carta sayds bosques mayo 2014


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Buenos Aires, 20 de mayo de 2014

Ing. Omar Judis Secretario de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación Dra. Silvia Alicia Révora Subsecretaria de Planificación y Política Ambiental Lic. Inés Gómez Directora de Bosques

Nos dirigimos a Ustedes para manifestarles nuestra nuestra profunda preocupación ante la grave violación a la Ley Nacional de Bosques (26.331) por parte de los Poderes es Ejecutivos de las provincias de Salta y Neuquén. Neuquén Desde la sanción de la normativa forestal nacional, según podemos estimar por datos oficiales y de organizaciones sociales, en la provincia de Salta ya se desmontaron más de 400.000 .000 hectáreas; de las cuales cerca de 120.000 hectáreas se trataban de zonas protegidas por la normativa. normativa En ese sentido, resulta sumamente grave que el gobierno provincial realice en forma sistemática recategorizaciones prediales que modifican, a simple solicitud del titular de la finca, la zonificación establecida en su Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos (OTBN).. De esta manera, en Salta se autorizan grandes desmontes en bosques nativos que habían sido clasificados en las Categorías I – rojo y II – amarillo (donde está expresamente prohibido hacerlo). Cabe señalar que la normativa nacional nacional no permite realizar recategorizaciones prediales de los OTBN, y su decreto reglamentario dicta que “en caso de duda respecto de la afectación de un predio en forma total o parcial, se optará por la categoría de mayor valor de conservación”. conservación” La reglamentación de la Ley de Bosques establece que la modificación de los ordenamientos debe realizarse cada 5 años. Sin embargo, es importante advertir que disminuir las categorías de conservación de los mismos, y por ende de la superficie boscosa, viola viola la normativa nacional y sus principales objetivos: “a) Promover la conservación mediante el Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos y la regulación de la expansión de la frontera agropecuaria y de cualquier otro cambio de uso del suelo; b) Implementar Implem las medidas necesarias para regular y controlar la disminución de la superficie de bosques nativos existentes, tendiendo a lograr una superficie perdurable en el tiempo”.

La modificación de las leyes ambientales no puede significar un retroceso en los niveles de protección alcanzados con anterioridad, sino por el contrario incrementarlos. Todo retroceso atenta contra principios ambientales consagrados en la Ley N° 25.675 General del Ambiente, como el “precautorio”, el de “equidad intergeneracional”, el de “progresividad” y el de “sustentabilidad”. A ello se agrega el principio de “no regresión ambiental”, el cual fue recientemente consagrado por resolución del Congreso Mundial de la Naturaleza en el marco de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN), de la cual la República Argentina es Estado Miembro. Sin embargo, violando las normativas nacionales, la provincia de Salta estableció el proceso y los requisitos para la recategorización de áreas boscosas mediante los decretos 2211/10 y 3136/11. Así, la provincia ya ha recategorizado más de 125.000 hectáreas de bosques nativos inicialmente zonificados en las Categorías I – rojo y II amarillo. Esta información se desprende de la sumatoria de audiencias públicas convocadas por el Poder Ejecutivo provincial. Debido a esta extensa superficie, nos enfrentamos ya con un cambio claro del OTBN original sin haber cumplido los requerimientos establecidos por la Ley Nacional 26.331 y su Decreto Reglamentario: 1) No se ha involucrado a la comunidad en un proceso participativo que analice toda la zonificación de bosques provincial. 2) No se respetaron las pautas de la Autoridad Nacional de Aplicación para su actualización. Cabe advertir los desmontes afectarán seriamente a comunidades indígenas de la región, lo que también viola la Ley Nacional de Bosques. Como ustedes estarán informados, un reciente informe de la Auditoría General de la Nación sobre la aplicación de la Ley 26.331 concluye que “algunos ordenamientos territoriales de bosques nativos no se ajustan a lo establecido en la ley nacional. Entre ellos se destaca el caso de Salta, donde se han realizado recategorizaciones que implican pasar de una categoría roja a amarilla o verde. Esta situación va en contra de lo especificado en el art. 9 del Decreto 91/09 y de los principios precautorio, preventivo y de sustentabilidad de la Ley General del Ambiente”. La AGN recomendó “aplicar criterios homogéneos en la próxima actualización del Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos, asegurando que se cumplan los requisitos establecidos por la ley y su decreto reglamentario, especialmente en lo referido a evitar las recategorizaciones hacia categorías de menor valor de conservación. A su vez, promover junto con el Consejo Federal de Medio Ambiente acciones para frenar las autorizaciones de desmontes en zonas donde la actividad está prohibida por la ley". Por otra parte, resulta también preocupante la situación en Neuquén, donde el municipio de Villa La Angostura recientemente propuso al Poder Ejecutivo provincial modificar la zonificación originalmente establecida en el

OTBN y pasar de 2.000 a más de 5.000 las hectáreas donde se permite deforestar (cambiando a la Categoría III - verde y a blanco, o sea sin bosques, vastas zonas forestales que estaban originalmente clasificadas en la Categoría III - amarillo). El Municipio de Villa La Angostura se ampara en la resolución 089 del Ministerio de Desarrollo Territorial que permite a los municipios realizar “ajustes a la categorización de las zonas boscosas ubicadas en sus ejidos, que armonice con su plan de desarrollo local”. De aprobarse esta nueva zonificación se dejarían desprotegidos al 80% de los bosques de la zona, lo que facilitaría el desmonte de grandes extensiones para el desarrollo de grandes proyectos inmobiliarios que son fuertemente rechazados por la mayoría de la comunidad. Cabe recordar que la zonificación vigente de bosques nativos dentro de los ejidos municipales de Neuquén fue elaborada bajo los criterios de la Ley Nacional, puesta en discusión en talleres abiertos a la comunidad, e incluida en el OTBN, aprobado por la legislatura provincial en forma unánime en noviembre de 2011. La aplicación de la Ley de Bosques no corresponde a los municipios, sino al Poder Ejecutivo provincial, de acuerdo a lo establecido en la normativa forestal y en el artículo 124 de la Constitución Nacional. Finalmente les informamos que, en relación a las recategorizaciones realizadas en Salta, estamos realizado gestiones ante el Defensor del Pueblo de la Nación. En lo que respecta a la situación en la provincia de Neuquén aún no hemos realizado presentaciones ya que esperamos poder contar con vuestra ayuda para poder detener las iniciativas que violan la normativa forestal nacional. Esperando que como Autoridad Nacional de Aplicación realicen una pronta resolución de esta grave situación, saludan a Ustedes atentamente,

Hernán Giardini Coord. Campaña Bosques Greenpeace Argentina

Andrés Nápoli Director Ejecutivo Fundación Ambiente y Recursos Naturales

Mariano Jäger Dir. Conservación y Des. Sustentable Fundación Vida Silvestre Argentina