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DE SALUDyvtronlkjihfedbaZWSRPOMJIHGDCBA
No
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00672/1 -yvtrponmljif 5,4
Vista, el Informe N° 587-2015-ERP-ByP, de fecha 16 de abril del 2015, contenido en el Expediente W 15-027614-001, sabre los subsidios par faliecimiento y gastos de sepelio, solicitados par donautsrqonmligedcaZYWVU ROSA ELIZABETH MOSCOSO PAJUELO; CONSIDERAN
DO:
Que, can escrito de fecha 20 de marzo del 2015, dona ROSA ELIZABETH MOSCOSO PAJUELO, identificada can D.N.I. N° 06756007, solicita se Ie conceda ios subsidios par faliecimiento y gastos de sepelio de su senora madre dona ELIZABETH MARIA PAJUELO QUILCATE, presentando para tal efecto, copia certificada del Acta de Defunci6n W 07301503, expedido par el Registro Nacional de Identificaci6n y Estado Civil - RENIEC, Jesus Maria, que obra a fojas 08, dande se senala como fecha de faliecimiento el dia 02 de marzo del 2015, y copia certificada de la Partida de Nacimiento N° 07301502, expedido por el Registro Nacional de Identificaci6n y Estado Civil - RENIEC, Jesus Maria, que obra a fojas 07, can 10 que acredita su condici6n de hija de la causante; Que, mediante Boletas de Venta W 002365 Y 003328, emitidos por la Agencia Funeraria "Castro" y la Funeraria "Cruz", que obran a fojas 05 y 03, respectivamente, se acredita que la solicitante, sufrag6 los respectivos gastos de sepelio de su senora madre; Que, de acuerdo al Informe Situacional Actual N° 956-2015-SERL-EIE-OARH-OGGRH, expedido con fecha 26 de marzo del 2015, par el Equipo de Ingreso y Escalaf6n, que obra a fojas 01, la solicitante es servidora de la Oficina de Logistica de la Oficina General de Administraci6n del Ministerio de Salud, can el cargo de Auxiliar Administrativo, Nivel SAB; 0
Que, el inciso j) del arti~ulo 142 del Reglamento del Decreta Legislativo W 276, aprobado por Decreta Supremo W 005-90-PCM, dispone el otorgamiento de los subsidios por fallecimiento del servidor y sus familiares directos, asi como los gastos de sepelio, y el articulo 144", establece el otorgamiento de tres remuneraciones totales en caso de faliecimiento del servidor y de dos remuneraciones totales en caso de faliecimiento del c6nyuge, hijo 0 padres del servidor; asimismo. el articulo 145 dispone el otorgamiento de dos remuneraciones totales por gastos de sepelio, a quien haya efectuado los mismos; 0
CH.
Que, mediante Resoluci6n de Sala Plena W 001-2001-SERVIRITSC, publicada el18 de junio del 2011, en el Diario Oficial "EI Peruano", el Tribunal del Servicio Civil acord6 establecer, como precedente administrativo de observancia obligatoria, la aplicacion de la Rernuneraci6n Total, para el calculo de beneficios, bonificaciones, subsidios y asignaciones por servicios al Estacio;
W 524-2012-SERVIR/GPGSC, expedido con fecha 21 de diciernbre del 2012, Que, a traves dellnforme por la Gerencia de Politicas de Gesti6n del Servicio Civil, se precisa la estructura del sistema de pago y base de calculo de derechos. del regimen de carrera adl'Tiinist~ativa regulado por el Decreto Lsgislativo W 276;
Que, mediante Informe Tecnico W 356-2014-SERVIR/GPGSC de fecha 06 de junio del 2014, emitido por la Gerencia de Polfticas de Gestion del Servicio Civil de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, ente rector del Sistema Administrativo de Gestion de Recursos Humanos, senalayvtrponmljifecbaUTSRPONMLJIEDCBA 10 siguiente: Los precedentes administrativos establecidos por el Tribunal del Servicio Civil en la Resolucion de Sala Plena W 001-2011-SERVIRITSC, son exigibles a todas las entidades publicas comprendidas en el ambito del Sistema Administrativo de Gestion de Recursos Humanos a partir del 18 de junio del 2011, debiendo las entidades tener en cuenta los criterios senalados en el Informe Legal W 524-2012SERVIR/GPGSC, mediante el cual se complementolo indicado en el precedente vinculante del Tribunal, estableciendo los conceptos que integran la remuneracion total; Que, conforme a 10 expuesto, de acuerdo al Informe del Visto, emitido por el Equipo de Remuneraciones y Pensiones, la remuneracion total mensual de la mencionada servidora asciende ayvtronlkjihfedbaZWSRPOMJIHGDCBA S/. 128.92 Nuevos Soles, por 10 que corresponde reconocer a dona ROSA ELIZABETH MOSCOSO PAJUELO, el equivalente a cuatro (04) remuneraciones totales mensuales, ascendente a S/. 515.68 Nuevos Soles, por concepto de subsidio por faliecimiento y gastos de sepelio de su senora madre; Con los visados del Jefe de Equipo de Remuneraciones y Pensiones, y del Ejecutivo Adjunto I de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos; y, De conformidad con 10 establecido en el Decreto Legislativo W 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo W 005-90-PCM Y la Ley W 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015; SE RESUElVE: ARTicULO 1°._ RECONOCER a favor de dona ROSA ELIZABETH MOSCOSO PAJUElO, la suma de QUINIENTOS QUINCE CON 68/100 NUEVOS SOLES (S/. 515.68), equivalente a cuatro (04) remuneraciones totales mensuales de S/. 128.92 Nuevos Soles, que comprende: dos (02) remuneraciones totales mensuales ascendente atsrpomlkjigedcaZWVSPONJIFA S/. 257.84 Nuevos Soles por concepto de subsidio por fallecimiento y dos (02) remuneraciones totales mensuales ascendente a S/. 257.84 Nuevos Soles p~r concepto de subsidio por gastos de sepelio de su senora madre dona ELIZABETH MARIA PAJUELO QUILCATE, conforme a 10 expuesto en los considerandos de la presente resolucion. ARTicULO 2°._ EI egreso que demande el cumplimiento de la presente resolucion, estara supeditado a la disponibilidad presupuestal existente en la Especffica de Gasto: 2.2.23.42 de la Meta: 0064, de la Unidad Ejecutora 001, Pliego 11 - Ministerio de Salud. ARTicULO 3°._ La Oficina General de Administracion a traves de la Oficina de Economfa, es la encargada de dar cumplimiento a la presente resolucion. ~'.
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ARTicULO 4°._ NOTIFICAR la presente resolucion en el domicilio de la beneficiaria, sito en Jr. Yurua N° 538, distrito de Brena . ARTicULO 5°._ Encargar al Equipo de Ingreso y Escalafon la incorporacion de la presente resolucion en ellegajo personal de dona ROSA ELIZABETH MOSCOSO PAJUELO. Registrese
y Comuniquese,