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Resolución mediante la cual se establecen los bienes de capital, insumos y materias primas que gozarán de la agilización en el trámite para la obtención de la Autorización de Adquisición de Divisas (AAD) y de la Autorización de Liquidación de Divisas (ALD) En fecha 30 de enero de 2013 fue publicada en la Gaceta Oficial No. 40.101, la Resolución No. 3.276 emanada del Ministerio de Poder Popular de Planificación y Finanzas, la cual tiene por objeto establecer que los rubros susceptibles de importaciones de bienes de capital, insumos y materias primas realizadas por las empresas que conforman los sectores productivos y transformadores del país, hasta por un monto máximo de cincuenta mil dólares de los Estados Unidos de América (USD 50.000) o su equivalente en otras divisas, gozarán de la agilización en el trámite para la obtención de la Autorización de Adquisición de Divisas (AAD) y de la Autorización de Liquidación de Divisas (ALD), previo cumplimiento de los requisitos establecidos en la Providencia No. 090, publicada en la Gaceta Oficial No. 38.987 de fecha 05 de agosto de 2008, dictada por la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI). La referida Resolución deroga la Resolución No. 2.669, publicada en la Gaceta Oficial No. 39.457 el 01 de julio de 2010, en la cual se determinaban los bienes de capital, insumos y materias primas que gozaban de la agilización en el trámite para la obtención de la AAD y de la ALD, de acuerdo a la Lista No. 1 (códigos arancelarios que no requieren el Certificado de No Producción Nacional o Producción Nacional Insuficiente) y la Lista No. 2 (códigos arancelarios que sí requieren el Certificado de No Producción Nacional o Producción Nacional Insuficiente), según sea el caso. Ahora bien, de acuerdo al artículo 2 de la Resolución vigente, la determinación de los bienes que no requieren el Certificado de No Producción Nacional o Producción Nacional Insuficiente, así como los bienes que sí lo requieren, a los fines de que CADIVI otorgue la AAD, es objeto de las regulaciones emanadas por los Ministerios competentes en cada materia, en uso de sus atribuciones o mediante la Resolución Conjunta dictada a tal efecto (Resolución Conjunta publicada en la Gaceta Oficial No. 39.980 de fecha 07 de agosto de 2012). En este sentido, la Resolución No. 3.276 establece un único listado contentivo de los códigos arancelarios susceptibles de gozar de la agilización del trámite una vez cumplidos los requisitos correspondientes. Adicionalmente, en el artículo 4 establece que su aplicación estará sujeta a la aplicación del Decreto No. 6.168 publicado en la Gaceta Oficial No. 38.958 de fecha 23 de junio de 2008, mediante el cual se dictan los lineamientos temporales para la agilización en la obtención de las Autorizaciones de Adquisición de Divisas, destinadas a las importaciones de bienes productivos y transformadores del país.

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