R.M. 268 2015 MIMP


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NORMAS LEGALES

Que, en el artículo 1 de la indicada Resolución Ministerial, se ha considerado la Genérica del Gasto 2.5 Otros Gastos en la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados, debiendo considerarse la Genérica de Gasto 2.4 Donaciones y transferencias; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 544-2015MEM/DM, de fecha 14 de diciembre de 2015, se autorizó la Transferencia de Recursos por la suma de S/. 20 000 000,00 (Veinte Millones y 00/100 Nuevos Soles), destinados a dar continuidad a los distintos proyectos de remediación de los pasivos ambientales en las diferentes regiones del País, encargados a la empresa ACTIVOS MINEROS S.A.C, según Resoluciones Ministeriales señaladas en el primer considerando de la presente Resolución, por la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados; Que, en el artículo único de la indicada Resolución Ministerial, se ha considerado la Específica del Gasto 2.5.2 2.1 99 a Otras Organizaciones en la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados, debiendo considerarse la Específica del Gasto 2.4.2 3.1 4 a Otras Entidades Públicas; Estando a lo informado por la Oficina de Presupuesto del Ministerio de Energía y Minas mediante Informe N° 041-2015-MEM-OGP/PRES; Con la opinión favorable del Director de la Oficina de Presupuesto y el visto bueno del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, la Directora General de la Oficina General de Administración, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Secretario General del Ministerio de Energía y Minas; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificar el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 530-2015-MEM/DM, en lo que respecta a la Genérica del Gasto dice: 2.5 Otros Gastos; debe decir: 2.4 Donaciones y Transferencias. Artículo 2.- Modificar el artículo único de la Resolución Ministerial N° 544-2015-MEM/DM, en lo que respecta a la específica de Gasto dice: 2.5.2 2.1 99 A otras Organizaciones; debe decir: 2.4. 2 3.1 4 a Otras Entidades Públicas. Artículo 3.- Copia de la presente Resolución se presenta dentro de los cinco (5) días de aprobada a los Organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del TUO de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA MARÍA ORTIZ RÍOS Ministra de Energía y Minas 1325121-1

MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Modifican Texto Único de Procedimientos Administrativos del MIMP RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 268-2015-MIMP Lima, 18 de diciembre de 2015 Vistos, los Memorándum 694-2015-MIMP/OGPP, Nº 542-2015-MIMP/OGPP, Nº 422-2015-MIMP/OGPP, Nº 1772015-MIMP/OGPP y Nº 118-2015-MIMP/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y los Informes Nº 003-2015-MIMP/OGPP/OMI-SPGN-JMCHF, Nº 040-2015MIMP/OGPP/OMI-JMCHF, Nº 032-2015-MIMP/OGPP/ OMI-JMCHF, Nº 019-2015-MIMP/OGPP/OMI-JMCHF y Nº 012-2015- MIMP/OGPP/OMI-JMCHF de la Oficina de Modernización Institucional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 37 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que los procedimientos, requisitos y costos administrativos, deben ser considerados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de cada entidad, instrumento técnico normativo de obligatorio cumplimiento por los administrados y la Administración;

Sábado 19 de diciembre de 2015 /

El Peruano

siendo que para el caso de las entidades del Gobierno Central es aprobado por Decreto Supremo, conforme lo señala el artículo 38 de la referida Ley; Que, por Decreto Supremo Nº 062-2009-PCM, se aprueba el Formato del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) y establece precisiones para su aplicación, en beneficio de la ciudadanía y para una mejor aplicación por parte de las entidades públicas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2013-MIMP, se aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA, del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Que, el numeral 38.5 del artículo 38 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, dispone que una vez aprobado el TUPA, toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector; Que, a través de los Informes Nº 003-2015-MIMP/ OGPP/OMI-SPGN-JMCHF, Nº 040-2015-MIMP/OGPP/ OMI-JMCHF, Nº 032-2015-MIMP/OGPP/OMI-JMCHF, Nº 019-2015-MIMP/OGPP/OMI-JMCHF y Nº 012-2015- MIMP/ OGPP/OMI-JMCHF, la Oficina de Modernización Institucional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, en atención a la modificación del Reglamento de Organización y Funciones del MIMP y la actualización de su estructura orgánica efectuada mediante Decreto Supremo Nº 0022015-MIMP y Decreto Supremo Nº 004-2015-MIMP, la modificación, actualización y derogación de la base legal referida en los procedimientos contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la entidad; así como la actualización y modificación de los formularios de trámite; luego de revisar y evaluar la documentación presentada por los órganos del MIMP, ha propuesto la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2013-MIMP, modificación que no implica la creación de nuevos procedimientos ni el incremento de los derechos de tramitación o requisitos; Que, estando a lo expuesto resulta necesario emitir el acto por el que se modifique el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2013-MIMP; así como disponer la actualización del Sistema de Trámite Documentario, acorde con las modificaciones efectuadas; Con las visaciones de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, el Decreto Legislativo Nº 1098, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos del MIMP Modificar el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2013-MIMP, conforme al Anexo y Formularios que forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Actualización del Sistema de Trámite Documentario Disponer que la Oficina de Tecnologías de la Información de la Oficina General de Administración, proceda a la actualización del Sistema de Trámite Documentario, de conformidad con lo aprobado por la presente Resolución. Artículo 3.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial, su Anexo y Formularios adjuntos en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE (www. serviciosalciudadano.gob.pe) así como, en el Portal Institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP (www.mimp.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente resolución en el diario oficial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCELA HUAITA ALEGRE Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1325406-1