BASES PROMOCIONALES “TARJETA REGALO EL CORTE INGLES”
1. COMPAÑÍA ORGANIZADORA. ORANGE ESPAGNE S.A.U. (en adelante “ORANGE”), con domicilio social en Paseo del Club Deportivo nº1. Parque Empresarial La Finca, Edificio 8. 28223 Pozuelo de Alarcón (Madrid), y provista de CIF C.I.F. A-82009812, ha decidido organizar la Promoción denominada “Tarjeta Regalo el Corte Ingles” (en adelante “la Promoción”), para promocionar sus servicios de telecomunicaciones, que se desarrollará de conformidad con las presentes Bases. La presente Promoción se realizará conjuntamente con ADL PARTNER HISPANIA, S.L.U. (en adelante “ADLP”), sociedad de nacionalidad española, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, con domicilio en Madrid, C/ Rufino González 23 bis, 3ª planta, local 1, provista de C.I.F. B-83845776. De conformidad con lo previsto en las presentes Bases, Orange incentivar la contratación de productos y servicios convergentes (fijo+móvil) para aquellos clientes de Orange que actualmente dispongan de una tarifa Móvil de postpago y pasen a ser clientes convergentes de valor contratando uno de los suigientes packs Love ( Love Sin Limites, Love Familia Sin Limites, Love Familia Total) al contratar el acceso a internet (ya sea con tecnología ADSL o Fibra) y la telefonía fija con Orange, pudiendo obtener de esta manera un código regalo canjeable por un premio valorado en 50 euros. 2. ÁMBITO TERRITORIAL Y TEMPORAL DE LA PROMOCIÓN. La presente promoción se desarrolla en todo el territorio nacional, del 1 de Febrero de 2018 al 28 de Febrero de 2018, ambos inclusive.
3. DESTINATARIOS DE LA PROMOCIÓN. La presente Promoción está dirigida a personas físicas mayores de 18 años, con residencia legal y fiscal en España, que siendo ya clientes de alguna tarifa móvil de postpago de Orange, pasen a ser clientes convergentes de valor contratando uno de los suigientes packs Love ( Love Sin Limites, Love Familia Sin Limites, Love Familia Total) durante el periodo promocional, al contratar los Servicios de acceso a internet fijos (ya sea con tecnología ADSL o Fibra) y Telefonía fija ofertados por Orange, . Quedan excluidos de la presente Promoción, y por tanto no podrán resultar ganadores, los empleados de ORANGE ESPAGNE S.A.U o ADLP ni sus respectivos familiares. En el caso de que alguna de las personas excluidas de la Promoción, participase y resultara ganadora, en ningún caso se le otorgará el premio.
1
4. COMUNICACIÓN DE LA PROMOCIÓN. La comunicación de la Promoción se podrá hacer a través de cualquier canal de comunicación y podrá estar presente en cualquier medio definido por Orange.
5. PREMIOS Y MECÁNICA DE LA PROMOCIÓN. El premio consiste en un código regalo canjeable en el Sitio Web graciasporserorange.orange.es por un Bono regalo canjeables por una (1) Tarjeta Regalo de El Corte Inglés valoradas en CINCUENTA euros (50 €). No existe limitación en el stock de dichos códigos regalo o de las propias tarjetas regalo. La validez de dicho código será la especificada en el momento de su recepción por parte del participante en La Promoción. Estas Tarjetas Regalo de El Corte Inglés serán usables como método de pago en cualquier centro de El Corte Inglés, Hipercor, Supercor, Viajes El Corte Inglés, Bricor, Sfera, Óptica 2000, La Tienda en Casa y en la web www.elcorteingles.es. Los ganadores de la presente promoción no podrán canjear el premio ganado por otro distinto ni su valor en metálico.
6. ENTREGA DE PREMIOS. En el plazo de 7 días o el plazo acordado por las partes tras la contratación del pack LOVE mediante la activación del Servicio de Telefonía fija, se enviará un email /SMS con una dirección web donde canjear su Cheque Regalo del Corte Ingles y las condiciones del mismo. Los premios no podrán ser canjeados por ningún otro, ni por su valor en metálico, son personales e intransferibles y bajo ningún supuesto el premiado podrá designar a otra persona como beneficiaria.
7. OTRAS CUESTIONES. 7.1. La Promoción será válida para quienes cumplan con los requisitos de participación y de la mecánica que se detallan en estas bases. 7.2. Es responsabilidad del participante disponer de la documentación necesaria que le acredita para cumplir con los requisitos de participación, y cumplir todos aquellos requerimientos necesarios para poder disfrutar de los regalos en caso de resultar premiado.
2
7.3. Es responsabilidad del cliente que acceda al obsequio objeto de esta Promoción la correcta utilización del regalo, asumiendo el cliente toda responsabilidad legal de un uso indebido y fraudulento del premio.
8. CONDICIONES DE CARÁCTER GENERAL. 8.1. ORANGE ESPAGNE S.A.U y/o ADLP quedan exoneradas de cualquier responsabilidad que pudiera derivarse de cualquier circunstancia imputable a terceros que pudiera afectar al desarrollo y disfrute del premio. 8.2. La participación en La Promoción supone la aceptación de las presentes Bases en su totalidad, en consecuencia, cualquier manifestación de no aceptación de las mismas supondrá la exclusión del participante y en consecuencia ORANGE ESPAGNA S.A.U y/o ADLP quedarán liberadas de cualquier obligación que pudieran haber contraído con el participante. 8.3. El premio o premios de la promoción están sujetos a las disposiciones legales y fiscales vigentes. 8.4. ORANGE ESPAGNE S.A.U y/o ADLP se reserva el derecho de modificar, si fuera preciso, las condiciones de esta Promoción por otras similares, dándole a la modificación el mismo grado de publicidad que a la presente. Si fuera necesario aplazar o anular la Promoción, también se comunicará debidamente. Asimismo, mediante la aceptación de las presentes Bases, ORANGE ESPAGNE S.A.U y/o ADLP quedan exonerados de cualquier perjuicio que se pueda derivar para los participantes como consecuencia de cualquier error técnico, informático o similar que se produzca durante el periodo promocional. ORANGE ESPAGNE S.A.U y/o ADLP se comprometen a resolver dicho error a la mayor brevedad posible de tiempo, comunicando debidamente al participante el error producido a través del mismo canal utilizado por el usuario para participar en la promoción. 8.5. ORANGE ESPAGNA S.A.U y ADLP pretenden que la Promoción se haga con igualdad de oportunidades entre los distintos participantes. Por ello, cualquier utilización abusiva o fraudulenta de estas Bases dará lugar a la consiguiente descalificación del participante en la Promoción. 9. PROTECCIÓN DE DATOS. 9.1. De conformidad con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, las personas que participen en la presente promoción consienten expresamente el tratamiento de los datos personales que faciliten para su participación, así como los recogidos en el desarrollo de la promoción. En este sentido se les informa de que esos datos pasarán a formar parte de un fichero propiedad de ORANGE ESPAGNE S.A.U registrado ante el Registro General de la Agencia Española de Protección de Datos con la finalidad de gestionar las promociones de productos y servicios y realizar el envío de comunicaciones comerciales sobre productos y servicios propios, en caso de que haya marcado la casilla destinada al efecto.
3
Por tanto, como titular de los datos, el titular de los datos da su consentimiento y autorización al Responsable del Fichero para la inclusión de los mismos en el fichero arriba detallado. 9.2. Adicionalmente, el titular de los datos autoriza expresamente a que los datos personales que facilite, podrán ser transferidos, para las mismas finalidades que las indicadas en el párrafo anterior a ADLP quién actuará en calidad de Encargado del Tratamiento de los datos objeto de tratamiento durante la presente Promoción y asimismo también podrán ser transferidos a los proveedores con los que ORANGE ESPAGNA S.A.U mantiene una relación contractual o negocial. 9.4. En el supuesto de que no pueda verificarse la identidad de una persona a través de los datos personales facilitados en el formulario, la participación de la misma será invalidada.
10. ACEPTACIÓN DE LAS BASES. La participación en la presente Promoción implica la aceptación de Bases Legales de la Promoción y del criterio de ORANGE ESPAGNE S.A.U y/o ADLP en cuanto a la resolución de cualquier cuestión derivada de la misma.
11. RESOLUCIÓN DE INCIDENCIAS. En caso de suscitarse problemas o incidencias en la interpretación de las presentes bases o en el desarrollo de la Promoción, se estará a los criterios que aplique ORANGE ESPAGNE S.A.U y/o ADLP, sometiéndose en caso de conflicto a los Juzgados de Madrid capital.
4