situación de los pagos por cafae a los trabajadores de la ...

2250. 11 EDUCACIÓN. 1832. 1832. 1832. 1832. 1832. 1832. 12 JUSTICIA. 1035. 1030. 1025. 1020. 1015. 1010. 13 SALUD. 1118. 1118. 1118. 1118. 1118.
132KB Größe 62 Downloads 128 vistas
FEDERACIÓN NACIONAL DE TRABAJADORES DE LAS UNIVERSIDADES DEL PERÚ Fundada el 21 de Julio de 1960 INSCRITA EN LA SUNARP PARTIDA Nº 11752396, MINISTERIO DE TRABAJO Nº 1082-FOLIO 082 Y RESOLUCION ANR ANR-Nº N 081 081-04 04 / R.U.C. 20511432996 AFILIADA A LA CONFEDERACIÓN INTERSECTORIAL DE TRABAJADORES ESTATALES DEL PERÚ- CITE A LA CONFEDERACIÒN GENERAL DE TRABAJADORES DEL PERÚ-CGTP A LA CONFEDERACIÓN DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DE LAS UNIVERSIDADES DE LAS AMÉRICAS – CONTUA Y A LA INTERNACIONAL DE SERVICIOS PÚBLICOS – ISP

SITUACIÓN D E LOS PAGOS POR CAFAE A LOS TRABAJADORES J O S DE LA ADMINISTRACIÓN S CÓ PÚBLICA Dr. LUÍS RUIZ GARCÍA Presidente FENTUP

Antecedentes z Pagos

diversos fuera de planilla, efectuados en la década del 90. 90 z D. D S. S 006 – 75 – PM / INAP Creación del FAE y del CAFAE

REGULARIZACIÓN DE LOS PAGOS EFECTUADOS FUERA DE PLANILLA

D.U. Nº 110-2001-EF “Los incentivos y/o entregas, programas o actividades de bienestar no bienestar…no tiene naturaleza remunerativa”.

D.U. Nº 088-2001 Art. 2º.- El Fondo de Asistencia y Estímulo…será destinado a brindar asistencia reembolsable o no a los trabajadores j de la entidad,, de acuerdo a su disponibilidad y por acuerdo a su disponibilidad p yp por acuerdo del Comité de Administración…

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Primera.- Facúltese a los Titulares de los Pliegos a aprobar, aprobar en vía de regularización…las regularización las transferencias efectuadas a los Fondos de Asistencia y Estímulo, así como los pagos realizados a los trabajadores, bajo los conceptos de incentivos y estímulos existentes a la fecha, fecha en aquellas entidades, entidades cuyo personal se encuentra sujeto al régimen laboral establecido en el D. Leg. 276.

DESTINO DEL FONDO DE ASISTENCIA Y ESTÍMULO Í D U 088 D.U. 088-2001 2001

Art. 2º… Art. a) Asistencia educativa educativa… … b) Asistencia familiar familiar… … c) Apoyo de actividades de recreación recreación… … d) Asistencia alimentaria alimentaria… … e) Asistencia económica, incluyendo aguinaldos, incentivos o estímulos, estímulos asignaciones o gratificaciones.. gratificaciones

RECURSOS DEL FAE Art.. 3º… Art a) Los descuentos por tardanza o inasistencia al centro de labores.. labores b) Las donaciones y legados legados.. c) Las transferencias de recursos, que por cualquier fuente reciban de la propia entidad, entidad autorizadas por su titular.. titular d) Las rentas generadas por los activos propios y/o bajo su administración. administración. e) Los demás ingresos que obtengan por actividades y/o servicios.. servicios

OBLIGATORIEDAD DE PRESENTAR ESTADOS FINANCIEROS D.U. 088 088--2001

Art. 4º.- Los Comités de Administración de los Art. Fondos de Asistencia y Estímulo de las diversas entidades públicas, presentarán al Titular de la entidad a la Contraloría General de la República y entidad, a la Contraloría General de la República, sus estados t d fi financieros i d bid debidamente t auditados dit d all término de cada ejercicio, en los términos que la L señala. Ley señala ñ l .

CADENA DEL GASTO QUE INCLUYE AL PAGO POR CAFAE

RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 028 028--2001 2001--EF/ 76. 76.01

Art.. 4º.-… Art C t Categoría í del d l Gasto G t Grupo Genérico de Gastos Modalidad de Aplicación Específica del gasto

5. Gastos Corrientes 1. Personal y obligaciones sociales.. sociales 60.. Transferencias al CAFAE. 60 CAFAE. 40.. Subvenciones 40 S b i sociales i l

PREPARACIÓN Y PRESENTACIÓN DE LOS ESTADOS FINANCIEROS DIRECTIVA Nº 002002-2008 2008--EF/93.01 ALCANCE { {

{

{

L preparación La ió de d información i f ió es para todos t d los l CAFAEs CAFAE . CAFAEs. La presentación de la información es sólo de los CAFAEs, cuyos fondos reciban transferencias de recursos por cualquier fuente de la propia entidad entidad.. Quedan exceptuados los CAFAEs que financian sus actividades solamente con recursos provenientes de multas, tardanzas e inasistencias u otros ingresos propios. propios. Cumplimiento obligatorio a partir del cierre contable 2007. 2007.

PAGOS POR CAFAE A INSTITUCIONES PÚBLICAS JEFATURAS Nº

INSTITUCIONES

F5

F4

10500

8300

8300

5857

1857

2 ENERGÍA Y MINAS

9060

8710

8360

7660

6960

3 PCM

5300

5300

5100

4900

4700

4 TRABAJO

5103

5103

4822

4311

4010

5 PRODUCE

5705

4806

4726

3996

3562

6 MINDES

4207

3630

3845

2802

3259

7 MINCETUR

5021

4751

4481

3821

3161

8 VIVIENDA

4657

4577

4447

3688

2681

9 MTC

3769

3389

3209

2799

2669

10 AGRICULTURA

2860

2780

2630

2480

2480

11 EDUCACIÓN

1982

1982

1982

1982

1982

12 JUSTICIA

2160

2030

1860

1599

1599

13 SALUD

8658

5458

3458

1118

1118

4401.54

3616.38

3079.85

ECONOMÍA Y 1 FINANZAS

PROMEDIO

PROMEDIO TOTAL =

5306.31

F3

4678.15

4216.45

F2

F1

PAGOS POR CAFAE A INSTITUCIONES PÚBLICAS GRUPO PROFESIONAL Nº

INSTITUCIONES

SPA

SPB

SPC

SPD

SPE

SPF

ECONOMÍA Y 1 FINANZAS

5014

5014

5014

5014

5014

5014

2 ENERGÍA Y MINAS

5760

5560

5360

5060

5060

4960

3 PCM

4377

4100

4100

4100

4100

4100

4 TRABAJO

3733

3729

3723

3723

3715

371

5 PRODUCE

4482

4482

4482

4482

4482

4482

6 MINDES

2899

2859

2651

2571

2491

2400

7 MINCETUR

2841

2841

2841

2841

2841

2841

8 VIVIENDA

2601

2601

2601

2601

2601

2601

9 MTC

2539

2489

2459

2429

2409

2389

10 AGRICULTURA

2480

2480

2480

2480

2480

2480

11 EDUCACIÓN

1182

1182

1182

1182

1182

1182

12 JUSTICIA

1150

1145

1140

1160

1123

1120

13 SALUD

1118

1118

1118

1118

1118

1118

3090 46 3090.46

3046 15 3046.15

3011 62 3011.62

2981 62 2981.62

2970 46 2970.46

2696 77 2696.77

PROMEDIO

PROMEDIO TOTAL =

2966.18

PAGOS POR CAFAE A INSTITUCIONES PÚBLICAS GRUPO TÉCNICO Nº

INSTITUCIONES

STA

STB

STC

STD

STE

STF

ECONOMÍA Y 1 FINANZAS

2335

2335

2335

2335

2335

2335

2 ENERGÍA Y MINAS

3660

3460

2360

3060

2860

2860

3 PCM

2971

2900

2900

2900

2900

2900

4 TRABAJO

3478

3476

3460

3460

3460

3460

5 PRODUCE

2919

2919

2919

2919

2919

2919

6 MINDES

2388

2289

2289

2286

2286

2286

7 MINCETUR

2474

2474

2474

2474

2474

2474

8 VIVIENDA

2075

2075

2075

2075

2075

2075

9 MTC

2206

2209

2109

2109

2109

2109

10 AGRICULTURA

2250

2250

2250

2250

2250

2250

11 EDUCACIÓN

1832

1832

1832

1832

1832

1832

12 JUSTICIA

1035

1030

1025

1020

1015

1010

13 SALUD

1118

1118

1118

1118

1118

1118

2364 69 2364.69

2335 92 2335.92

2242 00 2242.00

2295 23 2295.23

2279 46 2279.46

2279 08 2279.08

PROMEDIO

PROMEDIO TOTAL =

2299.40

PAGOS POR CAFAE A INSTITUCIONES PÚBLICAS GRUPO AUXILIAR Nº

INSTITUCIONES

SAA

SAB

SAC

SAD

SAE

SAF

ECONOMÍA Y 1 FINANZAS

1645

1645

1645

1645

1645

1645

2 ENRGÍA Y MINAS

2460

2410

2360

2310

2260

2210

3 PCM

2700

2700

2700

2700

2700

2700

4 TRABAJO

3452

3452

3451

3451

3448

3448

5 PRODUCE

2646

2646

2642

2646

2646

2646

6 MINDES

2000

2000

2000

2000

2000

2000

7 MINCETUR

2474

2474

2474

2474

2474

2474

8 VIVIENDA

1995

1995

1995

1995

1995

1995

9 MTC

2209

2209

2209

2209

2209

2209

10 AGRICULTURA

2050

2050

2050

2050

2050

2050

11 EDUCACIÓN

1832

1832

1832

1832

1832

1832

920

678

678

678

678

678

1118

1118

1118

1118

1118

1118

2115.46

2093.00

2088.77

2085.23

12 JUSTICIA 13 SALUD PROMEDIO

PROMEDIO TOTAL =

2090.15

2081.15

2077.31

CASO TRABAJADORES DE LA ANR Resolución Nº 077-2009-ANR 08-01-09

Aprueban Directiva Nº 001-2009-ANR-DP Normas y Procedimientos para el otorgamiento de incentivos laborales y económicos al personal de la Asamblea Nacional de Rectores en el 2009

ESCALA DIARIA NIVEL Director General Director Funcionario Profesional Técnico Auxiliar

ESCALA DE RACIONAMIENTO S/ 128.00 S/. 128 00 S/. 122.50 S/. 115.00 S/. 110.00 S/. 102.50 S/. 95.00

REQUISITOS: Laborar un máximo de cuatro (04) días mensuales y por un mínimo de dos (02) horas adicionales al horario normal de trabajo; no se asignará los sábados, domingos ni feriados.

¿ ¿Qué dice la Leyy Nº 29465,, Leyy de Presupuesto? Art. 8º.- Otorgamiento de organizaciones para el año fiscal 2010. 8 1 Otorgase las siguientes asiganciones a partir del año 8.1. fiscal 2010, que acontianuación se detallan: (…) b) CIEN Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 100.00) por concepto de incentivos laborales a través de los Comités de Administración de los Fondos de Asistencia y Estímulo – CAFAE, al personal administrativos de los centros educativos de educación básica regular, básica alternativa y básica especial y las universidades públicas, especial, públicas que a la fecha de entrada en vigencia de la presente norma no perciben tal concepto u otro de naturaleza similar. Su otorgamiento se efectúa en dos tramos de CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 50.00) cada uno, a partir de abril y agosto de 2010.

FEDERACIÓN NACIONAL DE TRABAJADORES DE LAS UNIVERSIDADES DEL PERÚ Fundada el 21 de Julio de 1960 INSCRITA EN LA SUNARP PARTIDA Nº 11752396, MINISTERIO DE TRABAJO Nº 1082-FOLIO 082 Y RESOLUCION ANR-Nº 081-04 / R.U.C. 20511432996 AFILIADA A LA CONFEDERACIÓN Ó INTERSECTORIAL DE TRABAJADORES ESTATALES DEL PERÚÚ CITE A LA CONFEDERACIÒN GENERAL DE TRABAJADORES DEL PERÚ-CGTP A LA CONFEDERACIÓN DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DE LAS UNIVERSIDADES DE LAS AMÉRICAS – CONTUA Y A LA INTERNACIONAL DE SERVICIOS PÚBLICOS – ISP

PROPUESTA DE ESCALA UNIVERSITARIA PARA PAGOS POR CAFAE

*Elaborado por la FENTUP-Marzo 2010

PERSONAL ADMINISTRATIVO ESCALA UNIVERSITARIA PARA PAGOS POR CAFAE FUNCIONARIOS F5

F4

F3

F2

F1

4216.00

4216.00

4216.00

4216.00

4216.00

GRUPO PROFESIONAL SPA

SPB

SPC

SPD

SPE

SPF

2966.00

2966.00

2966.00

2966.00

2966.00

2966.00

GRUPO TÉCNICO STA

STB

STC

STD

STE

STF

2299 00 2299.00

2299 00 2299.00

2299 00 2299.00

2299 00 2299.00

2299 00 2299.00

2299 00 2299.00

GRUPO AUXILIAR SAA

SAB

SAC

SAD

SAE

SAF

2090.00

2090.00

2090.00

2090.00

2090.00

2090.00

FEDERACIÓN NACIONAL DE TRABAJADORES DE LAS UNIVERSIDADES DEL PERÚ Fundada el 21 de Julio de 1960 INSCRITA EN LA SUNARP PARTIDA Nº 11752396, MINISTERIO DE TRABAJO Nº 1082-FOLIO 082 Y RESOLUCION ANR ANR-Nº N 081 081-04 04 / R.U.C. 20511432996 AFILIADA A LA CONFEDERACIÓN INTERSECTORIAL DE TRABAJADORES ESTATALES DEL PERÚ- CITE A LA CONFEDERACIÒN GENERAL DE TRABAJADORES DEL PERÚ-CGTP A LA CONFEDERACIÓN DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DE LAS UNIVERSIDADES DE LAS AMÉRICAS – CONTUA Y A LA INTERNACIONAL DE SERVICIOS PÚBLICOS – ISP

LEY DE PRESUPUESTO Nº 29465

NOMBRAMIENTO DE PERSONAL EN EL ESTADO Dr. LUÍS RUIZ GARCÍA Presidente FENTUP

Nombramiento de Personal { Normas z D.

que la regulan:

Leg. 276 z D. D S. S 018 – 85 – PCM z D. S. 005 – 90 – PCM z Leyes de Presupuesto

Decreto Legislativo 276 Art. 12º.- Son Requisitos para el ingreso a la Carrera Administrativa: a) Ser ciudadano peruano en ejercicio. b) Acreditar buena conducta y salud comprobada; c) Reunir los atributos propios del respectivo Grupo Ocupacional; d) Presentarse y ser aprobado en el concurso de admisión; d i ió y e) Los demás que señale la Ley.

Art. 13º.El ingreso a la Carrera Administrativa será por el nivel inicial de cada Grupo p Ocupacional. p Las vacantes se establecen en el Presupuesto de cada entidad.

D S 018 – 85 – PCM D.S.

Art. 6º.Art 6º El ingreso a la Carrera Administrativa se realiza por concurso y al nivel inicial de su respectivo Grupo Ocupacional.

D. S. 005 – 90 – PCM. Art. 28º.Art 28º El ingreso a la Administración Pública en la condición de servidor de carrera o de servidor contratado para labores de naturaleza p permanente se efectúa obligatoriamente mediante concurso. concurso

C t t ió y Nombramiento Contratación N b i t (D. (D Leg. L 276) Art. 15º.- La contratación de un servidor para p realizar labores administrativas de naturaleza permanente no p p puede renovarse p por más de tres años consecutivos. Vencido este plazo, el servidor que haya desempeñado tales labores, podría ingresar a la Carrera Administrativa, previa evaluación favorable y siempre que exista plaza vacante, reconociéndole el tiempo de servicios prestados como contratado para todos sus efectos.

D. S. 005 – 90 – PCM Art. 39º.- La Contratación de un servidor para labores de naturaleza permanente será excepcional; procederá sólo en caso de máxima necesidad debidamente fundamentada por la autoridad competente. competente El contrato y sus posteriores renovados no podrá exceder de tres (03) años consecutivos.

D. S. 005 – 90 – PCM Art. 40º.- El servidor contratado a que se refiere el artículo, puede ser incorporado a la Carrera Administrativa mediante nombramiento, por el primer nivel del Grupo Ocupacional para el cual concursó, en caso de existir plaza vacante y de contar con evaluación favorable sobre su desempeño laboral, después del primer año de servicios ininterrumpidos. Vencido el plazo máximo de contratación, tres (03) años, la incorporación del servidor a la Carrera Administrativa constituye el derecho reconocido y la entidad gestionará la provisión y cobertura del plaza correspondiente al haber quedado demostrada su necesidad.

¿Qué dice la Leyy de Presupuesto ¿Q p Nº 29465? Art. 9º Medidas en Materia de Personal. 99.1. 1 Queda prohibido el ingreso de personal en el Sector Público por servicios personales y el nombramiento salvo en los supuestos siguientes: ( ) (…) c) La contratación para el reemplazo por cese de personal o para p temporal p de los servidores del Sector Públicos,, siempre p y suplencia cuando se cuente con la plaza en su Presupuesto Administrativo de Personal (PAP). En el caso de los reemplazos por cese de personal; este comprende al cese que se hubiere producido a partir del año 2009, debiendo tomar en cuenta que el ingreso a la Administración Pública se efectúa necesariamente por consenso público de méritos.

Quincuagésima Segunda Disposición Final. Final “Autorízase el nombramiento de personal contratado en entidades del sector p público q que a la fecha de entrada en vigencia de la presente Ley cuente con más de tres (03) años de servicios consecutivos personal y ocupen plaza presupuestal vacante. Los funcionarios competentes t t d las de l entidades tid d d l gobierno del bi nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales expedirán las resoluciones de nombramiento a solicitud de los interesados que cumplan con los requisitos señalados en la presente Ley”.

Decreto de Urgencia Nº 113 - 2009 Autorícese progresivamente el nombramiento de personal en las entidades del Sector Público, que al a fecha f h de d entrada t d en vigencia i i de d la l presente t Ley L cuenten con más de tres (03) años de servicios consecutivos ocupen plaza presupuestada vacante consecutivos, bajo la modalidad de servicios personales, así como reunirán los requisitos establecidos en las L Leyes d de carrera correspondiente. di t Di h Dicho nombramiento no demandará recursos adicionales al Tesoro Público y se efectúa previo concurso público de méritos, cuya organización será realizada por la Autoridad Nacional del Servicio Ci il – SERVIR. Civil SERVIR

Gracias por su atención

Dr. LUÍS RUIZ GARCÍA Presidente FENTUP