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-20r6-tÍtNcETUR/vIÍr/DGJctrr

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visto, el Expediente N" 96930+2016-MINCETUR, de fecha 18.05.2016, en el que la empresa p¡SSO ¡UñOO ¡¡VERSTONES S.A.C., solicita Autor¡zación Expresa para la explotación de máqu¡nas .EL REY 777" del Restaurante cinco TenedoEs Turfstlco: tragamonedas en la sala de ¡uegos "lÁS r¡nn¡Z¡S", ubicada'en-Av. Las Flores de Primavera N" 1492' distrito de San Juan ds Lurigancho, provincia y departamento de Uma;

CONSIDERANDO: Que. mediante Lev N'27153, y normas modif¡catorias, y su Reglamento aprobado mediante o Súpremo N' OO9-2002-M|NÓETUR, se regula la explotación de los ¡uegos de.caslno y iáoimoneoas en el oals. estableóiéndosé en el artfculo 24' del cita¿lo cuerpo legal que

te á la Dirección General de Juegos de Cas¡no y Máquinas Tragamonedas las facultades

titas de autorización, fiscalizac¡én, superv¡siÓn, evaluación y sánción v¡nculadas a las antes referidas.

Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artfculo '13' de la Ley N" 27153 Y !oq9s

dejuegos de máquinas tragamonedas se requ¡ere de autor¡zac¡ón explotiac¡ón de modificator¡as, ¡atorias, para la explotac¡ón árptásl em¡ti,iá por la Diiección Genéral-de Juegos de Casinó y Máquinas Tragamonedas.

Que, en el artlculo 14" de la Ley antes mencionade llf como el artlculo 7' de su.Reglamento, aoroUaáb áediante Decreto SuDremo N" OO9-2002-MINCETUR, se establecen los requisitos que los sálicitantes deben cumplir para ácceder a la mencionada autorización.

oue. mediante Exped¡ente N. 96930+2016-MINCETUR, de fecha 18.05.2016, la empresa juegos ASSO füf.¡óO lttVeiSiOteS S.AC., solicita autorización expresa para la explotación de Tenedor6s C¡nco Restaurante del rááuiná'Jiáqámirneáai éñ ia sala db iuegos "EL REY 777" pr¡mavera

;i;ii";, r¡LA-diEñn¡ás';,

ubicada én Áv. Las FtoreE de de Lurigancho, provinc¡a y d€partamento de Lima.

N'

1492, d¡strito de san

oue_ el oiro orinciDal a que se refiere el artlculo 60 de la Ley No 27153 y normas mod¡f¡cado;as, rii e¡üblecimiento donde se encuentfa ¡nstalada la sala de luegos d€ maqulnas ha s¡do calif¡cado como R.ltaurante ili#ññéüá; ¿i Éloñó¡tá"iJiiánominado'LAS TERRAZAS" con. Númeto de Registro N' 020.Ceft¡ficado en el consta óiñáo ióneOores Turtst¡co, segr:n ts.tt.zozo,-elP99lq9.Pg la Direcclón Gsn?ql-q: el hisiá rg.ii.zors,'uisáñi" oJiJJr'l ióié, -páiü"áó cop€ Aá'Oe=iiiolo fu¿süco del VICEMINISTERIO D-E T_URISMO; asimismo' presonta po^r el 9¡ro fecha 06.03.2015, de N' oos_38-15, ltuniclpet iid;li6-ru:ñciJ"amleirto ir;'ü nom6iá úe iá- á.presa Passo _Fundo Inve6lonó' S.&C.'.por el ;ñrcñ6i{";tauránte Aar, a pió ü¡i¡eñoa san h¡larión Mz 'l"iote 4 sección B, v el c-ertificado iffi;;óü',ñ'üü;lÁiiicáóión Municioálidad disfital de san Juan ü'ññá;ü; N; b'Oiió, Oe tecñá ie-rzi'éso, emitido por.ra u¡¡cadó en la urb san HilariÓn Mz Ln oóñoé ie óueoüielé#iriáiiüJ ü l¡ütlT';:'iáriü¡¿i'Áü iáJe-óiás oi-p¡mávdá ¡¡' "ilñmüeole 14e2, de¡ d¡str¡to de san Juan de Lurisancho'

ffiü;ñ;:

por la suma de Que, la solic¡tante ha efectuado el pago por concepto de derecho de fám¡te^ Al r99p99t9, 18.05.2016. fecha sr. z.rü.áb iorái. ségon constainá nécÉo qsraa7bo.4-B, de D,ecrelo-,supremo N'006' aptobado.m'ediante p*ji.jáir¡óñió-ñzlóel-iúp¡"¿á r¡lir-CerÚn áí soles' por lo que ábóé--rúiñóeÍün esbbtece que et pago poraerecno ae trámite es de S/. 2.197.30 este requ¡sito ha sido observado. o lado, de conform¡dad con lo dispuesto en.el articulo 5 de la Ley Que, de otro -ró¿iiicato,i"",

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No-?J1-5-3i

-y iéé,iñ- iónit" én er .Informe Técnlco N' s38-2015en iiÑceiüiwuiirjéJér,r7orbsl-ieé aiiéóná 05.08.2016, v en aolicación de lo establecido

sus ,iini".-

ResoluciÓn D¡rectoral No ta D¡rectiva No oo1-2007-MlNcerúFiv-lt¡iioólCuT, áproUoá mediánte no se ra sata.de.juesos ;'ü;IJn"i"ó óui 9f-'.Y:1Í1-'g-gi iieí-ióói:üiñcÉiún¡¡uróc¡cüil el mlnimo lránsito peatonal dé nrngun siguiendo I]i"-"i-r oü it-i"tó é¡nii,érita ti sOl mátros contados -secundafia n¡ templos, tal como se Puede ;#i,;-G-";ii,;ñ JJloüia!¡oí ii¡c¡¿l, p¡niá¡a y

áámoitrar en el video de medición do distanc¡as'

_ .9u9, la emplesa cumple con adjuntar copia del lnfortnc de ln¡pecclón Técnlcr de Segur¡dad en Ediflcaclons de Detalle úmero de Regtstro N" 07269-pt-2016, de fecha

31.03.2016, expedido Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho; en el que de acuerdo con lo establecido en el Decreto Supremo N' 066-2007-PCM y normas modihcatorias, se deja constancia que_ la sale de juegos de la sol¡citante cumple con las condicioncs de seguridad exigiblés



ñ\ {or\g

este tipo de establecimientos para la explotación de cua,ená

y

slete (17)

máquinas

lgi gficios N' 151-2016-SGGRD-GDE-MoSJL, de fecha 18.04.2016 y -_9q9,.?deqisr!Fs_eg? zbó-zu'rtr299-?016- SGGRD-GDE-MOSJL, SGGIID-GuE-MDSJL, de fecha 12.09.2016, en donde informa que se deja deiá CONSTANCIA que el establecimienlo ubicado en Av. Las Flores de primavera N. 1492 Urb. Sán Hilarión - D¡strito de san Juan de Lurigancho - cuMPLEN coN LAs coNDtctoNEs DESEGURTDAD H¡larión de conformidad a lo establec¡do en el D. s. N" 058-2014-pcM, v-referida de este modo no reoresenta riesoo inminente. Esto en consideración que en et TUPAD de ta municiFáiiiiád,-Elñ-i6-G

¡f-

encuentra incluido el procedimiento de Inspecciones ITSE De Detalle en Detalle.

Que, en observanc¡a a loss Principios del Procedimiento Administrativo de Razonab¡lidad, ¡nformalismo, Presunc¡ón de veracidad, verdad Material y simplicldad, contemplados en loé numórafes1.4, 1.8, 1.7,1.11 y 1.'t3d€t artículo lV det T¡tulo pietim¡riar de ta Lev N" )7444-Lev del Procedimiento Administrativo General - la adm¡nistración debe adoptar las'med¡das que áean favorables al admin¡strado s¡n afectar derechos de terceros o el interés pool¡có, lóoé-áló-án concordancia argumentaüva con el 'principio pto Actm¡nistndo". gy.e' 9n eie sentido, debé.entenderse que ra certif¡cación a que se refiere tanto ra sétima q9 F lqy No 2296 coino ta sexta Disposición Transitoria oe ra'oltreió -transitoi-aN' 009-2002-M|NCETUR, se encuentra conten¡da en los ofcios N. 15r-2016-SGGRD9upremo GDE-MDSJL, de fecha 180.04.20 16 vj.r" 2s8-2016- sccRD-GDE-MDs¿r-, expeo¡oói óoi ra-iu¡ cen"ncla de G*ttón dc Rt"'go de'Desa3tr€s, quien es tá áulo;lJn;Lñi,íñ;;ñ;id;re-;; marc¡a_oe_ segundad en defensa ciü|, la misma que suler a en el Informe Téinico N. 539-2015MINCETUR TMT/DGJCMT/DFCS-JLBC de fecha bs.oa.zolo, en ta que se deia constancia oue ra Disposic¡ón

s€la de.juegos cumpre der sor¡citante cumpre con ras cond¡c¡ones d; ¿aurid;i;xioidÉ oe eStaDrectmientos, conforme lo establece el oecreto supremo N,' 059_2Jol4_pcM. -

;;üi;

Que, de la evaluac¡Ón de ta solvencia económica de la solic¡tantc y de los socios. oerente

ggn_eral-y aloderado con facultades inscritas, según consta en el Informa 'e"""or¡"ó: N" 152-201€ de Autorizac¡ón Exprera y Renoyaci¿n de Autorizac¡ón Exprcsa.