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2allotaría deCoronel REPERTORIO N° 1.082-2015.- 1

CONTRERAS SOTO, notario suplente del titular René. Marcelo Arriagada Basaur de la Segunda Notaría de Coronel, según consta de decreto económico ...
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2allotaría deCoronel

Tres mil doscientos dieciocho (3.2181 hoja 62 sesenta y dos

René M. Arriagada Basaur Abogado-Notario Público

Cochrane n1130, 22 piso, Coronel—Chile Tel. 56-41-2183731 / 2183732 email: [email protected]

NOTARIO

1

REPERTORIO N° 1.082-2015.-

2

rab/mandatojudicial/Susana Rivera Carrasco a Cristian Pinto

7.;

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1

3 4

MANDATO JUDICIAL

5 6

A.G. DE PATRONES DE PESCA

7 8

A

9 10

JORGE CONGREVE TRABUCCO

11 12 13

EN CORONEL, REPÚBLICA DE CHILE, a veintiocho de

14

agosto de dos mil quince, ante mí, MARLENE LORENA

15

CONTRERAS SOTO, notario suplente del titular René

16

Marcelo Arriagada Basaur de la Segunda Notaría de Coronel,

17

según consta de decreto económico número doscientos dieciséis

18

guión dos mil quince del Primer Juzgado de Letras de esta

19

ciudad, protocolizado bajo el número doscientos treinta y seis

20

al final del Registro de Instrumentos Públicos de esta notaria,

21

con domicilio en calle Cochrane número ciento treinta,

22

segundo piso, de esta ciudad, don LUIS ALONSO

23

MONSALVES FUENTES, chileno, casado, patrón de pesca,

24

cédula de identidad número nueve millones cuatrocientos

25

cuarenta y cinco .mil ochocientos ochenta guión tres,

26

domiciliado en Coronel, pasaje diez casa cuatrocientos cincuenta

27

y seis, Brisas del Sol comuna de Talcahuano y de paso en ésta,

28

en representación según así lo declara de A.G. DE

29

PATRONES DE PESCA, el compareciente mayor de edad,

30

quien acredita su identida por la exhibición de la cédula 1 ri5..ne-trirena n-trlas ! •pfíciá) Primero 23 Not?rja

• Notario P blicc - -

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correspondiente, y expone: PRIMERO: Que, por el presente acto e instrumento, viene en conferir mandato y poder judicial tan amplio como en derecho corresponda a señor Jorge Congreve Trabucco, cédula de identidad número ocho millones once mil ochocientos cincuenta guión tres, con domicilio en la ciudad de Concepción., calle San Martín número quinientos cincuenta y tres oficina número quinientos cuatro, para que en su nombre y representación comparezca en cualquier juicio, de cualquier clase o naturaleza que sea y que la parte mandante tenga en la actualidad o en el futuro. Se confieren al mandatario todas las facultades en el inciso primero y segundo del artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil y especialmente la de ser emplazado en juicio, demandar, iniciar cualquiera otra especie de gestiones judiciales, voluntarias o contenciosas, reconvenir, avenir, percibir, transigir, contestar demandas, desistirse en primera instancia de la acción deducida, aceptar la demanda contraria, renunciar a recursos, plazos o términos legales, transigir, comprometer, otorgar a los árbitros facultades de arbitradores, aprobar convenios. El mandatario podrá representar a la parte mandante en todos los juicios o gestiones judiciales en que tengan interés actualmente o en lo sucesivo ante cualquier tribunal de la Republica, de cualquier naturaleza, así intervenga la parte mandante como demandantes o demandados, terceristas, coadyuvantes o excluyentes o en cualquier otra forma, hasta la completa ejecución de la sentencia, pudiendo nombrar abogados patrocinadores y apoderados, con las facultades, que por este instrumento se le confieren y por tanto, pudiendo delegar este poder y reasumirlo cuantas veces estime conveniente. Escritura extendida conforme a instrucciones de la compareciente en atención

2 "Notaría

deCoronel

René M. Arriagada BaSaur Abogado-Notario Público

Tres mil doscientos diecinueve (3.2fle) 63 sesenta y tres

Cochrane n2 130, 29. piso, Coronel — Chile Tel. 56-41-2183731 / 2183732 email: notaria.coronelPgmail.com

a lo que dispone el número uno del artículo cuatrocientos uno del Código Orgánico de Tribunales. Certifico: Que, de conformidad a lo establecido por la Exma. Corte Suprema de Chile en AA 726-2010 de 11 de junio de 2010, se verificó la calidad de abogado del señor Jorge Congreve Trabuco en el portal www.poderjudicial.cl. En comprobante y previa lectura firma la compareciente. Se da copia. ANOTADA CON EL NÚMERO DE REPERTORIO 1.0822015. Doy Fefi

FIRMA: NOMBRÉ:

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CERTIFICO QUE ESTA COPIA ES FIEL DEL ORIGINAL ANOTADO EN EL REPERTORIO /1092,- 7015 — N° 2016 CORONEL 0 4 R né M. Arriagada Basaur NOTAR! PÚBLICO ORONEL

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2allotaría deCoronel

Tres mil novecientos quince (3.915) Foja 64 senta y cuatro

René M. Arriagada Bagaur

E

Abogado-Notario Público

Cochrane n2 130, 29 piso, Coronel —Chile TeL 56-41-2183731 / 2183732 email: [email protected]

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NOTARIO PÚBLTO

REPERTORIO N° 1.252-2015.rab/mandatojudicial

MANDATO JUDICIAL

SINDICATO DE TRABAJADORAS INDEPENDIENTES DE ALGUERAS ESFUERZO DEL MAR CALETA PUEBLO HUNDIDO Y OTROS

A

JORGE CONGREVE TRABUCCO

EN CORONEL, REPÚBLICA DE CHILE, a diecisiete de octubre del año dos mil quince, ante mí, MARLENE LORENA CONTRERAS SOTO, Oficial Primero, notario público, suplente del titular de la Segunda Notaría de Coronel don RENE MARCELO ARRIAGADA BASAUR, según decreto económico número doscientos cuarenta y siete guión dos mil quince de fecha nueve de octubre del año dos mil quince, protocolizado bajo el número doscientos cincuenta, con oficio en esta ciudad, calle Cochrane número ciento treinta, segundo piso, comparecen: doña CELIA ISABEL RETAMAL TORRES, chilena, casada, trabajadora programa PMU, cédula de identidad número trece millones ciento nueve mil ochocientos guión seis, domiciliada en Lota, Bajada Defensa del Niño, calle Miramar número ciento cuarenta y dos, Lota Alto y de paso en ésta, en representación según así lo declara de SINDICATO DE TRABAJADORAS INDEPENDIENTES DE ALGUE

s Soto Primero' eNotaría de Coronel

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ER O DEL MAR

Notario Público Suplente

1

CALETA PUEBLO HUNDIDO; doña ANGELA JENNY

2

ESCALONA GOMEZ, chilena, casada, trabajadora programa

3

PMU, cédula de identidad número quince millones seiscientos

4

dieciséis mil cinco guión nueve, domiciliada en Lota, pasaje dos

5

poniente número cero cinco, Caleta El Blanco, Lota Alto y de paso

6

en ésta, en representación según así lo declara de SINDICATO DE

7

TRABAJADORAS

8

RECOLECTORAS DE ALGAS CALETA EL BLANCO; don

9

BILL EDUARDO SOTO CESPEDES, chileno, casado, pescador

10

artesanal, cédula de identidad número doce millones setecientos

11

noventa y seis mil ochocientos dos guión cero, domiciliado en Lota,

12

avenida Prat número cuarenta, Fuete Viejo de paso en ésta, en

13

representación según así lo declara de SINDICATO DE

14

TRABAJADORES INDEPENDIENTES DEL MAR CALETA

15

COLCURA PESCADORES ARTESANALES, BUZOS

16

MARISCARES Y RECOLECTORES DE ALGAS y don

17

RAMON ANTONIO CHAPARRO CARRILLO, chileno,

18

divorciado, pescador artesanal, cédula de identidad número diez

19

millones doscientos treinta y siete mil cuatrocientos once guión

20

ocho, domiciliado en Lota, calle San Vicente número veintisiete ,

21

sector playa de paso en ésta, en representación según así lo declara de

22

SINDICATO DE TRABAJADORES INDEPENDIENTES

23

PESCADORES

24

ACUICULTORES Y ACTIVIDADES CONEXAS DE

25

CALETA LOTA BAJO, todos los comparecientes mayores de

26

edad, quienes acreditan su identidad por la exhibición de las cédulas

27

correspondientes, y exponen: PRIMERO: Que, por el presente acto

28

e instrumento, vienen en conferir mandato y poder judicial tan

4 29

amplio como en derecho corresponda a señor Jorge Congreve

30

Trabucco, cédula de identidad número ocho millones once mil

INDEPENDIENTES

ARTESANALES

DE

LANCHEROS

2

2 °tarja

deCoronel

Tres mil novecientos dieciséis (3.916)

René M. Arriagada Basaur Abogado-Notario PQblico

Foja 65 sesenta y cinco

Cochrane n2 130, 22 piso, Coronel — Chile Tel. 56-41-2183731 / 2183732 email: notaria.coronelPernall.com

1

ochocientos cincuenta guión tres, con domicilio en la ciudad de

2

Concepción, calle San Martín número quinientos cincuenta y tres

3

oficina número quinientos cuatro, para que en sus nombres y

4

representación comparezca en cualquier juicio, de cualquier clase o

5

naturaleza que sea y que la parte mandante tenga en la actualidad o

6

en el futuro. Se confieren al mandatario todas las facultades en el

7

inciso primero y segundo del artículo séptimo del Código de

8

Procedimiento Civil y especialmente la de ser emplazado en juicio,

9

demandar, iniciar cualquiera otra especie de gestiones judiciales,

10

voluntarias o contenciosas, reconvenir, avenir, percibir, transigir,

11

contestar demandas, desistirse en primera instancia de la acción

12

deducida, aceptar la demanda contraria, renunciar a recursos, plazos

13

o términos legales, transigir, comprometer, otorgar a los árbitros

14

facultades de arbitradores, aprobar convenios. El mandatario podrá

15

representar a la parte mandante en todos los juicios o gestiones

16

judiciales en que tengan interés actualmente o en lo sucesivo ante

17

cualquier tribunal de la Republica, de cualquier naturaleza, así

18

intervenga la parte mandante como demandantes o demandados,

19

terceristas, coadyuvantes o excluyentes o en cualquier otra forma,

20

hasta la completa ejecución de la sentencia, pudiendo nombrar

21

abogados patrocinadores y apoderados, con las facultades, que

22

por este instrumento se le confieren y por tanto, pudiendo delegar

23

este poder y reasumirlo cuantas veces estime conveniente. Escritura

24

extendida conforme a instrucciones de la compareciente en

25

atención a lo que dispone el número uno del artículo cuatrocientos

26

uno del Código Orgánico de Tribunales. Certifico: Que, de

27

conformidad a lo establecido por la Exma. Corte Suprema de Chile

28

en AA 726-2010 de 11 de junio de 2010, se verificó la calidad de

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abogado del señor Jorge Congreve Trabuco en el portal

30

www.poderjudicial.cl. En comprgbante previa lectura firman los 3

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1 comparecientes. Se da copia. ANOTADA CON EL NÚMERO 2

DE REPERTORIO 1.252- 2015. Doy Fe

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INDEPENDIENTES,

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PESCADORES

1 SANTA MARIA, la compareciente mayor de edad, quien acredita su identidad por la 2

exhibición de la cédula correspondiente, y expone: PRIMERO: Que, por el presente

3

acto e instrurnenip, viene en conferir mandato y poder judicial tan amplio como en

4

derecho corresponda a señor Jorge Congreve Trabucco, cédula de identidad

5

número ocho millones once mil ochocientos cincuenta guión tres, con domicilio en la

6

ciudad de Concepción, calle San Martín número quinientos cincuenta y tres oficina

7

número quinientos cuatro, para que en su nombre y representación comparezca en

8

cualquier juicio, de cualquier clase o naturaleza que sea y que la parte mandante tenga

9

en la actualidad o en el futuro. Se confieren al mandatario todas las facultades en el

10

inciso primero y segundo del artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil y

11

especialmente la de ser emplazado en juicio, demandar, iniciar cualquiera otra. especie

12

de gestiones judiciales, voluntarias o contenciosas, reconvenir, avenir, percibir, transigir,

13

contestar demandas, desistirse en primera instancia de la acción deducida, aceptar la

14

demanda contraria, renunciar a recursos, pi-x.1os o términos legales, transigir,

15

comprometer, otorgar a los árbitros facultades de arbitradores, aprobar convenios,

16

especialmente ante NUEVA ALDEA, ENDESA 1 y U, PLANTA CELUIDS.A,

17

ARAUCO, HORCONES y SANTA MARIA DE COLBUN. El mandatario

18

podrá representar a la parte mandante en todos los juicios o gestiones judiciales

19

en que tengan interés actualmente o en lo suePsivo ai-ite cualquier tribunal de la

20

Republica, de cualquier naturaleza, así intervenga la parte mandante como

21

demandantes o demandados, tercenstas, coadyuvantes o exduyentes o en

22

cualquier otra forma, hasta la completa ejecución de la sentencia, pudiendo

23

nombrar abogados patrocinadores y apoderados, con las facultades, que por

24

este instrumento se le confieren y por tanto, pudiendo delegar este poder y

25

reasumirlo cuantas veces estime conveniente. Escritura extendida conforme a

26

instrucciones de la compareciente en atención a lo que dispone el número uno

27

del artículo cuatrocientos uno del Código ()Tánico de Tribunales. Certifico: Que,

28

de conformidad a lo establecido por la ama_ Corte Suprema de Chile en AA

. 29

726-2010 de 11 de junio de 2010, se verificó la calidad de abogado del señor

30

Jorge Congreve Trabuco en el portal www.podeijudicial a En comprobante y 2

2a Notaría deCoronel 1

Foja 67 sesenta y siete

René M. Arriagada Badaur Abogado-Notario Público

Cochrane nº 130, 2º piso, Coronel—Chile Tel. 56-41-2183731 / 2183732 email: notaria.coronelPernail.com

1

previa lectura firman los comparecientes. Se da copia. ANOTADA EN

2

EL REPERTORIO CON EL N° 514-2016. Doy Fe,,/

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