto contaminante o que tenga un efecto perjudicial sobre el medioambiente o implique un eventual incumplimiento de la regulación aplicable, informará esta situación tan pronto como ello les sea posible, a las instancias administrativas competentes de la Empresa. Cuando sea legalmente procedente o se estimare necesario o correcto, la Empresa informará esta situación a los accionistas, las entidades reguladoras y el público en general, de manera completa y veraz, cumpliendo así con lo establecido por la ley respecto de esta materia.
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4 DE LOS ASPECTOS FINANCIEROS Y MERCADO DE VALORES 4.1 Información Privilegiada De acuerdo a lo previsto en la legislación aplicable, cualquier información referida a Viña Concha y Toro, a sus negocios o a uno o varios valores emitidos por la Compañía, que no ha sido divulgada al mercado y cuyo conocimiento, por su naturaleza, sea capaz de influir en la cotización de los valores emitidos, ha de ser considerada como “información privilegiada”. Con el fin de proteger la transparencia que debe imperar en el mercado, es política de la Empresa que la información privilegiada (definida de acuerdo a lo indicado en el párrafo anterior) de que se disponga con ocasión del ejercicio de las funciones en la Empresa, no deba, directa o indirectamente, usarse en beneficio propio, divulgarse a terceros o utilizarse para inducir a terceros a negociar valores de la Empresa cuyo precio pueda ser influido por tal información, en conformidad a lo establecido en la ley reglamentación aplicables. Para estos efectos, a aquellas personas que en razón de su cargo, posición, actividad o relación con la Compañía posean algún tipo de información privilegiada, les queda prohibido y deberán abstenerse de ejecutar por cuenta propia o ajena, directa o indirectamente, cualquier de las siguientes actividades: • Preparar o realizar cualquier tipo de operación con respecto a los valores afectados a los que la información se refiera. • Difundir o comunicar dicha información a terceros, salvo que ello sea indispensable y necesario dentro del ejercicio normal de su trabajo, cargo o profesión. • Recomendar o asesorar a un tercero para que adquiera o ceda valores negociables o instrumentos financieros de la Empresa, basándose en dicha información. • Realizar cualquier otra actividad en relación con dicha información que se encuentre expresamente prohibida bajo la legislación aplicable.
4.2 Incompatibilidad A objeto de cautelar la independencia de opinión, los ejecutivos principales de la Empresa no podrán haber sido ejecutivos o trabajadores de la empresa de auditoría externa contratada para realizar la auditoría de los estados financieros de Viña Concha y Toro y/o sus Filiales, a lo menos, durante el año anterior al inicio de la revisión de los nuevos estados financieros.
4.3 Comunicaciones y Certificaciones Durante la fase de estudio y negociación de cualquier tipo de operación jurídica o financiera que pueda influir de manera apreciable en la cotización de los valores o instrumentos afectados, los ejecutivos encargados deberán considerar:
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• Llevar un registro documental de cada operación confidencial, en el que consten los nombres de las personas que participen en dichas transacciones. • Advertir expresamente a las personas que participan en la operación confidencial del carácter confidencial de la información y de la prohibición de su uso con respecto a dicha transacción. De la misma forma, la divulgación de la información estará limitada estrictamente a aquellas personas internas o externas a la organización a las que sea imprescindible dar acceso; se deben adoptar medidas de seguridad para la custodia, archivo, acceso, reproducción y distribución de dicha información. Deberá proporcionarse a los inversionistas, al mercado, entidades gubernamentales u otras instituciones autorizadas y público en general, información veraz, clara, justa, exacta, completa, comprensible y oportuna, actuándose en conformidad con leyes, reglas y regulaciones aplicables.
5 DE LA RESPONSABILIDAD DE LOS TRABAJADORES Todos los trabajadores de Viña Concha y Toro y sus Filiales tienen la obligación de cumplir y hacer cumplir este Código de Ética y Conducta, las políticas que lo regulen, los contratos individuales y colectivos de trabajo que los afecten, el Reglamento Interno de la Empresa, los Convenios Fundamentales de la OIT, y la normativa laboral vigente. El incumplimiento de lo dispuesto en este Código de Ética y Conducta será considerado, cuando legalmente corresponda, como una infracción laboral y a sus obligaciones para con la Empresa, independientemente de cualquier decisión tomada por los Tribunales de Justicia, y sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal dispuesta por la ley vigente como resultado de dicha infracción. No se deberá ser complaciente con las conductas incorrectas con respecto a este Código. Para estos efectos, todos los trabajadores tienen la obligación de informar a sus supervisores jefes o a la Gerencia General, las violaciones reales o presumibles de las disposiciones de este Código de las que tengan conocimiento. La Empresa apoyará a cualquier empleado que denuncie cualquiera de estas negligencias en forma seria y responsable. Se prohíbe cualquier represalia interna administrativa, de cualquier tipo, en contra de dichos empleados. Responsabilidad personal de los trabajadores y de sus superiores jerárquicos En los términos establecidos en los párrafos anteriores, los empleados responderán personal y funcionariamente por su comportamiento y por eventuales violaciones a este Código de Ética y Conducta. Lo anterior, sin perjuicio de las responsabilidades que les pudiesen caber a sus superiores jerárquicos que hayan tenido conocimiento, o que con un mínimo de diligencia hayan podido conocer, el comportamiento de los empleados a su cargo.
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6 VIGENCIA E INTERPRETACIÓN El presente Código tendrá vigencia una vez publicado en el sitio web de la Compañía, lo que acontecerá dentro de los treinta días desde su aprobación por el Directorio. Se entregará una copia del mismo o su extracto a cada trabajador y por el hecho de haberlo recibido se presumirá que es conocido por los empleados de Viña Concha y Toro y sus Filiales y por lo tanto podrá ser exigido su cumplimiento. La Empresa entregará y/o pondrá a disposición de cada director, ejecutivo y trabajador, de un ejemplar del Código de Ética y Conducta al momento de su contratación. Cualquier consulta o duda respecto de la interpretación o alcance del presente Código, deberá ser dirigida a la Fiscalía de la Empresa, la que, conjuntamente con la Gerencia General, será la responsable de determinar el sentido y alcance de las disposiciones en él contenidas. Asimismo, la Fiscalía, con acuerdo de la Gerencia General, será responsable de evaluar cualquier eventual cambio normativo que requiera modificaciones a este Código y proponer al Directorio las modificaciones a su texto.
7 RESPONSABILIDAD PENAL DE LA EMPRESA Conforme a la Ley N°20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas por los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y cohecho a funcionario público nacional o extranjero, la compañía podrá ser responsable por la comisión de los delitos señalados en la referida Ley, por parte de los trabajadores y dependientes dentro del ámbito de sus funciones. En consideración a lo anterior, la compañía prohíbe expresamente cualquier conducta que pueda dar lugar a la imputación penal de la empresa bajo la Ley N°20.393 por los actos cometidos por los Dueños, Controladores, Directores, Responsables, Ejecutivos Principales, Representantes, quienes realicen actividades de administración o supervisión y cualquier colaborador de la compañía o externo que represente a la compañía. Asimismo, se incluyen las personas naturales que estén bajo la dirección y supervisión directa de alguno de los sujetos mencionados anteriormente y en general todo trabajador de la compañía. Es decir, los valores y principios difundidos por la compañía se alinean conforme a lo detallado en la política y el Modelo de Prevención de Delitos de Viña Concha y Toro S.A. y Filiales, a fin evitar toda actividad que atente contra los valores y principios entregados por la compañía.
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8 DELITOS DE RESPONSABILIDAD PENAL DE LA EMPRESA Se prohíbe en forma expresa, a los trabajadores de Viña Concha y Toro S.A., y Filiales y externos, lo cual incluye a los contratistas, proveedores, asesores, agentes, etc., a realizar cualquier acto que pueda configurar los siguientes delitos de: • Lavado de Activos: Según lo establecido en Artículo 27, Ley Nº19.913. “Cualquier acto tendiente a ocultar o disimular el origen ilícito de determinados bienes, a sabiendas que provienen de la perpetración de delitos relacionado con el tráfico ilícito de drogas, terrorismo, tráfico de armas, promoción prostitución infantil, secuestro, cohecho, y otros”. • Financiamiento del Terrorismo: Según lo establecido en Artículo 8º, Ley Nº18.314. “Persona natural o jurídica, que por cualquier medio, solicite, recaude o provea fondos con la finalidad de que se utilicen en la comisión de cualquier delito terrorista, como por ejemplo, apoderarse o atentar contra un medio de transporte público en servicio, atentado contra el jefe de Estado y otras autoridades, asociación ilícita con el objeto de cometer delitos terroristas, entre otros”. • Cohecho a funcionario público nacional: Según lo establecido en Artículo 250 del Código Penal. “Dícese del que ofreciere o consintiere en dar a un empleado público un beneficio económico o de otra naturaleza, en provecho de éste o de un tercero”, para que:
• Realice actos propios de su cargo en razón del cual no le están señalados derechos. • Por haber omitido un acto debido propio de su cargo. • Por haber ejecutado un acto con infracción a los deberes de su cargo. • Cohecho a funcionario público extranjero: Según lo establecido en Artículo 251 del Código Penal. “Dícese del que ofreciere, prometiere o diere a un funcionario público extranjero un beneficio económico o de otra naturaleza, en provecho de éste o de un tercero”, para que: • Realice una actuación o incurra en una omisión con miras a la obtención o mantención de cualquier negocio o ventaja indebida en el ámbito de cualquier transacción internacional.
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9 COMITÉ DE ÉTICA El Comité de Ética tiene como responsabilidad asegurarse de la debida difusión y aplicación de este Código de Ética y Conducta, lo cual significa que debe: • Promover los valores y conductas que se fomentan en el Código de Ética y Conducta. • Facilitar y asistir al Encargado de Prevención de Delitos en el desarrollo, implementación y efectiva operación del Modelo de Prevención de Delitos. • Ser un órgano de consulta. • Facilitar la resolución de conflictos relacionados con la aplicación del Código de Ética y Conducta, arbitrando entre las partes. • Conocer y resolver denuncias de acuerdo a lo indicado en este Código, respetando los derechos de los trabajadores o empleados, en especial el derecho a ser oídos, a defenderse, y a que las resoluciones dictadas en su contra estén debidamente fundadas. • Canalizar casos especiales a la instancia apropiada. • Proponer actualizaciones y modificaciones al Código de Ética y Conducta. • Revisar las solicitudes de aclaración de situaciones específicas de personas de Viña Concha y Toro S.A., y Filiales. • Dictar circulares e instrucciones necesarias para el desarrollo y cumplimiento de lo dispuesto en el Código de Ética y Conducta. Corresponde al Directorio de Viña Concha y Toro S.A., y Filiales efectuar el nombramiento de las personas que integran el Comité de Ética, el cual deberá ser divulgado a todo el personal de Viña Concha y Toro S.A., y Filiales. Todo trabajador podrá, a través de cualquiera de los integrantes del Comité de Ética, mediante correo electrónico, cartas, o personalmente, hacer consultas o entregar información respecto del incumplimiento de este Código, las cuales en todos los casos deberán ser tratadas con absoluta confidencialidad y reserva.
Cada Trabajador de Viña Concha y Toro S.A. y Filiales deberá declarar conocer el presente Código de Ética, suscribiendo la Carta Compromiso del Código de Ética y Conducta.
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10 CARTA DE COMPROMISO DEL CÓDIGO DE ÉTICA Y CONDUCTA
“Hago constar que he leído el Código de Ética de Viña Concha y Toro S.A., y Filiales y que comprendo la importancia y el contexto de las reglas aquí contenidas. Entiendo que su cumplimiento es obligatorio para todas las personas de Viña Concha y Toro S.A., y Filiales. y que al cumplir con el Código de Ética, estoy contribuyendo a crear un mejor ambiente de trabajo en el cual podemos sentirnos orgullosos y crecer como personas y profesionales. Manifiesto que estoy en cumplimiento con los estándares de conducta aquí establecidos, y en todo caso, ante cualquier duda, me comprometo a consultar al Comité de Ética respecto a la interpretación y aplicación de las normas y políticas incluidas en este Código. Lugar y fecha: _______________________________________ Firma: _____________________________________________ Nombre Completo: __________________________________”.
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