3441-2018 REF. 5058-2018

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DIRECCION JURIDICA

5 de setiembre de 2018 D. J. / 3441-2018 REF. 5058-2018

SEÑORA MARICRUZ RODRÍGUEZ GONZÁLEZ DIRECTORA DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y COMPRAS Estimada señora: Por medio de la presente damos respuesta a su oficio BT-2092-2018 remitido mediante correo electrónico de fecha 30 de agosto de 2018, mediante el cual nos consulta sobre el expediente judicial 17-003198-1027-CA, el cual afecta el bien inmueble de la provincia de Guanacaste, matrícula 129890-000. Por lo tanto procedemos a contestar las preguntas planteadas en su oficio: 

“¿En qué consiste la demanda?

La demanda fue presentada en abril del 2017 por los deudores de primer y segundo grado con garantía hipotecaria sobre el inmueble de la provincia de Guanacaste, matrícula 129890-000. En ella los actores alegan que el Banco Nacional actuó de forma malintencionada, pues presentó el proceso de cobro judicial aunque estaban negociando un arreglo de pago con la institución. Por otra parte, alegan que se presentaron varias nulidades en el proceso de cobro que generarían la nulidad del remate y por consiguiente la nulidad de la adjudicación de la propiedad por parte del Banco Nacional. El proceso es contra el Estado y el Banco Nacional de Costa Rica y actualmente se encuentra señalada audiencia preliminar para el 26 de setiembre del 2018. Ambos demandados contestaron negativamente la demanda pues no se aprecia que existan nulidades en el proceso de cobro, por lo que se deberá esperar la resolución del presente proceso por parte de la autoridad judicial. 

¿Cuál es la génesis de ese proceso?

El proceso se origina en el proceso de cobro judicial presentado por el Banco Nacional ante el incumplimiento de los deudores en sus obligaciones garantizadas con hipotecas de primer y segundo grado sobre el inmueble de la provincia de Guanacaste, matrícula 129890-000. Los

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actores pretenden anular el remate efectuado en dicho proceso de cobro y la adjudicación del inmueble por parte del Banco. 

¿Cuáles son las pretensiones del demandante?

Las pretensiones del demandante son las siguientes: 1. Que se declare la nulidad de todo lo actuado en el proceso de cobro judicial. 2. Que se ordene la cancelación de la inscripción a nombre del Banco Nacional del inmueble de la provincia de Guanacaste, matrícula 129890-000. 3. Que se condene al Banco por daños y perjuicios. 4. Que se condene al Banco por daño moral en la suma de veinte millones de Colones. 5. Que se condene al Banco Nacional y al Estado en forma solidaria al pago de intereses legales y ambas costas. 

¿Existe alguna afectación al dominio?

Una eventual afectación al dominio sobre el inmueble dependerá de lo que se resuelva en el proceso judicial, es decir, en caso que el actor obtenga un resultado favorable a sus pretensiones y el inmueble tenga que ser devuelto a su propietario original. Sin embargo, en este momento no existe ninguna restricción para que el Banco ejerza el dominio absoluto sobre el bien y pueda proceder con su venta, únicamente, se deberán hacer las advertencias necesarias a los interesados sobre la existencia del proceso judicial. 

¿Existe alguna medida cautelar que impida la venta?

No existe medida cautelar que impida la venta, pues la única medida cautelar solicitada fue la anotación de la demanda sobre el bien inmueble. 

Las consecuencias que puede tener en caso de que el potencial comprador pierda la titularidad del bien.”

Siempre existe la posibilidad que el comprador decida demandar al Banco en caso que pierda la titularidad del bien, sin embargo, la institución se encuentra respaldada si brindó información suficiente en las publicaciones sobre la anotación de demanda y si el comprador expresamente acepta la venta con las condiciones existentes y asume el riesgo del proceso pendiente. Atentamente, DIRECCIÓN JURÍDICA

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CAROLINA VILLALOBOS SANCHO ABOGADA

MARIETTA HERRERA CANTILLO DIRECTORA

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REPUBLICA DE COSTA RICA REGISTRO NACIONAL CONSULTA POR NUMERO DE FINCA MATRICULA: 129890---000

PROVINCIA: GUANACASTE FINCA: 129890 DUPLICADO: HORIZONTAL: DERECHO: 000 SEGREGACIONES: NO HAY NATURALEZA: TERRENO DE PASTOS SITUADA EN EL DISTRITO 1-NICOYA CANTON 2-NICOYA DE LA PROVINCIA DE GUANACASTE LINDEROS: NORTE : RAFAEL ELIAS QUIROS ESQUIVEL SUR : XAIRE MARIA NICASIA DIEZ ROJAS Y RICHARD ALFRED LAURA ESTE : ANTONIA MEDINA CHAVARRIA OESTE : CALLE PUBLICA MIDE: CATORCE MIL SETECIENTOS TREINTA Y UN METROS CUADRADOS PLANO:G-1922863-2016

ANTECEDENTES DE LA FINCA: FINCA DERECHO INSCRITA EN 5-00052970 000 FOLIO REAL VALOR FISCAL: 67,630,080.00 COLONES PROPIETARIO: BANCO NACIONAL DE COSTA RICA CEDULA JURIDICA 4-000-001021

ESTIMACIÓN O PRECIO: CINCUENTA Y SEIS MIL DOLARES DUEÑO DEL DOMINIO PRESENTACIÓN: 2013-00235084-01 FECHA DE INSCRIPCIÓN: 30 DE SEPTIEMBRE DE 2013 ANOTACIONES SOBRE LA FINCA: NO HAY GRAVAMENES o AFECTACIONES: SI HAY

RESERVAS Y RESTRICCIONES CITAS: 343-12473-01-0902-001 FINCA REFERENCIA 010154-000 CANCELACIONES PARCIALES: NO HAY ANOTACIONES DEL GRAVAMEN: NO HAY DEMANDA ORDINARIA CITAS: 2018-295925-01-0001-001 TRIBU. CONTENC. ADMIN. II CIRCUITO JUDIC. DE SJ, 15H 20M DEL 30/04/18. EXPEDIENTE 17-003198-1027-CA. AFECTA A FINCA: 5-00129890- INICIA EL: 11 DE MAYO DE 2018 FINALIZA EL: 11 DE MAYO DE 2028 CANCELACIONES PARCIALES: NO HAY ANOTACIONES DEL GRAVAMEN: NO HAY Usted se está conectando a una Base de Datos Replicada, los datos están actualizados al 11Octubre-2018 a las 16.25.08 horas Emitido el 11-10-2018 a las 16:25 horas

BT-T-4354-1-2016 - NICOYA2 Informe Trabajos Topográficos

T-197 P29 BT-T-4354-1-2016 NICOYA 2

Licitación Pública No. 2013LN-000016-01 Servicios Profesionales de Topografía y Agrimensura

ELABORADO POR:

ING. FRANKLIN CAMACHO QUIRÓS. IT-2304

junio de 2016

Curridabat, 24 de junio de 2016

Ref. «BT-T-4354-1-2016» Informe de trabajos realizados Antecedentes: Finca: 5-129890-000 Plano: G-803181-2002. Área: 15000m2 Tipo de trabajo (Replanteo):

Detalle de trabajos realizados: 1. Se procedió a la obtención del plano del predio en la plataforma digital del Registro Nacional en Curridabat. 2. Por medio de la plataforma de información de planos del Colegio de Ingenieros Topógrafos se obtuvo el plano de la propiedad colindante al norte (G-4014581994) y oeste (G-803182-2002), también se obtuvo el plano G-9950-1950. 3. Se realizó un montaje con los planos catastrados para proceder a hacer la comparación de la información en el registro nacional contra la información a levantar en campo. 4. La visita al sitio se realizó los días 8-9 de junio de 2016 y 23 de junio de 2016. 5. La propiedad presentaba vegetación muy densa, por lo que se comienza con el trabajo de limpieza de linderos para poder proceder con los trabajos de mediciones con estación total. 6. En sitio los linderos existentes eran norte y oeste por lo que se midieron para poder a proceder con la comparación del levantamiento contra la información de registro. 7. La diferencia se encontró en el fondo de la propiedad ya que la distancia entre los vértices 2-3 es de apenas 10.21m, por lo que se hace una revisión de la información de registro con los siguientes resultados:

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El plano G-803182-2002 (colindante al sur) y el plano G-803181-2002 (plano del bien 4354) fueron inscritos por el mismo topógrafo Elmer Garro Díaz T.A. 6042, generan traslape al fondo de la propiedad según los planos G-99501950 (plano madre) y el plano G-401458-1994 (colindante al norte).



La información levantada en campo es concordante con los planos G9950-1950 y G-401458-1994 por lo que determina que existe un error en los planos del año 2002.



Este traslape genera una pérdida de área de 268.20m2 en el fondo del lote. (ver anexo 2).

8. Se procedió a marcar el lote tomando en cuenta el punto anterior, por lo que los vértices 1 y 2 se marcaron de manera de que no se generara traslape. Ver anexo 2.

9. Los vértices 3, 4, 5 fueron marcados según el plano; también se marcó un punto adicional entre los vértices 5-1 debido a la larga distancia entre los vértices. 10. El lote fue marcado con tubos EMT de media pulgada con 1m de largo, pintados de color naranja y dejando 60cm expuestos.

Conclusiones 1. El plano G-803181-2002 traslapa al colindante este, por lo expuesto en el punto 7. 2. El traslape es de 268.20m2

Recomendaciones 1. Actualizar el plano catastrado a realidad para eliminar el traslape que genera el plano actual, esto según el punto 7 fue revisado con información del Registro Nacional. 2. Cambiar los vértices que dicen marcados en el anexo 2 por postes de concreto para evitar la pérdida del marcaje. También reemplazar el punto marcado entre los vértices 5-1.

ING. FRANKLIN CAMACHO QUIRÓS. IT-2304

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Anexo 1. Planos colindantes y Plano de Finca Madre. Plano del bien 4354. G-803181-2002.

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Colindante norte. G-401458-1994.

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Colindante sur. G-803182-2002

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Plano de la finca madre.

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Anexo 2. Área afectada por traslape de planos.

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Anexo 3. Fotografías del levantamiento y replanteo. Fotografía 1. Equipo utilizado para realizar el levantamiento y el replanteo. Estación total GTS-105N y colector de datos Nomad de Trimbre.

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Fotografías 2,3,4 y 5. Ejemplos de los carriles chapeados y vegetación alta.

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Fotografía 6 y 7. Cerca del colindante este.

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Fotografía 8 y 9, vértice 5.

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Fotografías 10 y 11. Vértice 4.

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Fotografías 12 y 13. Vértice 3.

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Fotografías 14 y 15. Nuevo vértice 2

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Fotografías 16 y 17. Nuevo vértice 1.

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