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27 ago. 2015 - Información cartográfica a través de Sistemas de Información Geográfica ... Cartografía Temática”, del Documento Estándares de Información ...
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MAE-SUIA-RA-DNPCA-2015-21299 QUITO, 27 de agosto del 2015 Sr/a. FELIPE CHUMPI PREFECTO GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PROVINCIAL DE MORONA SANTIAGO En su despacho Mediante trámite MAE-RA-2015-201349, recibido el 24 de agosto del 2015, su representada remitió los Términos de Referencia para el CONSTRUCCIÓN Y OPERACIÓN DEL PROYECTO VIAL RÍO MACUMA - MACUMA - TAISHA, ubicada en MORONA SANTIAGO - TAISHA - MACUMA, TAISHA; para el análisis y pronunciamiento. Luego de efectuado el análisis de la documentación remitida y, sobre la base del informe técnico 779 con fecha 27 de agosto del 2015, se concluye que el documento no cumple con la normativa ambiental aplicable, por lo que la DIRECCION NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTAMINACIÓN AMBIENTAL , observa los Términos de Referencia, debiendo el promotor corregir, completar o aclarar la información en un plazo máximo de 90 días, atendiendo los siguientes requerimientos:

Al respecto comunico a usted, que luego de la revisión y análisis realizado por la Dirección Nacional de Prevención de la Contaminación Ambiental y Dirección Nacional Forestal, sobre la base del Informe Técnico No. 779-15-ULA-DNPCA-SCA-MA del 26 de agosto de 2015, se concluye que el documento no cumple con los requerimientos técnicos y legales exigidos por esta Cartera de Estado, por lo que previo pronunciamiento, esta Dependencia Ministerial solicita remitir información complementaria atendiendo los siguientes requerimientos: Análisis de Información Geográfica 1. No incluye la ficha técnica del proyecto, en la cual se indique la ubicación exacta del proyecto a través de coordenadas UTM en el sistema de referencia WGS-84 Zona 18 Sur, para verificar el punto de inicio, final e intermedios del proyecto. 2. En función de la ubicación geográfica del proyecto, debe presentar la división política administrativa. 3. Las coordenadas UTM presentadas en el certificado de intersección, no determinan como punto final la ciudad de Taisha. 4. Toda información geográfica deberá ser sustentada, indicando la(s) fuente(s) de información y su fecha. 5. Describir en el numeral 14 de anexos de los términos de referencia que, para la presentación del estudio ambiental se remitirá la información cartográfica en base a los siguiente lineamientos: 6. - Información cartográfica a través de Sistemas de Información Geográfica (Arc Gis Versiones desde 9.2 hasta 10.2 archivos *.mxd), con coordenadas geográficas y UTM, en archivos compatibles con los de la Subsecretaria de Calidad Ambiental, inclusive su respectiva bases de datos.

• La presentación gráfica se realizará conforme al formato establecido en el Anexo A de

“Diseño Gráfico de Presentación de los Requisitos Mínimos de Información Marginal para Cartografía Temática”, del Documento Estándares de Información Geográfica de Senplades – CONAGE 2013 ( http://portal.sni.gob.ec/documents/10156/ff60da45-e584-42db-973a447c54f9cdd7 ). • Presentar información satelital del proyecto, la misma que deberá incluir las características técnicas como tipo del satelital, número de bandas, resolución espacial y espectral, porcentaje de nubosidad, combinación RGB, año de toma, sistema de referencia (georeferenciación). Calle Madrid 11-59 y Andalucía Quito-Ecuador Telf.: + (593 2) 3987600 www.ambiente.gob.ec

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MAE-SUIA-RA-DNPCA-2015-21299 QUITO, 27 de agosto del 2015 • La escala de trabajo de la información básica dependerá del alcance y/o detalle del proyecto, pudiendo ser está a escala 1:50.000, 1:25.000 o mayor escala en base a Hojas Topográficas del Instituto Geográfico Militar, y la escala de impresión dependerá de la magnitud del proyecto, es decir se deberá calcular la unidad mínima cartografiable (UMC) que es el tamaño de área mínimo que debe aparecer en un mapa temático para su correcta visualización. • Incluir entre otros, los siguientes mapas temáticos: Geológico, Geomorfológico, Fisiografía y Suelos, Áreas Sensibles Biótico Físico y Social, Comunidades, Propietarios, Muestreos Físicos Bióticos, Riesgos. Del análisis realizado se determina que se debe realizar una inspección in-situ con la finalidad de verificar en campo la información sobre coordenadas remitidas por el promotor del proyecto.

Análisis técnico y forestal del proyecto se determina las siguientes observaciones: 1. En los TDRs no presenta la ficha técnica con la identificación del Promotor, Firma Consultora e integrantes del equipo que preparará el EIA . 2. El Marco legal propuesto no está actualizado: no hace mención a los Acuerdos Ministeriales No. 061 (Libro VI de la Calidad Ambiental) del 04 de mayo de 2015, No. 066 referente al proceso de participación social del proyecto, no se incluye a las normas INEN (señalización, rotulación, etc.; se hace mención a normativa que no está en vigencia por ejemplo:Acuerdo Ministerial No. 068, Reglamento a la Ley de Gestión Ambiental para la Prevención y Control de la Contaminación Ambientaly CCA, incluir normas INEN relacionadas a señalización, etc. 3. No se detalla el alcance que tendrá el proyecto 4. No se incluye en los Términos de referencia un Capitulo específico referente a la metodología para determinar el Inventario Forestal y valoración económica de bienes y servicios 5. Para la determinación del Área de Influencia del proyecto no considera al menos las siguientes consideraciones e insumos: diagnóstico de la línea base del área referencial del proyecto, obra o actividad, la descripción y alcance de actividades del proyecto, a identificación y evaluación de impactos positivos y/o negativos, y, las actividades del Plan de Manejo Ambiental. 6. En la determinación del cumplimiento o incumplimiento de la normativa ambiental no incluye una matriz de reporte que contenga: el hallazgo, normativa, no conformidad mayor, no conformidad menor, evidencia observada y medios de verificación. 7. No incluye un capítulo correspondiente a análisis de riesgos endógenos y exógenos. 8. El proceso de participación social del proyecto propuesto no considera la metodología establecida en el Acuerdo Ministerial No. 066 de 18 de junio de 2013 ------------------------------------ fin del documento ---------------------------------------------

Atentamente,

Documento Firmado Electrónicamente RAUL CLEMENTE RODRIGUEZ PARAMO %#DIRECTOR NACIONAL DE PREVENCION ENC MINISTERIO DEL AMBIENTE

Calle Madrid 11-59 y Andalucía Quito-Ecuador Telf.: + (593 2) 3987600 www.ambiente.gob.ec

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