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/
MINGETUR/SG/OGA
Lima,28 de
Abnil de
2017
V¡sto, y el lnforme No 117-2017-MINCETUR/SG/OGAJOAF-SDC, de la Sub Dirección de Contabil¡dad, en el cual se ha determinado el Balance Económico a¡ 31 de marzo de los Encargos Entregados a las Of¡c¡nas Comerciales del Perú en el Exterior-OCEX en el Ejercicio 2016.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resoluc¡ón Min¡sterial N'390-201s-MINCETUR se aprobó el Presupuesto lnstitucional de Apertura del Min¡sterio de Comercio Exterior y Turismo correspondiente al Año Fiscal 2016, en el cual se previó el presupuesto pera las OCEX en el exterior para la atenc¡ón de gastos operativos y variables; Que, mediante Resolución Ministerial N'450-2016-MINCETUR, se aprueba
la
Direct¡va N" 007-2016-MINCETUR para la Programación de Fondos Públicos otorgados Bajo la Modal¡dad de Encargos a las Oficinas Comerciales del Perú en el Exterior - OCEX;
Oue, med¡ante Resoluc¡ones Directorales se han aprobado, en el ejerc¡cio 2016 Encargos Füos, Adicionales, y Extraord¡nar¡os a la OCEX Repúbl¡ca de Ch¡le Sede SANTIAGO DE CHILE las cuales se detallan en el Anexo 27 del lnforme No 117-2017MINCETUR/SG/OGAJOAF-SDCi
Oue, mediante el lnforme del visto se ha determinado el Balance Económico de los Encargos a favor de la OCEX SANTIAGO DE CHILE, en el marco d¡spuesto en el artículo 29' del Titulo lV de la D¡rect¡va en mención, que literalmente dice. "Al 31 de marzo del año
posterior
al
ejercicio presupuestal vencido,
la
OGA med¡ante resoluc¡ón
d¡rectoral,
determinara y aprobara el balance econórn¡co de los encargos en sus d¡ferentes modal¡dades que conesponda a cada OCEX De existir al cierre del periodo presupuesta/ sa/dos poslfiyos, estos deberán ser devueltos al MINCETUR en un plazo máx¡mo de s¡ete (07) días calendarios de not¡f¡cada la resolución";
(..4
Que, Sub Dirección de Contabilidad ha concil¡ado la información del Balance Económico con le Sub Direcc¡ón de Tesorería y la Of¡cina de Control Previo en la parte que le compete de acuerdo la norma 3.5. Verificaciones y conciliaciones aprobadas mediante Resolución de Contralorfa General N" 320-2006-CG aprueba "Normas de Control lnterno,,; De conformidad con Ia Ley N'30372'Ley de presupuesto del Sector público para el año 2016, Ley N" 27790 "Ley de Organizac¡ones y Funciones del Ministerio de Comercio Exter¡or y Tur¡smo", aprobado por Decreto Supremo N. 00S-2002-MINCETUR y sus modificatorias y la Direct¡va para la "Administración de Fondos públicos otorgados Ba.io la Modalidad de Encargos a las Oficinas Comerciales del perú en el Exterior - OCEX", aprobada mediante Resolución Ministerial No 4S0-2016-MINCETUR, y
1)
Con las v¡sac¡ones de la Oficina de Administración Financiera y la oficina de Control Previo. SE RESUELVE:
ARTICULO lo.- Aprobar el Balance Económ¡co de los Encargos en sus diferentes modalidades otorgados e la OCEX República de Chile con Sede SANTIAGO DE CHILE según el Anexo que forma parte ¡ntegral de Ia presente Resolución, el cual se resume en el siguiente detalle: BAIANCE ECONOMTCO - EERCTCTO 2016
AL 31103t2017 SANNAGO
DE CHI1E
ARTICULO 2o.- El Saldo determ¡nado al 31 Marzo del2017 por devolver asc¡ende a
la suma de US$ 2 407,80 (Dos mil cuatrocientos siete y 80/100 Dólares Americanos) equivalente a S/. 7 948,98 (Siete mil novecientos cuerenta y ocho 98/100 Soles), segÚn registros contables en el Sistema lntegrado de AdministraciÓn Financiera - SIAF-SP, el mismo que será not¡f¡cado por la Ofic¡na de Administracion Financiera a la OCEX SANTIAGO DE CHILE para su devolución.
ARTICULO 3'.- Una vez que la OCEX SANTIAGO DE CHILE cumpla con devolver el importe notificado, se darán por liquidado los Encergos. ARTICULO 4'.- Disponer que la Of¡c¡na de AdministraciÓn Financiera a través de la Sub Dirección de Tesorería verifique la devoluc¡ón del saldo revelado en el artfculo 1' ¡nformando a este despacho el cumplimento de esta devolución.
Regfstrese y comuníquese,
Exp 'l045832
ANEXO
N'27
BATANCE ECONOMICO
2016
-
OCEX SANTIAGO DE CHILE
MONEDA EXTRANJERA
0000000371 0000006369 0000000399 0000003386 0000006321 00000086s2 0000010189
3.49969728 3.3 3.49969728 3.3 3.3 3.39
145,234.58
145,234.58
144,681 .43
547.r5
152,345.53
1s2,345.s3 27,446.95
149,982.11 27,156.18
2,362.42 290.77
38,338.00
37,021.53 62,30s.30
1,316.41 640.70
23,501.51 4,950.00
35.94
,446.95 38,338.00 62,655.23 ?7
22,220.98
3.43
3,771.19
452,072,46
)90
t/
1.316.47 1,178.81
62,946.00 23,537.45 4,950.00
449,ñ4.66
2,786.05
547.15
)90.]l 7,3t6.4]
290.11 1,376.41
631.66
631.66
1,914.86
L,416.72
r,816.12
1,191.37 1,077 .67 4,344.35
959.54 4,462.83
9s9.54
s8.07
4,462.43
II18 ¿3t
2,166.58
2,166.58
5,193.85
MONEDA NACIONAL
0000000371 3.43 0000006359
0000000399 3.3 0000003386 3.39 0000006321 3.3 00000086s2 0000010189
508,277.06 50?,140.25
50a,211.06
s02,140.2s
506,362.20 494,942.94
96,056.02 126,515.40
96,056.02 126,515.40
t22,tlL.05
206,7 62.26
201,127.AO
5,329.r3
79,797.96
12,935.18
16,978.49
7
95,038.41 205,607.49 79,670.12 16,978.49
70
2,774.37 121.84 0.00
1tj
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0.00 0.00