resolución de 5 de mayo de 2015, de la ... - Junta de Andalucía

FIRMADO POR. PATRICIA ALBA LUQUE. FECHA. 05/05/2015. ID. FIRMA .... Educación Primaria (597-038). 3. Música (597-035, 597-028). 4. Pedagogía ...
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CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE Delegación Territorial de Málaga

RESOLUCIÓN DE 5 DE MAYO DE 2015, DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE MÁLAGA, POR LA QUE SE CONVOCA CONCURSO PÚBLICO DE MÉRITOS PARA LA PROVISIÓN, CON OCASIÓN DE VACANTES, DE DETERMINADOS PUESTOS DOCENTES DE DIFÍCIL DESEMPEÑO PERTENECIENTES A LOS CUERPOS DE MAESTROS Y DE PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL, ACOGIDOS A CONVENIOS DE COLABORACIÓN CON EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA, DURANTE EL CURSO ESCOLAR 2015/2016. En virtud de las competencias de esta Delegación Territorial y de conformidad con el Decreto 302/2010, de 1 de junio, modificado por el Decreto 311/2012, por el que se ordena la función pública docente y se regula la selección del profesorado y la provisión de los puestos de trabajo docentes, que establece en los capítulos IV y V los procedimientos de provisión de puestos de trabajo docentes con carácter provisional, el ámbito personal de los mismos y la adjudicación de los destinos (BOJA nº: 108, de 4 de junio de 2010). De conformidad con las atribuciones conferidas por la Orden de 15 de enero de 2014, por la que se delegan competencias en diversos órganos de la Consejería y de acuerdo con lo establecido en la Orden de 24 de mayo de 2011, por la que se regulan los procedimientos de provisión, con carácter provisional, de puestos de trabajo docentes así como la movilidad por razón de violencia de género (BOJA n° 108, de 3 junio) y del DECRETO 39/2003, de 18 de febrero, por el que se regula la provisión de los puestos de trabajo de los Equipos de Orientación Educativa adscritos al personal docente y se establecen las funciones de los coordinadores de área de los Equipos Técnicos Provinciales, esta Delegación Territorial ha resuelto, anunciar convocatoria pública para la provisión de determinados puestos para el curso escolar 2015/16, ajustándose a las siguientes bases: PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA. Convocar concurso público de méritos para cubrir vacantes o sustituciones para el curso 2015/16, de los puestos específicos correspondientes a los programas recogidos en la base cuarta.

SEGUNDA.- PARTICIPANTES. Podrán participar, con carácter general: A. Personal funcionario de carrera en activo o funcionarios en prácticas, con destino en centros de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el cuerpo y especialidad que corresponda a cada puesto. El personal funcionario en prácticas podrá participar únicamente en puestos de las especialidades en que han superado la oposición y si el puesto permite la evaluación de la fase de prácticas.

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B. Personal funcionario interino con tiempo de servicio integrante de las bolsas de trabajo del cuerpo y especialidad que corresponda a cada puesto, que no haya sido excluido de las bolsas por Resolución de la Dirección General de Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, ni exista propuesta de exclusión. En la elaboración de los listados y adjudicación de los puestos se dará prioridad al personal funcionario de carrera sobre el personal funcionario en prácticas y a éste sobre el personal funcionario interino. El personal funcionario de carrera o en prácticas al que se prorrogue una comisión de servicios por puesto específico y el personal interino al que se prorrogue el nombramiento por puesto específico para el curso 2015/2016 con anterioridad a la resolución de esta convocatoria, de acuerdo con la base tercera, no podrá optar a los puestos ofertados en ésta. TERCERA.- LISTAS Y NOMBRAMIENTOS. Las nuevas listas se elaborarán situando en bloques a quienes participen por la prelación indicada en la base segunda. En el supuesto de empate por aplicación del baremo, los criterios de desempate serán, por este orden, los siguientes: A. Personal funcionario de carrera o en prácticas: mayor puntuación apartado por apartado del baremo; de persistir, mayor puntuación subapartado por subapartado y, de persistir, fecha más antigua de ingreso en el cuerpo seguida del número más bajo de escalafón. B. Personal funcionario interino de las bolsas de trabajo: mayor puntuación apartado por apartado del baremo; de persistir, mayor puntuación subapartado por subapartado; a continuación, lugar preeminente en las bolsas de trabajo y, en su caso, ordenación a partir de la letra que establezca, para cada año, la Consejería competente en materia de función pública. La ocupación de un puesto por parte de personal interino estará siempre supeditada a que todo el personal funcionario obtenga un puesto en su especialidad o en especialidades afines o al hecho de obtener un puesto en la resolución definitiva de adjudicación de destinos provisionales del curso de la convocatoria. Al personal seleccionado le será ofrecido, con ocasión de vacante, y por el orden en que figure en el listado definitivo, destino en comisión de servicios hasta el 31 de agosto, en el caso de personal funcionario de carrera o en prácticas, y en el régimen y hasta la fecha que corresponda al personal funcionario interino, en aplicación de su normativa específica. La aceptación de la vacante ofertada como consecuencia de esta convocatoria supondrá la disponibilidad y competencia profesional para el desempeño de la misma por parte del personal que la acepta. Los puestos adjudicados serán irrenunciables. La no aceptación de una vacante supondrá la exclusión definitiva de la lista correspondiente.

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No obstante lo anterior, el personal que resulte adjudicatario de varios puestos específicos deberá optar por uno de ellos quedando excluido del resto de los listados. En el caso de que se le adjudique un puesto con anterioridad a la resolución de otras convocatorias en que hubiera participado, vendrá obligado a aceptar dicho primer puesto adjudicado sin que pueda figurar en otros listados posteriores. La Delegación Territorial, previo informe del Servicio competente, oída la persona interesada, podrá proponer la revocación, en cualquier momento, de las Comisiones de Servicio (personal funcionario) o nombramiento para puesto específico (personal en régimen de interinidad) al profesorado que no cumpla las funciones para cuyo servicio fueron nombrados.

CUARTA.- PROGRAMAS OBJETO DE NUEVA CONVOCATORIA. EDUCATIVOS Y ESPECIALIDADES ACOGIDAS A LA CONVOCATORIA.

CENTROS

Programas educativos en centros de difícil desempeño. a. CONVENIO EDUCATIVO ZONA PALMA-PALMILLA: i. CEIP Cerro Coronado. CÓDIGO: 29004699 ii. CEIP Doctor Gálvez Moll. CÓDIGO: 29003877 iii. CEIP Manuel Altolaguirre. CÓDIGO: 29006131 iv. IES Guadalmedina. CÓDIGO: 29701091 b. CONVENIO EDUCATIVO ZONA BAILÉN-MIRAFLORES: i. CEIP Severo Ochoa. CÓDIGO: 29009739 ii. IES Carlinda. CÓDIGO: 29701118 c. CONVENIO EDUCATIVO ZONA CENTRO: i. CEIP Ntra. Sra. De Gracia. CÓDIGO: 29003695 d. CONVENIO EDUCATIVO ZONA LOS ASPERONES: i. CEIP María de la O. CÓDIGO: 29601941 e. CONVENIO EDUCATIVO ZONA LAS ALBARIZAS: i. CEIP Las Albarizas. CÓDIGO: 29011801 f. CONVENIO EDUCATIVO ZONA COÍN: i. CEIP Lope de Vega. CÓDIGO: 29002356

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PUESTOS DE TRABAJO CONVOCADOS: ESPECIALIDADES DEL CUERPO DE MAESTROS: 1. Educación Infantil (597-031). 2. Educación Primaria (597-038). 3. Música (597-035, 597-028). 4. Pedagogía Terapéutica (597-036, 597-060). 5. Lengua Extranjera – Inglés (597-032, 597-025). 6. Educación Física (597-034, 597-027). 7. Audición y Lenguaje (597-037, 597-061). 8. Apoyo a Compensatoria (597APO). ESPECIALIDADES DEL CUERPO DE PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA: 9. Lengua Castellana y Literatura (590-004). 10. Matemáticas (590-006). 11. Inglés (590-011). 12. Música (590-016). 13. Orientación Educativa (590-018). 14. Informática (590-107). 15. Física y Química (590-007). 16. Apoyo al Área de Lengua y Ciencias Sociales (590-058). 17. Apoyo al Área Científico o Tecnológica (590-059). 18. Tecnología (590-019). 19. Geografía e Historia (590-005). 20. Francés (590-010). ESPECIALIDADES DEL CUERPO DE PROFESORES TÉCNICOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL: 21. Reforma y Mantenimiento de Edificios (591-212). 22. Operaciones y Equipos de Producción Agraria (591-216).

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REQUISITOS: 1. Además de los requeridos en la base segunda, los recogidos en el ANEXO X. 2. La persona adjudicataria de los puestos de Audición y Lenguaje, Pedagogía Terapéutica y Apoyo a la Compensatoria, podrá prestar sus servicios en un Centro o compartir horario con los Centros que se le encomiende, de acuerdo con la planificación elaborada por la Delegación Territorial. 3. Para las plazas de Profesores de Enseñanza Secundaria para Apoyo al área

Socio-Lingüístico sólo se podrá acceder desde las (especialidades de Lengua Castellana y Literatura, Geografía e Historia e Inglés) y para el Apoyo al área Científico-Tecnológico (especialidades de Matemáticas, Física y Química, Biología y Tecnología). QUINTA.- DOCUMENTACIÓN. PLAZOS Y LUGAR DE PRESENTACIÓN. El personal aspirante a los puestos relacionados en la base cuarta deberá presentar la documentación que se relaciona: -

Instancia, según modelo del Anexo I, de la presente convocatoria.

-

Documentación justificativa de los requisitos y de los méritos alegados según Anexo II, salvo certificación del tiempo de servicio que aportará de oficio esta Delegación Territorial.

-

Compromiso de disponibilidad para desplazamiento geográfico (para las especialidades de Audición y Lenguaje, Pedagogía Terapéutica y Apoyo a la Compensatoria), según Anexo III.

-

Hoja de Autobaremación, según Anexo IV, cumplimentada.

-

Proyecto de trabajo según Anexo VII.

-

Modelo de elección de zonas a las que se opta (Anexo XI).

La documentación justificativa de los méritos se entregará junto con la solicitud. Los méritos se ordenarán por apartados del baremo, sin grapar. Cada una de las fotocopias de los documentos justificativos deberán llevar la leyenda “Es copia fiel del original” y a continuación, la firma del interesado/a. Todos los méritos alegados, han de tenerse cumplidos o reconocidos en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Finalizado el plazo de presentación no se admitirá documentación alguna referente a nuevos méritos. La documentación justificativa de la experiencia docente, apartado 1 del baremo (Anexo II), la aportará de oficio esta Delegación Territorial. En el apartado 2.1 del baremo (Anexo II), se considera experiencia en puestos de trabajo de las mismas características, a la experiencia en los centros acogidos a la presente convocatoria.

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Por el apartado 2.2 del baremo, serán considerados los que acrediten experiencia en puestos de difícil desempeño, catalogados en el apartado 3 del Anexo V de la convocatoria para la adjudicación de destinos (Resolución de 19 de mayo de 2014), distintos a los baremados en el apartado 2.1. (Se adjunta copia). En el apartado 3 del baremo (Anexo II) solamente serán valoradas aquellas actividades de formación que tengan la denominación de CURSO. No serán valoradas otras actividades de formación tales como Grupos de Trabajo, Jornadas, Congresos, etc. En el apartado 4 del baremo (Anexo II), solo serán objeto de valoración como méritos, las Diplomaturas, Licenciaturas, Títulos de Grado, Título de Ciclo Superior de Idiomas o Grado Superior de E.R.E. que no coincidan con los que sirvieron para el ingreso en el cuerpo al que se pertenezca y que no sean aportados como requisito. Los participantes que aporten como mérito valorable una Diplomatura, Licenciatura o Título de Ciclo Superior de Idiomas deberán aportar, asimismo e inexcusablemente, la fotocopia del título aportado para el ingreso al cuerpo o para el acceso a la bolsa. No se valorarán los Títulos utilizados para la obtención de otros. Los participantes que aporten como mérito valorable una Diplomatura o Grado Medio de E.R.E. deberán acreditar que no han utilizado este título para obtener la Licenciatura o Grado Superior de E.R.E. que permitió el ingreso en el Cuerpo. El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles a partir del siguiente a la publicación de la convocatoria en los tablones de anuncio de la Delegación Territorial de Málaga y, a efectos meramente informativos, en el portal Web de la misma. Las instancias se presentarán, preferentemente, en la Delegación Territorial de la Consejería de Educación de Málaga, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, y 51 de la Ley 6/1983. SEXTA.- COMISIONES DE VALORACIÓN Y PUBLICACIÓN DE LAS LISTAS. Los méritos serán valorados, según el baremo que figura como Anexo II de esta Resolución, por una Comisión nombrada por la Ilma. Sra. Delegada Territorial, que estará compuesta por funcionarios de la Delegación Territorial y en la que podrán participar como observadores los representantes sindicales de la Junta de Personal Docente Territorial. Esta Comisión podrá recabar el informe de especialistas para aquellos apartados del baremo que lo puedan requerir. Los proyectos requeridos para la participación en los programas de la base cuarta, serán valorados por una Comisión Técnica nombrada, al efecto, por la Ilma. Sra. Delegada Territorial, que lo calificará como APTO o NO APTO y que dará cuenta de su actuación a la comisión de valoración de solicitudes. Quedarán excluidos del concurso, los aspirantes cuyo proyecto sea calificado como NO APTO. Finalizado el trabajo de las comisiones, se publicarán los listados provisionales en los tablones de anuncios de esta Delegación Territorial. Contra ellos cabe interponer reclamación en el plazo que se establezca desde el día siguiente a la exposición. Transcurrido el plazo de reclamaciones establecido, se procederá a elevar a definitiva la lista de la bolsa de cada programa, con las modificaciones a que hubiera lugar.

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COMISIÓN TÉCNICA

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David Márquez García (Presidente) Antonio Martín Carrera Concepción Navarta Pardo Rosa María Rodríguez Muñoz Araceli Suárez Muñoz Mª Teresa Rodríguez de Sepúlveda Maíllo Francisco Teva Beltrán Francisco M. Carmona Reyes Pilar Urbano Labajos Concepción Niño Sánchez Guisande Julia del Pino Pino

COMISIÓN DE BAREMACIÓN

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Antonio José Bermúdez Cano (Presidente) Mª José Vez Palomino Esperanza López de Inza Isabel Aguiar García Ignacio García Cabrera Mª Teresa Fernández Castro Francisco J. Moya Calle

Los miembros de la Junta de Personal no Docente podrán participar como observadores del proceso de valoración de méritos y proyectos. SÉPTIMA.- RECURSOS PROCEDENTES Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses a partir de su publicación, recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo competente, conforme a lo establecido en los artículos 8.2. a), 14y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante la persona titular de la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga, de conformidad con los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. LA DELEGADA TERRITORIAL

Patricia Alba Luque

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