repensando el concepto de participación - Redacademica

alguna forma de acción colectiva, siendo la participación referida a acciones ... Gil y otros (1996. p, 6), reconocen la Participación como “…un motor potencial.
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REPENSANDO EL CONCEPTO DE PARTICIPACIÓN1 Del Concepto de Participación Es conveniente advertir que el concepto de Participación no tiene un único significado, razón por la cual, encuentra variantes según los interés particulares de quien la utiliza, ésta situación ha logrado deslegitimizarla, Baño, 1998 (citado en Velásquez, 2003), reconoce que la noción de participación es relativamente reciente y carece de una definición precisa, sin embargo da razón de la existencia de una tendencia mayoritaria por considerarla como una intervención de los particulares en las actividades públicas. Ante esto, autores como Mercedes Oraisón y Ana María Pérez (2006. p, 20) que acuden a la Participación Crítica se refieren a dicha definición, como no trascendente de la mera formalidad, incapaz de un cambio real, para el propio sujeto y para su comunidad, afirmando que, por el contrario, ésta fortalece un orden injusto, socialmente impuesto. De ahí que resulte imperante la búsqueda de una definición para el concepto de Participación que responda a nuestras realidades, necesidades, intereses de expresión, transformación, intervención y toma de decisiones. A propósito y tras revisar diversas posturas al respecto que van desde la concepción de La Participación como derecho, y por ende la obligación de los estados por garantizarlo, hasta su concepción como un fin en sí mismo que eleva la dignidad del ser humano y le abre posibilidades de desarrollo y realización (Kliksberg, 1998. p, 37), es común denominador reconocer la Participación como un instrumento potente en la movilización de los individuos. Adviértase por ejemplo como al respecto, Flisfisch (1980. p, 76), define este concepto desde la acción colectiva, "…aquella que requiere la presencia de un cierto número de personas, cuyos comportamientos se determinan recíprocamente, según lo cual participar seria intervenir en alguna forma de acción colectiva, siendo la participación referida a acciones colectivas provistas de un grado relativamente importante de organización, que adquieren sentido al orientarse por una decisión colectiva". Gil y otros (1996. p, 6), reconocen la Participación como “…un motor potencial de cambio social que al mismo tiempo, implica la toma de conciencia colectiva y el compromiso individual de las personas, que además de ser una declaración de principios; debe hacerse realidad a través de la comunidad, asumiendo proyectos e iniciativas sociales que se articulen a procesos de dinamización sociocultural...” Para Velásquez (1986. p, 4), la participación es entendida como un “…proceso social que resulta de la acción intencionada de individuos y grupos en busca de metas específicas, en función de intereses diversos y en el contexto de tramas concretas de relaciones

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Salazar Penagos, Nathalia Isabel. 2011. Repensando el Concepto de Participación: Herramienta didáctica SED-UD. Secretaria de Educación de Bogotá D.C. Dirección de Relaciones con el Sector Educativo Privado, Bogotá, Colombia.

sociales y de poder; es, en suma, un proceso en el que distintas fuerzas sociales, en función de sus respectivos intereses (de clase, de género, de generación…), intervienen directamente o por medio de sus representantes en la marcha de la vida colectiva con el fin de mantener, reformar o transformar los sistemas vigentes de organización social y política…”. Estas definiciones en conjunto reconocen la importancia de la congregación organizada (dinamización) para la intervención sobre una situación concreta definida desde el colectivo y asumida desde iniciativas (proyectos) que exigen compromisos individuales. El concepto de participación, fluctúa en los campos de lo histórico-cultural, como una manifestación de la conducta humana viéndose vinculado a la existencia de unas cualidades específicas éticas y morales, como son la voluntariedad, la responsabilidad, la existencia de unos mecanismos de expresión, prerrequisitos de educación e información, afirmando que sin el cumplimiento de los mismos resulta imposible participar constructiva y propositivamente en defensa de los intereses cualquiera sean. Indiscutiblemente, la participación resulta vital en la transformación de las realidades humanas en general, más sin embargo este concepto debe empezar a pensarse desde lo ambiental en la viva conjugación de lo social, cultural y también lo natural pues mas allá de lo humano y de lo consiente, la participación significa "la acción de tomar parte", etimológicamente partes – en acción. Todos los seres, que por el acto inherente a su existencia componen un sistema, tuvieron que atravesar un proceso de conformación que los constituyo como legítimas partes (participantes) de un orden preexistente, que atiende a los principios hologramático y de recursividad organizacional del pensamiento complejo; siendo, lo Hologramático, “…el reconocer en la totalidad las partes y en las partes la totalidad; las cualidades que son al todo, le son inherentes desde la organizacionalidad de sus partes, al igual que las cualidades de las partes son siempre dentro del todo (sistema), y dejan de ser en el momento en que no son parte del todo…”, (Morin, E. 2004.p, 107).

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Por otro lado la Recursividad Organizacional, “…rompe con la linealidad de la causa y el efecto concibiendo los sistemas como ciclos autoconstitutivos, autoorganizadores y autoproductores; entendiéndose como procesos en los cuales los productos y los efectos son en si mismos producto y causa de aquello que los produce…”, (Morin, E. 2004.p, 106). Los sistemas no son únicos, se encuentran suspendidos activamente como parte en otros sistemas, siendo a su vez el todo mayor de otros subsistemas que lo componen; entendiendo como sistema “…el conjunto de elementos que se encuentran en relación y con nexos entre sí, y que forman una determinada unidad e integridad; es un conjunto energético-substancial de componentes interrelacionados, agrupados de acuerdo a relaciones directas e inversas en una cierta unidad, es un todo complejo, único, organizado, formado por el conjunto o combinación de

objetos o partes las cuales acceden de este orden que aunque impuesto puede ser reorganizado (adaptación, evolución…”) (Rodríguez, M. 2006.p, 4)…”. Nos hemos referido entonces a una forma de participación de hecho (según la denominación, Mateus 2004), entendida como cuando se participa de un grupo sin haberlo deseado (raza, etnia, familia, etc.), para este caso particular se participa como parte de un sistema independientemente de la conciencia del acto participativo, es decir, no es necesario un ejercicio reflexivo al respecto para desde ya ser causa y ser efecto dentro del sistema, refutando a este nivel los planteamientos teóricos para los cuales la Participación exige un ejercicio racional, ésta forma de participación prescinde de ellos sin dejar de ser legitima o genuina en tanto las partes afectan las dinámicas del sistema. Desde el punto de vista ambiental, la simple existencia de un individuo implica una repercusión ecológica y así como se reconoce la importancia de la participación en la esfera de lo socio-cultural es indiscutible su acción sobre lo natural, incluso a un cuando no se sabe que se esta interviniendo. El ser parte, tomar parte y sentirse parte de algo, marca el inicio de un proceso participativo, pues aunque no lo notemos desde siempre hemos hecho parte en un todo; la familia, una institución, el barrio, un ecosistema, la localidad, la ciudad, un país, un continente y hasta un planeta. Nuestros actos conscientes o no, son desde ya causa y consecuencia de múltiples impactos, sin embargo SER PARTE no es suficiente, menos aún cuando llevamos a diario nuestras vidas desconociendo la forma en que nuestro pensar y nuestro actuar afectan dichos escenarios. El TOMAR PARTE, incluye el hacerse protagonista en estos escenarios, observarlos, conocerlos, cuestionarlos, generar posturas, opiniones y porque no darlas a conocer a otros que también son parte dentro de este todo, muchos sin querer tomar parte del mismo.

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El SENTIRSE PARTE nos dota de un poder especial para decidir y para actuar mas allá de la mera manifestación de nuestros pensamientos, para poder empezar a sentirnos parte de estos escenarios es indispensable dejar de lado el escepticismo, saber que si no se interviene de una forma organizada y previamente planificada; la intervención no sé anula, por el contrario puede que se este dando de manera negativa, casi que si no se es parte de la solución se es parte del problema, como reza el adagio popular. Esta condición de tener el poder, nos recuerda también que en estos escenarios es un hecho la presencia de ambiciones, competencias, divergencias, manipulación y múltiples espacios para la corrupción que a la larga terminan en detrimento de los procesos, sin embargo si nuestro deseo es poder vivir y desarrollarnos en un ambiente sano, libre con respeto por la diferencia es necesario que todos y todas empecemos a SENTIRNOS PARTE en estos escenarios, decidiendo y actuando coherentemente a favor del bien común.

La escuela como escenario de participación La escuela es uno de esos escenarios de los que somos parte, es un espacio potencial en el que estudiantes, maestros y miembros de la Comunidad Educativa en general se forman a diario para la vida personal, social, comunitaria o mundial, es la escuela un agente político al que cabe preguntarle ¿cómo asume la participación? La escuela, y quienes hacemos parte de ella debemos trascender lo pedagógico y lo asistencial hacia el accionar comunitario asumiendo la responsabilidad social de nuestros contextos, (Oraisón y Pérez c. p, 19), sintiéndonos parte para empezar a reconocernos y transformarnos para la participación, los distintos actores como partes deben intervenir de forma activa en los asuntos que les afectan, “…cuanto más sea llevado el individuo a reflexionar sobre su situacionalidad tempo-espacial, será más consiente al respecto y por tanto más comprometido con su realidad, en la cual, porque es sujeto, no debe ser mero espectador, sino que debe intervenir cada vez más…” (Freire, 2002 en Rodríguez, R. 2008).

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Es entonces preciso inducir a las instituciones educativas a reflexionar sobre su situacionalidad, a sentirse realmente parte de sus comunidades, en facultad de intervención, en tanto es la participación, la forma mediante la cual la Comunidad Educativa incide de forma directa sobre los sistemas y las situaciones que le afectan, las comunidades deben lograr más que acudir a reuniones y audiencias, puesto que evidentemente participar no es firmar, ni siquiera estar presente, la participación incluye esfuerzos, responsabilidades y exigencias: económicas, técnicas, académicas, de espacios y tiempos por parte de los individuos, en respuesta a esto, es posible el desarrollo de proyectos investigativos que como procesos continuos de dinamización social, permanentes, con exigencias de tiempos y espacios le permitan a todos los involucrados conocer y procesar la información logrando una verdadera transformación desde la educación y el convencimiento de su facultad y potencialidad para generar cambios. Lo anterior no justifica que las comunidades deban asumir total responsabilidad o aislarse de instituciones gubernamentales y de otros tipos que tienen compromisos concretos con dichos procesos; se trata de compartir responsabilidades no de asumir trabajos, esta co-responsabilidad le da poder político a la comunidad y no ha de concebirse desde la idea de explotación, los gobiernos tienen obligaciones concretas y las comunidades deben conocerlas para poder exigirlas. Lamentablemente es el desconocimiento de estas obligaciones, la insuficiencia de educación y de información o la inexactitud de ésta, la responsable de una conciencia limitada, sumada al desinterés por los procesos participativos las que instituyen un escenario que dificulta la dinamización social, razón por la cual, la escuela debe capacitarse para la participación, adquiriendo conocimientos y desarrollando habilidades que aseguren el éxito de sus procesos en tanto reconoce para qué participa, cómo lo hace, qué incluye, cuáles son sus deberes y

compromisos, cuáles son sus beneficios y sobre todo cómo esto contribuye a la solución de una problemática local. La educación ambiental y la participación Las problemáticas ambientales suelen estar relacionadas con una conciencia ambiental deficiente creada por la falta de información, el desconocimiento tanto de aspectos biológicos, físicos y químicos, como de normatividades, prácticas, acciones y tecnologías inherentes a las realidades de los territorios, escenario que ligado a la incomprensión del ambiente como una realidad compleja y sistémica, así como del impacto de nuestra vida cotidiana sobre este, conduce a la reducción de los escenarios de participación y por tanto al alcance de las iniciativas que en este campo se proponen. A propósito de esto la Política Nacional de Educación Ambiental pretende desde lineamientos, criterios y principios direccionar la formación de ciudadanas y ciudadanos éticos frente a la vida y el ambiente, en capacidad de comprender los procesos que determinan la realidad social y natural, de igual forma en la habilidad para intervenir participativamente, de manera consciente y critica en procesos a favor de una relación sociedad - naturaleza en el marco del desarrollo sostenible, (SINA, 2002., p. 17), para lo cual entre otros, asume aspectos como la interinstitucionalidad, la intersectorialidad, la interdisciplinariedad, la transversalidad, interculturalidad, la formación en valores, la regionalización, la gestión, la investigación y por supuesto la Participación. A continuación se hace referencia a algunos de estos. La interdisciplinariedad y la transversalidad, son fundamentales para la formación integral de la comunidad educativa no solo en lo que respecta a la educación ambiental, ya que como se afirma en la Política Nacional de Educación Ambiental (SINA) son precisas para analizar las realidades sociales y naturales desde todas las ramas del conocimiento, requiriendo en su construcción la totalidad de las disciplinas; estos aspectos de desarrollaran más ampliamente en otro capítulo, sin embargo es importante reconocerlos como cardinales en los procesos participativos a la interior de la escuela.

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Más aun, es necesario abrir los horizontes participativos, lo que sugiere el reconocimiento de múltiples actores y sectores paralelos al educativo, entonces la interinstitucionalidad y la intersectorialidad han de asumirse como una relación que requiere la intervención de diferentes actores para la consecución de metas comunes; lo que sugiere que las estrategias que se asumen desde la Educación Ambiental deben asegurar la vinculación de instituciones diferentes a la educativa, dando razón de que ninguna institución por si sola puede abordar en su totalidad lo ambiental y reconociendo que lo ambiental ha de ser asumido de forma coordinada entre actores representantes de los diferentes sectores que conforman la comunidad. La interculturalidad, como respeto a la diversidad cultural, a lo autóctono ha de ser un factor definitivo en los Proyectos Ambientales, esta condición garantiza un reconocimiento real de la diversidad cultural del país, permitiendo la identificación de los aportes que desde las diferentes

cosmovisiones y desarrollos puedan posibilitar una dinámica regional acorde con las necesidades particulares de los diferentes contextos, (Useche y otros, 2004. p, 29). Para lograr el desarrollo de los aspectos desplegados anteriormente es necesario que los procesos participativos superen las dificultades no solo sociales, culturales y naturales, sino también individuales, para lo cual se reconocen la concertación, la gestión y la cogestión como facilitadoras en los procesos participativos. La concertación, se refiere a la forma de interacción entre los diferentes actores de la comunidad, una problemática ambiental está compuesta por múltiples factores, entre ellos diferentes actores, que se relacionan, se integran y condicionan entre sí; la comprensión de dicha consideración requiere un pensamiento complejo de la realidad, así como la transformación de los estilos de vida y modelos de enseñanza y aprendizaje que garanticen los recursos humanos y financieros necesarios para el desarrollo de los procesos (Covas. 1998. p, 4). La Gestión, como la capacidad de los individuos y comunidades para saber con qué recursos humanos y financieros cuentan, así como para desarrollar estrategias que les permitan acceder a ellos y movilizarlos; siendo la gestión, un principio a partir del cual los diferentes actores se hacen consientes de las responsabilidades, limites y alcances de los protagonistas del proceso con miras a la toma de decisiones que permitan la resolución de problemas. La cogestión, implica compartir responsabilidades, reconocer tanto los limites como los alcances de cada uno de los actores y las instituciones vinculadas a la resolución de una problemática ambiental, este factor reconoce además el protagonismo de las comunidades en la definición de su propio modelo de desarrollo, pues son los colectivos humanos quienes desarrollaran e intervendrán con mayor protagonismo en el planteamiento de sus necesidades, la definición de sus objetivos, y el establecimiento de controles culturales que permitan conciliar los programas de desarrollo con la idiosincrasia de cada comunidad (Novo, 1996).

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Los aspectos desarrollados anteriormente se esfuerzan por vigorizar y recuperar los espacios participativos, poniéndolos a disposición de una Educación Ambiental coherente con las necesidades de las comunidades. Siendo los Proyectos Ambientales escolares PRAE, la opción a través de la cual es posible articularlos en la solución de una problemática ambiental local desde las Instituciones Educativas. Hacer de la participación un eje para el desarrollo de la Educación Ambiental desde los PRAE es creer que los individuos están en la capacidad de tomar decisiones y adelantar acciones eficientes que optimicen sus realidades ambientales (naturales, sociales y culturales), situación que desde la investigación exige unos procesos de planeación colectiva, que además de resultar eficientes productivamente o de relevancia técnica, resulten una opción política, en tanto las decisiones como los deberes y las responsabilidades deben ser compartidas por múltiples actores evidenciando los entramados político - pedagógicos para los cuales cada decisión exige una

planeación, una reflexión y una acción colectiva y democrática que resulte en una construcción que se prolonga en el tiempo. La planificación de dichos proyectos deber ser honesta con los objetivos y estos han de ser construidos desde los intereses colectivos, la comunidad ha de definir sus problemas, identificar prioridades y formular sus objetivos, precisando los mecanismos para su identificación y consecución, incluso decidiendo sobre el tipo de apoyo (capacitaciones o asesorías externas…) que necesita; dicho ejercicio reclama la creatividad de la escuela en tanto es quien ha de generar los espacios, tiempos y recursos coherentes con las metodologías que se asuman, demandando en cada uno de sus momentos el sometimiento a las decisiones colectivas que incluyan a demás instrumentos formales que den razón de las decisiones y compromisos como actas, acuerdos, cartas, convenios, contratos, y las respectivas formas de control, seguimiento y evaluación de las mismas asumiendo recursos tanto humanos (como responsables), físicos y económicos, (Mateus, 2004). Actores, mecanismos y escenarios para la participación en el campo de la Educación Ambiental La identificación y el reconocimiento de actores y sectores es indispensable para trazar la red de interconexiones existente respecto de las problemáticas ambientales y así poder comprenderlas más fácilmente. Para evidenciar racionalmente dichas conexiones han de ponerse en consideración los niveles, grados y tipos de participación, reconocer el quiénes somos, qué se tiene y de qué se carece, desde la planificación fortalece los procesos de concertación, gestión, cogestión y desde éstos cualquier iniciativa que se asuma. Partiendo del ámbito internacional, nacional, regional, distrital y local existen instituciones de carácter ambiental que se encuentran en la obligación de acompañar a la escuela en sus procesos ambientales, es responsabilidad de ésta conocerlas y gestionar su acompañamiento a lo largo de los procesos o según cuando se considere necesario; en afirmación de unas perspectivas internacionales de intervención ambiental, el estado colombiano se ha permitido la consideración de individuos como particulares o en colectivos desde entidades y sectores en marcos de políticas, lineamientos, competencias y responsabilidades como interventores activos en el escenario ambiental, (Velásquez, 2003. p,41).

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Según lo anterior, se reconocen los actores ambientales en marcos legales, el SINA (Sistema Nacional Ambiental) conformado por instituciones estatales y organizaciones de carácter social, de origen tanto educativo como ambiental mantienen un dialogo permanentemente en la búsqueda de una gestión ambiental organizada y orientada, (Política Nacional de Educación Ambiental, 2002. p, 41). En una función conjunta de los Ministerios de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y el Ministerio de Educación, otorgada por la ley 48 de 1993 en lo relativo a la Educación Ambiental, se

da origen a consensos y acuerdos, en torno a una gestión ambiental organizada y orientada, a resolver la problemática ambiental del país desde múltiples instituciones, (Política Nacional de Educación Ambiental, 2002. p, 41). Del actual Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, depende la producción y aplicación de los principios que rigen la Política Ambiental Colombiana así como concertar, coordinar y organizar lo relacionado con esta materia. En el sector educación, desde el Ministerio de Educación como formulador de políticas, diseñador de lineamientos y orientaciones, asesor de las entidades territoriales y coordinador de acciones en materia de educación, seguidas por las Secretarías de Educación las cuales se encargan de desarrollar las políticas, planes y programas en las distintas entidades territoriales de acuerdo con los criterios generales emanados del Ministerio de Educación, por su parte las Instituciones Educativas trabajan con base en la formulación de Proyectos Educativos Institucionales - PEI, que las ligan a las realidades locales y apuntan a responder a las características y necesidades de las comunidades en las que la escuela está inmersa, (Política Nacional de Educación Ambiental, 2002. p, 41). Asimismo, las corporaciones autónomas regionales – CAR, cuyo objeto es la ejecución de las políticas, planes, programas, proyectos ambientales y de recursos naturales renovables, son máxima autoridad ambiental en su jurisdicción, (CAR, 2008). Entes Territoriales, departamentos, distritos y municipios, en cumplimiento de la constitución y de las leyes responden a las competencias particulares señaladas por la Ley 99, (promoción, ejecución, administración, coordinación entre otros de programas y proyectos de interés ambiental), (CAR, 2008).

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La Unidad Municipal de Asistencia Técnica Agropecuaria – UMATA- cuya función es garantizar la asistencia Técnica Directa Rural Agropecuaria, Medio ambiental, asuntos de aguas y pesquera, al ordenar la prestación de los servicios de asistencia técnica directa rural por parte de los entes municipales, racionalizar y coordinar las actividades correspondientes con miras a asegurar la ampliación progresiva de la cobertura, calidad y pertinencia del servicio de asistencia técnica, así como el seguimiento, orientación y acompañamiento en la prestación del servicio por parte de las entidades del orden departamental y nacional, en condiciones que permitan la libre escogencia por los beneficiarios de dichos servicios. Con la prestación de la asistencia técnica directa rural se crean las condiciones necesarias para aumentar la competitividad y la rentabilidad de la producción, en un contexto de desarrollo regional y en el marco de la internacionalización de la economía, a la par que se garantiza el acceso equitativo a los servicios estatales y a los beneficios de la ciencia y la tecnología a todos los productores rurales, (LEY 607 DE 2000). Por su parte las Mesas Ambientales municipales, departamentales o locales están bajo la jurisdicción de la CAR correspondiente, siendo estas, escenario integrador de la administración y la ciudadanía en pro de la planificación ordenada y conjunta de la gestión ambiental local

Los Comités Locales de Educación Ambiental –CLEA- se definen como una estrategia de gestión para organizar la intervención en procesos de Educación Ambiental en las localidades de la ciudad. Sin embargo, al considerar actores ambientales no solo se hace alusión a estos actores estatales, hay que remitirse directamente a los actores sociales, es decir a aquellas unidades reales de acción en la sociedad: tomadores y ejecutores de decisiones que inciden en la realidad local, como parte de la base social, definidos por ella, pero actuando como individuos o colectivos sometidos a otras condiciones (culturales, étnico-culturales, políticas y territoriales) y cuyo comportamiento se determina en función de una lógica local y/o su comportamiento determina los procesos locales, (Piréz, 1995), razón por la cual finalmente y como unidad de acción en el campo de la Educación Ambiental se encuentran los Comités Ambientales Escolares CAE, a los cuales nos referiremos en detalle más adelante. Así mismo, la participación concebida por el estado se encuentra sujeta a una serie de requisitos y elementos, que en materia ambiental no constituyen excepción, siendo parte de estos la existencia de un conjunto de derechos ambientales, cuyo reconocimiento conlleva a la intervención del poder público y del ciudadano en su protección, en razón de esto la Constitución Política de Colombia de 1991, contiene más de 60 artículos referentes al ambiente (Velásquez, 2003. p, 18), desde los cuales asume el manejo, aprovechamiento, conservación, restauración, sustitución y educación en materia ambiental. Como mecanismos para la intervención de los individuos en las múltiples expresiones de la vida social, la Ley 134 de 1994 define y caracteriza como mecanismos de participación ciudadana: la iniciativa popular, legislativa y normativa, el referendo, el cabildo abierto, la consulta popular, el voto programático, el plebiscito, la revocatoria del mandato, la audiencia publica y la audiencia publica ambiental.

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Otras formas de participación en lo ambiental están dadas desde la llamadas acciones constitucionales, para los derechos fundamentales de primera generación se tienen: la acción de tutela, el derecho de petición, el habeas corpus, el habeas data y la acción contra la violencia intrafamiliar. Para el control de los derechos económicos y culturales se reconoce como mecanismo de control: la acción de cumplimiento y para el control a los derechos Colectivos y ambientales de Tercera generación, se tienen como espacios de control: La acción Popular, la acción de grupo, la acción de nulidad en materia ambiental y los mecanismos informales, que se refieren a las acciones que emplea la sociedad civil o la comunidad en la construcción de procesos colectivos, se destacan el consenso, la concertación en la toma de decisiones, distribución de riesgos, cogestión por socios y autogestión entre otros, estos mecanismos de participación informal constituyen una opción voluntaria del pueblo, lejos de instancias convencionales, implicando la formación de sujetos sociales comprometidos con su desarrollo individual y colectivo capaces de expresar, construir y exigir condiciones para el ejercicio de sus derechos, (CAR,2008). Otros procesos que pueden ser considerados desde lo informal como la promoción (amplia labor de información, motivación, movilización), y la organización (personería jurídica para

financiamiento o posicionamiento ante la autoridad) son actividades mínimas que dan razón de participación, pueden ser acompañadas a su vez de talleres, cursos, seminarios, pasantías, foros, etc. Que de ser concebidas y evaluadas desde lógicas dinamizadoras potencian los escenarios de participación. Finalmente, la Resistencia, a pesar de no ser un mecanismo legalmente reconocido de participación social si es un dispositivo que es utilizado y que en muchos casos ha resultado eficaz en el momento de hacerse tomar en cuenta e incidir en las decisiones que afectan a las mayorías.

El comité ambiental Escolar La IAP establece como finalidad hacer del sujeto el protagonista de una investigación cuyo propósito es la transformación social basando la investigación en la participación de los propios colectivos a investigar, que así pasa de ser "objeto" de estudio a sujeto protagonista, controlando e interactuando a lo largo del proceso, razón por la cual la constitución de un grupo formal (comité ambiental) que participe continua y responsablemente en el acompañamiento y dinamización del PRAE se hace pertinente. Para la constitución de este comité es indispensable que quienes hagan parte del mismo, conozcan los fines del proceso, apropiándolos y dominándolos, como factores innegables para el ejercicio de una participación genuina, que busque la consecución de metas tanto fácticas como educativas que contribuyan a la transformación de su realidad. Este comité está compuesto por un primer grupo: La Comisión de Seguimiento (CS) quién congrega a todas las entidades potencialmente interesadas en debatir el proyecto en cada una de sus etapas. (Martí, 2002), está constituido por representantes de los diferentes estamentos de la comunidad (políticos, económicos, locales y el equipo investigador), en consideración de Martí (2002) se adoptan como objetivos generales de la Comisión de Seguimiento: realizar el acompañamiento, supervisión y reorientación de la investigación y del grupo IAP, plantear, debatir y negociar propuestas que conlleven a cumplir los objetivos del PRAE. El segundo grupo o grupo IAP, es el protagonista tanto en el diseño de la investigación, como en el análisis de los materiales de campo, la elaboración de propuestas y generación de procesos en la comunidad que accedan a su participación de los procesos, razón por la cual este grupo debe mantenerse activo en la búsqueda de formarse como un grupo para si mismo.

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OBJETIVO Conciencia Conocimiento

DESCRIPCIÓN Promover y sensibilizar en los grupos sociales el desarrollo de una conciencia ambiental. Promover la adquisición de conocimientos sobre el medio ambiente, sus

problemas y la forma de diseñar soluciones. Valores y Promover el desarrollo de valores que comprometan la adquisición de actitudes actitudes positivas hacia el entorno y la sociedad. Destrezas Promover la adquisición de aptitudes necesarias para prevenir y diseñar soluciones a los problemas ambientales. Participación Incentivar la participación de la comunidad en todo el proceso de la gestión ambiental. Tabla 1: Objetivos de la Educación Ambiental considerados en la conformación del grupo IAP del comité ambiental escolar. Finalmente, se asume como pilar el Acuerdo 166 de 2005 Concejo de Bogotá D.C. mediante el cual se crea el comité ambiental escolar en los colegios públicos y privados de Bogotá y se dictan otras disposiciones, según dicho acuerdo los CAE, comités ambientales escolares deben asegurar el cumplimiento de las siguientes funciones: • Asesorar al Gobierno Escolar, con el fin de fortalecer la dimensión ambiental al interior de la institución educativa. • Liderar la formulación, implementación, seguimiento y evaluación del Proyecto Ambiental Escolar (PRAE) y realizar la gestión necesaria para el desarrollo del mismo. • Adelantar proyectos y programas que apunten a la preservación y mejoramiento ambiental en el marco del Proyecto Ambiental Escolar (PRAE.) • Proponer programas y proyectos para el desarrollo del servicio social obligatorio en materia ambiental, de los estudiantes de educación media vocacional (grados 10 y 11). • Generar espacios pedagógicos educativos para crear y fortalecer valores ambientales, sociales y culturales, así como fortalecer la importancia del cuidado y mejoramiento del ambiente de acuerdo con el calendario ambiental. • Promover el derecho a un ambiente sano en el marco del desarrollo de la Cátedra de Derechos Humanos. • Promover la formulación e implementación de los Planes Integrales de Gestión Ambiental (PIGA) en las Instituciones Educativas. BIBLIOGRAFÍA.

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Decreto 1743 del 3 de agosto de 1994. Expedido por el Presidente de la República de Colombia. Por el cual se instituye el Proyecto de Educación Ambiental para todos los niveles de educación formal, se fijan criterios para la promoción de la educación ambiental no formal e informal y se establecen los mecanismos de coordinación entre el Ministerio de Educación Nacional y el Ministerio del Medio Ambiente. PNEA. Política Nacional de Educación Ambiental (2002).Consejo Nacional Ambiental.Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial. Julio 16 de 2002.

Acuerdo 166 del 23 de septiembre de 2005. Expedido por el Concejo de Bogotá."por medio del cual se crea el comité ambiental escolar en los colegios públicos y privados de Bogotá y se dictan otras disposiciones". Decreto 617 del 28 de Diciembre de 2007 .Expedido por la Alcaldía Mayor de Bogotá. Por el cual se adopta y reglamenta la Política Pública Distrital de Educación Ambiental.

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PPDEA. Política Pública Distrital de Educación Ambiental. (2008). Alcaldía Mayor de Bogotá, Secretaria Distrital de Educación, Secretaria Distrital de Ambiente.