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UNIVERSIDAD MILITAR NUEVA GRANADA

ELABORACIÓN UN VIDEO DIDÁCTICO PARA LA APLICACIÓN DEL MANUAL DE DERECHO OPERACIONAL PARA LOS MIEMBROS DEL EJERCITO COMO ESTRATEGIA DEL LIDERAZGO Y EL ÉXITO EN LAS OPERACIONES WILLIAM FERNANDO PRIETO RUIZ D0180018

Bogotá DC. 20 de Noviembre de 2013

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PÁGINA DE DEDICATORIA

A la venerada memoria de los soldados de Colombia que han ofrendado su vida en aras de un mejor país, garantizando nuestra libertad y orden.

2    

AGRADECIMIENTOS Esta ayuda didáctica no podría haberse concretado tal cual sin la divulgación del Manual de Derecho Operacional. La obra se beneficia con el trabajo previo del personal de oficiales y suboficiales que participaron en su elaboración. Es importante de la misma forma resaltar el apoyo de muchas personas quienes con sus experiencias, sus artículos publicados en libros, revistas, periódicos, boletines, han hecho aportes valiosísimos para basar nuestros conceptos lográndonos ilustrar en el manejo de los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario.

.

3    

CONTENIDO Resumen

5

Introducción

6

Justificación

8

Planteamiento del problema

10

Formulación del problema

11

Objetivo General

11

Objetivos específicos

11

Marco Referencial

13

Marco Institucional

23

Marco Jurídico

26

Capítulo de material y métodos

30

Conclusiones

33

Recomendaciones

34

Anexos: Herramienta didáctica video

4    

RESUMEN

El propósito de este proyecto Académico es facilitar, fortalecer e integrar el conocimiento de la aplicación del Derecho operacional como parte del liderazgo que debe ejercer un buen administrador de los recursos del estado en el cumplimiento de la misión constitucional de las FFMM; es un material didáctico y sencillo (uso de las TIC) que permite el aprendizaje y el uso del Manual de Derecho Operacional, utilizando un lenguaje simple que puede llegar a todo nivel, desde el estratégico, táctico y operativo, que comprende Al Comandante del Batallón (Teniente Coronel), el de la compañía (capitán), los comandantes de pelotón (subtenientes o sargentos viceprimeros) hasta el nivel del ejecutante (soldado) y a quien va orientado en mayor proporcionalidad este documento. Para profundizar y mejorar los niveles de aprendizaje, se utilizó una metodología de aprendizaje experiencial con el uso de material Multimedia como uno de los ejes de la administración moderna que se materializan en ayudas didácticas para ser empleadas en las áreas de instrucción y entrenamiento, el empleo de un video y la adecuación de una ayuda memoria se busca ejecutante,

esperando

facilitar la difusión de la información en el personal

consolidar

una

cultura

operacional

enmarcada

en

el

cumplimiento de las normas del DIH, certificando la legitimidad de la Institución Militar, pero lo mejor garantizando la aplicación ordenada de todas estas normas en el planeamiento, la ejecución y la

evaluación de las diferentes misiones tácticas

desarrolladas en cumplimiento de nuestra misión como parte esencial del liderazgo que debe ejercer todo comandante.

5    

Palabras claves: Derecho Operacional, Aprendizaje, Derechos Humanos, Legitimidad, Fuerza,

Normas, liderazgo, puesta en común, toma de decisiones, Administración

moderna, talento humano, desarrollo organizacional.

6    

INTRODUCCIÓN

Ante la necesidad del cambio y mejoramiento continuo de las organizaciones

y

empresas en el entorno global y buscando como característica propia de los Ejércitos mantenerse en el tiempo, como eje fundamental para la legitimidad institucional, el cumplimiento de los DDHH y DIH por parte de cada uno de sus integrantes se convierte en premisa fundamental que garantiza su perpetuidad en la historia,

generando

confianza y credibilidad por parte de la sociedad a la cual debe todo su servicio, con este concepto el Comando General de las FF. MM. en Colombia crea el MANUAL DE DERECHO OPERACIONAL1. Este ensayo se constituye en un instrumento de apoyo para la instrucción, capacitación y el aprendizaje de los oficiales, suboficiales y soldados de las Fuerzas Militares y un patrón de conceptos y normas de comportamiento a seguir, tanto en el nivel individual o como integrante de una organización militar, como la empresa mas grande del país, convirtiéndose en un documento sectario, de interés exclusivo a todo miembro de las Fuerzas Militares que busca reafirmar su compromiso con la legalidad institucional como centro de gravedad de la fuerza y el respeto por los derechos de los conciudadanos. Por lo tanto la importancia del trabajo en desarrollo radica en el empleo y aplicación de las nuevas tecnologías de la Información (TIC), presentadas de forma amena y didáctica que hace sencillo y de fácil comprensión

dicho manual y es de fácil

asimilación aprovechando los tipos de inteligencia que poseemos los seres humanos, el impacto radica en su diseño, orientado al personal de soldados y mandos que inician la carrera militar, buscando reforzar los conceptos básicos dados en las Escuelas de                                                                                                                         1

COLOMBIA. FUERZAS ARMADAS. Manual De Derecho Operacional. FFMM 3-41 público. primera edición. año 2009.

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formación y centros de capacitación, garantizando la aplicabilidad de la doctrina con el empleo de conceptos sencillos, desglosados en términos entendibles especialmente para el personal de soldados. Cabe señalar que el manual de Derecho Operacional es uno de los documentos mas importantes en la historia reciente del país, ya que define lineamientos estrictos para el desarrollo de operaciones militares dando a cada miembro parámetros exactos en la ejecución de una misión táctica (Operación militar), donde el liderazgo del comandante y su valor radica en que entrega las normas de comportamiento operacional en forma clara emitiendo conceptos asimilables para un soldado con estudios básicos, adoctrinándolo para convertirlo en garante de la protección y el respeto del bienestar de todos los Colombianos.

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1. JUSTIFICACIÓN La necesidad de mejorar los procesos al interior de la institución en busca de una mejora continua y permanente que haga que la legitimidad de la institución se mantenga aprovechando los medios disponibles para tal fin, las fallas operacionales presentadas en los últimos años como consecuencia del desconocimiento de las normas y procedimientos propios que han sido implementados pero que aun requieren un reforzamiento en cada uno de los integrantes del Ejercito Nacional en el marco del cumplimiento y aplicación del DIH para que la trasparencia que debe caracterizar a cada una de las acciones, sea la que realce la legitimidad y el reconocimiento que el pueblo colombiano da a la institución castrense. La capacitación y el entrenamiento como ruta fundamental para llegar a cada uno de los miembros del la Institución, hace que sea necesario enfocar todos los esfuerzos para que en las Escuelas de Formación así como en los batallones de instrucción y entrenamiento, de igual forma en las diferentes capacitaciones que se realizan en todas y cada una de las unidades militares, buscando afianzar los conceptos y los procedimientos que deben realizarse, tanto desde el planeamiento como la ejecución de las operaciones militares. Como una necesidad permanente de las Fuerzas Militares de mejoramiento continuo de todos los procesos y mas los misionales, es una prioridad mantener la legitimidad institucional por las acciones y el desarrollo de las operaciones en todas y cada una de las regiones donde hace presencia un soldado de la patria.

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2. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA Los cambios mundiales, hacia la globalización, tratados de libre comercio con diferentes naciones, desarrollos informáticos en especial las TIC que se viene aplicando en país buscando el afianzamiento de la economía en Colombia, hacen que las Fuerzas Militares estén en constante cambio dentro del desarrollo de las operaciones militares que y mantenimiento de las instituciones en la labor diaria y permanente, sin dejar de lado el manejo del la legitimidad como centro de gravedad de la institución; por lo tanto las Fuerzas Militares deben ser ejemplo de cumplimiento de los convenios y tratados que suscribe la nación como garante de la protección de los Derechos humanos y el Derecho Internacional Humanitario, situación que no sería posible si no existiese una alta preparación y socialización de estas normas básicas del derecho. Pese a lo anterior y a las obligaciones adquiridas por el Estado Colombiano al suscribirse al manejo de los instrumentos Internacionales de Derecho Público, su inclusión en el derecho interno y la implementación por parte del Comando General de las Fuerzas Militares del Manual de Derecho Operacional, se han presentado casos aislados a la doctrina militar donde no se garantiza el más mínimo respeto por los derechos de los ciudadanos, actuaciones de miembros de la fuerza pública en hechos desafortunados como los mal llamados “falsos positivos”, son una prueba clara de la violación de normas y reglamentos que han sido divulgados hasta la saciedad. Referida a este contexto, el Manual de Derecho Operacional integra las normas tanto internas como externas que regulan la guerra y su fundamento en las mismas, difundiendo instrucciones a las tropas comprometidas en las operaciones militares y dirigido especialmente para los comandantes de las Divisiones, Brigadas y Batallones, su falencia para el entendimiento radica en que su enunciado técnico, con terminología especializada, dificulta la comprensión especialmente al personal de soldados

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y

aquellos Suboficiales y oficiales recién ascendidos cuya experiencia operacional es mínima. Por lo anterior es indispensable la elaboración de una herramienta mediante el empleo y aprovechamiento de las TIC, que de forma didáctica y con la utilización de medios audiovisuales disponibles, haga más comprensible a todo nivel organización tanto los ejecutantes como los que dirigen en los diferentes escalones del mando, los soldados, comandantes de escuadra, pelotón, y compañía los términos descritos en el Manual de Derecho Operacional, facilitando el conocimiento y su aplicación efectiva, buscando que quienes inician la carrera de las armas se enmarquen dentro de la legitimidad como parte de esa constante transformación y mejoramiento continuo que caracteriza a la institución. 2.1 FORMULACIÓN DEL PROBLEMA ¿Cuáles son los elementos jurídicos, teóricos, institucionales y prácticos que fundamentan el desarrollo de operaciones militares garantizando la aplicación del manual de derecho operacional? 2.2 OBJETIVO GENERAL Elaborar una

herramienta didáctica con las TIC disponibles

que facilite a los

integrantes de las unidades operacionales, soldados, comandantes de escuadra, pelotón, y compañía entender aprender y aplicar en forma sencilla, eficaz, oportuna y correcta las normas de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario contenidas en el Manual de Derecho Operacional FF.MM3-41 PÚBLICO, liderando procesos de mejora continua dentro de lo aprobado por el Comando General de las Fuerzas Militares el 7 de Diciembre de 2009.

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2.3 OBJETIVOS ESPECÍFICOS 2.3.1 Diseñar de forma didáctica y práctica utilizando las TIC disponibles, los conceptos necesarios, y los elementos básicos que deben aplicar las unidades militares en todo tipo de operaciones. 2.3.2 Precisar las nociones básicas que debe conocer todos los miembros de

un

batallón para el uso de la fuerza, así como los procedimientos que deben aplicar en la ejecución de operaciones. 2.3.2 Definir y hacer entendible en el oficial subalterno, suboficiales y el soldado que la ejecución de misiones tácticas no depende exclusivamente de lo aprendido en los manuales de táctica sino que junto a la forma como me muevo en el terreno debo darle igual o mayor importancia al manejo de los factores jurídicos que me reglamentan la forma como debo operar.

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3. MARCO REFERENCIAL El marco de referencia estratégico que genera la elaboración de esta ayuda didáctica el Estado Social de Derecho que proclama la Constitución de 19912, y que los miembros de las Fuerzas Militares deben encargarse de preservar, garantizando la seguridad ciudadana, entendiéndola como las condiciones de seguridad, salubridad y tranquilidad necesarias para el goce de los derechos humanos y el cumplimiento de los deberes. Para la ejecución de esta herramienta didáctica se tomó como referencia el MANUAL DE DERECHO OPERACIONAL, los criterios y conceptos de aplicabilidad al uso de la fuerza son los divulgados en este documento, el beneficio del documento que hoy presentamos da una explicación más práctica garantizando el entendimiento a todos los niveles del mando y a los soldados. Precisa advertir que la primera edición de este manual fue aprobado con la disposición número 056 de 7 de diciembre de 2009 siendo el Comandante General de las FF.MM. el señor General Freddy Padilla de León, y su identificación como texto de consulta militar se referencia como el MANUAL FF. MM 3-41 PÚBLICO. Los criterios utilizados en la elaboración de esta herramienta corresponden a las pautas emitidas por el Manual de Derecho Operacional teniendo muy claro que esta no es una tesis de Derecho Internacional Humanitario, sino que como autoridades de la república creadas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, es nuestro trabajo definir la elaboración de esta herramienta que armoniza nuestras responsabilidades con los principios obligados a cumplir por el DIH, para lograr esto, se expone desde los                                                                                                                         2

COLOMBIA. Congreso de la República de Colombia. Constitución Política Nacional de Colombia año 1991.[En línea] Disponible en: Http://web.presidencia.gov.co/constitucion/index.pdf [citado en Julio 30 de 2010]

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principios legales generales de trato a las personas hasta unas reglas de encuentro que determinan el comportamiento del soldado en el área de combate. Por lo tanto, este documento está diseñado para los Comandantes de unidad y asesores jurídicos y busca ofrecer explicaciones sobre las obligaciones legales para la regulación del uso de la fuerza en el propio territorio. Además, su argumentación maneja términos y conceptos de difícil asimilación para los ejecutantes de las misiones tácticas, por lo que se busca, mediante un lenguaje descifrable, dar al soldado (ejecutante) las fuentes jurídicas básicas para las operaciones, de manera que articulen las normas y procedimientos que se deben seguir para dar cumplimiento a esas obligaciones, en el terreno. Se pretende con esta herramienta llegar aun mas a los que participan en el desarrollo de operaciones militares con el fin de fusionar las normas jurídicas con la táctica operacional garantizando el cumplimiento de la normatividad y preservando la legitimidad institucional, concepto que nos lleva a dar unas referencias lógicas, claras y entendibles a diferentes temas y contextos entre los que se destacan los siguientes:



Enseñar en que parte de la constitución se autoriza a las Fuerzas Militares del Estado el uso de la fuerza en el interior del territorio colombiano.



Exponer las normas de D.I.H y DD.HH que afectan la conducción de operaciones militares, identificando la aplicación de las mismas en el planeamiento operacional.



Reseñar la relación entre las normas de DD.HH y el D.I.H, aclarando que las normas de DD.HH no se suspenden por la aplicación del D.I.H, y entregar parámetros de obligatorio cumplimiento en las operaciones y que garantizan la legalidad de las acciones de las FF.MM.

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Clasificar las operaciones militares y plantear los contenidos básicos de las órdenes de operaciones determinando las reglas de encuentro.



Difundir las obligaciones de los miembros de las FF.MM como autoridad, primer respondiente y precisar las coordinaciones que se deben hacer con las autoridades judiciales.



Dar a conocer qué es el asesor jurídico operacional, sus funciones y su responsabilidad en el asesoramiento de la conducción de operaciones militares.

Antes de seguir adelante deben considerarse las razones históricas que rodean la ejecución de este trabajo. Inicialmente, las exigencias de la nueva Constitución nacional (1991) orientaron una reingeniería al interior de la institución militar, sus miembros, buscando acoplarse a los nuevos designios de la carta magna, generaron un resistencia al cambio lo que desembocó en diferenciación de conceptos por parte de los miembros de las FF.MM para la aplicación de la doctrina de guerra, situación que llevó a que las FARC, a finales de la década de los 90, alcanzaran protagonismo mundial tras la toma de algunas bases, a continuación, una cronología de los secuestros protagonizados por las Farc3. 1996 - 30 de agosto: Los guerrilleros atacan la base militar de "Las Delicias", en la Amazonía, donde matan a 27 militares y secuestran a 60, que son liberados meses después. 1997 - 21 de diciembre: Mueren 10 militares y 18 son secuestrados en un ataque a una base del Ejército en el cerro de Patascoy, suroeste. 1998 - 3 de marzo: Un ataque en El Billar (Caquetá) deja 65 militares muertos y 43 secuestrados.                                                                                                                         3

http://www.wradio.com.co/nota.aspx?id=928438

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1998 - 3 de agosto: Las Farc atacan una base antinarcóticos en Miraflores (Guaviare), matan a 40 policías y militares y secuestran a 56. 1998 - 1 de noviembre: La guerrilla ocupa Mitú, capital del departamento de Vaupés, mueren 16 policías y militares y 61 son secuestrados. En consecuencia, y buscando respuesta a este descalabro operacional

se logra

identificar una serie de problemas causantes de la crisis de legitimidad de la fuerza para lo cual se realizó un diagnóstico de la realidad institucional que permitió la identificación de los siguientes problemas como causantes de la crisis al interior de las FFMM4



Debilitamiento de principios y valores.



Gestión de mandos caracterizada por ausencia de liderazgo.



Deficientes resultados operacionales determinados por la pésima organización de las unidades en el terreno y la subutilización de tropas en zonas que no ameritaban su permanencia.



Enfoque inadecuado de la administración del talento humano, asignación de remplazos.



Deficiencias en los procesos de formación y capacitación.



Ineficaces sistemas de evaluación y seguimiento.



Violación de los derechos humanos.



Falta de medios y recursos para soportar la guerra

En aras de salir de esta crisis las Fuerzas Militares plantearon para el año 2007 la Guía de Planeamiento Estratégico 2007 – 20105 en la que se dan pautas orientadas hacia el avance de la institución, la restructuración de la doctrina de guerra, la consolidación de la política de Seguridad Democrática,

junto a la revaluación de los programas

                                                                                                                        4

5

http://www.policiasysociedad.org/userfiles/aceroreforma.pdf http://www.gsed.gov.co/docs/guia.pdf?ID_NORMA=35

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académicos en las escuelas de formación y una política decisiva a favor de la protección de los ciudadanos se convirtieron en punto de quiebre y cambio importante para la transformación. En este sentido, fue fundamental en esta transformación lograr que los miembros de las FF.MM asimilaran el respeto y valoración de los Derechos Humanos y promovieran su desarrollo en cada una de sus acciones cotidianas, fundamentadas en la protección de las libertades y el fomento de la vida, situación que garantizó legalidad, y por ende, veracidad a la institución militar, convirtiéndola en el organismo de la nación con mayor credibilidad para el pueblo colombiano. Sobre estos preceptos Constitucionales y legales, el proceso de transformación de la fuerza, en lo que hace al uso legítimo de la fuerza, ha venido avanzando como lo plantea Margarita Uprimny,6 sobre los siguientes criterios: 1. Criterio de necesidad: se utilizará la fuerza sólo cuando el orden público no se pueda preservar de otra manera. 2. Criterio de legalidad: los medios utilizados deben estar previamente autorizados por la ley o por un reglamento. Esto muestra que el uso de la fuerza tiene límites legales y que las autoridades de policía no pueden inventar sistemas imprevistos para atemorizar a los individuos o grupos cuya actividad debe ser reprimida. 3. Criterio de racionalidad: se deben evitar los daños innecesarios. 4. Criterio de temporalidad: solo se podrá utilizar estos medios por el tiempo indispensable

En coherencia con estos criterios, desde inicios del año 2000 hasta la fecha se destinaron recursos para la capacitación y actualización de oficiales, suboficiales, y personal

civil en temáticas como: Derechos Humanos, Derecho Internacional

Humanitario, manejo de conflictos y uso legítimo de la fuerza,

                                                                                                                        6

UPRIMNY YÉPEZ, INÉS MARGARITA. Límites de la fuerza pública en la persecución del delito. Defensoría del pueblo. Bogotá 2003.

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En cumplimiento de estas medidas

las FF.MM llegaron a un punto máximo de

popularidad en el entorno nacional. Posteriormente, surge un hecho que derrumba el trabajo desarrollado hasta ahora y deslegitima en su máxima proporción la autoridad de las Fuerzas Militares. A finales del año 2008 miembros del Ejército de Colombia se vieron involucrados en el asesinato de personal civil para hacerlos pasar como guerrilleros muertos en combate dentro del marco del conflicto armado que vive el país, estos asesinatos tenían como objetivo presentar resultados positivos por parte de miembros de la institución militar con la finalidad de ganar reputación y buen nombre en su unidad a este escándalo los medios de comunicación lo titularon como “falsos positivos”. Este tipo de acciones indebidas y lamentadas por los altos mandos militares se les conoce en el Derecho Internacional Humanitario como ejecuciones extrajudiciales y en el Derecho Penal Colombiano como homicidios en persona protegida. Según el artículo 5° de la Ley 975 de 2005 de Justicia y Paz7, se entiende por víctima la persona que individual o colectivamente haya sufrido daños directos tales como lesiones transitorias o permanentes que ocasionen algún tipo de discapacidad física, psíquica y/o sensorial (visual y/o auditiva), sufrimiento emocional, pérdida financiera o menoscabo de sus derechos fundamentales. Los daños deberán ser consecuencia de acciones que hayan transgredido la legislación penal, realizadas por grupos armados organizados al margen de la ley. Si bien ya se venían conociendo denuncias y especulaciones sobre estos hechos, fue hasta los últimos meses de 2008 que el fiscal general de la Nación, Mario Germán Iguarán8, advirtió que las ejecuciones extrajudiciales eran una práctica sistemática y generalizada en las FF.MM, determinando que habría un delito de lesa humanidad que sería juzgado por la Corte Penal Internacional, concepto emitido teniendo como base la aparición de los cadáveres de 19 jóvenes que habían desaparecido en el municipio de Soacha, vecino a Bogotá y de la localidad de Ciudad Bolívar al suroccidente de la                                                                                                                         7 8

http://www.cnrr.org.co/definicion.htm http://www.fiscalia.gov.co/pag/divulga/noticias2008/fiscalmario/FgPaipaOct30.htm

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ciudad y que en lapsos no mayores a tres días aparecían como bajas del ejército en Norte de Santander. Este lamentable hecho ejecutado por una minoría de las FF.MM. generó ante la opinión pública nacional, repudio, consternación y creó un problema de grandes repercusiones internacionales al gobierno del presidente Álvaro Uribe Vélez, desestabilizando su programa de seguridad democrática que tanto bien le hizo a Colombia. En aras de resarcir el buen nombre de la institución, se inició la autoevaluación de las fallas que generaron que esa minoría militar no siguiera el sendero de la legalidad, tras meses de análisis se logró establecer que no existían parámetros claros al emitir las órdenes de operaciones para la ejecución de las misiones tácticas, así como también que los miembros de la Fuerza Pública no tenían claros los conceptos sobre las bases jurídicas primordiales para las operaciones, de manera que desconocían las normas y procedimientos básicos para la ejecución de misiones tácticas, el proceso de la cadena de custodia y el manejo del personal capturado deslegitimando el uso de la fuerza por parte de las FFMM. Mediante el documento ’15 Medidas avance para el cumplimiento’9 se presentaron ante el estado los avances de las 15 medidas formuladas en noviembre de 2008 como resultado de las investigaciones adelantadas por la Comisión Transitoria para el “Caso Soacha”, con el propósito de garantizar una instrucción en DDHH y DIH adecuada a los lineamientos contenidos en la Política Integral de DDHH y DIH, el Ministerio de Defensa tomó las siguientes medidas: Medida No. 3: Revisar la instrucción en derechos humanos de conformidad con la Política Integral de DDHH y DIH y el Modelo Único Pedagógico (MUP).

                                                                                                                        9

http://www.mindefensa.gov.co/irj/go/km/docs/Mindefensa/Documentos/descargas/Asuntos_de_Interes/Derechos_Humanos/docs_n web/Avances_Caso_Soacha.pdf

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Medida No. 4: Establecer un sistema de evaluación del aprendizaje en derechos humanos. Medida No. 5: Organizar talleres en todas las Divisiones sobre la responsabilidad del Comandante y fortalecer esta materia en las escuelas de formación y capacitación. Con esto en mente, la solución no fue otra que generar doctrina a cerca de los parámetros que definen y regulan el ejercicio profesional de la Fuerza Pública, estos lineamientos están definidos dentro de la Constitución Política de Colombia de 1991 y en los instrumentos legales internacionales sobre Derechos Humanos, los cuales prevalecen para el mantenimiento del orden interno y la ley y que son acogidos por la Constitución Nacional en su artículo 93, como son: El respeto a los derechos de las personas, la observación de los procedimientos legales, el estricto cumplimiento de los deberes10. Derivados de estos preceptos fundamentales se encuentra que las Naciones Unidas11 plantearon un conjunto de principios que rigen la actuación de la Fuerza Pública, los cuales delimitan y orientan de forma clara su accionar en relación con los ciudadanos y situaciones particulares, los cuales son de obligatorio cumplimiento en nuestro caso: Finalidad: El fin buscado por la fuerza pública es la prevención de un hecho punible o la detención de un infractor. Algún tipo de desviación en esta finalidad podría conducir a un uso desmedido del poder.

                                                                                                                        10

COLOMBIA. Congreso de la República de Colombia. Constitución Política Nacional de Colombia año 1991.[En línea] Disponible en: Http://web.presidencia.gov.co/constitucion/index.pdf [citado en Agosto 6 de 2010] 11 Asamblea General de las Naciones Unidas. 17 de diciembre de 1979. Normativa y Práctica de los Derechos Humanos. [En línea] Disponible en: wttp://www.nacionesunidas.org.co/index.shtml[FILTRA__]=Colecciones#4. [Citado el 10 de Agosto]

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Necesidad: Las conductas incurridas por la fuerza pública, deben constituirse como la única posibilidad de acción para evitar la realización de un hecho punible o dar captura a quien o quienes los cometen. Adicionalmente estas conductas deben ser lo menos lesivas de los derechos de las personas, particularmente en lo que a uso de la fuerza se refiere. Debida motivación: Se refiere explícitamente a las razones que llevan a la fuerza pública a actuar, las cuales deben ser claras, objetivas y sobre todo justificadas. Proporcionalidad: El conjunto de medidas tomadas por la fuerza pública, deben estar ajustadas a la conducta de la persona perseguida y a las circunstancias del contexto en el cual se comete el hecho punible; por lo que debe haber una conexión directa entre la finalidad y los medios utilizados, lo cual evitará el uso de medidas excesivas que causen daños innecesarios a las personas o a sus bienes. No discriminación: Todas las personas, sin distinción de ningún tipo, tienen los mismos deberes y derechos y deberán ser tratadas por la fuerza pública de igual manera. Excepcionalidad del uso de la fuerza: El uso de la fuerza se admite para situaciones excepcionales en las cuales, o no se puede prevenir el delito, o se debe perseguir al que cometió el delito por otros medios. Es necesario entender que cada uno de estos principios hace parte de un todo estrechamente interrelacionado, en donde la protección a los derechos de las personas es el eje rector.

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Recopilación de normas y conceptos básicos Uso de la fuerza en el marco del DIH y DDHH. En las normas de DD.HH y D.I.H contenidas en los instrumentos internacionales ratificados por el Estado colombiano y desarrollados en su normatividad interna, obligan a las Fuerzas Militares a crear protocolos para regular y controlar el uso de la fuerza en todas las actividades que desarrollan sus FFMM dentro del territorio colombiano, razón por la cual se creó esta herramienta didáctica que facilita la generación de una cultura institucional en el cumplimiento de esta normatividad. Tipos de operaciones y aplicabilidad del uso de la fuerza. Debido al nivel de conflicto y la amenaza en el país, existen zonas consolidadas por las Fuerzas Militares, y otras en proceso de consolidación, lo cual hace que el planeamiento y ejecución de las operaciones militares se planeen y ejecuten, unas bajos las normas del DD.HH y otras bajo las normas del D.I.H Responsabilidad en el uso de la fuerza. Los Comandantes son los responsables de la aplicación de la normatividad vigente ya que el planeamiento es su responsabilidad y es allí donde se prevén los riesgos en las operaciones, así como el grado de entrenamiento y alistamiento de las tropas, teniendo claro que las normas de derecho internacional establecen criterios definidos y obligatorios para el uso de la fuerza

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4. MARCO INSTITUCIONAL Bajo los parámetros impartidos por el Ministerio de Defensa Nacional y guiados por el Comando general de las Fuerzas Militares con experiencias recogidas por la Inspección General, se ha diseñado el Manual de derecho operacional, plasmando allí políticas para el cumplimiento legal de operaciones militares, donde cada fuerza mediante las jefaturas de Derechos Humanos han establecido protocolos para el cumplimiento de la normatividad vigente, dando la legitimidad a sus actuaciones. Bajo este tópico, las Fuerzas Militares vienen aplicando la normatividad vigente de DD.HH y D.I.H para operaciones militares, creando protocolos, manuales de funciones y procedimiento y una amplia cultura para la difusión de las normas del derecho aplicables a la guerra. El manual de derecho operacional es la

base para esta

herramienta, está orientado para el planeamiento correcto y la ejecución legal de operaciones terrestres, siendo uno de los primeros pasos para fortalecer la legalidad de las Fuerzas Militares. Por lo tanto, el fundamento constitucional e internacional del uso de la fuerza por parte de las FF.MM, dentro de los límites fijados por el propio Estado social de derecho, reside en su deber de protección como autoridad instituida para proteger a la población. En la medida en que las FF.MM ostentan el monopolio del uso de la fuerza, están obligadas a garantizar, incluso haciendo uso de la fuerza cuando ésta sea necesaria, las condiciones de seguridad que permiten el imperio de la ley y el libre ejercicio de los derechos y libertades por parte de los ciudadanos. Existe un sinfín de documentos que tratan de legitimar el uso de la fuerza y garantizan la aplicabilidad del derecho en las operaciones pero para nuestro caso son los siguientes documentos los que enmarcan la normatividad vigente:

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• Política Integral de DDHH y DIH12 documento emitido por el Ministerio de Defensa Nacional en el año 2008 es el texto marco que describe los lineamientos, sienta los objetivos y establece los programas que en materia de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario deben conocer y desarrollar las Fuerzas Militares y, donde sea pertinente, la Policía Nacional. Es la hoja de ruta que enmarca el comportamiento de la Fuerza Pública en el desarrollo de las operaciones. • Ministerio de Defensa Nacional, Correo de la ODA “Liderazgo y responsabilidad del Comandante”.13 Se crea la Oficina de Doctrina y Asesoría Jurídica (ODA) del Ministerio de Defensa Nacional la cual en junio del año 2009 presentaron un informe sobre los avances de las 15 medidas adoptadas en noviembre del 2008 para prevenir e investigar casos de homicidios en persona protegida, atribuidos a miembros de la Fuerza Pública. Entre las más destacadas están: Se han realizado visitas de la Inspección General del Comando General de las Fuerzas Militares a las Escuelas de Formación y Centros de Instrucción y Entrenamiento para revisar la instrucción, y formular recomendaciones para la transversalización de los DD.HH y el D.I.H a todo el entrenamiento. Se está revisando la implementación del Modelo Único Pedagógico (modelo de instrucción en Derecho Humanos diferenciado según los niveles del mando), con la orientación de la Pontificia Universidad Javeriana. La Jefatura de Educación y Doctrina Conjunta ha adelantado un proceso de evaluación de los docentes e instructores en Derechos Humanos.

                                                                                                                        12

COLOMBIA. FF.MM. Política Integral de DD.HH y D.I.H. [En línea] Disponible en: http://colombiaemb.org/docs/HR%20Government%20Policy/Politica%20Integral% [Citado el 10 de Agosto de 2010] 13 Colombia. FF.MM Liderazgo y responsabilidad del comandante. [En línea] Disponible en: http://www.ejercito.mil.co/?idcategoria=226202 [Citado el 10 de Agosto de 2010]

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Se creó la Escuela de Derechos Humanos del Ejército Nacional con el fin de revisar de manera directa la homologación de la instrucción en derechos humanos en todos los centros de instrucción y escuelas de formación. Se creó la Jefatura de DD.HH en Ejército para garantizar la Política Integral de DD.HH y D.I.H del Ministerio de Defensa Nacional. El Ministerio de Defensa y el Comando General de las Fuerzas Militares están próximos a expedir el primer Manual Conjunto de Derecho Operacional, que permite organizar todas las normas nacionales e internacionales que son aplicables a la conducción de operaciones militares. La Inspección General de las Fuerzas Militares, realiza control, seguimiento y evaluación permanente al sistema de recepción de quejas. • Acuerdo suscrito entre la Fiscalía General de la Nación y el Ministerio de Defensa Nacional el 14 de junio de 2006.14 El Ministerio de Defensa Nacional y la Fiscalía General de la Nación, se unen para dictar directrices frente a operaciones de las Fuerzas Militares en las que se producen hechos que revisten las características del homicidio, circunstancia que amerita la inspección técnico científica de los lugares donde hayan ocurrido los hechos.

                                                                                                                        14

COLOMBIA. [En línea] Disponible en: http://alpha.mindefensa.gov.co/DH/Boletin2/noticiappal.htm [Citado el 10 de Agosto de 2010]

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5. MARCO LEGAL El marco legal de la cartilla no será otro que el mismo expresado en el Manual de Derecho Operacional del cual retomamos su introducción que al texto dice: “Hay un amplio espectro de principios y normas que regulan el uso de la fuerza, desde el marco básico que es la Constitución Política con los correspondientes tratados y convenios sobre DDHH y DIH ratificados por Colombia hasta el nivel táctico de las reglas de enfrentamiento, pasando por todo el entramado de leyes que constituye el sistema legal colombiano. De ahí la necesidad de desarrollar un verdadero derecho operacional, que no es otra cosa que la aplicación ordenada de todas estas normas al planeamiento, la 15 ejecución y la evaluación de las operaciones de la Fuerza Pública ”.

Para determinar ese verdadero derecho operacional es básico la legitimidad con la que cuenta la fuerza y el apego a la Constitución y a la ley es el fundamento de la acción de la Fuerza Pública. Asimismo, los Derechos Humanos a su vez garantizan la constitucionalidad, desde su artículo primero: ” Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general”16. Antes que obligaciones creadas por la suscripción de tratados internacionales, los Derechos Humanos son la base del ordenamiento constitucional que el pueblo colombiano de manera soberana ha elegido para sí. Por eso todo soldado, en tanto que representante de la autoridad y que ciudadano, tiene en la protección y el respeto de los Derechos Humanos su primera obligación. Esas dos obligaciones (la protección y el respeto) son la esencia del mandato constitucional en Derechos Humanos para la Fuerza Pública. La primera se desprende directamente del artículo segundo de la Constitución: “Las autoridades de la República                                                                                                                         15  

16

http://www.derechoshumanos.gov.co/documentos/POLITICA_DDHH_Y_DIH(MINDEFENSA).pdf.

http://web.presidencia.gov.co/constitucion/index.pdf.

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están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares”17. Precisamente para cumplir con ese “deber de proteger”, se desarrolló el manual de Derecho operacional convencidos que su aplicación correcta será la base de la protección de los derechos y libertades. Buscando que exista esa comunión entre fuerza y estado el marco legal de nuestra Constitución en el artículo 222 dice: “La ley determinará los sistemas de promoción profesional, cultural y social de los miembros de la Fuerza Pública. En las etapas de su formación, se les impartirá la enseñanza de los fundamentos de la democracia y de los derechos humanos, esta orden constitucional será un referente de la aplicabilidad de las normas jurídicas y por 18 ende garantizara una mayor legitimidad en nuestras operaciones” .

Dicha garantía solo es aplicable gracias al desarrollo del Derecho Operacional que le dará una orientación más precisa a los miembros de la Fuerza Pública: al integrar los tratados, los convenios y la jurisprudencia internacional con la normativa nacional, dando mayor claridad a la base legal del uso de la fuerza en Colombia. A continuación se definen una serie de leyes nacionales de aplicabilidad en la ejecución del manual de derecho operacional: Ley 387 de 199719 por la cual se adoptan medidas para la prevención del desplazamiento forzado; la atención, protección, consolidación y estabilización socioeconómica de los desplazados internos por la violencia en la República de Colombia.                                                                                                                         http://web.presidencia.gov.co/constitucion/index.pdf. http://web.presidencia.gov.co/constitucion/index.pdf.. 19 http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley/1997/ley_0387_1997.html 17 18

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La Ley 418 de 199720 por la cual se consagran unos instrumentos para la búsqueda de la convivencia, la eficacia de la justicia y se dictan otras disposiciones, prorrogada y modificada por las leyes 548 de 1999, 782 de 2002 y 1106 de 2006. Ley 522 de 199921 por la cual se expide el Código Penal Militar. Ley 599 de 200022 por la cual se expide el Código Penal. Ley 600 de 200023 por la cual se expide el Código de Procedimiento Penal. Ley 678 de 200124 por la cual se reglamenta la determinación de responsabilidad patrimonial de los agentes del Estado a través del ejercicio de la acción de repetición o de llamamiento en garantía con fines de repetición. Ley 734 de 200225 por la cual se expide el Código Disciplinario Único. Ley 782 de 200226 por cual se prorroga la vigencia de la Ley 418 de 1997, prorrogada y modificada por la Ley 548 de 1999 y se modifican algunas de sus disposiciones. Ley 836 de 200327 por la cual se expide el reglamento del Régimen Disciplinario para las Fuerzas Militares.

                                                                                                                        20 21 22 23 24 25 26 27

www.secretariasenado.gov.co/.../ley/1997/ley_0418_1997.htm www.secretariasenado.gov.co/.../ley/1999/ley_0522_1999.htm www.secretariasenado.gov.co/.../ley/2000/ley_0599_2000.html www.secretariasenado.gov.co/.../ley/2000/ley_0600_2000.html www.secretariasenado.gov.co/.../ley/2001/ley_0678_2001.html www.secretariasenado.gov.co/.../ley/2002/ley_0734_2002.html www.secretariasenado.gov.co/.../ley/2002/ley_0782_2002.html www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley/2003/ley_0836_2003.html

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Para finalizar, el documento hace una referencia especial a las reglas de encuentro definidas como normas esenciales de comportamiento de las tropas en el área operacional. Con ellas se cumple cabalmente con la responsabilidad Institucional de preservar la integridad de la Fuerza y se propende por la protección y seguridad de la población civil en las áreas de combate. Según Andrés Villamizar28

el criterio

fundamental de evaluación de estas reglas será el acatamiento de las mismas, estipuladas en los tratados y decretos internacionales sobre el uso legítimo de la fuerza, situación que de cumplirse a cabalidad como está estipulado certificaría la legalidad de los procedimientos en los miembros de la Fuerza Pública y darían un buen nombre a las Fuerzas Militares de Colombia convirtiéndola en digno ejemplo a seguir por otras naciones. En conclusión, queda claro para cualquier miembro de las Fuerzas Militares que seguir las reglas emitidas en la herramienta metodológica le sirve para blindarse frente a cualquier acusación de supuesto abuso de autoridad o mal uso de la fuerza. Si el soldado sigue fielmente las reglas de encuentro con el ciudadano, difícilmente el resultado de la investigación podría señalarlo como responsable de cometer una arbitrariedad, pues se trataría de un error no premeditado.

                                                                                                                        28

ANDRES VILLAMIZAR, Errores militares y reglas de encuentro, Fundación Seguridad y Democracia. Bogotá, octubre 4 de 2004

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6. MATERIAL Y MÉTODOS En la herramienta diseñada de forma didactica se incluye un glosario de términos y conceptos necesarios para el cumplimiento de la normatividad vigente, para comprender y entender con facilidad las órdenes e instrucciones impartidas en el Manual de derecho operacional de estricto cumplimiento de todos los miembros de las FFMM en desarrollo de las Operaciones militares en cumplimento de la misión constitucional. A continuación se presentan los pasos metodológicos necesarios para estructurar la cartilla y los productos finales:



Recopilación de normas y documentación existente: Se efectuaron visitas a las diferentes Jefaturas y dependencias de Derechos Humanos y sus equivalentes en las Fuerzas. Asimismo, se tomó la política integral de DD.HH y el Manual de Derecho Operacional como insumos básicos en la recopilación de información.



Análisis de la información y creación de la necesidad: Una vez recopilada la información existente y efectuado el análisis de estos documentos por el grupo de trabajo se estructuró la necesidad de unas herramientas, para facilitar a los integrantes de las Fuerzas Militares, el conocimiento y aplicación del Manual de Derecho Operacional para la creación de una cultura institucional.



Definición de las herramientas practicas a emplear: Con la modernización del estado y por ende de las FFMM dentro de la políticas claras del gobierno nacional en la aplicación de las TIC se determinó, que los medios de aprendizaje serían ayudas que permitan la utilización de medio disponibles que permitan el fácil acceso al conocimiento de conceptos y normatividad contenida en el manual de derecho operacional, además, de una ayuda permanente para llevar en el bolsillo como medio de consulta, facilitando la labor de las tropas en las operaciones.

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Revisión y análisis de los conceptos necesarios para el conocimiento de los comandante a todo nivel: Están incluidos dentro de la ayuda glosario de términos y conceptos necesarios para el cumplimiento de la misión según lo contemplado en el Manual de derecho operacional.



Formatos y documentos jurídicos a incluir en la cartilla necesaria para las operaciones militares: Se contemplan formatos como producto así; ABC Derechos Humanos, actuación Primer respondiente, acta inspección lugar y escena, acta de capturado, acta del buen trato, acta dejando a disposición, Derechos del capturado.



Estructuración y diseño de la herramienta: Se contempló en dos partes, la primera en unas ayudas básicas para crear una cultura institucional y la segunda como herramienta de consulta sencilla y permanente un cuadernillo que contiene, glosario de términos y conceptos, documentación básica e información necesaria para la aplicación del Manual de Derecho Operacional.



La ayuda metodológica busca dar una explicación clara al personal de mando subalterno de todo el trabajo jurídico-operacional y de Derechos Humanos de los últimos años, con un doble propósito. Por un lado, ofrecer las herramientas jurídicas necesarias para ayudar a los miembros de nuestras Fuerzas Militares a asegurar la juridicidad de las operaciones; y por el otro, facilitar el acceso a un compendio que presenta de manera ordenada las normas nacionales e internacionales y la doctrina operacional aplicables a la conducción de operaciones militares.



La ayuda metodológica está dividida en ocho componentes, de la siguiente manera: El primero, expone los fundamentos constitucionales que justifican el uso de la fuerza por parte de las FF.MM dentro del territorio nacional.

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El segundo y el tercero exponen las normas de D.I.H y DD.HH que impactan la conducción de operaciones militares, identificando los mecanismos mediante los cuales estas normas deben ser aplicadas al planeamiento operacional. El cuarto describe la relación entre las normas de DD.HH y el D.I.H, delimita su aplicación en un Estado social de derecho como Colombia, en el entendido de que las normas de DDHH no se suspenden por la aplicación del DIH, y provee herramientas para direccionar la aplicación de ese marco jurídico en las operaciones. El quinto clasifica las operaciones de las FFMM en dos tipos, describe los contenidos mínimos de las órdenes de operaciones y determina las reglas de encuentro que corresponden al marco jurídico desarrollado en los capítulos anteriores. El sexto describe las obligaciones de los miembros de las FFMM como autoridad primer respondiente y los deberes de coordinación con las autoridades judiciales. El séptimo, explica la figura del asesor jurídico operacional delimitando su perfil, sus funciones y su responsabilidad en el asesoramiento de la conducción de operaciones militares. El octavo enuncia las fuentes de responsabilidad nacional e internacional del Estado, e individual de los miembros de las FFMM, en relación con el uso de la fuerza.

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7. CONCLUSIONES a. Se elaboró una herramienta para los lideres compuesta por conceptos básicos que facilitarán la comprensión de los conceptos y terminología, buscando fomentar una cultura institucional en la aplicación del Manual de Derecho Operacional. b. El lenguaje utilizado en las herramientas garantizan una mejor comprensión y facilita el manejo del Manual de Derecho Operacional. c. La herramienta sintetiza los principios y normas que regula el uso de la fuerza, convirtiéndolo en una fortaleza para todos los miembros de las Fuerzas Militares. d. Parte fundamental de esta herramienta metodológica es hacer que los miembros de las FF.MM en los grados subalternos interiorizaran el respeto y la valoración por los Derechos Humanos, la protección de las libertades y el fomento de la vida, promoviendo estos principios en su práctica profesional, a través del uso de los mecanismos de control, atención y prevención. e. Todas las acciones de la Fuerzas Militares de Colombia, desde la orden más elemental, hasta el uso de la fuerza en situaciones excepcionales, estarán ordenadas a favorecer el ejercicio de los Derechos Humanos y el disfrute de los beneficios que se derivan de estos. f. El objetivo de esta herramienta es dar cuenta de las experiencia que generaron la adaptación de un manual de Derecho Operacional para la fuerza, teniendo como punto de reflexión la idea de uso legítimo de la fuerza en el marco del Estado Social de Derecho, observando detalladamente hasta donde van nuestros límites y alcances en el desarrollo de operaciones, garantizando la práctica de los procesos dentro de la legitimidad debida.

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g. Mientras garanticemos un efectivo control del uso de la fuerza dentro del marco del D.I.H, se garantizarán resultados operacionales legítimos y de mayor resonancia ante el colectivo nacional. Pero si por el contrario cometemos fallas en la ejecución de la normatividad se pondrá en riesgo la confianza y el apoyo de la población, razón de ser de la misión institucional. h. En los últimos años, las Fuerzas Militares de Colombia han designado la legitimidad como su centro de gravedad estratégico de ahí que los pilares de su doctrina están cimentados en normas claras y entendibles que garanticen la precisión en el empleo de la fuerza, esta herramienta metodológica busca reglar los conocimientos especialmente en los mandos subalternos haciéndoles reconocer que más que en la derrota del enemigo, el éxito operacional está del lado de quien obtenga el apoyo de la población. 7.1. RECOMENDACIONES



Por intermedio de las Escuelas de Formación, Batallones de Instrucción y entrenamiento, debe garantizarse la difusión de esta cartilla como una política del Comando General de las Fuerzas Militares para alcanzar su difusión a todos los niveles del mando.



Los criterios de acción del uso legítimo de la fuerza, no deben ser vistos como una talanquera o impedimento para la adecuada ejecución de las operaciones militares. Por el contrario, deben servir como una guía y una ayuda para todos los miembros de las Fuerzas Militares a favor de los mismos encargados de velar por la vida, honra y bienes de los ciudadanos y de las instituciones democráticas, evidenciando transparencia en todos y cada una de las actuaciones de los miembros de las institución castrense, por la tanto es fundamental el lanzamiento

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permanente de campañas orientada al blanco audiencia propias tropas donde se enseñe los preceptos descritos en la ayuda metodológica.



Garantizar a todo nivel la difusión de esta herramienta que busca dar cumplimiento

a

las

políticas

institucionales

sobre

derechos

humanos

especialmente a las palabras referidas por mi General Padilla…. “En todo caso, cuando la situación lo permita, siempre será preferible una desmovilización o una captura a una muerte en combate”

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BIBLIOGRAFÍA LIBROS MANUAL DE DERECHO OPERACIONAL, FFMM 3-41 público. Primera edición. Año 2009 UPRIMNY YÉPEZ, Inés Margarita. ‘’Límites de la fuerza pública en la persecución del delito’’. Defensoría del pueblo. Bogotá 2003. VILLAMIZAR, Andrés. ‘’Errores militares y reglas de encuentro’’. Fundación Seguridad y Democracia. Bogotá, octubre 4 de 2004 INTERNET ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS. Normativa y Práctica de los Derechos Humanos. 17 de diciembre de 1979. ttp://www.nacionesunidas.org.co/index.shtml[FILTRA__]=Colecciones#4 Constitución Política Nacional de Colombia año 1991. ttp://web.presidencia.gov.co/constitucion/index.pdf Ministerio de Defensa Nacional, Política Integral de DDHH y DIH. Bogotá, 2008. http://www.derechoshumanos.gov.co/documentos/POLITICA_DDHH_Y_DIH(MIN DEFENSA).pdf Ministerio de Defensa Nacional, Correo de la ODA “Liderazgo y responsabilidad del Comandante”. Bogotá, noviembre de 2008. http://www.ejercito.mil.co/?idcategoria=226202

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SECRETARIA DEL SENADO, Republica de Colombia “Leyes y decretos”. Bogotá, noviembre de 2008. http://www.secretariasenado.gov.co/

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ANEXOS Anexo a. Video pedagógico divulgando el contenido de la cartilla.  

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