bases, condiciones y restricciones club diversion te regala saldo gratis!

3 jul. 2015 - TERRA NETWORKS PERU S.A.C., en adelante el INTEGRADOR Y ORGANIZADOR y/o. OTECEL promueve y organiza la entrega de $5 de ...
225KB Größe 6 Downloads 98 vistas
BASES, CONDICIONES Y RESTRICCIONES CLUB DIVERSION TE REGALA SALDO GRATIS!

1.

COMPARECIENTES, TERRITORIO Y VIGENCIA TERRA NETWORKS PERU S.A.C., en adelante el INTEGRADOR Y ORGANIZADOR y/o OTECEL promueve y organiza la entrega de $5 de recargas a 10 usuarios cada semana, en adelante el ENTRETENIMIENTO, la cual tendrá vigencia en todo el territorio de la República del Ecuador, desde el 3 julio de 2015, entre las 00:00hs hasta las 23:59:hs del 31 de Agosto de 2015, sujeto al cumplimiento de las presentes Bases y Condiciones, en adelante las BASES.

2.

CONDICIONES 2.1) La participación en el Entretenimiento implica el íntegro conocimiento y aceptación de las presentes BASES, así como de las decisiones que conforme a derecho adopte el ORGANIZADOR sobre cualquier cuestión no prevista en las mismas. El ORGANIZADOR tendrá el derecho a definir, establecer e interpretar aquellas situaciones o circunstancias que no estén expresamente previstas en las presentes BASES, sin afectar la esencia del presente evento. Las antedichas decisiones serán inapelables y respecto de las cuales los participantes no tendrán derecho a reclamo alguno, aclarándose que cualquier modificación será ajustada a la legislación vigente. 2.2) Podrá participar del ENTRETENIMIENTO cualquier persona residente en la República del Ecuador, que sea cliente de OTECEL, siempre que sea titular de líneas activas entre las 00:00hs del 3 de Julio de 2015, hasta las 23:59:hs del 31 de agosto de 2015 y que no registren ninguna eventualidad a efectos de robo, fraude o suspensión de ninguna índole y que cumplan con las condiciones pactadas en las presentes bases. 2.3) Se exceptúan de la participación aquellas líneas cuya facturación esté a nombre de OTECEL, o de los empleados directos de dicha empresa, así como también los planes no comerciales. De la misma manera, no podrán participar planes familiares OTECEL, ni aquellas personas que son familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o segundo grado de afinidad de empleados de OTECEL, es decir, Padres, Hijos, Cónyuge, Suegros, Yernos, Nueras, Cuñados; menos aún familiares en los antedichos grados de las personas que se encuentran directa o indirectamente involucrados con la promoción. Adicionalmente se excluyen de la posibilidad de participación a los empleados directos del INTEGRADOR en las mismas condiciones que para los empleados directos de OTECEL, es decir, parientes hasta el segundo grado de consanguinidad y segundo grado de afinidad. 2.4) Es responsabilidad del titular de estas líneas, el participar o no en el ENTRETENIMIENTO. En caso de que la persona usuaria de dicha línea decida participar en el ENTRETENIMIENTO a pesar de estar excluida, será de su entera responsabilidad y OTECEL, no realizará ajustes ni devoluciones por los montos gastados por dicha participación. Así mismo, no será considerada como participante para efectos de hacerse acreedora a cualquiera de los premios en cualquier modalidad. 2.5) En el caso de que la línea sea propiedad de una persona jurídica, se entenderá que, a todos los efectos legales, es esta la que participa en el ENTRETENIMIENTO salvo documento notariado que autorice conforme a derecho expresamente al usuario de la línea.

2.6) En todos los casos los titulares y propietarios de las líneas de teléfonos móviles, deberán ser mayores de 18 años y no encontrarse en mora en el pago de las facturas correspondientes a los referidos servicios, ni en estado de suspensión del servicio a la fecha del sorteo de cada uno de los premios. Además deberá contar con la línea activa al menos hasta la finalización de EL ENTRETENIMIENTO. 2.7) En caso de que EL GANADOR caiga en mora o su terminal sea suspendida por la falta de pago de su línea, pese a haber sido notificado como ganador, inmediatamente el premio será entregado al suplente correspondiente de acuerdo a las presentes Bases. 2.8) En el caso de que EL GANADOR pertenezca a un plan empresarial, para la adjudicación del premio a su nombre o al de un usuario específico, tendrá el plazo máximo de una (1) semana a partir de la Notificación de ser EL GANADOR para entregar una carta notariada con reconocimiento de firma del representante legal de las líneas en el que se autoriza AL GANADOR a recibir los premios. 2.9) EL GANADOR no podrá tener deudas en cualquiera de sus cuentas bajo su cédula o RUC o cualquier otro documento de identificación, así sean diferentes números de los que se encuentra suscrito, es decir, no puede estar en mora de ninguna de sus cuentas con OTECEL, con líneas a su nombre y bajo su número de identificación. Será ganador, aquel participante que salga seleccionado mediante un software que selecciona de manera aleatoria de una base de datos los números de los ganadores. La base de datos para dicho sorteo será obtenida de las plataformas de INTEGRADOR las cuales contienen los NÚMEROS DE CELULARES DE LOS CLIENTES SUSCRITOS A CLUB DIVERSION y han tenido como mínimo un (1) cobro exitoso registrado entre las 00:00hs del 3 de julio de 2015, hasta las 23:59:hs del 31 de agosto de 2015 2.10) Es requisito indispensable para la utilización de EL ENTRETENIMIENTO, que el Usuario posea los servicios SMS y VOZ activo en su teléfono móvil compatible, la posibilidad de recibir SMS con contenido y que se encuentre correctamente configurado. Los Usuarios deberán comprobar estos extremos en forma previa a la intención de participación. 3.

PARTICIPANTES Serán todos aquellos clientes de OTECEL exclusivamente que se encuentren SUSCRITOS al servicio GOL MOVISTAR y que tengan menos un (1) cobro exitoso del servicio de suscripción GOL MOVISTAR durante el periodo comprendido entre las 00:00hs del 3 de julio de 2015, hasta las 23:59:hs del 31 de agosto de 2015

4.

MECANICA 4.1) Consiste estar SUSCRITO con su línea MOVISTAR al servicio CLUB DIVERSIÓN y tener la mayor cantidad de cobros posibles por este servicio durante las 00:00hs del 3 de julio de 2015, 00:00hs hasta las 23:59:hs del 31 de agosto de 2015. Cada cobro exitoso es una (1) posibilidad de ganar, por tanto a mas cobros exitosos, mayor es la posibilidad de ganar el premio al que se hace referencia y se explican con detalle en el numeral 5 de las presentes BASES. 4.2) El usuario ganador se obtendrá mediante un software que selecciona al azar los números el número del ganador y los suplentes, dicho aplicativo contará con la base de usuarios participantes en el sorteo, con presencia de notario. 4.3) Para el sorteo, la base de datos que alimenta el software de sorteo tendrá todos aquellos clientes de OTECEL que estén SUSCRITOS al servicio CLUB DIVERSION y que tengan al menos (1) un cobro exitoso por este servicio entre las 00:00hs del 3 de Julio de 2015 hasta las 23:59:hs del 31 de agosto de 2015, para dicho caso un número podrá estar más de una vez al

obtener una oportunidad de ganar por cada cobro exitoso efectivamente realizado.

4.4) Todos los usuarios seleccionados para participar en la promoción recibirán notificaciones vía SMS, Llamadas y mensajes POP UP en sus teléfonos celulares en los que se solicitará generar recargas de saldo en el teléfono celular. 4.5) los usuarios deberán estar suscritos al servicio CLUB DIVERSIÓN, desde su teléfono celular.

5.

PREMIOS y SORTEOS

5.1) EL ENTRETENIMIENTO en función de la mecánica detallada en el punto 4 de este documento, entregará el siguiente premio: 

10 recargas semanales de $5 dólares a través de sorteos semanales, entre las semanas del 3 de julio al 31 de agosto de 2015.

5.2) El GANADOR del premio será informado oportunamente, pudiendo el premio ser reemplazado por el INTEGRADOR, de mutuo acuerdo con el ORGANIZADOR, por otro de similares características en caso de Fuerza Mayor o Caso Fortuito lo cual el GANADOR al participar en el Entretenimiento acepta. 6.

DEFINICION DE GANADOR(ES) 6.1) Para la realización de los sorteos EL INTEGRADOR cuenta con un software al cual se le ingresa la base de datos con los números de celular Movistar que hayan tenido al menos (1) cobro exitoso por el servicio CLUB DIVERSION entre las 00:00hs del 3 de julio de 2015 hasta las 23:59:hs del 31 de agosto de 2015,. Los números celulares podrán estar presentes en esta base más de una vez ya que cada cobro exitoso efectivo realizado, entrega una posibilidad de participar en el sorteo. 6.2) EL PREMIO 10 recargas de $5 semanales, serán sorteadso para 10 personas, con la respectiva información detallada anteriormente, cada número debe estar suscrito y tener al menos 1 cobro en la semana que se realizó el sorteo.

6.5) La adquisición y la entrega de los premios es de responsabilidad del INTEGRADOR y ORGANIZADOR quien proporcionará la información respectiva en cuanto a los números celulares de los participantes. Cada premio, al momento de la entrega, no es transferible a terceras personas. Una vez entregado el mismo, éste es de absoluta responsabilidad del GANADOR. 6.6) La verificación de los potenciales ganadores de EL ENTRETENIMIENTO (de acuerdo a las cláusulas anteriores), se efectuará en las oficinas del OTECEL en la ciudad de Quito, o en cualquier instalación donde realicen labores los funcionarios de OTECEL, de acuerdo a las circunstancias del caso. Serán potenciales ganadores del Entretenimiento todos aquellos usuarios que hayan cumplido con las reglas del Entretenimiento. 6.7) Una vez determinados los potenciales ganadores titulares y suplentes, EL ORGANIZADOR constatará que se encuentren debidamente activos en los sistemas de OTECEL, que no se encuentren en mora en el pago de los referidos servicios, ni con ningún tipo de suspensión o

impedimento y que cumplan con las condiciones detalladas en el numeral 2 y 3 del presente documento. 6.8) Verificado el cumplimiento de las presentes Bases, OTECEL o quien éste designe para el efecto, procederá a establecer una comunicación telefónica con el potencial ganador titular llamando al número telefónico correspondiente al teléfono celular desde el que se registró la recarga de saldo que originó la participación en el Entretenimiento y se procederá a comunicarle que ha resultado potencial ganador del Entretenimiento así como el día, hora y lugar en que deberán concurrir a recibir el premio, en caso de que aplique. 6.9) En caso que la comunicación no pueda ser establecida, por cualquier razón que ello fuera, incluyendo, sin limitación, que la línea se encuentre ocupada o que no se responda al llamado, habiendo intentado por un mínimo de 3 llamadas, hasta un máximo de 5 llamadas diarias, en un período de cinco (5) días laborables consecutivos, el ORGANIZADOR procederá a eliminar al titular y realizará la misma gestión con el primer suplente y así sucesivamente hasta lograr establecer contacto y verificación con alguno de los designados como potenciales ganadores. 6.12) Las llamadas telefónicas a que se refieren los puntos anteriores de las presentes BASES podrán ser realizadas en cualquier día de la semana, en días laborables, en cualquier horario comprendido entre las 9:00 am horas y las 20:00 pm horas desde las instalaciones de OTECEL. 7.

REQUISITOS A CUMPLIR POR PARTE DEL GANADOR(ES):

Para acceder a los premios previstos en EL ENTRETENIMIENTO, los potenciales ganadores deberán cumplir con los siguientes requisitos: a)

Presentarse en el lugar, fecha y hora dispuesta por EL ORGANIZADOR.

b)

Exhibir el original de su Cédula de Identidad y papeleta de votación y entregar una fotocopia a color de las mismas.

c)

Ser mayor de edad, presentando un documento válido que permita confirmar la edad al momento de la participación en EL ENTRETENIMIENTO.

d)

Declaración juramentada del GANADOR indicando que no tiene relación de consanguinidad o afinidad con los empleados de OTECEL o del INTEGRADOR en los niveles definidos en estas bases.

e)

Para el caso de personas jurídicas, deberá presentarse el usuario de la línea que realizó la recarga y previamente fue validado en el sistema de sorteo como número ganador, con el original de su cédula de identidad, papeleta de votación. Asimismo, deberá presentar una declaración jurada del representante legal de la empresa, en donde ésta reconoce que el usuario de la línea es el legítimo ganador al haber realizado una recarga a la línea que le fue asignada y no tienen reclamo alguno que realizar a EL ORGANIZADOR o al Integrador. En caso de que los potenciales GANADORES de premios no pudieren cumplir con la presentación de la documentación y/o provisión de datos referidos en los puntos a), b) y e) de esta cláusula hasta el plazo máximo de 8 (ocho) días hábiles, transcurridos desde el llamado referido en las cláusulas anteriormente referidas de las presentes Bases, caducará su derecho al reclamo del premio y tampoco tendrá derecho a reclamar compensación o indemnización alguna. En estos casos se procederá a establecer una comunicación telefónica con el respectivo potencial ganador suplente, reiterándose el procedimiento descrito en las cláusulas anteriores de las presentes Bases. Dicho procedimiento se reiterará hasta que pueda determinarse el GANADOR.

En todos los casos, además, para poder realizar la entrega efectiva del o los premios correspondientes, el GANADOR deberá haber cumplido con la fecha de pago de las facturas correspondientes a los consumos generados por el período que corresponda, tanto en lo que se refiere a los valores relativos a EL ENTRETENIMIENTO como al resto de servicios prestados por OTECEL. f)

8.

Todos los costos que se deriven para obtener, retirar o hacer uso de los premios, así como todo impuesto o tributo que deba actualmente abonarse o se imponga en el futuro sobre los bienes y servicios ofrecidos como premios en EL ENTRETENIMIENTO y los gastos en que incurran los participantes como consecuencia de la obtención y entrega de los mismos, se encontrarán a exclusivo cargo del GANADOR. Especialmente deberá el GANADOR acreditar su situación impositiva frente al ente regulador y de la provincia donde se domicilie, así como el pago de todo impuesto, gravamen, tasa o contribución que se origine y/o se vincule directa o indirectamente con el premio a recibir.

DIFUSION Y PROTECCIÓN DE DATOS

8.1) EL ENTRETENIMIENTO podrá ser difundido a través de la totalidad de medios que EL ORGANIZADOR estime conveniente como por ejemplo: Radio, Prensa, Revistas, Medios Gráficos, Internet, entre otros. De igual manera, el participante autoriza al ORGANIZADOR a enviarle mensajes de texto, llamadas y mensajes POP UP (S@t PUSH) de promoción del Entretenimiento, así como también acepta recibir mensajes entrantes propios de la interacción del Entretenimiento en cualquier día y a cualquier hora durante la duración del mismo. 8.2) Dada la modalidad del ENTRETENIMIENTO, no existe posibilidad de que queden a la fecha de su finalización premios no adjudicados, siempre y cuando, al menos un suscrito haya acumulado al menos un cobro en las mecánicas antes referidas y cumpla con las condiciones establecidas en este documento. 8.3) Los participantes del Entretenimiento autorizan a EL ORGANIZADOR y/o al INTEGRADOR a utilizar los datos obtenidos a través del desarrollo de la suscripción para la creación de una base de datos con el objetivo de enviar mensajes de texto, llamadas y campañas pop up (s@t push) a los propios usuarios relacionados con EL ENTRETENIMIENTO y únicamente durante la vigencia del Entretenimiento. 8.4) LOS PARTICIPANTES DEL ENTRETENIMIENTO expresamente autorizan AL ORGANIZADOR y/o EL INTEGRADOR la difusión pública, transmisión, retransmisión, reproducción o publicación de las filmaciones, fotografías, imágenes o grabaciones de imagen y/o voz y/o datos personales de los participantes en general y los ganadores en particular, en todos y cualquier medio de comunicación (visual, audio u otra incluyendo presentaciones por televisión por aire, antena, cable, satélite, radio, Internet, etc.) con cualquier finalidad durante el plazo de vigencia del Entretenimiento y hasta tres (3) años después de su finalización, sin que el participante tenga derecho al reclamo de indemnización o compensación alguna. LOS PARTICIPANTES garantizan que no existen terceros que tengan derechos de exclusividad sobre la exhibición, publicación, difusión, reproducción y/o la puesta en el comercio de su imagen, voz y/o datos personales. En caso contrario, se comprometen a mantener indemne a EL ORGANIZADOR y/o EL INTEGRADOR respecto de cualquier reclamo que por este motivo pudieran formular terceras personas. Los participantes reconocen que la participación en EL ENTRETENIMIENTO no les causa ningún perjuicio patrimonial involuntario, por tanto, renuncian a cualquier reclamo que puedan efectuar por la disminución de sus ingresos. 8.5) La lista de todos los ganadores de EL ENTRETENIMIENTO, así como las presentes BASES, serán publicados en la sección destinada a la misma en la página Web.

8.6) Las presentes BASES podrán ser modificadas sin previo aviso a criterio conforme a derecho por el ORGANIZADOR y publicadas a través de los medios previstos y aquí establecidos para las Bases. 8.7) El ORGANIZADOR podrá suspender definitiva o transitoriamente EL ENTRETENIMIENTO, como así también introducir las modificaciones que juzgue convenientes en cuanto a las condiciones y características del mismo, en caso de caso fortuito o fuerza mayor, sin que ello genere derecho alguno o reclamo por parte de los participantes. 8.9) Las imágenes del premio en caso de corresponder a algún objeto lo son a modo ilustrativo y el premio a entregarse es el precedentemente descrito. Las imágenes, marcas y logos exhibidos son propiedad de sus titulares.

9.

CONTROVERSIAS 9.1) Toda relación que en virtud de esta promoción que se genere entre los Participantes y OTECEL, será regida y concertada en total sujeción a las leyes del Ecuador. Cualquier controversia que pudiera presentarse en relación de EL ENTRENIMIENTO y que no pueda ser resuelta de mutuo acuerdo, los Participantes y el Organizador, de conformidad con la Ley de Arbitraje y Mediación, someten la resolución de dichas controversias a una mediación, y en el caso que aplique, al arbitraje administrado por un Centro de Arbitraje del domicilio de OTECEL. De no haber un centro de arbitraje, se presentará la demanda ante un Centro de Arbitraje de Cuenca o Guayaquil a elección del demandante. g)

9.2) Si los premios no fueren sorteados o entregados al o a los beneficiarios por cualquier causa, ajena a la voluntad del ORGANIZADOR, después de 3 meses de realizado el sorteo, éstos serán entregados y donados a favor del Instituto de la Niñez y la Familia (INFA), integrado a la estructura del Ministerio de Inclusión Económica y Social, por medio de un acta de entrega-recepción. El INFA destinará el o los premios entregados a cualquier hogar infantil o asilo de ancianos de la República del Ecuador, con la intervención de la Contraloría General del Estado, entidad que regulará el proceso benéfico.

h) 9.3) EL INTEGRADOR, es el propietario del auto a ser sorteado, quien ha realizado una declaración juramentada ante un notario del Cantón Quito, donde expresamente ha establecido su voluntad irrevocable de enajenarlo, además de determinar el avaluó del auto sorteado, este instrumento lo posee dicho integrador.