borrador del acta correspondiente a la sesión ordinaria celebrada por

28 jun. 2013 - g) Abastos, mataderos, ferias, mercados y defensa de usuarios y ...... otras comunidades autónomas (Canarias: 28% del alumnado; Andalucía:.
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BORRADOR DEL ACTA CORRESPONDIENTE A LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO EL DIA 28 DE JUNIO DE 2013. (6)

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En la Ciudad de Plasencia y en el Salón de Plenos de esta Casa Consistorial siendo las 13,00 horas del día 28 de junio de 2013 previa convocatoria efectuada en forma reglamentaria, se reúnen los Sres. Dª. SONIA GRANDE SANCHEZ, Dª. Mª. DOLORES MARCOS MOYANO, D. JOSE ANTONIO HERNÁNDEZ GONZALEZ, D. DAVID CASIMIRO DONIGA ESTEVEZ, D. LUIS DIAZ GONZALEZ, Dª. MARIA TERESA DIAZ HERNÁNDEZ, D. LUIS MIGUEL PEREZ ESCANILLA, D. ISIDRO JESÚS RODRÍGUEZ MACIAS, D. JOSÉ MARIA DEL PUERTO NISA CASTAÑO, D. ANGEL CUSTODIO SÁNCHEZ BLÁZQUEZ, Dª. MARIA TERESA RIVERO RUBIO, D. DAVID MORENO REGO, Dª. ELIA MARIA BLANCO BARBERO, D. FRANCISCO JAVIER BARBANCHO CISNEROS, D. RAMON PEDRO RUBIO JIMENEZ, Dª. Mª. FLOR PRIETO MORENO, Dª. MONICA GARCIA DIAZ, D. JESUS MUÑOZ GARCIA, D. LUIS MIGUEL RANILLA FERNÁNDEZ y Dª. MARIA VICTORIA DOMINGUEZ PAREDES. Bajo la presidencia del Sr. Alcalde D. FERNANDO PIZARRO GARCIA Asisten además el Secretario de la Corporación D. ANTONIO JESUS SANTIBAÑEZ FERNANDEZ, el Oficial Mayor D. VICENTE LOMO DEL OLMO, y el Interventor D. ROBERTO DEL OLMO MARTINEZ.

PRIMERO.- Aprobación del Acta correspondiente a la sesión de fecha 03 de junio de 2013.- La Sra. Domínguez Paredes hace constar que en el Acta del Pleno de la sesión anterior no encuentra la felicitación o mención de su grupo al equipo redactor del Plan General, por lo que desearía se reflejara en la misma. Hecha esta rectificación es hallada conforme y aprobada por unanimidad.

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SEGUNDO.- Aprobación si procede de Propuesta para la Ejecución de las Sentencias Judiciales recaídas en los diversos Recursos seguidos ante los Tribunales de Justicia como consecuencia del justiprecio de las fincas conocidas como Huertas de La Isla.- El Sr. Secretario da lectura al dictamen de la Comisión de Hacienda, Compras y Especial de Cuentas, de fecha 25 de junio de 2013 en el que se informa la propuesta de Alcaldía, que dice textualmente:

“PROPOSICIÓN DE LA ALCALDÍA PARA LA EJECUCIÓN DE LAS SIGUIENTES SENTENCIAS JUDICIALES: 1.- SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE 19 DE MARZO DE 2013, QUE RESUELVE EL RECURSO DE CASACIÓN INTERPUESTO POR EL AYUNTAMIENTO CONTRA LA SENTENCIA DE LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE EXTREMADURA, DE FECHA 10 DE JUNIO DE 2010, RECAÍDA EN EL RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SEGUIDO AL NÚMERO 1145/2008, A INSTANCIA DE D. ANTONIO SÁNCHEZ SÁNCHEZ Y OTROS, CONTRA LA RESOLUCIÓN DEL JURADO PROVINCIAL DE EXPROPIACIÓN FORZOSA, DE FECHA 16 DE ABRIL DE 2008, QUE FIJABA EL JUSTIPRECIO DE UNA FINCA DE “LAS HUERTAS DE LA ISLA” EN EL EXPEDIENTE NÚMERO 55/2005. 2.- SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE 19 DE MARZO DE 2013, QUE RESUELVE EL RECURSO DE CASACIÓN INTERPUESTO POR EL AYUNTAMIENTO CONTRA LA SENTENCIA DE LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE EXTREMADURA, DE FECHA 10 DE JUNIO DE 2010, RECAÍDA EN EL RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SEGUIDO AL NÚMERO 1153/2008, A INSTANCIA DE SIERRA CALAMA, S.L., CONTRA LA RESOLUCIÓN DEL JURADO PROVINCIAL DE EXPROPIACIÓN FORZOSA, DE FECHA 16 DE ABRIL DE 2008, QUE FIJABA EL JUSTIPRECIO DE UNA FINCA DE “LAS HUERTAS DE LA ISLA” EN EL EXPEDIENTE NÚMERO 56/2005. 3.- SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE 16 DE ABRIL DE 2013, QUE RESUELVE EL RECURSO DE CASACIÓN INTERPUESTO POR EL AYUNTAMIENTO CONTRA LA SENTENCIA DE LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE

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JUSTICIA DE EXTREMADURA, DE FECHA 9 DE JUNIO DE 2010, RECAÍDA EN EL RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SEGUIDO AL NÚMERO 1047/2008, A INSTANCIA DE PLACONSA, S.A. LA RESOLUCIÓN DEL JURADO PROVINCIAL DE EXPROPIACIÓN FORZOSA, DE FECHA 16 DE ABRIL DE 2008, QUE FIJABA EL JUSTIPRECIO DE UNA FINCA DE “LAS HUERTAS DE LA ISLA” EN EL EXPEDIENTE NÚMERO 51/2006. Vistas las sentencias judiciales referenciadas, y los informes emitidos por el Interventor Municipal y el Técnico de A. General, resulta lo siguiente: 1.- En fecha 16 de mayo del presente, ha sido comunicada al Ayuntamiento la firmeza de la Sentencia recaída en el recurso de casación referenciado en el encabezamiento bajo el número 1. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 104 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa, la comunicación del órgano judicial contiene el requerimiento de que la misma se lleve a puro y debido efecto y se practique lo que exija el cumplimiento de las declaraciones contenidas en el fallo. La sentencia desestima el Recurso de Casación, y confirma la de la Sala de lo Contencioso administrativo del TSJEX, de 10 de junio de 2010, que anulando la resolución del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa, fijaba el justiprecio del terreno objeto de expropiación en la cantidad de 5.170.185,68 euros, cantidad que incluye el 5% de premio de afección. En fecha 27 de junio de 2008 se formalizaron las actas de ocupación y pago del justiprecio fijado por el Jurado, y se abonó a los recurrentes la cantidad de 1.174.279,70 euros en concepto de justiprecio y premio de afección. Se abonaron además 217.656,56 euros en concepto de intereses desde la fecha de su devengo hasta la de pago. La sentencia supone pues la obligación de pago de cantidad líquida por importe de 4.254.415,26 euros, diferencia entre la cifra abonada en su día y la que se fija definitivamente en la misma. A esta cantidad hay que sumar los intereses devengados desde el momento en que legalmente son exigibles. 2.- En fecha 23 de mayo del presente, ha sido comunicada al Ayuntamiento la firmeza de la Sentencia recaída en el recurso de casación

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referenciado en el encabezamiento bajo el número 2. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 104 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, la comunicación contiene idéntico requerimiento que en el caso anterior, en orden a su cumplimiento. La sentencia desestima el Recurso de Casación, y confirma la de la Sala de lo Contencioso administrativo del TSJEX, de 10 de junio de 2010, que anulando la resolución del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa, fijaba el justiprecio del terreno objeto de expropiación en la cantidad de 2.405.716,74 euros, cantidad que incluye el 5% de premio de afección. En fecha 27 de junio de 2008, se formalizaron las actas de ocupación y pago del justiprecio fijado por el Jurado, y se abonó a los recurrentes la cantidad de 520.380 euros en concepto de justiprecio y premio de afección. Se abonaron además 94.003,44 euros en concepto de intereses desde la fecha de su devengo hasta la de pago. La sentencia supone pues la obligación de pago de cantidad líquida por importe de 1.885.336,74 euros, diferencia entre la cifra abonada en su día y la que se fija definitivamente en la misma. A esta cantidad hay que sumar los intereses devengados desde el momento en que legalmente son exigibles. 3.- En fecha 10 de junio del presente, ha sido comunicada al Ayuntamiento la firmeza de la Sentencia recaída en el recurso de casación referenciado en el encabezamiento bajo el número 3. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 104 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa, la comunicación del órgano judicial contiene el requerimiento de que la misma se lleve a puro y debido efecto y se practique lo que exija el cumplimiento de las declaraciones contenidas en el fallo. La sentencia desestima el Recurso de Casación, y confirma la de la Sala de lo Contencioso administrativo del TSJEX, de 9 de junio de 2010, que anulando la resolución del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa, fijaba el justiprecio del terreno objeto de expropiación en la cantidad de 6.646.302,18 euros, cantidad que incluye el 5% de premio de afección.

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En fecha 27 de junio de 2008, se formalizaron las actas de ocupación y pago del justiprecio fijado por el Jurado, y se abonó a los recurrentes la cantidad de 1.437.660 euros en concepto de justiprecio y premio de afección. Se abonaron además 226.913,95 euros en concepto de intereses desde la fecha de su devengo hasta la de pago. La sentencia supone pues la obligación de pago de cantidad líquida por importe de 5.208.642,18 euros, diferencia entre la cifra abonada en su día y la que se fija definitivamente en la misma. A esta cantidad hay que sumar los intereses devengados desde el momento en que legalmente son exigibles. 4.- Además de las tres sentencias referenciadas, penden ante el Tribunal Supremo otros siete recursos de casación con idéntico objeto y similar contenido que los que se han resuelto. De conformidad con lo previsto en el artículo 106 de la Ley de la Jurisdicción, cuando la Administración fuere condenada al pago de cantidad líquida, el órgano encargado de su cumplimiento acordará el pago con cargo al crédito correspondiente de su presupuesto que tendrá siempre la consideración de ampliable. Si para el pago fuese necesario realizar una modificación presupuestaria, deberá concluirse el procedimiento correspondiente dentro de los tres meses siguientes al día de notificación de la resolución judicial. El informe del Interventor municipal, de fecha 14 de mayo de 2013, emitido en el momento en el que ya se había resuelto en tres de los diez recursos de casación interpuestos por el Ayuntamiento contra las sentencias del TSJEX que estimaban los recursos formulados por los propietarios contra los acuerdos del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa, acredita la inexistencia de consignación presupuestaria para hacer frente al pago de la cantidad que se recoge en las sentencias que son objeto de la presente propuesta. Recogidas en el informe las obligaciones de pago que supondrían la Resoluciones judiciales de los diez recursos (cuyo contenido se presume idéntico) que ascenderían a un total de 26.543.456,87 euros de principal, en concepto de justiprecio y premio de afección, más los intereses devengados desde su exigibilidad, en el mismo se refleja también, a la vista de lo elevado de su importe, y de los límites presupuestarios, tanto la inexistencia de

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consignación presupuestaria, como la imposibilidad de proceder a su consignación mediante una modificación del presupuesto del ejercicio vigente. El informe también se pronuncia sobre la imposibilidad de proceder a la consignación de la deuda en los próximos ejercicios, por carecerse de recursos presupuestarios suficientes para hacer frente al pago de la misma, tanto por las limitaciones de los recursos propios, como por la imposibilidad material y legal de proceder a formalizar operaciones de endeudamiento. Se razona esta imposibilidad tanto en causas de imposibilidad material por motivos puramente económicos, como de imposibilidad legal, por aplicación de las limitaciones de endeudamiento contenidas en le Disposición Final 31 de la Ley 17/2012, de 12 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2013, sobre modificación del Real Decreto Ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público. Tal y como se recoge en el informe del Interventor, son diez los recursos de casación interpuestos por el Ayuntamiento contra otras tantas sentencias del TSJEX, que estimaron las valoraciones pretendidas por los propietarios al recurrir contra el justiprecio fijado en el Jurado. Una vez recaídas las primeras sentencias en tres de los recursos, las cuales tienen fecha de 19 de marzo, dos de ellas, y 16 de abril la tercera, cabe concluir que en ocho de los recursos en todo caso, que tienen idéntico contenido, las resoluciones judiciales serán del mismo tenor, y que en las dos restantes, lo más probable es también la desestimación y por tanto la confirmación de la valoración efectuada por el TSJEX. Con ello, la obligación total de pago respecto del principal contenido por el justiprecio y premio de afección se elevará a la cantidad indicada en el informe del Interventor, de 26.543.456,87 euros, a la que habrá que añadirse la cantidad correspondiente a intereses desde la fecha de su devengo hasta su efectivo pago, que puede aumentar la deuda hasta límites aún más insoportables. Del informe del interventor resulta: Que el presupuesto municipal para el ejercicio de 2013 asciende a la cantidad de 28.101.540,17 euros, que se cubren con las siguientes vías de financiación:

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Recursos ordinarios propios: 26.305.898,31 euros. Transferencias finalistas:…. 1.287.391,86 euros. Recursos de capital propios: 508.250,00 euros.

Que el gasto obligatorio para el funcionamiento de los Servicios Municipales previsto en el mismo es de 25.854.863,41 euros. Que al margen de los recursos necesarios para el desarrollo de los Servicios, sólo se cuenta en el Presupuesto con los siguientes recursos: -

Recursos ordinarios propios: 451.034,90 euros. Recursos de capital propios: 508.250,00 euros.

Que de estos recursos, en cuanto a los ordinarios, por la cantidad de 451.034,90 euros, se corresponden con las obligaciones que se contraigan durante todo el ejercicio de 2013, encontrándose en la actualidad en gran parte gastados o comprometidos con gasto en ejecución, y en cuanto a los recursos de capital propios, su efectividad depende de la venta de inmuebles que hasta la fecha no se ha producido. Que a la vista de los recursos disponibles, y de la imposibilidad de acudir a la suscripción de créditos, la cual deviene tanto de la imprevisibilidad de contar con recursos propios para el pago de las cuotas de capital e intereses que originen, como de la prohibición legal de endeudamiento por encima de los límites autorizados en la Ley, no es posible el pago en dinero de las cantidades adeudadas con cargo al presupuesto municipal. Del informe del Técnico de Administración General se desprende que: A la vista de la imposibilidad del pago con cargo al presupuesto que se sostiene en el informe del Interventor Municipal, siendo forzoso el cumplimiento de las sentencias por parte del Ayuntamiento, se plantea la posibilidad de pago en especie, mediante la entrega de terrenos o aprovechamientos urbanísticos. Esta forma de pago es admisible, pero sólo si así se acuerda con los propietarios o es admitida por el Tribunal encargado de la ejecución, para lo cual deberá plantear el Ayuntamiento ante el mismo la cuestión prevista en el apartado 4º del artículo 106 de la ley reguladora de la jurisdicción, que dispone:

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“Si la Administración condenada al pago de cantidad estimase que el cumplimiento de la sentencia habría de producir trastorno grave a su Hacienda, lo pondrá en conocimiento del Juez o Tribunal acompañado de una propuesta razonada para que, oídas las partes, se resuelva sobre el modo de ejecutar la sentencia en la forma que sea menos gravosa para aquélla.” Por lo expuesto, si no se lograse acuerdo con los propietarios sobre la forma de pago, sería preciso acreditar ante la Sala la imposibilidad material de proceder al mismo con cargo al presupuesto del ejercicio, y de realizar una modificación presupuestaria, tal y como prescribe el apartado 1º del citado artículo 106 de la LRJCA, poniendo en su conocimiento ese hecho, y aportando una propuesta razonada sobre el modo de ejecutar la sentencia. En cuanto a los terrenos que podrían utilizarse como recursos para la obtención de los ingresos necesarios para el pago, o como forma del mismo si así se acepta, se encuentran los inmuebles de titularidad municipal de carácter patrimonial integrados en el Inventario Municipal de Bienes, para los que el Ayuntamiento no prevea su destino para el cumplimiento de servicios públicos, y además, aunque con carácter futuro, los que puedan crearse con esta calificación jurídica en el marco de la Revisión del Plan General que se tramita en la actualidad. Se tramita desde hace ya varios años la revisión del Plan General Municipal. Tras la exposición del avance de planeamiento, y la aprobación inicial, en fecha 3 de junio pasado se procedió a adoptar el acuerdo de aprobación provisional. Según se encontraba previsto, este documento de aprobación provisional podría haber sido objeto de remisión a la Administración Autonómica para la adopción del acuerdo de aprobación definitiva, que podría haberse alcanzado antes de final del presente ejercicio. No se ha procedido así, porque una vez conocidas la primeras sentencias recaídas en los recursos de casación tramitándose ante el Tribunal Supremo, en el documento de aprobación provisional objeto del acuerdo del 3 de junio pasado, se ha introducido la calificación de suelos edificables de carácter lucrativo, no previstos en el documento de aprobación inicial, sobre terrenos de titularidad municipal, que en el marco de la ordenación general de la ciudad, tendrían por objeto principal el de servir como medio de obtención de los recursos económicos necesarios para el pago, o incluso de medio de pago si

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así se acepta. Así se plantea expresamente en el documento redactado para la aprobación provisional, el cual se encuentra aún sujeto a las modificaciones que puedan introducirse en el mismo con anterioridad al último acuerdo de aprobación por parte del Ayuntamiento ya que, entendiendo que los cambios introducidos suponen modificaciones de determinaciones pertenecientes a la ordenación estructural, se ha abierto un nuevo periodo de información pública por plazo de un mes, procediendo pues al menos otra aprobación provisional. A la vista del enorme importe de las obligaciones económicas contraídas, de acuerdo con las valoraciones fijadas en las Sentencias, la revisión del Plan en el documento citado, prevé la localización de un importante aprovechamiento en los mismos terrenos que son objeto de valoración en las Sentencias, en la pretensión de que tratándose de los propios terrenos objeto de valoración, sería más factible considerar la equivalencia de valor con el fijado en dinero. Se prevén también en el documento otras localizaciones en lugares estratégicos de la ciudad de titularidad municipal, para solares edificables de licencia directa, esto es, ejecutables en actuaciones edificatorias, sin necesidad de la tramitación de Programas de Ejecución, en los que sólo serían exigibles las necesarias obras de urbanización para dotar a los terrenos la condición de solar. Se prevén además ámbitos de suelo con aprovechamiento lucrativo en terrenos municipales, en el marco del desarrollo de unidades de actuación urbanizadora. Todos estos terrenos pueden ser utilizados tanto como medios para la obtención de los recursos económicos necesarios para el cumplimiento de la sentencia, como de forma de pago del justiprecio fijado y sus intereses, si así se acepta. El precio de “las huertas de la Isla”. La ciudad de Plasencia, a través de los instrumentos de ordenación urbanística de los que se ha dotado, consideró en su día que los terrenos sobre los que se refiere la presente propuesta, en atención a su ubicación, tuvieran como destino el acoger espacios libres, zonas verdes, y dotaciones públicas. A la vista de todos está que, transcurridos los años, este objetivo no se ha conseguido en lo más mínimo. Es reciente el uso de aparcamiento en

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superficie en una de sus zonas, y a parte de esto, y por las razones que sean, estos terrenos no han sido utilizados para localizar ninguna de las dotaciones públicas instaladas en la ciudad en los últimos años. A pesar del tiempo transcurrido, no se encuentran en las huertas colegios, ni centros de salud u otras instalaciones sanitarias, ni instalaciones deportivas, ni se ha ubicado allí ningún parque, ni ninguna otra instalación al servicio de los ciudadanos. El precio que se nos revela ahora como coste de este objetivo no conseguido es en términos económicos el siguiente: Suelo adquirido de mutuo acuerdo con los propietarios: 5.886 m2. Precio: 1.483.272 euros. Precio pagado por las diez fincas cuyos propietarios han recurrido el justiprecio, de acuerdo con la valoración que se hizo del mismo en el Jurado Provincial de Expropiación Forzosa y en el Jurado Autonómico de valoraciones, a razón de 252 euros/m2, por un total de 27.995,34 metros cuadrados: Precio Pagado.- 7.174.599,80 euros de principal, más 1.101.732,38 euros de intereses. Sin incluir todas las operaciones de adquisición, la ciudad ha invertido en las huertas, hasta la fecha, la cantidad de 9.759.604 euros. Para hacer frente a estos pagos, el Ayuntamiento se ha endeudado con dos operaciones de crédito que vencen dentro de 20 y 25 años, respectivamente. En este momento se comprueba que además de lo pagado, es preciso abonar a los propietarios que no aceptaron la valoración del jurado, la cantidad de 26.543.456,87 euros en concepto de principal, más los intereses devengados. Con esto tenemos que el precio de las huertas asciende a más de cuarenta millones de euros si se incluyen los intereses, y que la deuda actual del ayuntamiento con los propietarios cabe cifrarla en una cantidad mayor de treinta millones. A la vista de los datos y antecedentes de los que ahora se dispone, puede decirse que lo elevado del precio, y la obligación en principio de pagarlo en

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dinero, obedece en gran parte a la utilización de una inadecuada técnica urbanística en la configuración, clasificación, y previsión del modo de adquisición de los terrenos, en cuanto destinatarios de dotaciones públicas. Se comprueba claramente pues, que la causa de las obligaciones de pago tiene su fuente en el diseño urbanístico de la ciudad, realizado por el vigente plan de ordenación urbana y su predecesor, y en las determinaciones de los mismos, que no previeron la adquisición de los terrenos con cargo a los aprovechamientos lucrativos de suelos a desarrollar en ejecución del planeamiento. No es por ello descartable, y en gran parte parece razonable, que la causa de esta enorme deuda contribuya a su satisfacción, y se convierta, en todo o al menos en parte, en el medio de pago de la misma. Que tal y como es tradicional en nuestro sistema urbanístico, y se viene haciendo en todos los municipios, el coste del suelo lo sufrague el propio suelo.

Vistos los siguientes preceptos legales: El artículo 118 de la Constitución establece que es obligado cumplir las sentencias y demás resoluciones firmes de los Jueces y Tribunales, así como prestar la colaboración requerida por éstos en el curso del proceso y en la ejecución de lo resuelto. El artículo 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial dispone que las Administraciones Públicas, las Autoridades y funcionarios, las Corporaciones y todas las entidades públicas y privadas, y los particulares, respetarán y, en su caso, cumplirán las sentencias y demás resoluciones judiciales que hayan ganado firmeza o sean ejecutables de acuerdo con las leyes. El artículo18.2 del mismo texto legal establece que las sentencias se ejecutarán en sus propios términos. La Ley Reguladora de la Jurisdicción en su artículo 103, dispone que las partes están obligadas a cumplir las sentencias en la forma y términos que en éstas se consignen.

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Los artículos 25 y 26 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, que fijan los servicios obligatorios que debe prestar el municipio, y las competencias encomendadas a los mismos para el desarrollo de la vida de los ciudadanos. Puede comprobarse que es forzoso pues, a la vista de la legislación transcrita anteriormente, y de los principios esenciales que informan nuestro sistema legal, el cumplimiento de las sentencias judiciales. Pero también es obligatorio, y no se encuentra en un nivel normativo ni esencial inferior, que los Ayuntamientos presten adecuadamente los servicios obligatorios que tienen atribuidos por ley y que, en cuanto primera línea del Estado en contacto con los ciudadanos, ejerciten en debida forma las competencias encomendadas por nuestro sistema. No puede el Ayuntamiento sustraerse a la prestación de los servicios de alumbrado público, cementerio, recogida de residuos, limpieza viaria, abastecimiento domiciliario de agua potable, alcantarillado, acceso a los núcleos de población, pavimentación de las vías públicas y control de alimentos y bebidas, parque público, biblioteca pública, mercado y tratamiento de residuos, protección civil, prestación de servicios sociales, prevención y extinción de incendios e instalaciones deportivas de uso público, transporte colectivo urbano de viajeros y protección del medio ambiente. Tampoco es posible que el Ayuntamiento deje de ejercer sus competencias las materias por ley encomendadas:  a) Seguridad en lugares públicos.  b) Ordenación del tráfico de vehículos y personas en las vías urbanas.  c) Protección civil, prevención y extinción de incendios.  d) Ordenación, gestión, ejecución y disciplina urbanística; promoción y

gestión de viviendas; parques y jardines, pavimentación de las vías públicas urbanas y conservación de caminos y vías rurales.  e) Patrimonio histórico-artístico.  f) Protección del medio ambiente.  g) Abastos, mataderos, ferias, mercados y defensa de usuarios y consumidores.  h) Protección de la salubridad pública.

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 i) Participación en la gestión de la atención primaria de la salud.  j) Cementerios y servicios funerarios.  k) Prestación de los servicios sociales y de promoción y reinserción

social.  l) Suministro de agua y alumbrado público; servicios de limpieza viaria,

de recogida y tratamiento de residuos, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales.  ll) Transporte público de viajeros.  m) Actividades o instalaciones culturales y deportivas; ocupación del tiempo libre; turismo.  n) Participar en la programación de la enseñanza y cooperar con la Administración educativa en la creación, construcción y sostenimiento de los centros docentes públicos, intervenir en sus órganos de gestión y participar en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria. Es notorio además que la prestación de todos estos servicios, y el ejercicio de las competencias enumeradas, se realiza hoy en día por parte del Ayuntamiento con gran austeridad, empleando ahora los medios personales y materiales imprescindibles para su desarrollo. Salvo en áreas en las que se ha experimentado un elevado incremento en la prestación del servicio, como puede ser en Servicios Sociales y Policía Local, la estructura administrativa del Ayuntamiento es prácticamente la misma que hace treinta años. Es de todos conocido además, el esfuerzo realizado en los dos últimos ejercicios para ajustar el presupuesto a los recursos de los que se dispone, y a las limitaciones impuestas por la disminución de los ingresos municipales ligados al desarrollo de las actividades económicas, y a las disposiciones de la Ley de Estabilidad Presupuestaria. Se ha estado reduciendo al máximo el coste de la prestación de determinados servicios, realizándose auditorias y expedientes de contratación para reducir el gasto, utilizando criterios de eficiencia y austeridad. En materia de personal, no se cubren las plazas en las que se causan bajas por jubilación, las contrataciones para el desarrollo de las políticas de fomento del empleo están muy por debajo de lo deseable, y en materia de gastos de representación y de trabajo de apoyo a las tareas de los grupos políticos municipales, no hace falta explicar que el Ayuntamiento trabaja con el mínimo estricto, o incluso por debajo de él, como convendrán los representantes de los demás grupos. Los salarios se encuentran congelados hace cuatro años, y se han visto reducidos por aplicación de las medidas para

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reducir el déficit. En materia de fomento de actividades culturales o recreativas sólo hace falta acudir al presupuesto para la Feria de este año para comprobar hasta qué grado de austeridad se ha llegado hasta la fecha con el gasto municipal. La reciente obligación de asumir el coste del Servicio de Extinción de incendios ha añadido otra carga económica que sumado a las demás, está haciendo tambalear el presupuesto. En concreto, y tal y como puede apreciarse además en el informe emitido por el Interventor, los ingresos por recursos propios vienen disminuyendo durante los últimos ejercicios, de acuerdo con las cifras que se reflejan en la siguiente tabla, en la que se indican los ingresos por los conceptos del Impuesto sobre Construcciones Instalaciones y Obras, del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, y participacón en los Tributos del Estado: RECURSO I.C.I.O. I.I.V.T.N.U. P.I.E.

EJERCICIO 2007

2008

2009

2012

1.856.827,55€

1.212.084,37€

1.062.515,35€

130.803,47€

884.343,37€

801.624,59€

963.881,48€

370.949,80€

6.772.192,41€

7.247.223,05€

7.633.957,95€

5.854.481,28€

Esta disminución de ingresos ha determinado una correlativa disminución del gasto, y además ha sido preciso ya proceder al incremento de la presión fiscal, con la subida de tributos municipales, en los porcentajes que se reflejan a continuación: INCREMENTO TRIBUTO

* IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES * IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS * IMPUESTO SOBRE INCREMENTO DE VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA

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EJERCICIO

EJERCICIO

2012

2013

18,52%

21% 149,30% 25%

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Aún con estas medidas, y tal y como se indica en el citado informe del Interventor, y a costa incluso de incumplir los plazos fijados en la legislación para plazo máximo de pago a proveedores, en la actualidad se está superando con creces, ahora mismo en concreto, con cinco meses de demora, sin que sea posible su reducción. Es por ello impensable, y puede calificarse de irreal, plantear la posibilidad de que se puedan detraer en la actualidad recursos del presupuesto municipal que se están utilizando en la prestación de los servicios públicos esenciales El derecho a la tutela judicial efectiva, y a recibir el justo precio por los bienes, de acuerdo con lo fijado por los tribunales, versus el derecho de los ciudadanos a recibir los Servicios Públicos adecuados para la satisfacción de sus necesidades. No resulta en modo fácil, en el presente caso, conjugar ambas exigencias fundamentales de nuestro ordenamiento, y a este fin se dirige la presente propuesta. Por todo lo expuesto, se somete a la consideración del Excmo. Ayuntamiento Pleno la adopción del siguiente acuerdo: Primero.- En el ejercicio de la facultad prevista en el apartado 4º del artículo 106 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, poner en conocimiento de la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, 1.- Que el cumplimiento de su sentencia de fecha de 10 de junio de 2010, recaída en el recurso contencioso administrativo, seguido al número 1145/2008, que ha sido objeto de confirmación por la del Tribunal Supremo de fecha 19 de marzo de 2013 por sí misma, en atención a lo elevado de la cantidad económica a cuyo pago obliga, que asciende a la cifra de 4.254.415,26 euros, más los intereses devengados, 2.- Que el cumplimiento de su sentencia de fecha de 10 de junio de 2010, recaída en el recurso contencioso administrativo, seguido al

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número 1153/2008, que ha sido objeto de confirmación por la del Tribunal Supremo de fecha 19 de marzo de 2013 por sí misma, en atención a lo elevado de la cantidad económica a cuyo pago obliga, que asciende a la cifra de 1.885.336,74 euros, más los intereses devengados, 3.- Que el cumplimiento de su sentencia de fecha de 10 de junio de 2010, recaída en el recurso contencioso administrativo, seguido al número 1147/2008, que ha sido objeto de confirmación por la del Tribunal Supremo de fecha 16 de abril de 2013 por sí misma, en atención a lo elevado de la cantidad económica a cuyo pago obliga, que asciende a la cifra de 5.208.642,18 euros, más los intereses devengados, 4.- Y que puestas en relación con las otras 7 sentencias sobre los recursos planteados en relación con el justiprecio de los terrenos conocidos como “huertas de la isla”, que se encuentran pendientes de votación y fallo, que se corresponden con los recursos de casación números: 4644/2010, 5018/2010, 2661/2011, 1396/2011, 2883/2011, 1952/2012, y 1343/2012; los cuales se dirigen contra las sentencias de esa Sala, recaídas en los recursos seguidos a los números: 1130/2008, 1097/2008, 1098/2008, 1144/2008, 1152/2008, 871/2010, y 417/2010, que añaden a esta obligación económica de pago las provenientes de los demás recursos, por un total de 26.543.456,87 euros, más los intereses legales devengados, el cumplimiento de todas ellas en conjunto CAUSA UN TRASTORNO GRAVÍSMO A LA HACIENDA MUNICIPAL. Segundo.- Con base en los hechos y argumentos reflejados en la presente Proposición de la Alcaldía, presentar ante la Sala la siguiente PROPUESTA RAZONADA sobre el modo de ejecutar las sentencias: Siguiendo las consideraciones y argumentaciones recogidas en las Sentencias, la valoración económica parte de que los propietarios tendrían derecho al aprovechamiento urbanístico siguiente: 27.995,34 m2 x 4,03 = 112.821,22 ua (= m2) (MA,3ª y MC,4 = 1) Restando el aprovechamiento correspondiente a lo abonado en dinero sobre la base de un aprovechamiento de 0,963 (y sus intereses), faltaría: 27.995,34 m2 x 3,067 (4,03 – 0,963) = 85.861,71 ua (= 85.861,71 m2)

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Considerando el 5% de premio afección: 85.861,71 m2 x 1,05 = 90.154,80 m2 Considerando en torno a un 50% de previsión para intereses: 90.154,80 m2 x 1,50 = 135.232,20 m2. Sin perjuicio de su valoración económica, el pago en aprovechamientos que restaría por abonar, referido a los diez recursos, se situaría en la cifra de 90.154,80 m2. Previendo además una importante suma para pago de intereses, nos encontraríamos con una cantidad total de 135.232,20 m2. 1.- PROPUESTA: Teniendo en cuenta que los propietarios ya han recibido en pago de sus terrenos en torno a una cuarta parte en dinero, del valor finalmente fijado como justiprecio de los mismos, en base a la aplicación del aprovechamiento a los terrenos del 0,963 m2/m2, por un importe total de 7.174.599,80 euros de principal, más 1.101.732,38 euros de intereses, (para lo cual el Ayuntamiento ha contraído obligaciones financieras por operaciones de crédito hasta dentro de 25 años), proceder al pago de las cantidades aún adeudadas mediante la entrega a los recurrentes de los siguientes terrenos de titularidad municipal: A.- La mayor parte de las parcelas con aprovechamiento lucrativo que la Revisión del Plan General prevé en el mismo entorno de las Huertas de la Isla, hasta localizar allí al menos la mitad del aprovechamiento que les correspondería de acuerdo con lo argumentado en la sentencia. Aprovechamiento de 59.231,13 m2 B.- Solares edificables de licencia directa, de alto valor económico por su localización en lugares estratégicos, previstos por la Revisión del Plan General hasta materializar en ellos al menos la cuarta parte del aprovechamiento que les correspondería de acuerdo con lo argumentado en la sentencia. Aprovechamiento de 29.615,57 m2 C.- Aprovechamiento en unidades de ejecución urbanizadoras previstas en la Revisión del Plan General hasta localizar en ellos al menos la mitad del aprovechamiento que les correspondería de acuerdo con lo argumentado en la sentencia. Una vez satisfecho el pago de una cuarta parte en dinero, la mitad

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en parcelas de las huertas de la Isla, y otra cuarta parte en solares edificables en otras localizaciones, estos aprovechamientos irían dirigidos a proveer el pago de los intereses devengados. Aprovechamiento de hasta 46.385,50 m2. 2.- Alternativamente, Proceder al pago de las cantidades adeudadas con la entrega del producto de la enajenación de los terrenos de titularidad municipal antes citados, que irá consignándose en los presupuestos municipales de los próximos veinte ejercicios. Esta cantidad será completada, en su caso, con otros recursos económicos consignándolos en el presupuesto de los próximos veinte ejercicios, cuya cuantía no podrá superar en ningún caso la cantidad de 500.000 euros anuales, so pena de incurrir en grave deterioro de los servicios públicos, en cuanto habría que dejar de prestar, o prestarse en forma gravemente deficiente los servicios obligatorios, y las competencias atribuidas por ley a esta Administración Local. Se plantea el pago en veinte años en consideración al enorme importe en el que se cifra la deuda, las limitaciones al endeudamiento fijadas en la legislación sobre estabilidad presupuestaria, la inconveniencia de enajenar grandes cantidades de suelo a la vez, ya que previsiblemente el mercado no sería capaz de absorberlas, y teniendo además como referencia que los dos créditos suscritos para el pago ya realizado, se han formalizado en operaciones a 25 y 30 años. 3.- Es preciso aceptar que el Ayuntamiento no puede asumir el cumplimiento de estas enormes obligaciones de pago con cargo a los recursos ordinarios del presupuesto actual, ni de los venideros, y que por lo tanto, el cumplimiento de las sentencias exige la generación de los necesarios recursos económicos para cumplir con ellas. No utilizar la Revisión del Plan General Municipal en la generación de estos recursos, y no emplearlos en el pago, es tanto como renunciar al efectivo cumplimiento de las sentencias a las que la presente propuesta se contrae ya que, a la vista de la situación económica y financiera municipal, de las limitaciones al endeudamiento por aplicación de la legislación sobre estabilidad presupuestaria, y de los recursos consistentes en los bienes patrimoniales disponibles en la actualidad, los cuales pueden contrastarse en el Inventario actual de Bienes Inmuebles, no existe la posibilidad de efectuar ni una mínima parte del pago de la deuda.”

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Toma la palabra el Sr. Hernández, Concejal de Urbanismo, quien realiza la siguiente la siguiente exposición: “Desde que en marzo de este año recae la primera de las diez sentencias del tribunal supremo sobre el justiprecio de las “huertas de la isla” con sentido desfavorable al Consistorio, este Gobierno con los técnicos competentes comienzan un arduo e intenso trabajo para llegar a conclusiones como la que se presenta hoy en el pleno. No sabemos si esto solucionará el problema pero desde luego es la mejor solución que hemos encontrado en Derecho. Como es de sobra conocido, nos enfrentamos al mayor problema económico de esta ciudad en la reciente historia democrática. Un “problemón” que tiene origen en el que yo considero asimismo el mayor error urbanísticoeconómico de este período de cuarenta años en este Ayuntamiento, un error que se ha sostenido en el tiempo y no se ha conseguido solventar por la mayor “cabezonería” de los responsables políticos que nos han precedido y que se obcecaron en conseguir ese terreno a cualquier precio, y esto hoy día merece ser subrayado, a cualquier precio. Esta reflexión con la que abro la defensa del punto que presentamos a aprobación que parece lanzada a vuelapluma, sin meditación, no es sino la conclusión de enfrentarme durante meses a la solución de esta dificultad. Pues por un lado se comprende que el objetivo de conseguir estos terrenos es loable pero hay que saber hacerlo y si no, aceptar la derrota a tiempo y solucionarlo con el menor impacto posible para la ciudad. Y por otro lado, llego a la conclusión también de si merece tantísimo la pena obtener estos terrenos para los que después de tanto tiempo no se ha realizado ni una mínima parte de los proyectos que fundamentaban su obtención. Y todo ello, frente a tantos objetivos no conseguidos en ese terreno y en el resto de la ciudad y que si este problema no se resuelve bien seguiremos estando lejos de alcanzarlos. Por tanto, y de una vez por todas, dejemos a un lado idearios políticos, preferencias personales, miradas cortoplacistas, y pensemos con “sentido de ciudad”, teniendo en cuenta nuestros mayores anhelos, sí, pero también nuestras herramientas para conseguir alcanzarlos, nuestras verdaderas posibilidades económicas, nuestras prioridades para los próximos treinta años, en definitiva, pues este problema, condiciona y con mucho al menos ese período de tiempo…

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Con esta filosofía, hemos trabajado desde el primer día en que nos enfrentamos a este problema, concretamente ya a día de hoy a tres sentencias que nos obligan a pagar en total 11.348.394,18 € más una desorbitada cifra en intereses. Por coherencia, prudencia y responsabilidad, asumimos que las siete sentencias que restan por ser dictadas tendrán el mismo resultado, con lo que nos colocaremos en la conocida cifra de cuarenta millones de euros. Cifra a la que hay que sumar los aproximadamente diez millones, que ya fueron pagados por el justiprecio original. Lo primero que hicimos fue obtener un informe jurídico que nos marcó el camino a seguir y el único en Derecho lo indicaba la ley de Jurisdicción contencioso administrativa y es el que presentamos hoy aquí para su aprobación por Pleno, es decir, una propuesta razonada de ejecución de las sentencias para presentar al TSJ por causar las mismas un grave trastorno para la Hacienda Pública, en los términos de dicha ley. El TSJ, deberá oír a las partes, para tomar su decisión, cuestión clave para elaborar una propuesta ciertamente razonada y realista. Paralelamente por supuesto se han producido reuniones con los interesados a fin de pulsar las posibilidades de acuerdo, reuniones que revelaron por el momento la imposibilidad de conseguirlo, por querer los beneficiarios de la sentencia que se cumpla en dinero y por no estar preparado el Ayuntamiento para conseguirlo. Centrándonos en la propuesta, este Gobierno quiere exponer ante el TSJ la siguiente balanza: en un lado la idea de que las sentencias se tienen que cumplir en sus términos como refieren distintas leyes, y en otro lado, la idea de que la Administración, concretamente, un consistorio como éste, tiene una serie de obligaciones que cumplir conforme la ley de bases de Régimen local, es decir, una serie de competencias que ejercer, unos servicios que debe prestar. Por tanto, cumplir las sentencias sí pero no a costa de perjudicar gravemente el funcionamiento de un Ayuntamiento de más de 40.000 habitantes hasta el punto incluso del colapso. Para ello, nos valemos del informe económico en el que se expone con meridiana claridad hasta donde podemos llegar con nuestros recursos. Además también se expone que este Ayuntamiento no ha estado inmóvil ante las circunstancias económicas, que nos han colocado en la mayor penuria económica de las últimas décadas. Muy al contrario, está inmerso en reformas en los gastos y en los ingresos que están mitigando en buena medida la

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adversa situación. También se expone que el recurso al endeudamiento está cerrado por las limitaciones legales, dado que nuestra deuda ya supera los límites para recurrir al crédito y es en buena parte causado por precisamente las huertas de la isla (los diez millones ya pagados y que hay que devolver a los bancos en 25 años). Por tanto, la única salida que entendemos viable es recurrir al suelo, que por otro lado es lo que ha generado el problema, el suelo y su desacertada utilización y gestión. Es por ello que utilizamos la mayor herramienta de la que dispone un Ayuntamiento, su PGM, en plena revisión, para generar los recursos a partir de suelo municipal para afrontar tan inmensa deuda. ¿Y por qué utilizamos un suelo y no otro? Muy sencillo, si pretendemos, que un tribunal que ha dictado tales sentencias tan desfavorables y que debe escuchar a los beneficiados por su sentencia, acepte el pago en especie o el pago diferido utilizando dicha especie, debemos utilizar el suelo que ellos mismos han dicho que es el que más vale. Y que además es fácilmente urbanizable pues no depende de herramientas intermedias de gestión desde el planeamiento. Pero eso sí, en la propuesta que llevamos no hemos comprometido la ordenación que queremos dar a nuestra ciudad. Al contrario, hemos dejado un amplio margen de actuación. Y proponemos dos alternativas como adelantaba, una basada en el pago en especie y otra con pago aplazado con el producto de esa especie. En la primera alternativa, traducimos el dinero en edificabilidad, en los términos en que las sentencias han valorado el suelo, es decir una edificabilidad del 4,03 m2 por m2 de suelo. De manera que, si descontamos lo ya pagado, nos restaría un pago de 90000 m2 de edificabilidad, a lo que habría que sumar un 50% estimado en intereses. Por tanto, unos 135.000 m2 de edificabilidad. Pagaríamos por tanto, 60.000 localizados en el entorno de las huertas, 30.000 en solares de licencia directa y el resto en unidades de ejecución urbanizadora, todo ello conforme la revisión del PGM. Se observará que no nos comprometemos en la ubicación concreta ni en su ordenación, para no dejar las manos atadas al período de exposición pública en que se encuentra el plan. En la segunda, propondríamos el pago diferido en veinte ejercicios con el resultado de poner en venta el suelo y su edificabilidad a la que se ha

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aludido antes. Y para mayor compromiso el Ayuntamiento propone completar el pago con recursos propios durante esos veinte ejercicios en un máximo de 500.000 anuales. Rematamos la propuesta con una última reflexión. Si no se acepta ninguna de las alternativas en las que se utiliza de manera primordial la revisión del PGM, nos veríamos obligados a que dispusieran de los recursos ordinarios de que el Ayuntamiento dispone, insuficientes a todas luces, y de los bienes patrimoniales actuales conforme el Inventario de Bienes Inmuebles municipal, que entendemos tampoco alcanzaría al total de la deuda y colocaría al Ayuntamiento en una situación de verdadera miseria. En conclusión, pedimos el apoyo de todos los grupos políticos a la mejor solución que hemos encontrado y su colaboración de este modo a solventar el mayor problema que ha tenido esta Institución y que si no lo afrontamos adecuadamente influirá a la ciudadanía aún más negativamente de lo que ya lo hace en las próximas décadas.” La Sra. Domínguez recuerda como en el anterior Pleno, celebrado el 03 de junio del presente año, se debatió ampliamente sobre el Plan General de Urbanismo de Plasencia y sobre la propuesta para su aprobación inicial, por lo que en su actual intervención desea reafirmar lo que ya dijo entonces, al estimar que la tramitación del Plan General se encuentra estrechamente vinculada a la solución que el Ayuntamiento pretende ofrecer al Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEX) acerca de las huertas de La Isla. Por tanto, reitera su deseo de dar por reproducida su intervención en el anterior Pleno y reseñar que esa hipoteca que se intenta crear con el Plan General, aprovechando su revisión, supone una gran limitación, además de entender que se falta a la verdad a los ciudadanos, pues aunque el equipo de gobierno diga que no se va a concretar la posición dada al TSJEX, con objeto de “no atar las manos” a la revisión del Plan General, considera la Sra. Domínguez que esto supone una incongruencia, pues entiende que, o se está a favor de la revisión del Plan General, y en este caso se debe decir a las claras lo que esa revisión implica, o no se está. Finalmente señala que, como ya manifestó en la Comisión de Hacienda, votará en contra, sentido de la votación que ha venido manteniendo desde la Comisión y que hoy reiterará.

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El Sr. Barbancho, refiere como el Concejal de Urbanismo, con buena voluntad, ha expuesto y concretado su postura de forma clara, la más clara a lo largo de tres meses, y como el grupo al que él pertenece, el SocialistaRegionalista, no entiende en modo alguno que este problema se intente solucionar con este planteamiento, como si no existiera otra posibilidad. Su grupo ha planteado otras alternativas, que ha puesto sobre la mesa y ha justificado, como ya lo han indicado a lo largo de tantas Comisiones, pero considera que el Concejal de Urbanismo se ha centrado únicamente en el suelo. Refiere que si bien es verdad que hay que pagar preferentemente con suelo, no obstante no se trata de que se pague necesariamente con ese suelo. Continúa exponiendo que se ha dictado una sentencia que establece un pago desorbitado y con la que, además de permitir que los propietarios vuelvan a aprovechar ese suelo, se les entrega “media ciudad”. Apunta que asimismo ese suelo alberga alguno de los tesoros más importantes que se tienen actualmente, cual es el magnífico aparcamiento que ya quisieran para sí muchas ciudades de Extremadura, que se encuentra perfectamente engarzado, haciendo que tengamos un magnífico corredor. Señala como, habiendo otros sitios en Plasencia más aptos para tal fin, sin embargo el equipo de gobierno está empeñado en edificar en el lugar donde los ciudadanos se encuentran más a gusto, del cual disfrutan y en el que se evaden de sus problemas cotidianos. Menciona que, aunque hoy el Sr. Concejal de Urbanismo no ha utilizado el término, en otras ocasiones sí se ha referido a esos terrenos como “erial”, e indica el Sr. Barbancho que, gobernando día tras día y llevando a cabo los Planes que existen es la forma en que se consigue que deje de ser un erial, pues en ese terreno está previsto la edificación de un colegio, mientras que en la ciudad sobran dos o tres colegios, algo que el Sr. Alcalde conoce perfectamente, pues sabe lo “modernos” que son el Colegio de Ramón y Cajal, el Alfonso VIII y el Inés de Suárez. Por tanto se necesitan nuevas infraestructuras, mientras que en otros casos sobran. Se pregunta qué “dirá Bruselas” acerca de que vaya a desaparecer un aparcamiento inaugurado hace prácticamente un año, y a quién se va a "llevar con el pico” a tal fin. Sugiere que se lleve a varios concejales fuertes, del equipo de gobierno, para que sean los primeros que perforen ese suelo. Opina que hacer eso en un aparcamiento que se encuentra en perfectas condiciones es una barbaridad.

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Considera que el Concejal de Urbanismo continúa sin precisar cuando se refiere a “terrenos que directamente se puedan construir”, por lo que pregunta de qué terrenos se trata. Hasta ahora y que él sepa se trata del otro aparcamiento aceptable que tenemos, el de la estación de autobuses, que por su situación estratégica es el segundo emplazamiento más importante que tiene esta ciudad para aparcar. Pregunta qué hará el Concejal de Turismo si al año que viene se le llena la ciudad de turistas a consecuencia de su buena gestión, dónde van a aparcar los visitantes, pues se supone que ese desarrollo debe ser lo más rápido posible. Recuerda como hasta hace muy poco el equipo de gobierno ni siquiera barajaba la posibilidad de pagar algo en efectivo por las huertas y como ahora ya sí, unos diez millones, a 20 ó 25 años...no hay prisa, pues ha aguantado durante muchos años las críticas del actual gobierno, precisamente por esos diez millones. Otros diez, quince millones se irán pagando, nos encontramos en muy mala época, pero el gobierno local precisamente les han prometido que nos van a sacar de este bache y el grupo al que representa el dicente así lo cree, por tanto y puesto que no vamos a encontrarnos en situación de crisis constantemente, no entiende porqué no se va a poder endeudar el Ayuntamiento. Dice estar de acuerdo con el planteamiento de utilizar suelo de calidad y susceptible de edificar rápidamente, pero que como bien ha señalado en otras ocasiones, existe la “Joya de la Corona” que son los Pabellones Militares, un excelente lugar para poder construir y obtener una importante plusvalía, al igual que las casas donde viven los militares, ya que el desarrollo de la Universidad está absolutamente cortado y esto es un hecho manifiesto, sin que tengan cabida posiciones demagógicas. Por otra parte también está el Colegio Ramón y Cajal un centro obsoleto, que se encuentra fuera de alineación, estrangulando una de las mejores avenidas de la ciudad, que podría generar una buena plusvalía, y que el equipo de gobierno lleva en el Plan de Urbanismo. Considera que para llevar a cabo un modelo de ciudad que no atosigue o constriña a la ciudadanía ni a determinadas áreas, se debe desarrollar el Plan General de Urbanismo y en relación a ello nombra a “Capote”, maravillosa finca

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municipal que tal y como está diseñada en la actualidad, soporta más de mil doscientas viviendas, por lo que una vez urbanizado, con lo que ello comporta y en el peor de los casos, supondría unos ingresos de aproximadamente 22 millones de euros netos. Por tanto, todo ello significa que, entre lo que se entregaría en metálico a los propietarios de las huertas, lo obtenido en neto de los Pabellones Militares, del Colegio Ramón y Cajal y de la finca Capote, incluso de Ciudad Jardín o de otro tipo de propuestas, se podría pagar sobradamente sin tener que destrozar dos aparcamientos, enfrentarse a Europa por tan descabellada decisión, ni soportar la carga ciudadana que no va a comprender lo que se hace. Por tanto no puede entender el empeño de no querer ver que existen otras posibles soluciones para solventar este asunto. El Plan se expuso de nuevo a la opinión pública el día 26 y considera que se podría haber esperado unos días más y haberlo expuesto después del Pleno. No entiende las prisas ya que siendo el problema más grande al que ha tenido que hacer frente la ciudad desde que existe un Ayuntamiento democrático, opina que no se deben apresurar, pues hay que confrontarlo, repensarlo, por lo que ruega al Sr. Pizarro sea receptivo y se le de vueltas al asunto, ya que si se actúa con demasiada celeridad se hará mal. El Sr. Ranilla comenta como se sigue dando vueltas a la situación que ya se planteó en la última aprobación relacionada con la revisión del Plan General y como hoy llega al Pleno de nuevo prácticamente la misma propuesta que se había planteado sobre el intento de pagar las huertas de La Isla. Señala que es evidente que resulta difícil pagarlo en dinero, y aún más cuando existen ciertas normativas, decretadas por el Gobierno de la Nación, que impiden el endeudamiento a partir de un determinado límite. Y en relación a esto, su grupo político presentó ante el Pleno, hace ya más de un año, algunas mociones advirtiendo acerca de que todos esos Decretos supondrían un perjuicio importante para las Haciendas Locales, habiendo recibido por respuesta el que se trataba de cuestiones del gobierno central, con lo cual desde el ámbito local poco se podía hacer. Comenta como ahora nos encontramos con que eso supone limitación importante a la hora de afrontar el pago de esta sentencia, dada la imposibilidad de endeudarse por encima del 75%, lo que significa que no se pueden pedir préstamos que superen ese porcentaje. El pago a través del suelo es algo que desde la organización a la que él representa siempre han contemplado como la posibilidad menos gravosa para

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los ciudadanos a la hora de afrontar los pagos de esos terrenos, si bien es cierto que insistieron durante años en que se dialogara con los propietarios, se permutaran terrenos, etc, y no se les hizo caso. Pero el aceptar esta posibilidad como menos gravosa no significa que se deban hacer planteamientos como los que se llevan a cabo sobre las huertas de La Isla, con unas recalificaciones del terreno muy fuertes. Además desea que se imaginen la estampa dentro de unos años, si finalmente eso se construye, con el entramado urbanístico en esa zona. En primer lugar seis torres en las huertas, con aparcamientos, locales comerciales, etc. Dos colegios trasladados a uno en esa zona, con la estación de autobuses al otro lado, dos torres en el aparcamiento de Rosal de Ayala, más el desarrollo de los sectores previstos en la Sierra de Santa Bárbara. Y todo ello unido por un puente que parte de Los Mártires y acaba en una rotonda justo delante de la estación de autobuses. Le gustaría que se imaginaran esa fotografía futura y cómo se ordenaría el tráfico allí, con las entradas y salidas de todo ese entramado. Opina que esa solución urbanística no es apropiada para esa zona, con un entramado que no necesita la ciudad y que podría traer importantes complicaciones. Por otra parte desconoce el efecto que resultaría de tal presión urbanística sobre un entorno tan importante y privilegiado como lo es el Parque de La Isla y el río, ya que el río es para los ciudadanos/as de Plasencia el gran valor ambiental de la ciudad, y por tanto hay que preservarlo en lo posible sin cargarlo urbanísticamente. Ha preguntado en numerosas ocasiones si no cabían otras posibilidades, pero es que tiene la sensación de que al Sr. Concejal de Urbanismo y al Sr. Alcalde les agrada construir en las huertas de La Isla, les gusta el proyecto y por tanto han dejado de lado el resto de alternativas, sin esforzarse excesivamente en reparar como por ej. el Colegio Ramón y Cajal ya aparece como suelo residencial en la revisión del Plan, así como otros suelos dotacionales que, con el nuevo Plan, pasan a ser suelo residencial, como el ferial, el Colegio Ramón y Cajal, habiendo introducido además como tales al Colegio Inés de Suárez, las huertas de La Isla y el aparcamiento del Rosal de Ayala, todo eso en zonas y lugares estratégicos, importantes y con bastante población en la ciudad. Considera por tanto que se incrementa de manera excesiva el suelo residencial en zonas que antes eran dotacionales. Puesto que el Colegio Ramón y Cajal, con el próximo Plan de Urbanismo, pasa a ser residencial, no entiende porqué no se ha ofertado el mismo.

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Habiendo preguntado en numerosas ocasiones qué suelo público poseía el Ayuntamiento, qué aprovechamiento tenía el mismo y si ese suelo era suficiente para poder permutarse por las huertas de La Isla, se le ha contestado que no existe suelo suficiente, aunque sin aportarse datos que sustentaran dicha afirmación, por lo tanto afirma el Sr. Ranilla que no tiene datos concretos sobre ello, ya que sólo los tiene respecto a las huertas de La Isla y el aprovechamiento de las mismas, siendo éste el proyecto que el equipo de gobierno ha tenido presente desde un principio, pues es el que desean llevar a cabo. Por tanto y teniendo en cuenta todo esto, reitera que su grupo municipal no esta de acuerdo con ese modelo urbanístico y con que tantas zonas dotacionales, que deben estar destinadas a servicios para los ciudadanos, pasen a ser suelo residencial, cuando además, y como ya apuntó en el Pleno anterior, existen un 22% de casas vacías en Plasencia, habiendo de tenerse en cuenta que se van a construir pocas casas nuevas en los próximos años, por lo que estima que la política de vivienda debe ir por otros caminos, como son el de la rehabilitación, haciendo factible y asequible a las personas el acceso a una vivienda, que no tiene que ser en propiedad, sino que puede ser en alquiler. Considera que el proyecto que presenta el equipo de gobierno es propio del desarrollismo de los años 60, no así de un urbanismo adecuado a los parámetros del siglo XXI, en que habría de tenerse en cuenta los condicionamientos medioambientales y ordenar los espacios de las ciudades de manera más razonable. Y puesto que no comparte esa idea de urbanismo, su posición sigue siendo exactamente la misma que ha mantenido hasta ahora, refiriendo como su organización ha mostrado siempre su desacuerdo con que se construyese en las huertas de La Isla, por tanto mantendrán la coherencia con lo que han venido pensando a lo largo de los últimos años. Toma de nuevo la palabra el Concejal de Urbanismo quien señala que la línea que siguen los tres grupos de la oposición es similar, esto es, la de criticar la ordenación que se plantea en el Plan General. Continúa exponiendo que hace un mes que se aprobó provisionalmente la revisión el Plan General, por lo que era en el Pleno pasado donde había que hablar del Plan, pues ahora lo que se está tratando es la propuesta para intentar solucionar el problema

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económico que tiene el Ayuntamiento, de 40 millones de euros a los que habría de hacer frente. Y explica que, lógicamente se utiliza el Plan General como única herramienta posible para poder salvar el abismo ante el que nos encontramos, por tanto ésta es la relación que tiene el tema que se trata hoy con el Plan, no así la ordenación. Considera que ha dejado claro en la exposición, como también ha comentado en las Comisiones pertinentes, que existe un margen de actuación para discutir sobre la ordenación planteada en cuanto a este problema, la ordenación urbanística, y que lo único a lo que se ha comprometido el equipo de gobierno en la propuesta es a utilizar edificabilidad en las huertas, lo demás está todo por ver. Por tanto señala que se tiende la mano a la negociación, que se encuentra abierta para poder mejorar el Plan, si es posible mejorarlo, como corresponde en la exposición pública, en que se pueden presentar alegaciones. A continuación hace mención a cada una de las intervenciones de los distintos grupos políticos. Comenta como UPEX no ha querido aportar nada nuevo, ni solución alguna, pues se ha dedicado únicamente a criticar el Plan. Como la Sra. Domínguez plantea una y otra vez que es una incongruencia la propuesta que se presenta ante el TSJEX y la ordenación que se hace en el Plan, pero entiende el Sr. Hernández que dicha ordenación sigue los pasos adecuados, primero la aprobación provisional, junto con las cientos de cuestiones que se han innovado respecto al trabajo ya realizado, incluyendo además el cambio relativo a las huertas, con objeto de tener un fundamento o base con el que atacar este problema, un problema que el Sr. Barbancho insistía en que no se debía tener prisa para solucionarlo. Señala el Sr. Hernández que la ley establece que las sentencias firmes del Tribunal Supremo, sentencias que se han encontrado dadas sin que quepan otras opciones, deben ejecutarse en el plazo de dos meses, y éste es el motivo de las prisas, por tanto considera que no tiene cabida que el Sr. Barbancho insista en la idea de que no hay prisa, pues la única idea que se lanza es la de la displicencia, el no atender a las responsabilidades. No obstante es por el sentido de la responsabilidad del equipo de gobierno y por la herencia que se va a dejar a los ciudadanos, por lo que se está atacando el problema en el tiempo que legalmente se les ha dado. Y puesto que el primer

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plazo de la primera sentencia vence el 17 de julio, se encuentran dentro del plazo. Respecto al grupo Socialista-Regionalista, que ha dado alternativas sobre suelos que utilizar, insiste el Sr. Concejal de Urbanismo en que a lo único a lo que se están comprometiendo ante el TSJEX respecto a ubicaciones, es decir respecto a suelo, es a utilizar 60.000 m2 de edificabilidad en las huertas de La Isla, edificabilidad entendida como suelo residencial, suelo de aparcamientos y suelo de actividad comercial, que se concentra todo aprovechando ese desnivel existente en ese espacio. Explica que cuando se propone al juez 60.000 m2 de edificabilidad, ha de acudirse al Plan y ver como en éste se han puesto unos 120.000 m2, que añadido a lo previsto en el Rosal de Ayala nos acercará a la cifra de 150.000 m2, lo que significa que se está dejando un margen y que no se está atando las manos al Plan, pues es posible la rectificación, es decir, utilizarlo en la medida en que al Ayuntamiento, conforme a la exposición pública que habrá, le interese. Y con respecto al resto, aclara que son suelos (60.000, el resto 30.000 más 46.000) que “no tienen nombres y apellidos”, con lo cual existe margen para utilizar esos suelos que el Plan pone a disposición. Pero más que todo eso le interesa subrayar algo que entiende que es muy difícil de comprender, y más aún para el ciudadano de a pie, sin conocer todos los datos que existen, y es que no se puede decir que existe un empeño en utilizar las huertas, puesto que lo que no se debe olvidar es que se tienen que pagar 40 millones de euros, y el suelo que tiene ese valor, hoy por hoy es, como ha dicho claramente el TSJ, las huertas de La Isla, construidas a cuatro niveles, es decir, una edificabilidad de 4m/m2. Por tanto el TSJ no puede ir contra sus propios actos y tiene que entender que se pretenda pagar con parte de ese suelo, y dice “parte” pues no se trata de comprometer todo él, sino sólo una pequeña parte, para afianzar la propuesta del Ayuntamiento ante el TSJ, por tanto es algo que no obedece a un simple capricho. Dado que la oposición se ha referido a los colegios, el Sr. Hernández señala que el equipo de gobierno no ha desdeñado todo eso, sino que en la ordenación del Plan se reservan 10.000 m2 para el colegio, colegio que no se conoce pues lo que hay ahora es un erial, ya que lo único que hay allí ahora construido es el parking, que con gran esfuerzo hizo el gobierno anterior en los

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últimos años, y que por supuesto puede quedar allí si se ponen de acuerdo y resulta interesante para la ciudad, una vez vistas las alegaciones que se presenten, pues insiste en que la edificabilidad no consume todo el espacio. Refiere que otra cosa muy distinta es que no se quiera escuchar, pero que el grupo municipal Socialista-Regionalista conoce perfectamente las intenciones del equipo de gobierno, pues han sido expuestas en las diversas Comisiones y reuniones, no obstante considera que no se quiere comprender, por lo que se prefiere seguir criticando y no apoyar en la difícil decisión que tiene que tomar el equipo de gobierno, que se ha encontrado ese enorme problema generado durante años y años y que no se ha intentado resolver cuando se ha podido. Respecto a lo que ha manifestado Izquierda Unida, el Sr. Concejal de Urbanismo entiende que parece se utiliza el tema del Plan como una opción más para atacar las limitaciones legales que ha establecido el gobierno de la Nación. Alude a que seguramente el resto de los grupos tiene alguna idea de cómo están los recursos propios del Ayuntamiento, con los que malamente, con reformas y mucho esfuerzo, se llegan a 24 millones de euros anuales, y que si ya existe un endeudamiento que supera esa cantidad, a nadie se le escapa que siendo mayor la deuda que los recursos que se generan cada año, no tiene cabida la excusa de la limitación legal existente, ya que el endeudamiento por 40 millones traería unas importantes consecuencias, por lo que esto debe analizarse desde el punto de vista de una economía doméstica, es decir, si no se va a generar ese dinero no es posible pedir un préstamo por unas cantidades que superan con creces la propia capacidad de generar recursos. Y por otra parte, duda que los bancos concedieran esa cantidad de dinero a un Ayuntamiento con tal nivel de endeudamiento, además de las consecuencias que supondría el seguir endeudándonos, pues se seguirían generando intereses, algo que influye muy directamente en cada Presupuesto, ya que ha de pagarse una cantidad ingente de dinero para devolver a los bancos, más los intereses. Por tanto si se consigue pagar esta deuda sin generar más intereses entiende que habremos ganado mucho. En cuanto al tema de los suelos dotacionales respecto al cual se está lanzando la idea de que se está destruyendo suelo dotacional masivamente, aclara que, en general, el Plan contempla mucho más suelo dotacional de lo que se requiere, y con estos cambios se genera aún más de lo que se necesitaba. Respecto a cambiar suelos dotacionales, insiste el Sr. Concejal en que con esta propuesta no nos “atamos” a utilizar unos suelos u otros, pues habrán

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de verse las alegaciones y en base a ellas se podrá discutir sobre reservar más suelo en determinados lugares o no reservarlos. Lo que está claro es que cada uno de los cambios que se da busca un fin en el Plan, y como por ejemplo el pensar en utilizar el suelo del ferial para pagar las huertas no sería apropiado, ya que nos quedaríamos sin ferial, puesto que lo que plantea el Plan es que cuando el mismo se desarrolle y el Ayuntamiento quiera establecer allí suelo residencial, con esos recursos generados montará un nuevo y mejor espacio para las ferias, pero si se destruye ahora estaríamos destruyendo otro objetivo. Comenta como parece que con tal de salvar las huertas todo está permitido, pero entiende que el construir algo allí es la solución menos mala, pues se genera un valor añadido por ser un lugar interesante para edificar, de manera ordenada, no como hasta ahora se venido construyendo en la Avda. del Valle, de manera desastrosa. Añade que desde el equipo de gobierno se plantea algo racional, si bien es cierto, susceptible de mejorar, para lo cual existe la revisión del Plan, pero considera que no se trata de salvar las huertas contra todo. Interviene el Sr. Barbancho que comenta como las nuevas tecnologías les permiten ver lo que va a hacer el equipo de gobierno, y sería apropiado enseñarlo. Hace alusión una infografía donde se recrea cómo quedaría la superficie de las huertas de La Isla de acuerdo con el nuevo Plan. Figuran dibujados seis bloques que ocupan todo el aparcamiento actual e incluso algo más. Al final se encuentra la rotonda, con el nuevo puente y otros dos bloques (torres de 14 ó 15 pisos) en el otro aparcamiento. Comenta como el Sr. Concejal de Urbanismo opina que es un disparate destruir el ferial, y sin embargo no valora como tal el destruir los dos únicos parkings “decentes” que existen en el centro de la ciudad, por eso no entiende de dónde ha sacado el Sr. Hernández esas ideas insostenibles. Y comenta que va a hacer las cuentas de una vez, que son las siguientes: 22 millones de euros por Capote, y entre el Ramón y Cajal y los Pabellones Militares junto con los diez millones que se han ofrecido a los propietarios (quienes le han trasladado al Sr. Barbancho que han tenido pocas conversaciones con el Sr. Hernández), todo eso suma la cantidad necesaria, que además contaría con el apoyo del grupo Socialista-Regionalista, por eso no comprende el empeño y obstinación en lo que pretende el equipo de gobierno, y porqué no se enmienda, siendo algo que resultaría sencillo. Considera, en sintonía con lo manifestado por el Sr. Ranilla, que el equipo de gobierno se ha empeñado en construir en las huertas de La Isla, si bien no

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lo llevaban en el programa electoral, y no comprende el porqué de esa obstinación siendo el río la joya de la ciudad, añadiendo que es un despropósito el querer meter mil habitantes más en la Avda. del Valle y otros 200 ó 300 en el Rosal de Ayala. Piensa el Sr. Barbancho que con ello se ha destrozado el Plan General, cuando hasta ahora lo estaban haciendo muy bien y habían recibido el apoyo del grupo Socialista-Regionalista en la mayoría de las cosas, por lo que pide que rectifiquen, que es cuestión de hablarlo, que hasta el día 17 de julio hay tiempo para ello, que si hay que hacer otro Pleno se hace y se puede debatir tranquilamente. Termina su exposición pidiendo sensatez al equipo gobernante. El Sr. Hernández insiste en que se han intentado mantener conversaciones y que el margen para discutir la ordenación y el suelo está abierto. Reitera que ante el juez se utilizan 60.000 m2 de edificabilidad frente a 120.000 que se están utilizando, que los ciudadanos puede alegar y si tiene razón el Sr. Barbancho, entonces se tendrá margen para no construir tanto como se pretende en las huertas o para salvar los aparcamientos del Valle o del Rosal de Ayala. Insiste en que ese margen existe ahora, pero que las conversaciones que hasta el momento se han mantenido sólo se han encaminado hacia una única postura: el no utilizar las huertas a toda costa. Repite que se trata de convencer al TSJEX, no a unas personas situadas en posición de igualdad respecto a la negociación, algo que en su momento fue posible y no se aprovechó, sin embargo ahora nos encontramos ante una sentencia que debe cumplirse obligatoriamente. Por otra parte y en cuanto al dinero que hay que pagar, aún cuando esto causa un grave daño a las arcas municipales, entiende que no hasta tal punto de hacer inviable la prestación de los servicios, y por eso se contempla, habida cuenta de que ya se está causando daño importante al Ayuntamiento, dado que está devolviendo préstamos por este asunto. Seguidamente el Ayuntamiento Pleno en votación ordinaria y por mayoría de 13 votos favorables pertenecientes al Grupo Popular-EU y con 8 votos en contra de los Grupos Socialista-Regionalista (6), IU-LV-SIEX (1) y UPEX (1), acuerda aprobar la propuesta razonada en todos sus términos. TERCERO.- Aprobación si procede del Propuesta de Remodelación del Seccionado Electoral.- Por el Sr. Secretario se da lectura al dictamen de la Comisión de Servicios Municipales, Empresa, Empleo, Recursos Humanos y Fondos Europeos de fecha 25 de junio de 2013.

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Seguidamente el Ayuntamiento Pleno en votación ordinaria y por unanimidad, acuerda: PRIMERO.- Aprobar la fracción de la sección 4º - 12ª con la consiguiente creación de una nueva sección, que sería la 4º -13ª. SEGUNDO.- Aprobar la unificación de la sección 2º - 2ª con la 3º - 1ª, quedando constituida con una sola sección, que sería la 2º - 2ª. CUARTO.Resoluciones de la Alcaldía.- La Sra. García desea formular una pregunta en relación a una Resolución sobre un servicio de catering de la Concejalía de Festejos para un grupo de batucada en las ferias, puesto que ha ojeado el programa de ferias y no ha encontrado ningún grupo de batucada. El Sr. Alcalde contesta que eso lo que significa es que la Sra. Concejala no estuvo en la ciudad durante las ferias, pues hubo un grupo, que cree recordar amenizó la mañana del sábado el centro de la ciudad y el pago corresponde a ello. QUINTOMociones de urgencia.- Mociones de urgencia presentadas por los Grupos Municipales Socialista-Regionalista, Grupo Municipal de Izquierda Unida-Verdes-Siex así como por el Grupo Municipal Unión del Pueblo Extremeño sobre la apertura de los comedores escolares en verano.- Señala el Sr. Alcalde que dado que las tres mociones presentadas por los distintos grupos políticos tienen el mismo fondo, sugiere que intervengan los tres portavoces de dichos grupos. Las tres mociones presentadas son las siguientes: - Moción que presenta el Grupo Municipal Socialista - Regionalista:

“La crisis económica y el empobrecimiento creciente, se están cebando con los más desvalidos y, entre ellos, destacan los niños y niñas que están siendo las víctimas invisibles de la precariedad y del deterioro de las condiciones de vida que sufren miles de familias. Como exponente de esa situación “angustiosa” destaquemos dos datos: el número de familias extremeñas con todos sus miembros en paro asciende y

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roza ya el 20%y, por otra parte, nuestra región tiene el triste honor de encabezar el otros el ranking estatal de las tasas de pobreza infantil. Cada vez son más los niños y niñas que van sin desayunar al colegio, más las familias que han de sacar a sus hijos de comedor escolar por falta de medios económicos, y más los chavales y chavalas que la única comida consistente que realizan es la del centro educativo, por eso debemos de exigir tres puntos “muy claros” sobre un Plan de Garantía Alimentaría para la Infancia en Extremadura. El número de alumnos con plaza de comedor escolar ronda los 10.000 alumnos y está descendiendo paulatinamente. 1: De esta manera, el primero de los puntos del citado plan es que se garantice que todos los niños de la comunidad “van a tener tres comidas al día”; ya que Extremadura es una región “con un 46 por ciento de desnutrición infantil”, la más alta” de toda España. 2: El plan de debe contemplar que del 10% del alumnado que tiene garantizado el comedor pase a ser el “25 por cinto, como mínimo” y el 40& por lo que “hay que ir trabajando en esa dirección”. 3: “Que se abran los comedores escolares en verano” en la región. En Plasencia (dos como mínimo) contratando el personal desde las instituciones. Ya que “este año se han recortado en los presupuestos tres millones en la asignación para comedores” según el Gobierno se han ahorrado, pues esos tres millones de euros, se tenían “que haber invertido”; así en vez de estar cubierto el 10 por ciento” del alumnado, estaría cubierto “entre el 14 y el 145 por ciento”. El Grupo Municipal Socialista – Regionalista, debemos iniciar una campaña de concienciación y reivindicación para garantizar la alimentación a toda la población infantil. Consideramos que la red de comedores escolares ”puede y debe ser una pieza fundamental para alcanzar ese objetivo”, pero la red pública de comedores escolares y el sistema educativo Extremeño están lejos de cumplir con la responsabilidad que tiene contraída con la sociedad ya que su nivel de cobertura es abrumadoramente insuficiente.

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El Grupo Municipal Socialista - Regionalista del Ayuntamiento de Plasencia, pedimos ABRIR LOS COMEDORES ESCOLARES EN VERANO QUE SEAN NECESARIOS.”

- Moción del Grupo Municipal Izquierda Unida-Verdes SIEX. “Moción de apoyo a la propuesta de Campamento Dignidad sobre comedores escolares. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La crisis económica y el empobrecimiento creciente, se están cebando con los más desvalidos y, entre ellos, destacan los niños y niñas que están siendo las víctimas invisibles de la precariedad y del deterioro de las condiciones de vida que sufren miles de familias. Como exponentes de esa situación “angustiosa” destaquemos dos datos: el número de familias extremeñas con todos sus miembros en paro asciende y roza ya el 20% y, por otra parte, nuestra región tiene el triste honor de encabezar entre otros el ranking estatal de las tasas de pobreza infantil. Cada vez son más los niños y niñas que van sin desayunar al colegio, más las familias que han de sacar a sus hijos del comedor escolar por falta de medios económicos, y más los chavales y chavalas que la única comida consistente que realizan es la del centro educativo. Consideramos que la red de comedores escolares puede y debe ser una pieza fundamental para alcanzar ese objetivo pero la red pública de comedores escolares y el sistema educativo Extremeño están lejos de cumplir con la responsabilidad que tiene contraída con la sociedad ya que su nivel de cobertura es abrumadoramente insuficiente. El número de alumnos con plaza de comedor escolar ronda los 10.000 alumnos y está descendiendo paulatinamente, y en cuanto al curso 20122013, según los datos de la Administración, son ya sólo 9.900 los alumnos con plaza de comedor escolar, es decir, 100 menos que en el curso anterior. Apenas el 10% de los alumnos de los niveles de Infantil y Primaria (97.000 en total), pueden acceder a una plaza de comedor escolar. Esos

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datos contrastan con la extensión que la red de comedores escolares tiene en otras comunidades autónomas (Canarias: 28% del alumnado; Andalucía: 40% del alumnado). Además los comedores escolares también están perdiendo alumnos a consecuencia del paro, ya que muchas familias no pueden hacer frente al coste del comedor que ronda un gasto medio de 80 euros al mes y están prescindiendo de este servicio. Una gran cantidad de alumnos ha dejado de utilizar el comedor escolar en un número que supera ampliamente la media del 20% y llega, en algún caso, hasta el 60%. Frente a esta situación exponemos que debe ser un objetivo para el curso 2013-2014, garantizar las tres comidas (almuerzo, desayuno y merienda) y reforzar la alimentación en los colegios públicos de educación infantil y primaria que dispongan de servicio de comedor escolar. Para determinar las personas a las que se garantice esta prestación se tendrá en cuenta el informe de los Servicios Sociales. En cualquier caso, el colectivo al que se dirige preferentemente es a las personas desempleadas que no perciben ningún tipo de prestación y que supera ya el número de 55.000. Se propone el siguiente Plan de garantía alimentaria: 1: De esta manera, el primero de los puntos del citado plan es que se garantice que todos los niños de la comunidad van a tener tres comidas al día; ya que Extremadura es una región con un 46 por ciento de pobreza infantil, la más alta de toda España. 2: El plan debe contemplar que del 10 % del alumnado que tiene garantizado el comedor pase a ser entre el 25 y el 40 por ciento, como mínimo., por lo que hay que ir trabajando en esa dirección. 3: Que se abran los comedores escolares en verano en la región, en Plasencia dos como mínimo, contratando al personal desde las instituciones, ya que este año se han recortado en los presupuestos casi tres millones de Euros en la asignación para comedores, y según el Gobierno Regional se han ahorrado tres millones de euros, que se tenían

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que haber invertido; y así en vez de estar cubierto el 10 por ciento del alumnado, estaría cubierto entre el 14 y el 15 por ciento. Por todo ello se propone al Ayuntamiento en el Pleno de Plasencia: 1º Apoyar la propuesta de comedores escolares que propone el Campamento Dignidad. 2ª Enviar dicho acuerdo al Presiente del Gobierno Regional Don José Antonio Monago Terraza.”

- Moción de urgencia de Unión del Pueblo Extremeño: “Dada la actual situación económica, que se está cebando con los más necesitados y con las familias que sufren un empobrecimiento paulatino, sufriendo en especial esta situación de crisis los niños y niñas, que cada vez tienen más dificultades para tener una alimentación sana y adecuada. Dado que muchas familias suplían esta necesidad con las comidas en los comedores escolares, cerrados ya por el periodo vacacional, y dado los recortes del Partido Popular en tomo a los tres millones en la partida destinada a comedores escolares en el pasado curso, atendiendo a la demanda ciudadana y las propuestas de colectivos como la realizada por el Campamento Dignidad en Plasencia, SE PROPONE AL PLENO ADOPTAR EL SIGUIENTE ACUERDO: Se dote desde el Ayuntamiento de Plasencia de manera urgente la dotación económica suficiente para la apertura de dos comedores escolares en Plasencia, teniendo en cuenta que ya desde esta semana estos comedores están cerrados por el inicio de las vacaciones y a la vez que solicitamos se informe de los centros que se podrían abrir y el método en que las familias se puedan acoger a esta medida urgente. Así mismo instamos al Pleno del Ayuntamiento de Plasencia para que inste al gobierno de Extremadura de que para el próximo curso 2013-2014, aumente la partida presupuestaria destinada a los comedores escolares.”

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El Sr. Muñoz señala que la moción que su grupo presenta viene demandada por el Campamento Dignidad, al hilo de la Resolución que se toma en la Asamblea de Extremadura a propuesta de este grupo y que fue aprobado, versando sobre la apertura de los comedores escolares en verano, de aquellos que sean necesarios. Señala que el texto de las tres mociones viene a significar lo mismo. Entienden que la urgencia está motivada por la premura en que se abran los comedores escolares, que sean necesarios, en verano. El Sr. Ranilla para justificar la urgencia de la moción aporta unos datos de la situación social que se vive en Extremadura: en Extremadura hay ya cerca de un 20% de familias con todos sus miembros en situación de desempleo, y esto acarrea una consecuencia obvia, cual es la falta de recursos en un alto porcentaje en ciudadanos/as de Extremadura, que se cifra en torno a las 55.000 personas. Estos datos son fundamentales para conocer la problemática de una mala alimentación infantil, que sin llegar quizás a ser desnutrición sí se podría definir como una alimentación inadecuada en muchísimas familias, siendo la situación de desempleo, de falta de coberturas sociales así como de ingresos lo que origina esta situación. Señala como en Extremadura apenas el 10% de los alumnos acuden a comedores escolares, habiéndose producido un descenso importante en el número de alumnos de primaria e infantil que hacen uso de los mismos, entre otras cosas porque muchos de ellos siguen siendo de pago, siendo las AMPAS quienes sostienen esos comedores, pero la insuficiencia de recursos de éstas conlleva el que no puedan hacer frente a las cuotas para que sus hijos puedan comer en el comedor, por tanto, y recogiendo la propuesta del Campamento Dignidad, se propone que, en primer lugar se haga un estudio de los Servicios Sociales, para saber qué familias son las que necesitan este tipo de servicios y cuáles no. Y a partir de ese informe se plantea la elaboración de un Plan de Garantía Alimentaria en el que se aseguren tres comidas a todos los niños de Extremadura, incluidos los placentinos, así como la ampliación de la cobertura de los comedores hasta el 25% del alumnado, pues se está muy por debajo en la media de España respecto a los alumnos que hacen uso de los comedores escolares. Y finalmente se propone el se abran algunos comedores escolares durante las vacaciones de verano, los que sean necesarios de acuerdo con los informes de los Servicios Sociales, que habrá de evaluar cuántas personas tienen esta necesidad que se debe paliar.

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La Sra. Domínguez señala que la urgencia en la moción que han presentado es obvia, puesto que el curso escolar ha terminado y con él los comedores escolares, mientras que la necesidad sigue existiendo más allá del calendario escolar. Esta necesidad le ha parecido alarmante pues denota que en Extremadura están fallando las políticas sociales y por tanto y partiendo de ese hecho así como de la propuesta realizada por el Campamento Dignidad de Plasencia, que en este caso, como en muchos otros, va por delante de la política pues atiende a los intereses sociales, dicho campamento les dio la pauta, por eso en la moción de UPEX se va más allá, requiriendo la intervención del Ayuntamiento de Plasencia en la gestión de este tema, con una dotación presupuestaria o de personal, pero en todo caso con una modificación presupuestaria que atienda y garantice la prestación de esa necesidad que tiene la ciudad. Por tanto se plantea en su moción que de manera urgente, se lleve a cabo esa dotación económica suficiente por parte del Ayuntamiento de Plasencia para los comedores escolares de nuestra ciudad, yendo más allá, al pedir que el Ayuntamiento de Plasencia inste al gobierno de la región para que esas partidas presupuestarias destinadas a comedores escolares se sigan poniendo en marcha por parte de la Consejería de Educación. Por tanto entiende que la urgencia es obvia y como tal hay que aprobarla, cuanto antes, para que esta necesidad pueda ser atendida. Interviene el portavoz del gobierno municipal, Sr. Rodríguez, quien se dirige a los tres grupos para informarles que, a día de hoy, la Consejería de Salud junto con las ONGs más grandes están trabajando para implantar este verano la reapertura de los comedores escolares, durante las vacaciones académicas, al menos en las ocho principales poblaciones de la Región, entre las que se encuentra Plasencia. Se está determinando a raíz de unos informes que se han solicitado a estas ONGs para que valoren cuál es el porcentaje de alumnos a los que se puede llegar. Por tanto considera que los grupos políticos con sus respectivas mociones llegan tarde, dado que la Consejería ya se encuentra trabajando en ello. Por último desea añadir que la última vez que se presupuestaron las becas para comedores escolares fue en el 2007-2008, ya que el equipo de gobierno anterior decidió suprimirlas a partir de esa fecha, y añade como la Concejala de Familia, previendo esta situación de necesidad, ha presupuestado 9.000 € para este año y para este fin. Insta a la Sra. Domínguez a que se lea los Presupuestos, pues esta asignación presupuestaria que reclama ya está contemplada.

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Por tanto entiende el Sr. Rodríguez que, tanto desde la Consejería de Salud y Política Social como desde la Concejalía de Familia, apoyada por todo el equipo de gobierno, se está dando una solución a un problema que se ha planteado. Puesta a votación la urgencia de su inclusión en el orden del día, es rechazada por 13 votos en contra pertenecientes al Grupo Popular-EU y 8 votos a favor correspondientes a los Grupos Socialista-Regionalista (6), IU-LVSIEX (1) y UPEX (1). SEXTO.dos preguntas:

Ruegos y preguntas.- la Sra. García Díaz desea formular

Si se tiene ya a disposición el informe que se solicitó a Mercasa sobre los posibles usos de la planta 1ª de la Plaza de Abastos y si ya está terminado, qué resultado arroja el mismo. Señala que según la nueva normativa, para acceder al centro es necesaria una tarjeta. Los residentes la han solicitado ya y aún no han recibido respuesta sobre si pueden o no acceder al centro, y puesto que el Concejal de Tráfico les comentó que la Ordenanza se llevaría al Pleno del mes de julio desea saber la Sra. Díaz si se les va a responder antes a los residentes o no, dada la inseguridad que les genera el no saber si pueden o no acceder, al no habérseles contestado. El Sr. Ranilla alude al proyecto “Biografía de Plasencia”, proyecto en el que se editaron dos tomos, uno en el año 2006 y otro en el 2009, y cuyo autor tuvo con el Sr. Alcalde una reunión hace ya bastante tiempo, cree recordar que el 06 de septiembre de 2011, en la que el primer edil se comprometió a que el tercer volumen de ese proyecto se iba a editar e iba a colaborar el Ayuntamiento en esa edición. Refiere que el autor ha acabado hace ya bastante tiempo el proyecto, de hecho hace casi un año, y no tiene comunicación por parte del consistorio. La pregunta es si va a editar el Ayuntamiento el tercer tomo de biografía placentina, como se prometió a ese autor. La Sra. Domínguez señala que ha habido un cambio de césped en el estadio municipal de Plasencia y relaciona una serie de fechas para, a continuación, formular la pregunta. El 13 de junio del 2013 se inician las obras

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de cambio de césped. El viernes 14 de junio se lleva a la Comisión de Hacienda, Compras y Especial de Cuentas el asunto siguiente: “renovación de césped campo de fútbol Ciudad Deportiva” es decir, un día después de haberse iniciando. En dicha Comisión sólo se aporta un presupuesto, de fecha 12 de abril de 2013, por importe de 19.360 €, de los cuales 12.000 € corresponden al césped y 4.000 € al trasporte más IVA, considera que ya sólo el coste del transporte es una barbaridad, y añade como después la Junta de Gobierno de 17 de junio de 2013, es decir, 5 días después de haber comenzado la obra, adjudica ese contrato menor de suministro: colocación de césped en el campo de fútbol de la Ciudad Deportiva, a la empresa “Tapiz Verde, S.L.” y, si bien es cierto que se trata de un contrato menor, su pregunta se encamina a conocer si se ha seguido el trámite legal para la adjudicación a la empresa Tapiz Verde y su posterior colocación, pues el presupuesto como ha señalado es de 12 de abril habiéndose tomado el acuerdo de adjudicación con posterioridad a la fecha en la que se estaba colocando. El Sr. Alcalde contesta a la Sra. Domínguez que el césped del estadio municipal estaba en muy malas condiciones desde hace mucho tiempo y como las gestiones que ha llevado a cabo la Concejalía de Deportes han permitido cambiarlo y que a día de hoy se tenga un césped a la altura de las circunstancias. Señala que el procedimiento, como es habitual en el equipo de gobierno, es impecable, pues gracias a esas gestiones, un césped de primera ha costado una cantidad de dinero que en realidad no vale, pues ha supuesto un coste cuatro veces menor de lo que sería su valor real. Y eso es lo que entiende se debe subrayar y aplaudir, pues es una buena gestión, felicitando al Concejal de Deportes por ello, ya que después de más de una década de mala situación del césped del estadio municipal, se cuenta ahora, por un precio de 12.000 €, con un césped de primera. Respecto al tercer tomo de la bibliografía placentina dice el Sr. Alcalde que el Ayuntamiento está en ello, que él se ha comprometido y así se está haciendo, pero que en aras de un ejercicio de responsabilidad, el gobierno local está intentando que el coste de esa publicación no tenga que salir de las arcas municipales, sino del erario de otra Administración, en concreto de la Diputación Provincial, que ya publicó en tiempos los anteriores tomos. Considera que es también responsabilidad del gobierno local el intentar conseguir recursos de otras instancias para que no sean recursos municipales los que sufraguen una obra, de José Antonio Sánchez de la Calle, que califica de excelente estudio, y que supone una aportación fantástica a la historia del

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conocimiento de nuestra ciudad, y por eso se comprometió a que ese libro se publicara. Respecto al informe de Mercasa al que ha aludido la Sra. García, comenta el Sr. Alcalde que desde el Ayuntamiento se ha solicitado presupuesto sobre el coste de ese informe, únicamente. Por último informa que los residentes del centro tendrán noticias en breve espacio de tiempo a través de la Concejalía de Interior.

Y no habiendo otros asuntos de que tratar, el Sr Alcalde levanta la sesión siendo las 14,20 horas, extendiéndose de la misma la presente Acta que firma conmigo el mismo, de lo que yo el Secretario CERTIFICO.

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