RESOLUCIÓN No. 044 CONSIDERANDO - La Esgrima en Colombia

14 may. 2018 - Enmanuel Hoyos. Moisés Requena. Jorge Luis Chiquet. Fabio Lozano. Juan Pablo Leyva. Carol Cruz. Olga Lucia Quevedo. Marino Vidal.
375KB Größe 3 Downloads 16 vistas
RESOLUCIÓN No. 044 (Del 14 de mayo de 2018)

“Por medio de la cual se deroga la resolución 043 y se avala la delegación de Colombia que participarán en el GRAN PRIX DE ESPADA FEMENINA Y MASCULINA”

EL ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN DE LA FEDERACIÓN COLOMBIANA DE ESGRIMA EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES, ESTATUTARIAS Y

CONSIDERANDO: Que dentro de las competencias internacionales para este año, se encuentra el GRAN PRIX DE ESPADA FEMENINA Y MASCULINA que se llevarán a cabo en Cali Colombia del 25 al 27 de mayo del año en curso. Que de acuerdo al artículo 48 de los estatutos de la Federación Colombiana de Esgrima, una de las funciones de la Federación es designar a los deportistas, técnicos, árbitros y delegados que han de integrar las selecciones

Diagonal 35 Bis No.19-31 Piso 4 - Park Way – Bogotá [email protected] Celular: 3107673913 Fijo + 57 3230301 NIT. 830.016.532-8 Personería jurídica según resolución 30 de agosto de 1953

RESUELVE: ARTICULO 1. Otorgar el aval para la participación de la siguiente delegación que representará a Colombia en el GRAN PRIX DE ESPADA FEMENINA Y MASCULINA que se llevarán a cabo en Cali Colombia del 25 al 27 de mayo del año en curso. ESPADA FEMENINA 1. Lozano Olarte Laskmi Natalia 2. Ramos Rengifo María Victoria 3. Castillo Gutiérrez Laura Mariela 4. Tovar Karaindros Oriana 5. Jiménez Velázquez Sara 6. Tamayo Pachón Ángela María 7. Rojas López Sophia Alejandra 8. Bravo Bustamante Melissa 9. Osorio Rozo Lina Paola 10. Rodríguez Quevedo Valentina 11. Valbuena Bedoya Braiana 12. Nusa Vásquez María Del Mar 13. Triana Ceballos Valentina 14. Roa Rodríguez Katherine 15. Jaramillo Quevedo María De Los Ángeles 16. Reyes Salazar Daniela 17. Silva Hernández Gerizim Fernanda 18. Correa Santa Carmen Andrea 19. Piedrahita Gómez María Alejandra 20. Peña Gutiérrez Angie Lorena LISTA ESPERA PARA COMPLETAR POULES 21. Valderrama Alvarado Natalia Sofía 22. Chávez González Laura Carolina Diagonal 35 Bis No.19-31 Piso 4 - Park Way – Bogotá [email protected] Celular: 3107673913 Fijo + 57 3230301 NIT. 830.016.532-8 Personería jurídica según resolución 30 de agosto de 1953

ESPADA MASCULINA 1. Gonzales Taborda William Eulogio 2. Cáceres Castellanos Mario Estiben 3. Agamez Londoño Stahelyn José 4. González Silva John Alexander 5. Pinilla Polanco Arthur Andrey 6. Rodríguez Sterling Jaime Leonardo 7. Jaime Amaya Esteban Camilo 8. Reyes Álvarez Manuel Alejandro 9. Lozano Montoya Michael Augusto 10. Monroy Herrera Juan Sebastián 11. Restrepo García Kevin Andrés 12. Pérez Triana Daniel Alfredo 13. Roa Rodríguez Hernando 14. Lombana Martínez Simón 15. Uribe Adarve Adolfo Javier 16. Agudelo Echeverri David 17. Campos Andrés 18. Castillo Juan Andrés 19. Jurado Sossa Santiago 20. Rodríguez Ulloa Andrés Felipe LISTA ESPERA PARA COMPLETAR POULES 21. Salazar Olarte Camilo Ricardo 22. León Téllez José Luis 23. Pachón Gómez Diego Alejandro 24. Macías González Daniel Felipe

Diagonal 35 Bis No.19-31 Piso 4 - Park Way – Bogotá [email protected] Celular: 3107673913 Fijo + 57 3230301 NIT. 830.016.532-8 Personería jurídica según resolución 30 de agosto de 1953

Delegado Vladimir Iwanoff Director Técnico Juan Miguel Paz Entrenadores Avalados Enmanuel Hoyos Moisés Requena Jorge Luis Chiquet Fabio Lozano Juan Pablo Leyva Carol Cruz Olga Lucia Quevedo Marino Vidal Cristian Tezna Gaspar Álvarez Diana Quevedo Jarvey González Wilmer Fisco Ismael Pantoja Wilson Calderón Ortega Preparadora Física Avalada Juliana Penagos Cendales Jueces Histor Jovanni Ramírez Pilar Arenas Angela Orjuela Fabian Prieto Natalia Ramírez Carlos Valencia Diagonal 35 Bis No.19-31 Piso 4 - Park Way – Bogotá [email protected] Celular: 3107673913 Fijo + 57 3230301 NIT. 830.016.532-8 Personería jurídica según resolución 30 de agosto de 1953

ARTICULO 2. Para que los deportistas y árbitros puedan participar en eventos internacionales reglamentados por la FIE, deben pagar la correspondiente Licencia Internacional de acuerdo a los parámetros establecidos en el comunicado 006 del 25 de enero de 2016 y enviar el soporte de pago al correo [email protected] con copia la correo de contabilidad. ARTICULO 3. Todos los deportistas deberán confirmar su participación o no al correo [email protected] hasta el día 15 de mayo antes de las 18:00 de no ser así se entenderá que no participara y se cede el cupo al deportista que siga en lista. ARTICULO 4. Todos los deportistas que no tengan la licencia FIE temporada 2017-2018 deberán habilitarla con fecha límite el 16 de mayo a las 18:00 horas para proceder con las inscripciones, de no ser así se entenderá que no participara y se cede el cupo al deportista que siga en lista. ARTICULO 5. Se confirmara la asistencia de los deportistas en lista de espera para completar las poules tres días antes de las competencias. ARTICULO 6. Los deportistas deberán cumplir con las normas de seguridad establecidas en el Reglamento FIE en caso contrario no podrán participar y deben informar para ceder el cupo al siguiente deportista en lista. ARTICULO 7. La Federación Colombiana de Esgrima asumirá el costo de las inscripciones de cada uno de los competidores, los demás costos de transporte, alojamiento y alimentación serán asumidos por los deportistas. ARTICULO 8. La cantidad máxima de material por tirador para presentar en el chequeo de armas será de: 1 Máscara FIE de 1.600 New 3 Cables de cuerpo. 4 Armas FIE. 1 Guante. Diagonal 35 Bis No.19-31 Piso 4 - Park Way – Bogotá [email protected] Celular: 3107673913 Fijo + 57 3230301 NIT. 830.016.532-8 Personería jurídica según resolución 30 de agosto de 1953

1 Uniforme FIE de 800 New marcado en la espalda y con los tres escudos de nuestro país. 1 Protector de axila FIE 800 New. ARTICULO 9. Todos los deportistas seleccionados sin discriminacion, recibiran el apoyo tecnico de los entrenadores nombrados para el evento. ARTICULO 10. Las autoridades y entrenadores nombrados para participar en el GRAN PRIX DE ESPADA FEMENINA Y MASCULINA que se llevaran a cabo en Cali Colombia del 25 al 27 de mayo del ano en curso deberan cumplir a cabalidad con sus funciones en beneficio de todos los integrantes de la Seleccion sin discriminacion alguna, esten o no subsidiados sus gastos por la Federacion Colombiana de Esgrima, Comite Olímpico o Coldeportes. ARTICULO 11. Una vez terminada la competencia, las autoridades deberán rendir el respectivo informe en los formatos establecidos por el COC, Coldeportes y la FCE antes en los 5 primeros días hábiles.

La presente resolución se expide en Bogotá a los catorce (14) días del mes de mayo de 2018. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

VLADIMIR IWANOFF PRESIDENTE FEDERACIÓN COLOMBIANA DE ESGRIMA

Diagonal 35 Bis No.19-31 Piso 4 - Park Way – Bogotá [email protected] Celular: 3107673913 Fijo + 57 3230301 NIT. 830.016.532-8 Personería jurídica según resolución 30 de agosto de 1953