MINISTERIO DE SALUD
•
V isto, el expediente W 15-080512-001, que contiene el Memorándum W 16572015-DGIEM/MINSA, emitido por el Director General de la Dirección General de Infraestructura , Equipam iento y Mantenimiento del Ministerio de Salud ; CONSIDERANDO:
Que, mediante Oficio W 070-2015-DRESIIGSS,el Director General de la Dirección de Recursos Estratégicos en Salud del Instituto de Gestión de Servicios de Salud , solicita el desplazamiento por comisión de servicio, de doña Judith Aurora Asencios Trujillo , Coordinadora 11 , Nivel F-3, de la Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento del Ministerio de Salud, a partir de la fecha de expedición de la presente resolución y por un período de treinta (30) días; Que, con Memorándum N° 1657-2015-DGIEM/MINSA, el Director General de la Di rección General de Infraestructura , Equipamiento y Mantenimiento, manifiesta no tener ningún inconveniente en el desplazamiento de la citada servidora , en la modalidad de comisión de servicios a partir de la fecha de la resolución autoritativa ; Que, la Comisión de Servicios se efectúa por necesidad de servicio fundamentada en la labor a cumplir, que esté relacionada con los objetivos institucionales, en armonía con lo dispuesto en el artículo 83° del Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo W 005-90-PCM ; Con la vi sación de la Jefe (e) del Equipo de Ingreso y Escalafón y del Ejecutivo Adjunto 1, de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo N° 276, el articulo 83° del Reglamento de la Carrera Administrativa , aprobado por Decreto Supremo W 005-90... ri.··~ '? PC M y la Resolución Ministerial W 949-2003-SAlDM ; De"J'
di-"("c
I A_
SE RESUELVE: Artículo 1°. _ Autorizar la comi sión de servicios, de doña Judith Aurora ASE NCIOS TRUJILLO , Coordinadora 11 , Nivel F-3, de la Di rección Ge neral de Infraestructura, Equ ipamiento y Ma nten im iento del Ministerio de Salud a! Instituto de
Gestión de Servicios de Salud , por treinta (30) días, a partir de la fecha de la presente resolución. Artículo 2°,_ La Oficina de Recursos Humanos o la que haga sus veces en la entidad de destino , deberá rem itir el record de asistencia de la servidora citada en el artículo precedente de la presente resolución .
Regístrese y comuníquese.
• •