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Lima,

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2016

Visto, el Expediente N'956517-2016-MINCETUR, de fecha 21.03.2016, presentado por la empresa AMELIC INVERSIONES S.A.C. en el que sol¡c¡ta autorizac¡ón expresa para la explotac¡ón de juegos de máquinas "\\ \',,2\tragamonedas en la sala de juegos 'CASMA SLOT", ¡nstalada en el Restaurante C¡nco Tenedores Turíst¡co: \ í\|RESTAURANT CASMA GOURMET", ubicada en la Av. Luií Ormeño Manzana "J', Lote "6", D¡str¡to y Prov¡nc¡a de Departamenlo de Ancashi CONSIDERANDO:

Que, med¡ante Ley N' 27'153, y normas mod¡f¡catorias, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N' 009-2002-MINCETUR, se reguló la explotación de los juegos de cas¡no y máqu¡nas lragamonedas en el pa¡s, establec¡éndose en el artículo 24'del citado cuerpo legal que corresponde a la D¡recc¡ón General de Juegos de Cas¡no y Máquinas Tragamonedas las facultades adm¡nistrativas de autor¡zac¡ón, f¡scal¡zac¡ón, supervis¡ón, evaluac¡ón y sanc¡ón v¡ncu¡adas a las explotac¡ones antes referidas;

Que, de acuerdo con lo d¡spuesto en el artículo 13'de la Ley N'27153 y normas mod¡ficatorias, para la explotac¡ón de juegos de máqu¡nas tragamonedas se requiere de autorizac¡ón expresa em¡t¡da por la D¡rección de Juegos de Casino y Máqu¡nas Tragamonedas;

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que tos solicitántes deben cumpl¡r -rl*ineOiante Decreto Supremo N' OOg-ZObz-tr¡lruCefUR, establecen los requ¡s¡los \.v¿o-1r1'.Eiara acceder a la mencionada autorizac¡ón,

Que, med¡ante Exped¡ente N' 956517-2016-MINCETUR, de fecha 21.03.20j6, la empresa AüELIC INVERSIONES S.A.C. solicita autor¡zac¡ón expresa para la explotación de juegos de máqu¡nas tragamonedas en la sala de juegos "CASMA SLOT", instalada en el Restaurante C¡nco Tenedores Turístico: "RESTAURANT CASüA GOURMET", ubicada en la Av. Luis Ormeño l\4anzana'J", Lote "6', D¡strito y Prov¡ncia de Casma, Departamento de Ancash;

Que, el g¡ro principal a que se refiere el articulo 60 de la Ley No 27153 y normas mod¡f¡cadoras, el donde se encuentra ¡nstalada la sala de juegos de máqu¡nas tragamonedas de la sol¡citante "CASMA SLOT" ha s¡do cal¡f¡cado como Restaurante C¡nco Tenedores Turist¡co, según consta en el con Número de Reg¡stro: 001-2016, de fecha 26.02.2016, v¡gente hasta el25.02.2021, expedido por la Sub-Regional de Comerc¡o Exterior y Tur¡smo del Gobierno Reg¡onal de Ancash, as¡m¡smo, presenta cop¡a de la Licencia Mun¡c¡pal de Func¡onamiento N" 0016-20'16, de fecha 28.01.2016, por el g¡ro comerc¡al de Restaurante, por el inmueble ub¡cado en la Av. Lu¡s Ormeño Manzana "J", Lote "6", Distrilo y Provincia de Casma, Departamento de Ancash;

Que, de otro lado, de confomidad con lo d¡spuesto en el art¡culo 50 de la Ley No 27153 y normas mod¡f¡catorias los establecim¡ento destinados a la explotac¡ón de máqu¡nas tragamonedas no pueden encontrarse a menos de c¡enlo c¡ncuenta ('150) metros, med¡dos de puerta a puerta siguiendo el minimo tráns¡to peatonal posible de templos y/o centros de estud¡os donde se ¡mparte educación ¡nic¡al, primar¡a y secundar¡a; aprobada 38-2007-MINCETUR /MT/DGJCMT, de fecha 29.01.2007 'Normas complementar¡as al proced¡m¡ento de reordenam¡enlo y formal¡zac¡ón prev¡slo en la Ley No 28945'd¡spone: 'De acuerdo con lo establecido en et añícuto 5" de la Ley, entiéndase por centros de educac¡ón in¡cial, pñmaria o secundatia a aquellos centros de estud¡os que ¡mpaden educac¡ón bás¡ca regular de acuerdo con la Ley No 28044 "Ley Generalde Educac¡ón" que cuenten con et cat¡f¡cat¡vo expedido por el Min¡sterio de Educac¡ón y la licencia nunicipal de func¡onam¡ento coÍespond¡ente. (...)' ratificada con el artículo 2" de la Directiva N' 002-2008MTNCETURA/MÍ/DGJCMT, aprobada mediante Resolución D¡rectoral No 349-2008-MINCETURA/MT/DGJCMT, Que de conform¡dad con el articulo 15" de la D¡rect¡va N" 001-2007-MINCETURA/MT/DGJCMT,

med¡ante Resolución D¡rectoral

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D¡spos¡ciones Adic¡onales, relac¡onadas con la distancia mín¡ma;

Que, según consta en los Informes Técn¡cos Nros. 319-2016-MINCETUR^/MT/DGJCMT/DFCS-JMAQ y 365-2016-MINCETUR/VMT/DGJCMT/DFCS-CMAS de fechas 13.05.2016 y 03.06.2016, respect¡vamente, al amparo de lo establecido en la Direcliva No 001-2007-MINCETURA/MT/DGJCMT, aprobada mediante Resoluc¡ón D¡rectoral No 38-2007-MINCETURA/MT/DGJCMT, de fecha 29.01.2007, se ver¡f¡có que la sala de juegos cumple con lo establecido en el articulo 5'de la Ley N'27153 y normas modif¡cator¡as, toda vez que no se encuentra ubicada a menos de ciento cincuenta ('150) metros contados siguiendo el min¡mo tráns¡lo peatonal de n¡ngún centro de estud¡o de educac¡ón ¡n¡c¡al, pr¡maria y secundaria n¡templos y que asimismo cumple con los requ¡sitos técnicos ex¡gibles para la instalac¡ón y funcionamienlo de una sala de juegos de máqu¡nas tragamonedas, encontrándose las máqu¡nas tragamonedas autorizadas y registradas (homologadas) por la D¡recc¡ón General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas;

Que, la empresa cumple con adjuntar cop¡a del Certif¡cado de Inspección Técnica de Seguridad en Edif¡caciones de Detalle N" 0004-2016, de fedla 26.02.2016, con vigenc¡a Indeterm¡nada y copia del Informe de

lnspecc¡ón Técn¡ca de Seguridad en Edificaciones de Detalle - Expediente N" 02622-2016, exped¡dos por la Mun¡c¡palidad Provincial de Casma, en el que de acuerdo con lo establec¡do en el Decreto Supremo N'058-2014PCM y normas mod¡f¡cator¡as, se deja conslanc¡a que la sala de juegos de la solicitante cumple con las cond¡c¡ones seguridad exigibles a este t¡po de establecimientos para la explotac¡ón de hasla sesenla (60) máqu¡nas Que, de la evaluac¡ón de la solvenc¡a económ¡ca de la solicitante y de los socios y/o gerente generE¡l con inscritas, según consta en el Informe Económico - F¡nanciero N'098-2016 de Autor¡zación expresa de

18.05.20'16, la sol¡citante y las personas antes indicadas cumplen con los criterios de evaluac¡ón establecidos

en la Direct¡va N" 001-2007-MINCETURA/MT/DGJCMT, aprobada med¡ante Resolución D¡rectoral No 38-2007MINCETURA/MT/DGJCMT, de lecha 29.01.2007, debiéndose prec¡sar de conformidad con lo d¡spuesto en el aliculo 15'de la Ley N'27153 y normas modif¡catorias que dicha evaluac¡ón es permanente en tanto el titular de

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la autorización mantenga v¡gente la autorización concedida;

19'y s¡guientes de la Ley N'27153 y normas la sol¡c¡tante cumple con presentar la Póliza de Seguro de Garantia N'216300743, v¡gente desde el 6 hasta el 01.06.2017, otorgada por la empresa Insur S.A. Compañia de Seguros a favor del M¡n¡sterio de Exterior y Turismo MINCETUR por la suma de S/. 237,000.00 (Doscientos Tre¡nta y S¡ete Mil con 00 Soles) en respaldo de las obligaciones asumidas con el Estado y terceros der¡vadas de la aplicac¡ón del menc¡onado cuerpo legal, la misma que ha sido rem¡tida al área de adm¡n¡stración del MINCETUR para su cuslod¡a y f¡nes correspond¡entes; Que, en observancia de lo establec¡do en los artículos

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Que, mediante Exped¡ente N' 956517-20IGMINCETUR, de fecha 21 .03.2016, la empresa AMELIC INVERSIONES S.A.C. cumpl¡ó con presentar el Plan de Prevenc¡ón de la Ludopatia, al que hace referenc¡a el l¡teral t) del numeral 14.'l del art¡culo 14 de la Ley N'27153, "Ley que regula la explotación de los juegos de cas¡no y máqu¡nas tragamonedas" modificado med¡ante el articulo 6'de la Ley N'29907, "Ley para la Prevención de la Ludopatía en las salas de cas¡no y máquinas tragamonedas", y el artículo 'l 'l' del Reglamento mediante Decreto Supremo N' 007-201 3-MINCETUR;

y 365-2016/DGJCMT/DFCS-CMAS de fechas 13.05.2016 y 03.06.2016, respect¡vamente, se ha verif¡cado la sala de juegos ha cumpl¡do con lo dispuesto en el Decreto Supremo N' 015-201o-MINCETUR, que aprobó de "Normas Técn¡cas Complementarias parc la ¡mplementac¡ón del s¡stema unif¡cado de control en real SUCTR a que se ref¡ere la Primera Disposición Final de la Ley N' 27796 y la Resoluc¡ón de Super¡ntendencia N" 1 45-2003-SUNAT; Que, en los Informes Técn¡cos Nros.319-2016-MINCETURA/MT/DGJCMT/DFCS-JMAQ

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Que, as¡m¡smo, de acuerdo con lo d¡spuesto en el numeral 6 del Anexo ll del Cuadro de Infracciones y Sanciones, del Decreto Supremo N' 015-20'10-MINCETUR, se sanc¡onará al t¡tular de una sala tragamonedas con una multa de c¡nco (05) UIT por cada máqu¡na tragamonedas que no se encuenlre ¡nterconectada con un Modelo SUCTR;

Que, de acuerdo con lo d¡spuesto en el articulo 17" de la Ley N'27153 y normas modif¡catorias, el plazo de vigenc¡a de las autorizac¡ones expresas conced¡das por la Direcc¡ón General de Juegos de Cas¡no y Máquinas Tragamonedas es de cinco (05) años, pudiendo ser renovada por plazos suces¡vos y ad¡cionales de cuatro (4) años:

Que, en aplicac¡ón de los Pr¡ncip¡os de Presunción de Veracidad y de Priv¡legio de Controles Posteriores regulados en los numerales '1.7 y 'l .16 del articulo lV de la Ley No 27444 "Ley del Proced¡miento Administrat¡vo

adm¡n¡strativos de la autorizac¡ón conced¡da, no afectan de forma alguna los derechos reconoc¡dos en la Ley anles ¡nd¡cada;

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De conformidad con las Leyes Nos. 27153, 27796, 28945 y 27444 "Ley del Proced¡m¡ento Adm¡n¡strat¡vo Generat" y el Deo.eto Supremo N' 009-2002-MINCETUR, estando a lo op¡nado en el Informe Económico 098-2016 Autorizac¡ón Expresa, Informes Técnicos Nros. 319-2016iMINCETURA/MT/DGJCMT/DFCS-JMAQ y 365-2016-MINCETUR/VMT/DGJCMT/DFCS-CMAS; y Legal N' 255-

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I Añiculo l'.- Autorizar a la empresa AMELIC INVERSIONES S.A.C., la explotación de máquinas tragahonedas en la sala de juegos 'CASMA SLOT", ¡nstalada en el Reslauranle C¡nco Tenedores Turíst¡co: 'RESTAURANT CASMA GOURMET", ubicada en la Av. Lu¡s Ormeño Manzana "J", Lote '6', Distrito y Prov¡nc¡a de Casma, Departamento de Ancash; por un plazo de c¡nco (05) años, en observanc¡a de lo normado en el artículo

17' de la Ley N' 27153 y nomas mod¡ficatorias.

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