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JUICIO ORDINARIO MERCANTIL. 1. Nombre del Actor. 2. Domicilio para oír notificaciones. 3. Nombre de las personas autorizadas para oír notifica- ciones. 4.
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JUICIO ORDINARIO MERCANTIL CHECK LIST Demanda- Código de Comercio Elementos: 1. Nombre del Actor. 2. Domicilio para oír notificaciones. 3. Nombre de las personas autorizadas para oír notificaciones. 4. Nombre del demandado que puede ser persona física o jurídica. 5. Domicilio del demandado, si es conocido. 6. Hechos en que se funde la petición. 7. Los documentos públicos y privados que tengan relación con dicha demanda.

I.- Actor. Si carece de algún documento, deberá acreditar en su demanda habersolicitado su expedición con la copia simple sellada por el archivo, protocolo, dependencia o lugar en que se encuentren los originales. II.- Demandado. Acreditar la solicitud de expedición del documento de que carezca, para lo cual la copia simple sellada por el archivo, protocolo o dependencia, deberá exhibirla con la contestación o dentro de los tres días siguientes al del vencimiento del término para contestar la demanda. 7. Nombres y apellidos de los testigos que hayan presenciado los hechos contenidos en la demanda. 8. Copias simples de:

I.- El poder que acredite la personalidad del que comparece en nombre de otro.

II.- El documento o documentos que acrediten la representación legal del litigante.

Admitida la demanda se emplazará al demandado para que produzca su contestación dentro del término de quince días.

Contestación Elementos: 1. Pretensiones que el demandado considere necesarias. 2. Excepciones que tenga el demandado. 3. Proponerse la reconvención que proceda.

I.- En estos casos se le dará un término de 9 días al actor para contestar.

Con el escrito de contestación a la demanda se dará vista al actor, para que manifieste lo que a su derecho convenga dentro del término de tres días y para que mencione a los testigos que hayan presenciado los hechos, y los documentos relacionados con los hechos de la contestación de demanda.

Contesrada la demanda y desahogo de pruebas. Se mandará recibir el negocio a prueba y el juez fijará de oficio o a petición de parte, que se abra el mismo, no pudiendo exceder de 40 días, de los cuales los primeros 10 serán para el ofrecimiento de pruebas y los demás para su desahogo. Si el juez fija un plazo menor a los 40 días, deberá especificar cuantos son para el ofrecimiento y el desahogo. Si las pruebas deben desahogarse fuera del lugar del juicio deberán solicitarse mediante exhorto que se entregue al solicitante y deberán: 1. Solicitarse durante los diez primeros días del período probatorio. 2. Que se indiquen los nombres, apellidos y domicilio de las partes o testigos, que hayan de ser examinados cuando se trate de pruebas confesional o testimonial, exhibiendo en el mismo acto el pliego de posiciones o los interrogatorios a testigos. 3. Que se designen, en caso de ser prueba instrumental, los archivos públicos o particulares donde se hallen los documentos que hayan que testimoniarse o presentarse originales. El juez calificará la admisión de las pruebas. En caso de haber término extraordinario para el desahogo de pruebas el juez fijará una sanción pecuniaria en caso de no rendirse alguna de las pruebas que se soliciten se practiquen fuera del lugar de juicio. Esta cantidad deberá de exhibirse dentro del término de 3 días y de no hacerlo, no se admitirá la prueba.

Concluido el Término Probatorio. Se pondrán los autos a la vista de las partes, para que en término de 3 días produzcan sus alegatos, y transcurrido dicho plazo hayan alegado o no, el tribunal de oficio, citará a las partes para sentencia en un tiempo que no exceda los 15 días y se pronunciará ésta.