XXIII Congreso de Geógrafos Españoles
AGE ESPACIOS INSULARES Y DE FRONTERA, UNA VISIÓN GEOGRÁFICA
Palma (Mallorca) Universitat de les Illes Balears 23 al 25 de octubre de 2013
Espacios insulares y de frontera, una visión geográfica Palma (Mallorca), Universitat de les Illes Balears 23 a 25 de octubre de 2013
Organiza, patrocina, colabora:
© De los textos: los autores de las comunicaciones © De la edición: AGE y Dept. de Ciències de la Terra, UIB
Diseño de portada y maquetación: Pedro Fidel Castro Lliteras Portada: isla Dragonera, vista desde la Trapa, Mallorca. Autor: Joan Bauzá Llinàs Márgenes de las páginas: detalles del Atlas Catalán (ca. 1375).
ISBN: 978-84-616-6533-4 Depósito Legal: DL PM 947-2013
Capdepón Frías, Margarita
LOS PARQUES NATURALES DEL LITORAL DE LA COMUNIDAD VALENCIANA: ¿ISLAS DE PROTECCIÓN, INTEGRACIÓN TERRITORIAL O COMPENSACIÓN SIMBÓLICA?1 Margarita Capdepón Frías Instituto Universitario de Investigaciones Turísticas Universidad de Alicante
[email protected] RESUMEN El medio natural es complejo, dinámico y variable, y no entiende de límites antrópicos, de ahí la exigencia de aproximarse desde una perspectiva holística. La idea primera de que los espacios naturales protegidos son elementos aislados ha dado paso a otros planteamientos que los definen como piezas interconectadas del territorio. Con estos principios, se revisa la política conservacionista de la Comunidad Valenciana, con especial atención a los parques naturales del litoral. Analizar su papel y la eficacia de su gestión, además de conocer qué sucede fuera de ellos, son los objetivos del trabajo. Los argumentos proporcionados servirán para valorar si dicha política se encuentra en el camino hacia la tan deseada integración territorial. ABSTRACT Natural environment is complex, dynamic and variable, and does not have anthropic boundaries; hence, it is essential to approach it from a holistic perspective. The former idea about the natural protected areas like isolated elements has changed into new approaches, which define them like interrelated pieces in a territory. Based on these underpinnings, the conservationist policy of Valencia Region is reviewed, paying special attention to coastal natural parks. Know the role of these protected areas and analyze the efficacy of their management, besides the situation outside them, are the objectives of this work. The final conclusions will be used to consider whether the mentioned policy is on the way to so-wanted territorial integration. 1. LA VISIÓN TERRITORIAL DE LA CONSERVACIÓN DE LA NATURALEZA Desde la declaración del primer parque nacional en España (1918), la conservación de la naturaleza ha experimentado una enorme evolución en sus argumentos y en la concepción de los espacios naturales protegidos (en adelante, ENP). Aunque es difícil establecer límites claros, su historia «ha conocido diversas etapas, desde el ―conservacionismo de corte museístico‖ hasta la del ―desarrollo sostenible‖, pasando por el ―conservacionismo de corte científico‖» (VIÑALS, 1999:20). Según GARAYO (2001), el punto de inflexión hacia el actual enfoque globalizador es la 1 La comunicación se basa en la tesis doctoral realizada por la autora «El papel de los parques naturales como elementos de diversificación en el marco de la renovación de los destinos turísticos consolidados», merced a una ayuda Predoctoral de Formación de Personal Investigador, concedida por el Ministerio de Economía y Competitividad. Asimismo, está asociada al proyecto de investigación «Metodología, criterios y aplicaciones para la configuración de clusters en áreas turísticas consolidadas: innovación, complementariedad y competitividad territorial» (CSO2011-26396 2012-2014) financiado por el Plan Nacional de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico (MICINN) y cuyo investigador principal es J. Fernando Vera Rebollo.
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Estrategia Mundial para la conservación (1980), cuyo propósito es el de integrar la conservación y desarrollo económico para asegurar el bienestar económico, social y cultural de quienes habitan los espacios de singular valor. Desde entonces, las políticas de conservación se han ido orientando, con mayor o menor acierto, hacia estas ideas. Planteamientos que contrastan con una situación normativa marcada por la obsoleta Ley de Espacios Naturales Protegidos (1975), hasta que en 1989 se promulga la Ley de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y la Fauna Silvestres, la primera que reconoce la necesidad de integrar la planificación del medio natural en un marco territorial amplio (EUROPARC-España, 2008:53). La llamada «Constitución de la Naturaleza» es una ley netamente conservacionista que supone un vuelco radical, al menos sobre el papel, en los modelos vigentes hasta la fecha (FERNÁNDEZ y PRADAS, 2000:201) con la «decidida voluntad de extender el régimen jurídico protector de los recursos naturales más allá de los meros ENP». La descentralización autonómica y la introducción de nuevas normas y figuras de protección generan un impulso en la declaración de espacios e incrementan la complejidad territorial; a ello se le añaden, además, las áreas protegidas por la legislación comunitaria (Red Natura 2000) y las que lo hacen bajo diferentes compromisos internacionales. Así, la dimensión territorial de la conservación no sólo debe ser entendida por el aumento de la superficie protegida sino también por la relación que los ENP mantienen con sus entornos, es decir, la importancia de este cambio territorial es cuantitativo y «esencialmente funcional y estratégico» (MATA, 2002:23). Todo ello lleva a la nueva norma estatal a crear los Planes de Ordenación de Recursos Naturales (en adelante, PORN), concebidos como los instrumentos básicos para la futura planificación y gestión del medio natural, que deben integrar las políticas sectoriales con los ENP, convertidos en elementos claves (VIÑALS, 1999:22). Una relación territorio-medio natural que se refleja, asimismo, en la política de ordenación territorial, cuyo impulso se produce a partir de los años 80, momento en el que las CCAA comienzan a adoptar leyes específicas. A escala comunitaria, tanto la Carta Europea de Ordenación del Territorio (1983) como la Estrategia Territorial Europea (1999) no hacen sino seguir reafirmando estos principios. El Informe Brundtland (1987) y la mayoría de iniciativas internacionales celebradas desde entonces en materia medioambiental (Cumbre de la Tierra -1992-, Convenio de Diversidad Biológica -1992-, Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible -2002-, entre otras) han servido para llamar la atención sobre el valor de la biodiversidad y su importancia para alcanzar un verdadero desarrollo sostenible, el cual debe integrar las realidades ambiental, social y económica. El proyecto de los Ecosistemas del Milenio, puesto en marcha a principios de la década de los 2000 para evaluar las consecuencias en el bienestar humano de los cambios producidos por nosotros mismos en los ecosistemas (CASADO, 2010:11), es una de las últimas propuestas a escala global que trata de poner en relieve la preocupación por las relaciones entre naturaleza y sociedad. Este mismo discurso se recoge en la última ley conservacionista española, la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad de 2007, en la que el principio rector básico es la sostenibilidad. La norma insiste en la función social y pública del patrimonio natural y su aportación al desarrollo socioeconómico, y considera «dos cuestiones que son claves en las estrategias actuales en materia de conservación de la naturaleza y ordenación territorial» (MULERO, 2008:268). Por un lado, la conservación y preservación del paisaje, que constituye uno de los principios de la presente ley y, por
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otro, los corredores ecológicos, los cuales actúan de enlaces entre los ENP para lograr la conectividad ecológica del territorio. De hecho, el establecimiento y consolidación de redes ecológicas es uno de los objetivos principales de los PORN y han de ser previstas por las Administraciones Públicas competentes en la planificación ambiental. En definitiva, se ha producido un giro hacia enfoques globalizadores de un medio complejo, dinámico y variable, que no entiende de límites antrópicos; de ahí, la exigencia de aproximarse desde una perspectiva holística. La idea primera de que los ENP son elementos aislados ha dado paso a planteamientos integradores donde se definen como piezas interconectadas de una red y partes de un contexto más amplio, por lo que deben ser planificadas como tal (GARAYO, 2001; MATA, 2002:23; PHILIPS, 2003:6; TROITIÑO, 2005:229; EUROPARC-España, 2008:15). En palabras de MATA (2002:23), se trata de alcanzar «un orden espacial de mayor calidad que, al tiempo que se estructura y enriquece contando con el sistema de ENP, debe en contrapartida garantizar a una escala territorial mayor que la de los propios espacios su viabilidad y conservación». En efecto, la salvaguarda de la biodiversidad no es posible sin la mejora de mecanismos de protección fuera del sistema, que, a su vez, contribuyen a la conservación de todo un territorio (MATA, 2005:7). 2. LA RED DE ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS DE LA COMUNIDAD VALENCIANA La conservación de la naturaleza no se hace realidad hasta bien entrados los años 80 debido fundamentalmente a la ausencia de una gran espectacularidad paisajística en la región, principal argumento conservacionista durante décadas (ORS y VIÑALS, 1995:290). En 1988 llega la primera norma, la Ley de Parajes Naturales, sustituida en 1994 por la Ley de Espacios Naturales Protegidos de la Comunidad Valenciana, como el hito más importante en la política conservacionista valenciana. Se trata de un documento aún vigente que marca las directrices básicas para la declaración de ENP, y cuya principal finalidad es la «protección, conservación, restauración, mejora y uso sostenible de los espacios naturales de la Comunidad Valenciana». La evolución hacia criterios ecológicos pone de relieve el valor de los ecosistemas valencianos, sobre todo de los humedales costeros que estaban sufriendo los efectos de una histórica transformación en zonas agrícolas y la creciente presión por parte de las actividades humanas concentradas en el litoral. De ahí, la protección de pequeños reductos de gran valor ecológico (VERA y BAÑOS, 2001:387) como respuesta ante la presión ejercida por la ocupación urbano-turística. Unas «operaciones de salvamento» (CRUZ y SUCH, 2001:557) que para muchos, sin embargo, llegaron demasiado tarde y no fueron capaces de evitar una gran pérdida de patrimonio natural, y los costes ambientales y paisajísticos asociados (ORS y VIÑALS, 1995:299; CRUZ y SUCH, 2001:563). Por su parte, las áreas montañosas se reservan para una segunda etapa y, tras un tiempo de escasa actividad proteccionista, se lleva a cabo la declaración de varios parques naturales entre 2002 y 2007, la mayoría en el interior. Además, se han creado numerosos parajes naturales municipales, casi la única figura utilizada desde entonces. Así, con arreglo a la ley de 1994 y legislación estatal básica, los ENP de la Comunidad Valenciana ocupan en la actualidad unas 250.000 ha, el 11% del territorio, y según los datos de EUROPARC-España (2012:131), dicha extensión aumenta hasta el 37,5% una vez incorporadas las áreas protegidas por figuras internacionales y, fundamentalmente, las que se incluyen en la Red Natura 2000. De hecho, este es uno de los mayores porcentajes de superficie protegida de toda España.
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2.1. El peso de los parques naturales Para SUCH, RODRÍGUEZ y CAPDEPÓN (2011:689), un hecho a destacar es la importancia que tiene el parque natural, pues en su conjunto (20 espacios declarados, un paraje natural -Desert de les Palmes- y una reserva natural -IIles Columbretes-) ocupa el 71% de la superficie protegida, lo que les convierte en las piezas más representativas de la red. Ello queda reflejado en la ley conservacionista valenciana que les presta una atención preferente, destaca su relevancia frente a otras figuras y reconoce su papel como elementos integrantes de redes nacionales e internacionales. Por su localización, existe una clara distinción territorial en consonancia con un medio físico variado y la dicotomía paisajística entre las áreas del interior montañoso y los llanos costeros (ORS y VIÑALS, 1995:289). - Parques naturales interiores: formaciones geológicas (Hoces del Cabriel y Tinença de Benifassà), macizos montañosos (Serra d‘Espadà, Serra Calderona y Serra de Mariola), relieves abruptos (Chera-Sot de Chera), entornos forestales (Font Roja, Penyagolosa, Puebla de San Miguel) y ripícola (Turia). - Parques naturales del litoral: entornos forestales (Serra d‘Irta), sierras litorales (Desert de les Palmes, Montgó, y Serra Gelada), macizos calcáreos (Penyal d‘Ifac), islas de origen volcánico (Illes Columbretes) y un gran número de humedales costeros (Prat de Cabanes-Torreblanca, Albufera, Marjal Pego-Oliva, Fondo, Salinas de Santa Pola, Lagunas de la Mata-Torrevieja). 2.2.1. El papel de los parques naturales en el territorio valenciano En amplia perspectiva, a los ENP se le reconocen tres funciones básicas: la conservación de valores naturales y culturales, el desarrollo socioeconómico de las poblaciones locales, a menudo como única garantía de futuro para ambos, y el uso público (CORRALIZA, GARCÍA y VALERO, 2002:23; GARAYO, 1996). Es evidente que los parques valencianos desempeñan un papel esencial en la protección de la biodiversidad pues albergan una gran variedad florística y faunística, incluido un elevado número de especies endémicas o en peligro de extinción, y son entornos que suelen presentar una gran belleza paisajística, incluso aquellos muy antropizados. Igualmente sucede con el patrimonio cultural, testimonio de diversas civilizaciones y resultado de la histórica interacción entre ecosistemas naturales y actividades económicas tradicionales. Por otro lado, el turístico-recreativo es otro de los principales usos de los parques naturales, convertidos en destinos destacados para la práctica de distintas actividades. Tradicionalmente, el aprovechamiento de estos espacios ha sido más notorio en el interior, en un estadio incipiente de su desarrollo turístico, mientras que en el litoral han servido más como soporte que como recursos sobre los que basar el desarrollo de productos turísticos (SUCH, RODRÍGUEZ y CAPDEPÓN, 2012:367). Con todo, aunque se están incrementando los esfuerzos por aprovechar las oportunidades que ofrecen estos espacios, su puesta en valor todavía presenta un reducido peso no sólo dentro del conjunto de la oferta turística valenciana, sino también muy por detrás de otras regiones del litoral mediterráneo español (EXCELTUR, 2011:58).
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1. Tinença de Benifassà; 2. Serra d‘Irta; 3. Penyagolosa; 4. Prat de Cabanes-Torreblanca; 5. Desert de les Palmes; 6. Illes Columbretes; 7. Puebla de San Miguel; 8. Serra d‘Espadà; 9. Serra Calderona; 10. Chera-Sot de Chera; 11. Turia; 12. Hoces del Cabriel; 13. L‘Albufera; 14. Marjal Pego-Oliva; 15. El Montgó; 16. Serra de Mariola; 17. Carrascal de la Font Roja; 18. Penyal d‘Ifac; 19. Serra Gelada y su entorno litoral; 20. El Fondo; 21. Les Salines de Santa Pola; 22. Laguna de la Mata-Torrevieja.
Figura 1. Mapa de los parques naturales de la Comunidad Valenciana. Adaptado de la Guía de parques naturales de la Comunidad Valenciana. 2.2. Una breve aproximación al marco normativo Junto a la ley de 1994, la gestión del patrimonio ambiental y el sistema de ENP están muy presentes en la Estrategia Territorial de la Comunidad Valenciana de 2009 (en adelante, ETCV). El documento subraya la necesidad de gestionar el territorio más allá de la mera preservación de espacios aislados, y propone la llamada Infraestructura Verde, un sistema de conexión de áreas de gran valor que incluye los elementos lineales con el fin de permeabilizar el territorio y mejorar su funcionalidad. En otras palabras, una estructura destinada no sólo a proteger los espacios naturales, sino también el territorio como sistema, de forma integral. La Ley de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje (2004), por su parte, obliga a la planificación territorial y urbanística a incorporar los ENP, como garantía para mantener el equilibrio ecológico. También se han desarrollado iniciativas para aprovechar las sinergias entre los parques naturales y sus entornos. La Conselleria ha trabajado en el impulso de la gobernanza compartida desde la gestión participada y la responsabilidad social corporativa (en adelante, RSC), y en varios parques naturales ya se están poniendo en marcha proyectos donde participan conjuntamente el equipo gestor y diversos agentes socioeconómicos. Se trata de herramientas innovadoras de gran potencial en la gestión
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territorial y ambiental, y que pueden generar alternativas al margen de la intervención directa de la Administración Pública. Ya desde el punto de vista turístico, otra interesante línea es la marca Parcs Naturals, distintivo que certifica productos naturales y artesanos elaborados en el área de influencia socioeconómica, así como actividades de turismo de naturaleza. Este reconocimiento se otorga por la calidad y el compromiso con el medio ambiente, y pretende poner en valor productos y servicios diferenciados obtenidos en equilibrio con los valores de los ENP, al tiempo que se genera beneficios para la población. 3. LA OTRA CARA DE LA CONSERVACIÓN DE LA NATURALEZA EN LA COMUNIDAD VALENCIANA. EL AISLAMIENTO DE LOS PARQUES NATURALES EN EL LITORAL De este modo y por lo visto hasta el momento, se podría decir que la conservación de la naturaleza presenta un favorable estado en la Comunidad Valenciana, ya que cuenta con elevados porcentajes de superficie protegida y dispone de leyes y estrategias para regular el sistema de ENP, donde los parques naturales desempeñan una importante función ecológica y socioeconómica. Sin embargo, se puede hacer otra lectura que no resulta tan positiva. 3.1. Graves deficiencias en la planificación y gestión de los parques naturales De acuerdo con DELGADO (2012:634), las normas y declaraciones legales no garantizan por sí solas la protección cuando faltan las prácticas y los recursos adecuados. Es lo que sucede en la Comunidad Valenciana, donde la propagación de leyes y figuras ha provocado que a menudo no se acompañen los nuevos ENP de los instrumentos necesarios o que estos se elaboren con varios años de retraso. Son los «parques de papel» a los que se refiere GREENPEACE (2009:109) para designar aquellos cuya declaración formal sólo se efectúa sobre un mapa y carecen de medidas de gestión reales. Este concepto se podría aplicar a muchos parques valencianos, particularmente los creados en el litoral a finales de los años 80 para frenar un crecimiento urbano-turístico que amenazaba con destruir el medio natural por completo. Se trata de una situación agravada, además, por los efectos de la crisis en la Administración pública, y los recortes de recursos humanos y presupuestarios en gestión ambiental que están afectando muy directamente a los espacios protegidos. A ello hay que sumar las recientes modificaciones en la ley de 1994 por las cuales se ha eliminado la figura de director-conservador de los parques naturales y se ha sustituido por la de responsables de la dinamización del espacio protegido, designados como personal eventual de la Conselleria. Unas medidas que han recibido duras críticas desde varias entidades ecologistas valencianas. En este sentido se resumen a continuación las principales deficiencias detectadas en la planificación y gestión de los parques naturales valencianos, en concreto en aquellos de ámbito litoral. - En cuanto a los documentos básicos y obligados por la ley estatal de 2007: PORN y Plan rector de uso y gestión (PRUG): o Algunos de los parques carecen de PORN (Desert de les Palmes, Illes Columbretes y Penyal d‘Ifac), en otros no se ha acometido su necesaria revisión (Montgó, Prat de Cabanes-Torreblanca) o muestran cierta obsolescencia (Albufera, Serra d‘Irta). o De igual modo, hay parques que no tienen PRUG (Marjal de PegoOliva, Serra Gelada), no han revisado su plan vigente (Prat de
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Cabanes-Torreblanca, Penyal d‘Ifac) o disponen de un documento antiguo (Penyal d‘Ifac, Illes Columbretes, Desert de les Palmes). o En ambos casos, cabe subrayar la generalizada indefinición de los criterios necesarios para llevar a cabo dichas revisiones. - El Desert de les Palmes es el único de los 12 espacios naturales que cuenta con un plan de uso público, documento de gran importancia en zonas de elevada frecuentación turística como el litoral de la Comunidad Valenciana. - Ninguno de los parques naturales del litoral (de hecho, ninguno de 22 que hay en toda la región) ha implantado la Carta Europea de Turismo Sostenible en ENP (CETS), herramienta de gestión territorial que centra su interés en la dimensión turística de los espacios protegidos. - La aplicación de otras herramientas complementarias que implican la participación de los agentes socioeconómicos en la gestión de los ENP (custodia del territorio o RSC) es considerablemente reducida. Mientras que hay acuerdos de custodia en la mayoría de los parques naturales del interior valenciano, solo se han desarrollado unos pocos en el litoral, concentrados principalmente en L‘Albufera. Igualmente sucede con la RSC llevada a cabo por aquellas empresas con ciertos intereses proteccionistas, ya que son más numerosas las acciones puestas en marcha en los parques de interior que en los del litoral, donde solo destaca ese mismo parque. - También existen marcadas diferencias en el grado de desarrollo de la marca Parcs Naturals, pues únicamente el 20% de la certificaciones realizadas hasta el momento en la Comunidad Valenciana corresponden a empresas ubicadas en el entorno de los parques litorales, y solo en alguno de ellos (Serra d‘Irta, Albufera, Fondo, Lagunas de la Mata y Torrevieja, Montgó, Serra Gelada, y Penyal d‘Ifac). 3.2. Espacios amenazados por el modelo de desarrollo urbano y turístico Los impactos ambientales derivados del modelo actual de desarrollo son, si cabe, aún más graves en los espacios protegidos del litoral, donde los primeros parques naturales se crearon para contener un crecimiento urbanístico que, lejos de frenarse, se ha intensificado. Ello los sitúa en el límite de importantes destinos turísticos para los que actúan como «espacios de trinchera, verdes, abiertos y de uso público» (OBIOL y PITARCH, 2011:196), pero también ante una amenaza constante. Por ello, hay quien afirma que la construcción de segundas residencias, además de infraestructuras, campos de golf y puertos deportivos, es lo que pone en duda la compatibilidad entre turismo y conservación (HERNÁNDEZ, 2008:95). Y es que los ENP no son garantía de supervivencia, ya que los gobiernos modifican limites y revisan normativas (ECOLOGISTAS EN ACCIÓN, 2007:17), pese a que por principio legal muchos terrenos no deberían ser urbanizables (DELGADO, 2008:273). Es una realidad que atañe al conjunto de los parques del litoral, y en particular a los humedales costeros, uno de los sistemas más densos y mejor distribuidos de Europa (GREENPEACE, 2009:110), que ha quedado reducido a algunos retazos a modo de islas. Solo por citar algunos de los casos más representativos de la Comunidad Valenciana, cabe señalar la transformación en zonas urbanizables de miles de hectáreas en torno a las Lagunas de la Mata-Torrevieja, el paradigma del acoso urbanístico a humedales protegidos (DELGADO, 2012:629); el PAI de Cabanes, que contemplaba levantar edificaciones y hoteles en primera línea de playa en las proximidades del parque natural del Prat de Cabanes-Torreblanca o el enorme desarrollo urbano e
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industrial en torno a la ciudad de Valencia que ha convertido a L‘Albufera en una zona altamente degradada. Esta presión suele venir acompañada, además, de la proliferación de vertederos, productos nocivos y vertidos de restos vegetales que se acumulan junto a los ENP. Ello no sólo supone un grave impacto visual y la contaminación generalizada, sino también el incremento de las probabilidades de incendio, que muchas veces es intencionado, un problema al que se enfrenta la mayoría de parques. 3.3. Fragmentación del hábitat natural Es indudable que cuanto más extensos son los núcleos urbanos colindantes con los parques, más amplia es la red de infraestructuras de transporte lineales (carreteras, líneas ferroviarias, líneas eléctricas…), tal y como sucede a lo largo del litoral valenciano. Estas constituyen una importante fuente de contaminación atmosférica y acústica, y generan importantes consecuencias negativas sobre la fauna, pues limitan su normal desplazamiento y aumentan las posibilidades de atropello. Y de ahí también deriva otro significativo impacto como es el efecto barrera generado por estas vías, una de las principales causas de fragmentación del hábitat natural y el paisaje. En la Comunidad Valenciana, la disposición paralela a la costa de las carreteras principales (N-332 y Autovía del Mediterráneo) hace que crucen algunos parques de ámbito litoral (Salinas de Santa Pola y Albufera) o transcurran muy cerca de otros (Serra d‘Irta, Marjal de Pego-Oliva, Lagunas de la Mata-Torrevieja, Prat de CabanesTorreblanca). Igualmente actúa el tejido urbano y las zonas en construcción, más aún si se tienen en cuenta que hasta un 80% de la población reside por debajo de los 100 m de altitud, y a menos de 10 km de un ENP. La proximidad de las lagunas de la MataTorrevieja junto a una gran concentración urbana como Torrevieja, por encima de los 100.000 habitantes, es claro ejemplo de ello, así como L‘Albufera, ubicada junto a la ciudad de Valencia y su área metropolitana, con una población que ronda el millón. Además, otros parques se encuentran en importantes destinos de turismo masivo como Serra Gelada en Benidorm o el Montgó, cuyas laderas están ocupadas por los desarrollos residenciales de baja densidad de Denia y Xàbia. Para evitar dicha fragmentación, la ETCV prevé el uso de corredores ecológicos como «elementos de conexión con funcionalidad biológica y territorial (…) que permitan garantizar la conectividad global del territorio, analizado éste como un gran sistema de funcionamiento conjunto». Son los cursos fluviales, las vías pecuarias, los paisajes agrarios, los perímetros de protección de zonas húmedas, las zonas de amortiguamiento de los parques naturales, los territorios afectados por riesgos naturales, espacios naturales sin protección, las zonas de servidumbre de infraestructuras, los campos de golf o determinados espacios verdes urbanos. Estos servirán de enlace entre los espacios naturales (protegidos o no) y los tramos del frente litoral libres de edificación para formar la mencionada Infraestructura Verde del territorio valenciano. 4. CONCLUSIONES En definitiva, los parques naturales del litoral valenciano se han convertido, por lo general, en unas islas de protección escasamente integradas en el territorio en el que se encuentran; algo que se constata en la gestión de estos espacios. Hay que valorar positivamente los esfuerzos de la Conselleria por gestionar conjuntamente varios parques naturales como en el sistema de zonas húmedas del sur de Alicante, además de impulsar la integración entre conservación y desarrollo socioeconómico a través de proyectos de colaboración, y tratar de implantar algunos mecanismos innovadores (gestión participada, gobernanza, RSC, etc.) sobre la base de una mayor conexión entre
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los parques y el resto de actores de los municipios cercanos. Sin embargo, como ya se ha visto anteriormente, el nivel de impacto de este tipo de instrumentos es prácticamente nulo en la mayoría de espacios. De igual modo sucede con herramientas de índole turístico como la marca Parcs Naturals, escasamente implantada en el conjunto de parques del litoral e, incluso, inexistente en muchos de ellos, o la CETS, completamente descartada en todos los casos. Por otro lado, no hay que perder de vista que las juntas rectoras, principal mecanismo de participación social donde concurren el equipo gestor y personal de las Consellerias competentes, así como los representantes de los distintos colectivos vinculados a los parques, son convocadas anualmente, no suelen asistir todos los miembros, y a menudo se celebran con cierto retraso. También se comprueba desde una perspectiva físico-ecológica, donde cabe recordar que estos parques naturales están fuertemente sometidos a una intensa y creciente presión antrópica. No solo por el crecimiento urbano de los municipios que se encuentran a su alrededor, sino también por la compleja red de infraestructuras de comunicación y redes de abastecimiento derivada del desarrollo; de ahí, la fragmentación de los ecosistemas y del paisaje. En este sentido, hay que decir que los principios de la ETCV son indiscutibles, pero, aunque es pronto para valorar objetivamente sus resultados y comprobar su relevancia, se pueden cuestionar algunos términos de la propuesta. Se trata de un esquema de conexión territorial parece presuponer un elevado grado de conservación de los ENP, a pesar de que muchos de ellos se encuentran fuertemente transformados y bajo amenaza de los impactos de un desarrollo que a menudo ignora el suelo protegido. Además, contempla la existencia de sectores litorales libres de ocupación, en un ámbito territorial donde el último auge inmobiliario ha llevado a la región a situarse a la cabeza de España en crecimiento de zonas urbanas, y a la provincia de Alicante a convertirse en una de las de mayor porcentaje de superficie artificial en sus primeros kilómetros de costa. Por último, sin poner en duda la importancia de los corredores ecológicos, hay que tener en cuenta ciertos condicionantes que podrían limitar su funcionalidad. Entre ellos, el insuficiente caudal ecológico de algunos ecosistemas fluviales, la ocupación de barrancos, la pérdida de suelos agrícolas, la antropización de humedales y su mal estado de conservación, la ocupación de zonas colindantes a los ENP, la escasa ejecución de algunos planes destinados a prevenir los riesgos de inundación o los impactos ambientales generados por los campos de golf y, más aún, por las urbanizaciones a las que estos suelos ir asociados. Por lo tanto, de acuerdo con la propia ETCV, en un «territorio fuertemente urbanizado como el de la Comunidad Valenciana (…) conseguir una adecuada estructura conectiva adquiere, en algunos casos, una elevada complejidad». Y ya como última reflexión, es preciso señalar que más allá una superficie protegida por encima de la media nacional y de políticas conservacionistas más o menos efectivas, es preciso tener una visión conjunta del territorio. Lo cierto es que en la Comunidad Valenciana se ha apostado por la protección ambiental, por la elaboración de estrategias sobre la base de la sostenibilidad, y por fórmulas integradoras. Sin embargo, al mismo tiempo, se ha seguido fomentando un modelo de desarrollo, muy especialmente en el litoral, el cual, con la excusa del crecimiento económico y la creación de empleo, ha justificado cualquier actuación urbanística, por desmedida que fuera. Incluso en la actualidad, cuando los efectos negativos de la crisis se utilizan para adoptar medidas «anticrisis» en detrimento de los instrumentos de protección (DELGADO, 2012:629). Así, resultan muy acertadas las palabras de SANTAMARINA
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Los parques naturales del litoral de la Comunidad Valenciana: ¿islas de protección, integración territorial o compensación simbólica?
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