r>ra'arraZ uy' - Ministerio de Educación

1 sept. 2011 - de Productos" define "Certificación", aquella áctividad por la cual una tercera parte asegura por crito que un producto (incluyendo proceso y ...
2MB Größe 2 Downloads 0 vistas
,qr""úr.;*

-" -nu +a-z' /r>ra'arraZ uy'{a 1i.", J I Ag020ll

nro 005_ 026,el Memorando nro 0030-2011_ED/UE nro.OO3-ADS Vistos;el Memorando ADSnro 0030,del comité 026 y el Informenro oo2-2011-ME/CE ADs nro.0030-2011-ED-UE selectiva nro D¡rediva proceso la Adjud¡cac¡ón de de selección del a cargode la conducción Especiel "Contratación y física cLlmpl¡miento de calidad parala de evaluación del servicio OO30-2011-ED-026 parala proceso de selecc¡ón presentadas al muestras técnicasde las de las esóecificaciones para Ias aulas de los y delAreade Cienc¡aAmbiente educativos delmódulode mater¡ales adquis¡ción de la Dirección y PRONEI-DEf', nro.525-201UVMGP/DIGEBR-DEl el Memorando infantiles Iardines de Asesoria la Oficina de lnicial,V el lnformeLegalnro.825- 2O1VMED-5G-OAJ de Educación y, lurídica; CONSIDERANDO: del de Contrataciones Que, el día 12 de julio de 2011,se convocóen el SistemaElectrónico para el procesode Adjudicac¡ónDirectaSelectivanro.0030-2011_ED-026 Estado,en adelanteSEACE, "Contratación de calidadfís¡cay cumplimientode las especificaciones del serviciode evaluación del módulo de al procesode selecciónpara la adquis¡cióñ nicasde las muestraspresentadas

y infantil'"s del Áreade cienciay Ambienteparalas aúlasde los jard¡nes óbterialeseducativos y y un mil seiscientos c¡ncuenta de S/. 51,652.64 ONEI-DEl"i por un valorreferencial {Sesenta el proceso; soles); enadelante osy 64/100nuevos

Que, según el cronograma del citado proceso, la etapa de formulación de observaciones' el 20 de julio de 2011; vencíael 15 de iutiode 2011 y el plazoparasu ¿bsoluc¡ón,

lulio Miguel Que, mediantedocumentode fecha 15 de julio de 2011,el participante a las bases,y, a travésde documentode fecha20 formulacualroobservacioñes Alegrr¿, Caq¿nova 2 y no acogelas jul¡o de 2011, el ComitéEspeciala carSodel procesoacogela observación 1,3 y 4; ervaciones

queintegran lasllasesdel lostérminosde referencia nro,O1cuestiona Que,la observación esté que ev¿lu¿dora la empresa proceso, en el extremosegúnel cualla entidadestásol¡citando y de la Protección de la de Defensade la Competencia ante el InstitutoNacional acreditada que productos, el -INDECOPI, exiEencia de certificador como organismo Intelectual Propiedad innecesária e observante estíma restrictiva a la part¡cipaciónde postores, además de ante el de productosacreditados certiflcadores por cuaÍlo no existenorganismos ntrascendente, que productos los cert¡ficar por la normativade normaiización, a DECOPI oue esténautorizados, por lo que, cualquierlaboratoriode ensayo,acreditadoo no ante el rán objeto de evaluación;

en establecidos conlosparámetros cumpliendo podríarealizar verificación, la mencionada INDECOpI el en tal sentido, necesario; y conel perfilpaofesionaly equ;pamiento técnicas lasespecific¿ciones

y y cornpetencra, vulne.alos princ;piosde 1¡breconcurrenc¡a cipanteestir¡aque esaexigencia y postores solo potenciales estatales,limitandoel universode nomíade lascontrataciones

orieñtándo¡o hacialasempresas quecuentan o laboratorios y conla acreditac¡ón anteel lNDECOPl, escontraria a lo dispuesto en el artículo 13edela LeydeContrataciones porel delEstado, aprobada DecretoLegislativo nro. 1017,se8únel cual la formulaciónde las especificaciones técñicasdebe permitirIa concurrencia de la pluralidad de proveedores en el mercadooarala convocatoria de¡ procesode selección, respect¡vo eviiandoincluirrequisitos ¡nnecesarios cuyocumpl¡miento sólo favorezcaa determ¡nados oostores: Que,en la absolución de la observac¡ón 01,elComitéEspecialabsue¡ve la observación enel que sentido los laboratorios de ensayono emitenconform¡dad respectodel cumplimiento de para especificaciones técnicas,sino que sólo emiten inforrates de ensayoscon resultados. este proceso, quese requiere consideran de un Organismo Certificador paracua¡quier de productos tipo de productoy que em¡tacumplir¡iento de especificac¡ones técn¡cas.5e solicitaestaacreditac¡ón porqueavalaa la certificadora quetrabajedeacuerdo porel INDECOPI a lineamientos contemplados en lo querespecta als¡stema decalidad; Qüe,la observación 3 se formulapor cuanto,parael otor8amientode puntajeen el Factor de Evaluac¡ón 2.1 - Experiencia del Postor, el ComitéEspecial ha considerado como Drenes "materiales similares, general en relacionados a productos y te¡as,,, de madera,plásticos es decir, aquellosproductode la integrac¡ón de tres espec¡al¡dades: madera,plásticoy telas, lo que el observante considera proponiendo quese soliciteexperiencia excesivo, en la evaluación de bienes de madera,o evaluac¡ón de bienesde plástico que o evaluac¡ón de bieñesde tela,por considerar (bieñes d¡chos componentes de madera, bienes de plástico o bienesde tela)soñlosqueintegran el conceptode bienessimilares; en la absolución, el ComitéEspecjal No Acogela observación, que la redacción expresando quedatal comoestáformulado de dichocriteriode eva¡uación en las basesdel orocesoi Que, la observac¡ón4 está referida al Factor de Evaluación2.2 -Equipo profesional, por o¡siderárel observenteque se está exig¡endo que un solo ingenierotenga la especialidad en la

evaluación de los b¡enesde madera,plástico y tela,cuandoIa organización corporativa de una empresase basaen la especialidad que de su personal, es decir, las tareasse asignana los profesionales segúnsu perfil,por lo que requer¡r que un soloprofesional abarque todala gamade posibilidades de experiencia en bienessimilares y antitécn¡co, planteando resultaexcesivo que lo exigjbleseaque los iñgenieros cuñplancon la espec¡alidad en eva¡uación de bieness¡milares de madera, y detela,deformaindistinta. de plástico Que,con reiacióna la observación por 4, el ComitéEspecial ¡a absuelve sin acogerla, que,en ningunode los extremosde la redacción considerar de esefactorde evaluación se he que un solo inge¡ierotengaconocimiento solicitado sobretodaslas especialidades: bienesde y tela; por el contrario, dera,p¡ástico en eltextoexpreso delfactorde evaluación 2.2 Equipo rofesional,se hacela precisiónde que: "No se le asignarápuntajealgunosi el postorproponea

uno (01)o dos (02)ingenieros que ten8anlas tres especialidades, por lo que obl¡gatoriamente deberán sertres(03)ingen¡eros por asignados y conla exper;enc¡a !no cadaespecia¡idad solicitada,,; Que,a travésdel docume.tode fecha22 dejuliode 2011,el señorJulioMiguelCasanova Alegría sol¡clta la elev¿c¡ón de susobservaciones noacogid¿s, al Titularde la entidad; Que,conrelación a la temática de la observación nro.01, se puedetoñarcomoreferenc¡a e l contenido delOficionro.08102011-SNAINDECOPt defecha19 deju¡iode 2011,a travésdelcual el JefedelServicio Nacional de Acreditación del¡nst¡tuto Naciona] de Defensa de la Comoetencia v -lNDECOpl, la Protección de la Propiedad Intelectual por la absuelve una consultaformuláda ctora de EducaciónInicial,en un procesopara el serviciode evaluaciónde muestras,para la uisiciónde módulosde psicomotricidad paraniñosde 3 a s años; indicandoque," Bajolos

'-9-"¿'-;*

¡á-¿t'a"a;'''/f

li ouu-'-'ou''o

cr;teriosiñternaclonales v¡gentes,actualmenteño aplicala certiflcaciónde muestras(prototipo)y lotesde productos. Lacertificación se otorga,por requerimiento y mediante de un proveedor un esquemade certificac¡ón defin¡dapor el organismocertificador,el mlsmo que debe precisarel productoa cert¡flcar y el documento (norrna normativo de requisitos)...Toda alusión a la acreditación sign¡fica la emisiónde Certificados de Conform¡dad haciendo usode símbolode acreditación. Sin embargoquedaen potestaddel usuariodel sistemade acreditación el aceptarcertiflcados de conformidadfuera del alcancede la acreditación, que pudieranem;t¡r los organismos de certificac¡ón acreditados ,.,Ap¿rtirde enerodelpresente año,losalcances de lasacreditaciones han sido actua¡i2ados a fin de cumplircon los criteriosinternacionales, los mlsmoque requteren se precisen el productoa certificar, (normade requisitos) el documento y el esquema normativo de (formade evaluarlos productos). certiflcación Dichorequerimiento se encuentra defiñidoen la DirectrizSNA-acF08D"Criteriosparala acreditación de Organismos de Certificación de productos,, aprobada en septiembre de 2010"; p/DIGEBRen esarespuesta, Que,consustento a travésdelMemo¡ando nro.525,2011^MG DEIde fecha02 de agostode 2011,ia Directora de Educacjón Inicial, consustento en el lnformen!.o. 130-2011/VMGP/IGEBR-DEl-ARME, proponey adjuntareformu¡ados lostérminosde referencia del rvic¡o, proponiendo en ese extremo,que "la empresaevaluadora deberáser un org¿nisrno quep!edaemitirun informede conforñidad rtificador de productos incluso fueradelalcance de su acredit¿ción"j

Que, de la ¡ecturade lás basesdel proceso, se conoceque las muestrasa evaluarse correspondientes a la adquisición de materialeducat¡vo y Ambienteparalas del áreade Ciencia -DEl, corresponden aulasde los jardinesinfantiles y PRONOEI a los siguientes bjenes:kit de linternas/ kit de Iupas,k¡tde estecas, kit de f.ascos recolectores conlupa,kit de rodillosde madera. it dejarrasconmedidas, kit de tazasmedidoras, kit detubosde ensayo contapay unaEradil¡a, kit coledores de arena,kit de embudos, k;t de Boteros, kit de ñorteros,kit de imanes, kit de v¡sores quetransforman colores, kit de espejos imágenes, para balanza de madera, kit de tinasplásticas multiuso; ELay ¿rendcon soportesretá icosy kil de marcado.es

Que, segúnla i¡formación contenida en el portalinstitucional del ¡nstitutoNacional de Defensa y de la Competenciade la Protección de la Propiedad Intelectual-lNDECOpl, en el rubrode "Servicio Nacional de Acred¡tac;ón", específicamente en el linkcorrespondiente a "Directorio de Organismos de Certificación de Productos", queno ex¡steningúnorganismo seconstata certific¿dor ara otorgaracreditaciones de cumplimientode lasespeciflcaciones o verificarlos requisitosde los ¡enes específicosque serán objeto de evaluacióny que han sido detalladosen el anterior

nsiderando; "Criteriospara Que,la Directriz5NA acr 08D la Acfeditac¡ón de Orgañismos de Certificación "Certificación", de Productos"define aquellaáctividadpor la cual una tercera parte asegurapor crito que un producto(incluyendo procesoy servicio)cumple con losrequjsitosespecifícados;

"Documento que proporciona Normativo" comoel documento reglas,directr¡ces o características "documento paraactividades que o resultados.El término normativo"es un lérminogenérico abarca documentosta¡es como normas, especificac¡ones técn¡cas,códigos de práctjcasy reg¡amentos, lJn "documento"debe ser entendidocomo cualquiermed¡ocon informac¡ón re8istradaen o sobre é1.Los térm¡nospara los diferentestipos de doormentosnormativosse y el contenido defineoconsiderando el documento normativos comouno so¡o.Losdocumentos y por participación validarse proceso que permita debendesarrollarse, mantenerse un la técnica de y usuariosdel producto,Asiñ¡smo,su las partesinteresadas, talescomo proveedores, reguladores "Alcance numeral4.3 defineel concepto deAcreditación" coño el áñbitoparael cualseotor8auna que defineel área,campo,sector,técnica, Declaración ac¡editación. normao cualquier otrodonde se demuestra la competencia técnica. El ámb¡topuedecomprender de los métodosy actividades evaluación de la conformidad, asícomola ubicación de lasactividades de o lugarde ejecución evaluación de la conformidad.La D¡rectriz de tambiéndesarrolla el conceDto de "Certificado procedimientos Conform¡dad" comoel documento emitidosegún¡os de un sistema de certificac;ón por tercerápartey quetestificaque un prodlcto estáconformeconalgúndocumentonormativo; de productoses una ac¡ividadpor Ia cualuna Que,segúnla citadaDirectriz,la certifica€¡ón y terceraparteproporciona confienza de que un productodeterminado los procesos {incluidos servicios) cumplede maneracont¡nuatodos los requisitosespecificados en un documento que el or8anismode certificación normativo;y que,paralos procesosde acred¡tación es necesar¡o de productos,tengaexperiencia en cadauno de los productos,procesoso servicios a certificarpara loscuales solic¡tó la acreditación; Que,de acuerdoa lo detalladorespectoal procesode certificációnde productos,se puede queel mismoestáreferido y certificaquesecumplan conc¡uir a un deteaminado en bieno servicio, produdivoo de creación, que reglaneseproceso y señalan su proceso losdocumentos normetivos por lo expuesto, losrequer¡mientos técnicos mínimos; solicitar seríaposiblequela entidadpudiera que el evaluador que puedaemitirsu informede conformidad seaun organismo cert¡flcador co¡ productos incluso fueradel alcance la de su acreditación; sin embargo, esaexigencia no cumplkía por el INDECOPI finalidad de queelorganismo certificador estéacreditado en la espec¡al¡dad de los bieñes objeto de eváluación(muestras), dado que el alcancede la acreditaciónotorgadaal rganismocertificadorpor e¡ INDECOPI, no comprendeel productoespecifico respeclodelcuala la idad le;nteresacontarcon certificación;

del Que,de conformidadcon lo dispuesioeñ el artícllo 13s de la Ley de Contrataciones Estado,aprobadapor el DecretoLegislativo nro. 1017,la formulac¡ón de las especificaciones por el áreausuariaen coordinación técnicasdebeser realizada con el órganoencar8ado de ¡as que y lasposibilidades contralaciones de la Entldad, evaluando encadacasolasalternativas técnicas para perm;tir ofreceel mercado la satisfacción la del requerimiento, Esiaevaluación deberá currencia de la pluralidad de proveedores en el mercadopara¡a convocatoria del respectivo so de selección, evitandoincluirreouisitos innecesarios cuvocumolimiento sólofavorezca a postoresi rm;nados la Op¡niónnro. 130-2009/DTN,de la Que, tomando como una orientacióno referenc¡a, Direccióñfécnico Normativa del OrganismoSupervisorde las Contratacionesdel Estádo, absolv¡endouna consultade otra entidad,y relativaa certificaciones internaclonales;en la determinaciónde requerimientostécnicosmínimosño es procedente¡ncorporarcondic¡ónes o

quisitos queno const¡tuyan parala operatividad y/o Ia calidad unacondición determinañte de los ieneso serviciosque la entidadrequiereadquiriro contratar,e inclusopuedanrestringirla libre mpetencia,r¡áximesi su cumplimientono es requeridopor normanacionalalguna;

-" ,9-"¿r.¿* ár"aat'aZ Jffi-r\?:':" Que,de conformidadcon e¡aftícu¡o4s literalc) de la Leyde Contrataclones del Estado,que reconoce el pr¡ncip¡o de libreconcurreñcia y competencie, eñ losprocesos de selección se incluirán que fomentenla más ampl¡a,objetivae imparcialconcurrenc¡a, regulac¡ones o tratamientos pluralidad y participa€ión de postores;y el literali) del mismoartículo,reconoce el principio de economíade las contrataciones estatales, segúnel cLral:en las contratac¡ones estatales debe y formalidades evitarse lasexigencias y en loscontratos; costosas e innecesarias en lasbases queestárealizando a la observación Que,en reJación nro.3, la aclarac'ón el ComitéEspecial a cargodel proceso en el lnformenro. 002-2011-ME/CE-ADS nro.0030,de fecha02 de agostod-" 2011,se8únIa cual"el postorpart¡cipante y ganedor debegarantizar unaadecuada evaluac¡ón de por los b¡enes ádquiir por lo que se hacede vital importancia que los mismoscuentencon la experiencia mínimaen mater¡a¡es a evaluarlas mismasque estánconstituidas básicamente en y tela",no esclarece madera,plásticos s¡ la experiencie en calificación o evaluación de bienes . "similares" definidos en el factorde evaluación 2.1 como"materiales en generalrelacionados a 'lproductos y lelas", significaque ¡aentjdadestáexigiendo,peraotorgarpuntaje de madera,plásticos '.:ienel f¿ctor -Experiencia que hayarealizado 2.1 previamente de¡Postor, la evaluación de b¡enes o .rmateriales que contengan (maajeaa, piástico esoscomponentes y tela), o sóiouno conjuntamenie de esos tres componentes, como mínimo (maderao plásticoo tela); debiendotener en que, cualqu¡era consideración sea el sentidode la absolución, la mismadebe ser de ñanera y sustentada, fundamentada segúnlo prescribe el artículo56e del Reglamento de la Ley de Contrat¿cioñes porel Decreto del Estado, aprob¿do Supremo nro.1842OOB EFy susmodificatorias; queno hacumplido requis;tos la absolución de observación en la cualsólose indicó:"NoseacogeIa por lo tantodichocriteriode evaluación observac¡ón, qledatal comoestáestablecido en lasbases proceso"; adm¡nistrativas delpresente ñro. 04, referidaa que en el factor2.2 -Equipo Profesional,se estaría Que,la observación "un que requiriendo solo profesional abarquetoda la gamade pos¡bilidades de experienci¿ en bieness¡milares" es unaaprec¡ación quenoguardarelación delobservante coneltextoo redacción del propiofactorde evaluación, segúnel cual,si biense requjere"tres ingenieros y coJegiados habiJitádos con una experienc¡a y plástico....", párrafo en la especialidad de madera,tela en un poster¡or, se hacela precisión puntajealgunosiel postorproponea uno de que"No se le asignará (01)o dos(02)ingenieros queienganlastresespecialidades, por lo que obligatoriamente deberán jngenieros sertres(03) asignados y conla experiencia unoporcadaespecialidad solicitada"j Que, de conformidadcon ¡o dispuestoen el arlículo28e de la Ley de Conlrataciones del ado, aprobadapor el DecretoLegislativo nro. 1017,med¡antelasobservaciones se cuestionan ¡es basesdel proceso, en lo relativoal incumpl¡miento de las condrcionesmínim¿\ o de cualquiedisposición en materiadecontrataciones del Estado u otrasnormascomplement¿rias o conexasque tengan relacióncon el procesode selección; y en caso las observaciones no sean acogidaspor el y el válor referencialdel pfocesosea menor a 300 Ull podránser eievadasal Com¡téEspecial, ular de a entidáden últlmainstancia;

del Estado,aprobado de la Leyde Contrataciones Que,segúnel ertículo58qdel Reglamento paraemitirel y por el DecretoSupremo la entidad ta del Titular de nro.184-2008-EF compelencia pronunclamiento sobrela elevación deobservaciones esirrenunciable; eleváción se ha tomadoconoc¡miento de observaciones, Que,con ocasiónde Ia presente que loi términosde referenciade lasbasesdel presenteproceso,en el extremoqüe requ¡ereñun y concurrenc¡a de lim¡tala libre part¡c¡pación organismocertificadoracreditadoante el INDECOPI, que postores,sin sustentoñormativoy sin finalidadespecífica,dado no existenorganismos de los bienesque serán respecto,específicamente, certificadoresacrediladosante el INDECOP| con lo cual se estávulñerandolo dispuestoen el artículo13ede la ley de objeto de evaluación, y competenciay de economíaen las y los princip¡osde libre concurrenc¡a Contrataciones que de lo ameritala declaración, de oficio,de la nulidaddel proceso contratac¡ones del Estado, selección,por cuantoen la etapade formulaciónde los términosde refe.enciadel serviciose ha del contravenidouna norma legal,causalprev¡staen el artículo56e de la Leyde Contrataciones paiaelefecto; Estado, Que, por lo expuesto, correspondedeclarar de oficio la nulidad del proceso y retrotraerlo proceso hastala etapa de elaboraciónde los términos de ¡eferenciadel servicio,en la etapa de ados preparatorios,recomendandoe la unidad usuaria,que en coordinacióncon la Unidad de Abastecim¡ento,reformule en este extremo sustérminos de referencia,evaluandola posibil;dadde uerir otra calificación o característicaa quien sería la entidad evaluadora de las muestras,

y queno limitela participación de de postores, comolacalidad objetiva nc¡aqueseara2on¿ble, y necesario; en cuentaqueel informe teniendo la[$ratorio de ensayo u otra,sótodeserprocedente sólo es válido para la muestradel prototipoo lote sometidaa análisis,no pudiendo )"¡..,,.OÉ""nt"yo -l:;'éxtenderse los resultadosdel ¡nforme a nineuna oüe unidad o lote que no hava sido analizado,V tomando en consideraciónla normat¡vidadvigente sobre ¡aboratoriosde ensayoy calibración;

con los informesdel visto,y se8únlo dispuestoen el DecretoLeynro. 25762,Leyor8ánica por la Leynro.25510, nro.006-2006el DecretoSupremo de Educación, modif¡cado del Ministerio por los y modificado de OrganizaciónFunciones del Ministeriode Educación, ED, Reglamento del Estado ecretosSuoremosn.o. 016-2007-ED v nro. 001 2008-ED,la Lev de Contrataciones por nro. por el Decreto Supremo nro. 1017, reglamento aprobado bada e¡Decreto Legis¡ativo su por losDecretos nro.021-2009_EF, nro.140_ Supremos 2008EFy susmodif¡cator;as aprobadas y nro.154-2010-EF; 2009-EF

SERESUELVE: A¡tículo 19 .- Declararde of¡c¡ola nulidaddel procesode selecciónde Ia Adjudicación para la "Contratación del servicio de evaluación de ctiva Selectiva nro. 0030-2011-ED-026.

preseniadas al proceso de lasmuestras de lasespecificaciones técnicas dadfísicay cumpilmiento y parala adquis¡c¡ón delAreade Cienci¿Ambiente delmóduiode mater¡¿les educ¿tivos selección -DEl";retrotrayéndolo y PRONEI de los hastala formulación aralasaulasde losjardinesinfantiles a la términosde referenciadel servicio,dentrode la etápade actospreparatorios,recomendando de la presenteresoluc¡ón. detalladas en la parteconsideraiiva unidadusueriáadoptarlasacciones

a carSo delComité Especial la presente resolución a losmiembros Artículo 2e.- comunicar proceso de Educación artículo 1e, a la Dirección la del de selección indicado en el de conducción paralasacciones de la oflcinaGenera¡de Admin;stración rimariay a la Unidadde Abastecimiento su respect¡va competenc¡a,

,9r""¿r-*r"

/r>raartaZ

-./f r n'"-''ou'uo oer procesoy

y comuníquese, Regístrese

^r dTh. t"gF"1 'qüeq PehlolasetasO'B¡ür Mlñtatoda Educ¡dút