MINISTERIO DE SALUD
No
261- 20431tliP/S1
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Visto, el expediente N° 13-036488-002 que contiene la Nota Informativa N° 443-2013-DGSP/MINSA, emitida por la Directora General de la Dirección General de Salud de las Personas del Ministerio de Salud; y CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, se llevarán a cabo el "Taller para entrenamiento en los lineamientos para la implementación de acciones integradas de desparasitación" y la "Reunión para la intensificación de los esfuerzos para el control de las Helmintiasis transmitidas por el contacto con el suelo en la Región de las Américas", del 13 al 17 de mayo de 2013;
ú. ESPEOES M.
Que, con documento PER/CPC/010/85/02/0452-2013, de fecha 10 de abril de 2013, el Representante en Perú de la Organización Panamericana de la Salud, informa que la citada organización en alianza con Children Without Worms, la Agencia Canadiense para el Desarrollo Internacional y la Red Global para Enfermedades Tropicales Desatendidas (Programa del Instituto de Vacunas Sabin) están organizando los mencionados eventos e invitan a participar a un representante del Ministerio de Salud; señalando que su institución financiará los gastos correspondientes; Que, el citado evento tiene como objetivo realizar el entrenamiento de facilitadores para la implementación de acciones integradas de desparasitación, completar los planes operacionales preliminares para su implementación en los países prioritarios; así como crear un foro y establecer el diálogo entre los socios aliados y ministerios de salud para coordinar esfuerzos de desparasitación contra los geohelmintos; Que, con el documento de visto, la Directora General de la Dirección General de Salud de las Personas, solicita se autorice el viaje del Médico Cirujano Héctor Eduardo Shimabuku Ysa, profesional de la Dirección General a su cargo, para que participe en representación del Ministerio de Salud, en los mencionados eventos;
2013
Que, mediante Informe N° 180-2013-EGC-ODRH-OGGRH/MINSA, de fecha 10 de mayo de 2013, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, emite opinión favorable respecto de la participación del referido profesional, señalando que dicho viaje se encuentra de acuerdo a las normas sobre la materia, no ocasionará gasto al Ministerio de Salud y cuenta con la autorización de la Alta Dirección; Que, el artículo 11° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que los viajes al extranjero para concurrir a Asambleas, Conferencias, Seminarios, Cursos de Capacitación o que se realicen por cualquier motivo, siempre que no ocasionen ningún tipo de gasto al Estado, serán autorizados mediante Resolución del Titular de la Entidad correspondiente; Con el visado del Director General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y De conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM, y en el literal I) del artículo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje del Médico Cirujano Héctor Eduardo Shimabuku Ysa, profesional de la Dirección General de Salud de las Personas, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, para que participe en representación del Ministerio de Salud, en el "Taller para entrenamiento en los lineamientos para la implementación de acciones integradas de desparasitación" y en la "Reunión para la intensificación de los esfuerzos para el control de las Helmintiasis transmitidas por el contacto con el suelo en la Región de las Américas" del 12 al 18 de mayo de 2013. Artículo 2°.- Disponer que el Médico Cirujano Héctor Eduardo Shimabuku Ysa, dentro de los quince (15) días posteriores a su retorno remita a la Alta Dirección, con copia a la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos, en los eventos a los que acudirá. Artículo 3°.- El cumplimiento de la presente Resolución Ministerial no irrogará gasto al Estado ni otorgará derecho a exoneraciones o liberalización de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese y comuníquese.
MIDORI DE HABICH ROSPIGLIO Ministra de Salud