"SALUD Aprueban Plan Nacional de Prevención del Cáncer

Nº 071-96-SA/DM, de fecha 6 de febrero de 1996, contempla también la prevención y el tratamiento oportuno del cáncer ginecológico de cuello uterino y mama;.
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"SALUD Aprueban Plan Nacional de Prevención del Cáncer Ginecológico 1998-2000 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 103-99-SA/DM Lima, 26 de febrero de 1999 Visto el Documento DGSP-Nº 480-02-99, presentado por la Dirección General de Salud de las Personas; CONSIDERANDO: Que el Programa de Salud Reproductiva y Planificación Familiar 1996-2000, aprobado por Resolución Ministerial Nº 071-96-SA/DM, de fecha 6 de febrero de 1996, contempla también la prevención y el tratamiento oportuno del cáncer ginecológico de cuello uterino y mama; Que siendo el cáncer ginecológico, principalmente el de cuello uterino y mama, un problema de salud pública en nuestro país por ser la primera causa de muerte en las mujeres en edad fértil, constituyendo una patología ginecológica prevenible que afecta la salud reproductiva; Que el Plan Nacional de Prevención del Cáncer Ginecológico: Cuello Uterino y Mama 1998-2000, elaborado por el Programa de Planificación Familiar, ha sido previamente evaluado y su formulación ha contado con las recomendaciones del Colegio Médico del Perú, Instituto de Enfermedades Neoplásicas, Sociedad Peruana de Cancerología, Sociedad Peruana de Ginecología y Obstetricia y el Colegio de Obstetrices; y, Con la opinión favorable del Viceministro de Salud; SE RESUELVE: 1º.- Aprobar el ""PLAN NACIONAL DE PREVENCION DEL CANCER GINECOLOGICO: CUELLO UTERINO Y MAMA 1998-2000"", que constituye el marco referencial y estratégico de las acciones locales y de nivel nacional. 2º.- El Programa de Planificación Familiar de la Dirección de Programas Sociales - Dirección General de Salud de las Personas, tendrá a su cargo la ejecución, coordinación, supervisión y evaluación del plan en el ámbito del sector salud y demás sectores sociales. 3º.- Derogar todas las disposiciones que se opongan a lo normado en el plan que se aprueba conforme al numeral primero de la presente resolución.

Regístrese y comuníquese. CARLOS AUGUSTO DE ROMAÑA Y GARCIA Ministro de Salud"