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MINISTERIO DE SALUD

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Visto, ellnforme N° 141-2015-ERP-ByP, de fecha 02 de febrero del 2015, contenido en el Expediente W 14-133042-001, sobre el subsidio p~r fallecimiento, solicitado p~r dona MARIA JULIA COELLO GILES VDA. DE GUILLEN; CONSIDERANDO:

Que, con escrito de fecha 18 de diciembre del 2014, dona MARIA JULIA COELLO GILES VDA. DE GUILLEN, identificada con D.N.I. W 08784711, solicita se Ie conceda subsidio por fallecimiento de su conyuge don MIGUEL GERMAN GUILLEN HURTADO, presentando para tal efecto, copia fedateada del Acta de Defuncion W 06918099, expedido por el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil RENIEC, Santiago de Surco, donde se senala como fecha de fallecimiento el dia 02 de diciembre del 2014, y copia legalizada de la Partida de Matrimonio N° 029367, expedido por la Municipalidad Provincial de lea, con la que acredita su condicion de conyuge del causante; Que, de acuerdo al Informe Situacional Actual W 6491-2014-SERL-EIE-OARH-OGGRH, expedido con fecha 24 de diciembre del 2014, p~r el Equipo de Ingreso y Escalafon, que obra folios 01, el causante fue pensionista de la Sede Central del Ministerio de Salud, con el cargo de Director Ejecutivo, Nivel F-4; Que, el inciso j) del articulo 142 del Reglamento del Decreto Legislativo W 276, aprobado por Decreto Supremo W 005-90-PCM, dispone el otorgamiento de subsidio por fallecimiento del servidor y sus familiares directos, y el articulo 144 establece el otorgamiento de tres remuneraciones totales en caso de fallecimiento del servidor y de dos remuneraciones totales en caso de fallecimiento del conyuge, hijo o padres del servidor; 0

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Que, mediante Resolucion de Sala Plena W 001-2001-SERVIRfTSC, publicada el18 de junio del 2011, en el Diario Oficial "EI Peruano", el Tribunal del Servicio Civil acordo establecer, como precedente administrativo de observancia obligatoria, la aplicacion de la Remuneracion Total, para el calculo de beneficios, bonificaciones, subsidios y asignaciones por servicios al Estado; Que, a traves dellnforme Legal W 524-2012-SERVIR/GPGSC, expedido con fecha 21 de diciembre del 2012, p~r la Gerencia de Poifticas de Gestion del Servicio Civil, se precisa la estructura del sistema de pago y base de calculo de derechos, del regimen de carrera administrativa regulado por el Decreto Legislativo W 276; Que, mediante Informe Tecnico W 356-2014-SERVIR/GPGSC de fecha 06 de junio del 2014, emitido por la Gerencia de Poifticas de Gestion del Servicio Civil de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, ente

rector del Sistema Administrativo de Gesti6n de Recursos Humanos, senala 10 siguiente: Los precedentes administrativos establecidos por el Tribunal del Servicio Civil en la Resoluci6n de Sala Plena W 001-2011-SERVIRITSC son exigibles a todas las entidades publicas comprendidas en el ambito del Sistema Administrativo de Gesti6n de Recursos Humanos a partir del 18 de junio del 2011, debiendo las entidades tener en cuenta los criterios senalados en el Informe Legal W 524-2012SERVIR/GPGSC, mediante el cual se complement6 10 indicado en el precedente vinculante del Tribunal, estableciendo los conceptos que integran la remuneraci6n total; Que, conforme a 10 expuesto, de acuerdo allnforme del Visto, emitido por el Equipo de Remuneraciones y Pensiones, la remuneraci6n total mensual del mencionado ex - pensionista asciende a S/. 290.64 Nuevos Soles, por 10 que corresponde reconocer a dona MARIA JULIA COELLO GILES VDA. DE GUILLEN, el equivalente a tres (03) remuneraciones totales mensuales, ascendente a S/. 871.92 Nuevos Soles; Con los visados del Jefe de Equipo de Remuneraciones y Pensiones, y del Ejecutivo Adjunto I de la Oficina General de Gesti6n de Recursos Humanos; y, De conformidad con 10 establecido en el Decreto Legislativo W 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo W 005-90-PCM Y la Ley W 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015; SE RESUElVE:

1°._ RECONOCER a favor de dona MARIA JULIA COELLO GILES VDA DE GUILLEN, la suma de OCHOCIENTOS SETENTA Y UNO CON 92/100 (S/. 871.92), por concepto de subsidio por fallecimiento de su c6nyuge don MIGUEL GERMAN GUILLEN HURTADO, equivalente a tres (03) remuneraciones totales mensuales de S/. 290.64 Nuevos Soles, conforme a 10 expuesto en los considerandos de la presente resoluci6n.

ARTicULO

2°._ EI egreso que demande el cumplimiento de la presente resoluci6n, estara supeditado a la disponibilidad presupuestal existente en la Especifica de Gasto: 2.2.23.43 de la Meta: 0133, de la Unidad Ejecutora 001, Pliego 11 - Ministerio de Salud.

ARTicULO ,

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3°._ La Oficina General de Administraci6n a traves de la Oficina de Economia, es la encargada de dar cumplimiento a la presente resoluci6n.

ARTicULO

4°._ NOTIFICAR la presente resoluci6n en el domicilio de la beneficiaria, sito en Jr. Enrique Salazar Barreto N° 446, Urb. Vista Alegre, distrito de Santiago de Surco. /60':-11 i.e . '. • /j' .' /' '