El Peruano / Jueves 25 de agosto de 2016
NORMAS LEGALES
Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República Argentina, República de Chile, Estados Unidos de América, Canadá, República de Panamá y los Estados Unidos Mexicanos, sin armas de guerra; Que, con Oficio G.500- 3573, del 08 de agosto de 2016, el Secretario del Comandante General de la Marina, por especial encargo del Comandante General de la Marina, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de la República Argentina, República de Chile, Estados Unidos de América, Canadá, República de Panamá y los Estados Unidos Mexicanos, del 25 al 26 de agosto de 2016, con la finalidad de asistir a la XXIII Conferencia Naval Interamericana Especializada en Operaciones de Helicópteros desde Buques que no sean Portaviones (CNIE - HOSTAC 2016), organizada por la Marina de Guerra del Perú; Que, el artículo 5 de la Ley N° 27856, Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República1, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especificar los motivos, la cantidad de personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Marina de Guerra del Perú; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899 y la Ley Nº 30209; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, a un (01) militar de la República Argentina, un (01) militar de la República de Chile, cuatro (04) militares de los Estados Unidos de América, un (01) militar de Canadá, dos (02) militares de la República de Panamá; y, dos (02) militares de los Estados Unidos Mexicanos, del 25 al 26 de agosto de 2016, con la finalidad de asistir a la XXIII Conferencia Naval Interamericana Especializada en Operaciones de Helicópteros desde Buques que no sean Portaviones (CNIE - HOSTAC 2016), organizada por la Marina de Guerra del Perú. Artículo 2.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fin que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5 de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209. Regístrese, comuníquese y publíquese. Mariano González Fernández Ministro de Defensa
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Modificado por el artículo único de la Ley Nº 28899 y por el artículo único de la Ley Nº 30209
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DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Aceptan renuncia de Viceministra de Políticas y Evaluación Social RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 002-2016-midis Lima, 24 de agosto de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792, se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica, la cual contempla el cargo de Viceministro de Políticas y Evaluación Social; Que, mediante Resolución Suprema N° 007-2014-MIDIS, se designa a la señora Ariela María de los Milagros Luna Florez en el cargo de Viceministra de Políticas y Evaluación Social; Que, la citada funcionaria ha formulado renuncia al cargo de Viceministra de Políticas y Evaluación Social del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, habiéndose estimado pertinente aceptarla; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar, a partir del 5 de setiembre de 2016, la renuncia formulada por la señora Ariela María de los Milagros Luna Florez como Viceministra de Políticas y Evaluación Social del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República Cayetana Aljovín Gazzani Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1420623-6
Designan Viceministra Evaluación Social
de
Políticas
y
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 003-2016-midis Lima, 24 de agosto de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29792, se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica, la cual contempla el cargo de Viceministro de Políticas y Evaluación Social; Que, a partir del 5 de setiembre de 2016 se encontrará vacante el cargo de Viceministro de Políticas y Evaluación Social del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, por lo que resulta necesario designar al funcionario que desempeñará dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar, a partir del 5 de setiembre de 2016, a la señora María Eugenia Mujica San Martín como Viceministra de Políticas y Evaluación Social del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social.
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NORMAS LEGALES
Artículo 2.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República Cayetana Aljovín Gazzani Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1420623-7
Designan representantes titular y alterno del Ministerio ante la Comisión Multisectorial para el seguimiento y evaluación de medidas adoptadas en el marco del “Consenso de Montevideo sobre Población y Desarrollo de América Latina y el Caribe” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 186-2016-midis Lima, 22 de agosto de 2016 VISTO: El Memorando N° 306-2016-MIDIS/VMPES, emitido por el Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 1 del Decreto Supremo N° 0512016-PCM, se crea la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente para el seguimiento y la evaluación de las medidas adoptadas en el marco del acuerdo denominado “Consenso de Montevideo sobre Población y Desarrollo de América Latina y el Caribe”, dependiente del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Que, de acuerdo a los artículos 3 y 5 de la citada norma, la referida Comisión Multisectorial estará conformada, entre otros, por un/a representante titular y un/a alterno/a del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, cuyas designaciones se efectúan mediante resolución del Titular de la Entidad; Que, en ese sentido, resulta necesario designar a los/as representantes titular y alterno/a del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ante la citada Comisión Multisectorial; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2016-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar como representantes titular y alterno/a del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ante la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente para el seguimiento y la evaluación de las medidas adoptadas en el marco del acuerdo denominado “Consenso de Montevideo sobre Población y Desarrollo de América Latina y el Caribe”, creada mediante Decreto Supremo N° 051-2016-PCM, a las personas que ocupen los cargos siguientes: - Director/a General de Seguimiento y Evaluación, como representante titular. - Director/a de Seguimiento de Políticas, como representante alterno/a.
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Artículo 2.- Notificar la presente resolución al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y a los representantes designados en el artículo precedente, para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. Cayetana Aljovín Gazzani Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1420196-1
Modifican la R.M. N° 260-2014-MIDIS, en lo referido al porcentaje destinado a gastos de gestión de recursos transferidos a diversos Núcleos Ejecutores RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 187-2016-midis Lima, 23 de agosto de 2016 VISTOS: Los Oficios N° 722-2016-MIDIS-FONCODES/DE y N° 763-2016-MIDIS-FONCODES/DE, emitidos por la Dirección Ejecutiva del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social – FONCODES; el Memorando N° 448-2016-MIDIS/VMPS, emitido por el Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales; el Informe N° 050-2016-MIDIS/VMPS/DGCOPS, emitido por la Dirección General de Coordinación de Prestaciones Sociales; y, el Informe N° 45-2016-MIDIS/SG/OGPPM y Memorando N° 108-2016-MIDIS/SG/OGPPM, emitidos por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; CONSIDERANDO: Que, el Decreto de Urgencia N° 004-2014, que establece medidas extraordinarias para estimular la economía, en los numerales 13.1 al 13.4 de su artículo 13, autoriza al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a realizar modificaciones presupuestarias hasta por el monto de S/ 230 000 000,00 con cargo a su presupuesto institucional, a favor del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social – FONCODES, del pliego Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, con el objeto de financiar la reposición, operación y mantenimiento de sistemas de agua y saneamiento en ámbitos rurales. Asimismo, autoriza al FONCODES a constituir Núcleos Ejecutores de alcance departamental y dispone que el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, mediante Resolución Ministerial, determina el número de representantes, el mecanismo de designación del presidente del Núcleo Ejecutor y miembros, así como los criterios y procedimientos para el funcionamiento de los referidos Núcleos Ejecutores; Que, mediante Resolución Ministerial N° 260-2014-MIDIS, modificada por las Resoluciones Ministeriales N° 271-2014-MIDIS, N° 216-2015-MIDIS y N° 113-2016-MIDIS, se reguló la conformación y representatividad de los Núcleos Ejecutores, y los criterios y procedimientos para el funcionamiento de los Núcleos Ejecutores de alcance departamental; Que, el Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social – FONCODES, mediante Oficios N° 722-2016-MIDISFONCODES/DE y N° 763-2016-MIDIS-FONCODES/ DE, y sus anexos, sustenta la necesidad de modificar el numeral 2.6 del artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 260-2014-MIDIS, referido al porcentaje a ser destinado a los gastos de gestión, de los recursos transferidos a los Núcleos Ejecutores de alcance departamental correspondientes a Amazonas, Cajamarca y San Martín; Que, la Dirección General de Coordinación de Prestaciones Sociales, a través del Informe N° 050-2016-MIDIS/VMPS/DGCOPS, y la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, mediante Informe N° 45-2016-MIDIS/SG/OGPPM y Memorando N° 108-2016-MIDIS/SG/OGPPM, emiten opinión favorable sobre la modificación del numeral 2.6 del artículo 2 de la