RESOLUCIÓN No. 028 (Del 11 de Abril de 2019)
“Por medio de la cual se avala la delegación de Colombia que podrá participar en el GRAN PRIX DE ESPADA FEMENINA Y MASCULINADE CALI”
EL ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN DE LA FEDERACIÓN COLOMBIANA DE ESGRIMA EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES, ESTATUTARIAS Y
CONSIDERANDO: Que dentro de las competencias internacionales para este año, se encuentra el GRAN PRIX DE ESPADA FEMENINA Y MASCULINA EN CALI que se llevarán a cabo en Cali Colombia del 3 al 5 de mayo del año en curso. Que de acuerdo al artículo 48 de los estatutos de la Federación Colombiana de Esgrima, una de las funciones de la Federación es designar a los deportistas, técnicos, árbitros y delegados que han de integrar las selecciones. Se seleccionaron los 17 participantes para el Gran Prix de Cali, con el siguiente criterio: 1. Escalafón Nacional los 13 primeros del Rankin a la fecha. 2. Cuatro por decisión de la Comisión Técnica de la FCE.
Diagonal 35 Bis No.19-31 Piso 4 - Park Way – Bogotá
[email protected] Celular: 3107673913 Fijo + 57 3230301 NIT. 830.016.532-8 Personería jurídica según resolución 30 de agosto de 1953
RESUELVE: ARTICULO 1. Otorgar el aval para la participación de la siguiente delegación que representará a Colombia en el GRAN PRIX DE ESPADA FEMENINA Y MASCULINA que se llevarán a cabo en Cali Colombia del 3 al 5 de mayo del año en curso. ESPADA FEMENINA Por Ranking: Ranking 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13
Nombre Susana Laskmi Natalia Laura Mariela Ángela Maria Oriana María Victoria Valentina Sara Braiana Valentina Katherine Alejandra Alejandra Sophia
Apellido Salazar Aldana Lozano Olarte Castillo Gutiérrez Tamayo Pachón Tovar Karaindros Ramos Rengifo Triana Ceballos Jiménez Vásquez Valbuena Bedoya Rodríguez Quevedo Roa Rodríguez Piedrahita Gómez Rojas López
Liga Antioquia Bogota FFAA Bogota Bogota Bogota Valle Antioquia Valle Cundinamarca Valle Antioquia Bogota
Por Comisión Técnica: 1 2 3 4
María De Los Ángeles
Jaramillo Quevedo
Valle
Carmen Andrea María Del Mar Eliana
Correa Santa Nusa Vásquez Caicedo Grueso
Antioquia Bogota Valle
Diagonal 35 Bis No.19-31 Piso 4 - Park Way – Bogotá
[email protected] Celular: 3107673913 Fijo + 57 3230301 NIT. 830.016.532-8 Personería jurídica según resolución 30 de agosto de 1953
ESPADA MASCULINA Por Ranking: Ranking 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13
Nombre Jhon Andrés Jhon Alexander Arthur Andrey William Eulogio Jaime Leonardo Michael Augusto Mario Estiben Santiago Daniel Alfredo Esteban Camilo Javier Orlando Kevin Andrés
Apellido Rodríguez Quevedo Campos Zarate González Silva Pinilla Polanco González Taborda Rodríguez Sterlyng Lozano Montoya Cáceres Castellanos Jurado Sossa Pérez Triana Jaime Amaya Suarez Alonzo Restrepo García
Liga Valle Bogota Valle Tolima Antioquia Valle Tolima Antioquia Antioquia Bogota Bogota Bogota Caldas
Por Comisión Técnica: 1 2 3 4
Hernando Manuel Juan Andrés Simón
Roa Rodríguez Reyes Alvares Castillo Gutiérrez Lombana Martínez
Valle Tolima Cundinamarca Bogota
Director Técnico Juan Miguel Paz Javier Benoit Entrenadores Enmanuel Hoyos Jorge Luis Chiquet Fabio Lozano Carol Cruz Marino Vidal Gaspar Álvarez Juan Pablo Leyva
Diagonal 35 Bis No.19-31 Piso 4 - Park Way – Bogotá
[email protected] Celular: 3107673913 Fijo + 57 3230301 NIT. 830.016.532-8 Personería jurídica según resolución 30 de agosto de 1953
Delegado Mauricio Rivas Jueces: Ángela Orjuela Fabián Prieto Carlos Valencia Histor Jovanny Ramírez ARTICULO 2. Para que los deportistas y árbitros puedan participar en eventos internacionales reglamentados por la FIE, deben pagar la correspondiente Licencia Internacional de acuerdo a los parámetros establecidos en el comunicado 023 del 12 de Noviembre de 2018. ARTICULO 3. Los deportistas tienen plazo para confirmar su asistencia hasta el día Lunes 15 de Abril de 2019 a las 12:00 h, de no poder asistir alguno de los seleccionados se procederá a avalar al siguiente en lista en su respectivo orden. ARTICULO 4. Todos los deportistas deben habilitar su licencia FIE con fecha límite el 17 de Abril a las 18:00 horas para proceder con las inscripciones, de no ser así se entenderá que no participara y se otorga el cupo al deportista que siga en lista. ARTÍCULO 5: La Federación Colombiana de Esgrima asumirá el costo de las inscripciones de los deportistas seleccionados. ARTÍCULO 6: Deportista que siendo avalado e inscrito no se presente a la competencia deberá pagar la multa de (500) quinientos euros establecida por el reglamento FIE ARTICULO 7. Los deportistas deberán cumplir con las normas de seguridad establecidas en el Reglamento FIE en caso contrario no podrán participar y deben informar para dar el cupo al siguiente deportista en lista. ARTICULO 8.La cantidad máxima de material por tirador para presentar en el chequeo de armas será de: 1 Máscara FIE de 1.600 New 3 Cables de cuerpo. 4 Armas FIE 1 Guante. 1 Uniforme FIE de 800 New marcado en la espalda y con los tres escudos de nuestro país 1 Protector de axila FIE 800 New
Diagonal 35 Bis No.19-31 Piso 4 - Park Way – Bogotá
[email protected] Celular: 3107673913 Fijo + 57 3230301 NIT. 830.016.532-8 Personería jurídica según resolución 30 de agosto de 1953
ARTICULO 9. Todos los deportistas seleccionados sin discriminación, recibirán el apoyo técnico de los entrenadores nombrados para el evento. ARTICULO 10. Las autoridades y entrenadores nombrados para participar en el GRAN PRIX DE ESPADA FEMENINA Y MASCULINA que se llevarán a cabo en Cali Colombia del 3 al 5 de mayo del año en curso deberán cumplir a cabalidad con sus funciones en beneficio de todos los integrantes de la Selección sin discriminación alguna, estén o no subsidiados sus gastos por la Federación Colombiana de Esgrima, Comité Olímpico o Coldeportes. ARTICULO 11. Una vez terminada la competencia, las autoridades deberán rendir el respectivo informe en los formatos establecidos por el COC, Coldeportes y la FCE antes en los 5 primeros días hábiles.
La presente resolución se expide en Bogotá a los once (11) días del mes de Abril de 2019. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
VLADIMIR IWANOFF PRESIDENTE FEDERACION COLOMBIANA DE ESGRIMA
Diagonal 35 Bis No.19-31 Piso 4 - Park Way – Bogotá
[email protected] Celular: 3107673913 Fijo + 57 3230301 NIT. 830.016.532-8 Personería jurídica según resolución 30 de agosto de 1953