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SEGUNDA SESIÓN ASPECTOS IMPORTANTES

Funcionarios y órganos encargados de los procesos de contratación:  Titular de la Entidad (máxima autoridad ejecutiva)  Área usuaria (supervisa el contrato)  Órgano encargado de las contrataciones (gestión de abastecimiento)  Comité de Selección (conduce procedimiento de selección)

El Titular de la Entidad:  Facultades indelegables.  Facultades determinadas que las efectúe el Titular de la Entidad sin precisar que son indelegables.  Facultades que determina claramente que son indelegables.

El Área Usuaria: Es responsable de la adecuada formulación del requerimiento. Participa en el cuadro consolidado de las necesidades y en la formulación del PAC. Asume la supervisión de la ejecución del contrato, salvo cuando se le haya asignado tal función a otro órgano. Emite la conformidad.

El Órgano Contrataciones:

encargado

de

las

• Tiene como función la gestión administrativa del contrato, que involucra: • el trámite de perfeccionamiento, • aplicación de penalidades, • procedimiento de pago en lo que corresponda, • entre otras actividades de índole administrativo, distintas a lo determinado para el área usuaria.

El Órgano encargado de las Contrataciones: Determina valor estimado y valor referencial. Los servidores del OEC que, en razón de sus funciones intervienen directamente en alguna de las fases de la contratación, deben ser profesionales y/o técnicos certificados de acuerdo a los niveles y perfiles establecidos por el OSCE. Elabora el necesidades.

cuadro

consolidado

Elabora y ajusta el proyecto del PAC.

de

las

El Comité de Selección: • Encargado de la preparación, conducción y realización del procedimiento de selección hasta su culminación. • 3 miembros titulares y 3 suplentes:  1 del OEC  1 conocimiento técnico en el objeto de la contratación, salvo en consultoría y ejecución de obras: 2.

El Comité de Selección: Designación por escrito, nombres y apellidos completos.

consignando

Suplente actúa ante ausencia del titular y se debe evaluar para deslindar responsabilidad.

Son solidariamente responsables. Acuerdos por unanimidad o mayoría. No hay abstención.

El Comité de Selección:

Decisiones en actas. Normativa no dispone libro de actas. La designación es irrenunciable. No hay plazo para instalación. Se elimina el Comité de carácter permanente. • No puede alterar, cambiar o modificar la información del expediente de contratación.

MÉTODOS DE CONTRATACIÓN PROCEDIMIENTOS DE SELECCIÓN Licitación Pública: Comité de Selección Concurso Público: Comité de Selección Adjudicación Simplificada: OEC ó CS Selección de consultores individuales: Comité de Selección  Comparación de precios: OEC. Es electrónica.  Subasta Inversa Electrónica: OEC ó CS  Contratación Directa: OEC    

 Tratándose de obras y consultoría de obras siempre habrá CS.

El Registro Nacional de Proveedores (RNP): • Sistema de información oficial único de la Administración Pública, administrado por el OSCE. • Sólo se puede llevar un listado interno de proveedores sin que se constituya en requisitos para participar en los procesos de contratación. • Vigencia de 01 (un) año.

El Registro (RNP):

Nacional

de

Proveedores

Se requiere para ser participante, postor, contratista y/o subcontratista del Estado. Se verifica vigencia en:  Registro de Participantes  Presentación de ofertas  Otorgamiento de la Buena Pro  Perfeccionamiento del contrato.

FASES DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN Y APROBACIÓN DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN TERCERA SESIÓN

FASES DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN

Actos Preparatorios o de Programación

De Selección

Ejecución Contractual

I FASE Programación y Actos Preparatorios

LOS ACTOS PREPARATORIOS

PAC

Requerimiento

Valor Estimado o Referencial

Certificación de Crédito Presupuestario o Previsión Presupuestal

LOS ACTOS PREPARATORIOS

Aprobación Expediente de Contratación

Comité de Selección / OEC

Documentos del Procedimiento

Convocatoria

EL PLAN ANUAL DE CONTRATACIONES – PAC

PLAN ANUAL DE CONTRATACIONES CARACTERÍSTICAS: o Integral o Público o Formal FINALIDADES: o Programar o Difundir o Evaluar

PLAN ANUAL DE CONTRATACIONES En el primer semestre (fase de formulación y programación presupuestaria). Requerimientos acompañados de EETT y TDR´s. Contendrán Finalidad Pública.

Prevé las contrataciones de bienes, servicios y obras cubiertas con el PIA y el valor estimado de dichas contrataciones, con independencia que se sujeten al ámbito de aplicación de la presente Ley o no, y de la fuente de financiamiento. Contempla valor estimado y costo programado.

PLAN ANUAL DE CONTRATACIONES  Directiva N° 003-2016-OSCE/CD formulación del PAC a partir del 2017.

de

OSCE

regula

 Se aprueba dentro de los 15 días hábiles siguientes al PIA.  5 días para publicación.  Es aprobado por el Titular de la Entidad o funcionario delegado para tal efecto.  Titular de la Entidad efectúa supervisión y seguimiento a planificación, formulación, aprobación y ejecución del PAC.

PLAN ANUAL DE CONTRATACIONES 2 momentos: PRIMER MOMENTO:

Definición del requerimiento y elaboración del cuadro de necesidades. Consolidación y valorización del cuadro de necesidades.

SEGUNDO MOMENTO: Aprobación del PAC, previa aprobación del PIA. DIFUSIÓN: Publicación en el SEACE.

MODIFICACIÓN DEL PAC 1.Incluir o excluir contrataciones (reprogramación de metas). 2.Se modifique el procedimiento de selección. • OBLIGATORIO para los procedimientos de selección, salvo comparación de precios. • Las Compras Corporativas no requieren de la modificación del PAC de las Entidades participantes, aunque indicarán que se procede a contratar mediante Compra Corporativa Facultativa, con expresa mención de la Entidad encargada de la Compra Corporativa.

EL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN

EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN • Es el conjunto de documentos en el que aparecen todas las actuaciones referidas a un determinado proceso de contratación. Se inicia con el requerimiento del AU hasta el cumplimiento total del las obligaciones derivadas del contrato. Incluye incidencias del recurso de apelación y los medios de solución de controversias de la ejecución contractual.

EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN • Es aprobado por el Titular funcionario delegado.

de

la

Entidad

o

• Para su aprobación se verificará:  El requerimiento;  El documento que aprueba el proceso de estandarización, cuando corresponda;  El informe técnico de evaluación de software, conforme a la normativa de la materia, cuando corresponda;  Las indagaciones de mercado realizadas, y su actualización cuando corresponda;

EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN Resumen ejecutivo; El valor estimado o valor referencial, según corresponda; La CCP y/o la previsión presupuestal; La opción de realizar la contratación por paquete, lote y tramo, cuando corresponda; La determinación del procedimiento de selección, el sistema de contratación y, cuando corresponda, la modalidad de contratación con el sustento correspondiente; La fórmula de reajuste, de ser el caso;

EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN La declaratoria de viabilidad y verificación de viabilidad, cuando esta última exista, en el caso de contrataciones que forman parte de un proyecto de inversión pública; En el caso de obras contratadas bajo la modalidad llave en mano que cuenten con componente equipamiento, las especificaciones técnicas de los equipos requeridos; y, Otra documentación necesaria conforme normativa que regula el objeto de la contratación.

a

la

EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN • PS declarado desierto: nueva aprobación del expediente de contratación según informe de evaluación de las razones que motivaron la declaratoria de desierto.

• El OEC a cargo de la custodia del expediente de contratación, salvo en el período en el que dicha custodia esté a cargo del comité de selección. Para tal efecto debe ordenar, archivar y preservar la documentación que respalda las actuaciones realizadas coordinando con otras áreas.

EL REQUERIMIENTO

REQUERIMIENTO El área usuaria requiere los bienes, servicios u obras a contratar y es responsable de formular las EETT, TDR´s o expediente técnico. Formulación de forma objetiva y precisa, sin crear obstáculos que perjudiquen la competencia. El requerimiento puede incluir, además, los requisitos de calificación que se consideren necesarios.

• El requerimiento de bienes o servicios en general de carácter permanente, cuya provisión se requiera de manera continua o periódica se realiza por periodos no menores a un (1) año.

REQUERIMIENTO No contiene referencia a: fabricación, procedencia determinada, procedimiento concreto que caracterice a los bienes o servicios ofrecidos por un proveedor determinado, marcas, patentes o tipos, origen o a una producción determinados con la finalidad de favorecer o descartar ciertos proveedores o ciertos productos. EXCEPCIÓN: • PROCESO DE ESTANDARIZACIÓN: autorizado por el Titular, agregando las palabras “o equivalente” a continuación de dicha referencia.

REQUERIMIENTO • REQUERIMIENTO ESPECIALES • Incluye referencias de material bibliográfico existente en el mercado, derivado de:  planes curriculares y/o pedagógicos,  por su contenido temático,

 nivel de especialización u  otras especificaciones debidamente justificadas por el área usuaria. Debe establecerse título, autor y edición corresponda a las características requeridas.

que

REQUERIMIENTO • CONTENIDO: • Debe incluir exigencias previstas en leyes, reglamentos técnicos, normas metrológicas y/o sanitarias, reglamentos y demás normas que regulan el objeto de la contratación.

• Puede incluir normas técnicas de carácter voluntario, siempre que sirvan para asegurar el cumplimiento de los requisitos funcionales o técnicos, que se verifique que existe en el mercado algún organismo que pueda acreditar el cumplimiento de dicha norma técnica y que no contravengan las normas de carácter obligatorio.

MODIFICACIÓN DEL REQUERIMIENTO

• Puede ser modificado por indagación de mercado, con aprobación de AU. • Asimismo, como consecuencia de las consultas u observaciones, poniendo de conocimiento a la autoridad que aprobó el expediente de contratación.

HOMOLOGACIÓN DE REQUERIMIENTOS • La homologación es un procedimiento por el cual las Entidades del PE que formulan políticas nacionales y/o sectoriales, establecen las características técnicas de los bienes o servicios en general relacionados con el ámbito de su competencia. • Para ello se considera: priorizar aquellos que sean de adquisición recurrente,

de uso masivo por las Entidades y/o aquellos bienes y servicios estratégico para el sector.

identificados

como

SISTEMAS DE CONTRATACIÓN

SISTEMA DE CONTRATACIÓN • A SUMA ALZADA: cuando las cantidades, magnitudes y calidades de la prestación estén definidas en las especificaciones técnicas, en los términos de referencia o, en el caso de obras, en los planos, especificaciones técnicas, memoria descriptiva y presupuesto de obra, respectivas. El postor formula su oferta por un monto fijo integral y por un determinado plazo de ejecución. - No puede emplearse en obras de saneamiento y viales.

SISTEMA DE CONTRATACIÓN • A PRECIOS UNITARIOS: cuando no puede conocerse con exactitud o precisión las cantidades o magnitudes requeridas. • ESQUEMA MIXTO: para la servicios en general y obras.

contratación

de

• TARIFAS: aplicable para las contrataciones de consultoría en general y de supervisión de obra, cuando no puede conocerse con precisión el tiempo de prestación de servicio.

SISTEMA DE CONTRATACIÓN • EN BASE A PORCENTAJES: aplicable en la contratación de servicios de cobranzas, recuperaciones o prestaciones de naturaleza similar. • EN BASE A UN HONORARIO FIJO Y UNA COMISIÓN DE ÉXITO: aplicable en las contrataciones de servicios.

SISTEMA DE CONTRATACIÓN • SUMA ALZADA Monto fijo integral y por un determinado plazo. No obras de saneamiento y viales.

• PRECIOS UNITARIOS ejecutado.

Monto

según

lo

• ESQUEMA MIXTO Magnitud y cantidad no definida (PU) y lo definido (SA) obras y servicios. • TARIFA EN Consultoría.

BASE

AL

TIEMPO

TRABAJADO

SISTEMA DE CONTRATACIÓN • EN BASE A PORCENTAJES recuperaciones.

Cobranzas

y

• EN BASE A HONORARIO FIJO Y COMISIÓN DE ÉXITO Servicios.

MODALIDAD DE EJECUCIÓN

MODALIDAD DE EJECUCIÓN • LLAVE EN MANO: en bienes y obras. Cuando el postor debe ofertar en conjunto la construcción, equipamiento y montaje hasta la puesta en servicio de determinada obra, y de ser el caso la operación asistida de la obra. En el caso de contratación de bienes el postor oferta, además de estos, su instalación y puesta en funcionamiento. CONCURSO OFERTA: Excepcionalmente. A Suma Alzada, > 10 millones

CONTRATACIÓN POR PAQUETE E ÍTEMS

CONTRATACIÓN POR PAQUETE • Se configura agrupando en el objeto de la contratación, varios bienes, servicios en general o consultorías distintos pero vinculados entre sí, considerando que la contratación conjunta es más eficiente que efectuar contrataciones separadas. • También en obras y estudios de preinversión.

CONTRATACIONES POR ÍTEMS, LOTES O TRAMOS • Se puede realizar un PS según relación de ítems para contratar bienes, servicios en general, consultorías u obras distintas pero vinculadas entre sí con montos individuales > a S/ 31 600,00 cuando el OEC determine la viabilidad económica, técnica y/o administrativa de dicha posibilidad. • Cada ítem constituye un procedimiento independiente dentro de un procedimiento principal al que se le aplica las reglas correspondientes al principal. • Se puede efectuar contrataciones por lotes o tramos.

FÓRMULAS DE REAJUSTE

FÓRMULAS DE REAJUSTE • Se puede prever en los documentos del procedimiento de selección, según variación de índice de precios al consumidor. • No cuando es en moneda extranjera.

EL FRACCIONAMIENTO

FRACCIONAMIENTO FRACCIONAMIENTO INDEBIDO • Cuando se evita el procedimiento de selección (PS). • Se efectúan dos o más PS de una necesidad anual.

• Se evade normativa para realizar contrataciones = o < 8 UIT´s. El área usuaria, el OEC y/u otras dependencias de la Entidad cuya función esté relacionada con la correcta planificación de los recursos, son responsables.

FRACCIONAMIENTO NO SE INCURRE EN FRACCIONAMIENTO INDEBIDO

• No se cuente con los recursos disponibles suficientes para realizar la contratación completa, o surge una necesidad imprevisible adicional a la programada. • La contratación se efectúe a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco.

EL VALOR ESTIMADO

VALOR ESTIMADO • Bienes y Servicios (incluye consultorías en general): Valor Estimado. • OEC considera para aprobación de PAC. • Para bienes y servicios, a través de indagación de mercado. • Se recurre a información que guarde similitud con el requerimiento: contrataciones del sector privado.

VALOR ESTIMADO • Para consultorías: AU proporciona los componentes o rubros, mediante estructura con lo cual OEC estima el presupuesto del servicio.  Para Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco: No corresponde establecer valor estimado.

VALOR ESTIMADO • El valor estimado debe considerar todos los conceptos que sean aplicables, conforme al mercado específico del bien o servicio a contratar.

• Procedimientos de selección según relación de ítems: el valor estimado del conjunto sirve para determinar el tipo de procedimiento de selección, el cual se determina en función a la sumatoria de los valores estimados de cada uno de los ítems considerados. • No es público.

VALOR ESTIMADO • Para los servicios de seguros patrimoniales: asesoramiento de corredor de seguros.

• Puede solicitarse que la cotización contenga estructura con la comisión del corredor de seguros o en todo caso se conviene para ser incluido en el VE. • Antigüedad: No se establece. • El VE puede actualizarse:  Por la naturaleza del objeto contractual.

 Variación de condiciones de mercado

VALOR ESTIMADO • Antes de la convocatoria, el valor estimado puede actualizarse cuando la naturaleza del objeto contractual así lo amerite o cuando se tome conocimiento de la variación de las condiciones de mercado, con la finalidad de estimar adecuadamente los recursos presupuestales necesarios para la contratación.

EL VALOR REFERENCIAL

VALOR REFERENCIAL • Para las consultorías de obras y ejecución de obras • A través de indagaciones de mercado, con respectivo análisis de precios. • En el caso de consultoría de obras, el área usuaria debe proporcionar los componentes o rubros. • Antigüedad: 6 meses a partir de la fecha de determinación del presupuesto de obra o del presupuesto de consultoría de obra.

LA CERTIFICACIÓN DE CRÉDITO PRESUPUESTARIO

CERTIFICACIÓN DE CRÉDITO PRESUPUESTARIO • Requisito INDISPENSABLE para proceso de selección desde la convocatoria hasta la suscripción del contrato. • CERTIFICACIÓN PRESUPUESTARIO:

DE

CRÉDITO

Acto de administración que garantiza la existencia de crédito presupuestal disponible y libre de afectación, para comprometer un gasto con cargo al presupuesto anual.

CERTIFICACIÓN DE CRÉDITO PRESUPUESTARIO • PREVISIÓN PRESUPUESTAL: La inclusión anticipada de todos los posibles gastos en que se incurrirá durante el año

fiscal.

ALCANCES DE LA CCP • CCP: desde convocatoria hasta suscripción del contrato. • Previsión presupuestal: autorizado por OGA y OP, garantizando la programación de los recursos suficientes para atender el pago de las obligaciones en los años fiscales subsiguientes.

ALCANCES DE LA CCP • Constancia de previsión de recursos: en PS convocados en el IV Trimestre, cuya BP y suscripción se efectúen al año siguiente. Contendrá monto, financiamiento.

metas

previstas

y

fuente

de

Previa a BP se convierte en CCP, solicitada por el OEC o CS.

TERCERA SESIÓN ASPECTOS IMPORTANTES

FASES DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN

Actos Preparatorios o de Programación

De Selección

Ejecución Contractual

I FASE Programación y Actos Preparatorios

LOS ACTOS PREPARATORIOS

PAC

Requerimiento

Valor Estimado o Referencial

Certificación de Crédito Presupuestario o Previsión Presupuestal

LOS ACTOS PREPARATORIOS

Aprobación Expediente de Contratación

Comité de Selección / OEC

Documentos del Procedimiento

Convocatoria

APROBACIÓN DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN

EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN • Es el conjunto de documentos en el que aparecen todas las actuaciones referidas a un determinado proceso de contratación. Se inicia con el requerimiento del AU hasta el cumplimiento total del las obligaciones derivadas del contrato. Incluye incidencias del recurso de apelación y los medios de solución de controversias de la ejecución contractual.

APROBACIÓN DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN • Es aprobado por el Titular funcionario delegado.

de

la

Entidad

o

• Para su aprobación se verificará:  El requerimiento;  El documento que aprueba el proceso estandarización, cuando corresponda;

de

APROBACIÓN DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN  El informe técnico de evaluación de software, conforme a la normativa de la materia, cuando corresponda;  Las indagaciones de mercado realizadas, y su actualización cuando corresponda;  Resumen ejecutivo;  El valor estimado o valor referencial, según corresponda;

APROBACIÓN DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN La CCP y/o la previsión presupuestal; La opción de realizar la contratación por paquete, lote y tramo, cuando corresponda; La determinación del procedimiento de selección, el sistema de contratación y, cuando corresponda, la modalidad de contratación con el sustento correspondiente;

APROBACIÓN DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN La fórmula de reajuste, de ser el caso;

La declaratoria de viabilidad y verificación de viabilidad, cuando esta última exista, en el caso de contrataciones que forman parte de un proyecto de inversión pública;

APROBACIÓN DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN En el caso de obras contratadas bajo la modalidad llave en mano que cuenten con componente equipamiento, las especificaciones técnicas de los equipos requeridos; y,

Otra documentación necesaria conforme normativa que regula el objeto de la contratación.

a

la

APROBACIÓN DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN • PS declarado desierto: nueva aprobación del expediente de contratación según informe de evaluación de las razones que motivaron la declaratoria de desierto.

• El OEC a cargo de la custodia del expediente de contratación, salvo en el período en el que dicha custodia esté a cargo del comité de selección. Para tal efecto debe ordenar, archivar y preservar la documentación que respalda las actuaciones realizadas coordinando con otras áreas.

EL COMITÉ DE SELECCIÓN

COMITÉ DE SELECCIÓN • Se encarga de la preparación, conducción y realización del procedimiento de selección hasta su culminación. • Los procedimientos de selección pueden estar a cargo de un comité de selección o del OEC. OBLIGATORIO • Licitación pública, • concurso público y CS • la selección de consultores individuales

COMITÉ DE SELECCIÓN POTESTATIVO • Subasta inversa electrónica, • adjudicación simplificada. CONFORMACIÓN 3 Miembros.  1 del OEC  1 conocimiento técnico en el objeto de la contratación, salvo en consultoría y ejecución de obras: 2.  Pueden ser expertos independientes o de otros entes.

COMITÉ DE SELECCIÓN Designación por escrito, consignando nombres y apellidos completos. Suplente actúa ante ausencia del titular y se debe evaluar para deslindar responsabilidad. Son solidariamente responsables. Acuerdos por unanimidad o mayoría. No hay abstención. Decisiones en actas. Normativa no dispone libro de actas.

COMITÉ DE SELECCIÓN La designación es irrenunciable. Notificación a cada uno de los miembros. No hay plazo para instalación. Sesionan todos titulares. Se elimina el Comité de carácter permanente.

• No puede alterar, cambiar o modificar la información del expediente de contratación.

COMITÉ DE SELECCIÓN Impedimentos para integrar Comité de Selección:

 Titular de la Entidad.  Servidores públicos que tengan atribuciones de control y fiscalización, salvo cuando perteneciendo al órgano de control es miembro con conocimiento técnico.

 Los que aprobaron expediente de contratación, designado comité de selección, aprobación de documentos del procedimiento de selección, referido al proceso de contratación.

MÉTODOS DE CONTRATACIÓN PROCEDIMIENTOS DE SELECCIÓN  Licitación Pública: Comité de Selección  Concurso Público: Comité de Selección  Adjudicación Simplificada: OEC ó CS  Selección de consultores individuales: Comité de Selección

 Comparación de precios: OEC. Es electrónica.  Subasta Inversa Electrónica: OEC ó CS  Contratación Directa: OEC  Tratándose de obras y consultoría de obras siempre habrá CS.

LOS DOCUMENTOS DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN

DOCUMENTOS DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN • Los órganos a cargo de los procedimientos de selección preparan los documentos del procedimiento de selección, así como para adoptar las decisiones y realizar todo acto necesario para el desarrollo del procedimiento hasta su culminación, sin que puedan alterar, cambiar o modificar la información del expediente de contratación.

DOCUMENTOS DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN • Son: las bases para licitación pública, concurso público, adjudicación simplificada, SIE y contratación directa*, las solicitudes de expresión de interés para selección de consultores individuales, Las solicitudes de cotización para comparación de precios. *Artículo 87 del RLCE.

DOCUMENTOS DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN • Considera: obligatoriamente los documentos estándar que aprueba el OSCE (Directiva N° 001-2016-OSCE/CD) y la información técnica y económica contenida en el expediente de contratación aprobado. Visados en todas sus páginas y aprobados por el funcionario competente, según normas de organización interna.

DOCUMENTOS DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN • Contenido de las BASES: o La denominación del objeto de la contratación; o Las EETT, los TDR o el Expediente Técnico de Obra, según corresponda;

DOCUMENTOS DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN • Contenido de las BASES: o El VE y VR, éste último para consultoría de obras y ejecución de obras con los límites inferior y superior. Se calculan con dos decimales. En límite inferior con más de dos decimales, se aumenta en un dígito el valor del segundo decimal. En límite superior, se considera el valor del segundo decimal sin redondeo.

DOCUMENTOS DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN • Contenido en BASES: o La moneda en que se expresa la oferta económica; o La modalidad de ejecución de llave en mano; o El sistema de contratación; o Las fórmulas de reajuste;

DOCUMENTOS DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN • Contenido en BASES: o El costo de reproducción; o Los requisitos de precalificación, corresponda; o Los requisitos de calificación;

cuando

DOCUMENTOS DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN • Contenido en BASES: o Los factores de evaluación; o Las instrucciones para formular ofertas; o Las garantías aplicables; o Las demás condiciones contractuales; y, o La proforma del contrato, cuando corresponda.

DOCUMENTOS DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN • Contenido en SOLICITUDES DE EXPRESIÓN DE INTERÉS: o La denominación del objeto de la contratación; o Los Términos de Referencia; o El VE, que constituye el precio de la contratación;

DOCUMENTOS DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN • Contenido en SOLICITUDES DE EXPRESIÓN DE INTERÉS: o El formato de hoja de vida; o Los factores de evaluación y el procedimiento de calificación y evaluación; y, o Las instrucciones para formular expresión de interés.

DOCUMENTOS DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN • Contenido en SOLICITUDES DE COTIZACIÓN: o Las Especificaciones Técnicas, los Términos de Referencia, según corresponda;

DOCUMENTOS DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN • Contenido SIN SOLICITUDES DE COTIZACIÓN: o Cuando la información se obtenga de manera telefónica, presencial o mediante portales electrónicos, la Entidad debe elaborar un informe que contenga los detalles de dicha indagación.

CALIFICACIÓN DE OFERTAS

CALIFICACIÓN DE OFERTAS • Es la verificación de los requisitos del postor. NO se verifica la oferta.

REQUISITOS DE CALIFICACIÓN • Pueden adoptarse: • Capacidad legal: documentación que acredite la representación y habilitación para llevar a cabo la actividad económica materia de contratación; • Capacidad técnica y profesional: acredita el equipamiento, infraestructura y/o soporte y la experiencia del personal requerido. Las calificaciones del personal pueden ser requeridas para consultoría en general; • Experiencia del postor.

REQUISITOS DE CALIFICACIÓN • Para tomar en cuenta: La Entidad no puede imponer requisitos distintos a los establecidos en las Bases Estándar.

Respecto a la promesa formal de consorcio, solo se considera la experiencia de aquellos integrantes que ejecutan conjuntamente el objeto materia de la convocatoria, previamente ponderada, conforme a Directiva N° 002-2016-OSCE/CD.

EVALUACIÓN DE OFERTAS

EVALUACIÓN DE OFERTAS • Es la asignación de puntaje, aplicación de los factores de evaluación. Referido a la oferta. Varía según procedimiento de selección.

EVALUACIÓN DE OFERTAS • Tiene por objeto determinar la oferta con el mejor puntaje y el orden de prelación de las ofertas, según los factores de evaluación enunciados en los documentos de los procedimiento de selección.

• Previamente se debe determinar si las ofertas responden a las características y/o requisitos funcionales y condiciones de las EETT y TDR. De no cumplir con lo requerido, la oferta se considera no admitida. • Solo se evalúan las ofertas que cumplieron.

PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN • Contempla Factores de Evaluación: deben guardar vinculación, razonabilidad y proporcionalidad con el objeto de la contratación • Ponderación de cada factor: puntajes máximos para cada factor y la forma de asignación del puntaje en cada factor. • En consultorías hay puntaje mínimo (80).

PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN • En bienes, servicios en general y obras, la siguiente ponderación: Precio 50 a 100 (si va 100, entonces permite 1 solo factor). Otros Factores 0 a 50. Consultoría: evaluación técnica y económica sobre 100 puntos.

FACTORES DE EVALUACIÓN

FACTORES DE EVALUACIÓN • Para bienes, servicios en general y obras: Deben ser objetivos. Además están previstos en las bases estandarizadas. Obligatorio o Precio Opcional o Plazo para entrega de bienes o prestación de servicios.

FACTORES DE EVALUACIÓN Opcional o Características particulares que se ofrecen para el objeto de la contratación, como las relacionadas a sostenibilidad ambiental o social, mejoras para bienes y servicios, etc. o Garantía comercial y/o de fábrica.

FACTORES DE EVALUACIÓN CONSULTORÍA • Precio, que es obligatorio. Además se considerará uno como mínimo: • Metodología propuesta. • Calificaciones y/o experiencia del personal clave. • Referidos al objeto de convocatoria, equipamiento e infraestructura. • Otros en Bases Estándar.

FACTORES DE EVALUACIÓN CONSULTORÍA • Consultores individuales: • Experiencia en la especialidad. Calificación del personal. • Entrevista (fijados en bases estándar).

CONTENIDO DE LAS OFERTAS

CONTENIDO DE LAS OFERTAS • Declaración Jurada según artículo 31 del RLCE: a) No tiene impedimento para postular en el procedimiento de selección ni para contratar con el Estado, conforme al artículo 11 de la Ley; b) Conoce, acepta y se somete a los documentos del procedimiento de selección, condiciones y reglas del procedimiento de selección;

CONTENIDO DE LAS OFERTAS c) Es responsable de la veracidad de los documentos e información que presenta en el procedimiento; d) Se compromete a mantener su oferta durante el procedimiento de selección y a perfeccionar el contrato en caso de resultar favorecido con la buena pro; y, e) Conoce las sanciones contenidas en la Ley y su Reglamento, así como en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

CONTENIDO DE LAS OFERTAS • Declaración /o documentos que acrediten cumplimiento de EETT, TDR o ET.

• Carta compromiso del personal clave con firma legalizada. Es obligatorio para obras y consultorías. • Promesa de consorcio legalizada con toda la información. • Monto de la oferta y detalle de precios unitarios.

CUARTA SESIÓN ASPECTOS IMPORTANTES

LOS ACTOS PREPARATORIOS

Aprobación Expediente de Contratación

Comité de Selección / OEC

Documentos del Procedimiento

Convocatoria

El Expediente de Contratación: • Conjunto de documentos en el que aparecen todas las actuaciones referidas a un determinado proceso de contratación. • Se inicia con el requerimiento hasta el cumplimiento total del las obligaciones derivadas del contrato. Incluye incidencias del recurso de apelación y los medios de solución de controversias de la ejecución contractual.

• La aprobación por el funcionario que haya sido delegado para tal efecto. • Para tal efecto se debe verificar todo lo actuado.

• PS declarado desierto: nueva aprobación del expediente de contratación según informe de evaluación de las razones que motivaron la declaratoria de desierto. • El OEC a cargo de la custodia del expediente de contratación (ordenar, archivar y preservar la documentación).

El Comité de Selección: • Encargado de la preparación, conducción y realización del procedimiento de selección hasta su culminación. • 3 miembros titulares y 3 suplentes:  1 del OEC  1 conocimiento técnico en el objeto de la contratación, salvo en consultoría y ejecución de obras: 2.

El Comité de Selección: Designación por escrito, nombres y apellidos completos.

consignando

Suplente actúa ante ausencia del titular y se debe evaluar para deslindar responsabilidad. Son solidariamente responsables. Acuerdos por unanimidad o mayoría. No hay abstención.

El Comité de Selección: Decisiones en actas. Normativa no dispone libro de actas. La designación es irrenunciable. No hay plazo para instalación. Se elimina el Comité de carácter permanente. • No puede alterar, cambiar o modificar la información del expediente de contratación.

PROCEDIMIENTOS DE SELECCIÓN CON ÓRGANO DE ENCARGADO DE LA CONDUCCIÓN  Licitación Pública: Comité de Selección  Concurso Público: Comité de Selección  Adjudicación Simplificada: OEC ó CS  Selección de consultores individuales: Comité de Selección  Comparación de precios: OEC. Es electrónica.  Subasta Inversa Electrónica: OEC ó CS  Contratación Directa: OEC  Tratándose de obras y consultoría de obras siempre habrá CS.

Los Documentos Selección:

del

Procedimiento

de

• Los órganos a cargo de los procedimientos de selección preparan los documentos del procedimiento de selección. • No se puede alterar, cambiar o modificar la información del expediente de contratación. • Considera: Obligatoriamente Directiva N° 001-2016OSCE/CD y la información técnica y económica contenida en el expediente de contratación aprobado.

Los Documentos Selección:

del

Procedimiento

de

• Son: Bases: licitación pública, concurso público, adjudicación simplificada, SIE y contratación directa*, Solicitudes de expresión de interés: selección de consultores individuales, Solicitudes de precios. *Artículo 87 del RLCE.

cotización: comparación

de

Calificación de Ofertas: • Es la verificación de los requisitos del postor. NO se verifica la oferta. • Capacidad legal: acredita representación y habilitación para llevar a cabo la actividad económica materia de contratación; • Capacidad técnica y profesional: acredita equipamiento, infraestructura y/o soporte y la experiencia del personal requerido. Las calificaciones del personal pueden ser requeridas para consultoría en general; • Experiencia del postor.

Evaluación de Ofertas: • Asignación de puntaje, aplicación de los factores de evaluación. Referido a la oferta. Varía según procedimiento de selección. • Determina oferta con mejor puntaje y orden de prelación de las ofertas. • Previamente se determina ofertas que respondan a las características y/o requisitos funcionales y condiciones de las EETT y TDR. De no cumplir con lo requerido, la oferta se considera no admitida. • Solo se evalúan las ofertas que cumplieron.

Procedimiento de Evaluación: • Contempla Factores de Evaluación: deben guardar vinculación, razonabilidad y proporcionalidad con el objeto de la contratación

• Ponderación de cada factor: puntajes máximos para cada factor y la forma de asignación del puntaje en cada factor. • En consultorías hay puntaje mínimo (80).

Procedimiento de Evaluación: • En bienes, servicios en general y obras, la siguiente ponderación: Precio 50 a 100 (si va 100, entonces permite 1 solo factor). Otros Factores 0 a 50.

Consultoría: evaluación técnica y económica sobre 100 puntos.

Factores de evaluación: • Para bienes, servicios en general y obras: Deben ser objetivos. Además están previstos en las bases estandarizadas.

Obligatorio oPrecio Opcional oPlazo para entrega de bienes o prestación de servicios.

Factores de evaluación: Opcional oCaracterísticas particulares que se ofrecen para el objeto de la contratación, como las relacionadas a sostenibilidad ambiental o social, mejoras para bienes y servicios, etc. oGarantía comercial y/o de fábrica. En Consultoría • Precio (obligatorio) y mínimo: • Metodología propuesta o calificaciones y/o experiencia del personal clave o equipamiento e infraestructura.

En Consultoría Individual • Experiencia en la especialidad. Calificación del personal. • Entrevista (fijados en bases estándar).

Contenido de la Oferta • Declaración Jurada según artículo 31 del RLCE: No tener impedimento, Se somete a los documentos del procedimiento de selección, Responsable de la veracidad, Mantener su oferta Conoce las sanciones.

• Declaración /o documentos cumplimiento de EETT, TDR o ET.

que

acrediten

• Carta compromiso del personal clave con firma legalizada. Es obligatorio para obras y consultorías. • Promesa de consorcio legalizada con toda la información. • Monto de la oferta y detalle de precios unitarios.

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