60. Máquinas y aparatos 1. Clasificación arancelaria

3 nov. 2007 - o terrenos de deporte. 8433. Máquinas ...... a los productos, componentes y equipos aeronáuticos mencionados en el Reglamento (CE) n°.
615KB Größe 104 Downloads 1196 vistas
Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07

60. Máquinas y aparatos 1. Clasificación arancelaria Cuadro 60.1 Subpartidas arancelarias en las que se clasifican los productos del sector de máquinas y aparatos Partida 8401

8402 8403

8404

8405 8406 8407 8408

8409 8410 8411 8412

Descripción Reactores nucleares; elementos combustibles (cartuchos) sin irradiar para reactores nucleares; máquinas y aparatos para la separación isotópica Calderas de vapor (generadores de vapor), excepto las de calefacción central, concebidas para producir agua caliente y también vapor a baja presión; calderas denominadas "de agua sobrecalentada" Calderas para calefacción central, excepto las de la partida 84.02 APARATOS AUXILIARES PARA LAS CALDERAS DE LAS PARTIDAS nos 84.02 u 84.03 (POR EJEMPLO: ECONOMIZADORES, RECALENTADORES, DESHOLLINADORES O RECUPERADORES DE GAS); CONDENSADORES PARA MÁQUINAS DE VAPOR Generadores de gas pobre (gas de aire) o de gas de agua, incluso con sus depuradores; generadores de acetileno y generadores similares de gases, por vía húmeda, incluso con sus depuradores Turbinas de vapor. Motores de embolo (pistón) alternativo y motores rotativos, de encendido por chispa (motores de explosión) Motores de embolo (pistón) de encendido por compresión (motores diesel o semi-diesel) PARTES IDENTIFICABLES COMO DESTINADAS, EXCLUSIVA O PRINCIPALMENTE, A LOS MOTORES DE LAS PARTIDAS 84.07 u 84.08

8414

Turbinas hidráulicas, ruedas hidráulicas y sus reguladores. Turborreactores, turbopropulsores y demás turbinas de gas. Los demás motores y máquinas motrices. Bombas para líquidos, incluso con dispositivo medidor incorporado; elevadores de líquidos Bombas de aire o de vació, compresores de aire u otros gases y ventiladores; campanas aspirantes para extracción o reciclado, con ventilador incorporado, incluso con filtro

8415

Máquinas y aparatos para acondicionamiento de aire que comprendan un ventilador con motor y los dispositivos adecuados para modificar la temperatura y la humedad, aunque no regulen separadamente el grado hidrométrico

8413

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07

8416 8417

8418

8419 8420 8421

8422

8423

8424 8425

8426 8427

8428

Quemadores para la alimentación de hogares, de combustibles líquidos o sólidos pulverizados o de gases; alimentadores mecánicos de hogares, parrillas mecánicas, descargadores mecánicos de cenizas y demás dispositivos mecánicos auxiliares empleados en hogares Hornos industriales o de laboratorio, incluidos los incineradores, que no sean eléctricos Refrigeradores, congeladores y demás material, máquinas y aparatos para producción de frió, aunque no sean eléctricos; bombas de calor, excepto las máquinas y aparatos para acondicionamiento de aire de la partida 84.15 Aparatos y dispositivos, aunque se calienten eléctricamente (excepto los hornos y demás aparatos de la partida 85.14), para el tratamiento de materias mediante operaciones que impliquen un cambio de temperatura, tales como calentamiento, cocción, torrefacción, destilación, rectificación, esterilización, pasteurización, baño de vapor de agua, secado, evaporación, vaporación, condensación o enfriamiento, excepto los aparatos domésticos; calentadores de agua de calentamiento instantáneo o de acumulación, excepto los eléctricos Calandrias y laminadores, excepto para metal o vidrio, y cilindros para estas máquinas Centrifugadoras, incluidas las secadoras centrifugas; aparatos para filtrar o depurar líquidos o gases Máquinas para lavar vajilla; máquinas y aparatos para limpiar o secar botellas o demás recipientes; máquinas y aparatos para llenar, cerrar, tapar, taponar o etiquetar botellas, botes o latas, cajas, sacos (bolsas) o demás continentes; máquinas y aparatos para capsular botellas, tarros, tubos y continentes análogos; las máquinas y aparatos para empaquetar o envolver mercancías (incluidas las de envolver con película termorretractil); máquinas y aparatos para gasear bebidas APARATOS E INSTRUMENTOS PARA PESAR, INCLUIDAS LAS BASCULAS Y BALANZAS PARA COMPROBAR O CONTAR PIEZAS FABRICADAS, EXCEPTO LAS BALANZAS SENSIBLES A UN PESO INFERIOR O IGUAL A 5 cg; PESAS PARA TODA CLASE DE BASCULAS O BALANZAS Aparatos mecánicos (incluso manuales) para proyectar, dispersar o pulverizar materias liquidas o en polvo; extintores, incluso cargados; pistolas aerográficas y aparatos similares; máquinas y aparatos de chorro de arena o de vapor y aparatos de chorro similares Polipastos; tornos y cabrestantes; gatos. Grúas y aparatos de elevación sobre cable aéreo; puentes rodantes, pórticos de descarga o manipulación, puentes grúa, carretillas puente y carretillas grúa Carretillas apiladoras; las demás carretillas de manipulación con dispositivo de elevación incorporado Las demás máquinas y aparatos de elevación, carga, descarga o manipulación (por ejemplo: ascensores, escaleras mecánicas, transportadores, teleféricos

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07

8429

Topadoras frontales ("bulldozers"), topadoras angulares ("angledozers"), niveladoras, traillas ("scrapers"), palas mecánicas, excavadoras, cargadoras, palas cargadoras, compactadoras y apisonadoras (aplanadoras), autopropulsadas

8430

Las demás máquinas y aparatos para explanar, nivelar, traillar ("scraping"), excavar, compactar, apisonar (aplanar), extraer o perforar tierra o minerales; martinetes y máquinas para arrancar pilotes, estacas o similares; quitanieves

8431

8432

8433 8434 8435

8436

8437

Partes identificables como destinadas, exclusiva o principalmente, a las máquinas o aparatos de las partidas 84.25 a 84.30 Máquinas, aparatos y artefactos agrícolas, hortícola o silvícola, para la preparación o el trabajo del suelo o para el cultivo; rodillos para césped o terrenos de deporte. Máquinas, aparatos y artefactos para cosechar o trillar, incluidas las prensas para paja o forraje; cortadoras de césped y guadañadoras; máquinas para limpieza o clasificación de huevos, frutos o demás productos agrícolas, excepto las de la partida 84.37 Máquinas para ordeñar y máquinas y aparatos para la industria lechera Prensas, estrujadoras y máquinas y aparatos análogos para la producción de vino, sidra, jugos de frutos o bebidas similares Las demás máquinas y aparatos para la agricultura, horticultura, silvicultura, avicultura o apicultura, incluidos los germinadores con dispositivos mecánicos o térmicos incorporados y las incubadoras y criadoras avícolas Máquinas para limpieza, clasificación o cribado de semillas, granos u hortalizas de vaina secas; máquinas y aparatos para molienda o tratamiento de cereales u hortalizas de vaina secas, excepto las de tipo rural

8441

Máquinas y aparatos, no expresados ni comprendidos en otra parte de este capitulo, para la preparación o fabricación industrial de alimentos o bebidas, excepto las máquinas y aparatos para la extracción o preparación de aceites o grasas, animales o vegetales fijos Máquinas y aparatos para la fabricación de pasta de materias fibrosas celulosicas o para la fabricación o acabado de papel o cartón Máquinas y aparatos para encuadernación, incluidas las máquinas para coser pliegos. Las demás máquinas y aparatos para el trabajo de la pasta de papel, del papel o cartón, incluidas las cortadoras de cualquier tipo

8442

Máquinas, aparatos y material (excepto las máquinas herramienta de las partidas 84.56 a 84.65) para fundir o componer caracteres o para preparar o fabricar clisés, planchas, cilindros o demás elementos impresores; caracteres de imprenta, clisés, planchas, cilindros y demás elementos impresores; piedras litográficas, planchas, placas y cilindros, preparados para la impresión (por ejemplo: aplanados, graneados, pulidos)

8443

Máquinas y aparatos para imprimir mediante caracteres de imprenta, clisés, planchas, cilindros y demás elementos impresores de la partida 84.42; máquinas para imprimir por chorro de tinta, excepto las de la partida 84.71; máquinas auxiliares para la impresión

8438 8439 8440

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07 8444

8445 8446

Máquinas para extrudir estirar,texturar o cortar materia textil sintética o artificial Máquinas para la preparación de materia textil; máquinas para hilar, doblar o retorcer materia textil y demás máquinas y aparatos para la fabricación de hilados textiles; máquinas para bobinar (incluidas las canilleras) o devanar materia textil y máquinas para la preparación de hilados textiles para su utilización en las máquinas de las partidas 84.46 u 84.47 Telares. Máquinas de tricotar, de coser por cadeneta, de entorchar, de fabricar tul, encaje, bordados, pasamanería, trenzas, redes o de insertar mechones

8447

8448 8449

8450

Máquinas y aparatos auxiliares para las máquinas de las partidas 84.44, 84.45, 84.46 u 84.47 (por ejemplo: maquinitas para lizos, mecanismos jacquard, paraurdimbres y paratramas, mecanismos de cambio de lanzadera); partes y accesorios identificables como destinados exclusiva o principlamente, a las máquinas de esta partida o de las partidas 84.44, 84.45, 84.46 u 84.47 (por ejemplo: husos, aletas, guarniciones de cardas, peines, barretas, hieleras, lanzaderas, lizos y cuadros de lizos, aguas, platinas, ganchos) máquinas y aparatos para la fabricación o acabado del fieltro o tela sin tejer, en pieza o con forma, incluidas las máquinas y aparatos para la fabricación de sombreros de fieltro; hormas para sombrería Máquinas para lavar ropa, incluso con dispositivo de secado.

8452

Máquinas y aparatos (excepto las máquinas de la partida 84.50) para lavar, limpiar, escurrir, secar, planchar, prensar (incluidas las prensas para fijar), blanquear, teñir, aprestar, acabar, recubrir o impregnar hilados, telas o manufacturas textiles y máquinas para el revestimiento de telas y otros soportes utilizados en la fabricación de cubresuelos, tales como linóleo; máquinas para enrollar, desenrollar, plegar, cortar o dentar telas Máquinas de coser, excepto las de coser pliegos de la partida 84.40; muebles, basamentos y tapas o cubiertas especialmente concebidos para máquinas de coser; agujas para máquinas de coser

8453

Máquinas y aparatos para la preparación, curtido o trabajo de cuero o piel o para la fabricación o reparación de calzado u otras manufacturas de cuero o piel, excepto las máquinas de coser

8451

8454 8455

8456 8457 8458

Convertidores, cucharas de colada, lingoteras y máquinas de colar (moldear), para metalurgia, acerias o fundiciones. Laminadores para metal y sus cilindros Máquinas herramienta que trabajen por arranque de cualquier materia mediante láser u otros haces de luz o de fotones, por ultrasonido, electro erosión, procesos electroquímicos, haces de electrones, haces iónicos o chorro de plasma Centros de mecanizado, máquinas de puesto fijo y máquinas de puestos múltiples, para trabajar metal Tornos (incluidos los centros de torneado) que trabajen por arranque de metal

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07

8459

8460

8461

Máquinas (incluidas las unidades de mecanizado de correderas) de taladrar, escariar, fresar o roscar (incluso aterrajar) metal, por arranque de materia, excepto los tornos (incluidos los centros de torneado) de la partida 84.58 Máquinas de desbarbar, afilar, amolar, rectificar, lapear (bruñir), pulir o hacer otras operaciones de acabado, para metal o cermet, mediante muelas, abrasivos o productos para pulir, excepto las máquinas para tallar o acabar engranajes de la partida 84.61 Máquinas de cepillar, limar, mortajar, brochar, tallar o acabar engranajes, aserrar, trocear y demás máquinas herramienta que trabajen por arranque de metal o cermet, no expresadas ni comprendidas en otra parte

8464

Máquinas (incluidas las prensas) de forjar o estampar, martillos pilón y otras máquinas de martillar, para trabajar metal; máquinas (incluidas las prensas) de enrollar, curvar, plegar, enderezar, aplanar, cizallar, punzonar o entallar, metal; prensas para trabajar metal o carburos metálicos, no expresados anteriormente Las demás máquinas herramienta para trabajar metal o cermet, que no trabajen por arranque de materia Máquinas herramienta para trabajar piedra, cerámica, hormigón, amiantocemento o materias minerales similares, o para trabajar el vidrio en frió

8465

Máquinas herramienta (incluidas las de clavar, grapar, encolar o ensamblar de otro modo) para trabajar madera, corcho, hueso, caucho endurecido, plástico rígido o materias duras similares

8462 8463

8469

Partes y accesorios identificables como destinados, exclusiva o principalmente, a las máquinas de las partidas 84.56 a 84.65, incluidos los portapiezas y portautiles, dispositivos de roscar de apertura automática, divisores y demás dispositivos especiales para montar en máquinas herramienta; portaútiles para herramientas de mano de cualquier tipo Herramientas neumáticas, hidráulicas o con motor incorporado, incluso eléctrico, de uso manual Máquinas y aparatos para soldar, aunque puedan cortar, excepto los de la partida 85.15; máquinas y aparatos de gas para temple superficial Máquinas de escribir, excepto las impresoras de la partida 84.71; máquinas para tratamiento o procesamiento de textos

8470

Máquinas de calcular y máquinas de bolsillo registradoras, reproductoras y visualizadoras de datos, con función de calculo; máquinas de contabilidad, de franquear, expedir boletos (tiquetes) y máquinas similares, con dispositivo de calculo incorpordo; cajas registradoras

8474

Máquinas y aparatos de clasificar, cribar, separar, lavar, quebrantar, triturar, pulverizar, mezclar, amasar o sobar, tierra, piedra u otra materia mineral solida (incluidos el polvo y la pasta); máquinas de aglomerar, formar o moldear combustibles minerales sólidos, pastas cerámicas, cemento, yeso o demás materias minerales en polvo o pasta; máquinas de hacer moldes de arena para fundición

8466 8467 8468

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07

8475

Máquinas para montar lamparas, tubos o valvulas electricos o electronicos o lamparas de destello, que tengan envoltura de vidrio; máquinas para fabricar o trabajar en caliente el vidrio o sus manufacturas

8476

Máquinas automaticas para la venta de productos (por ejemplo: sellos (estampillas), cigarrillos, alimentos, bebidas), incluidas las máquinas para cambiar moneda

8477

Máquinas y aparatos para trabajar caucho o plastico o para fabricar productos de estas materias, no expresados ni comprendidos en otra parte de este capitulo

8478 8479

8480

8481 8482

8483

8484

8485 8501

Máquinas y aparatos para preparar o elaborar tabaco, no expresados ni comprendidos en otra parte de este capitulo. Máquinas y aparatos mecanicos con funcion propia, no expresados ni comprendidos en otra parte de este capitulo Cajas de fundicion; placas de fondo para moldes; modelos para moldes; moldes para metal (excepto las lingoteras), carburos metalicos, vidrio, materia mineral, caucho o plastico Articulos de griferia y organos similares para tuberias, calderas, depositos, cubas o continentes similares, incluidas las valvulas reductoras de presion y las valvulas termostaticas Rodamientos de bolas, de rodillos o de agujas. Árboles de transmisión (incluidos los de levas y los cigueñales) y manivelas; cajas de cojinetes y cojinetes; engranajes y ruedas de fricción; husillos fileteados de bolas o rodillos; reductores, multiplicadores y variadores de velocidad, incluidos los convertidores de par; volantes y poleas, incluidos los motones; embragues y órganos de acoplamiento, incluidas las juntas de articulación Juntas metaloplásticas; surtidos de juntas o empaquetaduras de distinta composición presentados en bolsitas, sobres o envases análogos; juntas mecánicas de estanqueidad Partes de máquinas o aparatos, no expresadas ni comprendidas en otra parte de este capitulo, sin conexiones eléctricas, partes aisladas eléctricamente, bobinados, contactos ni otras características eléctricas Motores y generadores, eléctricos, excepto los grupos electrógenos

8510

Electroimanes; imanes permanentes y artículos destinados a ser imantados permanentemente; platos, mandriles y dispositivos magnéticos o electromagnéticos similares, de sujeción; acoplamientos, embragues, variadores de velocidad y frenos, electromagnéticos; cabezas elevadoras electromagnéticas Aparatos electromecánicos con motor eléctrico incorporado, de uso domestico. Afeitadoras, máquinas de cortar el pelo o esquilar y aparatos de depilar, con motor eléctrico incorporado

8511

Aparatos y dispositivos eléctricos de encendido o de arranque, para motores de encendido por chispa o por compresión (por ejemplo: magnetos, dinamomagnetos, bobinas de encendido, bujías de encendido o calentamiento, motores de arranque); generadores (por ejemplo: dinamos, alternadores disyuntores utilizados con estos motores)

8505 8509

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07

8512

Aparatos eléctricos de alumbrado o sealizacion (excepto los artículos de la partida 85.39), limpiaparabrisas, eliminadores de escarcha o vaho, eléctricos, del tipo de los utilizados en velocípedos o vehículos automóviles

8514

Hornos eléctricos industriales o de laboratorio, incluidos los que funcionen por inducción o perdidas dieléctricas; los demás aparatos industriales o de laboratorio para tratamiento térmico de materias por inducción o pérdidas dieléctricas

8515

Máquinas y aparatos para soldar (aunque puedan cortar), eléctricos (incluidos los de gas calentado eléctricamente), de láser u otros haces de luz o de fotones, ultrasonido, haces de electrones, impulsos magnéticos o chorro de plasma; máquinas y aparatos eléctricos para proyectar en caliente metal o cermet

8516

8517

8518 8519 8520 8521 8522

8525 8526

Calentadores eléctricos de agua de calentamiento instantáneo o acumulación y calentadores eléctricos de inmersión; aparatos eléctricos para calefacción de espacios o suelos; aparatos electrotérmicos para el cuidado del cabello (por ejemplo: secadores, rizadores, calientatenacillas) o para secar las manos; planchas eléctricas; los demás aparatos electotermicios de uso doméstico; resistencias calentadoras, excepto las de la partida 85.45 Aparatos eléctricos de telefonía o telegrafía con hilos, incluidos los teléfonos de usuario de auricular inalámbrico combinado con micrófono y los aparatos de telecomunicación por corriente portadora o telecomunicación digital; videófonos Micrófonos y sus soportes; altavoces (altoparlantes), incluso montados en sus cajas; auriculares, incluidos los de casco, estén o no combinados con micrófono, y juegos o conjuntos constituidos por un micrófono y uno o varios altavoces (altoparlantes); amplificadores eléctricos de audiofrecuencia: equipos eléctricos para amplificación de sonido Giradiscos, tocadiscos, tocacasetes y demás reproductores de sonido, sin dispositivo de grabación de sonido incorporado Magnetófonos y demás aparatos de grabación de sonido, incluso con dispositivo de reproducción de sonido incorporado Aparatos de grabación o reproducción de imagen y sonido (videos), incluso con receptor de señales de imagen y sonido incorporado Partes y accesorios identificables como destinados, exclusiva o principalmente, a los aparatos de las partidas 85.19 a 85.21 Aparatos emisores de radiotelefonía, radiotelegrafia, radiodifusión o televisión, incluso con aparato receptor o de grabación o reproducción de sonido incorporado; cámaras de televisión; videocámaras, incluidas las de imagen fija; cámaras digitales

8527

Aparatos de radar, radionavegación o radiotelemando Aparatos receptores de radiotelefonía, radiotelegrafia o radiodifusión, incluso combinados en la misma envoltura (gabinete) con grabador o reproductor de sonido o con reloj

8528

Aparatos receptores de televisión, incluso con aparato receptor de radiodifusión o de grabación o reproducción de sonido o imagen incorporado; videomonitores y videoproyectores

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07

8529 8530

Partes identificables como destinadas, exclusiva o principalmente, a los aparatos de las partidas 85.25 a 85.28 aparatos eléctricos de señalización (excepto los de transmisión de mensajes), seguridad, control o mando, para vías férreas o similares, carreteras, vías fluviales, áreas o parques de estacionamiento, instalaciones portuarias o aeropuertos (excepto los de la partida 86.08)

8531

Aparatos eléctricos de señalización acústica o visual (por ejemplo: timbres, sirenas, tableros indicadores, avisadores de protección contra robo o incendio), excepto los de las partidas 85.12 u 85.30

8543

Máquinas y aparatos eléctricos con función propia, no expresados ni comprendidos en otra parte de este capitulo

2. Unión Europea 2.1 Producción Según datos reportados por la UE, durante el año 2005, la industria de máquinas y aparatos produjo cerca de 105.000 millones de euros entre los principales 6 tipos de maquinarias, lo que representó una tasa de crecimiento de un 4% en relación con el monto producido en el año 2004. Cuadro 60.2 UE: Producción de la Maquinaria más relevante Millones de euros Sub sector 2002 2003 Herramientas, maquinaria de carpintería y equipo de soldadura 36.323 34.381 Maquinaria para metalurgia 4.459 4.745 Maquinaria para la construcción 23.196 22.810 Maquinaria para el procesamiento de alimentos, bebidas y tabaco 14.789 14.896 Maquinaria para la producción de textiles 12.966 13.699 Maquinaria para la producción de papel 7.649 7.449 TOTAL 99.382 97.980 Fuente: CBI

2004 35.046 5.060 24.767 15.551 12.529 7.635 100.588

2005 36.996 4.905 27.287 15.876 11.851 7.724 104.639

La producción de herramientas, maquinaria de carpintería y equipo de soldadura fue el subsector de mayor importancia, debido a que en total se produjeron cerca de 37.000 millones de euros de este tipo de bienes. El segundo subsector en importancia fue la producción de maquinaria para la construcción cuyo monto alcanzó los 27.287 millones de euros.

2.2 Importaciones Las importaciones europeas de máquinas y aparatos han venido en ascenso entre el 2003 y el 2005, año en el que alcanzaron un total de 393.742 millones de euros. El principal producto importado por la UE, en el 2005 correspondió a los aparatos emisores de radiotelefonía, radiotelegrafia, radiodifusión o televisión de los que se importaron 59.164 millones de euros. Los principales proveedores dentro de la misma UE fueron: Alemania, Finlandia y Reino Unido; mienta que fuera de esta región se ubican países como China, Corea y Japón. Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07

Destacan también las importaciones de aparatos eléctricos de telefonía o telegrafía, de los que se importó poco más de 20.000 millones de euros, así como las importaciones de turborreactores, turbopropulsores y demás turbinas de gas, como se puede observar en el Cuadro 60.3 siguiente. Cuadro 60.3 Unión Europea: Principales productos importados del sector de máquinas y aparatos Valor (euros)

Volumen (en cientos de kilos)

Subpartida

Descripción

8525

Aparatos emisores de radiotelefonía, radiotelegrafia, radiodifusión o televisión

8517

Aparatos eléctricos de telefonía o telegrafía con hilos

8411

Turborreactores, turbopropulsores y demás turbinas de gas.

21.489

21.038

20.675

99.289

8528

Aparatos receptores de televisión, incluso con aparato receptor de radiodifusión o de grabación o reproducción de sonido o imagen incorporado

1.698

1.972

3.164

309.056

345.097

393.742,5

TOTAL

2003

37.362

18.061

2004

48.496

19.512

2005

59.164

20.713

2003

2004

2005

País de origen (por importancia relativa)

1.827.953

-UE 48% Alemania 11% Finlandia 5% Reino Unido 4% -China 14% -Corea 11% -Japón 6%

362.758

-UE 56% Holanda 16% Alemania 8% Reino Unido 6% -China 13% -EEUU 9%

101.856

137.422

-UE 20% Reino Unido 6% Francia 3% -Estados Unidos 53% -Canadá 6%

11.887

12.360

15.971

24.479.128

29.992.715

31.429.497

186.045

220.858

1.073.418

297.189

-UE 68% Holanda 12% España 9% Polonia 6% -Turquía 11% -China 8%

Nota: Los datos de Costa Rica incluyen las transacciones de zona franca y del régimen de perfeccionamiento activo. Tipo de cambio de referencia: 1 euro equivale a $1,253775 Fuente: COMEX con base en PROCOMER, BCCR, DGA y Eurostat

2.3 Exportaciones Durante el año 2005, la Unión Europea exportó 561.147 millones de euros en máquinas y aparatos. Algunos de los tipos de máquinas más exportados fueron: aparatos emisores de radiotelefonía, radiotelegrafia, radiodifusión o televisión (63.680 millones de euros), turborreactores, turbopropulsores y demás turbinas de gas (26.760 millones de euros), motores de embolo de encendido por compresión (19,649 millones de euros) y aparatos eléctricos de telefonía o telegrafía con hilos (19.297 millones de euros).

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07

Cuadro 60.4 Unión Europea: Principales productos de exportación del sector de máquinas y aparatos Valor (millones de euros) Subpartida

Descripción 2003

8525

8411

Volumen ™

Aparatos emisores de radiotelefonía, radiotelegrafía, radiodifusión o televisión

Turborreactores, turbopropulsores y demás turbinas de gas.

2004

2005

2003

2004

2005

País de origen (por importancia relativa) UE 60% - España 8,8% - Francia 8,7% - Reino Unido 7,4%

39,529

45,083

63,680

180,968

351,164

357,789

Emiratos Arabes 9% Suiza 4,6%

UE 32% - Francia 12% - Alemania 5% 26,918

27,343

26,760

126,078

142,020

147,536 Estado Unidos 28% Canadá 4,8%

8408

Motores de embolo de encendido por compresión

13,197

17,378

19,649

1,115,719

1,477,446

1,600,626

UE 74,2% - Alemania 21% - España 14% - Francia 6% EEUU 7% Turquía 5%

8517

Aparatos eléctricos telefonía telegrafía hilos

de o con

17,692

18,187

19,297

152,276

173,654

257,224

UE 51,7% - Alemania 8% - Francia 6% - Reino Unido 6% EEUU 5,8% Rusia 5%

TOTAL

460,669

508,003

561,147

36,230,287

42,227,121

43,450,512

Nota: Los datos de Costa Rica incluyen las transacciones de zona franca y del régimen de perfeccionamiento activo. Tipo de cambio de referencia: 1 euro equivale a $1,253775 Fuente: COMEX con base en PROCOMER, BCCR, DGA y Eurostat

2.4 Condiciones de acceso al mercado europeo 2.4.1 Aranceles consolidados y nación más favorecida (NMF) Los aranceles utilizados por la Unión Europea para el caso del sector de máquinas y aparatos son todos aranceles ad valorem. Por otra parte, los aranceles aplicados o NMF a terceros países, para quienes no aplican condiciones de acceso preferenciales en este sector, son iguales a los aranceles consolidados en la Organización Mundial de Comercio. La UE aplica aranceles ad valorem en este sector entre el 0% y 14%.

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07

2.4.2 Aranceles preferenciales En relación con los aranceles preferenciales, la Unión Europea otorga el esquema unilateral de preferencias denominado SGP, el cual tiene tres componentes: a) el general, b) el denominado SGP Plus y c) el SGP todo menos armas. Los países centroamericanos pueden optar por el segundo nivel de preferencias, a través del SGP plus y quienes tienen las mejores condiciones de acceso son aquellas economías que ingresan por medio del Programa “todo menos armas1” Como se observa en el Anexo I de este documento, en el sector de máquinas y aparatos todas las partidas arancelarias gozan de un 0% de arancel, tanto en el SGP Plus como en el componente “todo menos armas”. En cuanto a los resultados para este sector en el Acuerdo de Asociación con México, la mayoría de las fracciones arancelarias originarias de México, que cuando se llevó a cabo la negociación, poseían un arancel ad valorem fueran sometidas a un proceso de desgravación inmediato a partir de la entrada en vigencia del tratado2. En el acuerdo entre Chile y la Unión Europea se negoció el libre comercio inmediato para la mayor parte de las fracciones arancelarias de este sector, mientras que para un grupo reducido de rubros se negoció un periodo de desgravación lineal de 3 años a partir de la entrada en vigencia del Acuerdo. En productos tales como hornos de microondas, máquinas de transcripción, equipos de sonido, equipos para transmisión de televisión y ciertos esquipos de grabación, entre otros3.

2.5 Requerimientos técnicos y otros requisitos Directiva 2003/37/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 26 de mayo de 2003 relativa a la homologación de los tractores agrícolas o forestales, de sus remolques y de su maquinaria intercambiable remolcada, así como de los sistemas, componentes y unidades técnicas de dichos vehículos y por la que se deroga la Directiva 74/150/CEE. La Directiva 2003/37/CE moderniza el procedimiento comunitario de homologación de los vehículos agrícolas forestales establecido por la Directiva 74/150/CEE. El sistema comunitario de homologación de vehículos completos se convierte en obligatorio para los tractores agrícolas o forestales, sus remolques y su maquinaria intercambiable remolcada, con independencia de que se hayan fabricado en una o en varias etapas. Los vehículos a los que se refiere el procedimiento de homologación CE son todo tractor cuya velocidad máxima de fabricación no sea superior a 40 km/h, remolque o maquinaria intercambiable remolcada, completo o incompleto, destinado a ser utilizado en agricultura o silvicultura. No obstante, podrán establecerse excepciones para vehículos fabricados en series cortas, para vehículos de fin de serie o para vehículos favorecidos por avances técnicos no cubiertos por una directiva específica. Por consiguiente, el ámbito de aplicación de procedimiento se amplía a nuevas categorías de vehículos agrícolas. En un principio, la Directiva 74/150/CEE estaba dirigida exclusivamente a los tractores agrícolas o forestales. 1

El otro es el SGP “todo menos armas” le otorga, para su ingreso a la UE, arancel 0% a todos los productos, excepto al capítulo 93. De este beneficio disfrutan los países clasificados como países menos desarrollados por la Naciones Unidas. 2 El Acuerdo de Asociación entre México y la Unión Europea entró en vigencia octubre del 2000. 3 Para mayor referencia ver Anexo I de este documento. Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07

Directiva 2002/96/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de enero de 2003 sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos La Unión Europea (UE) establece medidas destinadas a prevenir la formación de residuos eléctricos y electrónicos y a fomentar su reutilización, reciclado y otras formas de valorización, para reducir su cantidad y mejora a su vez los resultados medioambientales de los agentes económicos implicados en su gestión. Esta directiva se aplica a las categorías de aparatos eléctricos y electrónicos siguientes: ƒ ƒ ƒ ƒ ƒ ƒ ƒ ƒ ƒ

grandes y pequeños electrodomésticos, equipos informáticos y de telecomunicaciones, aparatos electrónicos de consumo, aparatos de alumbrado, herramientas eléctricas y electrónicas (con excepción de las herramientas industriales fijas de gran envergadura), juguetes y equipos deportivos y de tiempo libre, materiales médicos (con excepción de los productos implantados e infectados), instrumentos de mando y control, máquinas expendedoras.

Los Estados miembros fomentan un diseño y una producción de aparatos eléctricos y electrónicos que tenga en cuenta y facilite su desarmado y valorización, y en particular la reutilización y el reciclado de sus residuos. Directiva 2002/95/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de enero de 2003 sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos Para contribuir a la valorización y a la eliminación de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, así como a la protección de la salud humana, la UE establece medidas sobre la limitación del uso de sustancias peligrosas en dichos aparatos. El ámbito de aplicación de la directiva es el mismo que el de la directiva sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (con excepción de los materiales médicos y de los instrumentos de mando y control). Se aplica asimismo a las bombillas y las luminarias de los hogares particulares. A partir del 1 de julio de 2006 el plomo, el mercurio, el cadmio, el cromo hexavalente, los bifenilos polibromados (PBB) y los difeniléteres polibromados (PBDE) contenidos en los aparatos eléctricos y electrónicos deberán sustituirse por otras sustancias. Ahora bien, dado que no siempre es factible una supresión total de estas sustancias, la Comisión prevé una tolerancia del 0,1 % para el plomo, el mercurio, el cromo hexavalente, los polibromobifenilos (PBB) y los polibromodifeniléteres (PBDE) y una tolerancia del 0,01 % para el cadmio. Por otra parte, se toleran algunas utilizaciones mencionadas en el anexo de esta directiva. El 6 de junio de 2005, la Comisión propuso una revisión de las disposiciones establecidas en esta directiva con el fin de adaptar la lista de utilizaciones exentas, para tener en cuenta el progreso técnico. Los Estados miembros determinarán las sanciones aplicables a las infracciones de la directiva.

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07

Reglamento (CE) nº 2037/2000 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de junio de 2000, sobre las sustancias que agotan la capa de ozono. El Reglamento (CE) nº 2037/2000 deroga el Reglamento (CE) nº 3093/94 del Consejo relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono a fin de adaptar el régimen comunitario a los avances técnicos registrados desde la adopción de dicho Reglamento, así como a los cambios introducidos en 1995, 1997 y 1999 en el Protocolo de Montreal relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono. Al establecer medidas de control más estrictas que las previstas en el Reglamento (CE) nº 3093/94 y en el Protocolo de Montreal, tiene en cuenta la disponibilidad cada vez mayor de productos de sustitución de las sustancias que agotan la capa de ozono. El Reglamento se aplica a: ƒ

la producción, importación, exportación, comercialización, uso, recuperación, reciclado, regeneración y destrucción de los clorofluorocarburos (CFC), otros clorofluorocarburos totalmente halogenados, los halones, el tetracloruro de carbono, el 1,1,1- tricloroetano, el bromuro de metilo, los hidrobromofluorocarburos, los hidroclorofluorocarburos (HCFC) y el bromoclorometano, en lo sucesivo denominados «sustancias reguladas» y, en determinados casos, a los productos o aparatos que contienen esas sustancias; ƒ la comunicación de datos sobre dichas sustancias; ƒ las inspecciones y sanciones; ƒ las sustancias nuevas. El Reglamento prevé una limitación progresiva de la utilización, comercialización, producción e importación de los HCFC puros, y establece como fecha límite de eliminación final: ƒ

ƒ ƒ

el 31 de diciembre de 2009 por lo que respecta a la comercialización, uso e importación de los HCFC; gran parte de los usos (y de las importaciones) de los HCFC, por ejemplo en aerosoles, como refrigerantes o disolventes, queda prohibida desde la entrada en vigor del Reglamento, salvo algunas excepciones; el 1 de enero de 2015 estarán prohibidos todos los HCFC, incluso las sustancias recuperadas; el 31 de diciembre de 2025 por lo que respecta a la producción de los HCFC.

Quedan prohibidas la comercialización, la utilización, la producción y la importación de los CFC, otros CFC totalmente halogenados, los halones, el tetracloruro de carbono, el 1,1,1- tricloroetano, los hidrobromofluorocarburos y el bromoclorometano a partir de la fecha de entrada en vigor del Reglamento. Esta prohibición no afecta a los productos y aparatos fabricados antes de la entrada en vigor del Reglamento. El Reglamento prevé una reducción de la comercialización, uso y producción de bromuro de metilo a partir de 1999, una prohibición general a partir del 31 de diciembre de 2004 y la prohibición del uso por parte de las empresas a partir del 31 de diciembre de 2005. Además, quedan prohibidas la producción, el despacho a libre práctica, el perfeccionamiento activo, la comercialización y la utilización de las nuevas sustancias enumeradas en el anexo II del Reglamento. La Comisión podrá realizar propuestas para incluir en el anexo II nuevas sustancias que puedan perjudicar potencialmente a la capa de ozono.

Directiva 98/37/CE del Parlamento y del Consejo de 22 de junio de 1998 relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre máquinas.

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07

La presente Directiva se refiere a las máquinas y a los componentes de seguridad de las mismas comercializados por separado. Reemplaza y codifica (reagrupa) las Directivas 89/392/CE y 93/44/CEE. Dichas directivas tratan de la aproximación de la legislación de los Estados miembros relativa a las máquinas y fueron modificadas por las Directivas 91/368/CEE y 93/68/CEE. Algunas máquinas se excluyen del ámbito de aplicación de las directivas. Esta Directiva determina los objetivos o «requisitos esenciales» de seguridad e higiene que debe cumplir la fabricación y comercialización de las máquinas y los componentes de seguridad. Los organismos europeos elaborarán normas europeas armonizadas con arreglo a los requisitos esenciales de normalización. Dichas normas, de carácter no obligatorio, se publicarán en el Diario Oficial de la Unión Europea y se transponen en normas nacionales de contenido idéntico. Toda máquina o componente de seguridad fabricado de conformidad con las normas armonizadas se considerará conformes a los requisitos esenciales. La conformidad de las máquinas y los componentes de seguridad a los requisitos esenciales se determinará por medio de procedimientos de evaluación cuyos módulos se describen en estas Directivas. Los Estados miembros no podrán prohibir, limitar o dificultar la comercialización y puesta en servicio en sus territorios de las máquinas y componentes de seguridad conformes a estas Directivas. Las máquinas deberán ir provistas, antes de su comercialización, de la marca «CE» de conformidad, la cual: ƒ materializará su conformidad con estas Directivas; ƒ se compone de una sigla con un único grafismo: la sigla «CE». Los componentes de seguridad deberán ir provistos, antes de su comercialización, de la marca «CE» de conformidad. Directiva 2006/95/CE relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre el material eléctrico destinado a utilizarse con determinados límites de tensión. Los Estados miembros adoptarán todas las medidas oportunas para que sólo se pueda comercializar el material eléctrico que, habiendo sido fabricado con arreglo a los criterios técnicos vigentes en materia de seguridad en la Comunidad, no ponga en peligro, cuando su instalación y mantenimiento sean los correctos y su utilización responda a la finalidad a que esté destinado, la seguridad de las personas y de los animales domésticos, así como de los bienes. Se preverán medidas de índole técnica a fin de que: a) las personas y los animales domésticos queden adecuadamente protegidos contra el riesgo de heridas u otros daños que puedan sufrir a causa de contactos directos o indirectos; b) no se produzcan temperaturas, arcos o radiaciones peligrosas; c) se proteja convenientemente a las personas, los animales domésticos y los objetos contra los peligros de naturaleza no eléctrica causados por el material eléctrico y que por experiencia se conozcan; d) el sistema de aislamiento sea el adecuado para las condiciones de utilización previstas.

Reglamento (CE) nº 1935/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de octubre de 2004, sobre los materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos y por el que se derogan las Directivas 80/590/CEE y 89/109/CEE.

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07

Este Reglamento exige un etiquetado o una información concreta para todas las sustancias que entren en contacto con alimentos o que puedan entrar en contacto con ellos en caso de que no sea evidente que estén destinadas a estar en contacto con alimentos. Por otra parte, en virtud del mismo se autoriza la comercialización de dos tipos de embalajes que actúan de forma «inteligente» al entrar en contacto con los alimentos: unos informan sobre la calidad (frescura) del producto, y otros lo conservan durante más tiempo al introducir modificaciones químicas favorables. En el primer caso, el embalaje puede, por ejemplo, cambiar de color si el producto no está fresco o si ha caducado. En el segundo caso, el embalaje impide la formación de gases que son perjudiciales para el producto (absorbedores de oxígeno o absorbentes de etileno), o bien libera agentes conservantes o antioxidantes. En caso de que dichos materiales y objetos activos modifiquen la composición o las características organolépticas de los alimentos, deberán ajustarse a la legislación comunitaria sobre los aditivos . Por otra parte, en el Reglamento se prohíben las sustancias que puedan utilizarse para distorsionar los signos de deterioro de un producto (como aldehídos o aminas) o modificar el color para inducir a error a los consumidores. El nuevo Reglamento está dirigido a todos los materiales destinados a entrar en contacto con los alimentos: todos los tipos de embalajes, botellas (plástico y cristal), cubiertos, electrodomésticos (por ejemplo, máquinas de café), e incluso los pegamentos y las tintas de imprenta de las etiquetas. En el Reglamento se establece, entre otras cosas, la opción de elaborar una lista positiva de sustancias permitidas (excluyendo todas las demás) para la elaboración de los Reglamentos específicos de cada tipo de material.

Directiva 2004/108/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de diciembre de 2004, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de compatibilidad electromagnética y por la que se deroga la Directiva 89/336/CEE. La presente Directiva tiene por objeto regular la compatibilidad electrónica (CEM) de los equipos. Está dirigida a armonizar las disposiciones de Derecho nacional de protección frente a las perturbaciones electromagnéticas de los equipos, con objeto de garantizar la libre circulación de aparatos eléctricos y electrónicos dentro del mercado interior. La «Directiva CEM» tiene además por objeto crear un entorno electromagnético en la Unión Europea, sin rebajar los niveles justificados de protección en los Estados miembros. De conformidad con los principios del « nuevo enfoque » en materia de armonización técnica y de normalización, el diseño y la fabricación de equipos están sujetos a requisitos esenciales relacionados con la compatibilidad electromagnética. Ámbito de aplicación La Directiva se aplica a los equipos, es decir, a los aparatos y a las instalaciones fijas. Los Estados miembros deben adoptar todas las medidas apropiadas para que los equipos comercializados y/o puestos en servicio cumplan los requisitos de la Directiva. Al mismo tiempo, los Estados miembros no deberán obstaculizar la comercialización o la puesta en servicio en su territorio de equipos que cumplan lo dispuesto en la Directiva. Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07

La Directiva CEM no se aplicará: ƒ ƒ ƒ ƒ ƒ

a los equipos cubiertos por la Directiva 1999/5/CE sobre equipos radioeléctricos y equipos terminales de telecomunicación ; a los productos, componentes y equipos aeronáuticos mencionados en el Reglamento (CE) n° 1592/2002; a los equipos de radio utilizados por radioaficionados, en el sentido del Reglamento de radiocomunicaciones adoptado por la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT); a los equipos que, por su naturaleza, no puedan generar emisiones electromagnéticas que superen un nivel que permita a los equipos de radio y de telecomunicaciones, y a otros equipos, funcionar de la forma prevista; a los equipos que, por su naturaleza, funcionen sin degradaciones inaceptables en presencia de perturbaciones electromagnéticas normales derivadas de su uso previsto.

2.6. Reglas de Origen En el siguiente cuadro, se detalla la regla de origen que deben cumplir todos los productos comprendidos en este sectorial, para obtener un tratamiento arancelario preferencial en la UE, de acuerdo con lo establecido en el Acuerdo de Asociación entre Chile y la Unión Europea y el Sistema Generalizado de Preferencias vigente a julio de 2007: Cuadro 60.5 Regla de origen para el sector de máquinas y aparatos Acuerdo de Asociación entre CHUE4 ex capítulo 84 Reactores nucleares, calderas, máquinas, aparatos y artefactos mecánicos; partes de estas máquinas o aparatos, con excepción de:

Sistema Generalizado de Interpretación6 5 Preferencias ex capítulo 84 Reactores nucleares, calderas, máquinas, aparatos y artefactos mecánicos; partes de estas Esta regla aplica a casi todo el capítulo 84, máquinas o aparatos, con con excepción de las reglas más específicas excepción de: que se indican más adelante.

Fabricación: - en la que todos los materiales utilizados se clasifican en una partida diferente a la del producto, y - en la cual el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto

Fabricación: – a partir de materias de cualquier partida, excepto a partir de las materias de la misma partida que el producto, y – en la cual el valor de todas las materias utilizadas no exceda del 40 % del precio franco fábrica del

Esta regla permite la importación de materias primas no originarias siempre que clasifiquen en una partida distinta a la del producto final Adicionalmente, si se utilizan materias primas no originarias, el valor de estas no debe exceder del 40% del precio franco fábrica del producto.

4

Regla de origen de conformidad con el Apéndice II del Anexo III del Acuerdo de Asociación entre Chile y la Unión Europea 5

Regla de origen de conformidad el Anexo 15 del Reglamento (CE) No. 881/2003 de la Comisión del 21 de mayo de 2003.

6

La regla de origen específica (ROE) aplica para productos que incorporen materiales importados, no originarios, siempre que sean objeto de las transformaciones o elaboraciones citadas en la ROE.

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07 Acuerdo de Asociación entre CHUE4

Sistema Generalizado de Preferencias5 producto

Interpretación6

No obstante, si no se cumplen las condiciones citadas anteriormente, la regla Regla optativa: Regla optativa: permite que se importen materiales en Fabricación en la cual el valor de Fabricación en la cual el valor de general (que clasifiquen en la misma partida todos los materiales utilizados no todas las materias utilizadas no o en otras) siempre que el valor de los exceda del 30 % del precio franco exceda del 30 % del precio franco mismos no exceda el 30% del precio franco fábrica del producto fábrica del producto fábrica del producto. ex 8401 Elementos nucleares

ex 8401 combustibles Elementos nucleares

Fabricación en la que todos los materiales utilizados se clasifican en una partida diferente a la del producto (7) Regla optativa: Fabricación en la cual el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 30 % del precio franco fábrica del producto 8402 Calderas de vapor (generadores de vapor) (excepto las de calefacción central concebidas para producir agua caliente y también vapor a baja presión); calderas denominadas "de agua sobrecalentada" Fabricación: - en la que todos los materiales utilizados se clasifican en una partida diferente a la del producto, y - en la cual el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto Regla optativa: Fabricación en la cual el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 25 % del precio franco fábrica del producto 8403 y ex 8404 Calderas para calefacción central (excepto las de la partida 8402) y aparatos auxiliares para las calderas para calefacción central

combustibles

Fabricación a partir de materias de Esta regla permite la importación de materias cualquier partida, excepto a partir de primas no originarias siempre que clasifiquen las materias de la misma partida en una partida distinta a la del producto final que el producto (8) No obstante, si no se cumple la condición Regla optativa: citada anteriormente, la regla permite que se Fabricación en la cual el valor de importen materiales en general (que todas las materias utilizadas no clasifiquen en la misma partida o en otras) exceda del 30 % del precio franco siempre que el valor de los mismos no fábrica del producto exceda el 30% del precio franco fábrica del producto. 8402 Calderas de vapor (generadores de vapor) (excepto las de calefacción central concebidas para producir agua caliente y también vapor a baja presión); calderas denominadas “de agua sobrecalentada” Esta regla permite la importación de materias Fabricación: primas no originarias siempre que clasifiquen – a partir de materias de cualquier en una partida distinta a la del producto final partida, excepto a partir de las Adicionalmente, si se utilizan materias materias de la misma partida que el primas no originarias, el valor de estas no producto, y debe exceder del 40% del precio franco – en la cual el valor de todas las fábrica del producto. materias utilizadas no exceda del 40 % del precio franco fábrica del No obstante, si no se cumplen las producto condiciones citadas anteriormente, la regla permite que se importen materiales en Regla optativa: general (que clasifiquen en la misma partida Fabricación en la cual el valor de o en otras) siempre que el valor de los todas las materias utilizadas no mismos no exceda el 25% del precio franco exceda del 25 % del precio franco fábrica del producto. fábrica del producto 8403 y ex 8404 Calderas para calefacción central (excepto las de la partida 8402) y aparatos auxiliares para las calderas para calefacción central

Fabricación a partir de materiales Fabricación a partir de materias de Esta regla permite la importación de materias de cualquier partida, excepto a cualquier partida, excepto a partir de primas de cualquier partida, excepto de las partir de los materiales de las las materias de las partidas 8403 y partidas 8403 y 8404. 7 8

Esta norma se aplicará hasta el 31.12.2005. Esta norma se aplicará hasta el 31.12.2005.

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07 Interpretación6

Acuerdo de Asociación entre CHSistema Generalizado de UE4 Preferencias5 partidas 8403 y 8404. 8404

No obstante, si no se cumple la condición citada anteriormente, la regla permite que se importen materiales en general (que clasifiquen en la misma partida o en otras) siempre que el valor de los mismos no exceda el 40% del precio franco fábrica del producto.

Regla optativa: Fabricación en la cual el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto

Regla optativa: Fabricación en la cual el valor de todas las materias utilizadas no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto

8406 Turbinas de vapor

8406 Turbinas de vapor

Fabricación en la cual el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto 8407 Motores de émbolo (pistón) alternativo y motores rotativos, de encendido por chispa (motores de explosión)

Fabricación en la cual el valor de El valor de los materiales no originarios todas las materias utilizadas no utilizados, no debe exceder del 40% del exceda del 40 % del precio franco precio franco fábrica del producto. fábrica del producto 8407 Motores de émbolo (pistón) alternativo y motores rotativos, de encendido por chispa (motores de explosión)

Fabricación en la cual el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto 8408 Motores de émbolo (pistón) de encendido por compresión (motores diésel o semidiésel)

Fabricación en la cual el valor de El valor de los materiales no originarios todas las materias utilizadas no utilizados, no debe exceder del 40% del exceda del 40 % del precio franco precio franco fábrica del producto. fábrica del producto 8408 Motores de émbolo (pistón) de encendido por compresión (motores diésel o semidiésel)

Fabricación en la cual el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto

Fabricación en la cual el valor de todas las materias utilizadas no El valor de los materiales no originarios exceda del 40 % del precio franco utilizados, no debe exceder del 40% del fábrica del producto precio franco fábrica del producto.

8409 Partes identificables como destinadas, exclusiva o principalmente, a los motores de las partidas 8407 u 8408

8409 Partes identificables como destinadas, exclusiva o principalmente, a los motores de las partidas 8407 u 8408

Fabricación en la cual el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto 8411 Turborreactores, turbopropulsores y demás turbinas de gas

Fabricación en la cual el valor de El valor de los materiales no originarios todas las materias utilizadas no utilizados, no debe exceder del 40% del exceda del 40 % del precio franco precio franco fábrica del producto. fábrica del producto 8411 Turborreactores, turbopropulsores y demás turbinas de gas

Fabricación: - en la que todos los materiales utilizados se clasifican en una partida diferente a la del producto, y - en la cual el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto

Fabricación: – a partir de materias de cualquier partida, excepto a partir de las materias de la misma partida que el producto, y – en la cual el valor de todas las materias utilizadas no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto

Esta regla permite la importación de materias primas no originarias siempre que clasifiquen en una partida distinta a la del producto final Adicionalmente, si se utilizan materias primas no originarias, el valor de estas no debe exceder del 40% del precio franco fábrica del producto. No

obstante,

si

no

se

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

cumplen

las

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07 Acuerdo de Asociación entre CHUE4 Regla optativa: Fabricación en la cual el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 25 % del precio franco fábrica del producto

Sistema Generalizado de Preferencias5

Regla optativa: Fabricación en la cual el valor de todas las materias utilizadas no exceda del 25 % del precio franco fábrica del producto 8412 8412 Los demás motores y máquinas Los demás motores y máquinas motrices motrices Fabricación en la cual el valor de Fabricación en la cual el valor de todos los materiales utilizados no todas las materias utilizadas no exceda del 40 % del precio franco exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto fábrica del producto ex 8413 ex 8413 Bombas volumétricas rotativas Bombas volumétricas rotativas Fabricación: - en la que todos los materiales utilizados se clasifican en una partida diferente a la del producto, y - en la cual el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto Regla optativa: Fabricación en la cual el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 25 % del precio franco fábrica del producto ex 8414 Ventiladores análogos

industriales

Interpretación6 condiciones citadas anteriormente, la regla permite que se importen materiales en general (que clasifiquen en la misma partida o en otras) siempre que el valor de los mismos no exceda el 25% del precio franco fábrica del producto.

El valor de los materiales no originarios utilizados, no debe exceder del 40% del precio franco fábrica del producto.

Fabricación: – a partir de materias de cualquier partida, excepto a partir de las materias de la misma partida que el producto, y – en la cual el valor de todas las materias utilizadas no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto

Esta regla permite la importación de materias primas no originarias siempre que clasifiquen en una partida distinta a la del producto final Adicionalmente, si se utilizan materias primas no originarias, el valor de estas no debe exceder del 40% del precio franco fábrica del producto.

Fabricación: – a partir de materias de cualquier partida, excepto a partir de las materias de la misma partida que el producto, y – en la cual el valor de todas las materias utilizadas no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto

Esta regla permite la importación de materias primas no originarias siempre que clasifiquen en una partida distinta a la del producto final Adicionalmente, si se utilizan materias primas no originarias, el valor de estas no debe exceder del 40% del precio franco fábrica del producto.

No obstante, si no se cumplen las condiciones citadas anteriormente, la regla Regla optativa: permite que se importen materiales en Fabricación en la cual el valor de general (que clasifiquen en la misma partida todas las materias utilizadas no o en otras) siempre que el valor de los exceda del 25 % del precio franco mismos no exceda el 25% del precio franco fábrica del producto fábrica del producto. ex 8414 y Ventiladores industriales y análogos

Fabricación: - en la que todos los materiales utilizados se clasifican en una partida diferente a la del producto, y - en la cual el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto Regla optativa: Fabricación en la cual el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 25 % del precio franco fábrica del producto

No obstante, si no se cumplen las condiciones citadas anteriormente, la regla Regla optativa: permite que se importen materiales en Fabricación en la cual el valor de general (que clasifiquen en la misma partida todas las materias utilizadas no o en otras) siempre que el valor de los exceda del 25 % del precio franco mismos no exceda el 25% del precio franco fábrica del producto fábrica del producto.

8415 Máquinas y aparatos para acondicionamiento de aire que comprenden un ventilador con motor y los dispositivos adecuados para modificar la temperatura y la humedad, aunque no regulen

8415 Máquinas y aparatos para acondicionamiento de aire que comprenden un ventilador con motor y los dispositivos adecuados para modificar la temperatura y la humedad, aunque no regulen

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07 Acuerdo de Asociación entre CHSistema Generalizado de UE4 Preferencias5 el grado separadamente el grado separadamente higrométrico higrométrico

Interpretación6

Fabricación en la cual el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto

Fabricación en la cual el valor de todas las materias utilizadas no El valor de los materiales no originarios exceda del 40 % del precio franco utilizados, no debe exceder del 40% del fábrica del producto precio franco fábrica del producto.

8418

8418

Refrigeradores, congeladores y demás material, máquinas y aparatos para la producción de frío, aunque no sean eléctricos; bombas de calor (excepto las máquinas y aparatos para acondicionamiento de aire de la partida 8415)

Refrigeradores, congeladores y demás material, máquinas y aparatos para la producción de frío, aunque no sean eléctricos; bombas de calor (excepto las máquinas y aparatos para acondicionamiento de aire de la partida 8415) Fabricación:

En general, para este tipo de productos, si se utilizan materias primas no originarias, tienen que cumplir con los siguientes requisitos:

– a partir de materias de cualquier partida, excepto a partir de las materias de la misma partida que el producto, – en la cual el valor de todas las materias utilizadas no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto, y – en la cual el valor de todas las materias no originarias utilizadas no exceda del valor de todas las materias originarias utilizadas

- las materias primas no originarias deben clasificar en una partida distinta a la del producto final, - el valor de todos los materiales no originarios utilizados no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto, y -además, el valor de todos los materiales no originarios utilizados no deben superar el valor de todos los materiales originarios utilizados.

Regla optativa Fabricación en la cual el valor de todas las materias utilizadas no exceda del 25 % del precio franco fábrica del producto

No obstante, si no se cumplen las condiciones citadas anteriormente, la regla optativa permite que se importen materias primas clasificadas en cualquier partida, siempre que el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 25% del precio franco fábrica del producto.

-Combinaciones de refrigerador y congelador con puertas exteriores separadas, refrigeradores domésticos, los demás armarios, arcones (cofres), vitrinas, mostradores y muebles similares para la producción de frío, los demás refrigeradores, congeladores y demás material, máquinas y aparatos para producción de frío Fabricación en la cual el valor de todas los materiales utilizados no exceda del 50% del precio franco fábrica del producto. -

Congeladores

y

El valor de los materiales no originarios utilizados, no debe exceder del 50% del precio franco fábrica del producto.

grupos

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07 Acuerdo de Asociación entre CHUE4 frigoríficos de compresión en los que el condensador esté constituido por un intercambiador de calor

Sistema Generalizado de Preferencias5

Interpretación6

En general, para este tipo de productos, si se utilizan materias primas no originarias, tienen que cumplir con los siguientes requisitos: - las materias primas no originarias deben clasificar en una partida distinta a la del producto final, - el valor de todos los materiales no originarios utilizados no deben exceder del 40 % del precio franco fábrica del producto, y -el valor de todos los materiales no originarios utilizados no deben superar el valor de todos los materiales originarios utilizados.

Fabricación: - en la que todos los materiales utilizados se clasifican en una partida diferente a la del producto, - en la cual el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto, y - en la cual el valor de todos los materiales no originarios utilizados no exceda del valor de todos los materiales originarias utilizadas Regla optativa Fabricación en la cual el valor de todas los materias utilizados no exceda del 50% del precio franco fábrica del producto

Adicionalmente, si no se cumplen las condiciones citadas anteriormente, la regla optativa permite que se importen materias primas clasificadas en cualquier partida, siempre que el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 50 % del precio franco fábrica del producto

- Muebles concebidos para incorporarles un equipo de producción de frío Fabricación en la cual el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 50% del precio franco fábrica del producto

Las demás refrigeradores

partes

El valor de los materiales no originarios utilizados, no deben exceder del 50% del precio franco fábrica del producto

de

Fabricación en la cual el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 35% del precio franco fábrica del producto

El valor de los materiales no originarios utilizados, no deben exceder del 35% del precio franco fábrica del producto

ex 8419 Máquinas para las industrias de la madera, pasta de papel, papel y cartón

ex 8419 Máquinas para las industrias de la madera, pasta de papel, papel y cartón

Fabricación en la cual:

Fabricación en la cual:

La regla permite que se importen materias primas independientemente de su

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07 Acuerdo de Asociación entre CHUE4 - el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto, y - dentro del límite arriba indicado el valor de todos los materiales de la misma partida que el producto utilizados no exceda del 25 % del precio franco fábrica del producto

Sistema Generalizado de Preferencias5 – el valor de todas las materias utilizadas no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto, y – dentro del límite arriba indicado el valor de todas las materias de la misma partida que el producto utilizadas no exceda del 25 % del precio franco fábrica del producto

Regla optativa Fabricación en la cual el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 30 % del precio franco fábrica del producto

Regla optativa Fabricación en la cual el valor de todas las materias utilizadas no exceda del 30 % del precio franco fábrica del producto

8420 Calandrias y laminadores (excepto para metal o vidrio), y cilindros para estas máquinas

8420 Calandrias y laminadores (excepto para metal o vidrio), y cilindros para estas máquinas

Fabricación en la cual: - el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto, y - dentro del límite arriba indicado el valor de todos los materiales de la misma partida que el producto utilizados no exceda del 25 % del precio franco fábrica del producto

Fabricación en la cual: – el valor de todas las materias utilizadas no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto, y – dentro del límite arriba indicado el valor de todas las materias de la misma partida que el producto utilizadas no exceda del 25 % del precio franco fábrica del producto

Regla optativa Fabricación en la cual el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 30 % del precio franco fábrica del producto

Regla optativa Fabricación en la cual el valor de todas las materias utilizadas no exceda del 30 % del precio franco fábrica del producto

8423 Aparatos e instrumentos de pesar, incluidas las básculas y balanzas de comprobar o contar productos fabricados (excepto las balanzas sensibles a un peso inferior o igual a 5 cg); pesas para toda clase de básculas o balanzas

8423 Aparatos e instrumentos de pesar, incluidas las básculas y balanzas de comprobar o contar productos fabricados (excepto las balanzas sensibles a un peso inferior o igual a 5 cg); pesas para toda clase de básculas o balanzas

Fabricación: - en la que todos los materiales utilizados se clasifican en una partida diferente a la del producto, y - en la cual el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 40 % del precio franco fábrica del

Fabricación: – a partir de materias de cualquier partida, excepto a partir de las materias de la misma partida que el producto, y – en la cual el valor de todas las materias utilizadas no exceda del 40 % del precio franco fábrica del

Interpretación6 clasificación arancelaria, siempre que el valor de las mismas no exceda del 40% del precio franco fábrica del producto. Adicionalmente, dentro del límite indicado, si se importan materiales de misma partida que el producto final, el precio de éstos no debe exceder del 25% del precio franco fábrica del producto. No obstante, si no se cumplen las condiciones citadas anteriormente, la regla optativa permite que se importen materias primas independientemente de su clasificación arancelaria, siempre que el valor de las mismas no exceda del 30% del precio franco fábrica del producto.

La regla permite que se importen materias primas independientemente de su clasificación arancelaria, siempre que el valor de las mismas no exceda del 40% del precio franco fábrica del producto. Adicionalmente, dentro del límite indicado, si se importan materiales de misma partida que el producto final, el precio de éstos no debe exceder del 25% del precio franco fábrica del producto. No obstante, si no se cumplen las condiciones citadas anteriormente, la regla optativa permite que se importen materias primas independientemente de su clasificación arancelaria, siempre que el valor de las mismas no exceda del 30% del precio franco fábrica del producto.

Esta regla permite la importación de materias primas no originarias siempre que clasifiquen en una partida distinta a la del producto final Adicionalmente, si se utilizan materias primas no originarias, el valor de estas no debe exceder del 40% del precio franco fábrica del producto.

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07 Interpretación6

Acuerdo de Asociación entre CHSistema Generalizado de UE4 Preferencias5 producto producto Regla optativa Fabricación en la cual el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 25 % del precio franco fábrica del producto

Regla optativa Fabricación en la cual el valor de todas las materias utilizadas no exceda del 25 % del precio franco fábrica del producto

No obstante, si no se cumplen las condiciones citadas anteriormente, la regla permite que se importen materiales en general (que clasifiquen en la misma partida o en otras) siempre que el valor de los mismos no exceda el 25% del precio franco fábrica del producto.

8425 a 8428 8425 a 8428 y aparatos de Máquinas y aparatos de Máquinas elevación, carga, descarga o elevación, carga, descarga o manipulación manipulación La regla permite que se importen materias primas independientemente de su Fabricación en la cual: clasificación arancelaria, siempre que el Fabricación en la cual: - el valor de todos los materiales – el valor de todas las materias valor de las mismas no exceda del 40% del utilizados no exceda del 40 % del utilizadas no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto. precio franco fábrica del producto, precio franco fábrica del producto, y Adicionalmente, dentro del límite indicado, si y - dentro del límite arriba indicado el – dentro del límite arriba indicado el se importan materiales de la partida 8431, el valor de todos los materiales de la valor de todas las materias de la precio de éstos no debe exceder del 10% del partida 8431 utilizados no exceda partida 8431 utilizadas no exceda precio franco fábrica del producto. del 10 % del precio franco fábrica del 10 % del precio franco fábrica del producto No obstante, si no se cumplen las del producto condiciones citadas anteriormente, la regla Regla optativa Regla optativa optativa permite que se importen materias independientemente de su Fabricación en la cual el valor de Fabricación en la cual el valor de primas todos los materiales utilizados no todas las materias utilizadas no clasificación arancelaria, siempre que el exceda del 30 % del precio franco exceda del 30 % del precio franco valor de las mismas no exceda del 30% del fábrica del producto precio franco fábrica del producto. fábrica del producto 8429 8429 Topadoras frontales (bulldozers), Topadoras frontales (bulldozers), incluso las angulares incluso las angulares (angledozers), niveladoras, (angledozers), niveladoras, traíllas (scrapers), palas traíllas (scrapers), palas mecánicas, excavadoras, mecánicas, excavadoras, cargadoras, palas cargadoras, cargadoras, palas cargadoras, compactadoras y apisonadoras compactadoras y apisonadoras (aplanadoras), autopropulsadas: (aplanadoras), autopropulsadas: - Rodillos apisonadores Fabricación en la cual el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto

– Rodillos apisonadores Fabricación en la cual el valor de El valor de los materiales no originarios todas las materias utilizadas no utilizados, no deben exceder del 40% del exceda del 40 % del precio franco precio franco fábrica del producto fábrica del producto

- Las demás Fabricación en la cual: - el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto, y - dentro del límite arriba indicado el valor de todos los materiales de la partida 8431 utilizados no exceda del 10 % del precio franco fábrica del producto

– Las demás Fabricación en la cual: – el valor de todas las materias utilizadas no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto, y – dentro del límite arriba indicado el valor de todas las materias de la partida 8431 utilizadas no exceda del 10 % del precio franco fábrica del producto

La regla permite que se importen materias primas independientemente de su clasificación arancelaria, siempre que el valor de las mismas no exceda del 40% del precio franco fábrica del producto. Adicionalmente, dentro del límite indicado, si se importan materiales de la partida 8431, el precio de éstos no debe exceder del 10% del precio franco fábrica del producto. No

obstante,

si

no

se

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

cumplen

las

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07 Interpretación6

Acuerdo de Asociación entre CHUE4 Regla optativa Fabricación en la cual el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 30 % del precio franco fábrica del producto

Sistema Generalizado de Preferencias5 Regla optativa Fabricación en la cual el valor de todas las materias utilizadas no exceda del 30 % del precio franco fábrica del producto

8430 Las demás máquinas y aparatos de explanar, nivelar, traillar ("scraping"), excavar, compactar, apisonar (aplanar), extraer o perforar tierra o minerales; martinetes y máquinas de arrancar pilotes; estacas o similares; quitanieves

8430 Las demás máquinas y aparatos de explanar, nivelar, traillar (“scraping”), excavar, compactar, apisonar (aplanar), extraer o perforar tierra o minerales; martinetes y máquinas de arrancar pilotes; estacas o similares; quitanieves

Fabricación en la cual: - el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto, y - dentro del límite arriba indicado el valor de todos los materiales de la partida 8431 utilizados no exceda del 10 % del precio franco fábrica del producto

Fabricación en la cual: – el valor de todas las materias utilizadas no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto, y – dentro del límite arriba indicado el valor de todas las materias de la partida 8431 utilizadas no exceda del 10 % del precio franco fábrica del producto

La regla permite que se importen materias primas independientemente de su clasificación arancelaria, siempre que el valor de las mismas no exceda del 40% del precio franco fábrica del producto. Adicionalmente, dentro del límite indicado, si se importan materiales de la partida 8431, el precio de éstos no debe exceder del 10% del precio franco fábrica del producto.

Regla optativa Fabricación en la cual el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 30 % del precio franco fábrica del producto

Regla optativa Fabricación en la cual el valor de todas las materias utilizadas no exceda del 30 % del precio franco fábrica del producto

No obstante, si no se cumplen las condiciones citadas anteriormente, la regla optativa permite que se importen materias primas independientemente de su clasificación arancelaria, siempre que el valor de las mismas no exceda del 30% del precio franco fábrica del producto.

ex 8431 Partes identificables como destinadas, exclusiva o principalmente, a los rodillos apisonadotes

ex 8431 Partes identificables como destinadas, exclusiva o principalmente, a los rodillos apisonadores

Fabricación en la cual el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto 8439 Máquinas y aparatos para la fabricación de pasta de materias fibrosas celulósicas o para la fabricación o acabado de papel o cartón

Fabricación en la cual el valor de El valor de los materiales no originarios todas las materias utilizadas no utilizados, no deben exceder del 40% del exceda del 40 % del precio franco precio franco fábrica del producto fábrica del producto 8439 Máquinas y aparatos para la fabricación de pasta de materias fibrosas celulósicas o para la fabricación o acabado de papel o cartón La regla permite que se importen materias Fabricación en la cual: primas independientemente de su – el valor de todas las materias clasificación arancelaria, siempre que el utilizadas no exceda del 40 % del valor de las mismas no exceda del 40% del precio franco fábrica del producto, y precio franco fábrica del producto. – dentro del límite arriba indicado el Adicionalmente, dentro del límite indicado, si valor de todas las materias de la se importan materiales de misma partida que misma partida que el producto el producto final, el precio de éstos no debe utilizadas no exceda del 25 % del exceder del 25% del precio franco fábrica del precio franco fábrica del producto producto.

Fabricación en la cual: - el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto, y - dentro del límite arriba indicado el valor de todos los materiales de la misma partida que el producto utilizados no exceda del 25 % del precio franco fábrica del producto

condiciones citadas anteriormente, la regla optativa permite que se importen materias primas independientemente de su clasificación arancelaria, siempre que el valor de las mismas no exceda del 30% del precio franco fábrica del producto.

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07 Acuerdo de Asociación entre CHUE4

Sistema Generalizado de Preferencias5

Interpretación6

Regla optativa Fabricación en la cual el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 30 % del precio franco fábrica del producto

Regla optativa Fabricación en la cual el valor de todas las materias utilizadas no exceda del 30 % del precio franco fábrica del producto

No obstante, si no se cumplen las condiciones citadas anteriormente, la regla optativa permite que se importen materias primas independientemente de su clasificación arancelaria, siempre que el valor de las mismas no exceda del 30% del precio franco fábrica del producto.

8441 Las demás máquinas y aparatos para el trabajo de la pasta de papel, del papel o cartón, incluidas las cortadoras de cualquier tipo

8441 Las demás máquinas y aparatos para el trabajo de la pasta de papel, del papel o cartón, incluidas las cortadoras de cualquier tipo La regla permite que se importen materias primas independientemente de su Fabricación en la cual: clasificación arancelaria, siempre que el – el valor de todas las materias valor de las mismas no exceda del 40% del utilizadas no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto. precio franco fábrica del producto, y Adicionalmente, dentro del límite indicado, si – dentro del límite arriba indicado el se importan materiales de misma partida que valor de todas las materias de la el producto final, el precio de éstos no debe misma partida que el producto exceder del 25% del precio franco fábrica del utilizadas no exceda del 25 % del producto. precio franco fábrica del producto No obstante, si no se cumplen las Regla optativa condiciones citadas anteriormente, la regla Fabricación en la cual el valor de optativa permite que se importen materias todas las materias utilizadas no primas independientemente de su exceda del 30 % del precio franco clasificación arancelaria, siempre que el fábrica del producto valor de las mismas no exceda del 30% del precio franco fábrica del producto.

Fabricación en la cual: - el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto, y - dentro del límite arriba indicado el valor de todos los materiales de la misma partida que el producto utilizados no exceda del 25 % del precio franco fábrica del producto Regla optativa Fabricación en la cual el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 30 % del precio franco fábrica del producto

8444 a 8447 8444 a 8447 Máquinas de estas partidas que Máquinas de estas partidas que se utilizan en la industria textil se utilizan en la industria textil Fabricación en la cual el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto ex 8448 Máquinas y aparatos auxiliares para las máquinas de las partidas 8444 y 8445

Fabricación en la cual el valor de El valor de los materiales no originarios todas las materias utilizadas no utilizados, no deben exceder del 40% del exceda del 40 % del precio franco precio franco fábrica del producto fábrica del producto ex 8448 Máquinas y aparatos auxiliares para las máquinas de las partidas 8444 y 8445

Fabricación en la cual el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto

Fabricación en la cual el valor de El valor de los materiales no originarios todas las materias utilizadas no utilizados, no deben exceder del 40% del exceda del 40 % del precio franco precio franco fábrica del producto fábrica del producto

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07

- el valor de todos los materiales no originarias utilizadas para montar los cabezales (sin motor) no exceda del valor de las materias originarias utilizadas, y - los mecanismos de tensión del hilo, de la canillera o garfio y de zigzag utilizados deben ser originarios

Sistema Generalizado de Interpretación6 5 Preferencias 8452 – Máquinas de coser que hagan sólo pespunte, con un cabezal de peso inferior o igual a 16 kg sin motor o 17 kg con motor En general, para este tipo de productos, si se utilizan materias primas no originarias, tienen Fabricación en la cual: que cumplir con los siguientes requisitos: – el valor de todas las materias utilizadas no exceda del 40 % del - el valor de todos los materiales no precio franco fábrica del producto, originarios utilizados no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto, además, – el valor de todas las materias no -el valor de los materiales no originarios originarias utilizadas para montar los utilizados para montar los cabezales (sin cabezales (sin motor) no exceda del motor) no deben superar el valor de todos valor de las materias originarias los materiales originarios utilizados y utilizadas, y -si se utilizan los mecanismos de tensión del – los mecanismos de tensión del hilo, de la canillera o garfio y de zigzag estos hilo, de la canillera o garfio y de deben ser originarios zigzag utilizados deben ser originarios

-Las demás máquinas de coser Fabricación en la cual el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto

-Las demás máquinas de coser Fabricación en la cual el valor de El valor de los materiales no originarios todas las materias utilizadas no utilizados, no deben exceder del 40% del exceda del 40 % del precio franco precio franco fábrica del producto fábrica del producto

8456 a 8466 Máquinas herramienta, máquinas y aparatos, y sus partes y accesorios, de las partidas 8456 a 8466 Fabricación en la cual el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto 8469 a 8473 Máquinas y aparatos para oficina (por ejemplo: máquinas de escribir, máquinas de calcular, máquinas automáticas para tratamiento de la información, copiadoras y grapadoras); sus partes y accesorios

8466 Máquinas herramienta, máquinas y aparatos, y sus partes y accesorios, de las partidas 8456 a 8466 Fabricación en la cual el valor de todas las materias utilizadas no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto 8469 a 8472 Máquinas y aparatos para oficina (por ejemplo: máquinas de escribir, máquinas de calcular, máquinas automáticas para tratamiento de la información, copiadoras y grapadoras)

8480 Cajas de fundición; placas de fondo para moldes; modelos para moldes; moldes para metal (excepto las lingoteras), carburos

8480 Cajas de fundición; placas de fondo para moldes; modelos para moldes; moldes para metal (excepto las lingoteras), carburos

Acuerdo de Asociación entre CHUE4 8452 - Máquinas de coser que hagan sólo pespunte, con un cabezal de peso inferior o igual a 16 kg sin motor o 17 kg con motor Fabricación en la cual: - el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto,

El valor de los materiales no originarios utilizados, no deben exceder del 40% del precio franco fábrica del producto

La regla permite la importación de materias primas no originarias, siempre que se vigile el valor de los mismos. Fabricación en la cual el valor de Para el caso del AACH-UE, el valor de todos Fabricación en la cual el valor de todas las materias utilizadas no los materiales utilizados no originarios, no todos los materiales utilizados no exceda del 40 % del precio franco debe exceder del 50% del precio franco exceda del 50 % del precio franco fábrica del producto fábrica del producto. En el caso del SGP, el fábrica del producto porcentaje máximo es 40%.

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07 Acuerdo de Asociación entre CHSistema Generalizado de UE4 Preferencias5 metálicos, vidrio, materias metálicos, vidrio, materias minerales, caucho o plástico minerales, caucho o plástico Fabricación en la cual el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 50 % del precio franco fábrica del producto ex 8481 Artículos de grifería y órganos similares para tuberías, calderas, depósitos, cubas o continentes similares, incluidas las válvulas reductoras de presión y las válvulas termostáticas: - Los demás artículos de grifería y órganos similares Fabricación en la cual el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto 8482 Rodamientos de bolas, de rodillos o de agujas Fabricación: - en la que todos los materiales utilizados se clasifican en una partida diferente a la del producto, y - en la cual el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto Regla optativa Fabricación en la cual el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 25 % del precio franco fábrica del producto 8484 Juntas o empaquetaduras metaloplásticas; conjuntos de juntas o empaquetaduras de distinta composición presentados en bolsitas, sobres o envases análogos; juntas mecánicas o empaquetaduras de estanqueidad

Interpretación6

Fabricación en la cual el valor de El valor de los materiales no originarios todas las materias utilizadas no utilizados, no deben exceder del 50% del exceda del 50 % del precio franco precio franco fábrica del producto fábrica del producto

No hay una ROE exclusiva para El valor de los materiales no originarios esta partida. utilizados, no deben exceder del 40% del precio franco fábrica del producto 8482 Rodamientos de bolas, de rodillos o de agujas Fabricación: – a partir de materias de cualquier partida, excepto a partir de las materias de la misma partida que el producto, y – en la cual el valor de todas las materias utilizadas no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto

Esta regla permite la importación de materias primas no originarias siempre que clasifiquen en una partida distinta a la del producto final Adicionalmente, si se utilizan materias primas no originarias, el valor de estas no debe exceder del 40% del precio franco fábrica del producto.

No obstante, si no se cumplen las condiciones citadas anteriormente, la regla Regla optativa permite que se importen materiales en Fabricación en la cual el valor de general (que clasifiquen en la misma partida todas las materias utilizadas no o en otras) siempre que el valor de los exceda del 25 % del precio franco mismos no exceda el 25% del precio franco fábrica del producto fábrica del producto. 8484 Juntas o empaquetaduras metaloplásticas; surtidos de juntas o empaquetaduras de distinta composición presentados en bolsitas, sobres o envases análogos; juntas mecánicas o empaquetaduras de estanqueidad

Fabricación en la cual el valor de El valor de los materiales no originarios Fabricación en la cual el valor de todas las materias utilizadas no utilizados, no deben exceder del 40% del todos los materiales utilizados no exceda del 40 % del precio franco precio franco fábrica del producto exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto fábrica del producto

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07 Acuerdo de Asociación entre CHUE4 8485 Partes de máquinas o de aparatos no expresadas ni comprendidas en otra parte de este capítulo, sin conexiones eléctricas, partes aisladas eléctricamente, bobinados, contactos ni otras características eléctricas

Sistema Generalizado de Preferencias5 8485 Partes de máquinas o de aparatos no expresadas ni comprendidas en otra parte de este capítulo, sin conexiones eléctricas, partes aisladas eléctricamente, bobinados, contactos ni otras características eléctricas

Interpretación6

Fabricación en la cual el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto ex capítulo 85 Máquinas, aparatos y material eléctrico y sus partes; aparatos de grabación o de reproducción de sonido, aparatos de grabación o reproducción de imágenes y sonido en televisión, y las partes y accesorios de estos aparatos, con excepción de: Fabricación: - en la que todos los materiales utilizados se clasifican en una partida diferente a la del producto, y - en la cual el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto

Fabricación en la cual el valor de todas las materias utilizadas no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto ex capítulo 85 Máquinas, aparatos y material eléctrico y sus partes; aparatos de grabación o de reproducción de sonido, aparatos de grabación o reproducción de imágenes y sonido en televisión, y las partes y accesorios de estos aparatos, con excepción de: Fabricación: – a partir de materias de cualquier partida, excepto a partir de las materias de la misma partida que el producto, y – en la cual el valor de todas las materias utilizadas no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto

El valor de los materiales no originarios utilizados, no deben exceder del 40% del precio franco fábrica del producto

Regla optativa Fabricación en la cual el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 30 % del precio franco fábrica del producto

8501 Motores y generadores, eléctricos (excepto los grupos electrógenos) Fabricación en la cual: - el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto, y - dentro del límite arriba indicado el valor de todos los materiales de la partida 8503 utilizados no exceda del 10 % del precio franco fábrica del producto Regla optativa Fabricación en la cual el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 30 % del precio franco fábrica del producto

Esta regla aplica a casi todas las partidas del capítulo 85, salvo algunas excepciones que se citan más adelante. Esta regla permite la importación de materias primas no originarias siempre que clasifiquen en una partida distinta a la del producto final. Adicionalmente, si se utilizan materias primas no originarias, el valor de estas no debe exceder del 40% del precio franco fábrica del producto.

No obstante, si no se cumplen las condiciones citadas anteriormente, la regla optativa permite que se importen materias primas clasificadas en cualquier partida, siempre que el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 30 % del precio franco fábrica del producto. 8501 La regla permite que se importen materias Motores y generadores, eléctricos primas independientemente de su (excepto los grupos clasificación arancelaria, siempre que el electrógenos) valor de las mismas no exceda del 40% del precio franco fábrica del producto. Fabricación en la cual: – el valor de todas las materias Adicionalmente, dentro del límite indicado, si utilizadas no exceda del 40 % del se importan materiales de la partida 8503, el precio franco fábrica del producto, y precio de éstos no debe exceder del 10% del – dentro del límite arriba indicado el precio franco fábrica del producto. valor de todas las materias de la partida 8503 utilizadas no exceda No obstante, si no se cumplen las del 10 % del precio franco fábrica condiciones citadas anteriormente, la regla optativa permite que se importen materias del producto primas independientemente de su Regla optativa clasificación arancelaria, siempre que el Fabricación en la cual el valor de valor de las mismas no exceda del 30% del todas las materias utilizadas no precio franco fábrica del producto. exceda del 30 % del precio franco fábrica del producto Regla optativa Fabricación en la cual el valor de todas las materias utilizadas no exceda del 30 % del precio franco fábrica del producto

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07 Acuerdo de Asociación entre CHSistema Generalizado de Interpretación6 4 5 UE Preferencias 8502 8502 Grupos electrógenos y Grupos electrógenos y convertidores rotativos convertidores rotativos eléctricos La regla permite que se importen materias eléctricos primas independientemente de su clasificación arancelaria, siempre que el Fabricación en la cual: valor de las mismas no exceda del 40% del Fabricación en la cual: - el valor de todos los materiales – el valor de todas las materias precio franco fábrica del producto. utilizados no exceda del 40 % del utilizadas no exceda del 40 % del Adicionalmente, dentro del límite indicado, si precio franco fábrica del producto, y precio franco fábrica del producto, y se importan materiales de las partidas 8501 - dentro del límite arriba indicado el – dentro del límite arriba indicado el y 8503, el precio de éstos no debe exceder del 10% del precio franco fábrica del valor de todos los materiales de las valor de todas las materias de las producto. partidas 8501 y 8503 utilizados no partidas 8501 y 8503 utilizadas no exceda del 10 % del precio franco exceda del 10 % del precio franco fábrica del producto No obstante, si no se cumplen las fábrica del producto condiciones citadas anteriormente, la regla Regla optativa Regla optativa optativa permite que se importen materias Fabricación en la cual el valor de Fabricación en la cual el valor de primas independientemente de su todos los materiales utilizados no todas las materias utilizadas no clasificación arancelaria, siempre que el exceda del 30 % del precio franco exceda del 30 % del precio franco valor de las mismas no exceda del 30% del fábrica del producto fábrica del producto precio franco fábrica del producto. ex 8504 Unidades de alimentación eléctrica del tipo de las utilizadas para las máquinas automáticas para tratamiento de información Fabricación en la cual el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 50 % del precio franco fábrica del producto

ex 8504 Unidades de alimentación eléctrica del tipo de las utilizadas La regla permite la importación de materias para las máquinas automáticas primas no originarias, siempre que se vigile para tratamiento de información el valor de los mismos. Para el caso del AACH-UE, el valor de todos Fabricación en la cual el valor de los materiales utilizados no originarios, no todas las materias utilizadas no debe exceder del 50% del precio franco exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto. En el caso del SGP, el fábrica del producto porcentaje máximo es 40%.

ex 8509 Aspiradoras, incluidas las de materias secas y líquidas; enceradoras (lustradoras) de pisos Fabricación en la cual el valor de No hay una R.O. exclusiva para esta El valor de los materiales no originarios utilizados, no deben exceder del 40% del todos los materiales utilizados no partida. precio franco fábrica del producto exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto 8517 Aparatos eléctricos de telefonía o telegrafía con hilos, incluidos los teléfonos de usuario de auricular inalámbrico combinado con micrófono y los aparatos de telecomunicación por corriente portadora o telecomunicación digital; videófonos Fabricación en la cual el valor de No hay una R.O. exclusiva para esta El valor de los materiales no originarios todos los materiales utilizados no partida. utilizados, no deben exceder del 50% del exceda del 50 % del precio franco precio franco fábrica del producto fábrica del producto

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07

Regla optativa Fabricación en la cual el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 25 % del precio franco fábrica del producto

Sistema Generalizado de Interpretación6 5 Preferencias ex 8518 Micrófonos y sus soportes; altavoces (altoparlantes), incluso montados en sus cajas; amplificadores eléctricos de audiofrecuencia; equipos eléctricos para amplificación del sonido Esta regla permite la utilización de materiales no originarios, siempre que el valor de todos Fabricación en la cual: esos materiales no originarios utilizados no – el valor de todas las materias exceda del 40 % del precio franco fábrica del utilizadas no exceda del 40 % del producto, y además, el valor de todos esos precio franco fábrica del producto, y materiales no originarios utilizados no deben – el valor de todas las materias no superar el valor de todos los materiales originarias utilizadas no exceda del originarios utilizados. valor de todas las materias originarias utilizadas Adicionalmente, si no se cumplen las condiciones citadas anteriormente, la regla Regla optativa optativa permite que se importen materias Fabricación en la cual el valor de primas clasificadas en cualquier partida, todas las materias utilizadas no siempre que el valor de todos los materiales exceda del 25 % del precio franco utilizados no exceda del 25 % del precio fábrica del producto franco fábrica del producto

8519 Giradiscos, tocadiscos, reproductores de casetes (tocacasetes) y demás reproductores de sonido, sin dispositivo de grabación de sonido incorporado

8519 Giradiscos, tocadiscos, reproductores de casetes (tocacasetes) y demás reproductores de sonido, sin dispositivo de grabación de sonido incorporado

Acuerdo de Asociación entre CHUE4 ex 8518 Micrófonos y sus soportes; altavoces (altoparlantes), incluso montados en sus cajas; amplificadores eléctricos de audiofrecuencia; equipos eléctricos para amplificación del sonido Fabricación en la cual: - el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto, y - el valor de todos los materiales no originarias utilizados no exceda del valor de todos los materiales originarias utilizadas

Fabricación en la cual: - el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto, y

Fabricación en la cual: – el valor de todas las materias Esta regla permite la utilización de materiales utilizadas no exceda del 40 % del no originarios, siempre que el valor de todos precio franco fábrica del producto, y esos materiales no originarios utilizados no exceda del 40 % del precio franco fábrica del - el valor de todos los materiales no – el valor de todas las materias no producto, y además, el valor de todos esos originarios utilizados no exceda del originarias utilizadas no exceda del materiales no originarios utilizados no deben valor de todos los materiales valor de todas las materias superar el valor de todos los materiales originarios utilizadas originarias utilizadas originarios utilizados. Regla optativa:

Regla optativa:

Fabricación en la cual el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 30 % del precio franco fábrica del producto 8520 Magnetófonos y demás aparatos para la grabación de sonido, incluso con dispositivo para reproducción de sonido incorporado

Adicionalmente, si no se cumplen las condiciones citadas anteriormente, la regla Fabricación en la cual el valor de optativa permite que se importen materias todas las materias utilizadas no primas clasificadas en cualquier partida, exceda del 30 % del precio franco siempre que el valor de todos los materiales fábrica del producto utilizados no exceda del 30 % del precio franco fábrica del producto 8520 Magnetófonos y demás aparatos para la grabación de sonido, incluso con dispositivo para reproducción de sonido incorporado

Fabricación en la cual: Fabricación en la cual: Esta regla permite la utilización de materiales - el valor de todos los materiales – el valor de todas las materias no originarios, siempre que el valor de todos utilizados no exceda del 40 % del utilizadas no exceda del 40 % del esos materiales no originarios utilizados no

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07 Interpretación6

Acuerdo de Asociación entre CHUE4 precio franco fábrica del producto, y - el valor de todos los materiales no originarios utilizados no exceda del valor de todos los materiales originarios utilizadas

Sistema Generalizado de Preferencias5 precio franco fábrica del producto, y -el valor de todas las materias no originarias utilizadas no exceda del valor de todas las materias originarias utilizadas

Regla optativa Fabricación en la cual el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 30 % del precio franco fábrica del producto

Regla optativa Fabricación en la cual el valor de todas las materias utilizadas no exceda del 30 % del precio franco fábrica del producto

8521 Aparatos para la grabación o reproducción de imagen y sonido (vídeos), incluso con receptor de señales de imagen y sonido Incorporado

8521 Aparatos para la grabación o reproducción de imagen y sonido (vídeos), incluso con receptor de señales de imagen y sonido Incorporado

Fabricación en la cual: - el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto, y - el valor de todos los materiales no originarios utilizados no exceda del valor de todos los materiales originarios utilizadas

Fabricación en la cual: – el valor de todas las materias utilizadas no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto, y – el valor de todas las materias no originarias utilizadas no exceda del valor de todas las materias originarias utilizadas

Esta regla permite la utilización de materiales no originarios, siempre que el valor de todos esos materiales no originarios utilizados, no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto, y además, el valor de todos esos materiales no originarios utilizados no deben superar el valor de todos los materiales originarios utilizados.

Regla optativa Fabricación en la cual el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 30 % del precio franco fábrica del producto

Regla optativa Fabricación en la cual el valor de todas las materias utilizadas no exceda del 30 % del precio franco fábrica del producto.

Adicionalmente, si no se cumplen las condiciones citadas anteriormente, la regla optativa permite que se importen materias primas clasificadas en cualquier partida, siempre que el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 30 % del precio franco fábrica del producto

8522 Partes y accesorios identificables como destinados, exclusiva o principalmente, a los aparatos de las partidas 8519 a 8521 Fabricación en la cual el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto 8523 Soportes preparados para grabar sonido o grabaciones análogas, sin grabar (excepto los productos del capítulo 37)

8522 Partes y accesorios identificables como destinados, exclusiva o principalmente, a los aparatos de las partidas 8519 a 8521 Fabricación en la cual el valor de todas las materias utilizadas no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto 8523 Soportes preparados para grabar sonido o grabaciones análogas, sin grabar (excepto los productos del capítulo 37)

exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto, y además, el valor de todos esos materiales no originarios utilizados no deben superar el valor de todos los materiales originarios utilizados. Adicionalmente, si no se cumplen las condiciones citadas anteriormente, la regla optativa permite que se importen materias primas clasificadas en cualquier partida, siempre que el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 30 % del precio franco fábrica del producto

El valor de los materiales no originarios utilizados, no deben exceder del 40% del precio franco fábrica del producto

La regla permite la importación de materias primas no originarias, siempre que se vigile el valor de los mismos. Fabricación en la cual el valor de Fabricación en la cual el valor de Para el caso del AACH-UE, el valor de todos todos los materiales utilizados no todas las materias utilizadas no los materiales utilizados no originarios, no exceda del 50 % del precio franco exceda del 40 % del precio franco debe exceder del 50% del precio franco fábrica del producto fábrica del producto. En el caso del SGP, el fábrica del producto. porcentaje máximo es 40%.

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07 Acuerdo de Asociación entre CHUE4

Sistema Generalizado de Preferencias5

8524 Discos, cintas y demás soportes para grabar sonido o grabaciones análogas, grabados, incluso las matrices y moldes galvánicos para fabricación de discos (excepto los productos del capítulo 37):

8524 Discos, cintas y demás soportes para grabar sonido o grabaciones análogas, grabados, incluso las matrices y moldes galvánicos para fabricación de discos (excepto los productos del capítulo 37):

Interpretación6

- Matrices y moldes galvánicos – Matrices y moldes galvánicos para la fabricación de discos para la fabricación de discos Fabricación en la cual el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto

Fabricación en la cual el valor de todas las materias utilizadas no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto

- Los demás Fabricación en la cual: - el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto, y - dentro del límite arriba indicado el valor de todos los materiales de la partida 8523 utilizados no exceda del 10 % del precio franco fábrica del producto

- Los demás Fabricación en la cual: – el valor de todas las materias utilizadas no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto, y – dentro del límite arriba indicado el valor de todas las materias de la partida 8523 utilizadas no exceda del 10 % del precio franco fábrica del producto

Regla optativa: Fabricación en la cual el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 30 % del precio franco fábrica del producto

Regla optativa: Fabricación en la cual el valor de todas las materias utilizadas no exceda del 30 % del precio franco fábrica del producto

8525 Aparatos emisores de radiotelefonía, radiotelegrafía, radiodifusión o televisión, incluso con aparato receptor o de grabación o reproducción de sonido, incorporado;

8525 Aparatos emisores de radiotelefonía, radiotelegrafía, radiodifusión o televisión, incluso con aparato receptor o de grabación o reproducción de sonido, incorporado; cámaras de televisión; videocámaras Fabricación en la cual el valor de incluidas las de imagen fija; todos los materiales utilizados no cámaras digitales exceda del 50 % del precio franco fábrica del producto Fabricación en la cual: – el valor de todas las materias utilizadas no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto, y – el valor de todas las materias no originarias utilizadas no exceda del valor de todas las materias originarias utilizadas

La regla permite la importación de materias primas no originarias siempre que el valor de todos los materiales importados utilizados no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto final Para este tipo de productos, la regla requiere que el valor de todos los materiales importados utilizados no exceda del 40% del precio franco fábrica del producto. Adicionalmente, dentro de ese límite, el valor de todos los materiales de la partida 8523 utilizados no debe exceder del 10 % del precio franco fábrica del producto

No obstante, si no se cumplen las condiciones citadas anteriormente, la regla optativa permite que la fabricación se haga con materias primas importadas siempre que el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 30 % del precio franco fábrica del producto

La regla permite la importación de materias primas no originarias, siempre que se vigile el valor de las mismas. Para el caso del AACH-UE, el valor de todos los materiales utilizados no originarios, no debe exceder del 50% del precio franco fábrica del producto. En el caso del SGP, el porcentaje máximo es 40% y además, el valor de todos esos materiales no originarios utilizados no deben superar el valor de todos los materiales originarios utilizados.

En el caso del SGP, si no se cumplen las condiciones citadas anteriormente, la regla Regla optativa optativa permite que la fabricación se haga Fabricación en la cual el valor de con materias primas importadas siempre que todas las materias utilizadas no el valor de todos los materiales utilizados no

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07 Sistema Generalizado de Interpretación6 5 Preferencias exceda del 25 % del precio franco exceda del 25 % del precio franco fábrica del fábrica del producto producto -Cámaras de televisión; Para estos productos, en el caso del AACHvideocámaras incluidas las de UE, la regla permite la utilización de imagen fija; cámaras digitales materiales no originarios, siempre que el valor de todos esos materiales no originarios Fabricación en la cual: utilizados, no exceda del 40 % del precio - el valor de todos los materiales franco fábrica del producto, y además, el utilizados no exceda del 40 % del valor de todos esos materiales no originarios precio franco fábrica del producto, y utilizados no deben superar el valor de todos - el valor de todos los materiales no los materiales originarios utilizados. originorias utilizados no exceda del valor de todos los materiales Adicionalmente, si no se cumplen las originarios utilizadas condiciones citadas anteriormente, la regla optativa permite que se importen materias Regla optativa primas clasificadas en cualquier partida, Fabricación en la cual el valor de siempre que el valor de todos los materiales todos los materiales utilizados no utilizados no exceda del 25 % del precio exceda del 25 % del precio franco franco fábrica del producto fábrica del producto 8526 8526 Aparatos radar, radionavegación Aparatos radar, radionavegación o radiotelemando o radiotelemando Esta regla permite la utilización de materiales no originarios, siempre que el valor de todos Fabricación en la cual: Fabricación en la cual: - el valor de todos los materiales – el valor de todas las materias esos materiales no originarios utilizados, no utilizados no exceda del 40 % del utilizadas no exceda del 40 % del exceda del 40 % del precio franco fábrica del precio franco fábrica del producto, y precio franco fábrica del producto, y producto, y además, el valor de todos esos - el valor de todos los materiales no – el valor de todas las materias no materiales no originarios utilizados no deben originarios utilizados no exceda del originarias utilizadas no exceda del superar el valor de todos los materiales valor de todos los materiales valor de todas las materias originarios utilizados. originarios utilizadas originarias utilizadas Adicionalmente, si no se cumplen las Regla optativa Regla optativa condiciones citadas anteriormente, la regla Fabricación en la cual el valor de Fabricación en la cual el valor de optativa permite que se importen materias todos los materiales utilizados no todas las materias utilizadas no primas clasificadas en cualquier partida, exceda del 25 % del precio franco exceda del 25 % del precio franco siempre que el valor de todos los materiales fábrica del producto fábrica del producto utilizados no exceda del 25 % del precio franco fábrica del producto 8527 8527 Aparatos receptores de Aparatos receptores de radiotelefonía, radiotelegrafía o radiotelefonía, radiotelegrafía o radiodifusión, incluso radiodifusión, incluso combinados en una misma combinados en una misma envoltura con grabador o envoltura con grabador o reproductor de sonido o con reloj reproductor de sonido o con reloj Esta regla permite la utilización de materiales Fabricación en la cual: Fabricación en la cual: no originarios, siempre que el valor de todos - el valor de todos los materiales – el valor de todas las materias esos materiales no originarios utilizados, no utilizados no exceda del 40 % del utilizadas no exceda del 40 % del exceda del 40 % del precio franco fábrica del precio franco fábrica del producto, y precio franco fábrica del producto, y producto, y además, el valor de todos esos - el valor de todos los materiales no – el valor de todas las materias no materiales no originarios utilizados, no deben originarios utilizados no exceda del originarias utilizadas no exceda del superar el valor de todos los materiales valor de todos los materiales valor de todas las materias originarios utilizados. originarios utilizadas originarias utilizadas Adicionalmente, si no se cumplen las Regla optativa Regla optativa condiciones citadas anteriormente, la regla Fabricación en la cual el valor de Fabricación en la cual el valor de optativa permite que se importen materias todos los materiales utilizados no todas las materias utilizadas no primas clasificadas en cualquier partida, Acuerdo de Asociación entre CHUE4

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07 Acuerdo de Asociación entre CHSistema Generalizado de Interpretación6 4 5 UE Preferencias exceda del 25 % del precio franco exceda del 25 % del precio franco siempre que el valor de todos los materiales fábrica del producto fábrica del producto utilizados no exceda del 25 % del precio franco fábrica del producto 8528 8528 Aparatos receptores de Aparatos receptores de televisión, incluso con aparato televisión, incluso con aparato receptor de radiodifusión o de receptor de radiodifusión o de grabación o reproducción de grabación o reproducción de sonido o imagen incorporado; sonido o imagen incorporado; videomonitores y videomonitores y videoproyectores videoproyectores Fabricación en la cual: - el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto, y - el valor de todos los materiales no originarios utilizados no exceda del valor de todos los materiales originarios utilizadas

Fabricación en la cual: – el valor de todas las materias utilizadas no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto, y – el valor de todas las materias no originarias utilizadas no exceda del valor de todas las materias originarias utilizadas

Esta regla permite la utilización de materiales no originarios, siempre que el valor de todos esos materiales no originarios utilizados, no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto y además, el valor de todos esos materiales no originarios utilizados, no deben superar el valor de todos los materiales originarios utilizados.

Regla optativa Fabricación en la cual el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 25 % del precio franco fábrica del producto

Regla optativa Fabricación en la cual el valor de todas las materias utilizadas no exceda del 25 % del precio franco fábrica del producto

Adicionalmente, si no se cumplen las condiciones citadas anteriormente, la regla optativa permite que se importen materias primas clasificadas en cualquier partida, siempre que el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 25 % del precio franco fábrica del producto.

8529 Partes identificables como destinadas, exclusiva o principalmente, a los aparatos de las partidas 8525 a 8528:

8529 Partes identificables como destinadas, exclusiva o principalmente, a los aparatos de las partidas 8525 a 8528:

- Identificables como destinadas, exclusiva o principalmente, a aparatos de grabación o de reproducción videofónica

– Identificables como destinadas, exclusiva o principalmente, a aparatos de grabación o de reproducción videofónica

Fabricación en la cual el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto

Fabricación en la cual el valor de todas las materias utilizadas no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto

La regla permite la importación de materias primas no originarias siempre que el valor de todos los materiales importados utilizados no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto final.

- Las demás Fabricación en la cual: - el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto, y - el valor de todos los materiales no originarios utilizados no exceda del valor de todos los materiales originarios utilizadas

– Las demás Fabricación en la cual: – el valor de todas las materias utilizadas no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto, y – el valor de todas las materias no originarias utilizadas no exceda del valor de todas las materias originarias utilizadas

Esta regla permite la utilización de materiales no originarios, siempre que el valor de todos esos materiales no originarios utilizados, no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto y además, el valor de todos esos materiales no originarios utilizados, no deben superar el valor de todos los materiales originarios utilizados.

Regla optativa Fabricación en la cual el valor de todos los materiales utilizados no

Adicionalmente, si no se cumplen las Regla optativa condiciones citadas anteriormente, la regla Fabricación en la cual el valor de optativa permite que se importen materias todas las materias utilizadas no primas clasificadas en cualquier partida,

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07 Acuerdo de Asociación entre CHSistema Generalizado de Interpretación6 4 5 UE Preferencias exceda del 25 % del precio franco exceda del 25 % del precio franco siempre que el valor de todos los materiales fábrica del producto fábrica del producto utilizados no exceda del 25 % del precio franco fábrica del producto. 8535 y 8536 Aparatos para el corte, seccionamiento, protección, derivación, empalme o conexión de circuitos eléctricos

8535 y 8536 Aparatos para el corte, seccionamiento, protección, derivación, empalme o conexión de circuitos eléctricos

La regla permite que se importen materias primas independientemente de su clasificación arancelaria, siempre que el valor de las mismas no exceda del 40% del precio franco fábrica del producto.

Fabricación en la cual: - el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto, y - dentro del límite arriba indicado el valor de todos los materiales de la partida 8538 utilizaos no exceda del 10 % del precio franco fábrica del producto

Fabricación en la cual: – el valor de todas las materias utilizadas no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto, y – dentro del límite arriba indicado el valor de todas las materias de la partida 8538 utilizadas no exceda del 10 % del precio franco fábrica del producto

Adicionalmente, dentro del límite indicado, si se importan materiales de la partida 8538, el precio de éstos no debe exceder del 10% del precio franco fábrica del producto.

Regla optativa Fabricación en la cual el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 30 % del precio franco fábrica del producto

Regla optativa Fabricación en la cual el valor de todas las materias utilizadas no exceda del 30 % del precio franco fábrica del producto

8537 Cuadros, paneles, consolas, armarios y demás soportes equipados con varios aparatos de las partidas 8535 u 8536, para control o distribución de electricidad, incluidos los que incorporen instrumentos o aparatos del capítulo 90, así como los aparatos de control numérico (excepto los aparatos de conmutación de la partida 8517)

8537 Cuadros, paneles, consolas, armarios y demás soportes equipados con varios aparatos de las partidas 8535 u 8536, para control o distribución de electricidad, incluidos los que incorporen instrumentos o aparatos del capítulo 90, así como los aparatos de control numérico (excepto los aparatos de conmutación de la partida 8517) La regla permite que se importen materias primas independientemente de su Fabricación en la cual: clasificación arancelaria, siempre que el – el valor de todas las materias valor de las mismas no exceda del 40% del utilizadas no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto. precio franco fábrica del producto, y – dentro del límite arriba indicado el Adicionalmente, dentro del límite indicado, si valor de todas las materias de la se importan materiales de la partida 8538, el partida 8538 utilizadas no exceda precio de éstos no debe exceder del 10% del del 10 % del precio franco fábrica precio franco fábrica del producto. del producto No obstante, si no se cumplen las Regla optativa: condiciones citadas anteriormente, la regla Fabricación en la cual el valor de optativa permite que se importen materias todas las materias utilizadas no primas independientemente de su exceda del 30 % del precio franco clasificación arancelaria, siempre que el fábrica del producto valor de las mismas no exceda del 30% del precio franco fábrica del producto.

Fabricación en la cual: - el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto, y - dentro del límite arriba indicado el valor de todos los materiales de la partida 8538 utilizados no exceda del 10 % del precio franco fábrica del producto Regla optativa: Fabricación en la cual el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 30 % del precio franco fábrica del producto

ex 8541 ex 8541 Diodos, transistores y Diodos, dispositivos semiconductores dispositivos

No obstante, si no se cumplen las condiciones citadas anteriormente, la regla optativa permite que se importen materias primas independientemente de su clasificación arancelaria, siempre que el valor de las mismas no exceda del 30% del precio franco fábrica del producto.

transistores y semiconductores

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07 Acuerdo de Asociación entre CHSistema Generalizado de UE4 Preferencias5 similares, con exclusión de los similares, con exclusión de los discos todavía sin cortar en discos todavía sin cortar en microplaquitas microplaquitas Fabricación: - en la que todos los materiales utilizados se clasifican en una partida diferente a la del producto, y - en la cual el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto

Fabricación: – a partir de materias de cualquier partida, excepto a partir de las materias de la misma partida que el producto, y – en la cual el valor de todas las materias utilizadas no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto

Regla optativa:

Regla optativa:

8542 Circuitos integrados y microestructuras electrónicas: Fabricación en la cual: - el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto, y - dentro del límite arriba indicado el valor de todos los materiales de las partidas 8541 y 8542 utilizados no exceda del 10 % del precio franco fábrica del producto

8542 Circuitos integrados y microestructuras electrónicas: Fabricación en la cual: – el valor de todas las materias utilizadas no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto, y – dentro del límite arriba indicado el valor de todas las materias de las partidas 8541 y 8542 utilizadas no exceda del 10 % del precio franco fábrica del producto

Interpretación6

Esta regla permite la importación de materias primas no originarias siempre que clasifiquen en una partida distinta a la del producto final. Adicionalmente el valor de todos los materiales importados utilizados no debe exceder del 40 % del precio franco fábrica del producto.

No obstante, si no se cumplen las condiciones citadas anteriormente, la regla Fabricación en la cual el valor de Fabricación en la cual el valor de optativa permite que se importen materias todos los materiales utilizados no todas las materias utilizadas no primas independientemente de su exceda del 25 % del precio franco exceda del 25 % del precio franco clasificación arancelaria, siempre que el fábrica del producto fábrica del producto valor de las mismas no exceda del 25% del precio franco fábrica del producto.

Esta regla permite la importación de materias primas, siempre que el valor de los materiales importados utilizados no exceda del 40% del precio franco fábrica del producto. Adicionalmente, dentro de ese límite, el valor de todos los materiales de las partidas 8541 y 8542 utilizados no debe exceder del 10 % del precio franco fábrica del producto

No obstante, si no se cumplen las condiciones citadas anteriormente, la regla Regla optativa: Regla optativa: optativa permite que se importen materias Fabricación en la cual el valor de Fabricación en la cual el valor de primas independientemente de su todos los materiales utilizados no todas las materias utilizadas no clasificación arancelaria, siempre que el exceda del 25 % del precio franco exceda del 25 % del precio franco valor de las mismas no exceda del 25% del fábrica del producto fábrica del producto precio franco fábrica del producto. 8544 Hilos, cables, incluidos los coaxiales, y demás conductores aislados para electricidad, aunque estén laqueados, anodizados o provistos de piezas de conexión; cables de fibras ópticas constituidos por fibras enfundadas individualmente, incluso con conductores eléctricos o provistos de piezas de conexión

8544 Hilos, cables, incluidos los coaxiales, y demás conductores aislados para electricidad, aunque estén laqueados, anodizados o provistos de piezas de conexión; cables de fibras ópticas constituidos por fibras enfundadas individualmente, incluso con conductores eléctricos o provistos de piezas de conexión

Fabricación en la cual el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto

Fabricación en la cual el valor de todas las materias utilizadas no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto

La regla permite que se importen materias primas independientemente de su clasificación arancelaria, siempre que el valor de las mismas no exceda del 40% del precio franco fábrica del producto.

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07 Acuerdo de Asociación entre CHUE4

Sistema Generalizado de Preferencias5

8545 Electrodos y escobillas de carbón, carbón para lámparas o pilas y demás artículos de grafito o demás carbonos, incluso con metal, para usos eléctricos

8545 Electrodos y escobillas de carbón, carbón para lámparas o pilas y demás artículos de grafito o demás carbonos, incluso con metal, para usos eléctricos

Fabricación en la cual el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto 8546 Aisladores eléctricos de cualquier Materia

Fabricación en la cual el valor de todas las materias utilizadas no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto 8546 Aisladores eléctricos de cualquier Materia

Fabricación en la cual el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto 8547 Piezas aislantes totalmente de materia aislante o con simples piezas metálicas de ensamblado (por ejemplo: casquillos roscados) embutidas en la masa, para máquinas, aparatos o instalaciones eléctricas (excepto los aisladores de la partida 8546); tubos aisladores y sus piezas de unión, de metal común, aislados interiormente

Fabricación en la cual el valor de todas las materias utilizadas no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto 8547 Piezas aislantes totalmente de materia aislante o con simples piezas metálicas de ensamblado (por ejemplo: casquillos roscados) embutidas en la masa, para máquinas, aparatos o instalaciones eléctricas (excepto los aisladores de la partida 8546); tubos aisladores y sus piezas de unión, de metal común, aislados interiormente

Fabricación en la cual el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto

Fabricación en la cual el valor de todas las materias utilizadas no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto

8548 Desperdicios y desechos de pilas, baterías de pilas o acumuladores, eléctricos; pilas, baterías de pilas y acumuladores, eléctricos, inservibles; partes eléctricas de máquinas o aparatos, no expresadas ni comprendidas en otra parte de este capítulo

8548 Desperdicios y desechos de pilas, baterías de pilas o acumuladores, eléctricos; pilas, baterías de pilas y acumuladores, eléctricos, inservibles; partes eléctricas de máquinas o aparatos, no expresadas ni comprendidas en otra parte de este capítulo

Fabricación en la cual el valor de todos los materiales utilizados no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto

Fabricación en la cual el valor de todas las materias utilizadas no exceda del 40 % del precio franco fábrica del producto

Interpretación6

La regla permite que se importen materias primas independientemente de su clasificación arancelaria, siempre que el valor de las mismas no exceda del 40% del precio franco fábrica del producto

La regla permite que se importen materias primas independientemente de su clasificación arancelaria, siempre que el valor de las mismas no exceda del 40% del precio franco fábrica del producto.

La regla permite que se importen materias primas independientemente de su clasificación arancelaria, siempre que el valor de las mismas no exceda del 40% del precio franco fábrica del producto.

La regla permite que se importen materias primas independientemente de su clasificación arancelaria, siempre que el valor de las mismas no exceda del 40% del precio franco fábrica del producto.

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07

3. El sector de máquinas y aparatos en Costa Rica Costa Rica exportó durante el año 2005 un total de 273 millones de euros en productos del sector de máquinas y aparatos. El principal producto exportado fue los aparatos de elevación, carga o descarga, de los que se exportaron casi 90 millones de euros. Turbinas de vapor, bombas de aire, laminadores para metal y sus cilindros, son solamente algunos otros ejemplos de productos exportados por Costa Rica al mundo. Del total exportado durante ese año, un 33% del total tuvo como destino final el mercado de la Unión Europea, hacia donde destaca la exportación de bienes como: máquinas y aparatos para imprimir, topadoras frontales ("bulldozers"), topadoras angulares ("angledozers"), niveladoras, traillas ("scrapers"), palas mecánicas, excavadoras, cargadoras, palas cargadoras, compactadoras y apisonadoras, entre otros. Por otra parte, se importaron del mundo poco más de 861 millones de euros durante el año 2005 en productos del sector de máquinas y aparatos. Entre los principales productos importados destacan: aparatos mecánicos (incluso manuales) para proyectar (84,7 millones de euros), motores y máquinas motrices (71 millones de euros), reactores nucleares y calderas de vapor entre otros. La Unión Europea es el proveedor del 12% de las importaciones de este sector. El Arancel de importación aplicado por Costa Rica en este sector se encuentra entre 0% y 15%.

4. El sector de máquinas y aparatos en Centroamérica Las exportaciones del sector de máquinas y aparatos de Centroamérica realizadas durante el año 2005 fueron de 400,9 millones de euros. De los cuales un 25% se exportaron a los mismos países de la región y un 23% tuvo como destino el mercado de la Unión Europea. Entre los principales productos exportados por Centroamérica destacan: micrófonos y sus soportes, refrigeradores, congeladores, calentadores eléctricos de agua --de calentamiento instantáneo o acumulación-y aparatos emisores de radiotelefonía, radiotelegrafía, radiodifusión o televisión, entre otros. Por su parte, la Región Centroamericana importó un total de 2.744 millones de euros durante el 2005, de los cuales solamente un 3% se realizó a nivel intra-centroamericano y un 15% provino del mercado de la Unión Europea. El Aracel Centroaméricano no se encuentra totalmente armonizado para el sector de máquinas y aparatos, y el arancel actual se ubica entre un 0% y un 15%.

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07

ANEXO I: Aranceles Unión Europea: Aranceles aduaneros aplicados al sector de Máquinas y aparatos SGP Plus

SA 8D Descripción

Consolidado

SGP (“TMA")

NMF

México

Chile

84011000 - Nuclear reactors (Euratom)

5,7

5,7

0

0 B

Year 3

- Machinery and apparatus for isotopic separation, and parts 84012000 thereof (Euratom)

3,7

3,7

0

0 B

Year 0

- Fuel elements (cartridges), non84013000 irradiated (Euratom)

3,7

3,7

0

0 B

Year 0

- Parts of nuclear reactors 84014000 (Euratom)

3,7

3,7

0

0 B

Year 0

- - Watertube boilers with a steam production exceeding 45 tonnes 84021100 per hour

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

- - Watertube boilers with a steam production not 84021200 exceeding 45 tonnes per hour

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84021910 - - - Firetube boilers

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84021990 - - - Other

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84022000 - Superheated water boilers

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84029000 - Parts

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84031010 - - Of cast iron

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84031090 - - Other

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84039010 - - Of cast iron

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84039090 - - Other

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

- Auxiliary plant for use with 84041000 boilers of heading 8402 or 8403

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

- Condensers for steam or other 84042000 vapour power units

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84049000 - Parts

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

- Producer gas or water gas generators, with or without their purifiers; acetylene gas generators and similar water process gas generators, with or without their 84051000 purifiers

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84059000 - Parts

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84061000 - Turbines for marine propulsion

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

- - - Steam turbines for electricity 84068110 generation

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84068190 - - - Other

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84068211 - - - - Not exceeding 10 MW

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84068219 - - - - Exceeding 10 MW

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84068290 - - - Other

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

- - Stator blades, rotors and their 84069010 blades

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84069090 - - Other

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84071010 - - For use in civil aircraft 84071090 - - Other

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07 SA 8D

Descripción

Consolidado

NMF

SGP Pl

SGP (“TMA")

México

Chile

- - - Of a cylinder capacity not 84072110 exceeding 325 cm³

6,2

6,2

0

0 A

Year 3

- - - - Of a power not 84072191 exceeding 30 kW

4,2

4,2

0

0 A

Year 0

84072199 - - - - Of a power exceeding 30 kW

4,2

4,2

0

0 A

Year 0

- - - Of a power not 84072920 exceeding 200 kW

4,2

4,2

0

0 A

Year 0

84072980 - - - Of a power exceeding 200 kW

4,2

4,2

0

0 A

Year 0

- - Of a cylinder capacity not 84073100 exceeding 50 cm³

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

- - - Of a cylinder capacity exceeding 50 cm³ but not 84073210 exceeding 125 cm³

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

- - - Of a cylinder capacity exceeding 125 cm³ but not 84073290 exceeding 250 cm³

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

- - - For the industrial assembly of: pedestrian-controlled tractors of subheading 8701 10; motor vehicles of headings 8703, 84073310 8704 and 8705

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84073390 - - - Other

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

- - - For the industrial assembly of: pedestrian-controlled tractors of subheading 8701 10; motor vehicles of heading 8703; motor vehicles of heading 8704 with an engine of a cylinder capacity of less than 2 800 cm³; motor 84073410 vehicles of heading 8705

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84073430 - - - - Used

4,2

4,2

0

0 A

Year 0

84073491 - - - - - Not exceeding 1 500 cm³

4,2

4,2

0

0 A

Year 0

84073499 - - - - - Exceeding 1 500 cm³

4,2

4,2

0

0 A

Year 0

- - Of a cylinder capacity not 84079010 exceeding 250 cm³

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

- - - For the industrial assembly of: pedestrian-controlled tractors of subheading 8701 10; motor vehicles of heading 8703; motor vehicles of heading 8704 with an engine of a cylinder capacity of less than 2 800 cm³; motor 84079050 vehicles of heading 8705

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

- - - - Of a power not 84079080 exceeding 10 kW

4,2

4,2

0

0 A

Year 0

84079090 - - - - Of a power exceeding 10 kW

4,2

4,2

0

0 A

Year 0

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07 SA 8D

Descripción

- - - For seagoing vessels of headings 8901 to 8906, tugs of subheading 8904 00 10 and warships of 84081011 subheading 8906 10 00 84081019 - - - Other - - - - For seagoing vessels of headings 8901 to 8906, tugs of subheading 8904 00 10 and warships of 84081022 subheading 8906 10 00 84081024 - - - - Other - - - - For seagoing vessels of headings 8901 to 8906, tugs of subheading 8904 00 10 and warships of 84081026 subheading 8906 10 00 84081028 - - - - Other - - - - For seagoing vessels of headings 8901 to 8906, tugs of subheading 8904 00 10 and warships of 84081031 subheading 8906 10 00 84081039 - - - - Other - - - - For seagoing vessels of headings 8901 to 8906, tugs of subheading 8904 00 10 and warships of 84081041 subheading 8906 10 00 84081049 - - - - Other - - - - For seagoing vessels of headings 8901 to 8906, tugs of subheading 8904 00 10 and warships of 84081051 subheading 8906 10 00 84081059 - - - - Other - - - - For seagoing vessels of headings 8901 to 8906, tugs of subheading 8904 00 10 and warships of 84081061 subheading 8906 10 00 84081069 - - - - Other - - - - For seagoing vessels of headings 8901 to 8906, tugs of subheading 8904 00 10 and warships of 84081071 subheading 8906 10 00 84081079 - - - - Other - - - - For seagoing vessels of headings 8901 to 8906, tugs of subheading 8904 00 10 and warships of 84081081 subheading 8906 10 00

Consolidado

SGP Pl

NMF

SGP (“TMA")

México

Chile

0

0

0

0 A

Year 0

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07 SA 8D

Descripción

84081089 - - - - Other - - - - For seagoing vessels of headings 8901 to 8906, tugs of subheading 8904 00 10 and warships of 84081091 subheading 8906 10 00

Consolidado

SGP Pl

NMF

2,7

2,7

SGP México (“TMA") 0 0 A

Year 0

Chile

0

0

0

0 A

Year 0

84081099 - - - - Other

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

- - For the industrial assembly of: pedestrian-controlled tractors of subheading 8701 10; motor vehicles of heading 8703; motor vehicles of heading 8704 with an engine of a cylinder capacity of less than 2 500 cm³; motor 84082010 vehicles of heading 8705

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84082031 - - - - Not exceeding 50 kW

4,2

4,2

0

0 A

Year 0

- - - - Exceeding 50 kW but not 84082035 exceeding 100 kW

4,2

4,2

0

0 A

Year 0

84082037 - - - - Exceeding 100 kW

4,2

4,2

0

0 A

Year 0

84082051 - - - - Not exceeding 50 kW

4,2

4,2

0

0 A

Year 0

- - - - Exceeding 50 kW but not 84082055 exceeding 100 kW

4,2

4,2

0

0 A

Year 0

- - - - Exceeding 100 kW but not 84082057 exceeding 200 kW

4,2

4,2

0

0 A

Year 0

84082099 - - - - Exceeding 200 kW

4,2

4,2

0

0 A

Year 0

84089010 - - For use in civil aircraft

0

0

0

0 A

Year 0

84089021 - - - For rail traction

4,2

4,2

0

0 A

Year 0

84089029 - - - - Used

4,2

4,2

0

0 A

Year 0

84089031 - - - - - Not exceeding 15 kW

4,2

4,2

0

0 A

Year 0

- - - - - Exceeding 15 kW but not 84089033 exceeding 30 kW

4,2

4,2

0

0 A

Year 0

- - - - - Exceeding 30 kW but not 84089036 exceeding 50 kW

4,2

4,2

0

0 A

Year 0

- - - - - Exceeding 50 kW but not 84089037 exceeding 100 kW

4,2

4,2

0

0 A

Year 0

- - - - - Exceeding 100 kW but not 84089051 exceeding 200 kW

4,2

4,2

0

0 A

Year 0

- - - - - Exceeding 200 kW but not 84089055 exceeding 300 kW

4,2

4,2

0

0 A

Year 0

- - - - - Exceeding 300 kW but not 84089057 exceeding 500 kW

4,2

4,2

0

0 A

Year 0

- - - - - Exceeding 500 kW but not 84089071 exceeding 1 000 kW

4,2

4,2

0

0 A

Year 0

- - - - - Exceeding 1 000 kW but 84089075 not exceeding 5 000 kW

4,2

4,2

0

0 A

Year 0

84089099 - - - - - Exceeding 5 000 kW

4,2

4,2

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- - For engines for use in civil 84091010 aircraft 84091090 - - Other

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07 SA 8D

Descripción

Consolidado

SGP Pl

NMF

SGP (“TMA")

México

Chile

- - Suitable for use solely or principally with spark-ignition 84099100 internal combustion piston engines

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84099900 - - Other

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

- - Of a power not 84101100 exceeding 1 000 kW

4,5

4,5

0

0 B

Year 0

- - Of a power exceeding 1 000 kW but not 84101200 exceeding 10 000 kW

4,5

4,5

0

0 B

Year 0

- - Of a power 84101300 exceeding 10 000 kW

4,5

4,5

0

0 B

Year 0

84109010 - - Of cast iron or cast steel

4,5

4,5

0

0 B

Year 0

84109090 - - Other

4,5

4,5

0

0 B

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

3,2

3,2

0

0 A

Year 0

- - - - Of a thrust exceeding 25 kN 84111211 but not exceeding 44 kN

0

0

0

0 A

Year 0

- - - - Of a thrust exceeding 44 kN 84111213 but not exceeding 132 kN

0

0

0

0 A

Year 0 Year 0

84111110 - - - For use in civil aircraft 84111190 - - - Other

84111219 - - - - Of a thrust exceeding 132 kN 84111290 - - - Other 84112110 - - - For use in civil aircraft 84112190 - - - Other - - - - Of a power exceeding 1 100 kW but not 84112211 exceeding 3 730 kW - - - - Of a power 84112219 exceeding 3 730 kW

0

0

0

0 A

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

3,6

3,6

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0 Year 0

0

0

0

0 A

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

4,1

4,1

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

- - - - Of a power exceeding 5 000 kW but not 84118291 exceeding 20 000 kW

4,1

4,1

0

0 A

Year 0

- - - - Of a power exceeding 20 000 kW but not 84118293 exceeding 50 000 kW

4,1

4,1

0

0 A

Year 0

- - - - Of a power 84118299 exceeding 50 000 kW

4,1

4,1

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

4,1

4,1

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

84112290 - - - Other 84118110 - - - For use in civil aircraft 84118190 - - - Other 84118210 - - - For use in civil aircraft

84119110 - - - For use in civil aircraft 84119190 - - - Other - - - Of gas turbines, for use in civil 84119910 aircraft 84119990 - - - Other 84121010 - - For use in civil aircraft 84121090 - - Other

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07 SA 8D

Descripción

84122110 - - - For use in civil aircraft

Consolidado

SGP Pl

NMF

SGP México (“TMA") 0 0 A

Year 0

0

Year 0

Chile

0

0

84122191 - - - - Hydraulic systems

2,7

2,7

84122199 - - - - Other

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

84122950 - - - - Hydraulic systems

4,2

4,2

0

0 A

Year 0

- - - - - Hydraulic fluid power 84122991 motors

4,2

4,2

0

0 A

Year 0

84122999 - - - - - Other

4,2

4,2

0

0 A

Year 0 Year 0

84122910 - - - For use in civil aircraft

84123110 - - - For use in civil aircraft

0 A

0

0

0

0 A

4,2

4,2

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

84123990 - - - Other

4,2

4,2

0

0 A

Year 0

- - Steam or other vapour power 84128010 engines

2,7

2,7

0

0 A

Year 0 Year 0

84123190 - - - Other 84123910 - - - For use in civil aircraft

84128091 - - - For use in civil aircraft

0

0

0

0 A

4,2

4,2

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

- - - Of reaction engines other than 84129030 turbojets

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- - - Of hydraulic power engines 84129050 and motors

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84129090 - - - Other

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

- - Pumps for dispensing fuel or lubricants, of the type used in 84131100 filling stations or in garages

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

1,7

1,7

0

0 A

Year 0 Year 0

84128099 - - - Other 84129010 - - For use in civil aircraft

84131910 - - - For use in civil aircraft 84131990 - - - Other 84132010 - - For use in civil aircraft

0

0

0

0 A

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

84133091 - - - Injection pumps

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84133099 - - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84134000 - Concrete pumps

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

84135030 - - - Hydraulic units

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- - - Dosing and proportioning 84135050 pumps

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84135071 - - - - - Hydraulic fluid power

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84135079 - - - - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84135090 - - - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84132090 - - Other 84133010 - - For use in civil aircraft

84135010 - - For use in civil aircraft

84136010 - - For use in civil aircraft

0

0

0

0 A

Year 0

84136030 - - - Hydraulic units

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84136041 - - - - - Hydraulic fluid power

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84136049 - - - - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84136051 - - - - - Hydraulic fluid power

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84136059 - - - - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84136060 - - - - Screw pumps

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84136090 - - - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07 SA 8D

Descripción

84137010 - - For use in civil aircraft

Consolidado

SGP Pl

NMF

SGP México (“TMA") 0 0 A

Year 0

Chile

0

0

84137021 - - - - Single-stage

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84137029 - - - - Multi-stage

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- - - Glandless impeller pumps for heating systems and warm water 84137030 supply

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84137040 - - - - Not exceeding 15 mm

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- - - - - Channel impeller pumps 84137050 and side channel pumps

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84137061 - - - - - - - - Monobloc

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84137069 - - - - - - - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- - - - - - - With more than one 84137070 entry impeller

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84137080 - - - - - - Multi-stage

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84137091 - - - - - - Single-stage

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84137099 - - - - - - Multi-stage

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

84138190 - - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84138200 - - Liquid elevators

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

84139190 - - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84139200 - - Of liquid elevators

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84138110 - - - For use in civil aircraft

84139110 - - - For use in civil aircraft

84141010 - - For use in civil aircraft

0

0

0

0 A

Year 0

- - For use in semiconductor 84141020 production

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- - - Rotary piston pumps, sliding vane rotary pumps, molecular 84141030 drag pumps and Roots pumps

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- - - - Diffusion pumps, cryopumps 84141050 and adsorption pumps

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84141080 - - - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

84142091 - - - Handpumps for cycles

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84142099 - - - Other

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

- - - Of a power not 84143030 exceeding 0,4 kW

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

84143091 - - - - Hermetic or semi-hermetic

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

84143099 - - - - Other

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

- - Giving a flow per minute not 84144010 exceeding 2 m³

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

- - Giving a flow per minute 84144090 exceeding 2 m³

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

3,2

3,2

0

0 B

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

84145930 - - - - Axial fans

2,3

2,3

0

0 A

Year 0

84145950 - - - - Centrifugal fans

2,3

2,3

0

0 A

Year 0

84142010 - - For use in civil aircraft

84143010 - - For use in civil aircraft

84145110 - - - For use in civil aircraft 84145190 - - - Other 84145910 - - - For use in civil aircraft

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07 SA 8D

Descripción

Consolidado

SGP Pl

NMF

SGP México (“TMA") 0 0 A

Chile

84145990 - - - - Other

2,3

2,3

- Hoods having a maximum horizontal side not 84146000 exceeding 120 cm

2,7

2,7

0

0 B

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

84148021 - - - - Single-stage

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

84148029 - - - - Multi-stage

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

84148031 - - - - - Not exceeding 60 m³

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

84148039 - - - - - Exceeding 60 m³

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

84148041 - - - - - Not exceeding 120 m³

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

84148049 - - - - - Exceeding 120 m³

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

84148060 - - - - Single-shaft

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

84148071 - - - - - Screw compressors

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

84148079 - - - - - Other

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

84148090 - - - Other

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

84149090 - - Other

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

84151010 - - Self-contained

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

84151090 - - Split-system

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

- Of a kind used for persons, in 84152000 motor vehicles

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84148010 - - For use in civil aircraft

84149010 - - For use in civil aircraft

84158110 - - - For use in civil aircraft 84158190 - - - Other 84158210 - - - For use in civil aircraft 84158280 - - - Other 84158310 - - - For use in civil aircraft

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

84159090 - - Other

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

- - Incorporating an automatic 84161010 control device

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84161090 - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- - Only for gas, monobloc, incorporating a ventilator and a 84162010 control device

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84162090 - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- Mechanical stokers, including their mechanical grates, mechanical ash dischargers and 84163000 similar appliances

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84169000 - Parts

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- Furnaces and ovens for the roasting, melting or other heat treatment of ores, pyrites or of 84171000 metals

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84172010 - - Tunnel ovens

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84172090 - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84158390 - - - Other - - Of air conditioning machines of subheading 8415 81, 8415 82 or 8415 83, for use in civil 84159010 aircraft

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07 SA 8D

Descripción

Consolidado

SGP Pl

NMF

SGP (“TMA")

México

Chile

- - Furnaces and ovens for the 84178010 incineration of rubbish

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- - Tunnel ovens and muffle furnaces for firing ceramic 84178020 products

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84178080 - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84179000 - Parts

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

- - - Of a capacity 84181091 exceeding 340 litres

1,9

1,9

0

0 A

Year 0

84181099 - - - Other

1,9

1,9

0

0 A

Year 0

- - - Of a capacity 84182110 exceeding 340 litres

1,5

1,5

0

0 A

Year 0

84182151 - - - - Table model

2,5

2,5

0

0 A

Year 0

84182159 - - - - Building-in type

1,9

1,9

0

0 A

Year 0

84182191 - - - - - Not exceeding 250 litres

2,5

2,5

0

0 A

Year 0

- - - - - Exceeding 250 litres but not 84182199 exceeding 340 litres

1,9

1,9

0

0 A

Year 0

84182200 - - Absorption-type, electrical

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

84182900 - - Other

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

- - - Of a capacity not 84183091 exceeding 400 litres

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

- - - Of a capacity exceeding 400 litres but not 84183099 exceeding 800 litres

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

- - - Of a capacity not 84184091 exceeding 250 litres

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

- - - Of a capacity exceeding 250 litres but not 84184099 exceeding 900 litres

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

84185011 - - - For frozen food storage

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

84185019 - - - Other

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

- - - For deep-freezing, other than that of 84185091 subheadings 8418 30 and 8418 40

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

84185099 - - - Other

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

84181010 - - For use in civil aircraft

84183010 - - For use in civil aircraft

84184010 - - For use in civil aircraft

84186110 - - - For use in civil aircraft 84186190 - - - Other 84186910 - - - For use in civil aircraft

0

0

0

0 A

Year 0

84186991 - - - - Absorption heat pumps

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

84186999 - - - - Other

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

- - Furniture designed to receive 84189100 refrigerating or freezing equipment

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

- - - Evaporators and condensers, excluding those for refrigerators of 84189910 the household type

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07 SGP Pl

84189990 - - - Other

2,2

2,2

SGP México (“TMA") 0 0 A

- - Instantaneous gas water 84191100 heaters

2,6

2,6

0

0 A

Year 0

84191900 - - Other

2,6

2,6

0

0 A

Year 0

SA 8D

Descripción

- Medical, surgical or laboratory 84192000 sterilisers

Consolidado

NMF

Chile Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

84193100 - - For agricultural products

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- - For wood, paper pulp, paper or 84193200 paperboard

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84193910 - - - For ceramic articles

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84193990 - - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84194000 - Distilling or rectifying plant

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

84195090 - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- Machinery for liquefying air or 84196000 other gases

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

- - - - Percolators and other appliances for making coffee and 84198191 other hot drinks

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84198199 - - - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- - - Cooling towers and similar plant for direct cooling (without a separating wall) by means of 84198910 recirculated water

84195010 - - For use in civil aircraft

84198110 - - - For use in civil aircraft

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- - - Apparatus for rapid heating of 84198915 semiconductor wafers

0

0

0

0 A

Year 0

- - - Apparatus for chemical vapour deposition on semiconductor 84198920 wafers

0

0

0

0 A

Year 0

- - - Apparatus for physical vapour deposition by electronic beam or evaporation on semiconductor 84198925 wafers

0

0

0

0 A

Year 0

- - - Apparatus for chemical vapour 84198927 deposition on LCD substrates

2,4

2,4

0

0 A

Year 0

- - - Vacuum-vapour plant for the 84198930 deposition of metal

2,4

2,4

0

0 A

Year 0

84198998 - - - Other

2,4

2,4

0

0 A

Year 0

- - Of heat exchange units, for use 84199010 in civil aircraft

0

0

0

0 A

Year 0

- - Of sterilisers of subheading 8419 20 00 and of apparatus of subheading 8419 89 15, 84199025 8419 89 20 or 8419 89 25

0

0

0

0 A

Year 0

- - Of apparatus of 84199050 subheading 8419 89 27

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84199080 - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- - Of a kind used in the textile 84201010 industry

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07 SA 8D

Descripción

Consolidado

SGP Pl

NMF

SGP (“TMA")

México

Chile

- - Of a kind used in the paper 84201030 industry

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- - Of a kind used in the rubber or 84201050 plastics industries

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84201090 - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84209110 - - - Of cast iron

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84209180 - - - Other

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

84209900 - - Other

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

84211100 - - Cream separators

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

84211200 - - Clothes-dryers

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

- - - - Centrifuges of a kind used in 84211991 laboratories

1,5

1,5

0

0 A

Year 0

- - - - Centrifuges of a kind used in the manufacture of semiconductor 84211994 wafers

0

0

0

0 A

Year 0

84211999 - - - - Other

0

0

0

0 A

Year 0

84212110 - - - For use in civil aircraft

0

0

0

0 A

Year 0

84212190 - - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- - For filtering or purifying 84212200 beverages other than water

1,7

1,7

0

0 A

Year 0 Year 0

84211910 - - - For use in civil aircraft

84212310 - - - For use in civil aircraft 84212390 - - - Other 84212910 - - - For use in civil aircraft 84212990 - - - Other 84213110 - - - For use in civil aircraft 84213190 - - - Other 84213910 - - - For use in civil aircraft

0

0

0

0 A

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

- - - - Machinery and apparatus for 84213930 filtering or purifying air

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84213951 - - - - - By a liquid process

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84213971 - - - - - By a catalytic process

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84213998 - - - - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

- - - Of spinners for coating photographic emulsions on LCD substrates of 84219130 subheading 8421 19 99

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84219190 - - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84219900 - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84221100 - - Of the household type

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84221900 - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- Machinery for cleaning or drying 84222000 bottles or other containers

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- - - Of apparatus of 84219110 subheading 8421 19 94

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07 SA 8D

Descripción

Consolidado

SGP Pl

NMF

SGP (“TMA")

México

Chile

- Machinery for filling, closing, sealing or labelling bottles, cans, boxes, bags or other containers; machinery for capsuling bottles, jars, tubes and similar containers; 84223000 machinery for aerating beverages

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- Other packing or wrapping machinery (including heat-shrink 84224000 wrapping machinery)

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84229010 - - Of dishwashing machines

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84229090 - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84231010 - - Household scales

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84231090 - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- Scales for continuous weighing 84232000 of goods on conveyors

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- Constant weight scales and scales for discharging a predetermined weight of material into a bag or container, including 84233000 hopper scales

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- - - Check weighers and automatic control machines operating by reference to a pre84238110 determined weight

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- - - Machinery for weighing and 84238130 labelling pre-packaged goods

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84238150 - - - Shop-scales

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84238190 - - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- - - Check weighers and automatic control machines operating by reference to a pre84238210 determined weight

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84238290 - - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84238900 - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- Weighing machine weights of all 84239000 kinds; parts of weighing machinery

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

- - - Of a weight not 84241091 exceeding 21 kg

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84241099 - - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- Spray guns and similar 84242000 appliances

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84243001 - - - With heating device

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84243005 - - - - Not exceeding 7,5 kW

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84243009 - - - - Exceeding 7,5 kW

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84243010 - - - Compressed air operated

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84243090 - - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84241010 - - For use in civil aircraft

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07 SGP Pl

84248110 - - - Watering appliances

1,7

1,7

SGP México (“TMA") 0 0 A

84248130 - - - - Portable appliances

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- - - - - Sprayers and powder distributors designed to be 84248191 mounted on or drawn by tractors

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84248199 - - - - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

SA 8D

Descripción

- - - Spraying appliances for etching, stripping or cleaning 84248920 semiconductor wafers - - - Deflash machines for cleaning the metal leads of semiconductor packages prior to the 84248930 electroplating process

Consolidado

NMF

Chile Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- - Of appliances of 84249010 subheading 8424 89 20

0

0

0

0 A

Year 0

- - Of appliances of 84249030 subheading 8424 89 30

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84249090 - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84251110 - - - For use in civil aircraft

0

0

0

0 A

Year 0

84251190 - - - Other

0

0

0

0 A

Year 0

84251910 - - - For use in civil aircraft

0

0

0

0 A

Year 0

- - - - Manually operated chain 84251991 hoists

0

0

0

0 A

Year 0

84251999 - - - - Other

0

0

0

0 A

Year 0

- Pithead winding gear; winches specially designed for use 84252000 underground

0

0

0

0 A

Year 0

84253110 - - - For use in civil aircraft

0

0

0

0 A

Year 0

84253190 - - - Other

0

0

0

0 A

Year 0

84253910 - - - For use in civil aircraft

0

0

0

0 A

Year 0

- - - - Powered by internal 84253991 combustion piston engines

0

0

0

0 A

Year 0

84253999 - - - - Other

0

0

0

0 A

Year 0

- - Built-in jacking systems of a 84254100 type used in garages

0

0

0

0 A

Year 0

84254210 - - - For use in civil aircraft

0

0

0

0 A

Year 0

84254290 - - - Other

0

0

0

0 A

Year 0

84254910 - - - For use in civil aircraft

0

0

0

0 A

Year 0

84254990 - - - Other

0

0

0

0 A

Year 0

- - Overhead travelling cranes on 84261100 fixed support

0

0

0

0 A

Year 0

- - Mobile lifting frames on tyres 84261200 and straddle carriers

0

0

0

0 A

Year 0

84261900 - - Other

0

0

0

0 A

Year 0

84262000 - Tower cranes

0

0

0

0 A

Year 0

84263000 - Portal or pedestal jib cranes

0

0

0

0 A

Year 0

84264100 - - On tyres

0

0

0

0 A

Year 0

84264900 - - Other

0

0

0

0 A

Year 0

84248995 - - - Other

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07 SA 8D

Descripción

Consolidado

SGP Pl

NMF

SGP (“TMA")

México

Chile

- - - Hydraulic cranes designed for the loading and unloading of the 84269110 vehicle

0

0

0

0 A

Year 0

84269190 - - - Other

0

0

0

0 A

Year 0

84269910 - - - For use in civil aircraft

0

0

0

0 A

Year 0

84269990 - - - Other

0

0

0

0 A

Year 0

- - With a lifting height of 1 m or 84271010 more

4,5

4,5

0

0 B

Year 0

84271090 - - Other

4,5

4,5

0

0 B

Year 0

- - - Rough terrain fork-lift and 84272011 other stacking trucks

4,5

4,5

0

0 B

Year 0

84272019 - - - Other

4,5

4,5

0

0 B

Year 0

84272090 - - Other

4,5

4,5

0

0 B

Year 0

84279000 - Other trucks

4

4

0

0 B

Year 0

84281010 - - For use in civil aircraft

0

0

0

0 A

Year 0

84281091 - - - Electrically operated

0

0

0

0 A

Year 0

84281099 - - - Other

0

0

0

0 A

Year 0

84282010 - - For use in civil aircraft

0

0

0

0 A

Year 0

- - - Specially designed for use in 84282030 agriculture

0

0

0

0 A

Year 0

84282091 - - - - For bulk materials

0

0

0

0 A

Year 0

84282099 - - - - Other

0

0

0

0 A

Year 0

- - Specially designed for 84283100 underground use

0

0

0

0 A

Year 0

84283200 - - Other, bucket type

0

0

0

0 A

Year 0

84283310 - - - For use in civil aircraft

0

0

0

0 A

Year 0

84283390 - - - Other

0

0

0

0 A

Year 0

84283910 - - - For use in civil aircraft

0

0

0

0 A

Year 0

84283991 - - - - Roller conveyors

0

0

0

0 A

Year 0

- - - - Automated material handling machines for transport, handling and storage of semiconductor wafers, wafer cassettes, wafer boxes and other material for 84283993 semiconductor devices

0

0

0

0 A

Year 0

84283998 - - - - Other

0

0

0

0 A

Year 0

84284000 - Escalators and moving walkways

0

0

0

0 A

Year 0

- Mine wagon pushers, locomotive or wagon traversers, wagon tippers and similar railway wagon 84285000 handling equipment

0

0

0

0 A

Year 0

- Teleferics, chairlifts, skidraglines; traction mechanisms for 84286000 funiculars

0

0

0

0 A

Year 0

84289010 - - For use in civil aircraft

0

0

0

0 A

Year 0

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07 SA 8D

Descripción

Consolidado

SGP Pl

NMF

SGP (“TMA")

México

Chile

- - - Rolling-mill machinery; roller tables for feeding and removing products; tilters and manipulators 84289030 for ingots, balls, bars and slabs

0

0

0

0 A

Year 0

- - - - - Designed for attachment to 84289071 agricultural tractors

0

0

0

0 A

Year 0

84289079 - - - - - Other

0

0

0

0 A

Year 0

- - - - - Mechanical loaders for bulk 84289091 material

0

0

0

0 A

Year 0

84289098 - - - - - Other

0

0

0

0 A

Year 0

84291100 - - Track laying

0

0

0

0 A

Year 0

84291900 - - Other

0

0

0

0 A

Year 0

84292000 - Graders and levellers

0

0

0

0 A

Year 0

84293000 - Scrapers

0

0

0

0 A

Year 0

84294010 - - - Vibratory

0

0

0

0 A

Year 0

84294030 - - - Other

0

0

0

0 A

Year 0

84294090 - - Tamping machines

0

0

0

0 A

Year 0

- - - Loaders specially designed for 84295110 underground use

0

0

0

0 A

Year 0

84295191 - - - - Crawler shovel loaders

0

0

0

0 A

Year 0

84295199 - - - - Other

0

0

0

0 A

Year 0

84295210 - - - Track-laying excavators

0

0

0

0 A

Year 0

84295290 - - - Other

0

0

0

0 A

Year 0

84295900 - - Other

0

0

0

0 A

Year 0

84301000 - Piledrivers and pile-extractors

0

0

0

0 A

Year 0

84302000 - Snowploughs and snowblowers

0

0

0

0 A

Year 0

84303100 - - Self-propelled

0

0

0

0 A

Year 0

84303900 - - Other

0

0

0

0 A

Year 0

84304100 - - Self-propelled

0

0

0

0 A

Year 0

84304900 - - Other

0

0

0

0 A

Year 0

84305000 - Other machinery, self-propelled

0

0

0

0 A

Year 0

- - Tamping or compacting 84306100 machinery

0

0

0

0 A

Year 0

84306900 - - Other

0

0

0

0 A

Year 0

84311000 - Of machinery of heading 8425

0

0

0

0 A

Year 0

84312000 - Of machinery of heading 8427

4

4

0

0 A

Year 0

84313100 - - Of lifts, skip hoists or escalators

0

0

0

0 A

Year 0

- - - Of rolling-mill machinery of 84313910 subheading 8428 90 30

0

0

0

0 A

Year 0

84313990 - - - Other

0

0

0

0 A

Year 0

- - Buckets, shovels, grabs and 84314100 grips

0

0

0

0 A

Year 0

84314200 - - Bulldozer or angledozer blades

0

0

0

0 A

Year 0

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07 SA 8D

Descripción

Consolidado

SGP Pl

NMF

SGP (“TMA")

México

Chile

- - Parts for boring or sinking machinery of 84314300 subheading 8430 41 or 8430 49

0

0

0

0 A

Year 0

84314920 - - - Of cast iron or cast steel

0

0

0

0 A

Year 0

84314980 - - - Other

0

0

0

0 A

Year 0

84321010 - - Mouldboard

0

0

0

0 A

Year 0

84321090 - - Other

0

0

0

0 A

Year 0

84322100 - - Disc harrows

0

0

0

0 A

Year 0

84322910 - - - Scarifiers and cultivators

0

0

0

0 A

Year 0

84322930 - - - Harrows

0

0

0

0 A

Year 0

84322950 - - - Rotovators

0

0

0

0 A

Year 0

84322990 - - - Other

0

0

0

0 A

Year 0

- - - Central driven precision 84323011 spacing seeders

0

0

0

0 A

Year 0

84323019 - - - Other

0

0

0

0 A

Year 0

84323090 - - Planters and transplanters

0

0

0

0 A

Year 0

- - Mineral or chemical fertiliser 84324010 distribution

0

0

0

0 A

Year 0

84324090 - - Other

0

0

0

0 A

Year 0

84328000 - Other machinery

0

0

0

0 A

Year 0

84329000 - Parts

0

0

0

0 A

Year 0

84331110 - - - Electric

0

0

0

0 A

Year 0

84331151 - - - - - With a seat

0

0

0

0 A

Year 0

84331159 - - - - - Other

0

0

0

0 A

Year 0

84331190 - - - - Other

0

0

0

0 A

Year 0

84331910 - - - - Electric

0

0

0

0 A

Year 0

84331951 - - - - - - With a seat

0

0

0

0 A

Year 0

84331959 - - - - - - Other

0

0

0

0 A

Year 0

84331970 - - - - - Other

0

0

0

0 A

Year 0

84331990 - - - Without motor

0

0

0

0 A

Year 0

84332010 - - With motor

0

0

0

0 A

Year 0

- - - - With the cutting device 84332051 rotating in a horizontal plane

0

0

0

0 A

Year 0

84332059 - - - - Other

0

0

0

0 A

Year 0

84332090 - - - Other

0

0

0

0 A

Year 0

- - Turners, side-delivery rakes, 84333010 and tedders

0

0

0

0 A

Year 0

84333090 - - Other

0

0

0

0 A

Year 0

84334010 - - Pick-up balers

0

0

0

0 A

Year 0

84334090 - - Other

0

0

0

0 A

Year 0

84335100 - - Combine harvester-threshers

0

0

0

0 A

Year 0

84335200 - - Other threshing machinery

0

0

0

0 A

Year 0

- - - Potato-diggers and potato 84335310 harvesters

0

0

0

0 A

Year 0

- - - Beet-topping machines and 84335330 beet harvesters

0

0

0

0 A

Year 0

84335390 - - - Other

0

0

0

0 A

Year 0

84335911 - - - - Self-propelled

0

0

0

0 A

Year 0

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07 SGP Pl

84335919 - - - - Other

0

0

SGP México (“TMA") 0 0 A

84335930 - - - Grape harvesters

0

0

0

0 A

Year 0

84335980 - - - Other

0

0

0

0 A

Year 0

- Machines for cleaning, sorting or grading eggs, fruit or other 84336000 agricultural produce

0

0

0

0 A

Year 0

84339000 - Parts

0

0

0

0 A

Year 0

84341000 - Milking machines

0

0

0

0 A

Year 0

84342000 - Dairy machinery

0

0

0

0 A

Year 0

84349000 - Parts

0

0

0

0 A

Year 0

84351000 - Machinery

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84359000 - Parts

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- Machinery for preparing animal 84361000 feedingstuffs

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84362100 - - Poultry incubators and brooders

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84362900 - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84368010 - - Forestry machinery

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84368091 - - - Automatic drinking bowls

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84368099 - - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- - Of poultry-keeping machinery 84369100 or poultry incubators and brooders

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84369900 - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- Machines for cleaning, sorting or grading seed, grain or dried 84371000 leguminous vegetables

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84378000 - Other machinery

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84379000 - Parts

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84381010 - - Bakery machinery

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- - Machinery for the manufacture of macaroni, spaghetti or similar 84381090 products

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- Machinery for the manufacture of 84382000 confectionery, cocoa or chocolate

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84383000 - Machinery for sugar manufacture

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84384000 - Brewery machinery

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- Machinery for the preparation of 84385000 meat or poultry

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- Machinery for the preparation of 84386000 fruits, nuts or vegetables

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- - For the preparation of tea or 84388010 coffee

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- - - For the preparation or 84388091 manufacture of drink

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84388099 - - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84389000 - Parts

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- Machinery for making pulp of 84391000 fibrous cellulosic material

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

SA 8D

Descripción

Consolidado

NMF

Chile Year 0

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07 SA 8D

Descripción

Consolidado

SGP Pl

NMF

SGP (“TMA")

México

Chile

- Machinery for making paper or 84392000 paperboard

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- Machinery for finishing paper or 84393000 paperboard

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84399110 - - - Of cast iron or cast steel

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84399190 - - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84399910 - - - Of cast iron or cast steel

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84399990 - - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84401010 - - Folding machines

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- - Collating machines and 84401020 gathering machines

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- - Sewing, wire stitching and 84401030 stapling machines

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- - Unsewn (perfect) binding 84401040 machines

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84401090 - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84409000 - Parts

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- - Combined reel slitting and re84411010 reeling machines

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- - Other slitting and cross-cutting 84411020 machines

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84411030 - - Guillotines

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84411040 - - Three-knife trimmers

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84411080 - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- Machines for making bags, sacks 84412000 or envelopes

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- Machines for making cartons, boxes, cases, tubes, drums or similar containers, other than by 84413000 moulding

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- Machines for moulding articles in 84414000 paper pulp, paper or paperboard

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84418000 - Other machinery

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84419010 - - Of cutting machines

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84419090 - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- Phototypesetting and composing 84421000 machines

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- - For founding and setting (for example, linotypes, monotypes, 84422010 intertypes)

0

0

0

0 A

Year 0

84422090 - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- Other machinery, apparatus and 84423000 equipment

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- Parts of the foregoing machinery, 84424000 apparatus or equipment

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84425021 - - - For relief printing

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84425023 - - - For planographic printing

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84425029 - - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84425080 - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07 SGP Pl

84431100 - - Reel fed

1,7

1,7

SGP México (“TMA") 0 0 A

- - Sheet fed, office type (sheet 84431200 size not exceeding 22 × 36 cm)

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84431910 - - - - Used

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84431931 - - - - - Not exceeding 52 × 74 cm

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- - - - - Exceeding 52 × 74 cm but 84431935 not exceeding 74 × 107 cm

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84431939 - - - - - Exceeding 74 × 107 cm

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84431990 - - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84432100 - - Reel fed

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84432900 - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84433000 - Flexographic printing machinery

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84434000 - Gravure printing machinery

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84435100 - - Ink-jet printing machines

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

84435920 - - - For printing textile materials

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- - - - For use in the production of 84435940 semiconductors

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84435970 - - - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- Machines for uses ancillary to 84436000 printing

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- - For use in the production of 84439005 semiconductors

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84439010 - - - Of cast iron or cast steel

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84439080 - - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84440010 - Machines for extruding

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84440090 - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84451100 - - Carding machines

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84451200 - - Combing machines

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84451300 - - Drawing or roving machines

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84451900 - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84452000 - Textile spinning machines

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84453010 - - Textile doubling machines

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84453090 - - Textile twisting machines

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- Textile winding (including weft84454000 winding) or reeling machines

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84459000 - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- For weaving fabrics of a width 84461000 not exceeding 30 cm

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84462100 - - Power looms

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84462900 - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- For weaving fabrics of a width 84463000 exceeding 30 cm, shuttleless type

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84471110 - - - Working with latch needles

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84471190 - - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84471210 - - - Working with latch needles

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84471290 - - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

SA 8D

Descripción

Consolidado

NMF

Chile Year 0

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07 SA 8D

Descripción

Consolidado

SGP Pl

NMF

SGP (“TMA")

México

Chile

- - Warp knitting machines (including Raschel type); stitch84472020 bonding machines

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84472080 - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84479000 - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- - Dobbies and jacquards; card reducing, copying, punching or assembling machines for use 84481100 therewith

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84481900 - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- Parts and accessories of machines of heading 8444 or of 84482000 their auxiliary machinery

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84483100 - - Card clothing

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- - Of machines for preparing textile fibres, other than card 84483200 clothing

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84483310 - - - Spindles and spindle flyers

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- - - Spinning rings and ring 84483390 travellers

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84483900 - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84484100 - - Shuttles

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- - Reeds for looms, healds and 84484200 heald-frames

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84484900 - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84485110 - - - Sinkers

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84485190 - - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84485900 - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

Machinery for the manufacture or finishing of felt or nonwovens in the piece or in shapes, including machinery for making felt hats; 84490000 blocks for making hats

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84501111 - - - - Front-loading machines

3

3

0

0 A

Year 0

84501119 - - - - Top-loading machines

3

3

0

0 A

Year 0

- - - Each of a dry linen capacity exceeding 6 kg but not 84501190 exceeding 10 kg

2,6

2,6

0

0 A

Year 0

- - Other machines, with built-in 84501200 centrifugal drier

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84501900 - - Other

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

- Machines, each of a dry linen 84502000 capacity exceeding 10 kg

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

84509000 - Parts

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84511000 - Dry-cleaning machines

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

- - - Each of a dry linen capacity 84512110 not exceeding 6 kg

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

- - - Each of a dry linen capacity exceeding 6 kg but not 84512190 exceeding 10 kg

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07 SGP Pl

84512900 - - Other

2,2

2,2

SGP México (“TMA") 0 0 A

84513010 - - - Not exceeding 2 500 W

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

84513030 - - - Exceeding 2 500 W

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

84513080 - - Other

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

- Washing, bleaching or dyeing 84514000 machines

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

- Machines for reeling, unreeling, folding, cutting or pinking textile 84515000 fabrics

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

- - Machines used in the manufacture of linoleum or other floor coverings for applying the paste to the base fabric or other 84518010 support

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

- - Machines for dressing or 84518030 finishing

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

84518080 - - Other

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

84519000 - Parts

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

- - - Sewing machines having a value (not including frames, tables or furniture) of more than € 65 84521011 each

5,7

5,7

0

0 A

Year 0

84521019 - - - Other

9,7

9,7

0

0 A

Year 0

- - Other sewing machines and 84521090 other sewing machine heads

3,7

3,7

0

0 A

Year 0

84522100 - - Automatic units

3,7

3,7

0

0 A

Year 0

84522900 - - Other

3,7

3,7

0

0 A

Year 0

84523010 - - With single flat shank

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84523090 - - Other

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

- Furniture, bases and covers for sewing machines and parts 84524000 thereof

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84529000 - Other parts of sewing machines

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

- Machinery for preparing, tanning 84531000 or working hides, skins or leather

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- Machinery for making or 84532000 repairing footwear

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84538000 - Other machinery

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84539000 - Parts

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84541000 - Converters

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84542000 - Ingot moulds and ladles

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84543010 - - For casting under pressure

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84543090 - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84549000 - Parts

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84551000 - Tube mills

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84552100 - - Hot or combination hot and cold

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84552200 - - Cold

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84553010 - - Of cast iron

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

SA 8D

Descripción

Consolidado

NMF

Chile Year 0

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07 SA 8D

Descripción

Consolidado

SGP Pl

NMF

SGP (“TMA")

México

Chile

- - - Hot-rolling work-rolls; hotrolling and cold-rolling back-up 84553031 rolls

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84553039 - - - Cold-rolling work-rolls

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84553090 - - Of cast or wrought steel

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84559000 - Other parts

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

- - Of a kind used in the manufacture of semiconductor 84561010 wafers or devices

0

0

0

0 A

Year 0

84561090 - - Other

4,5

4,5

0

0 A

Year 0

- Operated by ultrasonic 84562000 processes

3,5

3,5

0

0 A

Year 0

84563011 - - - Wire-cut

3,5

3,5

0

0 A

Year 0

84563019 - - - Other

3,5

3,5

0

0 A

Year 0

84563090 - - Other

3,5

3,5

0

0 A

Year 0

- - For dry-etching patterns on 84569100 semiconductor materials

0

0

0

0 A

Year 0

- - - Focused ion beam milling machines for producing or repairing masks and reticles for patterns on semiconductor 84569910 devices

0

0

0

0 A

Year 0

- - - Apparatus for stripping or 84569930 cleaning semiconductor wafers

0

0

0

0 A

Year 0

- - - Apparatus for dry-etching 84569950 patterns on LCD substrates

3,5

3,5

0

0 A

Year 0

84569980 - - - Other

3,5

3,5

0

0 A

Year 0

84571010 - - Horizontal

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84571090 - - Other

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

- Unit construction machines 84572000 (single station)

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84573010 - - Numerically controlled

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84573090 - - Other

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84581120 - - - Turning centres

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84581141 - - - - Single spindle

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84581149 - - - - Multi-spindle

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84581180 - - - Other

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

- - - Centre lathes (engine or tool84581920 room)

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84581940 - - - Automatic lathes

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84581980 - - - Other

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84589120 - - - Turning centres

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84589180 - - - Other

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84589900 - - Other

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84591000 - Way-type unit head machines

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84592100 - - Numerically controlled

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84592900 - - Other

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84593100 - - Numerically controlled

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84593900 - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84594010 - - Numerically controlled

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07 SGP Pl

84594090 - - Other

1,7

1,7

SGP México (“TMA") 0 0 A

84595100 - - Numerically controlled

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84595900 - - Other

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84596110 - - - Tool milling machines

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84596190 - - - Other

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84596910 - - - Tool milling machines

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84596990 - - - Other

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

- Other threading or tapping 84597000 machines

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84601100 - - Numerically controlled

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84601900 - - Other

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

- - - - Internal cylindrical grinding 84602111 machines

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

- - - - Centreless grinding 84602115 machines

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84602119 - - - - Other

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84602190 - - - Other

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

- - - - Internal cylindrical grinding 84602911 machines

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84602919 - - - - Other

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84602990 - - - Other

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84603100 - - Numerically controlled

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84603900 - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84604010 - - Numerically controlled

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84604090 - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- - Fitted with a micrometric adjusting system, in which the positioning in any one axis can be set up to an accuracy of at 84609010 least 0,01 mm

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84609090 - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84612000 - Shaping or slotting machines

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84613010 - - Numerically controlled

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84613090 - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84614011 - - - - Numerically controlled

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84614019 - - - - Other

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84614031 - - - - Numerically controlled

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84614039 - - - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84614071 - - - - Numerically controlled

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84614079 - - - - Other

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84614090 - - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84615011 - - - Circular saws

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84615019 - - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84615090 - - Cutting-off machines

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84619000 - Other

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84621010 - - Numerically controlled

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84621090 - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

SA 8D

Descripción

Consolidado

NMF

Chile Year 0

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07 SA 8D

Descripción

Consolidado

SGP Pl

NMF

SGP (“TMA")

México

Chile

- - - Of a kind used in the manufacture of semiconductor 84622105 devices

0

0

0

0 A

Year 0

84622110 - - - - For working flat products

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84622180 - - - - Other

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

- - - Of a kind used in the manufacture of semiconductor 84622905 devices

0

0

0

0 A

Year 0

84622910 - - - - For working flat products

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84622991 - - - - - Hydraulic

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84622998 - - - - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84623100 - - Numerically controlled

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84623910 - - - For working flat products

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84623991 - - - - Hydraulic

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84623999 - - - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84624110 - - - For working flat products

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84624190 - - - Other

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84624910 - - - For working flat products

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84624990 - - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- - - Presses for moulding metallic powders by sintering or presses for compressing scrap metal into 84629110 bales

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84629150 - - - - Numerically controlled

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84629190 - - - - Other

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

- - - Presses for moulding metallic powders by sintering or presses for compressing scrap metal into 84629910 bales

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84629950 - - - - Numerically controlled

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84629990 - - - - Other

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84631010 - - Drawbenches for wire

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84631090 - - Other

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84632000 - Thread-rolling machines

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84633000 - Machines for working wire

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84639000 - Other

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

- - For sawing monocrystal semiconductor boules into slices, 84641010 or wafers into chips 84641090 - - Other - - For working semiconductor 84642005 wafers

0

0

0

0 A

Year 0

84642011 - - - Optical glass

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

84642019 - - - Other

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

84642020 - - For working ceramics

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

84642095 - - Other

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

- - For scribing or scoring 84649010 semiconductor wafers

0

0

0

0 A

Year 0

84649020 - - For working ceramics

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

84649080 - - Other

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07 SA 8D

Descripción

Consolidado

SGP Pl

NMF

SGP (“TMA")

México

Chile

- - With manual transfer of workpiece between each 84651010 operation

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

- - With automatic transfer of workpiece between each 84651090 operation

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84659110 - - - Bandsaws

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84659120 - - - Circular saws

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84659190 - - - Other

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

- - Planing, milling or moulding (by 84659200 cutting) machines

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

- - Grinding, sanding or polishing 84659300 machines

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

- - Bending or assembling 84659400 machines

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84659500 - - Drilling or morticing machines

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

- - Splitting, slising or paring 84659600 machines

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84659910 - - - Lathes

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84659990 - - - Other

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84661010 - - - Arbors, collets and sleeves

1,2

1,2

0

0 A

Year 0

84661031 - - - - For lathes

1,2

1,2

0

0 A

Year 0

84661039 - - - - Other

1,2

1,2

0

0 A

Year 0

84661090 - - Self-opening dieheads

1,2

1,2

0

0 A

Year 0

- - Jigs and fixtures for specific applications; sets of standard jig 84662010 and fixture components.

1,2

1,2

0

0 A

Year 0

84662091 - - - For lathes

1,2

1,2

0

0 A

Year 0

84662099 - - - Other

1,2

1,2

0

0 A

Year 0

- Dividing heads and other special 84663000 attachments for machine-tools

1,2

1,2

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

84669120 - - - - Of cast iron or cast steel

1,2

1,2

0

0 A

Year 0

84669195 - - - - Other

1,2

1,2

0

0 A

Year 0

84669220 - - - Of cast iron or cast steel

1,2

1,2

0

0 A

Year 0

84669280 - - - Other

1,2

1,2

0

0 A

Year 0

- - - For machines and apparatus of subheading 8456 10 10, 8456 84669315 91 00, 8456 99 10 or 8456 99 30

0

0

0

0 A

Year 0

- - - For apparatus of subheading 84669317 8456 99 50

1,2

1,2

0

0 A

Year 0

84669395 - - - Other

1,2

1,2

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

84669490 - - - Other

1,2

1,2

0

0 A

Year 0

84671110 - - - Metalworking

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- - - For machines of subheading 8464 10 10, 8464 20 05 or 8464 84669115 90 10

- - - For machines of subheading 84669410 8462 21 05 or 8462 29 05

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07 SGP Pl

84671190 - - - Other

1,7

1,7

SGP México (“TMA") 0 0 A

84671900 - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- - - Capable of operation without 84672110 an external source of power

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84672191 - - - - Electropneumatic

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84672199 - - - - Other

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84672210 - - - Chain saws

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84672230 - - - Circular saws

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84672290 - - - Other

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

- - - Of a kind used for working 84672910 textile materials

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

- - - - Capable of operation without 84672930 an external source of power

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84672951 - - - - - - Angle grinders

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84672953 - - - - - - Belt sanders

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84672959 - - - - - - Other

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84672970 - - - - - Planers

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

- - - - - Hedge trimmers and lawn 84672980 edge cutters

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84672990 - - - - - Other

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84678100 - - Chainsaws

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84678900 - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84679100 - - Of chainsaws

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84679200 - - Of pneumatic tools

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84679900 - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84681000 - Hand-held blow pipes

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

- Other gas-operated machinery 84682000 and apparatus

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

84688000 - Other machinery and apparatus

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

84689000 - Parts

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

84691200 - - Automatic typewriters

2,3

2,3

0

0 A

Year 0

84692000 - Other typewriters, electric

2,3

2,3

0

0 A

Year 0

84693000 - Other typewriters, non-electric

2,5

2,5

0

0 A

Year 0

- Electronic calculators capable of operation without an external source of electric power and pocket-size data-recording, reproducing and displaying machines with calculating 84701000 functions

0

0

0

0 A

Year 0

84702100 - - Incorporating a printing device

0

0

0

0 A

Year 0

84702900 - - Other

0

0

0

0 A

Year 0

84703000 - Other calculating machines

0

0

0

0 A

Year 0

84704000 - Accounting machines

0

0

0

0 A

Year 0

SA 8D

Descripción

84691100 - - Word-processing machines

Consolidado

NMF

Chile Year 0

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07 SGP Pl

84705000 - Cash registers

0

0

SGP México (“TMA") 0 0 A

84709000 - Other

0

0

0

0 A

Year 0

- Sorting, screening, separating or 84741000 washing machines

0

0

0

0 A

Year 0

- - For mineral substances of a 84742010 kind used in the ceramics industry

0

0

0

0 A

Year 0

84742090 - - Other

0

0

0

0 A

Year 0

84743100 - - Concrete or mortar mixers

0

0

0

0 A

Year 0

- - Machines for mixing mineral 84743200 substances with bitumen

0

0

0

0 A

Year 0

- - - Machinery for mixing or kneading mineral substances of a 84743910 kind used in the ceramics industry

0

0

0

0 A

Year 0

84743990 - - - Other

0

0

0

0 A

Year 0

- - Machinery for agglomerating, shaping or moulding ceramic 84748010 paste

0

0

0

0 A

Year 0

84748090 - - Other

0

0

0

0 A

Year 0

84749010 - - Of cast iron or cast steel

0

0

0

0 A

Year 0

84749090 - - Other

0

0

0

0 A

Year 0

- Machines for assembling electric or electronic lamps, tubes or valves or flashbulbs, in glass 84751000 envelopes

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- - Machines for making optical 84752100 fibres and preforms thereof

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84752900 - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84759000 - Parts

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- - Incorporating heating or 84762100 refrigerating devices

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84762900 - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- - Incorporating heating or 84768100 refrigerating devices

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84768900 - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84769000 - Parts

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

SA 8D

Descripción

- - Encapsulation equipment for assembly of semiconductor 84771010 devices

Consolidado

NMF

Chile Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

84771090 - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84772000 - Extruders

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84773000 - Blow-moulding machines

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- Vacuum-moulding machines and 84774000 other thermoforming machines

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- - For moulding or retreading pneumatic tyres or for moulding or 84775100 otherwise forming inner tubes

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07 SA 8D

Descripción

- - - Encapsulation equipment for assembly of semiconductor 84775905 devices

Consolidado

SGP Pl

NMF

SGP (“TMA")

México

Chile

0

0

0

0 A

Year 0

84775910 - - - - Presses

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84775980 - - - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- - - Machines for processing 84778011 reactive resins

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84778019 - - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84778091 - - - Size reduction equipment

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- - - Mixers, kneaders and 84778093 agitators

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- - - Cutting, splitting and peeling 84778095 machines

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84778099 - - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- - For machines of subheadings 8477 10 10 84779005 and 8477 59 05

0

0

0

0 A

Year 0

84779010 - - - Of cast iron or cast steel

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84779080 - - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84781000 - Machinery

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84789000 - Parts

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

- Machinery for the extraction or preparation of animal or fixed 84792000 vegetable fats or oils

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84793010 - - Presses

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84793090 - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84794000 - Rope or cable-making machines

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- Industrial robots, not elsewhere 84795000 specified or included

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84796000 - Evaporative air coolers

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- - For treating metal, including 84798100 electric wire coil-winders

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- - Mixing, kneading, crushing, grinding, screening, sifting, homogenising, emulsifying or 84798200 stirring machines

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- Machinery for public works, 84791000 building or the like

- - - The following goods, for use in civil aircraft: hydropneumatic batteries; mechanical actuators for thrust reversers; toilet units specially designed; air humidifiers and dehumidifiers; servomechanisms, non-electric; 84798910 non-electric starter motors; pneu - - - - Mobile hydraulic-powered 84798930 mine roof supports

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07 SA 8D

Descripción

84798960 - - - - Central greasing systems

Consolidado

SGP Pl

NMF

SGP México (“TMA") 0 0 A

Year 0

Chile

1,7

1,7

- - - - Apparatus for growing or pulling monocrystal semiconductor 84798965 boules

0

0

0

0 A

Year 0

- - - - Apparatus for epitaxial deposition on semiconductor 84798970 wafers

0

0

0

0 A

Year 0

- - - - Apparatus for wet etching, developing, stripping or cleaning semiconductor wafers or flat panel 84798973 display substrates

0

0

0

0 A

Year 0

- - - - Die attach apparatus and tape automated bonders for assembly of semiconductor 84798977 devices

0

0

0

0 A

Year 0

- - - - Encapsulation equipment for assembly of semiconductor 84798979 devices

0

0

0

0 A

Year 0

- - - - Machines for glazing and 84798991 decorating ceramic products

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84798998 - - - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

- - - Of machines of subheading 8479 89 65, 8479 89 70, 8479 89 73, 8479 84799050 89 77 or 8479 89 79

0

0

0

0 A

Year 0

84799092 - - - - Of cast iron or cast steel

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84799097 - - - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84801000 - Moulding boxes for metal foundry

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84802000 - Mould bases

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84803010 - - Of wood

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84803090 - - Other

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84804100 - - Injection or compression types

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84804900 - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84805000 - Moulds for glass

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84806010 - - Compression types

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84806090 - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84799010 - - For use in civil aircraft

- - - Of a kind used in the manufacture of semiconductor 84807110 devices

0

0

0

0 A

Year 0

84807190 - - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84807900 - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- - Combined with filters or 84811005 lubricators

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

84811019 - - - Of cast iron or steel

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

84811099 - - - Other

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

- - Valves for the control of 84812010 oleohydraulic power transmission

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07 SA 8D

Descripción

Consolidado

SGP Pl

NMF

SGP (“TMA")

México

Chile

- - Valves for the control of 84812090 pneumatic power transmission

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

84813091 - - Of cast iron or steel

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

84813099 - - Other

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

84814010 - - Of cast iron or steel

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

84814090 - - Other

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

84818011 - - - Mixing valves

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

84818019 - - - Other

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

84818031 - - - Thermostatic valves

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

84818039 - - - Other

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

- - Valves for pneumatic tyres and 84818040 inner-tubes

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

84818051 - - - - Temperature regulators

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

84818059 - - - - Other

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

84818061 - - - - - Of cast iron

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

84818063 - - - - - Of steel

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

84818069 - - - - - Other

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

84818071 - - - - - Of cast iron

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

84818073 - - - - - Of steel

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

84818079 - - - - - Other

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

84818081 - - - - Ball and plug valves

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

84818085 - - - - Butterfly valves

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

84818087 - - - - Diaphragm valves

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

84818099 - - - - Other

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

84819000 - Parts

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

- - With greatest external diameter 84821010 not exceeding 30 mm

8

8

0

0 A

Year 0

84821090 - - Other

8

8

0

0 A

Year 0

- Tapered roller bearings, including cone and tapered roller 84822000 assemblies

8

8

0

0 A

Year 0

84823000 - Spherical roller bearings

8

8

0

0 A

Year 0

84824000 - Needle roller bearings

8

8

0

0 A

Year 0

84825000 - Other cylindrical roller bearings

8

8

0

0 A

Year 0

- Other, including combined 84828000 ball/roller bearings

8

8

0

0 A

Year 0

84829110 - - - Tapered rollers

8

8

0

0 A

Year 0

84829190 - - - Other

8

8

0

0 A

Year 0

84829900 - - Other

8

8

0

0 A

Year 0

84831010 - - For use in civil aircraft

0

0

0

0 A

Year 0

84831041 - - - - Of cast iron or cast steel

4

4

0

0 A

Year 0

84831051 - - - - Of open-die forged steel

4

4

0

0 A

Year 0

84831057 - - - - Other

4

4

0

0 A

Year 0

84831060 - - - Articulated shafts

4

4

0

0 A

Year 0

84831080 - - - Other

4

4

0

0 A

Year 0

- - Of a kind used in aircraft and 84832010 spacecraft

6

6

0

0 A

Year 0

84832090 - - Other

6

6

0

0 A

Year 0

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07 SA 8D

Descripción

84833010 - - For use in civil aircraft

Consolidado

SGP Pl

NMF

SGP México (“TMA") 0 0 A

Year 0

Chile

0

0

84833031 - - - - For ball or roller bearings

5,7

5,7

0

0 A

Year 0

84833039 - - - - Other

3,4

3,4

0

0 A

Year 0

84833090 - - - Plain shaft bearings

3,4

3,4

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

84834082 - - - - Spur and helical

3,7

3,7

0

0 A

Year 0

84834083 - - - - Bevel and bevel/spur

3,7

3,7

0

0 A

Year 0

84834084 - - - - Worm gear

3,7

3,7

0

0 A

Year 0

84834085 - - - - Other

3,7

3,7

0

0 A

Year 0

84834092 - - - Ball or roller screws

3,7

3,7

0

0 A

Year 0

84834094 - - - - Gear boxes

3,7

3,7

0

0 A

Year 0

84834096 - - - - Other

3,7

3,7

0

0 A

Year 0

84834098 - - - Other

3,7

3,7

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

84835091 - - - Of cast iron or cast steel

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84835099 - - - Other

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

84836091 - - - Of cast iron or cast steel

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84836099 - - - Other

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

84839030 - - - Parts of bearing housings

5,7

5,7

0

0 A

Year 0

84839092 - - - - Of cast iron or cast steel

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

84839098 - - - - Other

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

84841090 - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84842000 - Mechanical seals

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

84849090 - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84851010 - - Of bronze

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84851090 - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84859010 - - Of non-malleable cast iron

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84859030 - - Of malleable cast iron

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84859051 - - - Of cast steel

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- - - Of open-die forged iron or 84859053 steel

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- - - Of closed-die forged iron or 84859055 steel

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84859059 - - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

84859080 - - Other

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

- - Synchronous motors of an 85011010 output not exceeding 18 W

4,7

4,7

0

0 A

Year 0

85011091 - - - Universal AC/DC motors

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

85011093 - - - AC motors

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

85011099 - - - DC motors

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

84834010 - - For use in civil aircraft

84835010 - - For use in civil aircraft

84836010 - - For use in civil aircraft

84839010 - - For use in civil aircraft

84841010 - - For use in civil aircraft

84849010 - - For use in civil aircraft

- - Of an output exceeding 735 W but not exceeding 150 kW, for use 85012010 in civil aircraft

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07 SA 8D

Descripción

85012090 - - Other

Consolidado

SGP Pl

NMF

SGP México (“TMA") 0 0 A

Year 0

0

Year 0

Chile

2,7

2,7

0

0

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

- - - - Of an output exceeding 750 W but not 85013291 exceeding 7,5 kW

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

- - - - Of an output exceeding 7,5 kW but not 85013299 exceeding 75 kW

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

- - - Motors of an output exceeding 735 W, DC generators, 85013110 for use in civil aircraft 85013190 - - - Other 85013210 - - - For use in civil aircraft

- - - Motors of an output not exceeding 150 kW and 85013310 generators, for use in civil aircraft 85013390 - - - Other - - - Generators for use in civil 85013410 aircraft

0 A

0

0

0

0 A

Year 0

85013450 - - - - Traction motors

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

- - - - - Exceeding 375 kW but not 85013491 exceeding 750 kW

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

85013499 - - - - - Exceeding 750 kW

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

- - - Of an output not 85014091 exceeding 750 W

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

85014099 - - - Of an output exceeding 750 W

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

- - - - Of an output exceeding 750 W but not 85015291 exceeding 7,5 kW

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

- - - - Of an output exceeding 7,5 kW but not 85015293 exceeding 37 kW

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

- - - - Of an output exceeding 37 kW but not 85015299 exceeding 75 kW

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

85015350 - - - - Traction motors

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

- - - - - Exceeding 75 kW but not 85015392 exceeding 375 kW

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

- - Of an output exceeding 735 W but not exceeding 150 kW, for use 85014010 in civil aircraft

- - - Of an output exceeding 735 W, for use in civil 85015110 aircraft 85015190 - - - Other 85015210 - - - For use in civil aircraft

- - - Of an output not exceeding 150 kW, for use in civil 85015310 aircraft

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07 SA 8D

Descripción

Consolidado

SGP Pl

NMF

SGP (“TMA")

México

Chile

- - - - - Exceeding 375 kW but not 85015394 exceeding 750 kW

2,7

2,7

85015399 - - - - - Exceeding 750 kW

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

85016110 - - - For use in civil aircraft

0

0

0

0 A

Year 0

- - - - Of an output not 85016191 exceeding 7,5 kVA

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

- - - - Of an output exceeding 7,5 kVA but not 85016199 exceeding 75 kVA

2,7

2,7

0

0 A

Year 0 Year 0

85016210 - - - For use in civil aircraft

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

85016390 - - - Other

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

- - Of an output 85016400 exceeding 750 kVA

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

85051100 - - Of metal

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

- - - Permanent magnets of 85051910 agglomerated ferrite

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

85051990 - - - Other

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

- Electromagnetic couplings, 85052000 clutches and brakes

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

85053000 - Electromagnetic lifting heads

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

85059010 - - Electromagnets

1,8

1,8

0

0 A

Year 0

- - Electromagnetic or permanent magnet chucks, clamps and 85059030 similar holding devices

1,8

1,8

0

0 A

Year 0

85059090 - - Parts

1,8

1,8

0

0 A

Year 0

85061011 - - - Cylindrical cells

4,7

4,7

0

0 A

Year 0

85061015 - - - Button cells

4,7

4,7

0

0 A

Year 0

85061019 - - - Other

4,7

4,7

0

0 A

Year 0

85061091 - - - Cylindrical cells

4,7

4,7

0

0 A

Year 0

85061095 - - - Button cells

4,7

4,7

0

0 A

Year 0

85061099 - - - Other

4,7

4,7

0

0 A

Year 0

85063010 - - Cylindrical cells

4,7

4,7

0

0 A

Year 0

85063030 - - Button cells

4,7

4,7

0

0 A

Year 0

85063090 - - Other

4,7

4,7

0

0 A

Year 0

85064010 - - Cylindrical cells

4,7

4,7

0

0 A

Year 0

85064030 - - Button cells

4,7

4,7

0

0 A

Year 0

85064090 - - Other

4,7

4,7

0

0 A

Year 0

85065010 - - Cylindrical cells

4,7

4,7

0

0 A

Year 0

85065030 - - Button cells

4,7

4,7

0

0 A

Year 0

85065090 - - Other

4,7

4,7

0

0 A

Year 0

85066010 - - Cylindrical cells

4,7

4,7

0

0 A

Year 0

85066030 - - Button cells

4,7

4,7

0

0 A

Year 0

85066090 - - Other

4,7

4,7

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

85016290 - - - Other 85016310 - - - For use in civil aircraft

- - Dry zinc-carbon batteries of a voltage of 5,5 V or more but not 85068005 exceeding 6,5 V

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07 SGP Pl

85068011 - - - Cylindrical cells

4,7

4,7

SGP México (“TMA") 0 0 A

85068015 - - - Button cells

4,7

4,7

0

0 A

Year 0

85068090 - - - Other

4,7

4,7

0

0 A

Year 0

85069000 - Parts

4,7

4,7

0

0 A

Year 0

85091010 - - For a voltage of 110 V or more

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

85091090 - - For a voltage of less than 110 V

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

85092000 - Floor polishers

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

85093000 - Kitchen waste disposers

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

- Food grinders and mixers; fruit or 85094000 vegetable juice extractors

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

85098000 - Other appliances

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

- - Of appliances of subheadings 8509 10 10, 8509 10 90 or 85099010 8509 20 00

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

85099090 - - Other

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

85101000 - Shavers

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

85102000 - Hair clippers

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

85103000 - Hair-removing appliances

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

85109000 - Parts

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

3,2

3,2

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

3,2

3,2

0

0 A

Year 0 Year 0

SA 8D

Descripción

85111010 - - For use in civil aircraft 85111090 - - Other 85112010 - - For use in civil aircraft 85112090 - - Other 85113010 - - For use in civil aircraft 85113090 - - Other 85114010 - - For use in civil aircraft 85114090 - - Other 85115010 - - For use in civil aircraft 85115090 - - Other

Consolidado

NMF

Chile Year 0

0

0

0

0 A

3,2

3,2

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

3,2

3,2

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

3,2

3,2

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

85118090 - - Other

3,2

3,2

0

0 A

Year 0

85119000 - Parts

3,2

3,2

0

0 A

Year 0

- Lighting or visual signalling equipment of a kind used on 85121000 bicycles

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

- Other lighting or visual signalling 85122000 equipment

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

85123000 - Sound signalling equipment

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

- Windscreen wipers, defrosters 85124000 and demisters

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

85129000 - Parts

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

85141010 - - - Bakery and biscuit ovens

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

85141080 - - - Other

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

85118010 - - For use in civil aircraft

- - For the manufacture of semiconductor devices on 85141005 semiconductor wafers

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07 SA 8D

Descripción

- - For the manufacture of semiconductor devices on 85142005 semiconductor wafers

Consolidado

SGP Pl

NMF

SGP (“TMA")

México

Chile

0

0

0

0 A

Year 0

85142010 - - - Induction furnaces and ovens

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

85142080 - - - Dielectric furnaces and ovens

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

- - - For the manufacture of semiconductor devices on 85143011 semiconductor wafers 85143019 - - - Other - - - For the manufacture of semiconductor devices on 85143091 semiconductor wafers

0

0

0

0 A

Year 0

85143099 - - - Other

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

- Other equipment for the heat treatment of materials by induction 85144000 or dielectric loss

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

- - Of machines of subheading 8514 10 05, 8514 20 05, 8514 30 85149020 11 or 8514 30 91

0

0

0

0 A

Year 0

85149080 - - Other

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

85151100 - - Soldering irons and guns

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

85151900 - - Other

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

85152100 - - Fully or partly automatic

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

85152910 - - - For butt welding

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

85152990 - - - Other

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

85153100 - - Fully or partly automatic

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

85153913 - - - - Transformers

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

- - - - Generators or rotary converters or static converters, 85153918 rectifiers or rectifying apparatus

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

85153990 - - - Other

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

85158011 - - - - For welding

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

85158019 - - - - Other

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

- - - - For resistance welding of 85158091 plastics

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

85158099 - - - - Other

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

- - Wire bonders of a kind used for the manufacture of semiconductor 85158005 devices

- - For machines of subheading 85159010 8515 80 05

0

0

0

0 A

Year 0

85159090 - - Other

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

85161011 - - - Instantaneous water heaters

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

85161019 - - - Other

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

85161090 - - Immersion heaters

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

85162100 - - Storage heating radiators

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

85162910 - - - Liquid-filled radiators

2,7

2,7

0

0 B

Year 0

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07 SGP Pl

2,7

SGP México (“TMA") 0 0 A

Year 0

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

85162999 - - - - Other

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

85163110 - - - Drying hoods

2,7

2,7

0

0 B

Year 0

85163190 - - - Other

2,7

2,7

0

0 B

Year 0

85163200 - - Other hairdressing apparatus

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

85163300 - - Hand-drying apparatus

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

85164010 - - Steam smoothing irons

2,7

2,7

0

0 B

Year 0

85164090 - - Other

2,7

2,7

0

0 B

Year 0

5

5

0

0 A

Year 3

- - Cookers (incorporating at least 85166010 an oven and a hob)

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

85166051 - - - Hobs for building in

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

85166059 - - - Other

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

85166070 - - Grillers and roasters

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

85166080 - - Ovens for building in

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

85166090 - - Other

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

85167100 - - Coffee or tea makers

2,7

2,7

0

0 B

Year 0

85167200 - - Toasters

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

85167920 - - - Deep fat fryers

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

85167970 - - - Other

2,7

2,7

0

0 B

Year 0

SA 8D

Descripción

Consolidado

85162950 - - - Convection heaters

2,7

85162991 - - - - With built-in fan

85165000 - Microwave ovens

- - Assembled only with a simple insulated former and electrical connections, used for anti-icing or 85168010 de-icing, for use in civil aircraft

NMF

Chile

0

0

0

0 A

Year 0

- - - Assembled with an insulated 85168091 former

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

85168099 - - - Other

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

85169000 - Parts

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

- - Line telephone sets with 85171100 cordless handsets

0

0

0

0 A

Year 0

85171910 - - - Videophones

0

0

0

0 A

Year 0

85171990 - - - Other

0

0

0

0 A

Year 0

85172100 - - Fax machines

0

0

0

0 A

Year 0

85172200 - - Teleprinters

0

0

0

0 A

Year 0

- Telephonic or telegraphic 85173000 switching apparatus

0

0

0

0 A

Year 0

85175010 - - For carrier-current line systems

0

0

0

0 A

Year 0

85175090 - - Other

0

0

0

0 A

Year 0

85178010 - - Entry-phone systems

0

0

0

0 A

Year 0

85178090 - - Other

0

0

0

0 A

Year 0

85179011 - - - Electronic assemblies

0

0

0

0 A

Year 0

85179019 - - - Other

0

0

0

0 A

Year 0

85179082 - - - Electronic assemblies

0

0

0

0 A

Year 0

85179088 - - - Other

0

0

0

0 A

Year 0

85181010 - - For use in civil aircraft

0

0

0

0 A

Year 0

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07 SA 8D

Descripción

- - - Microphones having a frequency range of 300 Hz to 3,4 KHz, of a diameter not exceeding 10 mm and a height not exceeding 3 mm, of a kind used for 85181020 telecommunications

Consolidado

SGP Pl

NMF

SGP (“TMA")

México

Chile

0

0

0

0 A

2,5

2,5

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

4,5

4,5

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

4,5

4,5

0

0 A

Year 0

85182910 - - - For use in civil aircraft

0

0

0

0 A

Year 0

- - - - Loudspeakers having a frequency range of 300 Hz to 3,4 KHz, of a diameter not exceeding 50 mm, of a kind used for 85182920 telecommunications

0

0

0

0 A

Year 0

85182980 - - - - Other

3

3

0

0 A

Year 0

85183010 - - For use in civil aircraft

0

0

0

0 A

Year 0

85183020 - - - Line telephone handsets

0

0

0

0 A

Year 0

85183080 - - - Other

2

2

0

0 A

Year 0

85184010 - - For use in civil aircraft

0

0

0

0 A

Year 0

85181080 - - - Other 85182110 - - - For use in civil aircraft 85182190 - - - Other 85182210 - - - For use in civil aircraft 85182290 - - - Other

- - - Telephonic and measurement 85184030 amplifiers

Year 0

3

3

0

0 A

Year 0

85184091 - - - - With only one channel

4,5

4,5

0

0 A

Year 0

85184099 - - - - Other

4,5

4,5

0

0 A

Year 0

85185010 - - For use in civil aircraft

0

0

0

0 A

Year 0

85185090 - - Other

2

2

0

0 A

Year 0

85189000 - Parts

2

2

0

0 A

Year 0

- Coin- or disc-operated record85191000 players

6

6

0

0 B

Year 3

85192100 - - Without loudspeaker

2

2

0

0 B

Year 0

85192900 - - Other

2

2

0

0 B

Year 0

- - With automatic record-changing 85193100 mechanism

2

2

0

0 B

Year 0

85193900 - - Other

2

2

0

0 B

Year 0

85194000 - Transcribing machines

5

5

0

0 B

Year 3

85199200 - - Pocket-size cassette players

0

0

0

0 B

Year 0

- - - - With an analogue and digital 85199331 reading system

9

9

0

0 B

Year 3

85199339 - - - - Other

2

2

0

0 B

Year 0

- - - - With an analogue and digital 85199381 reading system

9

9

0

0 B

Year 3

85199389 - - - - Other

2

2

0

0 B

Year 0

- - - - Of a kind used in motor vehicles, of a type using discs of a 85199912 diameter not exceeding 6,5 cm

9

9

0

0 B

Year 3

85199918 - - - - Other

9,5

9,5

0

0 B

Year 3

85199990 - - - Other

4,5

4,5

0

0 B

Year 0

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07 SA 8D

Descripción

Consolidado

SGP Pl

NMF

SGP (“TMA")

México

Chile

- Dictating machines not capable of operating without an external 85201000 source of power

4

4

0

0 B

Year 0

85202000 - Telephone answering machines

0

0

0

0 A

Year 0

- - - - - Capable of operating without an external source of 85203211 power

0

0

0

0 A

Year 0

85203219 - - - - - Other

2

2

0

0 B

Year 0

85203230 - - - - Pocket-size recorders

0

0

0

0 A

Year 0

85203250 - - - - Other

2

2

0

0 B

Year 0

- - - - Using magnetic tapes on reels, allowing sound recording or reproduction either at a single speed of 19 cm per second or at several speeds if those comprise only 19 cm per second and lower 85203291 speeds

2

2

0

0 B

Year 0

85203299 - - - - Other

7

7

0

0 B

Year 3

- - - - Capable of operating without 85203311 an external source of power

0

0

0

0 A

Year 0

85203319 - - - - Other

2

2

0

0 B

Year 0

85203330 - - - Pocket-size recorders

0

0

0

0 A

Year 0

85203390 - - - Other

2

2

0

0 B

Year 0

- - - Using magnetic tapes on reels, allowing sound recording or reproduction either at a single speed of 19 cm per second or at several speeds if those comprise only 19 cm per second and lower 85203910 speeds

2

2

0

0 B

Year 0

85203990 - - - Other

7

7

0

0 B

Year 3

85209010 - - For use in civil aircraft

0

0

0

0 A

Year 0

85209090 - - Other

2

2

0

0 A

Year 0

85211010 - - For use in civil aircraft

0

0

0

0 A

Year 0

14

14

0

0 B

Year 3

- - - Using tape of a width not exceeding 1,3 cm and allowing recording or reproduction at a tape speed not exceeding 50 mm per 85211030 second 85211080 - - - Other

8

8

0

0 B

Year 3

14

14

0

0 B

Year 3

85221000 - Pick-up cartridges

4

4

0

0 B

Year 0

- - Assemblies and subassemblies consisting of two or more parts or pieces fastened or joined together, for apparatus of subheading 8520 90, for use in 85229010 civil aircraft

0

0

0

0 A

Year 0

85219000 - Other

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07 SA 8D

Descripción

Consolidado

SGP Pl

NMF

SGP (“TMA")

México

Chile

- - - Styli; diamonds, sapphires and other precious or semiprecious stones (natural, synthetic or reconstructed) for styli, whether 85229030 or not mounted

0

0

0

0 A

Year 0

- - - - - Of apparatus of subheading 85229051 8520 20 00

0

0

0

0 A

Year 0

85229059 - - - - - Other

4

4

0

0 B

Year 0

- - - - Single cassette-deck assemblies with a total thickness not exceeding 53 mm, of a kind used in the manufacture of sound recording and reproducing 85229093 apparatus

0

0

0

0 A

Year 0

85229098 - - - - Other

4

4

0

0 B

Year 0

- - Radio-telegraphic or radiotelephonic apparatus, for use in 85251010 civil aircraft

0

0

0

0 A

Year 0

- - - Radio-telegraphic or radio85251050 telephonic apparatus

0

0

0

0 A

Year 0

3,6

3,6

0

0 A

Year 0

- - Radio-telegraphic or radiotelephonic apparatus, for use in 85252010 civil aircraft

0

0

0

0 A

Year 0

- - - For cellular networks (mobile 85252091 telephones)

0

0

0

0 A

Year 0

85252099 - - - Other

0

0

0

0 A

Year 0 Year 0

85251080 - - - Other

85253010 - - With 3 or more camera tubes

3

3

0

0 A

4,9

4,9

0

0 A

Year 3

85254011 - - - Digital

0

0

0

0 A

Year 0

85254019 - - - Other

4,9

4,9

0

0 A

Year 3

- - - Only able to record sound and images taken by the television 85254091 camera

4,9

4,9

0

0 A

Year 3

85254099 - - - Other

14

14

0

0 A

Year 3

85253090 - - Other

85261010 - - For use in civil aircraft

0

0

0

0 A

Year 0

3,7

3,7

0

0 A

Year 0

85269111 - - - - Radio navigational receivers

0

0

0

0 A

Year 0

85269119 - - - - Other

0

0

0

0 A

Year 0

3,7

3,7

0

0 A

Year 0

85261090 - - Other

85269190 - - - Other 85269210 - - - For use in civil aircraft

0

0

0

0 A

Year 0

85269290 - - - Other

3,7

3,7

0

0 A

Year 0

- - - With an analogue and digital 85271210 reading system

14

14

0

0 B

Year 3

85271290 - - - Other

10

10

0

0 B

Year 3

85271310 - - - With laser reading system

12

12

0

0 B

Year 3

- - - - Of the cassette-type with an analogue and digital reading 85271391 system

14

14

0

0 B

Year 3

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07 SA 8D

Descripción

85271399 - - - - Other

Consolidado

SGP Pl

NMF

SGP México (“TMA") 0 0 B

Year 3

Chile

10

10

0

0

0

0 A

Year 0

85272120 - - - - With laser reading system

14

14

0

0 B

Year 3

- - - - - Of the cassette-type with an analogue and digital reading 85272152 system

14

14

0

0 B

Year 3

85272159 - - - - - Other

10

10

0

0 B

Year 3

85272170 - - - - With laser reading system

14

14

0

0 B

Year 3

- - - - - Of the cassette-type with an analogue and digital reading 85272192 system

14

14

0

0 B

Year 3

85272198 - - - - - Other

10

10

0

0 B

Year 3

85272900 - - Other

12

12

0

0 B

Year 3

- - - - Of the cassette-type with an analogue and digital reading 85273111 system

14

14

0

0 B

Year 3

85273119 - - - - Other

10

10

0

0 B

Year 3

85273191 - - - - With laser reading system

12

12

0

0 B

Year 3

- - - - - Of the cassette-type with an analogue and digital reading 85273193 system

14

14

0

0 B

Year 3

85273198 - - - - - Other

10

10

0

0 B

Year 3

85273210 - - - Alarm clock radios

0

0

0

0 B

Year 0

85273290 - - - Other

9

9

0

0 B

Year 3

85273920 - - - Without built-in amplifier

9

9

0

0 B

Year 3

85273980 - - - With built-in amplifier

9

9

0

0 B

Year 3

- - For radio-telephony or radio85279010 telegraphy, for use in civil aircraft

0

0

0

0 A

Year 0

85271900 - - Other

- - - Portable receivers for calling, 85279092 alerting or paging

0

0

0

0 A

Year 0

85279098 - - - Other

9,3

9,3

0

0 B

Year 3

- - - Television projection 85281210 equipment

14

14

0

0 B

Year 3

- - - Apparatus incorporating a 85281220 video recorder or reproducer

14

14

0

0 B

Year 3

85281252 - - - - - - Not exceeding 42 cm

14

14

0

0 B

Year 3

- - - - - - Exceeding 42 cm but not 85281254 exceeding 52 cm

14

14

0

0 B

Year 3

- - - - - - Exceeding 52 cm but not 85281256 exceeding 72 cm

14

14

0

0 B

Year 3

85281258 - - - - - - Exceeding 72 cm

14

14

0

0 B

Year 3

85281262 - - - - - - - Not exceeding 75 cm

14

14

0

0 B

Year 3

85281266 - - - - - - - Exceeding 75 cm

14

14

0

0 B

Year 3

- - - - - - With scanning parameters 85281270 exceeding 625 lines

14

14

0

0 B

Year 0

- - - - - - With a screen width/height 85281281 ratio less than 1,5

14

14

0

0 B

Year 3

85281289 - - - - - - Other

14

14

0

0 B

Year 3

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07 SA 8D

Descripción

Consolidado

SGP Pl

NMF

SGP (“TMA")

México

Chile

- - - - - - - Electronic assemblies for incorporation into automatic data85281290 processing machines

0

0

0

0 A

Year 0

- - - - - - - Apparatus with a microprocessor-based device incorporating a modem for gaining access to the Internet, and having a function of interactive information exchange, capable of receiving television signals (‘set85281291 top boxes with communication fun

0

0

0

0 A

Year 0

- - - - - - - - Digital (including mixed 85281294 digital and analogue)

14

14

0

0 B

Year 0

85281295 - - - - - - - - Other

14

14

0

0 B

Year 3

85281298 - - - - - - Other

14

14

0

0 B

Year 3

- - Black and white or other 85281300 monochrome

2

2

0

0 B

Year 0

- - - - With a screen width/height 85282114 ratio less than 1,5

14

14

0

0 B

Year 3

- - - - - With scanning parameters 85282116 not exceeding 625 lines

14

14

0

0 B

Year 3

- - - - - With scanning parameters 85282118 exceeding 625 lines

14

14

0

0 B

Year 3

85282190 - - - Other

14

14

0

0 B

Year 3

- - Black and white or other 85282200 monochrome

14

14

0

0 B

Year 3

- - Operating by means of flat panel display (for example, a liquid crystal device), capable of displaying digital information generated by an automatic data85283005 processing machine

0

0

0

0 A

Year 0

14

14

0

0 B

Year 3

- - - Black and white or other 85283090 monochrome

2

2

0

0 B

Year 0

85291010 - - For use in civil aircraft

0

0

0

0 A

Year 0

- - - - Aerials for radio-telegraphic 85291015 or radio-telephonic apparatus

0

0

0

0 A

Year 0

- - - - Telescopic and whip-type aerials for portable apparatus or for apparatus for fitting in motor 85291020 vehicles

5

5

0

0 A

Year 3

85291031 - - - - - For reception via satellite

3,6

3,6

0

0 B

Year 0

85291039 - - - - - Other

3,6

3,6

0

0 B

Year 0

4

4

0

0 B

Year 0

3,6

3,6

0

0 B

Year 0

85283020 - - - Colour

- - - - Inside aerials for radio or television broadcast receivers, 85291040 including built-in types 85291045 - - - - Other

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07 SA 8D

Descripción

Consolidado

SGP Pl

NMF

SGP (“TMA")

México

Chile

85291070 - - - Aerial filters and separators

3,6

3,6

0

0 B

Year 0

85291090 - - - Other

3,6

3,6

0

0 B

Year 0

- - Assemblies and subassemblies consisting of two or more parts or pieces fastened or joined together, for apparatus of subheadings 8526 10 10, 8526 91 11, 8526 91 19 and 8526 92 10, for 85299010 use in civil aircraft

0

0

0

0 A

Year 0

- - - Parts of apparatus of subheadings 8525 10 50, 8525 20 91, 8525 20 99, 85299040 8525 40 11 and 8527 90 92

0

0

0

0 A

Year 0

85299051 - - - - - Of wood

2

2

0

0 B

Year 0

85299059 - - - - - Of other materials

3

3

0

0 B

Year 0

85299072 - - - - Electronic assemblies

3

3

0

0 B

Year 0

- - - - - For television cameras of subheading 8525 30 and apparatus of 85299081 headings 8527 and 8528

5

5

0

0 B

Year 3

85299088 - - - - - Other

3

3

0

0 B

Year 0

- Equipment for railways or 85301000 tramways

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

85308000 - Other equipment

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

85309000 - Parts

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

- - - Of a kind used for motor 85311020 vehicles

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

85311030 - - - Of a kind used for buildings

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

85311080 - - - Other

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

85312010 - - For use in civil aircraft

0

0

0

0 A

Year 0

- - - Incorporating light emitting 85312030 diodes (LED)

0

0

0

0 A

Year 0

- - - - Incorporating active matrix 85312050 liquid crystal devices (LCD)

0

0

0

0 A

Year 0

85312080 - - - - Other

0

0

0

0 A

Year 0

85318010 - - For use in civil aircraft

0

0

0

0 A

Year 0

85318030 - - - Flat panel display devices

0

0

0

0 A

Year 0

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

2,2

2,2

0

0 A

Year 0

85311010 - - For use in civil aircraft

85318080 - - - Other - - Of apparatus of subheadings 8531 20 85319020 and 8531 80 30 85319080 - - Other

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07 SA 8D

Descripción

Consolidado

SGP Pl

NMF

SGP (“TMA")

México

Chile

- Fixed capacitors designed for use in 50/60 Hz circuits and having a reactive power handling capacity of not less than 0,5 kvar 85321000 (power capacitors)

0

0

0

0 A

Year 0

85322100 - - Tantalum

0

0

0

0 A

Year 0

85322200 - - Aluminium electrolytic

0

0

0

0 A

Year 0

85322300 - - Ceramic dielectric, single layer

0

0

0

0 A

Year 0

85322400 - - Ceramic dielectric, multilayer

0

0

0

0 A

Year 0

85322500 - - Dielectric of paper or plastics

0

0

0

0 A

Year 0

85322900 - - Other

0

0

0

0 A

Year 0

- Variable or adjustable (pre-set) 85323000 capacitors

0

0

0

0 A

Year 0

85329000 - Parts

0

0

0

0 A

Year 0

- Fixed carbon resistors, 85331000 composition or film types

0

0

0

0 A

Year 0

- - Ion implanters for doping 85431100 semiconductor materials

0

0

0

0 A

Year 0

85431900 - - Other

4

4

0

0 A

Year 0

3,7

3,7

0

0 A

Year 0

85432000 - Signal generators - - Apparatus for wet etching, developing, stripping or cleaning semiconductor wafers or flat panel 85433020 display substrates

0

0

0

0 A

Year 0

85433080 - - Other

3,7

3,7

0

0 A

Year 0

85434000 - Electric fence energisers

3,7

3,7

0

0 A

Year 0

85438100 - - Proximity cards and tags

0

0

0

0 A

Year 0

- - - Flight recorders, electric synchros and transducers, defrosters and demisters with electric resistors, for use in civil 85438910 aircraft

0

0

0

0 A

Year 0

- - - - Electrical machines with 85438915 translation or dictionary functions

0

0

0

0 A

Year 0

85438920 - - - - Aerial amplifiers

3,7

3,7

0

0 A

Year 0

- - - - - - With a maximum tube 85438951 length of 100 cm

3,7

3,7

0

0 A

Year 0

85438955 - - - - - - Other

3,7

3,7

0

0 A

Year 0

85438959 - - - - - Other

3,7

3,7

0

0 A

Year 0

- - - - Apparatus for physical deposition on semiconductor 85438965 wafers

0

0

0

0 A

Year 0

- - - - Encapsulation equipment for assembly of semiconductor 85438973 devices

0

0

0

0 A

Year 0

3,7

3,7

0

0 A

Year 0

- - - - Apparatus for physical deposition by sputtering on LCD 85438975 substrates

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07 SA 8D

Descripción

- - - - Upgrade kits, for automatic data processing machines and units thereof, put up for retail sale, consisting of, at least, speakers and/or microphone, and an electronic assembly that enables the automatic data processing 85438979 machine and units thereof to

Consolidado

SGP Pl

NMF

SGP (“TMA")

México

Chile

0

0

0

0 A

Year 0

3,7

3,7

0

0 A

Year 0

- - Assemblies and subassemblies consisting of two or more parts or pieces fastened or joined together, for flight 85439010 recorders, for use in civil aircraft

0

0

0

0 A

Year 0

- - Electronic assemblies for incorporation into automatic data85439020 processing machines

0

0

0

0 A

Year 0

- - Of apparatus of subheading 8543 11 00, 8543 30 20, 8543 89 65 85439030 or 8543 89 73

0

0

0

0 A

Year 0

- - Of apparatus of subheading 85439040 8543 89 75

3,7

3,7

0

0 A

Year 0

85439080 - - Other

3,7

3,7

0

0 A

Year 0

85441110 - - - Lacquered or enamelled

3,7

3,7

0

0 A

Year 0

85441190 - - - Other

3,7

3,7

0

0 A

Year 0

85441910 - - - Lacquered or enamelled

3,7

3,7

0

0 A

Year 0

85441990 - - - Other

3,7

3,7

0

0 A

Year 0

- Coaxial cable and other coaxial 85442000 electric conductors

3,7

3,7

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

3,7

3,7

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

3,3

3,3

0

0 A

Year 0

0

0

0

0 A

Year 0

3,7

3,7

0

0 A

Year 0

85438995 - - - - Other

85443010 - - For use in civil aircraft 85443090 - - Other - - - Of a kind used for 85444110 telecommunications 85444190 - - - Other - - - Of a kind used for 85444920 telecommunications 85444980 - - - Other - - - Of a kind used for 85445110 telecommunications

0

0

0

0 A

Year 0

85445190 - - - Other

3,3

3,3

0

0 A

Year 0

- - - Wire and cables, with individual conductor wires of a 85445910 diameter exceeding 0,51 mm

3,7

3,7

0

0 A

Year 0

85445920 - - - - For a voltage of 1 000 V

3,7

3,7

0

0 A

Year 0

- - - - For a voltage exceeding 80 V but less 85445980 than 1 000 V

3,7

3,7

0

0 A

Year 0

85446010 - - With copper conductors

3,7

3,7

0

0 A

Year 0

85446090 - - With other conductors

3,7

3,7

0

0 A

Year 0

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07 SA 8D

Descripción

85447000 - Optical fibre cables

Consolidado

SGP Pl

NMF

SGP México (“TMA") 0 0 A

Year 0

Chile

0

0

85451100 - - Of a kind used for furnaces

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

- - - Electrodes for electrolysis 85451910 installations

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

85451990 - - - Other

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

85452000 - Brushes

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

85459010 - - Heating resistors

1,7

1,7

0

0 A

Year 0

85459090 - - Other

2,7

2,7

0

0 A

Year 0

85461000 - Of glass

3,7

3,7

0

0 A

Year 0

85462010 - - With no metal parts

4,7

4,7

0

0 A

Year 0

- - - For overhead power 85462091 transmission or traction lines

4,7

4,7

0

0 A

Year 0

85462099 - - - Other

4,7

4,7

0

0 A

Year 0

85469010 - - Of plastics

3,7

3,7

0

0 A

Year 0

85469090 - - Other

3,7

3,7

0

0 A

Year 0

- - Containing 80 % or more by 85471010 weight of metallic oxides

4,7

4,7

0

0 A

Year 0

85471090 - - Other

4,7

4,7

0

0 A

Year 0

85472000 - Insulating fittings of plastics

3,7

3,7

0

0 A

Year 0

85479000 - Other

3,7

3,7

0

0 A

Year 0

- - Spent primary cells, spent 85481010 primary batteries

4,7

4,7

0

0 A

Year 0

85481021 - - - Lead-acid accumulators

2,6

2,6

0

0 A

Year 0

85481029 - - - Other

2,6

2,6

0

0 A

Year 0

85481091 - - - Containing lead

0

0

0

0 A

Year 0

85481099 - - - Other

0

0

0

0 A

Year 0

- - Memories in multicombinational forms such as stack D-RAMs and 85489010 modules

0

0

0

0 A

Year 0

85489090 - - Other 2,7 Fuente: Acuerdo de Asociación entre México y Unión Europea

2,7

0

0 A

Year 0

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07

ANEXO II: Cuadro comparativo del comercio exterior de Costa Rica y Unión Europea, por subpartida arancelaria 2005 millones de euros SA 6D

Costa Rica

Descripción

Exp

UE Imp

Exp

Imp

UE extraregional Exp Imp

Comercio bilateral Exp Imp

8401 Reactores nucleares; elementos combustibles (cartuchos) sin irradiar para reactores nucleares; máquinas y aparatos para la separación isotópica Calderas de vapor (generadores de vapor), excepto las de calefaccion central, concebidas para producir agua caliente y tambien vapor a baja presion; calderas denominadas "de agua sobrecalentada" 8402

8403

Calderas para calefaccion central, excepto las de la partida 84.02

8,4

50,9

63.679,7

59.163,7

25.413,2

30.366,9

0,0

1,0

1,4

46,7

19.296,8

20.713,4

18.058,2

16.390,8

0,0

0,1

0,0

0,2

26.760,3

20.675,2

5.059,0

2.015,4

0,0

0,1

0,0

29,4

14.693,9

18.335,2

9.310,5

8.988,5

0,0

6,5

APARATOS AUXILIARES PARA LAS CALDERAS DE LAS PARTIDAS nos 84.02 u 84.03 (POR EJEMPLO: ECONOMIZADORES, RECALENTADORES, DESHOLLINADORES O RECUPERADORES DE GAS); CONDENSADORES PARA MÁQUINAS DE VAPOR 8404

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07

ANEXO II: Cuadro comparativo del comercio exterior de Costa Rica y Unión Europea, por subpartida arancelaria 2005 millones de euros SA 6D

Costa Rica

Descripción

Exp

UE Imp

Exp

Imp

UE extraregional Exp Imp

Comercio bilateral Exp Imp

Generadores de gas pobre (gas de aire) o de gas de agua, incluso con sus depuradores; generadores de acetileno y generadores similares de gases, por via humeda, incluso con sus depuradores 8405 8406

Turbinas de vapor.

0,1

10,3

18.824,9

17.709,2

5.296,8

3.443,4

0,0

1,0

46,3

38,3

14.948,7

15.312,8

10.232,8

3.434,2

0,1

6,9

0,1

1,6

19.649,3

13.753,6

7.808,8

3.512,1

0,0

2,0

2,5

32,8

17.802,4

13.134,8

6.399,5

2.029,3

0,0

2,1

0,3

7,2

15.288,8

12.212,1

6.304,7

3.484,3

0,1

1,6

0,7

20,5

15.593,9

12.063,0

6.896,5

2.227,7

0,0

1,1

0,9

15,2

15.953,3

11.244,2

6.869,0

7.654,9

16,0

5,3

5,9

71,4

17.998,3

10.817,9

1.864,8

5.855,3

0,0

0,1

Motores de embolo (piston) alternativo y motores rotativos, de encendido por chispa (motores de explosion) 8407

8408

Motores de embolo (piston) de encendido por compresion (motores diesel o semi-diesel) PARTES IDENTIFICABLES COMO DESTINADAS, EXCLUSIVA O PRINCIPALMENTE, A LOS MOTORES DE LAS PARTIDAS 84.07 u 84.08

8409 8410

8411 8412

Turbinas hidraulicas, ruedas hidraulicas y sus reguladores. Turborreactores, turbopropulsores turbinas de gas.

y

demas

Los demas motores máquinas motrices.

y

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07

ANEXO II: Cuadro comparativo del comercio exterior de Costa Rica y Unión Europea, por subpartida arancelaria 2005 millones de euros SA 6D

Costa Rica

Descripción

Exp

UE Imp

Exp

Imp

UE extraregional Exp Imp

Comercio bilateral Exp Imp

Bombas para liquidos, incluso con dispositivo medidor incorporado; elevadores de liquidos 8413

0,1

7,4

12.980,4

9.426,6

4.603,0

2.044,6

0,0

2,1

29,1

26,5

8.364,5

9.288,6

5.259,2

2.888,6

0,0

1,9

1,3

19,7

12.364,3

9.226,8

6.101,1

828,3

0,0

3,6

1,4

18,2

10.903,8

9.101,6

4.469,0

3.097,2

0,2

2,0

Bombas de aire o de vacio, compresores de aire u otros gases y ventiladores; campanas aspirantes para extraccion o reciclado, con ventilador incorporado, incluso con filtro 8414 Máquinas y aparatos para acondicionamiento de aire que comprendan un ventilador con motor y los dispositivos adecuados para modificar la temperatura y la humedad, aunque no regulen separadamente el grado higrometrico 8415

8416

Quemadores para la alimentacion de hogares, de combustibles liquidos o solidos pulverizados o de gases; alimentadores mecanicos de hogares, parrillas mecanicas, descargadores mecanicos de cenizas y demas dispositivos mecanicos auxiliares empleados en hogares

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07

ANEXO II: Cuadro comparativo del comercio exterior de Costa Rica y Unión Europea, por subpartida arancelaria 2005 millones de euros SA 6D

Costa Rica

Descripción

Exp

UE Imp

Exp

Imp

UE extraregional Exp Imp

Comercio bilateral Exp Imp

Hornos industriales o de laboratorio, incluidos los incineradores, que no sean electricos 8417

0,4

4,0

5.143,1

8.575,4

0,0

0,0

0,0

0,1

1,1

12,9

9.428,6

8.108,9

5.308,6

1.419,8

0,0

1,2

Refrigeradores, congeladores y demas material, máquinas y aparatos para produccion de frio, aunque no sean electricos; bombas de calor, excepto las máquinas y aparatos para acondicionamiento de aire de la partida 84.15 8418

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07

ANEXO II: Cuadro comparativo del comercio exterior de Costa Rica y Unión Europea, por subpartida arancelaria 2005 millones de euros SA 6D

8419

8420

Costa Rica

Descripción

Exp

Aparatos y dispositivos, aunque se calienten electricamente (excepto los hornos y demas aparatos de la partida 85.14), para el tratamiento de materias mediante operaciones que impliquen un cambio de temperatura, tales como calentamiento, coccion, torrefacción, destilación, rectificación, esterilización, pasteurización, baño de vapor de agua, secado, evaporación, vaporación, condensación o enfriamiento, excepto los aparatos domésticos; calentaodres de agua de calentamiento instantaneo o de acumulación, excepto los eléctricos Calandrias y laminadores, excepto para metal o vidrio, y cilindros para estas máquinas

UE Imp

Exp

Imp

UE extraregional Exp Imp

Comercio bilateral Exp Imp

0,7

8,8

8.167,2

7.255,5

0,0

0,0

0,0

1,3

0,1

12,2

5.174,6

5.971,3

3.116,7

2.436,0

0,0

3,0

0,2

12,1

3.875,1

5.824,8

2.425,5

3.659,3

0,9

1,9

Centrifugadoras, incluidas las secadoras centrifugas; aparatos para filtrar o depurar liquidos o gases 8421

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07

ANEXO II: Cuadro comparativo del comercio exterior de Costa Rica y Unión Europea, por subpartida arancelaria 2005 millones de euros SA 6D

8422

8423

Costa Rica

Descripción

Exp

Máquinas para lavar vajilla; máquinas y aparatos para limpiar o secar botellas o demas recipientes; máquinas y aparatos para llenar, cerrar, tapar, taponar o etiquetar botellas, botes o latas, cajas, sacos (bolsas) o demas continentes; máquinas y aparatos para capsular botellas, tarros, tubos y continentes analogos; las máquinas y aparatos para empaquetar o envolver mercancías (incluidas las de envolver con película termorretractil); máquinas y aparatos para gasear bebidas APARATOS E INSTRUMENTOS PARA PESAR, INCLUIDAS LAS BASCULAS Y BALANZAS PARA COMPROBAR O CONTAR PIEZAS FABRICADAS, EXCEPTO LAS BALANZAS SENSIBLES A UN PESO INFERIOR O IGUAL A 5 cg; PESAS PARA TODA CLASE DE BASCULAS O BALANZAS

UE Imp

Exp

Imp

UE extraregional Exp Imp

Comercio bilateral Exp Imp

0,7

9,2

11.883,0

5.743,0

4.197,3

1.336,5

0,0

1,1

0,8

6,1

10.229,5

5.629,0

2.285,9

1.554,6

0,0

1,1

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07

ANEXO II: Cuadro comparativo del comercio exterior de Costa Rica y Unión Europea, por subpartida arancelaria 2005 millones de euros SA 6D

8424 8425

Costa Rica

Descripción

Exp

Aparatos mecanicos (incluso manuales) para proyectar, dispersar o pulverizar materias liquidas o en polvo; extintores, incluso cargados; pistolas aerograficas y aparatos similares; máquinas y aparatos de chorro de arena o de vapor y aparatos de chorro similares Polipastos; tornos y cabrestantes; gatos.

UE Imp

Exp

Imp

UE extraregional Exp Imp

Comercio bilateral Exp Imp

6,5

84,7

5.666,5

5.117,6

4.595,2

989,2

0,0

5,6

0,0

9,0

2.878,7

4.969,6

3.052,9

895,1

0,0

1,4

0,8

5,1

5.908,0

4.864,3

1.965,2

368,8

0,0

0,2

1,0

7,5

8.183,7

4.716,9

1.717,5

921,1

0,1

1,2

89,6

6,9

3.509,3

4.651,7

3.580,2

378,9

0,0

1,0

Gruas y aparatos de elevacion sobre cable aereo; puentes rodantes, porticos de descarga o manipulacion, puentes grua, carretillas puente y carretillas grua 8426 Carretillas apiladoras; las demas carretillas de manipulacion con dispositivo de elevacion incorporado 8427 Las demas máquinas y aparatos de elevacion, carga, descarga o manipulacion (por ejemplo: ascensores, escaleras mecanicas, transportadores, telefericos 8428

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07

ANEXO II: Cuadro comparativo del comercio exterior de Costa Rica y Unión Europea, por subpartida arancelaria 2005 millones de euros SA 6D

Costa Rica

Descripción

Exp

UE Imp

Exp

Imp

UE extraregional Exp Imp

Comercio bilateral Exp Imp

Topadoras frontales ("bulldozers"), topadoras angulares ("angledozers"), niveladoras, traillas ("scrapers"), palas mecanicas, excavadoras, cargadoras, palas cargadoras, compactadoras y apisonadoras (aplanadoras), autopropulsadas 8429

2,0

3,3

5.485,7

4.519,8

2.660,8

2.223,1

2,2

16,9

0,0

4,8

4.814,9

4.237,1

0,0

0,0

0,2

0,2

4,8

21,4

4.199,8

4.009,9

2.527,0

1.434,7

0,3

0,9

0,9

4,6

6.025,0

3.911,5

2.143,3

547,5

0,0

0,1

Las demas máquinas y aparatos para explanar, nivelar, traillar ("scraping"), excavar, compactar, apisonar (aplanar), extraer o perforar tierra o minerales; martinetes y máquinas para arrancar pilotes, estacas o similares; quitanieves 8430 Partes identificables como destinadas, exclusiva o principalmente, a las máquinas o aparatos de las partidas 84.25 a 84.30 8431 Máquinas, aparatos y artefactos agricolas, horticolas o silvicolas, para la preparacion o el trabajo del suelo o para el cultivo; rodillos para cesped o terrenos de deporte. 8432

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07

ANEXO II: Cuadro comparativo del comercio exterior de Costa Rica y Unión Europea, por subpartida arancelaria 2005 millones de euros SA 6D

8433

8434

Costa Rica

Descripción

Exp

Máquinas, aparatos y artefactos para cosechar o trillar, incluidas las prensas para paja o forraje; cortadoras de cesped y guadañadoras; máquinas para limpieza o clasificacion de huevos, frutos o demas productos agricolas, excepto las de la partida 84.37 Máquinas para ordeñar y máquinas y aparatos para la industria lechera

UE Imp

Exp

Imp

UE extraregional Exp Imp

Comercio bilateral Exp Imp

0,7

8,1

7.288,5

3.894,8

1.698,0

2.489,5

0,0

1,7

0,0

17,5

5.376,9

3.700,7

1.215,1

5.624,3

0,0

0,1

5,2

16,4

7.306,7

3.665,8

2.904,2

347,1

0,0

4,4

0,1

4,6

3.115,4

3.608,3

831,5

503,4

0,0

0,4

Prensas, estrujadoras y máquinas y aparatos analogos para la produccion de vino, sidra, jugos de frutos o bebidas similares 8435 Las demas máquinas y aparatos para la agricultura, horticultura, silvicultura, avicultura o apicultura, incluidos los germinadores con dispositivos mecanicos o termicos incorporados y las incubadoras y criadoras avicolas 8436

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07

ANEXO II: Cuadro comparativo del comercio exterior de Costa Rica y Unión Europea, por subpartida arancelaria 2005 millones de euros SA 6D

Costa Rica

Descripción

Exp

UE Imp

Exp

Imp

UE extraregional Exp Imp

Comercio bilateral Exp Imp

Máquinas para limpieza, clasificacion o cribado de semillas, granos u hortalizas de vaina secas; máquinas y aparatos para molienda o tratamiento de cereales u hortalizas de vaina secas, excepto las de tipo rural 8437

8438

Máquinas y aparatos, no expresados ni comprendidos en otra parte de este capitulo, para la preparacion o fabricacion industrial de alimentos o bebidas, excepto las máquinas y aparatos para la extraccion o preparacion de aceites o grasas, animales o vegetales fijos Máquinas y aparatos para la fabricacion de pasta de materias fibrosas celulosicas o para la fabricacion o acabado de papel o carton

8439

8440

Máquinas y aparatos para encuadernacion, incluidas las máquinas para coser pliegos.

0,0

0,5

3.186,3

3.163,7

0,0

0,0

0,1

2,4

0,0

0,3

1.332,2

2.909,9

949,2

1.037,9

0,0

0,3

4,0

12,3

3.579,2

2.431,2

414,3

2.619,3

0,0

0,0

1,0

10,0

4.857,8

2.321,2

0,0

0,0

0,0

0,5

3,6

3,6

5.815,4

2.247,4

0,0

0,0

0,0

0,8

Las demas máquinas y aparatos para el trabajo de la pasta de papel, del papel o carton, incluidas las cortadoras de cualquier tipo 8441

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07

ANEXO II: Cuadro comparativo del comercio exterior de Costa Rica y Unión Europea, por subpartida arancelaria 2005 millones de euros Costa Rica

UE

UE extraregional Exp Imp

Comercio bilateral Exp Imp

SA 6D

Descripción

8442

Máquinas, aparatos y material (excepto las máquinas herramienta de las partidas 84.56 a 84.65) para fundir o componer caracteres o para preparar o fabricar clises, planchas, cilindros o demas elementos impresores; caracteres de imprenta, clises, planchas, cilindros y demás elementos impresores; piedras litograficas, planchas, placas y cilindros, preparados para la impresión (por ejemplo: aplanados, graneados, pulidos)

1,9

3,6

3.108,0

1.926,2

1.429,6

793,5

0,0

1,8

Máquinas y aparatos para imprimir mediante caracteres de imprenta, clises, planchas, cilindros y demas elementos impresores de la partida 84.42; máquinas para imprimir por chorro de tinta, excepto las de la partida 84.71; máquinas auxiliares para la impresión

0,3

3,5

3.123,7

1.730,2

885,6

2.374,5

69,4

0,2

Máquinas para extrudir estirar,texturar o cortar materia textil sintética o artificial

0,2

1,0

2.957,1

1.724,7

0,0

0,0

0,0

0,0

8443 8444

Exp

Imp

Exp

Imp

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07

ANEXO II: Cuadro comparativo del comercio exterior de Costa Rica y Unión Europea, por subpartida arancelaria 2005 millones de euros SA 6D

8445 8446

Costa Rica

Descripción

Exp

Máquinas para la preparacion de materia textil; máquinas para hilar, doblar o retorcer materia textil y demas máquinas y aparatos para la fabricacion de hilados textiles; máquinas para bobinar (incluidas las canilleras) o devanar materia textil y máquinas para la preparación de hilados textiles para su utilización en las máquinas de las partidas 84.46 u 84.47 Telares.

UE Imp

Exp

Imp

UE extraregional Exp Imp

Comercio bilateral Exp Imp

0,2

2,8

2.941,3

1.723,0

1.070,6

1.800,3

0,0

0,0

0,1

0,7

2.013,1

1.590,7

1.438,5

314,6

0,0

0,5

0,0

0,4

844,8

1.388,1

993,0

1.487,9

0,0

0,0

Máquinas de tricotar, de coser por cadeneta, de entorchar, de fabricar tul, encaje, bordados, pasamaneria, trenzas, redes o de insertar mechones 8447

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07

ANEXO II: Cuadro comparativo del comercio exterior de Costa Rica y Unión Europea, por subpartida arancelaria 2005 millones de euros SA 6D

8448 8449

8450

Costa Rica

Descripción

Exp

Máquinas y aparatos auxiliares para las máquinas de las partidas 84.44, 84.45, 84.46 u 84.47 (por ejemplo: maquinitas para lizos, mecanismos jacquard, paraurdimbres y paratramas, mecanismos de cambio de lanzadera); partes y accesorios identificables como destinados exclusiva o principlamente, a las máquinas de esta partida o de las partidas 84.44, 84.45, 84.46 u 84.47 (por ejemplo: husos, aletas, guarniciones de cardas, peines, barretas, hieleras, lanzaderas, lizos y cuadros de lizos, aguas, platinas, ganchos) Máquinas y aparatos para la fabricación o acabado del fieltro o tela sin tejer, en pieza o con forma, incluidas las máquinas y aparatos para la fabricación de sombreros de fieltro; hormas para sombrería Máquinas para lavar ropa, incluso con dispositivo de secado.

UE Imp

Exp

Imp

UE extraregional Exp Imp

Comercio bilateral Exp Imp

0,4

1,8

588,2

1.213,8

1.490,0

542,9

0,0

0,4

0,7

0,9

1.418,5

1.099,6

1.517,4

436,9

0,0

0,2

0,0

5,1

1.320,0

953,8

0,0

0,0

0,0

0,1

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07

ANEXO II: Cuadro comparativo del comercio exterior de Costa Rica y Unión Europea, por subpartida arancelaria 2005 millones de euros SA 6D

8451

Costa Rica

Descripción

Exp

Máquinas y aparatos (excepto las máquinas de la partida 84.50) para lavar, limpiar, escurrir, secar, planchar, prensar (incluidas las prensas para fijar), blanquear, teñir, aprestar, acabar, recubrir o impregnar hilados, telas o manufacturas textiles y máquinas para el revestimiento de telas y otros soportes utilizados en la favricación de cubresuelos, tales como linoleo; máquinas para enrollar, desenrollar, plegar, cortar o dentar telas Máquinas de coser, excepto las de coser pliegos de la partida 84.40; muebles, basamentos y tapas o cubiertas especialmente concebidos para máquinas de coser; agujas para máquinas de coser

8452

UE Imp

Exp

Imp

UE extraregional Exp Imp

Comercio bilateral Exp Imp

4,9

1,2

1.182,9

940,9

1.566,3

571,3

0,0

0,3

0,2

1,9

1.578,0

812,5

273,7

2.540,1

0,0

0,0

0,0

0,2

739,1

410,6

0,0

0,0

0,0

0,1

Máquinas y aparatos para la preparacion, curtido o trabajo de cuero o piel o para la fabricacion o reparacion de calzado u otras manufacturas de cuero o piel, excepto las máquinas de coser 8453

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07

ANEXO II: Cuadro comparativo del comercio exterior de Costa Rica y Unión Europea, por subpartida arancelaria 2005 millones de euros SA 6D

Costa Rica

Descripción

Exp

UE Imp

Exp

UE extraregional Exp Imp

Imp

Comercio bilateral Exp Imp

Convertidores, cucharas de colada, lingoteras y máquinas de colar (moldear), para metalurgia, acerias o fundiciones. 8454 8455

Laminadores para metal y sus cilindros

2,0

23,7

10.534,4

0,0

0,0

0,0

0,1

0,1

24,9

29,0

9.961,9

0,0

0,0

0,0

0,0

2,0

0,3

11,4

5.525,9

0,0

0,0

0,0

0,0

0,5

7,7

14,7

4.696,8

0,0

868,6

692,9

0,0

0,0

0,0

1,4

3.683,6

0,0

0,0

0,0

0,0

3,7

0,2

2,1

3.647,9

0,0

0,0

0,0

0,0

0,1

Máquinas herramienta que trabajen por arranque de cualquier materia mediante laser u otros haces de luz o de fotones, por ultrasonido, electroerosion, procesos electroquimicos, haces de electrones, haces ionicos o chorro de plasma 8456 Centros de mecanizado, máquinas de puesto fijo y máquinas de puestos multiples, para trabajar metal 8457

8458

Tornos (incluidos los centros de torneado) que trabajen por arranque de metal Máquinas (incluidas las unidades de mecanizado de correderas) de taladrar, escariar, fresar o roscar (incluso aterrajar) metal, por arranque de materia, excepto los tornos (incluidos los centros de torneado) de la partida 84.58

8459

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07

ANEXO II: Cuadro comparativo del comercio exterior de Costa Rica y Unión Europea, por subpartida arancelaria 2005 millones de euros Costa Rica

SA 6D

Descripción

8460

Máquinas de desbarbar, afilar, amolar, rectificar, lapear (bruñir), pulir o hacer otras operaciones de acabado, para metal o cermet, mediante muelas, abrasivos o productos para pulir, excepto las máquinas para tallar o acabar engranajes de la partida 84.61 Máquinas de cepillar, limar, mortajar, brochar, tallar o acabar engranajes, aserrar, trocear y demas máquinas herramienta que trabajen por arranque de metal o cermet, no expresadas ni comprendidas en otra parte

Exp

8461

8462

Máquinas (incluidas las prensas) de forjar o estampar, martillos pilon y otras máquinas de martillar, para trabajar metal; máquinas (incluidas las prensas) de enrollar, curvar, plegar, enderezar, aplanar, cizallar, punzonar o entallar, metal; prensas para trabajar metal o carburos metalicos, no expresados anteriormente

UE Imp

Exp

UE extraregional Exp Imp

Imp

Comercio bilateral Exp Imp

0,0

0,2

3.433,4

0,0

0,0

0,0

0,0

0,4

0,1

0,6

2.944,7

0,0

0,0

0,0

0,0

0,3

0,1

0,4

2.757,9

0,0

0,0

0,0

0,0

0,0

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07

ANEXO II: Cuadro comparativo del comercio exterior de Costa Rica y Unión Europea, por subpartida arancelaria 2005 millones de euros SA 6D

Costa Rica

Descripción

Exp

UE Imp

Exp

UE extraregional Exp Imp

Imp

Comercio bilateral Exp Imp

Las demas máquinas herramienta para trabajar metal o cermet, que no trabajen por arranque de materia 8463

0,2

2,5

2.561,8

0,0

0,0

0,0

0,0

0,0

0,2

6,7

2.331,1

0,0

991,9

337,4

0,0

0,5

0,0

0,9

2.147,4

0,0

0,0

0,0

0,0

0,1

0,0

6,1

1.932,0

0,0

0,0

0,0

0,0

0,1

Máquinas herramienta para trabajar piedra, ceramica, hormigon, amiantocemento o materias minerales similares, o para trabajar el vidrio en frio 8464 Máquinas herramienta (incluidas las de clavar, grapar, encolar o ensamblar de otro modo) para trabajar madera, corcho, hueso, caucho endurecido, plastico rigido o materias duras similares 8465

8466

Partes y accesorios identificables como destinados, exclusiva o principalmente, a las máquinas de las partidas 84.56 a 84.65, incluidos los portapiezas y portautiles, dispositivos de roscar de apertura automatica, divisores y demas dispositivos especiales para montar en máquinas herramienta; portaútiles para herramientas de mano de cualquier tipo

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07

ANEXO II: Cuadro comparativo del comercio exterior de Costa Rica y Unión Europea, por subpartida arancelaria 2005 millones de euros SA 6D

Costa Rica

Descripción

Exp

UE Imp

Exp

UE extraregional Exp Imp

Imp

Comercio bilateral Exp Imp

Herramientas neumaticas, hidraulicas o con motor incorporado, incluso electrico, de uso manual 8467

0,0

0,2

1.844,7

0,0

0,0

0,0

0,0

0,2

0,1

1,6

1.769,1

0,0

0,0

0,0

0,0

0,0

0,3

1,1

1.710,0

0,0

480,8

467,9

0,0

0,2

0,0

0,0

1.631,0

0,0

129,8

2.018,8

0,0

0,0

Máquinas y aparatos para soldar, aunque puedan cortar, excepto los de la partida 85.15; máquinas y aparatos de gas para temple superficial 8468 Máquinas de escribir, excepto las impresoras de la partida 84.71; máquinas para tratamiento o procesamiento de textos 8469

8470

Máquinas de calcular y máquinas de bolsillo registradoras, reproductoras y visualizadoras de datos, con funcion de calculo; máquinas de contabilidad, de franquear, expedir boletos (tiquetes) y máquinas similares, con dispositivo de calculo incorpordo; cajas registradoras

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07

ANEXO II: Cuadro comparativo del comercio exterior de Costa Rica y Unión Europea, por subpartida arancelaria 2005 millones de euros SA 6D

8474

Costa Rica

Descripción

Exp

Máquinas y aparatos de clasificar, cribar, separar, lavar, quebrantar, triturar, pulverizar, mezclar, amasar o sobar, tierra, piedra u otra materia mineral solida (incluidos el polvo y la pasta); máquinas de aglomerar, formar o moldear combustibles minerales sólidos, pastas cerámicas, cemento, yeso o demás materias minerales en polvo o pasta; máquinas de hacer moldes de arena para fundición Máquinas para montar lamparas, tubos o valvulas electricos o electronicos o lamparas de destello, que tengan envoltura de vidrio; máquinas para fabricar o trabajar en caliente el vidrio o sus manufacturas

8475

UE Imp

Exp

UE extraregional Exp Imp

Imp

Comercio bilateral Exp Imp

0,0

0,6

1.611,0

0,0

536,4

263,0

0,0

0,6

0,0

0,2

1.535,6

0,0

0,0

0,0

0,0

0,1

0,0

1,1

1.528,4

0,0

0,0

0,0

0,0

0,0

Máquinas automaticas para la venta de productos (por ejemplo: sellos (estampillas), cigarrillos, alimentos, bebidas), incluidas las máquinas para cambiar moneda 8476

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07

ANEXO II: Cuadro comparativo del comercio exterior de Costa Rica y Unión Europea, por subpartida arancelaria 2005 millones de euros SA 6D

Costa Rica

Descripción

Exp

UE Imp

Exp

UE extraregional Exp Imp

Imp

Comercio bilateral Exp Imp

Máquinas y aparatos para trabajar caucho o plastico o para fabricar productos de estas materias, no expresados ni comprendidos en otra parte de este capitulo 8477

0,0

1,5

1.467,0

0,0

0,0

0,0

0,0

0,3

0,0

0,1

1.444,7

0,0

539,6

261,8

0,0

0,1

0,1

0,5

1.296,7

0,0

0,0

0,0

0,0

0,0

0,0

0,1

1.276,2

0,0

0,0

0,0

0,0

0,0

0,0

0,5

1.189,6

0,0

0,0

0,0

0,0

0,0

0,1

1,3

1.148,6

0,0

0,0

0,0

0,0

0,0

Máquinas y aparatos para preparar o elaborar tabaco, no expresados ni comprendidos en otra parte de este capitulo. 8478 Máquinas y aparatos mecanicos con funcion propia, no expresados ni comprendidos en otra parte de este capitulo 8479 Cajas de fundicion; placas de fondo para moldes; modelos para moldes; moldes para metal (excepto las lingoteras), carburos metalicos, vidrio, materia mineral, caucho o plastico 8480 Articulos de griferia y organos similares para tuberias, calderas, depositos, cubas o continentes similares, incluidas las valvulas reductoras de presion y las valvulas termostaticas 8481 8482

Rodamientos de bolas, rodillos o de agujas.

de

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07

ANEXO II: Cuadro comparativo del comercio exterior de Costa Rica y Unión Europea, por subpartida arancelaria 2005 millones de euros SA 6D

8483

Costa Rica

Descripción

Exp

Arboles de transmision (incluidos los de levas y los cigueñales) y manivelas; cajas de cojinetes y cojinetes; engranajes y ruedas de friccion; husillos fileteados de bolas o rodillos; reductores, multiplicadores y variadores de velocidad, incluidos los conertidores de par; volantes y poleas, incluidos los motones; embragues y órganos de aoplamiento, incluidas las juntas de articulación Juntas metaloplasticas; surtidos de juntas o empaquetaduras de distinta composicion presentados en bolsitas, sobres o envases analogos; juntas mecanicas de estanqueidad

8484

UE Imp

Exp

UE extraregional Exp Imp

Imp

Comercio bilateral Exp Imp

0,0

0,1

1.096,9

0,0

0,0

0,0

0,0

0,4

0,0

0,0

1.045,8

0,0

0,0

0,0

0,0

0,1

0,1

0,2

1.026,6

0,0

0,0

0,0

0,1

0,3

0,0

2,1

969,0

0,0

0,0

0,0

0,0

0,3

Partes de máquinas o aparatos, no expresadas ni comprendidas en otra parte de este capitulo, sin conexiones electricas, partes aisladas electricamente, bobinados, contactos ni otras caracteristicas electricas 8485

8501

Motores y generadores, electricos, excepto los grupos electrogenos

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07

ANEXO II: Cuadro comparativo del comercio exterior de Costa Rica y Unión Europea, por subpartida arancelaria 2005 millones de euros SA 6D

8505

Costa Rica

Descripción

Exp

Electroimanes; imanes permanentes y articulos destinados a ser imantados permanentemente; platos, mandriles y dispositivos magneticos o electromagneticos similares, de sujecion; acoplamientos, embragues, variadores de velocidad y frenos, electromagneticos; cabezas elevadoras electromagneticas Aparatos electromecanicos con motor electrico incorporado, de uso domestico.

8509

UE Imp

Exp

UE extraregional Exp Imp

Imp

Comercio bilateral Exp Imp

0,1

2,0

926,2

0,0

166,8

864,7

0,0

0,0

1,0

2,4

912,7

0,0

0,0

0,0

0,0

0,2

0,2

1,5

865,7

0,0

0,0

0,0

0,0

0,5

Afeitadoras, máquinas de cortar el pelo o esquilar y aparatos de depilar, con motor electrico incorporado 8510

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07

ANEXO II: Cuadro comparativo del comercio exterior de Costa Rica y Unión Europea, por subpartida arancelaria 2005 millones de euros SA 6D

8511

Costa Rica

Descripción

Exp

Aparatos y dispositivos electricos de encendido o de arranque, para motores de encendido por chispa o por compresion (por ejemplo: magnetos, dinamomagnetos, bobinas de encendido, bujias de encendido o calentamiento, motores de arranque); generadores (por ejemplo: dinamos, alternadores disyuntores utilizados con estos motores) Aparatos electricos de alumbrado o sealizacion (excepto los articulos de la partida 85.39), limpiaparabrisas, eliminadores de escarcha o vaho, electricos, del tipo de los utilizados en velocipedos o vehiculos automoviles

8512

UE Imp

Exp

UE extraregional Exp Imp

Imp

Comercio bilateral Exp Imp

0,0

0,5

767,8

0,0

0,0

0,0

0,0

0,0

0,1

24,9

742,3

0,0

398,6

81,3

0,0

0,0

0,0

0,1

742,2

0,0

0,0

0,0

0,0

0,1

Hornos electricos industriales o de laboratorio, incluidos los que funcionen por induccion o perdidas dielectricas; los demas aparatos industriales o de laboratorio para tratamiento termico de materias por induccion o perdidas dielectricas 8514

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07

ANEXO II: Cuadro comparativo del comercio exterior de Costa Rica y Unión Europea, por subpartida arancelaria 2005 millones de euros Costa Rica

UE

UE extraregional Exp Imp

Comercio bilateral Exp Imp

SA 6D

Descripción

8515

Máquinas y aparatos para soldar (aunque puedan cortar), electricos (incluidos los de gas calentado electricamente), de laser u otros haces de luz o de fotones, ultrasonido, haces de electrones, impulsos magneticos o chorro de plasma; máquinas y aparatos electricos para proyectar en caliente metal o cermet

0,0

0,3

734,0

0,0

0,0

0,0

0,0

0,1

8516

Calentadores electricos de agua de calentamiento instantaneo o acumulacion y calentadores electricos de inmersion; aparatos electricos para calefaccion de espacios o suelos; aparatos electrotermicos para el cuidado del cabello (por ejemplo: secadores, rizadores, calientatenacillas) o para secar las manos; planchas electricas; los demás aparatos electotermicios de uso doméstico; resistencias calentadoras, excepto las de la partida 85.45

0,0

0,4

708,9

0,0

0,0

0,0

0,0

0,0

Exp

Imp

Exp

Imp

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07

ANEXO II: Cuadro comparativo del comercio exterior de Costa Rica y Unión Europea, por subpartida arancelaria 2005 millones de euros SA 6D

Costa Rica

Descripción

Exp

UE Imp

Exp

UE extraregional Exp Imp

Imp

Comercio bilateral Exp Imp

Aparatos electricos de telefonia o telegrafia con hilos, incluidos los telefonos de usuario de auricular inalambrico combinado con microfono y los aparatos de telecomunicacion por corriente portadora o telecomunicacion digital; videófonos 8517

8518

Microfonos y sus soportes; altavoces (altoparlantes), incluso montados en sus cajas; auriculares, incluidos los de casco, esten o no combinados con microfono, y juegos o conjuntos constituidos por un microfono y uno o varios altavoces (altoparlantes); amplificadores electricos de audiofrecuencia: equipos electricos para amplificación de sonido Giradiscos, tocadiscos, tocacasetes y demas reproductores de sonido, sin dispositivo de grabacion de sonido incorporado

8519

0,1

0,7

698,1

0,0

0,0

0,0

0,0

0,1

0,4

0,7

688,4

0,0

0,0

0,0

0,0

0,0

0,0

0,5

612,8

0,0

99,4

466,9

0,4

0,1

0,0

2,0

528,5

0,0

0,0

0,0

0,0

0,0

Magnetofonos y demas aparatos de grabacion de sonido, incluso con dispositivo de reproduccion de sonido incorporado 8520

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07

ANEXO II: Cuadro comparativo del comercio exterior de Costa Rica y Unión Europea, por subpartida arancelaria 2005 millones de euros SA 6D

Costa Rica

Descripción

Exp

UE Imp

Exp

UE extraregional Exp Imp

Imp

Comercio bilateral Exp Imp

Aparatos de grabacion o reproduccion de imagen y sonido (videos), incluso con receptor de señales de imagen y sonido incorporado 8521

0,1

1,0

489,9

0,0

0,0

0,0

0,0

0,7

2,8

1,3

471,0

0,0

0,0

0,0

0,0

0,2

0,0

0,0

404,2

0,0

0,0

0,0

0,0

0,0

0,1

0,3

375,0

0,0

0,0

0,0

0,0

0,3

0,2

4,3

318,7

0,0

0,0

0,0

0,0

2,9

Partes y accesorios identificables como destinados, exclusiva o principalmente, a los aparatos de las partidas 85.19 a 85.21 8522 Aparatos emisores de radiotelefonia, radiotelegrafia, radiodifusion o television, incluso con aparato receptor o de grabacion o reproduccion de sonido incorporado; camaras de television; videocamaras, incluidas las de imagen fija; camaras digitales 8525

8526

Aparatos de radionavegacion radiotelemando

radar, o

Aparatos receptores de radiotelefonia, radiotelegrafia o radiodifusion, incluso combinados en la misma envoltura (gabinete) con grabador o reproductor de sonido o con reloj 8527

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07

ANEXO II: Cuadro comparativo del comercio exterior de Costa Rica y Unión Europea, por subpartida arancelaria 2005 millones de euros SA 6D

Costa Rica

Descripción

Exp

UE Imp

Exp

UE extraregional Exp Imp

Imp

Comercio bilateral Exp Imp

Aparatos receptores de television, incluso con aparato receptor de radiodifusion o de grabacion o reproduccion de sonido o imagen incorporado; videomonitores y videoproyectores 8528

0,0

0,4

308,2

0,0

0,0

0,0

0,0

0,0

0,0

0,8

300,6

0,0

0,0

0,0

0,0

0,5

0,0

0,0

239,9

0,0

0,0

0,0

0,0

0,0

0,0

0,6

193,9

0,0

0,0

0,0

0,0

0,0

Partes identificables como destinadas, exclusiva o principalmente, a los aparatos de las partidas 85.25 a 85.28 8529 8530

Aparatos eléctricos de señalización (excepto los de transmisión de mensajes), seguridad, control o mando, para vías férreas o similares, carreteras, vías fluviales, áreas o parques de estacionamiento, instalaciones portuarias o aeropuertos (excepto los de la partida 86.08)

Aparatos electricos de señalizacion acustica o visual (por ejemplo: timbres, sirenas, tableros indicadores, avisadores de proteccion contra robo o incendio), excepto los de las partidas 85.12 u 85.30 8531

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07

ANEXO II: Cuadro comparativo del comercio exterior de Costa Rica y Unión Europea, por subpartida arancelaria 2005 millones de euros SA 6D

Costa Rica

Descripción

Exp

UE Imp

Exp

UE extraregional Exp Imp

Imp

Comercio bilateral Exp Imp

Máquinas y aparatos electricos con funcion propia, no expresados ni comprendidos en otra parte de este capitulo 8543 TOTAL

0,0

0,1

19,7

0,0

0,0

0,0

0,0

0,0

273,4

861,4

561.147,3

393.742,5

192.411,5

145.364,7

90,5

104,9

Nota: Los datos de Costa Rica incluyen las transacciones de zona franca y del régimen de perfeccionamiento activo. Tipo de cambio de referencia: 1 euro equivale a $1,253775 Fuente: COMEX con base en PROCOMER, BCCR, DGA y Eurostat

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07

ANEXO III: Cuadro del comercio exterior de Centroamérica con la UE por subpartida arancelaria valor en euros Centroamérica con el mundo SA Subpartida 4D

Descripción

Exportaciones

Importaciones

Centroamérica con la UE

Exportaciones

Importaciones

Centroamérica con MCCA

Exportaciones

Importaciones

8401 Reactores nucleares; elementos combustibles (cartuchos) sin irradiar para reactores nucleares; máquinas y aparatos para la separación isotópica Calderas de vapor (generadores de vapor), excepto las de calefaccion central, concebidas para producir agua caliente y tambien vapor a baja presion; calderas denominadas "de agua sobrecalentada" 8402 8403

Calderas para calefaccion central, excepto las de la partida 84.02

79,8

348.895,1

0,0

28.601,6

0,0

105,3

212.168,1

11.081.009,8

0,0

160.148,4

179.290,5

105.240,6

4.158,6

1.780.573,1

0,0

91.621,7

817,5

2.117,6

38.604,2

910.754,3

0,0

37.003,4

7.904,9

95.513,9

APARATOS AUXILIARES PARA LAS CALDERAS DE LAS PARTIDAS nos 84.02 u 84.03 (POR EJEMPLO: ECONOMIZADORES, RECALENTADORES, DESHOLLINADORES O RECUPERADORES DE GAS); CONDENSADORES PARA MÁQUINAS DE VAPOR 8404 Generadores de gas pobre (gas de aire) o de gas de agua, incluso con sus depuradores; generadores de acetileno y generadores similares de gases, por via humeda, incluso con sus depuradores 8405 8406

8407

Turbinas de vapor. Motores de embolo (piston) alternativo y motores rotativos, de encendido por chispa (motores de explosion)

24.688,6

1.180.567,5

0,0

190.874,0

7.353,8

6.050,5

639.492,7

6.813.220,1

531,2

513.471,7

413.350,9

380.264,4

7.957.190,1

36.400.926,0

0,0

581.917,0

69.888,1

116.489,0

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07

ANEXO III: Cuadro del comercio exterior de Centroamérica con la UE por subpartida arancelaria valor en euros Centroamérica con el mundo SA Subpartida 4D

8408

8409 8410 8411 8412 8413

Descripción

Exportaciones

Motores de embolo (piston) de encendido por compresion (motores diesel o semi-diesel) PARTES IDENTIFICABLES COMO DESTINADAS, EXCLUSIVA O PRINCIPALMENTE, A LOS MOTORES DE LAS PARTIDAS 84.07 u 84.08 Turbinas hidraulicas, ruedas hidraulicas y sus reguladores. Turborreactores, turbopropulsores y turbinas de gas.

Importaciones

Centroamérica con la UE

Exportaciones

Importaciones

Centroamérica con MCCA

Exportaciones

Importaciones

565.819,2

12.888.894,7

4.386,8

1.149.091,3

338.133,2

111.953,9

3.401.824,9

70.640.329,4

96.621,0

17.891.490,1

1.214.863,9

241.757,9

337.765,5

8.281.403,8

159.709,7

3.260.676,8

12.182,4

1.594,4

1.082.281,1

6.644.788,7

741.544,5

2.175.573,0

16.611,4

53,4

86.663,9

3.898.819,2

7.975,9

735.663,9

56.325,1

249.666,8

3.746.297,4

67.197.652,7

48.814,2

9.596.187,5

2.880.713,0

1.399.286,2

2.148.592,1

64.551.533,6

113.042,6

7.322.485,3

1.006.298,6

795.306,2

530.976,5

34.053.212,1

251.920,8

535.525,1

186.690,6

356.076,6

28.342,4

471.840,6

0,0

74.045,2

27.983,5

7.056,3

demas

Los demas motores y máquinas motrices. Bombas para liquidos, incluso con dispositivo medidor incorporado; elevadores de liquidos Bombas de aire o de vacio, compresores de aire u otros gases y ventiladores; campanas aspirantes para extraccion o reciclado, con ventilador incorporado, incluso con filtro

8414 Máquinas y aparatos para acondicionamiento de aire que comprendan un ventilador con motor y los dispositivos adecuados para modificar la temperatura y la humedad, aunque no regulen separadamente el grado higrometrico 8415

8416

Quemadores para la alimentacion de hogares, de combustibles liquidos o solidos pulverizados o de gases; alimentadores mecanicos de hogares, parrillas mecanicas, descargadores mecanicos de cenizas y demas dispositivos mecanicos auxiliares empleados en hogares

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07

ANEXO III: Cuadro del comercio exterior de Centroamérica con la UE por subpartida arancelaria valor en euros Centroamérica con el mundo SA Subpartida 4D

8417

Descripción

Hornos industriales o de laboratorio, incluidos los incineradores, que no sean electricos

Exportaciones

Importaciones

Centroamérica con la UE

Exportaciones

Importaciones

Centroamérica con MCCA

Exportaciones

Importaciones

618.391,7

6.962.468,5

0,0

2.177.292,6

303.440,4

38.843,5

44.357.469,2

132.818.083,8

12.660,2

4.772.958,5

36.219.035,3

38.638.999,8

1.403.657,8

27.823.439,6

48.483,2

4.606.296,2

729.373,3

568.585,3

49.953,1

1.571.089,7

159,5

464.535,5

47.743,8

48.938,6

2.645.313,6

70.936.532,5

70.298,9

19.177.109,9

1.034.676,1

1.215.289,0

Refrigeradores, congeladores y demas material, máquinas y aparatos para produccion de frio, aunque no sean electricos; bombas de calor, excepto las máquinas y aparatos para acondicionamiento de aire de la partida 84.15 8418

8419 8420

8421

Aparatos y dispositivos, aunque se calienten electricamente (excepto los hornos y demas aparatos de la partida 85.14), para el tratamiento de materias mediante operaciones que impliquen un cambio de temperatura, tales como calentamiento, coccion, torrefacción, destilación, rectificación, esterilización, pasteurización, baño de vapor de agua, secado, evaporación, vaporación, condensación o enfriamiento, excepto los aparatos domésticos; calentaodres de agua de calentamiento instantaneo o de acumulación, excepto los eléctricos Calandrias y laminadores, excepto para metal o vidrio, y cilindros para estas máquinas Centrifugadoras, incluidas las secadoras centrifugas; aparatos para filtrar o depurar liquidos o gases

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07

ANEXO III: Cuadro del comercio exterior de Centroamérica con la UE por subpartida arancelaria valor en euros Centroamérica con el mundo SA Subpartida 4D

8422

Descripción

Máquinas para lavar vajilla; máquinas y aparatos para limpiar o secar botellas o demas recipientes; máquinas y aparatos para llenar, cerrar, tapar, taponar o etiquetar botellas, botes o latas, cajas, sacos (bolsas) o demas continentes; máquinas y aparatos para capsular botellas, tarros, tubos y continentes analogos; las máquinas y aparatos para empaquetar o envolver mercancías (incluidas las de envolver con película termorretractil); máquinas y aparatos para gasear bebidas APARATOS E INSTRUMENTOS PARA PESAR, INCLUIDAS LAS BASCULAS Y BALANZAS PARA COMPROBAR O CONTAR PIEZAS FABRICADAS, EXCEPTO LAS BALANZAS SENSIBLES A UN PESO INFERIOR O IGUAL A 5 cg; PESAS PARA TODA CLASE DE BASCULAS O BALANZAS

8423

8424 8425

Aparatos mecanicos (incluso manuales) para proyectar, dispersar o pulverizar materias liquidas o en polvo; extintores, incluso cargados; pistolas aerograficas y aparatos similares; máquinas y aparatos de chorro de arena o de vapor y aparatos de chorro similares Polipastos; tornos y cabrestantes; gatos.

Exportaciones

Importaciones

Centroamérica con la UE

Exportaciones

Importaciones

Centroamérica con MCCA

Exportaciones

Importaciones

2.736.491,8

49.514.420,8

229.623,3

15.445.473,9

804.783,2

1.286.960,6

1.520.114,9

10.509.195,8

60.266,0

965.162,0

487.577,9

219.239,5

11.176.492,6

36.979.956,5

67.890,2

7.000.248,1

2.786.195,3

2.383.755,5

409.768,1

5.757.738,0

6.418,2

922.291,5

85.118,9

39.945,0

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07

ANEXO III: Cuadro del comercio exterior de Centroamérica con la UE por subpartida arancelaria valor en euros Centroamérica con el mundo SA Subpartida 4D

Descripción

Exportaciones

Importaciones

Centroamérica con la UE

Exportaciones

Importaciones

Centroamérica con MCCA

Exportaciones

Importaciones

Gruas y aparatos de elevacion sobre cable aereo; puentes rodantes, porticos de descarga o manipulacion, puentes grua, carretillas puente y carretillas grua 8426

8427

Carretillas apiladoras; las demas carretillas de manipulacion con dispositivo de elevacion incorporado

862.495,3

5.886.976,5

3.589,2

2.074.851,5

284.449,8

177.771,1

1.341.054,0

12.962.273,9

1.236,3

738.740,2

619.506,7

196.949,2

2.068.886,4

27.903.732,3

15.534,7

4.869.016,4

472.502,6

281.880,7

10.739.993,2

84.827.482,6

230.400,2

4.718.325,1

4.014.385,4

2.116.426,0

1.571.317,8

9.172.407,3

44.861,3

1.967.126,5

983.738,7

747.970,7

2.858.591,9

27.390.305,3

79.189,6

3.796.458,7

288.642,7

239.294,1

190.303,7

5.432.349,5

0,0

659.958,1

151.578,2

83.454,4

Las demas máquinas y aparatos de elevacion, carga, descarga o manipulacion (por ejemplo: ascensores, escaleras mecanicas, transportadores, telefericos 8428 Topadoras frontales ("bulldozers"), topadoras angulares ("angledozers"), niveladoras, traillas ("scrapers"), palas mecanicas, excavadoras, cargadoras, palas cargadoras, compactadoras y apisonadoras (aplanadoras), autopropulsadas 8429 Las demas máquinas y aparatos para explanar, nivelar, traillar ("scraping"), excavar, compactar, apisonar (aplanar), extraer o perforar tierra o minerales; martinetes y máquinas para arrancar pilotes, estacas o similares; quitanieves 8430

8431

Partes identificables como destinadas, exclusiva o principalmente, a las máquinas o aparatos de las partidas 84.25 a 84.30 Máquinas, aparatos y artefactos agricolas, horticolas o silvicolas, para la preparacion o el trabajo del suelo o para el cultivo; rodillos para cesped o terrenos de deporte.

8432

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07

ANEXO III: Cuadro del comercio exterior de Centroamérica con la UE por subpartida arancelaria valor en euros Centroamérica con el mundo SA Subpartida 4D

8433 8434

8435

Descripción

Máquinas, aparatos y artefactos para cosechar o trillar, incluidas las prensas para paja o forraje; cortadoras de cesped y guadañadoras; máquinas para limpieza o clasificacion de huevos, frutos o demas productos agricolas, excepto las de la partida 84.37 Máquinas para ordeñar y máquinas y aparatos para la industria lechera Prensas, estrujadoras y máquinas y aparatos analogos para la produccion de vino, sidra, jugos de frutos o bebidas similares

Exportaciones

Importaciones

Centroamérica con la UE

Exportaciones

Importaciones

Centroamérica con MCCA

Exportaciones

Importaciones

1.010.131,8

14.618.831,1

117.739,6

1.622.856,6

306.050,9

79.626,7

740.951,9

4.565.653,3

0,0

1.163.668,9

267.382,9

46.522,7

170.852,0

739.548,2

0,0

37.281,0

142.433,1

138.000,8

238.756,6

21.919.531,0

0,0

5.759.792,6

130.882,3

163.014,9

3.040.613,3

6.221.356,3

0,0

1.324.173,0

738.394,0

756.727,5

3.881.922,2

39.045.779,3

75.439,4

9.907.831,1

1.621.838,0

2.612.440,0

Las demas máquinas y aparatos para la agricultura, horticultura, silvicultura, avicultura o apicultura, incluidos los germinadores con dispositivos mecanicos o termicos incorporados y las incubadoras y criadoras avicolas 8436 Máquinas para limpieza, clasificacion o cribado de semillas, granos u hortalizas de vaina secas; máquinas y aparatos para molienda o tratamiento de cereales u hortalizas de vaina secas, excepto las de tipo rural 8437

8438

Máquinas y aparatos, no expresados ni comprendidos en otra parte de este capitulo, para la preparacion o fabricacion industrial de alimentos o bebidas, excepto las máquinas y aparatos para la extraccion o preparacion de aceites o grasas, animales o vegetales fijos

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07

ANEXO III: Cuadro del comercio exterior de Centroamérica con la UE por subpartida arancelaria valor en euros Centroamérica con el mundo SA Subpartida 4D

8439 8440

Descripción

Máquinas y aparatos para la fabricacion de pasta de materias fibrosas celulosicas o para la fabricacion o acabado de papel o carton

Exportaciones

Importaciones

Centroamérica con la UE

Exportaciones

Importaciones

Centroamérica con MCCA

Exportaciones

Importaciones

1.135.277,1

2.958.311,5

988,2

804.984,9

1.025.491,8

23.747,5

4.675,5

2.268.942,2

0,0

301.512,6

3.638,6

827,1

2.326.305,8

13.492.397,8

6.820,2

2.792.731,6

1.872.652,6

179.885,5

Máquinas, aparatos y material (excepto las máquinas herramienta de las partidas 84.56 a 84.65) para fundir o componer caracteres o para preparar o fabricar clises, planchas, cilindros o demas elementos impresores; caracteres de imprenta, clises, planchas, cilindros y demás elementos impresores; piedras litograficas, planchas, placas y cilindros, preparados para la impresión (por ejemplo: aplanados, graneados, pulidos)

554.901,0

6.791.157,9

1.451,6

1.223.055,2

34.388,9

30.293,3

Máquinas y aparatos para imprimir mediante caracteres de imprenta, clises, planchas, cilindros y demas elementos impresores de la partida 84.42; máquinas para imprimir por chorro de tinta, excepto las de la partida 84.71; máquinas auxiliares para la impresión

2.713.460,5

37.562.805,1

27.096,6

12.898.003,2

1.100.648,8

489.703,5

273.817,1

1.334.643,8

0,0

617.517,5

265.807,7

56.432,0

Máquinas y aparatos para encuadernacion, incluidas las máquinas para coser pliegos. Las demas máquinas y aparatos para el trabajo de la pasta de papel, del papel o carton, incluidas las cortadoras de cualquier tipo

8441

8442

8443 8444

Máquinas para extrudir estirar,texturar o cortar materia textil sintética o artificial

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07

ANEXO III: Cuadro del comercio exterior de Centroamérica con la UE por subpartida arancelaria valor en euros Centroamérica con el mundo SA Subpartida 4D

8445 8446

Descripción

Máquinas para la preparacion de materia textil; máquinas para hilar, doblar o retorcer materia textil y demas máquinas y aparatos para la fabricacion de hilados textiles; máquinas para bobinar (incluidas las canilleras) o devanar materia textil y máquinas para la preparación de hilados textiles para su utilización en las máquinas de las partidas 84.46 u 84.47 Telares.

Exportaciones

Importaciones

Centroamérica con la UE

Exportaciones

Centroamérica con MCCA

Importaciones

Exportaciones

Importaciones

589.281,2

2.433.976,6

19.939,8

1.207.207,8

194.850,0

93.832,6

202.739,7

4.539.462,0

40.677,2

926.829,8

4.785,5

0,0

1.929.225,7

3.394.791,7

0,0

859.789,0

1.115.606,1

153.201,3

Máquinas y aparatos auxiliares para las máquinas de las partidas 84.44, 84.45, 84.46 u 84.47 (por ejemplo: maquinitas para lizos, mecanismos jacquard, paraurdimbres y paratramas, mecanismos de cambio de lanzadera); partes y accesorios identificables como destinados exclusiva o principlamente, a las máquinas de esta partida o de las partidas 84.44, 84.45, 84.46 u 84.47 (por ejemplo: husos, aletas, guarniciones de cardas, peines, barretas, hieleras, lanzaderas, lizos y cuadros de lizos, aguas, platinas, ganchos)

409.753,7

7.989.565,9

1.324,0

3.384.661,5

350.747,9

58.650,1

Máquinas y aparatos para la fabricación o acabado del fieltro o tela sin tejer, en pieza o con forma, incluidas las máquinas y aparatos para la fabricación de sombreros de fieltro; hormas para sombrería

12.496,7

25.605,1

0,0

0,0

0,0

0,0

Máquinas de tricotar, de coser por cadeneta, de entorchar, de fabricar tul, encaje, bordados, pasamaneria, trenzas, redes o de insertar mechones 8447

8448 8449

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07

ANEXO III: Cuadro del comercio exterior de Centroamérica con la UE por subpartida arancelaria valor en euros Centroamérica con el mundo SA Subpartida 4D

8450

8451

Descripción

Máquinas para lavar dispositivo de secado.

ropa,

Exportaciones

incluso

Importaciones

Centroamérica con la UE

Exportaciones

Importaciones

Centroamérica con MCCA

Exportaciones

Importaciones

con

Máquinas y aparatos (excepto las máquinas de la partida 84.50) para lavar, limpiar, escurrir, secar, planchar, prensar (incluidas las prensas para fijar), blanquear, teñir, aprestar, acabar, recubrir o impregnar hilados, telas o manufacturas textiles y máquinas para el revestimiento de telas y otros soportes utilizados en la favricación de cubresuelos, tales como linoleo; máquinas para enrollar, desenrollar, plegar, cortar o dentar telas Máquinas de coser, excepto las de coser pliegos de la partida 84.40; muebles, basamentos y tapas o cubiertas especialmente concebidos para máquinas de coser; agujas para máquinas de coser

8452

593.558,7

39.603.613,1

592,6

424.886,4

230.067,6

608.456,9

1.484.362,0

18.580.867,4

302.677,1

5.075.171,4

542.801,5

162.369,6

11.398.108,1

27.550.796,6

119.508,7

2.035.697,8

5.297.918,7

1.125.180,4

155.854,9

1.449.946,8

5.382,1

827.384,5

61.839,6

33.392,0

10.344,0

281.769,1

0,0

47.063,5

10.086,3

0,0

33.280,3

1.422.090,1

0,0

452.870,7

33.280,3

13.522,4

Máquinas y aparatos para la preparacion, curtido o trabajo de cuero o piel o para la fabricacion o reparacion de calzado u otras manufacturas de cuero o piel, excepto las máquinas de coser 8453

8454 8455

Convertidores, cucharas de colada, lingoteras y máquinas de colar (moldear), para metalurgia, acerias o fundiciones. Laminadores para metal y sus cilindros

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07

ANEXO III: Cuadro del comercio exterior de Centroamérica con la UE por subpartida arancelaria valor en euros Centroamérica con el mundo SA Subpartida 4D

Descripción

Exportaciones

Importaciones

Centroamérica con la UE

Exportaciones

Importaciones

Centroamérica con MCCA

Exportaciones

Importaciones

Máquinas herramienta que trabajen por arranque de cualquier materia mediante laser u otros haces de luz o de fotones, por ultrasonido, electroerosion, procesos electroquimicos, haces de electrones, haces ionicos o chorro de plasma 8456

8457 8458

Centros de mecanizado, máquinas de puesto fijo y máquinas de puestos multiples, para trabajar metal Tornos (incluidos los centros de torneado) que trabajen por arranque de metal

75.084,4

2.539.896,7

0,0

415.302,6

74.359,4

2.632,8

451.644,0

766.107,2

0,0

87.670,4

14.036,0

43.002,1

46.399,1

2.122.163,9

0,0

431.984,2

38.239,7

61.718,4

319.266,2

1.926.713,3

797,6

162.965,4

121.706,0

2.557,9

143.799,3

1.656.297,2

41,5

388.174,9

74.047,6

22.331,8

138.124,5

1.772.394,6

0,0

199.837,3

39.517,5

12.086,7

Máquinas (incluidas las unidades de mecanizado de correderas) de taladrar, escariar, fresar o roscar (incluso aterrajar) metal, por arranque de materia, excepto los tornos (incluidos los centros de torneado) de la partida 84.58 8459

8460

8461

Máquinas de desbarbar, afilar, amolar, rectificar, lapear (bruñir), pulir o hacer otras operaciones de acabado, para metal o cermet, mediante muelas, abrasivos o productos para pulir, excepto las máquinas para tallar o acabar engranajes de la partida 84.61 Máquinas de cepillar, limar, mortajar, brochar, tallar o acabar engranajes, aserrar, trocear y demas máquinas herramienta que trabajen por arranque de metal o cermet, no expresadas ni comprendidas en otra parte

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07

ANEXO III: Cuadro del comercio exterior de Centroamérica con la UE por subpartida arancelaria valor en euros Centroamérica con el mundo SA Subpartida 4D

8462

8463

Descripción

Máquinas (incluidas las prensas) de forjar o estampar, martillos pilon y otras máquinas de martillar, para trabajar metal; máquinas (incluidas las prensas) de enrollar, curvar, plegar, enderezar, aplanar, cizallar, punzonar o entallar, metal; prensas para trabajar metal o carburos metalicos, no expresados anteriormente Las demas máquinas herramienta para trabajar metal o cermet, que no trabajen por arranque de materia

Exportaciones

Importaciones

Centroamérica con la UE

Exportaciones

Importaciones

Centroamérica con MCCA

Exportaciones

Importaciones

478.010,8

5.090.448,4

3,2

617.392,3

288.547,0

87.946,4

645.507,4

1.542.362,9

1,6

283.440,8

337.649,9

153.094,5

30.350,7

2.153.256,4

1.249,0

1.241.970,1

22.785,6

5.631,0

448.770,3

8.473.253,2

27.997,0

981.640,2

167.747,0

161.104,7

1.412.755,9

13.801.728,4

344.013,9

6.135.060,1

49.324,6

35.067,7

Máquinas herramienta para trabajar piedra, ceramica, hormigon, amiantocemento o materias minerales similares, o para trabajar el vidrio en frio 8464 Máquinas herramienta (incluidas las de clavar, grapar, encolar o ensamblar de otro modo) para trabajar madera, corcho, hueso, caucho endurecido, plastico rigido o materias duras similares 8465

8466

Partes y accesorios identificables como destinados, exclusiva o principalmente, a las máquinas de las partidas 84.56 a 84.65, incluidos los portapiezas y portautiles, dispositivos de roscar de apertura automatica, divisores y demas dispositivos especiales para montar en máquinas herramienta; portaútiles para herramientas de mano de cualquier tipo

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07

ANEXO III: Cuadro del comercio exterior de Centroamérica con la UE por subpartida arancelaria valor en euros Centroamérica con el mundo SA Subpartida 4D

8467

Descripción

Herramientas neumaticas, hidraulicas o con motor incorporado, incluso electrico, de uso manual

Exportaciones

Importaciones

Centroamérica con la UE

Exportaciones

Importaciones

Centroamérica con MCCA

Exportaciones

Importaciones

1.502.154,7

32.989.301,1

160.702,7

4.015.495,6

174.579,2

78.053,9

196.889,4

1.833.432,6

1.054,4

223.497,8

22.735,3

6.730,9

47.424,8

1.904.451,8

163,5

8.654,7

46.667,9

115.926,7

8470

Máquinas de calcular y máquinas de bolsillo registradoras, reproductoras y visualizadoras de datos, con funcion de calculo; máquinas de contabilidad, de franquear, expedir boletos (tiquetes) y máquinas similares, con dispositivo de calculo incorpordo; cajas registradoras

68.683,0

8.238.525,3

0,0

71.673,9

51.461,4

53.166,6

8474

Máquinas y aparatos de clasificar, cribar, separar, lavar, quebrantar, triturar, pulverizar, mezclar, amasar o sobar, tierra, piedra u otra materia mineral solida (incluidos el polvo y la pasta); máquinas de aglomerar, formar o moldear combustibles minerales sólidos, pastas cerámicas, cemento, yeso o demás materias minerales en polvo o pasta; máquinas de hacer moldes de arena para fundición

5.104.669,5

25.747.705,9

61.840,4

11.242.667,1

887.608,2

264.751,7

Máquinas y aparatos para soldar, aunque puedan cortar, excepto los de la partida 85.15; máquinas y aparatos de gas para temple superficial 8468

8469

Máquinas de escribir, excepto las impresoras de la partida 84.71; máquinas para tratamiento o procesamiento de textos

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07

ANEXO III: Cuadro del comercio exterior de Centroamérica con la UE por subpartida arancelaria valor en euros Centroamérica con el mundo SA Subpartida 4D

Descripción

Exportaciones

Importaciones

Centroamérica con la UE

Exportaciones

Importaciones

Centroamérica con MCCA

Exportaciones

Importaciones

Máquinas para montar lamparas, tubos o valvulas electricos o electronicos o lamparas de destello, que tengan envoltura de vidrio; máquinas para fabricar o trabajar en caliente el vidrio o sus manufacturas 8475

222.949,9

2.483.609,9

11.732,6

80.728,2

161.810,5

81.594,4

32.726,0

1.163.284,5

0,0

84.198,5

15.366,4

9.502,5

7.714.175,2

39.244.114,0

13.728,1

12.494.112,6

3.327.460,7

600.135,6

1.551,3

2.584.559,4

4,0

1.988.296,9

1.547,3

17.188,9

7.764.965,8

96.044.166,6

105.042,8

11.286.896,8

906.847,7

2.701.922,6

6.925.910,2

24.112.399,0

2.991,0

4.443.082,7

4.136.081,8

3.056.461,5

Máquinas automaticas para la venta de productos (por ejemplo: sellos (estampillas), cigarrillos, alimentos, bebidas), incluidas las máquinas para cambiar moneda 8476 Máquinas y aparatos para trabajar caucho o plastico o para fabricar productos de estas materias, no expresados ni comprendidos en otra parte de este capitulo 8477

8478

8479

Máquinas y aparatos para preparar o elaborar tabaco, no expresados ni comprendidos en otra parte de este capitulo. Máquinas y aparatos mecanicos con funcion propia, no expresados ni comprendidos en otra parte de este capitulo Cajas de fundicion; placas de fondo para moldes; modelos para moldes; moldes para metal (excepto las lingoteras), carburos metalicos, vidrio, materia mineral, caucho o plastico

8480 Articulos de griferia y organos similares para tuberias, calderas, depositos, cubas o continentes similares, incluidas las valvulas reductoras de presion y las valvulas termostaticas 8481 8482

Rodamientos de bolas, de rodillos o de agujas.

4.668.010,6

71.740.728,6

12.299,7

8.309.913,7

3.207.443,9

2.109.255,6

943.952,5

26.406.234,0

35.649,9

3.335.549,0

156.634,2

103.877,5

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07

ANEXO III: Cuadro del comercio exterior de Centroamérica con la UE por subpartida arancelaria valor en euros Centroamérica con el mundo SA Subpartida 4D

8483

Descripción

Arboles de transmision (incluidos los de levas y los cigueñales) y manivelas; cajas de cojinetes y cojinetes; engranajes y ruedas de friccion; husillos fileteados de bolas o rodillos; reductores, multiplicadores y variadores de velocidad, incluidos los conertidores de par; volantes y poleas, incluidos los motones; embragues y órganos de aoplamiento, incluidas las juntas de articulación Juntas metaloplasticas; surtidos de juntas o empaquetaduras de distinta composicion presentados en bolsitas, sobres o envases analogos; juntas mecanicas de estanqueidad

8484

Exportaciones

Importaciones

Centroamérica con la UE

Exportaciones

Importaciones

Centroamérica con MCCA

Exportaciones

Importaciones

351.238,5

23.096.328,3

33.759,6

4.152.678,9

229.064,2

153.299,4

230.862,8

18.709.383,3

5.382,9

3.031.910,8

123.528,5

42.995,0

196.633,4

6.829.002,0

715,4

399.637,9

11.764,5

5.333,5

2.716.250,5

43.115.181,0

55.939,1

6.253.567,0

887.197,5

621.707,2

834.979,2

3.706.514,3

6,4

694.509,0

57.672,2

116.521,7

478.950,4

17.918.680,8

2.061,8

161.336,8

283.393,0

366.731,7

Partes de máquinas o aparatos, no expresadas ni comprendidas en otra parte de este capitulo, sin conexiones electricas, partes aisladas electricamente, bobinados, contactos ni otras caracteristicas electricas 8485 8501

8505 8509

Motores y generadores, electricos, excepto los grupos electrogenos

Electroimanes; imanes permanentes y articulos destinados a ser imantados permanentemente; platos, mandriles y dispositivos magneticos o electromagneticos similares, de sujecion; acoplamientos, embragues, variadores de velocidad y frenos, electromagneticos; cabezas elevadoras electromagneticas Aparatos electromecanicos con motor electrico incorporado, de uso domestico.

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07

ANEXO III: Cuadro del comercio exterior de Centroamérica con la UE por subpartida arancelaria valor en euros Centroamérica con el mundo SA Subpartida 4D

8510

8511

Descripción

Afeitadoras, máquinas de cortar el pelo o esquilar y aparatos de depilar, con motor electrico incorporado

Aparatos y dispositivos electricos de encendido o de arranque, para motores de encendido por chispa o por compresion (por ejemplo: magnetos, dinamomagnetos, bobinas de encendido, bujias de encendido o calentamiento, motores de arranque); generadores (por ejemplo: dinamos, alternadores disyuntores utilizados con estos motores) Aparatos electricos de alumbrado o sealizacion (excepto los articulos de la partida 85.39), limpiaparabrisas, eliminadores de escarcha o vaho, electricos, del tipo de los utilizados en velocipedos o vehiculos automoviles

8512

Exportaciones

Importaciones

Centroamérica con la UE

Exportaciones

Importaciones

Centroamérica con MCCA

Exportaciones

Importaciones

5.020.341,0

2.088.042,1

22.740,1

82.617,7

173.614,9

58.393,3

303.918,2

21.608.919,5

2.596,2

3.359.584,5

107.464,3

87.870,6

194.329,9

14.935.750,0

121,2

1.182.527,2

176.797,3

102.711,4

326.737,3

5.230.157,7

0,0

1.259.371,9

34.383,4

15.717,3

Hornos electricos industriales o de laboratorio, incluidos los que funcionen por induccion o perdidas dielectricas; los demas aparatos industriales o de laboratorio para tratamiento termico de materias por induccion o perdidas dielectricas 8514

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07

ANEXO III: Cuadro del comercio exterior de Centroamérica con la UE por subpartida arancelaria valor en euros Centroamérica con el mundo SA Subpartida 4D

8515

8516

8517

Descripción

Máquinas y aparatos para soldar (aunque puedan cortar), electricos (incluidos los de gas calentado electricamente), de laser u otros haces de luz o de fotones, ultrasonido, haces de electrones, impulsos magneticos o chorro de plasma; máquinas y aparatos electricos para proyectar en caliente metal o cermet

Calentadores electricos de agua de calentamiento instantaneo o acumulacion y calentadores electricos de inmersion; aparatos electricos para calefaccion de espacios o suelos; aparatos electrotermicos para el cuidado del cabello (por ejemplo: secadores, rizadores, calientatenacillas) o para secar las manos; planchas electricas; los demás aparatos electotermicios de uso doméstico; resistencias calentadoras, excepto las de la partida 85.45 Aparatos electricos de telefonia o telegrafia con hilos, incluidos los telefonos de usuario de auricular inalambrico combinado con microfono y los aparatos de telecomunicacion por corriente portadora o telecomunicacion digital; videófonos

Exportaciones

Importaciones

Centroamérica con la UE

Exportaciones

Importaciones

Centroamérica con MCCA

Exportaciones

Importaciones

2.499.253,9

10.062.199,4

272,8

1.453.744,9

94.470,7

161.592,8

30.069.263,6

59.489.967,5

854.885,4

2.294.517,0

3.375.740,5

3.090.008,2

13.791.627,7

218.984.183,0

244.755,2

74.863.761,8

1.987.587,1

3.662.248,0

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07

ANEXO III: Cuadro del comercio exterior de Centroamérica con la UE por subpartida arancelaria valor en euros Centroamérica con el mundo SA Subpartida 4D

8518

8519

8520

Descripción

Exportaciones

Microfonos y sus soportes; altavoces (altoparlantes), incluso montados en sus cajas; auriculares, incluidos los de casco, esten o no combinados con microfono, y juegos o conjuntos constituidos por un microfono y uno o varios altavoces (altoparlantes); amplificadores electricos de audiofrecuencia: equipos electricos para amplificación de sonido Giradiscos, tocadiscos, tocacasetes y demas reproductores de sonido, sin dispositivo de grabacion de sonido incorporado Magnetofonos y demas aparatos de grabacion de sonido, incluso con dispositivo de reproduccion de sonido incorporado

Importaciones

Centroamérica con la UE

Exportaciones

Importaciones

Centroamérica con MCCA

Exportaciones

Importaciones

90.110.159,3

32.160.608,6

69.417.611,6

1.757.953,4

358.197,4

327.073,8

549.579,5

7.340.498,1

360.314,3

139.332,8

127.712,7

78.053,1

81.276,1

2.838.829,1

119,6

2.706,2

60.780,4

11.669,6

613.311,8

30.590.634,7

1.890,3

56.168,0

565.174,0

337.269,4

121.894,3

1.063.790,6

0,0

18.398,8

121.690,9

134.904,6

15.875.375,6

360.011.217,3

760.377,3

44.662.731,4

3.271.541,5

1.164.755,2

44.518,4

5.084.902,0

5.583,1

1.965.773,8

1.714,8

3.475,1

Aparatos de grabacion o reproduccion de imagen y sonido (videos), incluso con receptor de señales de imagen y sonido incorporado 8521

8522

Partes y accesorios identificables como destinados, exclusiva o principalmente, a los aparatos de las partidas 85.19 a 85.21 Aparatos emisores de radiotelefonia, radiotelegrafia, radiodifusion o television, incluso con aparato receptor o de grabacion o reproduccion de sonido incorporado; camaras de television; videocamaras, incluidas las de imagen fija; camaras digitales

8525 8526

Aparatos de radiotelemando

radar,

radionavegacion

o

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr

Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 3/11/07

ANEXO III: Cuadro del comercio exterior de Centroamérica con la UE por subpartida arancelaria valor en euros Centroamérica con el mundo SA Subpartida 4D

Descripción

Exportaciones

Importaciones

Centroamérica con la UE

Exportaciones

Importaciones

Centroamérica con MCCA

Exportaciones

Importaciones

Aparatos receptores de radiotelefonia, radiotelegrafia o radiodifusion, incluso combinados en la misma envoltura (gabinete) con grabador o reproductor de sonido o con reloj 8527

1.016.041,2

71.627.269,6

7.235,0

106.072,5

604.866,1

1.561.084,7

1.439.171,3

128.494.712,4

4.203,3

255.402,3

1.223.327,9

2.464.025,0

47.799.624,3

74.189.561,9

16.146.304,6

15.677.576,9

920.008,0

2.471.437,1

1.104.782,0

1.317.379,9

2.664,8

505.864,3

24.984,5

13.530,3

551.980,2

11.928.535,8

205,8

388.842,5

306.689,0

406.584,9

6.966.573,7

93.293.820,7

2.195.938,7

18.779.533,8

399.448,9

614.400,5

400.938.359,0 2.744.437.519,5

93.919.791,8

424.431.519,2

100.935.768,4

86.837.798,6

Aparatos receptores de television, incluso con aparato receptor de radiodifusion o de grabacion o reproduccion de sonido o imagen incorporado; videomonitores y videoproyectores 8528

8529 8530

Partes identificables como destinadas, exclusiva o principalmente, a los aparatos de las partidas 85.25 a 85.28 Aparatos eléctricos de señalización (excepto los de transmisión de mensajes), seguridad, control o mando, para vías férreas o similares, carreteras, vías fluviales, áreas o parques de estacionamiento, instalaciones portuarias o aeropuertos (excepto los de la partida 86.08) Aparatos electricos de señalizacion acustica o visual (por ejemplo: timbres, sirenas, tableros indicadores, avisadores de proteccion contra robo o incendio), excepto los de las partidas 85.12 u 85.30

8531

8543

Máquinas y aparatos electricos con funcion propia, no expresados ni comprendidos en otra parte de este capitulo TOTAL

Fuente: SIECA

Para mayor información consulte: http://www.aacue.go.cr