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Aviso de Derecho del Paciente a Respeto y Trato Igual

Aviso de Derecho del Paciente a Respeto y Trato Igual. La Oficina del Procurador del Paciente ha activado el Reglamento Núm. 7617 de 21 de noviembre de ...
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Aviso de Derecho del Paciente a Respeto y Trato Igual La Oficina del Procurador del Paciente ha activado el Reglamento Núm. 7617 de 21 de noviembre de 2008 para Implementar las Disposiciones de la Ley Núm. 194 de 25 de agosto de 2000, según enmendada, conocida como “Carta de Derechos y Responsabilidades del Paciente de Puerto Rico”. La Sección 3C dispone que el tiempo de espera en la oficina no debe exceder una hora, excepto por justa causa. Para las personas de 65 años o más, con incapacidades, embarazadas o con necesidades especiales el tiempo de espera debe ser menor de 30 minutos. Para ello el proveedor deberá establecer un sistema de citas que garantice la atención dentro de dicho término. También autoriza el cobro por ausentarse a una cita sin haber cancelado la misma con al menos 24 horas de anticipación o a la brevedad posible en caso de emergencia. El paciente citado que no se presente a su hora perderá su turno.