"RESOLUCiÓN MINISTERIAL N' 352-2003-SAlDM Lima, 31 de marzo

28 ene. 2003 - o N' 181-2003/ APCI-DE de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional, la Hoja de Enví o de Trámite General N' de Expediente ...
4KB Größe 0 Downloads 1 vistas
"RESOLUCiÓN MINISTERIAL N' 352-2003-SAlDM Lima, 31 de marzo del 2003 VISTOS; El Oficio N' 073-2003-SAlOGCI de la Oficina General de Cooperación Infernacional, el Ofici o N' 181-2003/ APCI-DE de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional, la Hoja de Enví o de Trámite General N' de Expediente RO07851-03, los Oficios N' 501-2003-0GAJ, N' 281-200 3-0GAJ, N' 208-2003-0GAJ y N' 155-2003OGAJ e Informes N' 255-2003-0GAJ, N' 138-2003OGAJ, N ' 102-2003-0GAJ y N' 076-2003-0GAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO; Que, por Convenio PER/B7-310/IB/97/209 suscrito entre la Comunidad Europea y el Gobierno de la República del Perú, se acordó el financiamiento para la ejecución del Proyecto ""Apoyo a la Mod ernización del Sector Salud y su aplicación en una región del Perú"" mediante una Unidad de Ges tión constifuida por dos codirectores: el codirector europeo seleccionado por la Comisión Europ ea en el marco de la asistencia técnica europea y el codirector nacional puesto a disposición d el Proyecto por el Ministerio de Salud; Que, en el marco de dicho convenio y su Nota Aclaratoria suscrita el 31 de octubre de 2002, el M inisterio de Salud debía formular una candidafura a fin que sea sometída a aprobación de la Comi sión Europea, con la cual se podría continuar con la contratación en el marco de la legislación peruana; Que, en este orden a través de la R.M. N' 17512002-SAlDM Y sus modificatorías R.M. N' 1794 -2002SAlDM y R.M. N' 1878-2002-SA-DM, se conformó una Comisión de Alto Nivel para seleccio nar al candidato a codirector peruano del Proyecto ""Apoyo a la Modernización del Sector Salud y su aplicación en u na Región del Perú"" que el Ministerio de Salud presente para aprobación ante la Comisión Europe a, sin perjuicio de la contratación por servicios personalísimos de la persona que se eligiese c omo codirector nacional conforme a la legislación nacional; Que, conforme a la R.M. N' 1878-2002-SA-DM, ia Comisión de Aito Nivel luego de la evaluación de las precandidaturas presentadas, formuló la candidatura del Sr. Alfonso Edgardo Nino Guerr ero a través del Informe Final de vistos que da cuenta de las caracteristicas personalísimas que determinaron la selección r ealizada; Que, la Hoja de Envio de Trámite General N' de Expediente RO07851-03 de fecha 24.1.03, consign a como interesado a la Oficina General de Cooperación Internacional, y como asunto proyecto de resolución ministerial para la contratación de codiractor del Proyecto de Apoyo a la Moderniz ación en el Sector Salud; Que, la R.M. N' 091-2003-SAlDM de fecha 24.1.03, publicada el 28.1.03, rectificada por Fe de Er ratas del 6.2.03, resuelve exonerar la contratación de los servicios personalísimos del Sr. Alf onso Edgardo Nino Guerrero como codirector nacional del Proyecto ""Apoyo a la Modernización del Sector Salud y de su aplicación en una Región del Perú"" a ejecutar por la Comisión Europea, e n el marco de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Que, el texto de la R.M. N' 091-2003-SAlDM señala en el párrafo previo de su parte resolut iva que cuenta con la visación de la Oficina General de Cooperación Internacional, la Oficina Ge neral de Administración y la Oficina General de Asesoria Juridica, pese a sólo con la visación d e la Oficina General de Administración y con el sello de la Oficina General de Cooperación Infer nacional; Que, asimismo el sétimo considerando de la R.M. N' 091-2003-SAlDM señala que mediante Ofici o N' 0732003-SAlOGClla Oficina General de Cooperación Internacional informa que la Comisión Europea ha dado su conformidad a la candidatura del Sr. Alfonso Edgardo Nino Guerrero deri vada de la evaluación realizada el 13.12.03 por la Comisión de Alto Nivel reconstifuida por R.M. N' 1878-2002-SA-DM; Que, ni el texto del Oficio N' 073-2003-SAlOGCI ni otro documento de la Oficina General de C ooperación Internacional previo a la emisión de la R.M. N' 091-2003SAlDM señalan que exisle la .conformidad de la Comisión Europea a la candidatura del Sr. Alfonso Edgardo Nino Guerrer o derivada de la evaluación del 13.12.02 realizada por la Comisión de Alto Nivel reconsfitui

da por R.M. N' 1878-2002-SA-DM, conformidad que es exigida conforme al Convenio; Que, recién con Oficio N' 174-2003-SAlOGCI presentado el 13.2.03, la Oficina General de Cooper ación Internacional da esta conformidad, advirtiéndose incluso por la misma Oficina que inform a de ello en base a ""recientes coordinaciones"" que ha efectuado, con lo cual se verifica que al momento de emitirse la R.M. N'091-2003SAlDM no existía la condición esencial para que el M inisterio de Salud pueda proceder a la contratación del Sr. Alfonso Edgardo Nino Guerrero; Que, la Oficina Ejecutiva de Logistica informa que hasfa la fecha no se ha suscrito contrato de l ocación de servicios con el Sr. Alfonso Edgardo Nino Guerrero; Que, conforme al articulo 10' de la Ley N' 27444, Ley de Procedimiento Administralivo General, so n vicios del acto administrativo que adolecen de nulidad de pleno derecho el defecto o la omisión de algunos de sUs requisitos de validez, salvo que se presente alguno de los supuestos de conser vación del acto a que se refiere el articulo 14' de la misma norma asi como la contravención a la Constitución, a las leyes o a las normas reglamentarias; Que, conforme al articulo 3' de la Ley N' 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, e l procedimiento regular y la motivación constituyen requisitos de validez del acto administrati vo, en virtud de lo cual respectivamente, anfes de su emisión el acto administrativo debe estar conformado medianfe el cumplimiento del procedimiento administrativo previsto para su generaci ón y debe estar debidamente motivado en proporción al contenido y conforme al ordenamiento jurí dico; Que, la presentación del texto de R.M. N' 091-2003 SAlDM ante la Alta Dirección, con las observaciones .mencionadas ha conllevado a la emisión de un acto administrativo que adolece de nulidad; De conformidad a los artículos 11', 12' Y 202' de la Ley N' 27444; SE RESUELVE: Artículo 1'.- Declarar la nulidad de la Resolución Ministerial N' 091-2003-SAlDM de fecha 24 de enero del 2003, publicada el 28 de enero del 2003 y rectificada por Fe de Erratas del 6 de febre ro del 2003. Artículo 2'.- Disponer que copia fedateada de los actuados administrativos queden en poder de e ste Despacho a efectos de pronunciarse sobre la existencia de responsabilidad administrativa re specto a la presentación del texto de la Resolución Ministerial N' 091-2003-SA/ DM ante la Alta Dirección así como de la consignación del Oficio N' 073-2003-SAlOGCI como sustento de su sétim o considerando. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO CARBONE CAMPOVERDE Ministro de Salud"