El Peruano / Viernes 4 de marzo de 2016
NORMAS LEGALES
Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Piura, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y al Fiscal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1352185-3 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1021-2016-MP-FN Lima, 3 de marzo de 2016 VISTO Y CONSIDERANDO: El Oficio Nº 112-2016-MP-FN-ETI-NCPP/ST, remitido por la Secretaría Técnica de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, mediante el cual efectúa la propuesta para la designación del Fiscal Superior Coordinador de las Fiscalías Provinciales Penales Corporativas y Mixtas del Distrito Fiscal de Piura. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público.
579765
“La solicitud presentada por el doctor IVAN PEDRO LINO GUEVARA VASQUEZ (...)” DICE: “ARTICULO PRIMERO.- Aceptar, con efectividad a partir del 4 de marzo de 2016, la renuncia formulada por el doctor IVAN PEDRO LINO GUEVARRA VASQUEZ (...)” DEBE DECIR: “ARTICULO PRIMERO.- Aceptar, con efectividad a partir del 4 de marzo de 2016, la renuncia formulada por el doctor IVAN PEDRO LINO GUEVARA VASQUEZ (...)” 1352205-1
REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Establecen la ampliación de la campaña gratuita para la obtención y expedición del documento nacional de identidad, para las personas adultas mayores a partir de los 65 años de edad, a nivel nacional RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 35-2016/JNAC/RENIEC
SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del doctor Manuel Rodolfo Sosaya López, Fiscal Superior Provisional del Distrito Fiscal de Piura, como Fiscal Superior Coordinador de las Fiscalías Provinciales Penales Corporativas y Mixtas del Distrito Fiscal de Piura, materia de la Resolución Nº 3160-2014-MP-FN, de fecha 08 de agosto de 2014. Artículo Segundo.- Designar a la doctora Sofía Hortencia Milla Meza, Fiscal Superior Titular Mixta de Piura, Distrito Fiscal de Piura, como Fiscal Superior Coordinadora de las Fiscalías Provinciales Penales Corporativas y Mixtas del Distrito Fiscal de Piura. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Piura, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los Fiscales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1352185-4 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS Nº 027-2016-MP-FN-JFS Mediante Oficio Nº 2096-2016-MP-FN-SEGFIN, el Secretario General de la Fiscalía de la Nación solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución de Junta de Fiscales Supremos Nº 027-2016-MP-FN-JFS, publicada en la edición del 27 de febrero de 2016. DICE: visto y considerando: “La solicitud presentada por el doctor IVAN PEDRO LINO GUEVARRA VASQUEZ (...)” DEBE DECIR: visto y considerando:
Lima, 3 de marzo de 2016 VISTOS: El Memorando Múltiple Nº 000151-2015/ GOR/RENIEC (16DIC2015) y la Hoja de Elevación Nº 000020-2016/GOR/RENIEC (29ENE2016), emitidos por la Gerencia de Operaciones Registrales; el Memorando Nº 005297-2015/GPP/RENIEC (30DIC2015), emitido por la Gerencia de Planificación y Presupuesto; el Informe Nº 004635-2015/GPP/SGP/RENIEC (30DIC2015), emitido por la Sub Gerencia de Presupuesto de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; el Informe Nº 000153-2015/ GPP/SGPL/RENIEC (28DIC2015), emitido por la Sub Gerencia de Planificación de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; el Memorando Nº 000109-2016/GG/ RENIEC (09FEB2016), emitido por la Gerencia General; el Informe Nº 000058-2016/GAJ/SGAJR/RENIEC (18FEB2016), emitido por la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica Registral de la Gerencia de Asesoría Jurídica y la Hoja de Elevación Nº 000089-2016/GAJ/RENIEC (18FEB2016), emitida por la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo encargado, de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales, así como de inscribir los hechos y los actos relativos a su capacidad y estado civil; Que conforme lo dispuesto en el artículo 183º de la Constitución Política del Perú es competencia funcional del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, entre otros, mantener actualizado el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales y emitir el documento que acredite su identidad; Que el artículo 98º del Decreto Supremo Nº 015-98PCM, Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, señala la facultad de la Jefatura Nacional para determinar la gratuidad de los servicios que considere pertinente; Que en el marco de su política social orientada a atender las necesidades de documentación de la población, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, desde el año 2003 viene emitiendo resoluciones jefaturales que establecen la gratuidad para la obtención
579766
NORMAS LEGALES
del documento nacional de identidad, las mismas que han beneficiado a aquellos grupos poblacionales vulnerables que se encuentran en situación de pobreza y extrema pobreza, los adultos mayores, los pueblos indígenas, las personas con discapacidad, los niños y adolescentes, entre otros; Que teniendo en cuenta lo manifestado precedentemente, mediante Resolución Jefatural Nº 002-2015-JNAC/RENIEC (09ENE2015) publicada en el diario oficial El Peruano el 10 de enero de 2015, se dispuso ampliar la campaña gratuita a todo tipo de trámite para la obtención y expedición del documento nacional de identidad, para personas adultas mayores a partir de los sesenta y cinco años (65) años de edad, a nivel nacional, a partir del primer día útil de enero hasta el 31 de diciembre de 2015; Que en ese contexto la Gerencia de Operaciones Registrales mediante el documento de vistos, solicita la continuidad del beneficio otorgado por la Resolución Jefatural antes mencionada; Que la Gerencia de Planificación y Presupuesto, a través de los documentos de vistos, emite opinión favorable en relación a la propuesta presentada por la Gerencia de Operaciones Registrales, señalando además que la misma resulta factible de ser financiada con cargo a los recursos presupuestarios asignados a dicho órgano para el año 2016; Que mediante el documento de vistos, la Gerencia General emite opinión favorable con relación a lo solicitado por la Gerencia de Operaciones Registrales; Que teniendo en cuenta lo opinado por los órganos competentes, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente viable la emisión de la Resolución Jefatural correspondiente; Que en virtud a lo dispuesto en el numeral 17.1 del artículo 17º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la autoridad administrativa podrá disponer en el mismo acto administrativo que éste tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción; en tal sentido, resulta legalmente viable la gratuidad solicitada por la Gerencia de Operaciones Registrales con eficacia anticipada al primer día útil de enero de 2016 hasta el 31 de diciembre de 2016; Que se hace necesario hacer de conocimiento la presente Resolución Jefatural a la ciudadanía; y, Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 124-2013-JNAC/RENIEC (10ABR2013), lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; y de conformidad con el numeral 17.1 del artículo 17º de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Establecer con eficacia anticipada, la ampliación de la campaña gratuita a todo tipo de trámites para la obtención y expedición del documento nacional de identidad, para las personas adultas mayores a partir de los sesenta y cinco (65) años de edad, a nivel nacional, a partir del primer día útil de enero hasta el 31 de diciembre de 2016. Artículo Segundo.- Disponer que los gastos relacionados con la ejecución de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural, serán financiados con cargo a los recursos presupuestales asignados a la Gerencia de Operaciones Registrales para el año fiscal 2016. Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural a las Gerencias de Operaciones Registrales, Tecnología de la
Viernes 4 de marzo de 2016 /
El Peruano
Información, Administración y Planificación y Presupuesto. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Imagen Institucional la difusión de la presente Resolución Jefatural. Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE LUIS YRIVARREN LAZO Jefe Nacional 1351930-1
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Autorizan viaje de magistrados a Italia y España, en comisión de servicios RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 063-2016-P/TC Lima, 19 de febrero de 2016 VISTAS Las cartas cursada por el Secretario de la Comisión de Venecia el 26 de enero de 2016, el magistrado José Luis Sardón de Taboada a la Presidencia, de fecha 27 de enero de 2016, y el proveído de Secretaría General del 2 de febrero de 2016; y, CONSIDERANDO Que, la Comisión de Venecia tiene por objeto la defensa de principios básicos del constitucionalismo, entre ellos, la democracia, los derechos humanos y el imperio de la ley y, en ese ámbito, en la realización de sus sesiones plenarias, se generan espacios de diálogo, reflexión e intercambio de experiencias sobre temas vinculados a la consolidación de los sistemas constitucionales de Europa y del mundo en general; Que, el Estado peruano es integrante de la Comisión Europea para la Democracia -Comisión de Venecia- a través de la Ley y participa activamente de las actividades programadas; Que, del 11 al 12 de octubre del año en curso, se realizará la Sesión Plenaria 106 de la Comisión de Venecia en la ciudad de Venecia, Italia; Que, resulta pertinente la participación del magistrado Óscar Marco Antonio Urviola Hani, como representante titular del Perú del Estado peruano ante la Comisión de Venecia; Que, asimismo, resulta muy importante y valiosa la participación del magistrado José Luis Sardón de Taboada, quien ha sido especialmente invitado a la sesión plenaria, pues su presencia le permitirá intercambiar experiencia en el área académica y jurisdiccional, la misma que, sin duda, redundará en beneficio de este Tribunal; Que, previamente a la realización de la Sesión Plenaria de la Comisión de Venecia de este año, se han concertado reuniones de trabajo los días 8 y 9 de octubre de 2015, el Presidente y Secretario General del Tribunal Constitucional de España con el magistrado José Luis Sardón de Taboada, a fin de coordinar e informar lo relacionado a la Décimo Primera Conferencia Iberoamericana de Justicia Constitucional, a realizarse este año en nuestro país; Que, el Secretario General ha informado que el Pleno, en su sesión del 29 de enero de 2016, ha autorizado el viaje de los magistrados, señores, Óscar Marco Antonio Urviola Hani y José Luis Sardón de Taboada, a la sesión plenaria de la Comisión de Venecia, y a las reuniones de coordinación que sostendrá el magistrado José Luis Sardón de Taboada en el Tribunal Constitucional Español; Que la participación del magistrado Óscar Marco Antonio Urviola Hani como representante titular del Estado peruano ante la Comisión de Venecia y la del magistrado José Luis Sardón de Taboada, como integrante de la delegación, permitirá intercambiar experiencia en el