texto único de procedimientos administrativos (tupa

(3) Excepcionalmente, cuando sea materialmente imposible cumplir con el plazo para resolver, por única vez la entidad comunicará al solicitante la fecha en ...
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TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) - DESPACHO PRESIDENCIAL DERECHO DE TRAMITACIÓN

REQUISITOS N° DE ORDEN

1

CALIFICACIÓN

DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO

EVALUACIÓN PREVIA NÚMERO Y DENOMINACIÓN

1. Solicitud dirigida al(a la) Director (a) de la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria que contenga la siguiente información: a) Nombres y apellidos completos, número del documento de BASE LEGAL: identificación que corresponda y domicilio. Tratándose de menores de edad, no será necesario consignar - Decreto Supremo N° 043-2003-PCM, el número del documento de identidad. Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, artículos 7, 10, 11, 12 y 13, b) De ser el caso, indicar número de teléfono y/o correo publicado el 24/04/2003. electrónico. c) En caso la solicitud sea presentada en el área de trámite - Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, documentario, la solicitud debe contener firma del solicitante o Reglamento de la Ley de huella digital, de no saber firmar o estar impedido de hacerlo. Transparencia y Acceso a la Información Pública, artículos 10, 11, d) Expresión concreta y precisa del pedido de información, así 12, 13, 14 y 15, publicado el como cualquier otro dato que propicie la localización o facilite la 07/08/2003; modificado por Decreto búsqueda de la información solicitada. Supremo N° 070-2013-PCM, publicado el 14/06/2013. e) En caso el solicitante conozca la dependencia que posea la información, deberá indicarlo en la solicitud. - Decreto Legislativo N° 1353, que crea la Autoridad Nacional de Transparencia f) Forma o modalidad en la que prefiere el solicitante que la y Acceso a la Información Pública, Entidad le entregue la información (Copia simple o certificada, fortalece el Régimen de protección de CD, correo electrónico u otro medio). datos personales y la regulación de la Acceso a la Información Pública

FORMULARIO / CÓDIGO / UBICACIÓN

Formato-01-OACGD

(en % UIT)

( en S/.)

(2)

AUTOMÁTICO

POSITIVO

PLAZO PARA RESOLVER (en días hábiles)

INICIO DEL PROCEDIMIENTO

AUTORIDAD COMPETENTE PARA RESOLVER

NEGATIVO

X

Siete (07)

(3)

Director de la Correo Oficina de Atención electrónico: al Ciudadano y accesoinf@presiden Gestión cia.gob.pe Documentaria o

Jr. de la Unión N° 264 - Edificio Palacio - Plaza Perú - Cercado de Lima

Tribunal de Transparencia y Acceso a la Información Pública

Plazo para presentar recurso:

Plazo para resolver recurso: Diez (10) días hábiles

0.064 0.064 0.064

d) Impresión certificada de información administrativa contenida en la base de datos (por cara).

0.064

e) Reproducción de CD o cintas de audio o de video, proporcionados por el usuario y entrega de información por correo electrónico.

Gratuito

Nota:

(3)

APELACIÓN

Quince (15) días

2. Indicar el día de pago y el número de constancia de pago de la tasa correspondiente por el costo de reproducción de acuerdo a la liquidación que se ponga a su consideración(1), teniendo en cuenta lo siguiente: - Decreto Supremo Nº 019-2017-JUS, Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1353, que crea la Autoridad Nacional a) Copias simples de documentos administrativos (por cara). de Transparencia y Acceso a la Informacion Pública, fortalece al b) Copias certificadas de documentos administrativos (por cara). Régimen de protección de datos c) Impresión Simple de información administrativa contenida en la personales y la regulación de la gestión base de datos (por cara). de intereses, publicado el 15/09/2017.

(2)

RECONSIDERACIÓN

Mesa de Partes del Despacho Presidencial ubicada en:

gestión de Intereses, publicado el 07/01/2017.

(1)

INSTANCIA DE RESOLUCIÓN DE RECURSOS

El pago por la reproducción debe efectuarse en efectivo, en Tesorería de la Oficina de Contabilidad y Finanzas del Despacho Presidencial. El formulario de Acceso a la Información Pública será proporcionado en la mesa de partes del Despacho Presidencial o descargarse por la página: https://www.presidencia.gob.pe/docx/formato_soliciitud_acceso_informacion.doc Excepcionalmente, cuando sea materialmente imposible cumplir con el plazo para resolver, por única vez la entidad comunicará al solicitante la fecha en que se proporcionará la información solicitada debidamente fundamentada en un plazo de dos (2) días hábiles de recibido el pedido de información

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