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MINISTERIO DE SALUD

~_, .'7..3.. ~.... B:0.0.i.~ ..... .tki. ..?P.~~ Visto, los Expedientes Nos 15-113389-010, 15-113389-014, 15-113389-018 y 15113389-019, que contienen el Informe No 073-2016-0GPPM-OPF/MINSA emitido por la Oficina de Presupuesto y Financiamiento de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, CONSIDERANDO:

Que, en el marco del Texto Único Ordenado de la Ley No 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado con Decreto Supremo No 304-2012-EF, y de la Ley No 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se expidió la Resolución Ministerial No 820-2015/MINSA, de fecha 17 de diciembre de 2015 que aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Año Fiscal 2016 del Pliego 011: Ministerio de Salud; Que, el artículo 38 del citado Texto Único Ordenado, establece los límites y ·proc-edimientos mediante los cuales podrán ser modificados los créditos presupuestarios contenidos en los Presupuestos del Sector Público; Que, el numeral 40.1 del artículo 40 del precitado Texto Único Ordenado, establece que son modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático que se efectúan dentro del marco del Presupuesto Institucional vigente de cada Pliego, las habilitaciones y las anulaciones que varíen los créditos presupuestarios aprobados por el Presupuesto Institucional para las actividades y proyectos, y que tienen implicancia en la estructura funcional programática compuesta por las categorías presupuestarias que permiten visualizar los propósitos a lograr durante el año fiscal; Que, el numeral. 40.2 del artículo 40 del Texto Único Ordenado de la Ley .N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad, pudiendo el Titular delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa;

"Directiva

para

la

Ejecución

Presupuestaria",

aprobada

por

Resolución Di rectoral No 030-201 0-EF/76.01 y sus modificatorias, establece el modelo de dispositivo para modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático, entre unidades ejecutoras; Que, mediante Resolución Ministerial No 017-2016/MINSA, de fecha 14 de enero de 2016, se delega en la Secretaría General del Ministerio de Salud durante el Ejercicio Presupuestario 2016, la facultad, entre otros, de aprobar y/o formalizar las rlJOdificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático que correspondan al Titular del Pliego 011: Ministerio de Salud, de acuerdo con el numeral 40.2 del artículo 40 del Texto Único Ordenado de la Ley No 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo No 304-2012-EF, previo informe favorable de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto o quien haga sus veces; Que, mediante Memorando No 867-2016-0GA/MINSA, la Directora General de la Oficina General de Administración solicita la transferencia de mayores recursos presupuestales en la Genérica de Gasto 2.3 Bienes y Servicios para a~ender el requerimiento solicitado por el Programa Nacional de Inversiones en Salud - PRONIS, para el financiamiento de los Contratos Administrativos de Servicios - C.A.S. en el presente ejercicio presupuesta!; Que, de acuerdo a lo señalado en el Informe de Visto, resulta necesario efectuar modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcionar Programático entre unidades ejecutoras, a fin de financiar el requerimiento de la Unidad Ejecutora 123: Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud - PARSALUD del Pliego 011: Ministerio de Salud, hasta por el monto de DOS MILLONES CIENTO Y UNO MIL CIENTO CINCUENTA Y 00/100 SOLES (S/ 2 101 150,00), por la Fuente de Financiamiento 1 Recursos Ordinarios en el presente Ejercicio Presupuestario; Que, conforme a lo indicado por la Oficina de Presupuesto y Financiamiento de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización en el Informe del Visto, las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático se efectúan considerando las limitaciones dispuestas en el artículo 41 del Texto Único Ordenado de la Ley No 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y en el artículo 9 de la Ley No 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal mediante Nota Informativa No 407-2016-0GAJ/MINSA; Estando a lo informado por la Oficina de Presupuesto y Financiamiento de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y con las visaciones de la, Directora General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 40.2 del artículo 40 del Texto Único Ordenado de la Ley No 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley No 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, y en la Directiva No 005-201 0-EF/76.01 "Directiva para la Ejecución Presupuestaria" aprobada por Resolución Directora! No 030-2010-EF/76.01 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar una modificación presupuestaria en el Nivel Funcional Programático en el Presupuesto Institucional del Pliego 011: Ministerio de Salud para el Año Fiscal 2016, entre unidades ejecutoras, de acuerdo al Anexo "Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático entre Unidades Ejecutoras" que forma parte integrante de la presente Resolución Secretaria!. Artículo 2.- La Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización a través de la Oficina de Presupuesto y Financiamiento del Pliego 011: Ministerio de Salud,

MINISTERIO DE SALUD

~_, ..~.]. ~.... 8-.f?.~.~...... .del. ..?-.9.1~ instruirá a las Unidades Ejecutoras, respecto a las Habilitaciones o Anulaciones a efectuar dentro de cada una de ellas, a fin que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la. presente norma. Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución Secretaria!, dentro de los cinco (5) días de aprobada, a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas.

Regístrese y comuníquese.

J. Zavata8.

C.KUROIWAP

ANEXO MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS EN El NIVEl FUNCIONAl PROGRAMATICO ENTRE UNIDADES EJECUTORAS ·SECCION PRIMERA PLIEGO :fUENTE DE FINANCIAMIENTO GENERICA DE GASTO ESPECIFICA

GOBIERNO CENTRAL

011 MINISTERIO DE SALUD 1 RECURSOS ORDINARIOS

2.3 BIENES Y SERVICIOS 2.3.2.8.1 CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS

DE LA: (EN SOLES) UNIDADES EJECUTORAS/ CATEGORIA PRESUPUESTAL /PRODUCTO 1 ACTIVIDAD

IMPORTE

..· ·... '.··.·,. :: ..:',::·,}ú~~!;:{:) U~··op~;·'Api\I!I~ISTRACJON CENTRAL ·· ..· ··: .: .· ; · , .., :':,• ~~/< 2;~o!;;ts,o .. 9001 /3999999 1 5000001: PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO 384,037 9001 1 3999999 15000002: CONDUCCION Y ORIENTACION SUPERIOR 425,360 9001 1399999915000003: GESTION ADMINISTRATIVA 639,073 9001 /399999915000004: ASESORAMIENTO TECNICO Y JURIDICO 84,582 9001 1399999915000005: GESTION DE RECURSOS HUMANOS 62,338 9001 1 3999999 1 5000006: ACCIONES DE CONTROL Y AUDITORIA 155,823 9002 1399999915000730: EDUCACION, INFORMACION Y COMUNICACIÓN DE SALUD 66,516 9002 1399999915000782: FORMULACION DE NORMAS Y REGULACION SANITARIA 196,707 9002 13999999 1 5001285: VIGILANCIA Y CONTROL DEL MEDIO AMBIENTE 13,421 9002 1 3999999 1 5001286: VIGILANCIA Y CONTROL EPIDEMIOLOGICO 73,293

A LA: (EN SOLES) UNIDAD EJECUTORA 1 CATEGORIA PRESUPUESTAL /PRODUCTO 1 ACTIVIDAD l:,JE.:~?~, P.RC>