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-2'r1s-P-CNM
San lsidro,
0 7 A8R. m15
VISTO:
Ei lnforme lJo 019-201s-OPCT-CNM de la Oficina
de Planificaci6n y Cooperacion T6cnica, sobre el lvanual de Procedimientos P03CNI\,4: Procesos Disciplinarius de Jrreces, Fiscales
y Jefes de la ONPE y RENIEC;
CONSIDERANDO:
Que, por Resoluci6n No 012-2007-P-CNM, se aprueba la "Guia lvletodo169ica para el desarrollo de Procesos Disciplinarios de Jueces y Fiscales", do-)lrmento que identifica, analiza y disefia la secuencia y modo c6mo se realizan el conilnto de operaciones para el cumplimientc de la apliceci6n del proceso disciplinario (.e jueces y fiscales; Que, la politica nacional de modernizaci6n de la Gesti6n P0blica, aprobada por el Decreto Supremo N' 004-20'13-PCM, tiene como uno de sus lineamientos para las ei'riidades piblicas en genera!, la de documentar co claridad la "cadena de valor" en los Manuales de Procedimientos (MAPROS), doclrmento en el cual debe qued?r establecido como la entidad transforma los insumos disponibles en aquellos servicios que tendran como resultado la mayor salisfacci6n del ciudadano;
Que, la Directiva No 002-77-INAP/DNR "Normas para la Formulacion de los Manuales de Procedimientos"; aprobada por la Resoluci6n Jefatural No 059-77-INAP/DNR, establece las pautas, contenido y disefio metodologico para la formulaci6n de los Manuales de Procedimientos (MAPROS) en las entidades p(blicas; Que, corresponde a la Oficina de Planificacion y
Cooperaci6n T6cnica, formular y actualizar los instrumentos de gesti6n institucional establecidos por el sistema de racionalizacion y otros de acuerdo a ley, en cumplimiento de las funciones establecidas en los articulos 35'y 36'del Reglamento de Organizaci6n y Funciones, aprobado con la Resoluci6n No 088-2011-P-CNM, y modificado por las Resoluciones Nros. 020 y 118-2012-P-CNM y 216-2013-P-CNN,l;
Que, la Oficina de Planificaci6n
y
Cooperaci6n Tdcnica en coordinaci6n y en base a un proceso de retroalimentaci6n con la Direcci6n de Procesos Disciplinarios, ha elaborado el Manual de Procedimientos Po3-CNM: Procesos Disciplinarios de Jueces, Fiscales y Jefes de la ONPE y RENIEC, documento que reemplaza a la Guia Metodologica, teniendo como marco legal y normativo lo seiaiado en el segundo y tercer considerando, el Reglamento de
Procesos Disciplinarios, aprobado por la Resoluci6n No '140-20'1o-CNM y sus modificaciones, la Ley N' 30155 que regula la publicaci6n electr6nica de las resoluciones, disposiciones y notificaciones d,,l Consejo Nacional de la Magistratura y su Reglamento aprobado con la Resoluci6n No 079-2014-CNM, y otras normas pertinentes;
De conformi.iad con lo establecido en ei inciso ii) del articulo 11' del Reglamento de Organiraci6n Funciones, aprobado por Resoluci6n N' 088-2011-P-CN|\,| y modificado por las Resoluciones Nros. 020 y'1182012-P-CNM y 216-20i3-P-CNM, y con la vieaci6n del Director General y de los Jeles de las Oficinas de Asesoria Juridila, / Pianifica;ion y Cooperacion T6cnica, y de la . Directora de Procesos t isciplinarios de Jue@s y
y
Fiscales;
SE RESUELVE:
Articulo
Aprobar
el "Manual de
Procedimientos Po3-CNM: Procesos Disciplinarios de Jueces, Fiscales y Jefes de la ONPE y RENIEC", que forma parte de la presente Resolucion.
Articulo 2o.- Publicar la presenie Resoiucidn y er lvlanual aprobado en el portal de traisparencia de la pagina electr(inica del Consejo Nacional de la [4agistratura (Udwgllpojg).
Articulo 3o.- Deja. sin efecto la Resoluci6n N" 012-2007-P-CNM que aprueba la'Guia Metodol69ica para el desarrollo de Procesos Disciplinarios de.jueces y Fiscales" Registrese, comuniquese y archivese.
@ El Secretario Ge eral del Consejo Nactonal de I Mrglstr ur!
CERTIFTCA: docum€nto €! a
ue el prtteot€,
llel el orlqlnal,
"^s8_tllw*ff.o c"^!qo'r""0^"r d"-u
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coNSEJo NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS P03-GNM: PROCESOS DISGIPLINARIOS DE JUECES, FISCALES Y JEFES DE LA ONPE Y RENIEC
Abril 2015
rLrrrr--rr--r
NoMBRE DEL PRoCEDIMIENTO: CODIGO: Po3-CNM PROCESOS DISCIPLINARIOS DE JUECES, FISCALES Y JEFES DE LA ONPE Y RENIEC
L
lntroducci6n
de la
Magistratura en cumplimiento de sus funciones procesos constitucionales realiza los disciplinarios a jueces y fiscales, que conlempla la iormalizaci6n de las denuncias, investigaci6n preliminar y el procedimiento disciplinario de destituci6n contra jueces y fiscales titulares o de cualquier otra denominaci6n de todos los niveles, y de remoci6n del Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y del Jefe del Registro Nacionalde ldentificaci6n y Estado Civil (RENIEC).
El
Consejo Nacional
Este proceso es dirigido y supervisado a nivel institucional por la Comisidn Permanente de Procesos Disciplinarios, contando con la Direcci6n de Procesos Disciplinarios como unidad de soporte t6cnico administrativo.
EI presente Manual de Procedimientos (en adelante MAPRO) para el desarrollo de procesos disciplinarios de Jueces, Fiscales, Jeies de la ONPE y del RENIEC, contiene las principales acciones a seguir por las diferentes unidades orgdnicas que participan, el cargo del personal que interviene, los documentos que se generan, los formatos y m6dulos informaticos que se utilizan, los plazos, las decisiones que se toman y otras tareas que implican este proceso. Asimismo, el l\,4APRO sirve como herramienta para la construcci6n de la cadena de valor del procedimiento de los procesos disciplinarios, identificando las acciones que no agregan valor; por lo que, a trav6s de procesos de racionalizacidn se evalLia si son
susceptlbles de prescindir de alguna acci6n, coadyuvando de este modo en la optimizaci6n del proceso, orientado a alcanzar mayores niveles de calidad del servicio que el Consejo brinda.
El IVIAPRO describe el proceso, de conformidad con el actual Reglamento de Procesos Disciplinarios, aprobado por la Resolucion N" 140-2010-CNlr, la Ley N'30155, la que regula la publicaci6n electr6nica de las resoluciones, disposiciones y notificaciones del Consejo Nacional de la Magistratura, y la Resoluci6n No 079-2014-CNM, misma que aprueba el Reglamento de la Ley N" 30155 y modifica el Reglamento de Procesos Disciplinarios. l\,4etod0169icamente, el presente l\,4APRO ha tenido en cuenta lo dispuesto en la Directiva
N' 002-77-INAP/DNR "Normas para la formulaci6n de los l\,4anuales de Procedlmientos" aprobado por la Resoluci6n Jefatural N' 059-77-INAP/DNP. desc ben en forma secuencial los procedimientos de inicio y tr6mite de las denuncias, investigaciones preliminares y procedimientos disciplinarios, propiamente dicho; asicomo, se desarrolla la diagramaci6n, es decir la descripci6n del proceso a trav6s de flulogramas, habi6ndose esquematizado dos versiones: una que De esa manera, se
contiene la sintesis del proceso, y la otra que muestra el detalle del mismo.
MANUALOE PROCEDTMIENIOS] PFOCESOS O/SC/PLI! R/oS DE JUECES. F/SC?qLES yJEFESDErA
[.
indice
t.
lnlroducci6n
I.
lndice
It.
Datos Generales 3.1 Objetivo 3.2 Alcance 3.3 Aprobaci6n y actualizaci6n
4 4 4 4
Datos del Procedimiento Nombre del Procedimiento y C6digo Finalidad Base Legal Requisitos 4.5 Tipos y etapas de los Procedimientos A. Denuncia B. lnvestigaci6n Preliminar C. ProcesoDisciplinario 4.6 lnstrucciones 4.7 Duraci6n 4.8 Diagramaci6n 4.9 Formularios
4
4
4.1 4.2 4.3 4.4
4 5 6 12 19
29 29 30 71
Glosario da T6rminos
71
AbrEviaturas y Acr6nimos
71
MANUAL DE PROC.EDIT/ ENIOS: PROCESOS OISC/PUIVARIOS OE JUEC€S, F'SCAIES Y JEFES DE
L"A
lll.
Datos Generales 3.'l Objetivo Normar los procedimientos a seguir en el desarrollo del proceso disciplinario de Jueces, Fiscales y Jefes de la ONPE y RENIEC, dentro del Consejo Nacional de la Magistratura. 3.2
Alcance
Presidencia Secretaria ceneral (SG) Comisi6n Permanente Procesos Disciplinarios (CPPD) Direcci6n General (DG) Direcci6n de Procesos Disciplinarios (DPD) Oficina de Administraci6n y Finanzas (OAF) Oficina de Tecnologias de la lnformaci6n (OTl) Oficina de Asesoria Juridica (OAJ) Area de Comunicaciones e lmagen lnstitucional (ACll) Area de T16mite Documentario y Archivo (ATDA) Area de Registro de Jueces y Fiscales (ARJF) 3.3 Aprobaci6n y Actualizaci6n El MAPRO se aprueba con Resoluci6n de la Presidencia del Consejo Nacional de la l\ragistratura.
Las actualizaciones que se produzcan
al
MAPRO se efectuarAn mediante
incorporaci6n o cambio de hojas.
lV.
Datos del Procedimiento 4.1 Nombre del Procedimiento y C6digo
Nombre:
Procesos Disciplinarios de Jueces, Fiscales y Jefes de la ONPE y RENIEC
C6digo
PO3-CNM
:
4.2 Finalidad
Contribuir a lograr una gesti6n eficiente en el proceso disciplinario mediante la aplicaci6n de sanci6n de destituci6n de los jueces del Poder Judicial y fiscales del Ministeio Piblico, de todos los niveles, respectivamente; asi como de remoci6n a los Jefes de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y Registro Nacional de ldentificaci6n y Estado Civil. Velar por el cumplimiento de la garantia de tutela procedimental efectiva, en sus modalidades de derecho de acceso a Ia administraci6n de justicia, derecho de defensa, derecho de debido procedimiento valoraci6n de medios probatorios, debida motivaci6n de las resoluciones, entre otros, en los tres tipos de procedimientos que se siguen ante el Consejo Nacional de la lragistratura.
MANUAL DE PROCEDIMIENIOS: PROCESOS O/SC/PLIN R/OS OE JUECES.
ONPE Y RENIEC
f/SC4lES
Y JEFES DE
U
4.3 Base Legal
4.3.1 4.3.2 4.3.3 4.3.4 4.3.5 4.3.6 4.3.7 4.3.8 4.3.9 4.3.'10
4.3.11 4.3.12 4.3.'13
Constituci6n Politica del Estado, articulos 154" inciso 3), 182. y '183o. Ley No 26397, Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura y sus modificatorias Ley N' 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General y sus modificatorias. Ley N" 29277, Ley de la Carrera Judicial y su modificatoria. Ley No 30155, Ley que regula la publicaci6n electronica de las Resoluciones, Disposiciones y Notificaciones del Consejo Nacional de la Magistratura. Decreto Legislativo No 052 Ley Organica del Mjnisterio p[btico y sus modificatorias. Decreto Supremo No 017-93-JUS, Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial y sus modificatorias. Decreto Supremo N'043-2003-PCM, Texto Unico Ordenado de la Ley de Transparencia Acceso la lnformaci6n pfblica sus modificatorias. Resoluci6n 041-2004-P-CNM, que aprueba Manual de Organizaci6n y funciones del CNM, y sus modificatorias. Resoluci6n No 140-201o-CNM, Reglamento de Procesos Disciplinarios del Consejo Nacional de la Magistratura. Resoluci6n N" 088-2011-P-CNM, que aprueba et Regtamento de Organizaci6n y Funciones del CNlrl, y sus modificatorias. Resoluci6n N' 079-2012-P-CNM, que aprueba et Texto Unico de Procedimientos Administrativos del CNM, y su modificatoria Resolucidn N" 112-2012-P-CNM. Resoluci6n No 079-2014-CNM, que aprueba el Reglamento de la Ley N" 30155.
y
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y
el
4,4 Requisitos
Tipos de Procedimientos
a a pedido de parte mediante la presentaci6n de escrito de un ciudadano.
...-r
Sa'inicia de oficio a solicitud de un Consejero al tomar conocimiento de una - -investigacion periodistica televisiva, radial o escrita, respecto de un Juez o Fiscal Supremo, Jefes de ONPE y RENIEC.
B. lnvestigaci6n Preliminar Se inicia al haber indicios de la comisi6n de una falta muy grave de un Juez Supremo, Fiscal Supremo, Jefes de ONPE y RENIEC en el escrito de denuncia presentado ante el CNM.
MANUAL DE PROCEDIMIENIOS: PROCESOS D/SCIPL/AAR/OS oE JUECES
F/scaaEs vJEFES DE r 4
Se inicia de oficio, al haber indicios de la comisi6n de una falta muy grave de un Juez Supremo, Fiscal Supremo, en una investigaci6n preliminar previa contra otros magistrados supremos.
C. ProcesoDisciplinario Se inicia al haber pruebas de la comisi6n de una falta muy grave de un Juez Supremo, Fiscal Supremo, Jefes de ONPE y RENIEC en la investigacion preliminar seguida ante el CNM. Por otro lado, se inicia a solicitud del Presidente de Poder Judicial o Fiscal de la Naci6n, quienes remiten la investigaci6n seguida ante la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial y Fiscalia de Control lnterno del Ministerio PUblico contra jueces y fiscales de menorjerarquia a los supremos, respectivamente. 4"5 Tipos y etapas de
los procedimientos
A. DENUNCIA i. Legiumidad Cualquier persona afectada, mayor de edad, en ejercicio de sus derechos, estd legitimada para formular denuncia, ante el Consejo, contra un Juez Supremo, Fiscal Supremo, Jefes de la ONPE y RENIEC, por un hecho, acto o conducta previstos en la ley respectiva como infracci6n que amerite la sanci6n de destituci6n o remoci6n. ii. Tremite a) El ATDA, recibe la denuncia dirigida al Presidente del Consejo. b) EIATDA remite a la Presidencia, previo registro y, 6sta a su vez la traslada a la DPD,
c) d) iii.
para su calificaci6n. El Director de la DPD djspone que el Tecnico A arme el expediente (color azul) y lo devuelve foliado. El Director de la DPD dispone que el Profesional C verifique si el denunciante ha cumplido con los requisitos de procedibilidad y que no haya excedido el plazo de caducidad.
Calificaci6n y Anefisis
La denuncia por escrito de cualquier ciudadano, dirigida al Presidente del Consejo, y presentada en elATDA, debe contener los siguientes requisitos:
a)
b)
c)
d)
Nombres y apellidos completos, direcci6n domiciliaria y domicilio procesal, correo electr6nico personal, n[mero de su Documento Nacional de ldentidad y, en caso, el poder que acredite la calidad de representante y de la persona a quien representa. El sefialamiento de domicilio surte sus efectos desde su indicaci6n y se presume vigente, mientras no sea comunicado expresamente su cambio. Si la denuncia se presenta por una pluralidad de denunciantes, debe consignarse los datos de cada uno de ellos, sefialendose un domicilio procesal y un correo electr6nico com[n. El nombre y cargo deldenunciado o denunciados. La expresi6n concreta de lo pedido, la descripci6n de los hechos y los fundamentos de derecho en que se apoya. La relaci6n de los documentos, anexos y medios probatorios que acompaffa.
MANUAL DE PROCEDIMIEN IOS: PROCESOS D/SC/PLINAR/OS OE JUECES, F/SCALES Y JEFES DE LA
e)
0
Lugar, fecha y flrma o huella digital del denunciante en caso de no saber firmar o estar impedido. Nombre, firma y n0mero de registro de letrado hdbil.
Asimismo, a la denuncia deben acompariarse los siguientes anexos:
a)
Copia legible del documento de identidad del denunciante y, en todo caso, del representante. b) Prueba documental a que se refiere el inciso d) antes citado. c) Copias de la denuncia y sus anexos en nimero suficiente para la notificaci6n a los denunciados Posterior a la revisi6n, pueden darse las siguientes situaciones:
1o.
Denuncia no cumple con presupuestos lormales
a) Si la denuncia no cumple con alguno de los
presupuestos formales, el Profesional C elabora proyecto de decreto en el que se declara inadmisible la denuncia y dispone la subsanaci6n de la omision, por parte del administrado dentro del plazo de 5 dias, bajo apercibimiento de tenerse por no presentada, y lo remite al Director de la DPD. b) El Director de la DPD revisa decreto, da WBo y lo eleva a la CPPD, cuyos miembros suscriben el decreto c) El Director de la DPD dispone que el T6cnico A, elabore proyecto de notiflcaci6n. d) El T6cnico A elabora proyecto de notificaci6n y remite a Director de la DPD, el cual da el WBo, lo suscribe y dispone alT6cnico C que notifique al domicilio real, procesal o coreo electr6nico, adem6s de la notificaci6n en la casilla electr6nica. e) Tratdndose de notificaci6n al domicilio real o procesal, el T6cnico C remite la notificaci6n al ATDA, la cual notifica al interesado y devuelve los cargos debidamente sellados o con la conformidad de recibo a la DPD, la cual lo remite al Tecnico A. En caso de que no pueda notificarse en el domicilio indicado, se notifica mediante el Boletin Oficialde la lragistratura. Tratandose de la notificaci6n al correo electr6nico y a la casilla electr6nica, el T6cnico C imprime el cargo de notificaci6n generado por el sistema informetico, quien Io entrega al T6cnico A. ')) s) El T6cnico A recibe el cargo de notificaci6n personal y el generado por medios electr6nicos, los que anexa al expediente fisico. h) Vencido el plazo, el interesado no subsana o subsana parcialmente mediante escrito. En sesi6n de la CPPD se procede a sortear dicha denuncia entre sus miembros, D para asignar al Consejero Ponente. El Consejero Ponente dispone que el Asesor elabore el proyecto de informe D resPectivo. El Asesor elabora el proyecto de informe y lg eleva al Consejero Ponente, el mismo que da el V"Bo y lo suscribe conjuntamente con los otros miembros de la Comisi6n. El informe firmado se remite a la DPD, donde el T6cnico A consigna ntmero y D fecha al informe y lo .emite a la SG. m) En Sesi6n Plenaria, el Pleno adopta el acuerdo de "tener por no presentado". n) La SG remite el acuerdo a la DPD.
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o) p) q)
r)
El Profesional C elabora el proyecto de resoluci6n y lo eleva al Director de la DPD, el cual da el WBo y lo remite al Presidente para ser firmada y finalmente se devuelve a la DPD. El Profesional C remite la Resoluci6n a la SG, la que consigna el n0mero y fecha, certifica las copias, y devuelve a la DPD. El Director de la DPD dispone que T6cnico A redacte la notiflcaci6n. El T6cnico A elabora la notificaci6n para el denunciante y lo eleva al Director de la DPD, quien da el WBo, y lo devuelve al T6cnico A para que gestione la suscripcion por el Secretario General, luego del cual dispone que el Tecnico C
notifique
s)
t) u)
al
domicjlio real, procesal
o
correo electr6nico, ademas
de
la
notificaci6n en la casilla electr6nica. Tratandose de notiflcaci6n al domicilio real o procesal, el Tecnico C remite la notificacion al ATDA, la cual notifica al interesado y devuelve los cargos debidamente sellados o con la conformidad de recibo a la DPD, la cuallo remite al T6cnico A. En caso de que no pueda notificarse en el domicilio indicado, se notifica mediante el Boletin Oficial de la Magistratura. Tratandose de la notificacion al correo electr6nico y a la casilla electr6nica, el T6cnico C imprime el cargo de notiticaci6n generado por el sistema informdtico, quien lo entrega al T6cnico A. El T6cnico A recibe el cargo de notificaci6n personal y el generado por medios electr6nicos, los que anexa al expediente fisico.
20.
Denuncia cumple con requisitos de procedibilidad
a) Si la denuncia cumple con los requisitos de b)
c) d)
e)
0
procedibilidad o el denunciante subsan6 los requisitos en el plazo de 5 dias de notificado, el T6cnico A informa dicha situaci6n al Director de la DPD. El T6cnico A redacta decreto de cumplimiento de mandato y notifica. El Director informe al Presidente de la CPPD. En sesi6n de Ia CPPD se procede a sortear dicha denuncia entre sus miembros, para asignar al Consejero Ponente. El Consejero Ponente dispone al Asesor evaluar la denuncia y elaborar el proyecto de informe. El Asesor elabora el proyecto de informe y lo eleva al Consejero Ponente, el mismo que da el\fBo y lo suscribe conjuntamente con los otros miembros de la Comisi6n, proponiendo una de las siguientes opciones: desestimar la denuncia, declararla improcedente, archivarla por caducidad abrir investigaci6n preliminar. En caso que alguno de los miembros de la Comisi6n no est6 de acuerdo con el informe del Consejero ponente, emitira el suyo. El informe firmado se remite a la DPD, donde el T6cnico A consigna numero y fecha al informe y lo remite a la SG. En Sesi6n Plenaria, el Pleno adopta las siguientes decisiones: Desestimar la denuncia, declararla improcedente, archivarla por caducidad abrir preliminar. que investigaci6n En caso alguno de los Consejeros del Pleno no est6 de acuerdo con el acuerdo o sus razones para fundamentar sean distintas, emifira su voto en discordia o singular, respectivamente.
o
g) h)
o
2'. A. Decisi6n pordeseslimar, declarar improcedente o archivar por caducidad
a)
La SG remite elacuerdo a la DPD.
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS: PROCESOS O/SCIPL/IVAR/OS DE JUECES. F/SCALES YJEFES DE
l
b) El Director de la DPD dispone que el Profesional C
c) d) e)
elabore el proyecto de y, resoluci6n en caso hubiese voto en discordia o singular, recaba el documento que contiene los mismos para elevarlo al Director de la DPD, el cual da el VoBo. El Director remite la resolucidn al Presidente si el acuerdo fuese undnime para su firma, si hubieron votos en discordia o singular, a cada consejero, para ser firmada. Finalmente se devuelve a la DPD. El Profesional C remite la Resoluci6n a la SG, la que consig na el n0mero y fecha, certiflca las copias, y devuelve a la DPD. El Tecnico A elabora la notificacidn para el denunciante y lo eleva al Director de la DPD, quien da el VoBo, y lo devuelve al T6cnico A para que gestione la suscripci6n por el Secretario General, luego del cual dispone que el T6cnico C
notifique
0
g)
h)
i)
al
domicilio real, procesal
o
correo electr6nico, ademas de
la
notificaci6n en la casilla electr6nica. Tratendose de notificaci6n al domicilio real o procesal, el Tecnico C remite la notificaci6n al ATDA, la cual notifica al interesado y devuelve los cargos debidamente sellados o con la conformidad de recibo a la DPD, la cual lo remite al T6cnico A. En caso de que no pueda notificarse en el domicilio indicado, se notiflca mediante el Boletin Oficial de la Magistratura. Tratendose de la notificaci6n al correo electronico y a la casilla electr6nica, el Tecnico C imprime el cargo de notificaci6n generado por el sistema inform6tico, quien lo entrega al T6cnico A. El Tecnico A recibe el cargo de notificaci6n personal y el generado por medios electr6nicos, los que anexa al expediente fisico. Si no se presenta escrito de recurso de reconsideracidn se da por consentida la resoluci6n, por tanto se archiva definitivamente el expediente en el Archivo de la DPD.
2'. B. Decisi6n por abrir invesligaci6n preliminar a) b)
c) d) e)
0
La SG remite el acuerdo a la DPD.
El Director de la DPD dispone que el Profesional C elabore el proyecto de resoluci6n y, en caso hubiese voto en discordia o singular, el Profesional C recaba el documento que contiene los mismos para elevarlo al Director de la DPD, el cual da el \pBo y lo remite a cada uno de los Consejeros, para que formulen las observaciones que hubiere a fin de incorporarlas, luego de las cuales emite el proyecto definitivo. El Director remite la resoluci6n a cada Consejero para ser flrmada y se devuelve a la DPD. El Profesional C remite la Resoluci6n a la SG, la que consigna el n0mero y fecha, certifica las copias, y devuelve a la DPD. El T6cnico A elabora la notiflcacion para eldenunciante y el (los) Magistrado G s) investigado Cs). Luego, lo eleva al Director de la DPD, quien da el V"Bo, y lo devuelve alTecnico A para que gestione la suscripci6n porelSecretario General, luego del cual dispone que el T6cnico C notifique al domicilio real, procesal o correo electr6nico, ademas de la notificaci6n en la casilla electr6nica, asignada por el Consejo. En caso de que no pueda notificarse en el domicilio indicado, se notifica mediante el Boletin Oficial de la Magistratura. El T6cnico A debera adjuntar a la cedula, copia certificada de la resoluci6n que abre investigaci6n preliminar y copia simple de la denuncia con sus respectivos anexos, a fin de que en el plazo no mayor de 10 dias, el investigado formule su ALVAR!ZQUISPE
MANUAL DE
pRocEolMlENrosi pRocEsos D/sc/pll/v R/os oE JUEcEs F/scAaEs y JEFES
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g)
h)
i) iv,
descargo por escrito, acompaiando los medios probatorios que considere conveniente a su derecho. TratAndose de notificaci6n al domicilio real o procesal, el T6cnico C remite la notificaci6n al ATDA, la cual notifica al interesado y devuelve los cargos debidamente sellados o con la conformidad de recibo a la DPD, la cuallo remite al T6cnico A. Tratandose de la notiflcaci6n al correo electr6nico y a la casilla electr6nica, el T6cnico C imprime el cargo de notificaci6n generado por el sistema informatico, quien lo entrega al T6cnico A. El T6cnico A recibe el cargo de notificaci6n personal y el generado por medios electr6nicos, los que anexa al expediente fisico, y cambja los actuados a un expediente de distinto color (anaranjado).
lmpugnaci6n de la Resoluci6n que Desesfma la Denuncia
a)
El denunciante dentro de los 5 dias posteriores a la notificaci6n, puede presentar en el ATDA, el escrito de recurso de reconsideraci6n impugnando la resoluci6n que desestim6, declar6 improcedente o archiv6 por caducidad su denuncia. b) El ATDA remite el recurso a la Presidencia, quien lo traslada a la DPD. c) El Director de la DPD dispone al T6cnico A que formule el proyecto de decreto para atender el escrito, en elque se seiala que se ha cumplido con el plazo de ley. d) El T6cnico A elabora el proyecto de decreto y lo eleva al Director de la DPD. e) El Director de la DPD da el \/Bo al proyecto y gestiona la firma del Presidente de la CPPD. Luego, traslada el recurso y el expediente al Consejero Ponente que tuvo asignado el expediente anteriormente. El denunciante, mediante escrito que es presentado en el ATDA, puede solicitar el uso de la palabra. EIATDA remite elescrito a la Presidencia, quien lo traslada a la
DPD.
s) El Director de la DPD dispone que el Profesional A elabore el proyecto de informe por la solicitud de uso de la palabra. h) El ProfesionalA elabora proyecto de informe y lo eleva al Director de Ia DPD, el que da el VoBo y lo eleva a los miembros de la CPPD para suscribirlo. El informe firmado se remite a la DPD y 6sta a su vez lo remite a la SG. D La SG emite decreto que consiste en dar el uso de Ia palabra tijando la fecha, hora i) y tiempo mdximo a utilizar, y lo remite a la DPD. k) El Director de Ia DPD dispone que T6cnico A redacte la notificaci6n. El T6cnico A elabora los proyectos de notificaciones al denuncianle y/o el (los) D investigado Cs), y lo eleva al Director de la DPD, quien da el VoBo y lo remite al Secretario General, elque, luego de las correcciones, las firma y devuelve a la DPO, el que dispone que el Tecnico C notifique en el correo electr6nico y la casilla electr6nica, asignada por el Consejo. En caso de que no pueda notificarse en el domicilio indicado, se notifica mediante el Boletin Oficial de la Magistratura. m) Tratandose de la notificaci6n al correo electr6nico y a la casilla eleck6nica, el T6cnico C imprime el cargo de notmcaci6n generado por el sistema informatico, quien lo entrega al Tecnico A. n) El T6cnico A recibe el cargo generado por medios electr6nicos, los que anexa al expediente flsico. a) El Pleno se reune en la fecha y hora indicada para escuchar al denunciante, dando la posibilidad de que haya una r6plica por parte del investigado y una diplica por parte del denunciante. En toda esta diligencia se cuenta con el apoyo de la DPD y
MANUAL DE PROCEDIMIENIOST PROCESOS D/SCTPUN,ARIOS DE JUECES, FISCATES yJEFES DE
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del ACll para la grabaci6n de la diligencia. Si fuese una diligencia via video conferencia, se cuenta adicionalmente con el apoyo de ia OTl. La DPD emite una constancia de realizaci6n de la diligencia o la inasistencia del denunciante y/o el (los) investigado Gs), serialando los Consejeros que estuvieron presentes. Esta constancia se agrega al expediente. El Director de la DPD solicita a la ACll y la OTI que remita la grabaci6n en video de la diligencia actuada. El Consejero ponente dispone que Asesor, luego de evaluar el recurso, elabore el proyecto de informe, en el que propone una de las siguientes opciones: se declare fundado o infundado el recurso. ElAsesor elabora proyecto de informe y eleva a Consejero ponente, quien luego de las correcciones a que hubiera lugar, da el VoBo y Io presenta y expone ante los miembros de la CPPD. En caso de que alguno de los miembros de la Comisi6n no este de acuerdo con el informe del Consejero ponente, emitira el suyo. El informe firmado se remite a la DPD y 6sta a su vez lo remite a la SG. El Presidente convoca a Pleno, el que acuerda una de las sigujentes opciones. declarar fundado o infundado el recurso de reconsideraci6n. 'lo. Decisi6n: Recurso de Reconsideraci6n infundado
a) La SG envia el acuerdo a Ia DPD. b) El Director de la DPD dispone que el Profesional C
c)
elabore el proyecto de resoluci6n y, en caso hubiese voto en discordia o singular, el Profesional C recaba el documento que contiene los mismos para elevarlo al Director de la DPD, el cual da elVoBo. El Director remite la resoluci6n al Presidente si el acuerdo fuese unenime para su Iirma, si hubieron votos en discordia o singular, a cada consejero, para ser firmada. Finalmente se devuelve a la DPD.
&)\\ El Profesional C remite la Resoluci6n a la SG, la que consigna el n0mero y fecha,
]\certifica las copias. y devuelve a la DPD El Director de la DPD dispone que Tecnico A redacte la notiflcact6n. El T6cnico A elabora la notificaci6n para el denunciante y el (los) Magistrado C s) denunciado (-s). Luego, lo eleva al Director de la DPD, quien da el VoBo, y lo devuelve al T6cnico A para que gestione la suscripci6n por el Secretario General, luego del cual dispone que el Tecnico C notifique en el correo electr6nico y la casilla electr6nica, asignada por el Consejo- En caso de que no pueda notificarse en eldomicilio indicado, se notifica mediante el Boletin Oficial de la tvlagistratura. g) Tratandose de la notiflcaci6n al correo electr6nico y a la casilla electr6nica, el Tecnico C imprime el cargo de notificaci6n generado por el sistema intorm6tico, quien lo entrega al T6cnico A. h) El T6cnico A recibe el cargo generado por medios electr6nicos, los que anexa al expediente fisico. Se da por agotada la via administrativa, por lo que el Director dispone que el T6cnico A remita el expediente al archivo definitivo.
e)
,
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2'. Decisi6n: Recurso de Reconsideraci6n fundado a) La SG envia el acuerdo a la DPD. b) El Director de la DPD dispone que
el Profesional C elabore el proyecto de resoluci6n y, en caso hubiese voto en discordia o singular, el Profesional C ALVAREZ QUISPE
MANUAL DE PROCEDIMIEN ONPE Y RENIEC
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recaba el documento que contiene los mismos para elevarlo al Director de la DPD, el cual da el WBo y lo remite a cada uno de los Consejeros, para que formulen las observaciones que hubiere a fin de incorporarlas, luego de las cuales emite el proyecto definitivo. El Director remite la resoluci6n a cada Consejero para ser flrmada y se devuelve a la DPD. El Profesional C remlte la Resoluci6n a la SG, la que consigna el nimero y fecha, certifica las copias, y devuelve a la DPD. El Director de la DPD dispone que T6cnico A redacte la notificaci6n. El T6cnico A elabora la notificaci6n para el denunciante y el (los) lilagistrado G s) investigado Gs). Luego, lo eleva al Director de la DPD, quien da el \PBo, y lo devuelve alT6cnicoA para que gestione la suscripcion por elSecretario General, luego del cual dispone que el T6cnico C notifique al correo electr6nico y la casilla electr6nica, asignada por el Consejo. En caso de que no pueda notificarse en el domicilio indicado, se notifica mediante el Boletin Oficialde la Magistratura. El T6cnico A deber6 adjuntar a la c6dula, copia certificada de la resoluci6n que abre investigaci6n preliminar y copia simple de la denuncia con sus respectivos anexos, a fin de que en el plazo no mayor de 10 dias, el investigado formule su descargo por escrito, acompaffando los medios probatorios que considere conveniente a su derecho. Trat6ndose de la notilicaci6n al correo electr6nico y a la casilla electr6nica, el Tecnico C imprjme el cargo de notificaci6n generado por el sistema informatico, quien lo entrega al T6cnico A. ElT6cnico A recibe el cargo generado por medios electr6nicos, los que anexa al expediente fisico, y cambia los actuados a un expediente de distinto color (anaranjado).
INVESTIGACION PRELIMINAR
lnicio La lnvestigaci6n Preliminar puede iniciarse de oficio o a m6rito de una denuncia ante el Consejo. De
Oficio
a) Uno o mas Consejerostoma conocimiento de la existencia de presumiblefalta grave, y acopian los medios probatorios que le permitan obtener pruebas indiciarias que justifiquen la investigaci6n, y que se refiera a Juez o Fiscal Supremo, al Jefe de la ONPE o al Jefe del RENIEC, oficiando a la Presidencia su solicitud. b) El Presidente remite el oflcio y se programa una Sesi6n Plenaria Extraordinaria donde se acuerda abrir investigaci6n preliminar. c) La SG envia el acuerdo a la DPD. d) El Director de la DPD dispone que el Profesional C elabore el proyecto de resoluci6n
y, en caso hubiese voto en discordia o singular, el Profesional C recaba
el
documento que contiene los mlsmos para elevarlo al Director de la DPD, el cual da el voBo. e) El Director remite la resoluci6n a cada Consejero para ser firmada y se devuelve a la DPD.
MANUAL DE PROCEDIMIEN IOSi PROCESOS D/SC/PLIVAR/OS DE JUECES. F/SCALES v JEFES DE
LA
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El Profesional C remite la Resolucidn a la SG, la que consigna el numero y fecha, certiflca las copias, y devuelve a la DPD. s) El Director de la DPD dispone que el T6cnico A arme el expediente (color anaranjado) y redacte la notificaci6n. h) El Tecnico A elabora la notificaci6n para el denunciante y el (los) Magistrado Gs) investigado Gs). Luego, lo eleva al Director de la DPD, quien da el VoBo, y lo devuelve al T6cnico A para que gestione la suscripcidn por el Secretario General, luego del cual dispone que el T6cnico C notifique al domicilio real, procesal o correo electr6nico, ademes de la notificaci6n en la casilla electr6nica. En caso de que no pueda notificarse en el domicilio indicado, se notifica mediante el Boletin Oficial de la Magistratura. i) Tratdndose de notificaci6n al domicilio real o procesal, el Tecnico C remite la notificacion al ATDA, la cual notifica al interesado y devuelve los cargos debidamente sellados o con la conformidad de recibo a la DPD, la cual lo remite alT6cnico A. TratAndose de la notificaci6n al correo electr6nico y a la casilla electronica, el i) T6cnico C imprime el cargo de notificaci6n generado por el sistema inform6tico, quien lo entrega al T6cnico A. k) El T6cnico A recibe el cargo de notificaci6n personal y el generado por medios electr6nicos, los que anexa alexpediente fisico. El investigado este obligado a apersonarse y seffalar domicilio procesal en la ciudad D donde reside o en la m6s cercana a ella, asi como indicar su correo electronico personal, de no seflalarlo se tiene como valido el correo personal declarado conforme a la Cuarta Disposici6n Complementaria y Finalde la Ley N'30155. Si no se apersona, sere requerido por una sola vez mediante una publicacion en el Boletin Oficial de la Magistratura. Si a pesar de este requerimiento no se apersona, se continia con la tramitaci6n de la investigaci6n preliminar. El investigado presenta en el ATDA, el descargo por escrito, acompanando los medios probatorios, la que lo envia a la Presidencia del CNM, y 6sta lo traslada a la DPD. m) El Director de la DPD dispone que el T6cnico A elabore decreto para atender escrito . 1
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de descargo y lo eleva al Director de la DPD, quien da el \PB" y gestiona
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suscripci6n de la firma del Presidente de la Comisi6n. n) El Director de la DPD dispone que el T6cnico A elabore la c6dula de notificaci6n para el investigado y luego devuelve la cedula para el VoBo y suscripci6n del Director de la DPD. En caso que el destinatario fuese Presidente o Jefe de lnstituci6n quien suscribe es el Presidente, luego el documento es devuelto a la DPD. El Director de la DPD dispone que el T6cnico C notifique en el correo y la casilla electr6nica, asignada por el Consejo. En caso de que no pueda notificarse en el domicilio indicado, se notifica mediante el Boletin Oflcialde la [ragistratura. Tratendose de la notificaci6n al correo electr6nico y a la casilla electr6nica, el T6cnico C imprime el cargo de notificaci6n generado por el sistema informatico, quien lo entrega al T6cnico A. El T6cnico A recibe el cargo generado por medios electr6nicos, los que anexa al expediente fisico. 0 La CPPD a trav6s de los decretos puede solicitara diversas instituciones informacion sobre aspectos relacionados con la investigaci6n preliminar, a cuyo efecto dispone que la DPD elabore los oficios respectivos. s) El Director de la DPD dispone que el Tecnico A elabore ollcios para solicitar informaci6n, quien lo devuelve para el VoBo del Director de la DPD y suscripci6n de .1/-
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su firma. En caso que el destinatario fuese Presidente o Jefe de lnstituci6n quien suscribe la firma es el Presidente, luego el documento es devuelto a la DPD. 0 El T6cnico A remite los oficios a la ATDA. u) EI ATDA dispone se notiflque y devuelve los cargos debidamente sellados a la DPD. v) El T6cnico A recibe e inserta el cargo en el expediente. La lnstituci6n presenta en el ATDA la informaci6n solicitada, la que lo envia a la Presidencia del CNI\r, y 6sta lo traslada a la DPD. 2o. A
m6rito de una denuncia de parte
a)
Derivada del resultado de estimar la denuncia realizada por cualquier ciudadano, donde se resolvi6 abrir investigaci6n preliminar. b) El investigado est6 obligado a apersonarse y sefialar domicilio procesal en la ciudad donde reside o en la mes cercana a ella, asi como indicar su correo electr6nico personal, de no sehalarlo se tiene como valido el correo personal declarado conforme a la Cuarta Disposici6n Complementaria y Final de la Ley N'30155. Si no se apersona, ser6 requerido por una sola vez mediante una publicaci6n en el Boletin Oficial de la Magistratura. Si a pesar de este requerimiento no se apersona, se contin0a con la tramitacion de la investigaci6n preliminar. El investigado presenta en el ATDA, el descargo por escrito, acompafiando los medios probatorios, la que lo envia a la Presidencia del CNM, y 6sta lo traslada a la DPD. c) El Director de la DPD dispone que el T6cnico A elabore decreto mediante el cual se admite el descargo y lo eleva al Director de la DPD, quien da el \fBo y gestiona la suscripci6n de la firma del Presidente de la Comisi6n. d) El Director de la DPD dispone que el T6cnico A elabore la cadula de notificaci6n para el investigado y luego devuelve la c6dula para el V"B'y suscripci6n del Director de la DPD. En caso que el destinatario fuese Presidente o Jefe de lnstituci6n quien suscribe es el Presidente, luego el documento es devuelto a la DPD. e) El Director de la DPD dispone que el T6cnico C notifique en el correo y la casilla electr6nica, asignada por el Consejo. En caso de que no pueda notificarse en el domicilio indicado, se notifica mediante el Boletln Oficial de la Magistratura. Tratendose de la notificacion al correo electronico y a la casilla electr6nica, el T6cnico C imprime el cargo de notificaci6n generado por el sistema informdtico, quien lo entrega al Tecnico A. g) El T6cnico A recibe el cargo generado por medios electr6nicos, los que anexa al expediente fisico. h) La CPPD a trav6s de los decretos puede solicitar a diversas instituciones informaci6n sobre aspectos relacionados con la investigaci6n preliminar, a cuyo efecto dispone que la DPD elabore los oficios respectivos. El Director de la DPD dispone que el T6cnico A elabore oficios para solicitar informaci6n, quien lo devuelve para el \ioBo del Director de la DPD y suscripci6n de su firma. En caso que el destinatario fuese Presidente o Jefe de Instituci6n quien suscribe la lirma es el Presidente, luego el documento es devuelto a la DPD. El T6cnico A remite los ollcios a la ATDA. k) El ATDA dispone se notifique y devuelve los cargos debidamente sellados a la DPD. El T6cnico A recibe e inserta el cargo en el expediente. m) La lnstituci6n presenta en el ATDA la informaci6n solicitada, la que lo envia a la Presidencia del CNM, y 6sta lo traslada a la DPD.
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i)
j)
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ii.
Uso de la palabra
b)
c) d) e)
0 s)
h)
j)
m)
El denunciante y/o
el (los) investigado (-s), mediante escrito que es presentado en pueden el ATDA, solicitar el uso de la palabra. El ATDA remite el escrito a la Presidencia, quien lo traslada a la DPD. El Director de la DPD dispone que el Profesional A elabore el proyecto de informe por la solicitud de uso de la palabra. El ProfesionalA elabora proyecto de informe y lo eleva al Director de la DpD, el que da el V"B'y lo eleva a los miembros de la CPPD para suscribirlo. El informe firmado se remite a la DPD y 6sta a su vez lo remite a Ia SG. La SG emite decreto que consiste en dar el uso de la palabra fijando la iecha, hora y tiempo maximo a utilizar, y lo remite a la DPD. El Director de la DPD dispone que el T6cnico A elabore los proyectos de notificaciones al denunciante y/o el (los) investigado ts), y lo eleva al Director de la DPD, quien da el VoBo y lo remite al Secretario General, el que, luego de las correcciones, las firma y devuelve a la DPD. EI T6cnico A dispone que el T6cnico C notifique en el correo electr6nico y la casilla electr6nica, asignada por el Consejo. En caso de que no pueda notiflcarse en el domicilio indicado, se notiflca mediante el Boletin Oflcial de la lvlagistratura. Trat6ndose de la notiflcaci6n al correo electr6nico y a la casilla electr6njca, el Tecnico C imprime el cargo de notificaci6n generado por el sistema informetico, quien lo entrega al Tecnico A. El Tecnico A recibe el cargo generado por medios electr6nicos, los que anexa al expediente fisico. El Pleno se reUne en la fecha y hora indicada para escuchar a el (los) investigado t s), dando la posibilidad de que haya una r6plica por parte del denunciante Cs) y una dtplica por parte del investigado Cs). En toda esta diligencia se cuenta con el apoyo de la DPD y del ACll para la grabaci6n de la diligencia. Si fuese una diligencia v,a video conferencia, se cuenta adicionalmente con el apoyo de la OTl. La DPD emite una constancia de realizaci6n de la diligencia o la inasistencia del denunciante y/o el (los) investigado (-s), seffalando los Consejeros que estuvieron presentes. Esta constancia se agrega al expediente. El Director de la DPD solicita a la ACll y la OTI que remitan la grabaci6n en video de la diligencia actuada. Elaboraci6n de lnforme del Consejero Ponente
de la CPPD, si fuese una investigaci6n preliminar abierta de oficio, se procede a sortear entre sus miembros para designar al Consejero Ponente, el cual
a) En sesi6n
se encarga de reunir los medios probatorios respecto del hecho imputado
al
investigado y redactarel informe respectivo, determinando en base a dichas pruebas sise abre o no proceso disciplinario. Sifuese una investigaci6n proveniente de una denuncia de parte, se devuelve al Consejero que conoci6 el caso. b) El Consejero Ponente dispone al Asesor evaluar los medios probatorios y elaborar el proyecto de informe. c) ElAsesor elabora el proyecto de informe y lo eleva al Consejero Ponente, el mismo que da el\PB'y lo suscribe conjuntamente con los otros miembros de la Comtsi6n, proponiendo una de las siguientes opciones: se abra proceso disciplinario o archive la investigaci6n preliminar. En caso que alguno de los miembros de la Comisi6n no est6 de acuerdo con el informe del Consejero ponente, emitirA el suyo. ZQUISPE a3n{o N.cio..r & lrMacindMt MANUAL DE PROCEDIMIENTOST PROCESOS D/SC/PUN4R/OS OE JUECES F/SCALES yJEFES DE
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d) El informe firmado se remite a la DPD, donde el T6cnico A consigna nlmero y fecha al informe y lo remite a la SG. e) En Sesi6n Plenaria, el Pleno adopta las siguientes decisiones: se abra proceso disciplinario o archive la investigaci6n preliminar. En caso que alguno de los Consejeros del Pleno no est6 conforme con el acuerdo o sus razones para fundamentar distintas, emitire su voto en discordia singular, respectivamente.
sean
o
Decisi6n Decisi6n: Archivar la lnvestigaci6n preliminar a) La SG envia el acuerdo a la DPD. b)
E, Director de la DPD dispone que el Profesional C elabore el proyecto de resoluci6n y, en caso hubiese voto en discordia o singular, el Profesional C recaba el documento que contiene los mismos para elevado al Director de la
DPD, el cual da el VoBo. c) El Director remite la resoluci6n al Presidente si el acuerdo fuese unenime para
d) e)
s) h)
su firma, si hubieron votos en discordia o singular, a cada consejero, para ser firmada. Finalmente se devuelve a la DPD. El Profeslonal C remite la Resoluci6n a la SG, la que consigna el nimero y fecha, certifica las copias, y devuelve a la DPD. El Tecnico A elabora la notificaci6n para el denunciante y el (los) Magistrado (s) denunciado Cs). Luego, lo eleva al Director de la DPD, quien da elV"Bo, y lo devuelve alT6cnicoA para que gestione la suscripcion porel Secretario General, luego del cual dispone que el T6cnico C notifique en el correo electr6nico y la casilla electr6nica, asignada por el Consejo. En caso de que no pueda notilicarse en el domicilio indicado, se notifica mediante el Boletin Oficial de la Magistratura. Tratendose de la notificaci6n al correo electr6nico y a la casilla electr6nica, el T6cnico C imprime el cargo de notmcaci6n generado por el sistema informatico, quien lo entrega al T6cnico A. ElTecnico A recibe el cargo generado por medios electr6nicos, los que anexa al expediente fisico. Si no se presenta escrito de recurso de reconsideraci6n se da por consentida la resoluci6n, por tanto se archiva definitivamente el expediente en el Archivo de la DPD.
Decisi6n: Abrir Proceso Disciplinario a) La SG envia el acuerdo a la DPD. b)
El Director de la DPD dispone que el Profesional C elabore el proyecto de resoluci6n y, en caso hubiese voto en discordia o singular, el Profesional C recaba el documento que contiene los mismos para elevarlo al Director de la DPD, el cual da el \pBo y lo remite a cada uno de los consejeros, para que formulen las observaciones que hubiere a fin de incorporarlas, luego de las
cuales emite el proyecto definitivo. La resoluci6n por la que se abre proceso disciplinario es inimpugnable. c) El Director remite la resolucion a cada consejero para serfirmada y se devuelve a la DPD
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d) e)
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g) h)
El Profesional C remite la Resoluci6n a la SG, la que consigna el n0mero y fecha, certifica las copias, y devuelve a la DPD. EI T6cnico A elabora la notificaci6n para el denunciante y el investigado Cs). Luego, lo eleva al Director de la DPD, quien da el WBo, y lo devuelve al Tecnico A para que gestione la suscripci6n por el Secretario General, luego del cual dispone que el Tecnico C notifique al correo electr6nico y la casilla electrdnica, asignada por el Consejo. En caso de que no pueda notificarse en el domicilio indicado, se notifica mediante el Boletin Oficial de la lragistratura. El lecnico A debera adjuntar a la c6dula, copia certjficada de la resoluci6n que abre proceso disciplinario, a fln de que en el plazo no mayor de 10 dias, el investigado formule su descargo por escrito, acompaiando los medios probatorios que considere conveniente a su derecho. Asimismo, el T6cnico A deber6 adjuntar el decreto mediante el cual se cita al procesado para rendir declaraci6n. Tratindose de la notificaci6n al correo electr6nico y a la casilla electr6nica, el T6cnico C imprime el cargo de notificaci6n generado por el sistema informjtico, quien lo enkega al T6cnico A. ElTecnjco A recibe el cargo generado por medios electrgnicos, los que anexa al expediente fisico, y cambia los actuados a un expediente de distinto color (verde).
lmpugnaci6n de la Resoluci6n que archiva la investigaci6n pretiminar a) El denunciante dentro de los 5 dias posteriores a la notificacion, puede presentar en el ATDA, el escrito de recurso de reconsideraci6n impugnando la resoluci6n que archiv6 la investigaci6n preliminar. EIATDA remite el recurso a la Presidencia, quien lo traslada a la DpD. El Director de la DPD dispone al T6cnico A que formule el proyecto de decreto para atender el escrito, en el que se senala que se ha cumplido con el plazo de ley. El Tdcnico A elabora el proyecto de decreto y lo eleva al Director de la DpD. El Director de la DPD da el WBo al proyecto y gestiona ta farma del presidente de la CPPD. Luego, traslada el recurso y el expediente al Consejero ponente que tuvo asignado el expediente anteriormente. El denunciante, mediante escrito que es presentado en el ATDA, puede solicitar el uso de la palabra. El ATDA remite el escrito a la Presidencia, quien lo traslada a la DPD, El Director de la DPD dispone que el Profesional A elabore el proyecto de informe por la solicitud de uso de la palabra. El Profesional A elabora proyecto de informe y lo eleva al Director de la DpD, el que da el WBo y lo eleva a los miembros de la CPPD para suscribirlo. El informe firmado se remite a la DPD y 6sta a su vez lo remite a la SG. La SG emite decreto que consiste en dar el uso de la palabra fijando la fecha, hora y tiempo meximo a utilizar, y lo remite a la DPD. El Director de la DPD dispone que el T6cnico A elabore los proyectos de nolificaciones al denunciante y/o el investigado Cs), y lo eleva al Director de la DpD, quien da el WBo y lo remite al Secretario General, elque, luego de las correcciones, las firma y devuelve a la DPD. ElT6cnico A dispone que elTecnico C notifique en el correo electr6nico y la casilla electr6nica, asignada por el Consejo. En caso de que no pueda notilicarse en el domicilio indicado, se notifica mediante el Boletin Oficial de la Magistratura.
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MANUAL DE PROCEDIM]EN TOS; PAOCESOS O/SC/PLINIR/OS DE JUECES, F/SCALES Y JEFES OE L4
m) Trat6ndose de la notificacion al correo electr6nico y a la casilla electr6nica, el T6cnico C imprime el cargo de notificaci6n generado por el sistema inform6tico, quien lo entrega al Tecnico A. n) El T6cnico A recibe el cargo generado por medios electr6nicos, los que anexa al expediente fisico. o) El Pleno se re(ne en la fecha y hora indicada para escuchar al denuncianle, dando la posibilidad de que haya una r6plica por parte del investigado y una diplica por parte del denunciante. En toda esta diligencia se cuenta con el apoyo de la DPD y del ACll para la grabaci6n de la diligencia. Si fuese una diligencia via video conferencia, se cuenta adicionalmente con elapoyo de la OTl. p) La DPD emite una constancia de realizaci6n de la diligencia o la inasistencia del denunciante y/o el (los) investigado Gs), seEalando los Consejeros que estuvieron presentes. Esta constancia se agrega al expediente. q) El Directorde la DPD solicita a la ACll y Ia OTI que remitan la grabaci6n en video de la diligencia actuada. r) El Consejero ponente dispone que elAsesor, luego de evaluar el recurso, elabore el proyecto de informe, en el que propone una de las siguientes opciones: se declare fundado o infundado el recurso. s) El Asesor elabora proyecto de informe y eleva a Consejero ponente, quien luego de las correcciones a que hubiera lugar, da el WBo y lo presenta y expone ante los miembros de la CPPD. En caso de que alguno de los miembros de la Comisi6n no est6 de acuerdo con el informe delConsejero ponente, emitira el suyo. 0 El informe firmado se remite a la DPD y 6sta a su vez lo remite a Ia SG. u) El Presidente convoca a Pleno, el que acuerda una de las sjguienles opciones: declarar fundado o infundado el recurso de reconsideraci6n. 1o. Decisi6n: Recurso de Reconsideraci6n
infundado
a) La SG envia el acuerdo a la DPD. b) El Director de Ia DPD dispone que el Profesional C elabore el proyecto
c) d) e)
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de resoluci6n y, en caso hubiese voto en discordia o singular, el Profesional C recaba el documento que contiene los mismos para elevarlo al Director de la DPD, el cual da el WBo. El Director remite la resoluci6n al Presidente si el acuerdo fuese unanime para su firma, si hubieron votos en discordia o singular, a cada consejero, para ser firmada. Finalmente se devuelve a la DPD. El Profesional C remite la Resoluci6n a la SG, la que consigna el numero y fecha, certifica las copias, y devuelve a la DPD. El T6cnico A elabora la notificaci6n para el denunciante y el investigado Gs). Luego, lo eleva al Director de la DPD, quien da el VoBo, y lo devuelve al T6cnico A para que gestione la suscripci6n por el Secretario General, luego del cual dispone que el T6cnico C notifique en el correo electr6nico y la casilla electr6nica. En caso de que no pueda notificarse en el domicilio indicado, se notifica mediante el Boletin Oficial de la Magistratura. Tratandose de la notificaci6n al correo electr6nico y a la casilla electr6nica, el Tecnico C imprime el cargo de notificaci6n generado por el sistema inform6tico, quien lo entrega al T6cnico A. ElT6cnico A recibe el cargo generado por medios electr6nicos, los que anexa al expediente fisico.
MANUAL DE PROCEDIMIEN IOSj PROCESOS OISC/PU TAR/OS OE JUECES, FISCATES Y JEFES DE LA
h)
Se da por agotada la via administrativa, por lo que el Director dispone que el Tecnico A remita el expediente al archivo definitivo.
Decisi6n: Recurso de Reconsideraci6n fundado a) La SG envia el acuerdo a la DPD.
El Director de la DPD dispone que el Profesional C elabore el proyecto de resoluci6n y, en caso hubiese voto en discordia o singular, el Profesional C recaba el documento que contiene los mismos para elevarlo al Director de la DPD, el cual da el WBo y lo remite a cada uno de los Consejeros, para que formulen las observaciones que hubiere a fin de incorporarlas, luego de las cuales emite el proyecto definitivo. c) El Director remite la resoluci6n a cada Consejero para ser firmada y se devuelve b)
a la DPD. d) El Profesional C remite la Resoluci6n a la SG, la que consigna el nUmero y fecha, certifica las copias, y devuelve a la DPD. e) El T6cnico A elabora la notificaci6n para el denunciante y el investigado (-s). Luego, lo eleva al Director de la DPD, quien da el VoBo, y lo devuelve alT6cnico
A para que gestione la suscripci6n por el Secretario General, luego del cual
dispone que el Tecnico C notifique al correo electr6nico y la casilla electr6nica, asignada por el Consejo. En caso de que no pueda notificarse en el domicilio indicado, se notifica mediante el Boletin Olicial de la Magistratura. El T6cnico A debera adjuntar a la cedula, copia certificada de la resoluci6n que declara fundada y abre proceso disciplinario, a fin de que en el plazo no mayor de 10 dias, el investigado formule su descargo por escrito, acompaffando los medios probatorios que considere conveniente a su derecho. Asimjsmo, el T6cnico A debere adjuntar el decreto mediante el cual se cita al procesado para rendir declaraci6n. Trat6ndose de la notificaci6n al correo electr6nico y a la casilla electr6nica, el T6cnico C imprime el cargo de notificaci6n generado por el sistema informatico, quien lo entrega al Tecnico A. h) ElT6cnico A recabe el cargo generado por medios electronicos, los que anexa al expediente fisico, y cambia los actuados a un expediente de distinto color (verde).
C,
PROCESODISCIPLINARIO
lnicio El Proceso Disciplinario, puede iniciarse por dos razones: a m6rito de una investigaci6n preliminar o a solicitud de destituci6n planteada por el Presidente de la Corte Suprema o Fiscal de la Naci6n.
lo. A m6rito de una investigaci6n preliminar tramitada ante el Consejo
a) b)
Derivado del resultado de estimar la investigaci6n preliminar.
El procesado presenta en el ATDA, el descargo por escrito, acompaffando los medios probatorios, la que lo envia a la Presidencia del CNM, y 6sta lo traslada a la
DPD.
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c) d) e)
0 g)
El Director de la DPD dispone que el Tecnico A elabore decreto mediante el cual se admite el descargo y lo eleva al Director de la DPD, quien da el VoBo y gestiona Ia suscripci6n de la firma del Presidente de la Comisi6n. El Director de la DPD dispone que el T6cnico A elabore la cedula de notificaci6n para el procesado y luego devuelve la c6dula para el \PBo y suscripci6n del Direclor de la DPD. En caso que el destinatario fuese Presidente o Jefe de lnstituci6n quien suscribe es el Presidente, luego el documento es devuelto a la DPD. El Tecnico A dispone que el T6cnico C notifique al correo electr6nico y la casilla electr6nica, asignada por el Consejo. En caso de que no pueda notificarse en el domicilio indicado, se notifica mediante el Boletin Oficial de la Magistratura. TratAndose de la notificaci6n al correo electr6nico y a la casilla electr6nica, el T6cnico C imprime el cargo de notificaci6n generado por el sistema inform6tico, quien Io entrega al T6cnico A. El Tecnico A recibe el cargo generado por medios electr6nicos, los que anexa al expediente fisico.
m6rito de la solicitud de destituci6n planteada por el Presidente de la Corte Suprema o el Fiscal de la Naci6n
20. A
a) b)
c)
d) e)
0
Cuando el Presidente de la Corte Suprema o el Fiscal de la Nacion, decida solicitar la aplicaci6n de la sanci6n de destituci6n, a jueces o fiscales de jerarquia inferior a Jueces o Fiscales Supremos, respectivamente, presentaran en el ATDA una solicitud dirigida al Presidente del CNM. El ATDA remite la solicitud al Presidente, el que Io deriva a la DPD. El Director de la DPDdisponeal ProfesionalA elabore el proyecto de informe en el que se proponga: abrir proceso disciplinario o se devuelve el expediente al Poder Judicial o Ministerio P0blico para subsanar alguna irregularidad, de ser el caso. El Profesional A elabora el proyecto de informe y lo eleva al Director de la DPD, quien da el WBo y lo remite a la CPPD, la que lo analiza y de estar conforme, lo suscribe y lo devuelve a la DPD. El informe firmado se remite a la DPD, donde el T6cnico A consigna nimero y fecha al informe y lo remite a la SG. El Presidente convoca al Pleno para deliberar y decidir por alguna de las siguientes opciones: abrir proceso disciplinario o devolver el expediente al Poder Judicial o Ministerio P0blico, seg0n corresponda.
2',A. Devoluci6n de Expediente
a) b)
c) d) e)
La SG envia elacuerdo a la DPD. El Director de la DPD dispone que el Profesional C elabore el proyecto de
resoluci6n que devuelve el expediente para subsanar irregularidades y lo eleva al Director de la DPD para dar elVEBo. El Director remite la resoluci6n a los Consejeros, que luego de suscribirlo, lo devuelven a la DPD. El Profesional C remite la Resoluci6n a la SG, la que consigna el nimero y fecha, certifica las copias, y devuelve a la DPD. El Tecnico A elabora el oflcio al Presidente de la Corte Suprema o el Fiscal de la Naci6n. Luego, lo eleva al Director de la DPD, quien da elVoBo, y lo devuelve al T6cnico A para que gestione la suscripci6n por el Secretario General y lo remite a la ATDA.
MANUAL DE PROCEDIMIENIOST PROCESOS D/SC/PLINAR/OS DE JUECES, F/SCALES yJEFES DE
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El Tecnjco A
deber, devolver todo el expediente remitido por el poder Judicial o
el Ministerio Priblico. EIATDA dispone se oficie y devuelve el cargo debidamente sellado a la DpD. h) ElT6cnico A recibe e inserta el cargo en el expediente. Luego de que se subsanen las irregularidades, el presidente de la Corte D Suprema o Fiscal de la Naci6n, segtn el caso, solicitan nuevamente al Consejo la destituci6n, para lo cual presentan el oficio respectivo, en elATDA. El ATDA remite el Oficio y el expediente a la Presidencia, y 6ste to deriva a la DPD, k) El Director de la DPDdisponeque Profesional Celaboreel proyecto de informe por elque se propone abrir proceso disciplinario. La resoluci6n por la que se abre proceso disciplinario es inimpugnable. El Profesional C elabora proyecto de informe y lo eleva al Director de la DpD, quien da el \FB'y lo remite a la CPPD para la firma de los miembros de la Comisi6n, luego del cual lo devuelve a la DPD, la que remite a la SG. m) El Pleno decide abrir proceso disciplinario, el acuerdo es remitido por la SG a la DPD y luego se procede conforme el numeral siguiente.
s)
l)
2'.8, Abrir proceso disciplinario
a) La SG envia el acuerdo a la DPD. b) El Director de la DPD dispone que el
Profesional C elabore el proyecto de resoluci6n y, en caso hubiese voto en discordia o singular, el profesional C recaba el documento que contiene los mismos para elevarlo al Director de la DPD, el cual da el \PB'y lo remite a cada uno de los Consejeros, para que formulen las observaciones que hubiere a fin de incorporarlas, luego de las cuales emite el proyecto definitivo. La resoluci6n por la que se abre proceso disciplinario es inimpugnable. c) El Director remite la resoluci6n a cada Consejero para ser firmada y se devuelve a Ia DPD, d) El Profesional C remite la Resoluci6n a la SG, la que consigna el
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nimero y fecha, certifica las copias, y devuelve a la DPD. e) El T6cnico A elabora la notificaci6n para el procesado Gs). Luego, lo eleva al Director de la DPD, quien da el VoBo, y lo devuelve al T6cnico A para que gestione la suscripci6n por el Secretario General, luego del cual, dispone que el Tecnico C notifique al domicilio real, procesal o correo electr6nico, adem6s de la notificaci6n en la casilla electr6nica, asignada por el Consejo. En caso de que no pueda notificarse en el domicilio indicado, se notifica mediante el Boletin Oficial de la Magistratura. El T6cnico A deber6 adjuntar a la c6dula, copia ce(iflcada de la resoluci6n que abre proceso disciplinario, a fin de que en el plazo no mayor de 10 dias, el investigado formule su descargo por escrito, acompanando los medios probatorios que considere conveniente a su derecho. Asimismo, el Tecnico A deber6 adjuntar el decreto mediante el cual se cita al procesado para rendir declaraci6n. Tratdndose de notificaci6n al domicilio real o procesal, el Tecnico C remite la notificaci6n al ATDA, la cual notifica al interesado y devuelve los cargos debidamente sellados o con la conformidad de recibo a la DPD, la cual lo remite al T6cnico A. N'ARI!,AdTd.RIZ OUISPE ,
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4.9 Formularios No Aplicable
Glosario de T6rminos Comisi6n Permanenle de Procesos Disciplinarios de Jueces y Fiscales Comisi6n Permanente de Procesos Disciplinarios, conformada por tres Consejeros, que tiene como funci6n principal conducir los procesos disciplinarios de Jueces y Fiscales de todos los niveles del Poder Judicial y del [,Iinisterio p0blico. Oirecci6n de Procesos Disciplinarios de Jueces y Fiscales Organo de llnea del CNM responsable de brindar soporte jurldico-t6cnico y apoyo administrativo a la Comisi6n Permanente de procesos Disciplinarios de Jueces y Fiscales.
Abogado Profesional en Derecho que con tltulo ejerce la abogacia.
Magistrado Titular Juez o Fiscal de cualquier nivel que ostenta un titulo de nombramiento de carader permanente expedido por la autoridad u organismo competente. Area de Registro de Jueces y Fiscales Unidad organica dependiente de la Direcci6n ceneral, encargada de la recopilaci6n, verificaci6n, clasificaci6n, registro y custodia de la informaci6n personal de los Jueces y Fiscales Titulares del Poder Judicial y del Ministerio pUblico.
Direcci6n General organo de la Alta Direcci6n que depende de la Presidencia del Consejo Nacional de la Magistratura, que tiene como funci6n la de dlrigir, coordinar, ejecutar y supervisar la ejecuci6n de actividades de asesoramiento y apoyo y llnea del Consejo.
TUPA Texto Unico Ordenado de Procedimientos Administrativos del Consejo Nacional de la lvlagistratura.
Abreviaturas y Ac16nimos AC ATDA ARJF Consejo o CNM CPPD DG DPD I\4APRO
MANUAL DE PROCEDIMIEN
Area de Comunicaciones e lmagen lnstitucional Area de Tr6mile Documentario y Archivo Area de Registro de Jueces y Fiscales Consejo Nacional de la Magistratura Comisi6n Permanente de Procesos Disciplinarios Direcci6n General Direcci6n de Procesos Disciplinarios Manual de Procedimientos
IOs: PROCESOS o/SC/PUTAAIOS
OE JUECES, F/SCAIES
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sEcREratoo cs!EirA, 'o^$lo ta.ionrr d. d M.onn
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Oflcina de Asesoda Jurtdica Ofcina de Tecnologlas de la lnfomaci6n Oficina de Adminirfaci6n y Finanzas Secr€[arta General
Reglamento:
Reglamento
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de Procesos Discipllnarios, aprobado con Resoluci6n No 14G201GCNM, modificada con Resoluci6n No 079-201+CNM. Texto Unico de Proc€dimbr os Adminisfaflvos
MAIWAL DE PROCEo,mENIOS: PROCESOS DISC/Plrl\[4arOS OE JUECEq F/So,4IES YJEFES DE LA O/IPE Y REMENC