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1 oct. 2013 - La entidad mercantil BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A., con domicilio en. Bilbao, Plaza de San Nicolás, nº 4, y provista de CIF nº ...
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BASES DEL SORTEO “CAMPAÑA REGISTRO BBVA CON TU EMPRESA”

La entidad mercantil BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A., con domicilio en Bilbao, Plaza de San Nicolás, nº 4, y provista de CIF nº A48265169, en adelante (BBVA) realizará una campaña bajo la modalidad de sorteo ante notario la primera quincena de cada mes, desde el 1 de Octubre de 2013 hasta el 31 de Diciembre de 2013 ambos inclusive, en el que podrán participar los usuarios que se registren en la página oficial www.bbvacontuempresa.es, en las condiciones que más adelante se detallan (en adelante, la Campaña). El sorteo se regirá por las presentes bases. Todos los participantes en el sorteo que resulta de la Campaña, por el simple hecho de participar, aceptan las bases de este sorteo y las normas que rigen su procedimiento. 1.- Personas legitimadas para participar en el sorteo Podrán participar en el sorteo todas aquellas personas físicas con igual edad o superior a 18 años, residentes en territorio español, que cumplan adicionalmente los siguientes requisitos:

(i)

-

Darse de alta como usuario registrado en www.bbvacontuempresa.es durante el periodo de duración de la Campaña, y

Aceptar las presentes Bases del sorteo mediante el procedimiento establecido al efecto en la web www.bbvacontuempresa.es.

Quedan excluidos de esta Campaña, los empleados de BBVA y su Grupo de empresas. 2.- Premios - Un vale canjeable por Un Nuevo ipad 16gb wifi en la web www.decomprasbbva.com titularidad de BBVA SERVICIOS, S.A.U.. Los premios son personales e intransferibles. Los premios no podrán ser canjeados por su contravalor en metálicos o por otro tipo de premio. BBVA se reserva el derecho a sustituir el premio por otro de igual valor o superior.

3.- Mecánica de participación y Desarrollo del sorteo Cada participante que se registre, durante el periodo de duración de la Campaña, y se inscriba y acepte las presentes bases y su participación en el sorteo, obtendrá una participación en el sorteo. Se realizarán tres sorteos:



Primer sorteo: Se tomarán los participantes inscritos y registrados durante el periodo del 1 y el 31 de Octubre y se efectuará ante notario del Ilustre Colegio de Madrid en la sede que tiene BBVA en C/ Monforte de Lemos s/n (Edif. Vaguada) 28029 Madrid u otra que BBVA designe al efecto, el 10 de noviembre de 2013



Segundo sorteo: Se tomarán los participantes inscritos y registrados durante el periodo de 1 y el 30 de Noviembre y se efectuará ante notario del Ilustre Colegio de Madrid en la sede que tiene BBVA en C/ Monforte de Lemos s/n (Edif. Vaguada) 28029 Madrid u otra que BBVA designe al efecto, el 10 de diciembre de 2013



Tercer sorteo: Se tomarán los participantes inscritos y registrados durante el periodo de 1 y el 31 de Diciembre y se efectuará ante notario del Ilustre Colegio de Madrid en la sede que tiene BBVA en C/ Monforte de Lemos s/n (Edif. Vaguada) 28029 Madrid u otra que BBVA designe al efecto, el 14 de enero de 2014

Para la celebración de cada uno de los sorteos, se le entregará al notario el listado de los participantes correspondientes, en cada sorteo se extraerá 1 ganador y 5 suplentes que sustituirá al premiado, para el caso de identificación incompleta o incorrecta del mismo, incumplimiento de alguna de las bases de la Campaña, renuncia, imposibilidad de localización del agraciado, o no aceptación del premio en un plazo máximo de 30 días a contar desde la fecha de celebración del sorteo. La citada fecha podrá modificarse, publicándose la modificación en la web www.bbvacontuempresa.es. Si por causas ajenas a la voluntad de BBVA no pudiera celebrarse el sorteo en la fecha prevista, sin que se haya publicado la modificación en la web indicada en el párrafo anterior, éste se suspenderá y pasará a realizarse en la fecha laborable (no sábado) inmediatamente posterior, una vez que se hubiera subsanado el problema que hubiese impedido la realización del sorteo. En el sorteo propuesto se utilizará la lista de participantes que hubieran entrado en dicho sorteo de haberse celebrado el día inicialmente previsto.

4.- Entrega de los Premios El ganador del premio recibirá de BBVA notificación del premio a través de correo electrónico que tengan validado, informándoles de la necesidad de su aceptación. El ganador perderá el derecho al premio si antes de 30 días, desde la fecha del sorteo, no aceptan el premio, sus condiciones y no han facilitado y suscrito con el Banco la documentación que le hubiera sido requerida. BBVA podrá ampliar este plazo, si a su criterio pudieran darse circunstancias que lo aconsejen.

La entrega del premio se llevará a cabo por parte de BBVA, previa verificación del cumplimiento de los requisitos contenidos en las presentes bases, mediante la entrega de un vale canjeable por el premio descrito en las presentes Bases a través de la web www.decomprasbbva.com titularidad de BBVA SERVICIOS, S.A.U. Junto con la notificación, el premiado recibirá un documento de aceptación y el procedimiento para remitir firmado a BBVA. Una vez firmado el acuerdo de aceptación se procederá a la entrega del premio que se llevará a cabo por parte de BBVA, previa verificación de los requisitos contenidos en las presentes bases, mediante la entrega de un vale canjeable por el premio descrito en las presentes bases a través de la web www.decomprasbbva.com titularidad de BBVA SERVCIOS S.A.U. En caso contrario, perderán su derecho a la recepción del premio. 5.- Fraude En el caso de que BBVA o cualquier entidad que esté ligada profesionalmente a la Campaña detecten cualquier anomalía o sospechen que un participante está impidiendo el normal desarrollo de la Campaña, alterando ilegalmente su registro, participando mediante cualquier procedimiento, técnico o informático para así falsear su participación, podrán de forma unilateral eliminar la inscripción de ese participante. A este respecto es importante añadir que BBVA ha habilitado los necesarios soportes tecnológicos para detectar cualquier posible actuación fraudulenta, anómala o dolosa que pretenda alterar la participación con el objetivo de lograr el premio de forma ilícita. Por tanto, BBVA se reserva el derecho de eliminar del registro a cualquier participante que evidencie o del que se sospeche una actuación irregular en el sentido descrito. 6.- Autorización de utilización de Nombre, Derechos de imagen El Premiado autoriza a BBVA a reproducir y utilizar su nombre, apellidos, fecha de nacimiento, dirección e imagen en cualquier actividad publicitaria o promocional relacionada con el evento en que participa sin que dicha utilización le confiera derecho de remuneración o beneficio alguno. Las imágenes, vídeos, elaboraciones creativas y grabaciones y, en general, cualesquiera modalidades visuales o audiovisuales, con independencia del soporte o medio de comunicación en el que se materialicen o se difundan (en adelante, los Elementos), que haya podido realizar BBVA serán propiedad de BBVA, y se entenderá que, en virtud de las compensaciones o premios recibidos, el Premiado cede en exclusiva todos los derechos de explotación sobre los mismos. BBVA podrá disponer de los Elementos y aportar cualquier adaptación, modificación, variación o transformación siempre que ello no implique modificación de los datos personales del Premiado, contenidos en los Elementos. Todo ello sin limitación de ámbito geográfico y con una duración temporal de hasta un año a contar desde que BBVA de por finalizada la Campaña. El Premiado cede a BBVA los derechos de imagen que pudieran corresponderles como consecuencia de la emisión y/o grabación audiovisual, así como de los reportajes gráficos, individual o colectivos que se realice como cumplimiento de los fines objeto de la Campaña y autorizan de forma expresa e irrevocable a BBVA a conservar las mencionadas grabaciones e imágenes gráficas para ser utilizadas total o parcialmente con fines promocionales en los medios que considere conveniente o en cualquier dominio en Internet de BBVA.

7.- Tratamiento fiscal de los premios Al premio de la presente Campaña, le será de aplicación la Ley 35/2006 de 28 de noviembre por la que se aprueba el Impuesto sobre la Renta de las Persona Físicas y de modificación parcial de las Leyes sobre los Impuestos de Sociedades, sobre la Renta de no residentes y sobre el patrimonio; el Real Decreto nº 439/2007, por el que se aprueba su Reglamento y sus modificaciones posteriores; Real Decreto 2069/1999, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Entidad Pública Empresarial Loterías y Apuestas del Estado, modificado por Real Decreto 41/2010, de 15 de enero; Orden EHA/388/2010 de 19 de febrero, por el que se aprueba la tasa sobre apuestas y combinaciones aleatorias, autoliquidación, se determina el lugar y forma de presentación y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación telemática y demás disposiciones concordantes y dictadas en su desarrollo por lo que, en su caso, corresponderá a la entidad mercantil BBVA la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante IRPF). De conformidad con la citada normativa, se informa a los participantes en la presente Campaña de que los premios concedidos por la participación en juegos, concursos, rifas, o combinaciones aleatorias vinculadas a la venta o promoción de bienes o servicios están sujetos a retención o ingreso a cuenta de IRPF siempre que el valor del premio sea superior a 300 Euros. En relación con lo anterior y en cumplimiento de la vigente normativa fiscal, BBVA, practicará la correspondiente retención e ingreso a cuenta sobre el premio entregado y, en su momento, expedirá la oportuna certificación que facilite al participante el cumplimiento de sus obligaciones fiscales al tener que incorporar en su declaración de IRPF la ganancia patrimonial consistente en el premio recibido, junto con el resto de las rentas que perciba, y de cuya cuota total se podrá deducir como ya ingresada la cantidad que conste en la mencionada certificación de ingreso a cuenta. El participante ganador deberá confirmar el día de la entrega del premio sus datos personales, así como mostrar su DNI o Tarjeta de Residente. Con el fin de que puedan ser efectuadas las retenciones mencionadas en el punto anterior, el ganador deberá firmar en todo caso un escrito justificativo de la recepción del premio, al recibir el mismo y entregar fotocopia de su DNI. En caso contrario, perdería su derecho a la recepción del premio. La cumplimentación de los datos personales y fiscales de los ganadores necesarios para la entrega de los premios tiene carácter obligatorio, de forma que la ausencia de cualquiera de dichos datos supondrá la pérdida del derecho al premio obtenido. 8.- Tratamiento de datos En cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y en la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la sociedad de la información y comercio electrónico, el participante autoriza que los datos personales que se han hecho constar en la inscripción, así como aquellos otros que facilite en el futuro, se incorporen a ficheros de BBVA para la realización, el control, seguimiento y gestión de la Campaña. El responsable del tratamiento es BBVA, con domicilio social en Pl. San Nicolás, 4, 48005 Bilbao. El Interviniente podrá ejercitar gratuitamente los derechos de acceso,

rectificación, cancelación y oposición en cualquiera de sus oficinas o en el correo electrónico [email protected]. El ejercicio no tendrá carácter retroactivo. El registro en el sorteo y los datos que en él se hagan constar, así como cualquier otra documentación o datos aportados relacionados con el mismo, serán conservados por BBVA, para una mejor gestión y control de la Campaña durante un plazo de un año desde la finalización de la Campaña. 9.- Responsabilidades BBVA no se responsabiliza de las posibles pérdidas, deterioros, robos, retrasos o cualquier otra circunstancia imputable a terceros o a Internet que pudieran afectar a la participación en la Campaña. BBVA no se responsabilizará de los daños y/o perjuicios que pudieran producirse al Premiado, acompañantes, terceras personas y/o cosas por error, culpa, negligencia o dolo, y en general, por cualquier acción u omisión de cualquiera de los intervinientes, de cuyas consecuencias serán los únicos responsables. BBVA no asumirá responsabilidad alguna de los daños por extravío, hurto, robo o alteración de los objetos y/o enseres personales del Premiado o acompañantes, durante el disfrute del Premio. BBVA no se hace responsable de cualquier tipo de gasto derivado de la participación, por desplazamiento, o por cualquier otra circunstancia, en la que pueda incurrir el Premiado para disfrutar del Premio. 10.- Bases de la Campaña Las presentes Bases quedarán depositadas ante Notario con carácter previo a la celebración del primer sorteo. BBVA se reserva el derecho de modificar la presente Campaña si las circunstancias lo exigen. La participación en esta Campaña supone la plena aceptación incondicional de las presente Bases, así como el criterio de BBVA en la resolución de cualquier conflicto que pudiera generar la interpretación de las mismas. El participante podrá consultar las Bases de la Campaña en la página Web www.bbvacontuempresa.es correspondiente a la Campaña. 11. - Legislación y Fuero Para cualquier controversia se aplicará la Legislación española ante los juzgados y tribunales de Madrid En Madrid, a 23 de septiembre de 2013