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Visto, el expediente N° 15-075873-002, que contiene la Nota Informativa N° 9462015-DGSP/MINSA, de la Directora General de la Dirección General de Salud de las Personas del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Asunción, República de Paraguay, se llevó a cabo la "23 Reunión Regional para el intercambio de experiencias sobre el control de la TB en grandes ciudades", del 25 al 27 de agosto de 2015; Que, mediante comunicación N° CHA/01/0825-2015 de fecha 4 de agosto de 2015, la Organización Panamericana de la Salud/Organización Mundial de la Salud, invita a representantes del Ministerio de Salud a participar en el mencionado evento; señalando que la Organización Mundial de la Salud financiaría los gastos de participación correspondientes; Que, el citado evento tuvo como objetivos monitorear los logros de la iniciativa en los países de Colombia, Brasil y Perú, así como compartir experiencias con los nuevos países que están en proceso de aplicación del marco de trabajo, que son Guatemala, México, Paraguay y Uruguay; Que, con el documento de Visto, la Directora General de la Dirección General de Salud de las Personas, solicitó se autorice el viaje de los médicos cirujanos David Fernando Zavala Rosas, profesional de la citada Dirección General, y Nancy Adriana Zerpa Tawara, Ejecutiva II del Despacho Viceministerial del Ministerio de Salud; para que representen al Ministerio de Salud en el citado evento; S. RUIZ Z.

Que, mediante Informe N° 496-2015-EGC-ODRH-OGGRH/MINSA, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, señala que la participación de los citados profesionales se encuentra comprendida dentro de los alcances de la normatividad legal vigente sobre autorización de viaje al exterior de funcionarios y servidores públicos, no ocasiona gastos al Estado y cuenta con la autorización de la Alta Dirección; acotando que resulta procedente autorizar el viaje con eficacia anticipada; Que, el artículo 11 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que los viajes al extranjero para concurrir a Asambleas, Conferencias, Seminarios, Cursos de Capacitación o que se realicen por cualquier motivo, siempre que

J. Ulule

no ocasionen ningún tipo de gasto al Estado, serán autorizados mediante Resolución del Titular de la Entidad correspondiente; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 17.1 del artículo 17 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, solo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción; Que, en mérito a las consideraciones expuestas y atendiendo a la temática y los objetivos del evento antes señalado, resulta de interés institucional autorizar con eficacia anticipada, el viaje de los citados profesionales; Que, mediante Nota Informativa N° 1367-2015-OGAJ/MINSA, la Oficina General de Asesoría Jurídica ha emitido opinión; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Viceministro de Salud Pública y de la Secretaria General; y, De conformidad con lo establecido en el numeral 17.1 del artículo 17 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el numeral 8) del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar, con eficacia anticipada, el viaje de los médicos cirujanos David Fernando Zavala Rosas, profesional de la Dirección General de Salud de las Personas, y Nancy Adriana Zerpa Tawara, Ejecutiva II del Despacho Viceministerial del Ministerio de Salud, a la ciudad de Asunción, República de Paraguay, del 24 al 28 de agosto de 2015, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer que los citados profesionales, remitan a la Alta Dirección, con copia a la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos, en el evento al que acudieron.

S. RUIZ Z_

Artículo 3.- El cumplimiento de la presente Resolución Ministerial no irroga gasto al Estado ni otorga derecho a exoneraciones o liberalización de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese y comuníquese.

ANÍBAL VELASQUEM/IA MINISTRO DE SALUD