MANUAL DE APLICACIÓN DE SUBSIDIO
Subsidio de Apoyo para el Arriendo D.S. N° 52 de 2013 Marzo 2014
www.minvu.cl
PROGRAMA DE
SUBSIDIO DE ARRIENDO DE VIVIENDA
El siguiente documento tiene como objeto explicar en términos más simples lo estipulado por el Decreto Supremo 52, del 2013, Resolución Exenta N°8834 de 2013, Resolución Exenta N°9322 del 18 de diciembre del 2013(Llamado) y sus modificaciones. Dado que la finalidad es únicamente explicar las condiciones y funcionamiento del programa, el contenido de este documento no reemplaza, en ningún caso, lo establecido por dichos documentos legales.
¿QUÉ APORTES ENTREGA EL SUBSIDIO? El subsidio corresponde a un aporte mensual de un máximo de 3 U.F., por un tiempo de 60 meses, para ser utilizado en el pago de arriendo. De esta manera, la familia beneficiada debe pagar solamente una parte del valor de su arriendo cada mes. Este beneficio permite el cambio de vivienda a cualquier región del país, y permite postular en un futuro a un programa para la adquisición de una vivienda.
¿CÓMO OPERA EL SUBSIDIO? La familia beneficiada deberá buscar una vivienda que cumpla con las características exigidas, dentro de los 12 meses siguientes contados desde la fecha de publicación de la nómina de selección. Luego, el titular del beneficio (el beneficiario), debe firmar ante notario un contrato de arrendamiento con el dueño de la vivienda (el arrendador), y luego, validarlo en el SERVIU.
¿CÓMO APLICAR EL BENEFICIO?
*
Presencialmente en Caja Vecina o en ServiEstado y por internet en www.bancoestado.cl (disponible solo para quienes tienen cuenta en BancoEstado).
Cuando comience el arriendo, el beneficiario deberá pagar mensualmente una parte de monto del contrato, a través del convenio de BancoEstado y el MINVU se encarga de pagar el subsidio directamente al dueño. Para la aplicación del subsidio se deben cumplir 4 condiciones: Encontrar una vivienda para arrendar que cumpla con los requisitos de este programa. El dueño de la vivienda debe cumplir con los requisitos para arrendar. Debes firmar ante notario un contrato de arriendo junto al dueño de la vivienda y luego entregar una copia en el SERVIU para que se ingrese al sistema y se valide. El formato de este contrato será entregado por el SERVIU. Debes pagar tu cuota solamente a través de los medios habilitados por este programa* y en los plazos establecidos. www.minvu.cl 2
MANUAL DEL CONTRATO DE ARRIENDO
PASO 1: CONTAR CON BENEFICIO
Para poder ser parte del programa, debes tener asignado el subsidio, y este beneficio debe encontrarse vigente (de acuerdo a las condiciones de extinción detalladas en el D.S. 52, (V. y U.), de 2013).
PASO 2: BÚSQUEDA DE VIVIENDA A ARRENDAR
Deben buscar una vivienda para arrendar. Tanto la vivienda como quien la arrienda (arrendador) deben cumplir con los requisitos definidos en el programa. Requisitos de la vivienda: Tener Rol del SII, cuyo destino principal sea habitacional. Esto se verificará directamente con Servicio de Impuestos al momento de ingresar los antecedentes del contrato en la plataforma informática. Tener recepción municipal. Es probable que SERVIU te solicite presentar la recepción municipal, o la escritura pública por la cual el arrendador adquirió el inmueble siempre que en ésta conste su recepción municipal para verificar esta condición. Tener al menos 3 recintos, esto es, zona estar-comedor-cocina, baño y dormitorio. La vivienda podrá tener un máximo de 3 personas por dormitorio, considerando el núcleo que declaraste durante la postulación. En el caso de que durante la postulación estuvieses como allegado en una vivienda, no podrás utilizar el subsidio para arrendarla. No estar ubicada en áreas geográficas o conjuntos habitacionales donde se encuentre suspendida transitoria o indefinidamente la aplicación de subsidio. Esto se verificará por el SERVIU, al momento de recibir la copia firmada del contrato. No debe estar afecta a prohibición de arrendar constituida a favor del SERVIU ni embargada. Para acreditar este requisito el beneficiario deberá presentar en el SERVIU, al momento de entregar la copia firmada del contrato, el certificado de hipotecas, gravámenes, prohibiciones e interdicciones, correspondiente, de una antigüedad no mayor a 6 meses. Requisitos del arrendador: El arrendador debe ser dueño de la vivienda que se arrendará, para lo que deberás presentar un certificado de dominio vigente al momento de entregar la copia del contrato en el SERVIU. No estar beneficiado con un subsidio de arriendo vigente. No debe tener vínculos de parentesco contigo ni con ninguno de los miembros del Núcleo Familiar beneficiado que sean mayores de 18 años, por consanguinidad o afinidad, en la forma indicada en el reglamento del programa.
PASO 3: FIRMA DEL CONTRATO Procedimiento de emisión y firma del contrato de arriendo: Deberás ingresar al sistema del MINVU, a través de la página web dispuesta para ello, o solicitarlo en SERVIU, llevando la información de tu contrato (Montos, datos de la vivienda, arrendador, etc.). En caso que tengas ya un contrato de arriendo vigente, podrás adaptar tu actual contrato al formato entregado por el MINVU, siempre que la vivienda y el arrendador cumplan con los requisitos exigidos en el presente programa. Para adaptarlo deberás igualmente ingresar los datos al sistema del MINVU. Al ingresar la información del contrato, el sistema informático emitirá el contrato listo para ser firmado. Deberás imprimir 3 copias y firmarlo (junto al dueño de la vivienda) ante notario, quien autorizará las firmas. Los costos de la notaría son de cargo del beneficiario y arrendador. www.minvu.cl
Cláusulas del contrato de arriendo: El contrato emitido tiene algunas cláusulas mínimas y otras que pueden adaptarse a diferentes posibilidades del contrato. Hay que tener en cuenta lo siguiente: Las cláusulas del contrato tipo se van adaptando según si el arrendador es una persona natural o jurídica; si el arrendador actúa personalmente o representado; si el beneficiario es un menor de edad; si se trata de un nuevo contrato o se está adaptando un contrato anterior. En ningún caso se permitirá que el valor de la renta de arrendamiento supere el monto indicado en la resolución del llamado a postulación, por el cual resultó beneficiado, en su valor expresado en pesos a la fecha de emisión del respectivo contrato de arriendo. El contrato detallará el monto de la cuota que deberás pagar cada mes, definida en pesos, la cual se reajustará según el IPC cada 12 meses. En cuanto al mes de garantía, dependerá del acuerdo que tengas con tu arrendador. Es posible que un arrendador permita arrendar sin mes de garantía. Es importante tener en cuenta, que cuando se hayan realizado 36 pagos del subsidio, a partir del mes 37 este monto en UF se reducirá en 0,5 UF, lo que significa que aumentará el monto en pesos que pagas cada mes, hasta completar el valor total del arriendo pactado en el contrato respectivo. Cualquier modificación en el monto de la renta de arrendamiento que no tenga que ver con los reajustes estipulados en el contrato, requerirá que firmes un nuevo contrato. Duración del contrato: Deberá tener una duración mínima de 12 meses y, posterior a ese período puede ser indefinido, teniendo en cuenta que una vez ocupadas todas las cuotas del subsidio, deberás realizar el pago completo de la renta de arrendamiento, sin el apoyo MINVU.
PASO 4: RECEPCIÓN DE LA COPIA FIRMADA DEL CONTRATO EN EL SERVIU Presentación del contrato de arriendo al SERVIU: Deberás presentar en el SERVIU, una copia del contrato de arrendamiento firmada ante notario, junto a la cual como beneficiario tendrás que acompañar los siguientes antecedentes: Declaración jurada de que la vivienda cumple con los requisitos indicados en el paso 2. (Formulario A-06 Declaración Jurada Requisitos de la Vivienda). Certificado de dominio vigente que indique el dueño de la vivienda. En caso que SERVIU lo solicite, el certificado de recepción definitiva o la escritura pública a través de la cual el arrendador adquirió el inmueble en que conste la recepción municipal de la vivienda. Certificado de hipotecas, gravámenes, prohibiciones e interdicciones, correspondiente, de una antigüedad no mayor a 6 meses. Declaración jurada de que no existen vínculos de parentesco con el arrendador. (Formulario A-07 Declaración Jurada Vínculos de Parentesco). Antecedentes de la cuenta bancaria del arrendador (Nombre de Institución, Número de cuenta bancaria, RUT, tipo de cuenta, etc.). El SERVIU recibirá el contrato y lo incorporará al sistema como ingresado. A partir de este momento se activará el contrato para el pago del subsidio y el podrás comenzar a efectuar los copagos en el banco.
PASO 5: TÉRMINO DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO Causales de Término del Contrato de Arriendo: Dentro de las cláusulas obligatorias del contrato se establecen las causales de su término inmediato, que son las siguientes: Que el beneficiario destine la vivienda arrendada a un objeto distinto al habitacional. Que el beneficiario subarriende o ceda el uso de la vivienda arrendada. www.minvu.cl 4
Término anticipado del Contrato: Si cualquiera de las partes da término anticipado al contrato, debes dar aviso de inmediato a SERVIU para suspender el pago del subsidio del mes siguiente. El aviso debes realizarlo antes del último día del mes en que se termina el contrato, entregando el formulario de término de Contrato de Arrendamiento (Formulario A-08). De lo contrario, el MINVU continuará revisando los copagos asociados a ese contrato y, eventualmente, podrías perder el beneficio por incumplimiento en esos pagos. Si das aviso dentro del período indicado no se realizarán nuevos pagos a partir del mes siguiente, hasta que ingreses un nuevo contrato. Cambio de Vivienda: En caso que quieras hacer cambio de vivienda, deberás dar aviso a SERVIU acerca del término del contrato y deberás estar al día en tus copagos. Si tuvieses deuda, tendrías que pagarlas en el BancoEstado (al igual que el resto de los pagos) antes de proceder formalmente al cambio de vivienda.
PREGUNTAS FRECUENTES
1. ¿SERVIU forma parte del contrato de arriendo? No. El contrato es un acuerdo solamente entre el beneficiario del subsidio y el arrendador. 2. ¿Se pueden arrendar dormitorios a un beneficiario del programa? No. La vivienda debe cumplir con las características mínimas de habitabilidad que exige el programa. En este caso, no cumpliría el requisito de contar con al menos 3 recintos. 3. ¿Es necesario que haya aval o codeudor? El contrato tipo de arriendo no incorpora la exigencia de aval o codeudor. Sin embargo, el requerimiento dependerá del arrendador de la vivienda.
SISTEMA DE
PAGOS
El subsidio cubre como máximo 60 meses de renta. Estos pueden ser utilizados de manera consecutiva o fragmentada, en un plazo de 7 años desde la validación del primer contrato e incluyen los pagos por concepto de garantía (en caso de que aplique). Su monto será de 3 U.F. durante los primeros 36 meses, y de 2,5 U.F. para los 24 meses restantes. El valor del subsidio se ajustará de manera que no supere el 80% de la renta acordada, por ejemplo, si el monto total del arriendo corresponde a 3 U.F., el subsidio será de 2,4 U.F. (equivalente al 80% del valor del contrato). A partir del mes N°37 se continuará aplicando esta cobertura máxima del 80%, es decir, el subsidio mantendrá el valor de 2,4 U.F. El monto mensual de arriendo se compone por el monto del subsidio (en U.F. a la fecha de pago) y el copago de renta. Este copago variará anualmente, de acuerdo al reajuste del IPC. El pago del subsidio se realizará de manera mensual directamente al arrendador, una vez que se acredite el copago de la renta por parte del beneficiario. Todo este proceso se realizará a través de un Convenio de Recaudación con el BancoEstado. www.minvu.cl
PROCEDIMIENTO GENERAL PARA EL PAGO DEL SUBSIDIO Para comenzar a pagar tu arriendo debes tener tu contrato firmado y validado en Serviu. El procedimiento para el pago del subsidio, es el siguiente: PASO 1: Debes efectuar tu copago sólo a través de los canales disponibles del BancoEstado y siempre por adelantado, antes del día 5 del mes que corresponde pagar. Por ejemplo, para pagar el mes de noviembre, tendrás hasta el 5 de noviembre para realizar el pago. PASO 2: El MINVU revisará los pagos cada mes: Si pagaste a tiempo, el arrendador recibirá el monto de tu cuota y del subsidio de arriendo en su cuenta bancaria. Si no pagaste a tiempo, tendrás una cuota pendiente para el pago del mes siguiente y el arrendador solamente recibirá el monto del subsidio. PASO 3: Si no pagaste a tiempo el mes anterior se acumulará una deuda, que deberás pagar cuanto antes para evitar perder el beneficio de arriendo IMPORTANTE: En caso que sea el primer mes de arriendo deberás pagar una cuota correspondiente al mes de arriendo y otra cuota para cubrir el mes de garantía (si es que el contrato así lo indica) y la fecha máxima para el pago es el último día hábil del mes en que se validó el contrato. Debes entregar los comprobantes de estos pagos al arrendador antes de hacer uso de la vivienda. En caso que no pagues el primer mes antes de los plazos indicados, el MINVU no realizará desembolso del subsidio asociado a ese contrato. Al mes siguiente se volverá a revisar que los pagos hayan sido efectuados dentro de los plazos requeridos como condición para activar el pago del subsidio.
¿DÓNDE PUEDO REALIZAR LOS PAGOS Si quieres realizar tu copago de arriendo presencialmente, deberás hacerlo en alguno de los canales disponibles según el convenio firmado con el BancoEstado. Estos son: CajaVecina: permite el copago en dinero efectivo o con cargo a una Cuenta Corriente, Chequera Electrónica o Cuenta RUT, otorgadas o reconocidas por el banco. La nómina actualizada de los centros de servicio estará disponible en www.cajavecina.cl. El horario de funcionamiento de cada uno de estos puntos de atención está dado por el horario en que opera el comercio de la respectiva localidad. ServiEstado: permite el copago en dinero efectivo o Cheque (BancoEstado) girados a nombre del MINVU. El horario de atención son los siguientes y varía según el tipo de sucursal: Horario General: lunes a viernes de 8:00 a 19:00 hrs. y los sábados de 9:00 a 17: 00 hrs. Horario Mall: lunes a sábado de 10:00 a 20:00 horas y los domingos de 17:00 a 21:00 hrs. Horario Transantiago: lunes a viernes de 06:30 a 22:30 hrs., sábados de 08:00 a 22:00 hrs., domingos y festivos de 09:00 a 22:00 hrs. Horario Metro: lunes a viernes de 8:00 a 20:00 hrs. y sábados de 9:00 a 17:00 hrs. Esta información, y el detalle de las sucursales, estará actualizada en www.serviestado.cl.
¿CÓMO REALIZO MIS PAGOS? Para pagar debes presentar la Cédula de Identidad o entregar el número de RUT e informar que quieres realizar un pago del convenio llamado “Arriendo Subsidio MINVU”. Si este pago se realiza en una CajaVecina, se debe mencionar el código N° 8937. El banco te entregará la información del monto a pagar, que corresponderá al monto en pesos que aparece en el contrato de arriendo. www.minvu.cl 6
Si prefieres realizar el pago por internet, estará disponible la opción de pago a través del portal web de BancoEstado (www.bancoestado.cl). Para esto se requiere tener cuenta (RUT, corriente, vista o chequera electrónica) en BancoEstado. El banco te entregará un comprobante de recaudación o un timbre electrónico respecto a la operación realizada. (Ver Formulario A-09 Comprobantes de Recaudación).
¿CÓMO PAGO UNA CUOTA ATRASADA DEL ARRIENDO? La plataforma informática del MINVU llevará un control detallado para cada beneficiario de acuerdo a los copagos realizados. Es decir, si realizas tu pago posterior al día 5 el sistema contabilizará una deuda en el arriendo de dicho mes. Para ponerte al día en tus cuotas, deberás pagar solamente en los canales de pago habilitados por el programa. En ningún caso se permitirá que pagues tu deuda por otros canales que no sean los establecidos por el Convenio de Recaudación del BancoEstado, de lo contrario, este pago no quedará registrado en el sistema y aparecerá con una deuda pendiente sin poder revertirse a menos que se realice un nuevo pago a través de los canales mencionados anteriormente. En caso que tengas dudas respecto a tus pagos, podrás consultar directamente en tu acceso web (ingreso con clave única) o presencialmente en cualquier oficina Serviu.
¿QUÉ OCURRE SI ACUMULO MÁS DE UNA CUOTA DE DEUDA? Es tu responsabilidad procurar no atrasarte en los pagos. El incumplimiento del pago no generará el término inmediato del beneficio, a menos que éste acumule una deuda total equivalente a tres copagos de arriendo. En caso de acumular una tercera cuota de copago pendiente, el MINVU pagará al arrendador el valor correspondiente al subsidio por última vez y ya no podrás celebrar nuevos contratos con el beneficio. Para poder postular a otros subsidios MINVU, se exigirá que pagues las cuotas adeudadas.
PREGUNTAS FRECUENTES RESPECTO AL PAGO DEL SUBSIDIO 1 ¿Cómo se identifica el monto del copago? Mientras el beneficiario esté en el programa de arriendo, su copago corresponderá al monto en pesos que aparece en el contrato de arriendo. 2. ¿Qué pasa si se valida el contrato en SERVIU pero no se efectúan los primeros pagos? En este caso, el pago de subsidio no se realizará hasta que la familia realice los copagos correspondientes al primer mes en el programa. 3. ¿El beneficiario debe pagar mes de garantía?, de ser así ¿cuándo se debe efectuar ese pago? Esto dependerá de lo acordado con el arrendador. Si su contrato señala que debe pagar el mes de garantía, ese monto será informado al banco. Se desembolsarán dos cuotas de subsidio, una para el primer mes y otra para el mes de garantía, por lo que el copago de arriendo tendrá un mayor valor que el resto de los meses. 4. ¿Puedo pagar directamente a mi arrendador? No. En ningún caso se permitirá que el beneficiario pague el arriendo por otros canales que no sean los establecidos por el Convenio de Recaudación del BancoEstado. En caso contrario, este pago no quedará registrado en el sistema y se contabilizará como una deuda pendiente sin poder revertirse hasta realizar un nuevo pago. www.minvu.cl
5. ¿Cuándo se puede habitar la vivienda arrendada? En la fecha estipulada en el contrato. La condición para que el núcleo familiar beneficiado pueda hacer uso de la vivienda será que éste presente al arrendador los comprobantes de pago de las primeras cuotas. 6. ¿Qué pasa si con el reajuste anual el valor del arriendo supera el valor máximo permitido? El valor de arriendo máximo permitido también será reajustado anualmente a fin de permitir que un arriendo acordado por la renta máxima pueda mantenerse dentro de las operaciones apoyadas por el programa. Por lo tanto, la vivienda podrá seguir siendo arrendada por una familia beneficiada. 7. ¿Qué pasa si el arrendador da término al contrato?, ¿se suspende el pago del subsidio? Si cualquiera de las partes da término anticipado al contrato, el beneficiario debe dar aviso de inmediato al SERVIU para suspender el pago del subsidio del mes siguiente. De esta forma el pago del subsidio se congelará hasta que se valide un nuevo contrato. 8. ¿Qué sucede si el beneficiario quiere hacer cambio de vivienda y tiene una deuda con el contrato anterior? El beneficiario deberá pagar su deuda en el banco de la misma manera que sus copagos. Esto es un requisito previo a la inscripción de un nuevo contrato. 9. Si el beneficiario no paga su arriendo, ¿Qué monto recibe el arrendador? El arrendador solamente recibirá una suma equivalente al monto del subsidio. 10. En el Programa de Arriendo, ¿el MINVU garantiza el pago del arriendo? No. El MINVU solamente se compromete a pagar la parte del subsidio, siempre y cuando, el beneficiario se encuentre en el programa. En ningún caso, el MINVU pagará el copago. 11. ¿El subsidio puede ser utilizado para el pago de cuentas de servicio? El subsidio de apoyo al arriendo NO puede ser utilizado en servicios básicos como luz, agua y gas, ni para ningún otro fin que no sea el pago del arriendo. 12. ¿Cómo se debe proceder en caso de que el arrendador quiera modificar la forma de pago? El beneficiario o el arrendador deberán solicitar la modificación al SERVIU respectivo mediante formulario firmado por el arrendador que contenga la nueva forma de pago.
www.minvu.cl 8
¿CÓMO EGRESAR DEL
PROGRAMA?
Para poder egresar del Programa de Arriendo, cualquiera sea la causal, el beneficiario deberá estar al día con sus copagos. Si el beneficiario egresa del programa, tanto él como su cónyuge quedarán inhabilitados para acceder nuevamente al beneficio, y los demás integrantes de su núcleo familiar podrán hacerlo solo después de tres años, siempre y cuando cumplan con lo requerido para este programa y queden seleccionados. Las causales de egreso del programa son las siguientes: Vigencia del Subsidio. Renuncia del programa. Incumplimiento del contrato.
VIGENCIA DEL SUBSIDIO El beneficio se extinguirá y no podrá continuar aplicándose en los siguientes casos: Si tras 12 meses desde la publicación de la nómina, no se ha validado en el SERVIU el primer contrato de arriendo o si luego de 12 meses en que el beneficiario notifica en el SERVIU el término de contrato, no se valida uno nuevo. Tras aplicarse la totalidad de los aportes (60 cuotas) o transcurrido 7 años desde la fecha de validación del primer contrato en el SERVIU. Cuando el arrendador ponga fin al contrato invocando alguna de las causales de término inmediato, como por ejemplo no dar un uso habitacional a la vivienda, subarrendar o ceder el uso. Si el beneficiario incurre en el incumplimiento en el copago de la renta por 3 meses acumulados.
RENUNCIA Para realizar la renuncia deberás dar término al contrato de arriendo y aviso al SERVIU sobre la renuncia mediante el formulario elaborado para tal efecto (Ver Formulario A-10 Renuncia al Subsidio). En caso de no tener cuotas del arriendo pendientes, tú junto a tu núcleo familiar egresarán del programa y cesará la vigencia del subsidio de arriendo.
INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Tienes la obligación como arrendatario de cumplir con todas las cláusulas del contrato firmado con tu arrendador. Dentro de estas obligaciones se encuentra pagar las cuentas de servicios y derechos municipales cuando corresponda, dar solo un uso habitacional a la vivienda y no subarrendar o ceder el uso. Estas dos últimas situaciones, son causales de término inmediato del contrato y darán lugar a la suspensión del beneficiario, no pudiendo celebrar nuevos contratos en el marco de este Programa. El SERVIU podrá demandar la restitución de los montos pagados indebidamente, según indica el artículo 37 del D.S N°52.
HACIA LA ADQUISICIÓN DE VIVIENDA. Si has sido beneficiado por este programa no significa un impedimento para postular a un beneficio en propiedad. Para ello, los beneficiarios deben postular de forma regular a los programas para adquisición y construcción de vivienda, considerando las siguientes restricciones y beneficios:
www.minvu.cl
Postulación al Programa del Sistema Integrado de Subsidio Habitacional (D.S. N°1): El titular del programa de arriendo o cualquier miembro de su núcleo familiar podrán postular a este subsidio sin necesidad de egresar del Programa de Arriendo. En este caso, el postulante obtendrá puntaje adicional, correspondiente a 40 puntos por cada 12 meses de copagos de renta, consecutivo o no, con un máximo de 120 puntos. Si fuere seleccionado, tendrá que egresar del subsidio de arriendo para la aplicación del nuevo subsidio. Postulación al Programa sobre Arrendamiento con Promesa de Compraventa (D.S. N°120): Para la postulación a este programa el titular del beneficio y el núcleo familiar deberán haber egresado del programa de arriendo. Postulación al Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda, (D.S. N°49): Para ser considerado postulante hábil dentro de un grupo organizado, el titular del beneficio y su núcleo familiar deberán haber egresado del programa de arriendo en un plazo no menor a 12 meses. El plazo se cuenta a partir de la fecha de egreso.
FISCALIZACIÓN
El SERVIU debe garantizar un correcto uso del subsidio, por esta razón tiene la facultad de visitar aleatoriamente las viviendas arrendadas para verificar el correcto uso de las viviendas y que las situaciones declaradas en la postulación correspondan a la realidad. Esta fiscalización puede realizarse de distintas maneras y en cualquier etapa del proceso.
FISCALIZACIÓN DEL SUBSIDIO Si en alguna etapa del proceso de adjudicación del subsidio se detectan incumplimientos, se podrán aplicar alguna de las siguientes medidas: Si el incumplimiento se refiere a los requisitos de postulación, se podrá dejar sin efecto la respectiva solicitud de postulación, excluir al infractor de la nómina de seleccionados o suspender definitivamente el pago del subsidio. Si el incumplimiento se refiere a requisitos del contrato o de la vivienda objeto del programa, se podrá suspender el pago del subsidio, hasta que el incumplimiento sea subsanado. Por ejemplo, si la vivienda no cumple con los espacios mínimos el titular deberá buscar una nueva vivienda y celebrar un nuevo contrato.
FISCALIZACIÓN OBLIGATORIA DE LA VIVIENDA ARRENDADA El SERVIU tiene la obligación de visitar al menos en una oportunidad, la vivienda arrendada en el plazo máximo de 60 días corridos, contados desde la fecha de validación del contrato. En esta visita se verificará que la vivienda cumpla con los requisitos de habitabilidad que el programa exige. También se podrá verificar que el núcleo familiar declarado corresponda al que está habitando la vivienda, entre otros aspectos.
www.minvu.cl 10
¿DÓNDE OBTENER
INFORMACIÓN?
@
Escríbale al ministro o contáctenos en www.minvu.cl
Ciudad / Comuna
Arica y Parinacota
Arica
SERVIU
Tarapacá
Iquique
SERVIU
Patricio Lynch N° 50, remodelación Oscar Bonilla
Antofagasta
Antofagasta
SERVIU
Pasaje La Frontera N° 110
Calama
SERVIU
Madame Curie N° 2324
Tocopilla
SERVIU
Ramón Freire N° 1425
Taltal
SERVIU
Arturo Prat N° 525, Estadio Municipal
Copiapó
SERVIU
Chacabuco N° 576, oficina 1, block 1
Vallenar
SERVIU
Arturo Prat Nº 1600
La Serena
SERVIU
Almagro N° 372, piso 1
Illapel
SERVIU
Valdivieso N° 344, oficina 11
Ovalle
SERVIU
Vicuña Mackenna N° 310, oficina 101
Valparaíso
SEREMI
Prat Nº 856, piso 2
Valparaíso
SERVIU
Bellavista N° 120
Quillota
SERVIU
San Martín Nº 50
San Antonio
SERVIU
Barros Luco Nº 1490
San Felipe
SERVIU
Av. Bernardo O’Higgins Nº 115
La Ligua
SERVIU
Vicuña Mackenna Nº 198, depto. 14
Isla de Pacua
SERVIU
Tu'u Maheneke S/Nº, Hanga Roa
Santiago
SERVIU
Arturo Prat Nº 80
Puente Alto
SERVIU
José Manuel Irarrázabal N° 0180, piso 2, oficina 209
San Bernardo
SERVIU
Freire Nº 473, Of. 205, piso 2, Edificio Servicios Públicos
Talagante
SERVIU
Av. Bdo. O’Higgins N° 1188, piso 2, Edificio Servicios Públicos
Melipilla
SERVIU
Av. Pablo Neruda Nº 0349 (ex. Av. Santiago), depto. 11 y 12
Rancagua
SERVIU
Alameda N° 176, piso 1
San Fernando
SERVIU
Cardenal Caro Nº 530, piso 1
Santa Cruz
SERVIU
Nicolás Palacio N° 334
Pichilemu
SERVIU
Av. Costanera N° 078
Talca
SERVIU
2 Norte N° 925
Curicó
SERVIU
Av. Manso de Velasco N° 701
Linares
SERVIU
Freire N° 680
Cauquenes
SERVIU
Carrera Pinto N° 493
Constitución
SERVIU
Egaña N° 296
Parral
SERVIU
Urrutia Nº 260, Estadio Municipal
Concepción
SEREMI
Rengo N° 384
Concepción
SERVIU
O’Higgins N° 510
Lebu
SERVIU
Eleuterio Ramírez N° 195
Chillán
SERVIU
18 de Septiembre N° 530
Los Ángeles
SERVIU
Colón N° 950
Temuco
SEREMI
Arturo Prat N° 834
Temuco
SERVIU
O’Higgins N° 830
Angol
SERVIU
Prat N° 475
Valdivia
SERVIU
Av. Alemania N° 799
La Unión
SERVIU
Manuel Montt N° 542
Puerto Montt
SERVIU
Urmeneta N° 680
Osorno
SERVIU
Vicuña Mackenna Nº 851
Castro
SERVIU
Balmaceda Nº 261
Ancud
SERVIU
San Carlos N° 598, esq. Pudeto
Futaleufú
SERVIU
Arturo Prat N° 212
Coyhaique
SERVIU
Ramón Freire N° 5
Atacama Coquimbo
Valparaíso
Metropolitana
Libertador General Bernardo O´Higgins
Maule
Biobío
La Araucanía
Los Ríos Los Lagos
PARA MAYOR INFORMACIÓN
Atención Presencial
Región
Aysén del General Carlos Ibañez del Campo
Magallanes y la Antártica Chilena
Servicio
18 de Septiembre N° 122
Puerto Aysén
SERVIU
Yuseff Laibe N° 190
Cochrane
SERVIU
Av. Bernardo O’Higgins N° 298
Punta Arenas
SERVIU
Croacia Nº 722, Edificio Servicios Públicos
Puerto Natales
SERVIU
Ladrilleros Nº 516
www.minvu.cl