Reforma Energética:
El poder duro y consensuado para imponerla.
Manuel Bartlett Díaz Rosío Vargas
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Reforma Energética: El poder duro y consensuado para imponerla.
Manuel Bartlett Díaz* Rosío Vargas** *Senador. Coordinador de la fracción parlamentaria del Partido del Trabajo. **Investigadora del cisan/unam y Asesora del Senador Manuel Bartlett Díaz.
Reforma Energética: El poder duro y consensuado para imponerla. Autores: Manuel Bartlett Díaz Rosío Vargas Primera edición, diciembre de 2016 isbn-978-607-00-9979-3 DR© Manuel Bartlett Díaz y María del Rosío Vargas Suárez Coordinación de la Edición Rosío Vargas Diseño de Portada Óscar Sánchez Dorantes Diseño Editorial e Impresión: Promographics
[email protected] Distribución Gratuita Impreso en México La presentación y disposición en conjunto de esta obra son propiedad de los autores. Ninguna parte de esta obra puede ser reproducida o transmitida, mediante ningún sistema o método electrónico o mecánico (incluyendo el fotocopiado, la grabación o cualquier sistema de recuperación y almacenamiento de información), sin consentimiento por escrito de los autores.
ÍNDICE Prólogo 07 Introducción 17 I.-La Energía en la Estrategia de la Presidencia de eua
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¿Cambio de Paradigma? 27 La energía como arma económica 34 El proyecto geoestratégico del shale gas y el tight oil (lutitas, esquistos) 40 La estrategia regional: Norteamérica 47 Participación de Canadá y México 51
II.-La Destrucción del Sector Energético Mexicano
61 Contratos y pérdida de la renta 70 La Ronda Cero 72 La Ronda Uno 77 El Acuerdo de Yacimientos Transfronterizos 89 La liquidación de pemex 98
III.-La Ocupación del Territorio Nacional
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La Legislación derivada de la re que da derecho a la ocupación temporal del territorio: La Ley de Hidrocarburos, La Ley Minera, La Ley de la Industria Eléctrica y la Ley de Energía Geotérmica
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IV.- Estrategias de Seguridad, Jurídicas y Policíacas
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Leyes que apoyan la implementación de la reforma energética: Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos 156
V.- Construcción de un Estado Policíaco- Militar
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La Iniciativa Mérida 168 La incorporación del ejercito mexicano en misiones en el extranjero 176 La Reforma al Mando Mixto 189 La militarización, el verdadero objetivo: 204 Reformas a la Justicia Militar La Reforma a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos 224
VI.- La Estrategia del Consenso Hegemónico: La Nueva Versión de la aspan 234 De la Alianza para la Seguridad y Prosperidad en América del Norte (aspan) al Diálogo Económico de Alto Nivel (dean) 237
Conclusiones 251 Bibliografía 269 Glosario de Siglas y Términos Técnicos
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Prólogo
PRÓLOGO
El Senador Manuel Bartlett y la Doctora Rosío Vargas, dos connotadas personalidades de los ámbitos político y académico, se dieron a la tarea de investigar acuciosamente, dar forma y publicar la obra “Reforma Energética: el poder duro y consensuado para imponerla”, cuyo prólogo es para mí un genuino motivo de distinción. Estamos en presencia, sin duda, de un texto especialmente valioso debido a varias razones. La primera de ella estriba en el hecho de que la temática condensada en su título es abordada metodológicamente desde la perspectiva científica del llamado Pensamiento Complejo; corriente epistemológica desarrollada por el gran filósofo francés Edgar Morin que esencialmente postula que la realidad está conformada por sistemas de diversa índole, los cuales se hallan conectados entre sí y dan origen a estructuras caracterizadas por
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su enorme complejidad, mismas que no pueden ser analizadas desplegando criterios parcelarios o unidimensionales, sino poniendo en juego enfoques epistémicos multidimensionales, holísticos y transdisciplinarios. La resultante de ese ejercicio en el caso concreto es sumamente plausible e interesante ya que nos hace ver que la reforma energética está estrecha e indisolublemente vinculada a otros contextos nacionales e internacionales, de cuya interpretación sistémica o de conjunto se desprenden luces extraordinarias acerca de los motivos de fondo que llevaron a la élite en el poder a materializar un cambio de esta magnitud. Siguiendo esa ruta intelectual, los autores arriban a una conclusión por demás categórica: la reforma en cuestión forma parte de una estrategia impulsada desde la presidencia estadounidense con el propósito de lograr el reposicionamiento a nivel internacional del vecino país del norte, a través del control de las fuentes energéticas. Es decir, obedece a un proyecto geopolítico de naturaleza supranacional en el que el papel asignado a México consiste en maximizar el desarrollo de su potencial energético, incluyendo combustibles
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Prólogo
convencionales, no convencionales y energías renovables. Con tal decisión, la nación emergida a raíz de la Declaración de Independencia de las trece colonias del Atlántico pretende ampliar los márgenes de su seguridad energética, diluir la noción del interés nacional y cristalizar en definitiva el concepto de “independencia energética de Norteamérica”, perfilado desde la firma en el 2005 del Acuerdo para la Seguridad y la Prosperidad de Norteamérica (aspan), instrumento hegemónico que fue sustituido en el 2009 por otros mecanismos ad hoc plasmados en el esquema conocido como Diálogo Económico de Alto Nivel (dean). En el texto que se comenta igualmente se enarbola la tesis de que la reforma energética conllevará el afloramiento de una fuerte disputa por los territorios entre los grandes corporativos trasnacionales y las comunidades indígenas, agrarias y comunales; y que a fin de contener los conflictos sociales que esto puede acarrear, se han expedido leyes tendentes a la creación de un Estado policíaco que están alineadas a la estrategia de seguridad nacional emanada de la política estadounidense del Homeland Security (hls). Tal es el caso de la Ley para prevenir y sancionar los delitos cometidos en materia
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de hidrocarburos, donde se contempla la figura del terrorismo, el Código Militar de Procedimientos Penal y la elevación a rango constitucional del mando único mixto. Asimismo, se argumenta con singular lucidez que existe un vínculo causal entre ese inédito andamiaje jurídico y la entrega de los recursos energéticos, pues el primero será la herramienta de la que se echará mano para reprimir las protestas y tratar de vencer la resistencia de los movimientos opositores. Así -en un claro ejemplo de lo que implica en los hechos el desvío de poder-, el aparato normativo y las instituciones encargadas de la protección de los ciudadanos servirán para garantizar, a costa de lo que sea, la viabilidad y la máxima rentabilidad de las inversiones extranjeras; afán que se robustecerá una vez que estén en marcha los mecanismos previstos en la recientemente aprobada Ley Federal de Zonas Económicas Especiales. No podemos sino estar plenamente de acuerdo con ese cúmulo de planteamientos. Baste decir que merced a la reforma energética, la Nación fue despojada del derecho constitucional al desarrollo de las fases industriales de la refinación, la petroquímica básica, el
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Prólogo
transporte, el almacenamiento, la distribución y la venta de primera mano del crudo y sus derivados. También le fue escamoteada la prerrogativa constitucional del desarrollo de las fases industriales de la generación, transformación y abastecimiento de la electricidad. Más aún, los inversionistas podrán reportar para efectos contables y financieros los beneficios esperados de los contratos de exploración y extracción del crudo. Esto quiere decir que los contratos petroleros serán bursatilizados en mercados internacionales y que cualquier contingencia que afecte el pago de los pasivos podrá ser objeto de reclamaciones en paneles o instancias arbitrales regidas por la lex mercatoria, donde sistemáticamente se privilegian los intereses de los corporativos en detrimento de la soberanía de los Estados. El control estratégico de las reservas petroleras y la riqueza energética de los mexicanos estará literalmente en manos de “fondos buitres”, tal como sucedió en el caso de Argentina. Así pues, con el cambio promovido por la presente administración se fracturaron los derechos históricos de la Nación para transferirlos a los inversionistas, quienes ahora, además de apropiarse de un segmento importante de la renta petrolera, tendrán bajo su mando y
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operación directa instalaciones y procesos industriales comprendidos dentro del ámbito de la seguridad nacional. Ello aparejó una gravísima afectación a las decisiones políticas fundamentales consagradas en el Texto Constitucional relativas a la propiedad como función social; el sometimiento de la propiedad privada a los intereses colectivos; el derecho irrenunciable de la nación para llevar a cabo la explotación exclusiva e integral de los recursos energéticos; la Rectoría del Estado, la economía mixta, las áreas estratégicas y el Sistema de Planeación Democrática del Desarrollo Nacional. En suma, con la reforma energética se desfiguró la Carta Magna emergida del Congreso Constituyente de 1917 y se trastocó severamente el paradigma del Estado nacionalista, dándose curso al Estado neoliberal, al constitucionalismo antidemocrático y a la “ley de los poderes salvajes”, a la que se ha referido con insistencia el célebre jurista italiano Luigi Ferrajoli. Este nefasto cambio no fue el punto final del socavamiento de las vigas maestras apuntaladas por los Constituyentes de Querétaro. Ahora, en el horizonte se vislumbra una nueva y delicada amenaza:
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Prólogo
el Acuerdo Transpacífico de Cooperación Económica (tpp, por sus siglas en inglés), con el que se pretende facilitar la explotación intensiva del trabajo de los mexicanos y el apoderamiento de las tierras, aguas, minas, ecosistemas, biodiversidad y demás recursos naturales propiedad de la Nación. Es una suerte de constitución supranacional en la que se conceden a las corporaciones trasnacionales exorbitantes prerrogativas jurídicas y se lleva la tesis del Estado mínimo a su máxima expresión. Todo esto en violación a la soberanía nacional, en detrimento de los derechos humanos y a contracorriente de los esfuerzos que ha realizado la onu a efecto de obligar a las empresas a respetar los derechos fundamentales. La regresión en este ámbito es de no creerse: las medidas aperturistas y protectoras de las inversiones serán irreversibles; las patentes farmacéuticas se ampliarán automáticamente, lo que dificultará la producción de medicamentos genéricos; si el Estado introduce nuevas regulaciones ambientales o de cualquier otra índole que generen costos adicionales para los inversionistas, éstos podrán interponer reclamos ante paneles privados extranjeros.
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En otro orden de ideas, tal como lo advierten el Senador Bartlett y la Dra. Rosío Vargas, un creciente “poder duro” está acompañando al proceso geopolítico en cuestión. En efecto, dentro del articulado del Código Militar de Procedimientos Penales se faculta a los ministerios públicos militares para participar en tareas de inteligencia, intervenir comunicaciones telefónicas y todo lo que pueda contener información, ordenar la presentación de civiles. Asimismo, los tribunales milicianos podrán autorizar cateos en domicilios de civiles, oficinas del gobierno federal, recintos del congreso de la unión, etc. Lo anterior fue complementado con la iniciativa de reformas a la Ley de Navegación y Comercio Marítimo y a la Ley de Puertos, en la que se asigna a la Secretaria de Marina el control de todas las operaciones marítimo-portuarias. Los puertos serán militarizados. Por si fuera poco, la Cámara de Diputados está en vías de aprobar la Ley Reglamentaria del artículo 29 constitucional, en la que se conceden poderes exorbitantes al Ejecutivo Federal para suspender, entre otros, los derechos humanos relativos al debido proceso, la presunción de inocencia, la inviolabilidad del domicilio, la libertad de tránsito, la libertad de expresión, la protesta ciudadana, la
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Prólogo
libre disposición de los bienes, pensiones y ahorros; la huelga, la estabilidad laboral y otras prerrogativas de los trabajadores. Destaca por su extrema gravedad la posibilidad de que el derecho humano al juez natural, al juez competente, sea suspendido, pues en tal caso los civiles podríamos ser juzgados por militares. Finalizo estas palabras introductorias haciendo notar que mérito mayor e indiscutible del libro es la apertura de un importante espacio de conciencia ciudadana y la invitación a asumir una postura crítica en torno a estas preocupantes cuestiones que tienen que ver con el presente y el futuro de nuestra Nación. La abrogación de la reforma energética es un imperativo ético, jurídico, político e histórico. La lucha es de largo aliento y deberá ser guiada por el portentoso ejemplo y el ideario imperecedero de nuestro gran héroe, Pablo Benito Juárez García, al que el poeta Carlos Pellicer llamó el Presidente Vitalicio de México, quien en una carta dirigida a Matías Romero, otrora embajador mexicano en Washington, sentenció lo siguiente: “Que el enemigo nos venza y nos robe, si tal es nuestro destino; pero nosotros no debemos legalizar ese atentado, entregándole voluntariamente lo que nos exige por la
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fuerza. … Malo sería dejarnos desarmar por una fuerza superior, pero sería pésimo desarmar a nuestros hijos privándolos de un buen derecho, que más valientes, más patriotas y sufridos que nosotros, lo harían valer y sabrían reivindicarlo algún día” Dr. Raúl Jiménez Vázquez Profesor en la Licenciatura y el Posgrado de la Facultad de Derecho de la unam. Miembro del Sistema Nacional de Investigadores del
conacyt.
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Introducción
INTRODUCCIÓN*
El objetivo del presente trabajo es aproximarnos al proceso de implementación de la Reforma Energética (re) de 2013 a partir de un análisis de sus principales resultados, así como al contexto más amplio en donde estos cambios ocurren para favorecer su implementación. En particular aspectos legales relacionados y diseñados para su puesta en operación porque el marco jurídicopolicíaco que la administración mexicana en turno impone, resulta fundamental para el ingreso y afianzamiento de las corporaciones trasnacionales energéticas. Es también objetivo analizar los arreglos diplomáticos recientes entre las ramas ejecutivas de México y eua, así como la diplomacia a cargo de la agenda energética. La tesis que pretendemos probar, parte de que los cambios del sector energético mexicano, resultantes de la re, se están acompañando de * Los autores desean agradecer el apoyo técnico del Mtro. César Alejandro Hernández, la Maestra Laura Bolívar y el Maestro Dagoberto González.
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la construcción y puesta en operación de un régimen de seguridad y militar que tendría como propósito garantizar los intereses de las empresas trasnacionales (sobre todo las de eua) frente a cualquier tipo de obstáculo u oposición en la puesta en operación de sus proyectos; así como frente a políticas o acciones locales que afecten sus intereses. Se crea así el contexto que está permitiendo avanzar en la entrega de recursos y territorios (de todos los bienes públicos) al capital extranjero generando las condiciones legales y de seguridad para contener cualquier conflicto social que derive de estos procesos. La re abre todas las actividades de todas las fuentes de energía al capital extranjero, por lo que las empresas pueden participar a lo largo de toda la cadena de valor, desde ser operadores, propietarios de infraestructura estratégica, poseer reservas petroleras con fines productivos e incluso para la realización de sus procesos de financiarización, pueden adquirir activos de las dos empresas productivas del estado (pemex y cfe1), volverse socios estratégicos 1. De acuerdo con el Comité de Relaciones Exteriores del Senado de EUA, presidido por Richard Lugar, a tres semanas de la toma de posesión de Peña, que ante la preocupación del descenso de nuestras exportaciones petroleras, informa haberse entrevistado con el presidente electo y su equipo, logrando información de que habría una futura Reforma Energética, para permitirles a sus empresas entrar a México y recuperar la exportación de crudo; el informe al Congreso de EU del Ex-Embajador Pascual, ya entonces Coordinador Internacional de Energía, explicando que nuestra desnacionalización eléctrica, permitiría a las empresas norteamericanas establecerse desde aquí a todo el hemisferio, negocio de 1.4
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Introducción
de las anteriores, comercializar al interior y al exterior el petróleo producido y refinados (importaciones de gasolina). Los corporativos estarán en todo el sector energético mexicano y tendrán la posibilidad “de aumentar la producción petrolera de México” contribuyendo así a alcanzar la “Independencia energética de Norteamérica”. En el largo plazo México estarán garantizando la seguridad energética de los eua y de sus aliados (básicamente la Unión Europea), una vez que empiece a menguar la “revolución energética” en eua, cuando la curva de producción del shale gas y el tight oil hayan tocado su pico y su producción empiece a declinar (después del 2020), momento en que en México se habrán licitado las reservas en las aguas profundas (Cinturón Plegado de Perdido), se hayan descubierto los recursos transfronterizos a “compartir” y, se inicie la explotación de los “recursos prospectivos” de las shale gas y tight oil (esquistos lutitas): todo esto en un contexto de agotamiento de los yacimientos convencionales de petróleo2 y del incremento constante en la demanda mundial que trillones de dólares. En: Bartlett, Manuel, “Invasión Aceptada”, periódico el Universal, 13 de agosto del 2015, http://www.eluniversal.com.mx/entrada-de-opinion/articulo/manuelbartlett/nacion/2015/08/13/invasion-aceptada (fecha de consulta 9 de junio, 2016). 2. De acuerdo con Energy Information Administration (EIA) el petróleo crudo convencional y la producción de gas natural se refiere al petróleo y el gas “producido por un pozo perforado en una formación geológica en la que el depósito y las características del fluido permiten que el petróleo y el gas natural fluyan fácilmente en el pozo”.
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lleva a pensar que su “acceso” será cada vez más estratégico para la economía mundial. Pese a que los promotores de la fractura hidráulica y la integración profunda de Norteamérica afirman que se ha modificado el paradigma energético basado en la escasez de recursos fósiles, consideramos que tienen muy claro que la situación es temporal, a la luz del fortalecimiento de sus estrategias de seguridad energética. Sus instrumentos privilegian el mercado y particularmente la apertura a las inversiones extranjeras, pero para garantizar su permanencia y el éxito de sus inversiones, se apoyan en una política exterior que tiene un fuerte componente militar. El nexo no es evidente pues al mercado no se le asocia con el Comando Norte, la otan, la iniciativa Mérida, y otras estrategias, cuando en realidad van juntas. En este escenario de abundancia de recursos, deberá considerarse la situación de los aliados de eua (Unión Europea) quienes sólo producen el 47% de sus necesidades energética por lo que tienen un alto grado de dependencia de las importaciones y, por tanto de vulnerabilidad. A esto habrá que añadir el agotamiento del petróleo del Mar del Norte alrededor del 2020, como otro punto de alerta
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Introducción
para la seguridad energética de los países desarrollados. Todo esto presiona a la imposición global de un modelo de mercado de orientación liberal en donde los recursos se entienden de propiedad “común de la humanidad” y se acompañan del modelo neoliberal para su puesta en marcha. A los cambios en materia energética en México se pueden añadir otros a nivel nacional como la construcción de infraestructura de todo tipo, la expansión de la actividad minera y la deforestación. Toda esta gama de actividades privadas favorecidas por el gobierno mexicano eleva el nivel de conflictividad social al sobreponer sus intereses por encima de los sociales, comunitarios e incluso individuales. Consideramos que existe un nexo causal ente los intereses corporativos, la violencia y el crimen, cuya respuesta es el diseño de un marco jurídico-policíaco y de seguridad. El objetivo es eliminar los obstáculos de los proyectos neoliberales, garantizar la rentabilidad de las inversiones corporativas y otorgar la certeza jurídica de su operación y permanencia. Con la imposición por Enrique Peña Nieto (epn) del régimen liberal trasnacional en energía se modifica la situación previa en ciento
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ochenta grados, al abrir al capital privado y extranjero lo que estaba reservado al Estado mexicano. Reforma reclamada por presiones del Banco Mundial, el Fondo Monetario Internacional, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (oecd) e inducida a través de la labor de cabildeo cobijada en la Alianza para la Seguridad y Prosperidad de América del Norte (aspan) a partir de la incorporación de México en el proyecto trasnacional de integración energética profunda con el resto de América del Norte, en realidad inconstitucional por no haber sido aprobada por el Congreso. Con ello han entronizado al mercado y conseguido el alineamiento del país a la estrategia de competitividad de eua y de su política exterior. Para México esto representa un cambio radical en lo que concierne a la propiedad privada nacional, tienen como condición inherente la redistribución y apropiación del excedente (la renta petrolera) en favor de los corporativos extranjeros y nacionales lo que conlleva procesos de transferencia internacional3; así como la posibilidad de despojo de territorios y terrenos a los ciudadanos mexicanos, todo con el fin de dar viabilidad a los proyectos “estratégicos” privados y 3. Sobre el tema de la apropiación internacional de la renta ver: Vargas, Rosío y Miguel Morales Udaeta, La renta petrolera y la construcción de regímenes no propietales: el caso de PEMEX, México, CISAN/UNAM, 2011.
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Introducción
consolidar el régimen liberal trasnacional de la energía4. En este proceso el Estado mexicano va siendo amputado en sus atribuciones, y menoscabado el patrimonio nacional, trasmutando lo público en privado y el interés general en competitividad y productividad, cuyo propósito es proteger el interés privado trasnacional. El modelo sustituye al Estado como rector, regulador, y salvaguarda del desarrollo nacional. Se convierte en facilitador de un proceso que mediante contratos, concesiones y bursatilización de activos estratégicos terminan por privatizar la función pública, trasladando la facultad soberana a instancias internacionales.
4. Sobre la reforma energética y el modelo neoliberal trasnacional que viene con ella: Vargas, Rosío, Reforma energética. “De Servicio Público a Modelo de Negocios”, Revista Política y Cultura, Primavera, Núm. 43, México, Universidad Autónoma MetropolitanaX, 2015, pp. 125-145. Vargas, Rosío, “La Reforma Energética: a 20 años del TLCAN”, Revista Problemas del Desarrollo, Vol. 46, Núm. 180, enero-marzo 2015, México, Instituto de Investigaciones Económicas, UNAM, pp.103-128.
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I
LA ENERGÍA EN LA ESTRATEGIA DE LA PRESIDENCIA DE EUA
La tesis que sustentamos en esta sección es que el proyecto geopolítico de los Estados Unidos busca su reposicionamiento a nivel internacional con base en la energía, gracias a los combustibles no convencionales y al manejo de las tecnologías e inversiones de las energías renovables y bajas en carbón. Esto le permite el diseño de una geoestrategia internacional que incorpora a México, a través del proyecto de Norteamérica. La Reforma Energética apoyará dicho proyecto al maximizar el desarrollo de su potencial energético en el largo plazo, incluyendo la producción de combustibles no convencionales, convencionales y energías renovables. Especial atención merecen los combustibles no convencionales (los hidrocarburos convencionales son los que se encuentran albergados en una roca almacén o reservorio poroso y permeable, de la que 24
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son capaces de fluir hasta la superficie cuando se perfora dicho reservorio); su potencial ha sido la base del cambio en la estrategia geopolítica de eua. En el corto plazo la manera en que México se vincula a la “revolución energética” de eua es como importador del gas shale y el petróleo (tight oil) con lo que se profundiza nuestra dependencia estructural de dicho país. La Revolución Energética en los Estados Unidos se refiere a los cambios en su escenario energético debido al desarrollo tecnológico para explotar los combustibles no convencionales5. Los hidrocarburos no convencionales tienen características distintas a los hidrocarburos convencionales como son estar albergados en rocas porosas y permeables. Ejemplo de recursos no convencionales son también las arenas bituminosas, el petróleo del Ártico, los desarrollos en aguas profundas, e incluso los crudos pesados, recursos en donde además de las características de la formación geológica hay un reto tecnológico para su obtención y un impacto ambiental adverso en 5. La producción de hidrocarburos no convencionales difiere de la de los combustibles convencionales ya que las formaciones geológicas de no convencionales presentan un nivel muy bajo de porosidad y permeabilidad, porque los fluidos tienen una densidad que se aproxima o incluso es superior a la del agua, de modo que no se pueden producir, transportar, y refinar por métodos convencionales. La “dificultad” en su extracción es la causa por la que, hasta la fecha, la explotación de hidrocarburos ha estado focalizada casi exclusivamente en los hidrocarburos convencionales. En un reservorio convencional el hidrocarburo se encuentra almacenado en los poros, en los espacios abiertos de la roca.
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su producción. En este caso únicamente abordaremos el gas shale y el tight oil (esquistos y lutitas). En general, una de las características de este tipo de combustibles es el mayor costo en su explotación. Su producción se ha hecho posible precisamente debido al desarrollo tecnológico que resulta del uso combinado de la perforación horizontal y el fracturamiento hidráulico teniendo como resultado incrementar los parámetros de producción nacional de hidrocarburos no convencionales, aumentando los niveles de producción petrolera, ha revertido la tendencia histórica descendente de la producción petrolera convencional en los Estados Unidos desde 1970, situación que hasta el 2008 era considerada prácticamente irreversible. La declinación del petróleo convencional generaba una condición de dependencia, cuyo punto máximo en el tiempo, fue en el 2005, momento en que los eua tuvieron un porcentaje en sus importaciones, respecto del consumo nacional de 60%. Gracias a los nuevos recursos, la dependencia del exterior se reduce gradualmente dejando de ser considerada como un asunto de “seguridad nacional”, (cuando las importaciones rebasaban el 50% del consumo nacional), para colocarse del lado de la seguridad energética. Esto conducirá al
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logro del objetivo político de alcanzar la “Independencia energética”, por la administración del presidente Barack Obama.
¿Cambio de Paradigma? Desde hace muchos años se tenía el conocimiento en eua de la existencia de grandes recursos no convencionales (particularmente esquistos); sin embargo, no resultaba económicamente viable su explotación. Es el desarrollo tecnológico el que ha permitido su explotación y lo que modifica el escenario energético caracterizado por la escasez de recursos, debido a que la curva de producción de muchos países productores de petróleo y gas ha rebasado su cenit productivo (peak oil) para iniciar el descenso de su producción. La posibilidad de explotar otros fósiles, pretende modificar el paradigma de escasez por otro, que considera que existen grandes volúmenes de hidrocarburos no convencionales6 lo que se traduce en nuevas políticas y acciones. En el caso de eua y de algunos otros países permite, además, obtener más del petróleo remanente de la explotación de los fósiles convencionales, cuya tasa de recuperación 6. Maugeri, Leonardo, “Oil: The Next Revolution, The Unprecedented Upsurge of Oil Production Capacity and What it Means for the World”, The Geopolitics of Energy Project, Harvard University, June 2012, p.16.
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promedio no va más allá del 35%.7 Otro cambio a nivel de concepto, pero relacionado con su explotación, está en el tomar como base los “recursos prospectivos o técnicamente recuperables” y no, las reservas probadas. Sin embargo, los primeros sólo tienen un 10% de probabilidad de convertirse en producción. En este cambio predominan los puntos de vista de los economistas para quienes un pico de producción no resulta significativo ya que se puede replicar o extender gracias a las inversiones y la tecnología. Con ello se termina minimizando la importancia de la geología, de la declinación y agotamiento de las reservas convencionales. Estas no son iguales a los recursos no convencionales por su costo económico, ambiental y social, mucho mayor que en el caso de los convencionales.8 Las monumentales cifras de recursos no convencionales en trillones de barriles, cuatrillones de btu, o en barriles de petróleo crudo equivalente (bpce), tienen un contenido político, útil para promocionar la adopción de la tecnología del fracking para la 7. Ibid p. 13. 8. A fin de destacar la diferencia de recursos cabe la analogía de la situación en la que las ratas se han acabado los cornflakes (convencionales) y ahora siguen con la caja del cereal (no convencionales).
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exploración y explotación a nivel mundial.9 La Agencia de Energía
eia del Departamento de Energía de eua ha apoyado lo anterior con sus estimaciones. Por ejemplo, un estudio sobre los recursos de shale gas en el mundo, en 48 cuencas y 32 países, estimaron una cifra de 5 760 trillones de pies cúbicos, mismos que han servido para promocionar inversiones y la exportación de la tecnología del fracking, a otros países. En este estudio México ocupó el 4° sitio que luego bajó al lugar número 6° en términos de la magnitud de recursos de shale gas. En cuanto a recursos de shale oil está en el 8° sitio.10 En materia de producción de shale gas (esquisto, lutitas) las cifras nacionales registradas por el Departamento de Energía sólo aparecen desde el 2009 (ver cuadro 1). La producción total de gas natural en eua ha sido fuertemente impulsada por proyectos shale cuya contribución a la producción total fue de 49% en 2014 (ver gráfico 1). 9. Estados Unidos las reservas de petróleo de esquistos de gas shale se han sobreestimado en un mínimo de 100% y, entre 400-500% por parte de los operadores, de acuerdo con los datos de producción real presentadas en varios estados. 10. Vello A.,Kuuskraa, EIA/ARI World Shale Gas and Shale Oil. Resource Assessment, Prepared for U.S. Department of Energy U.S. Energy Information Administration, EIA 2013, Energy Conference, Washington, D.C., June 17, 2013, p.3.
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Cuadro 1 Producción de Shale Gas en eua
eua producción de shale
2009
2010
2011
2012
2013
2014
Mil millones de pies cúbicos
3 110
5336
7994
10 371
11 415
13 447
gas
Fuente: https://www.eia.gov/dnav/ng/NG_PROD_SHALEGAS_S1_A.htm (fecha de consulta 11 de abril 2016).
Gráfico 1 Producción de Shale Gas
El crecimiento de la producción gasera ha llevado a exportarlo por primera vez bajo la modalidad de GNL en febrero de 2016, modalidad dominante en su comercio al resto del mundo. Para ello se construyen y planean plantas de regasificación, bajo la supervisión de la Federal Energy Regulatory Commission de eua, como puede verse en los gráficos 2-A y 2-B. 30
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Gráfico 2A Terminales de Exportación Propuestas para Gas Natural Licuado (gnl) en eua
Fuente: FERC Federal Energy Regulatory Commission, http://www.ferc.gov/about/fercdoes/overview.asp (fecha de consulta 21 de abril, 2016).
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Gráfico 2B Terminales de Exportación Propuestas para Gas Natural Licuado (gnl) en eua
Fuente: FERC Federal Energy Regulatory Commission, http://www.ferc.gov/about/fercdoes/overview.asp (fecha de consulta 21 de abril, 2016).
Pese a esta bonanza dentro de eua, algunos geofísicos consideran cuestionables las cifras de tal potencial: la viabilidad económica básica de muchos plays11 de shale gas resulta cuestionable a la luz del precio 11. Un play es una familia de yacimientos y/o prospectos los cuales tienen en común,
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del gas. La producción de combustibles fósiles no convencionales no será fácil o, incluso, posible debido a los costos reales de producción y otros desafíos.12 El científico David Hughes del Instituto Post Carbón en California considera que: “a corto plazo, la producción de eua, tanto en shale gas y tight oil (esquistos, lutitas), se prevé robusta, pero una revisión exhaustiva de los datos de producción de las grandes obras, indica que esta no será sostenible en el largo plazo. Estos hallazgos tienen implicaciones claras para el suministro de mediano y largo plazo, y por lo tanto, para las discusiones políticas internas y externas actuales que generalmente suponen décadas de abundancia de petróleo y gas en eua”13. Los supuestos se basan en estimaciones que de igual forma son cuestionables.14 la misma roca almacén, roca sello, y la misma historia de generación de hidrocarburos, migración y de carga. 12. Hughes, David, Drill Baby Drill. Can Unconventionals Fuels Usher in a New Era of Energy Abundance? Santa Rosa California, USA, Post Carbon Institute, February 2013, p.II. 13. Hughes, David J., “Drilling Deeper. A Reality Check on U.S. Government Forecast for a Lasting Tight Oil, and Shale Gas Boom,” Santa Rosa, California, October 27, 2014, http://www.postcarbon.org/tight-oil-reality-check/ (Fecha de consulta 14 de abril 2016). 14. Pudieran considerarse como evidencia de su corta vida y del hecho de ser base de estimaciones oficiales que algunos especialista consideran cuestionables. “Como lo ha reconocido, la trayectoria de la EIA en la estimación de los recursos y la proyección de la producción y los precios de futuros ha sido históricamente pobre. Es cierto, la previsión de este tipo de cosas es muy difícil, especialmente en lo que se refiere a los cambios de las realidades económicas y tecnológicas. Pero la raíz de aspectos fundamentales como la geología de estas obras y los cambios, no son claros mucho de un año a otro. Sin embargo, en los casos de referencia de los informes AEO2015 y AEO2014 existen grandes diferencias entre ellos. Con la excepción de la Eagle Ford, las proyecciones de la EIA para las grandes obras del petróleo de lutitas (tight oil) se han desplazado hacia arriba o hacia
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Reforma Energética: el poder duro y consensuado para imponerla
La energía como arma económica El Departamento de Energía de eua diseñó un perfil de su producción de petróleo, en que ilustra sobre aspectos como los pozos de producción del tight oil (petróleo de esquisto y lutitas). En el año 2000, aproximadamente 23.000 pozos fracturados hidráulicamente produjeron 102.000 barriles por día (b / d) de petróleo en eua, lo que constituye menos del 2% del total nacional. Para el 2015, el número de pozos fracturados hidráulicamente creció a un estimado de 300.000, y la producción de los pozos a más de 4,3 millones de b/d, lo que representa cerca del 50% de la producción total de petróleo de los Estados Unidos.
abajo de manera significativa.”, (Traducción libre). Hughes, David J., “Shale Gas Reality Check. Revisiting the U.S. Department of Energy play-by-play Forecast through 2040 From Annual Energy Outlook 2015”, California, Postcarbon Institute, Summer 2015, p. 20.
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La Energía en la Estrategia de la Presidencia de eua
Gráfico 3 Producción de Petróleo de Pozos de Fractura Hidráulica en eua (2000-2015) (Millón de barriles diarios)
Fuente: http://www.eia.gov/todayinenergy/detail.cfm?id=25372 (fecha de consulta 14 de abril, 2016).
Este espectacular crecimiento ha derivado en una sobreoferta en el actual escenario petrolero mundial. La oferta de fósiles no convencionales se convirtió en el factor singular más novedoso, detrás del actual desplome de los precios (2014 y 2015) en el mercado petrolero internacional (mpi). De acuerdo al gráfico 4 el aumento de la producción petrolera fue de 51% en el 2015.
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Reforma Energética: el poder duro y consensuado para imponerla
Gráfico 4 Producción de Crudo por Fracturación Hidráulica (2000-2015) (Millón de barriles diarios)
Fuente: http://www.eia.gov/todayinenergy/detail.cfm?id=25372 (fecha de consulta 14 de abril, 2016).
Los eua han contribuido a la oferta total con 9.3MMb/d, (como arriba señalamos 4.3MMb/d provienen del tight oil (esquisto, lutitas), el resto es petróleo convencional), cantidad que si bien es sólo una parte de lo producido por la opep (30MMb/d) en conjunto y frente a un descenso en la demanda, ha devenido en el desplome de los precios del petróleo que hoy vivimos. Este descenso ha sido de un 73%, respecto de existente en junio de 2014 para el precio de la mezcla mexicana (su nivel más bajo ha sido $18.90d/b) por lo 36
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que uno de los mayores perdedores, entre los productores, ha sido, precisamente, México. Pese a que la situación del mercado petrolero internacional (mpi) afecta a muchas empresas petroleras de eua y a las naciones árabes, ni eua ni el grupo Árabe de la opep ha querido colaborar bajando su producción para restituir el precio registrado en el 2014, antes de la baja. Para el 2017 se espera una mejora en el mismo precio empujado por las quiebras y el desaliento para proyectos de inversión en el sector energético, sobre todo una baja en la oferta no opep. Es en el mpi en donde la gran producción de los fósiles no convencionales ha devenido en la posibilidad de utilizar a la “energía como arma política” para avanzar los intereses de los eua, junto con los de sus aliados europeos en el G7. Esto ha sido, precisamente, a través de inundar el mpi, con lo que se ha llevado abajo los precios intentado debilitar las finanzas y, en general, la economía de países altamente dependientes de los ingresos petroleros (Rusia, Venezuela, Irán, Irak y México). Hoy día un indicador importante de su situación es el Break-even price fiscal15 que necesitan como 15. Son los precios del petróleo necesarios para equilibrar los presupuestos gubernamentales de los países productores.
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Reforma Energética: el poder duro y consensuado para imponerla
referencia para sostener su balance presupuestal abajo del cual, estos países tienen problemas financieros importantes que impactan sus inversiones en el sector energético y los pone de rodillas ante las presiones de las grandes potencias, los organismos financieros internacionales y las calificadoras de inversión presionan en favor de la apertura y la privatización en las industrias y empresas energéticas estatales. Las naciones poderosas aprovechan la oportunidad para propiciar recesión económica, revoluciones de terciopelo, cambios en regímenes políticos para imponer sus intereses y lograr el “acceso” a los recursos petroleros y a las industrias de países productores controladas aun por el Estado. La baja en el precio internacional afecta también a los productores de hidrocarburos de países desarrollados y sus empresas, en particular a los productores estadounidenses de tight oil ya que su costo de producción es alto, se mueve entre los $65 y $70 d/b. Debido a esto han salido del mercado algunos productores independientes pero, en general, la mayoría han sobrevivido debido a ventajas y capacidades como: una extensa base de recursos, posibilidades de innovación tecnológica, capacidad de Inversión, fácil acceso al capital, gran infraestructura, que les está permitiendo sortear la crisis de la baja de 38
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precios.16 Además parten de la convicción de que el precio en algún momento va a subir. Su sentido de abundancia y la oportunidad de negocios que representa la nueva producción han llevado al Congreso norteamericano a quitar la prohibición para exportar petróleo existente desde los setentas impuesta a raíz de las crisis petroleras. El marco legal en que esto ocurre es la ley H.R. 2029 The Consolidated Appropriations Act of 2016, también conocida como Ommibus Apropriations Bill, con lo que la presidencia de Obama modificó, el 18 de diciembre de 2015, 40 años de prohibiciones para exportar crudo en eua por razones de seguridad.17
16. Donilon Thomas, Remarks at the Center on Global Energy Policy School of International and Public Affairs, Columbia University, January 21, 2015. 17. Ban on U.S. Crude Oil Exports Repealed Energy Update December 2015 http://www. bakerbotts.com/ideas/publications/2015/12/ban-on-us-crude-oil-exports-repealed (fecha de consulta 21 de abril 2016) Spector, Julian, “What the New Spending Bill Means for American Energy Consumption”, from the Atlantic Citylab, Dec 18, 2015. Disponible en: http://www. citylab.com/politics/2015/12/omnibus-spending-bill-congress-2016-budget-energy-oilrenewable/421254/ (fecha de consulta 20 de abril, 2016); Bush, Jeb, “Making the Domestic Energy Boom Work for America and Its Allies”, October 2, 2015, http://www.nationalreview.com/article/425008/making-domestic-energy-boomwork-america-and-its-allies-jeb-bush (fecha de consulta 21 de abril, 2016).
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Reforma Energética: el poder duro y consensuado para imponerla
El proyecto geoestratégico del shale gas y el tight oil (lutitas y esquistos) Los más importantes “centros de pensamiento” en Washington, participan en el diseño de la geopolítica de los esquistos o lutitas de
eua18, así como numerosas agencias gubernamentales. Por parte del gobierno de ese país, el liderazgo de la geoestrategia se lleva a cabo a través de la Global Shale Gas Initiative (gsgi) lanzada en abril 2010 en la que participan el Departamento de Estado (dos) que es la agencia líder en su promoción internacional junto a otras entidades gubernamentales colaboradoras como la Agencia de Investigación y desarrollo (usaid); el Departamento del Interior (doi); el Servicio de investigación Geológica o US Geological Survey (usgs); la Administración de Energía del Departamento del Interior del Buró de Administración del Mar Regulación y Aplicación (boemre); el Departamento de Comercio en su Ley de Comercio; el Programa de Desarrollo (clpd); La Agencia de Protección Ambiental (epa) y; el Departamento de Energía (de). En el caso del Departamento de Defensa (dod)19 algunos 18. Por ejemplo: Manning, Robert A., “The Shale Revolution and the New Geopolitics of Energy”, Washington, Atlantic Council, 2014. 19. Freeland Nathaniel (Cadet), “The Strategic Importance of Shale Gas” Center for
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La Energía en la Estrategia de la Presidencia de eua
documentos de los centros de pensamiento en Washington han manifestado la importancia de la seguridad relacionadas con puntos de oferta y de demanda geográfica del recurso, es decir, la logística20. También reflejan una evolución en las propuestas respecto de los primeros desarrollos del shale gas. De considerar que tales recursos ofrecían un cierto “margen de maniobra” ahora reconocen que estos fortalecen la economía que es la base del poder de los eua. La percepción de que eua mejora su poder de liderazgo global quedó plasmada en la Estrategia de Seguridad Nacional elaborada por la Casa Blanca y publicada el pasado mes de febrero de 201521. Strategic Leadership, U.S.Army War College, CSL Issue paper, Vol. 16, Num 11, September 2011. 20. Dentro de estos tanques de pensamiento destacamos: David H. Petraeus and Robert B. Zoellick, Chairs Shannon K. O’Neil, Project Director, North America Time for a New Focus, Independent Task Force Report No. 71, Council on Foreign Relations, Washington, 2014. Disponible en: http://www.worldaffairsjournal. org/content/north-america-time-new-focus Kathryn Haahr, Addressing the concerns of the oil industry: security challenges in Northeastern Mexico and Government Responses, Wilson Center, Mexico Institute, January, 2015. Disponible en: https://www.wilsoncenter.org/sites/default/files/ Addressing%20the%20Concerns%20of%20the%20Oil%20Industry_3.pdf Pascual, Carlos, The New Geopolitics of Energy, Columbia Center on Global Energy Policy, SIPA, New York, September 2015. Disponible en: http://energypolicy.columbia.edu/sites/ default/files/energy/The%20New%20Geopolitics%20of%20Energy_September%20 2015.pdf 21. The White House, “National Security Strategy”, Washington, June, 2015. Disponible en: https://www.whitehouse.gov/sites/default/files/docs/2015_national_security_strategy. pdf http://www.elnuevoherald.com/noticias/estados-unidos/article9474065.html y http://fride.org/descarga/PB194_The_2015_US_National_Security_Strategy.pdf;
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Reforma Energética: el poder duro y consensuado para imponerla
Documento en donde eua reconoce su “indispensable liderazgo” a nivel mundial. Esta nueva postura resulta de la validación de su potencial energético que ha convertido a los eua en el mayor productor de petróleo y gas en el mundo. En este se afirma que sus recursos no tienen límites gracias a la tecnología y esta última, en voz de otros actores, es vista como capaz de modificar fronteras. Así, a partir de esta bonanza se rediseña la seguridad energética bajo una perspectiva global y de largo aliento, si bien no se limita a los recursos no convencionales ya que incorpora a las energías renovables y, en general, a los combustibles bajos en carbono, como deja ver la esn: “Mayor seguridad e independencia energética dentro de eua es fundamental para estos esfuerzos. También permaneceremos vinculados con proveedores y nuestros socios para reducir el potencial de conflicto relacionado con la energía en lugares como el Ártico y Asia. Nuestra seguridad energética será fortalecida poniéndola a la altura de los compromisos asumidos en la Declaración de Roma y a través de nuestra estrategia de energía ‘tododesde arriba’ para un mundo bajo en carbono. Vamos a seguir desarrollando los recursos fósiles de eua mientras nos convertimos en un país más eficiente que desarrolla energías limpias, combustibles alternativos y vehículos limpios. Estamos mostrando que Estados Unidos pueden y llevarán el liderazgo de la economía mundial, mientras reducimos nuestras emisiones”.22 https://www.whitehouse.gov/sites/default/files/docs/2015_national_security_strategy.pdf (fecha de consulta 21 de abril, 2015). 22. Ibid, p.16,
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La Energía en la Estrategia de la Presidencia de eua
A fin de apoyar las energías renovables, eua las promueve extendiendo créditos fiscales a la inversión y a su producción en su territorio. En general, los cambios en las industrias energéticas y mercados se consideran trascendentales; elementos capaces de impactar la seguridad y el interés nacional de los eua.23 En el ámbito de la política interna, la administración Obama se anota un éxito al alcanzar la tan añorada “Independencia energética” para el año 2028, plasmada en las estimaciones del último informe del Departamento de Energía sobre el panorama energético de este país, como se muestra en el gráfico 5. Todavía en el 2013 y 2014, la brecha entre consumo y producción que significaban un porcentaje de 37% y 32% respectivamente, correspondiente a la dependencia de las importaciones, esto no permitía asegurar el alcance de la autarquía petrolera24. Sin embargo, como lo hemos visto debido al 23. Pascual, Carlos, “The New Geopolitics of Energy”, New York, Columbia University (SIPA), September, 2015, p. 6. En: http://energypolicy.columbia.edu/sites/default/ files/energy/The%20New%20Geopolitics%20of%20Energy_September%202015.pdf (consultado 29 de septiembre de 2016). El Sr. Carlos Pascual fue Embajador de los EUA en México, fue el encargado de los asuntos internacionales en materia de energía durante la gestión de Hillary Clinton en el Departamento de Estado. Actualmente es Vicepresidente de la consultoría IHS-CERA, con oficinas en la Ciudad de México. 24. El cambio la escena energética muestra una tendencia de producción ascendente para el tight oil y el gas shale con un máximo productivo situado en 2020, para el escenario de referencia. La contraparte de esta curva corresponde a la línea de importaciones que descienden en el tiempo teniendo su mínimo alrededor del 2020.
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sustantivo aumento en la producción tanto de gas como de petróleo, las proyecciones apuntan a que lo logrará, bajo el escenario de referencia en el 2028. La meta de cerrar la brecha de la dependencia debe ser vista como un logro político de la administración de Barack Obama. La independencia energética como objetivo no es, sin embargo, compartido por otras organizaciones y expertos en materia energética, considerando aspectos como la competitividad, la economía, la globalización y la seguridad energética del país, ya que ni armonizan con las anteriores ni las resuelven. Lo que debería ser el objetivo de la administración, consideran, es la generar las opciones para elegir entre diferentes combustibles, más que su procedencia (nacional o extranjera)25.
25. Vargas, Rosío, “El Shale Gas, un proyecto geopolítico de cobertura mundial”, Revista Petroquimex, año 12, Núm. 78, noviembre-diciembre 2015, pp. 16-.22.
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Gráfico 5 Producción y Consumo de Energía Total en el caso de referencia 1989-2040 (Trillones de btu)
Fuente: http://www.eia.gov/outlooks/aeo/pdf/0383(2015).pdf P.17
En cuanto a la producción de crudo en el escenario de referencia se proyectar un máximo para la producción total de crudo (incluye el petróleo no convencional) para el año 2020. (Ver gráfico 6), año que se corresponde con el nivel mínimo de importaciones para eua.
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Reforma Energética: el poder duro y consensuado para imponerla
Gráfico 6 Producción Total de Crudo 2005-2040 Cuatro Casos (millones de b/d)
http://www.eia.gov/outlooks/aeo/pdf/0383(2015).pdf P.18.
De igual forma ocurren máximos para la producción de shale gas (2016), así como para el tight oil (2015-2016) en los principales plays, con base en la información del Departamento de Energía26. La importancia de este hecho radica en que marcan los horizontes de tiempo para los recursos no convencionales. 26. DOE/EIA, “U.S. Dry Shale Gas Production”. Disponible en: http://www.eia.gov/ energy_in_brief/article/shale_in_the_united_states.cfm (fecha de consulta 10 de mayo, 2016) y; “U.S: Tigh Oil Production Selected Plays“, http://www.eia.gov/energy_in_brief/ article/shale_in_the_united_states.cfm (fecha de consulta 10 de mayo 2016).
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En el ámbito internacional la pregunta que surge es si la reducción de la dependencia petrolera hará que los eua modifiquen su política exterior de intervención en otros espacios territoriales. Aunque los movimientos geopolíticos resultantes de las modificaciones en el mercado recién se dejan ver, por el momento el Departamento de Estado ha dejado claro que los eua seguirán en el Medio Oriente en donde permanecerán para garantizar la estabilidad y el libre flujo del petróleo.
La estrategia regional: Norteamérica En la geoestrategia de eua la integración de la región de América del Norte juega un papel importante. La abundancia de recursos fósiles no convencionales modifica su noción de seguridad energética al garantizarla, de acuerdo con Carlos Pascual eua “descansa en la oferta de América del Norte” 27: Al integrar a sus dos vecinos, los eua hacen extensiva su seguridad energética. Sin embargo su criterio de seguridad energética regional es sesgado en la medida en que se basa solo en tres de sus componentes: la disponibilidad, la confiabilidad y el bajo costo económico. Esta definición deja de lado el componente 27. Pascual, Carlos, “The New Geopolitics”, op. cit.p.6.
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ambiental, que es parte importante de la seguridad energética de cualquier país. Se pretende compensar esta a carencia en otro lado, es decir, fuera del fracking; con las energías renovables. Incluso intentan que con esta “revolución” van a hacer un planeta más sostenible. Habida cuenta los devastadores efectos de la producción del fracking consideramos que no hay tal compensación. Lo que es claro es que se soslaya toda la parte de efectos28 y costos ambientales, no se cuestiona la mayor cantidad de energía que debe ser invertida para obtener un barril de petróleo y gas no convencional29, así como otros efectos 28. Sobre estas características y efectos ver: Vargas Rosío, El papel de México en la integración y la seguridad energética de Norteamérica, México, CISAN/UNAM, 2014. 29. Este es el concepto de retorno energético que se puede definir como: Se conoce como tasa de retorno energético(TRE)1 o, en inglés, EROEI, ERoEI (energy returned on energy invested), EROI (energy return on investment) y, menos frecuentemente, eMergy, al cociente de la cantidad de energía total que es capaz de producir una fuente de energía y la cantidad de energía que es necesario emplear o aportar para explotar ese recurso energético:
Un cociente menor o igual que 1 indica que la energía de la fuente es menor o igual a la energía consumida. Por el contrario, un cociente mayor que 1 indica que la energía total es mayor que la energía invertida y queda, en consecuencia, un saldo neto positivo. Expresando la energía total que es capaz de producir la fuente como suma de la energía invertida y la energía neta, el cociente se puede expresar como:
Una fuente de energía será tanto mejor cuanto mayor sea su TRE, puesto que eso implica que se obtiene una mayor cantidad de energía neta utilizable por cada unidad de energía
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sociales relacionados con derechos de paso o de vía y de propiedad de comunidades originarias. En el caso de México tampoco se garantiza la seguridad energética. México no cuenta con reservas probadas, hasta ahora sólo tiene recursos prospectivos. Por razones de incosteabilidad desde el discurso oficial se pospone su producción, en el corto plazo, no obstante, en los análisis en eua la producción de no convencionales en México iniciará en el 2020. De acuerdo al doe: “después de 2020 las exportaciones a México por gasoducto decrecerán gradualmente reflejando el inicio de las proyecciones de la nueva producción de petróleo y gas en México y el creciente uso de renovables para la generación eléctrica”30. Esto legitimará las bondades de la reforma energética que atribuirá a la inversión extranjera la restitución de la producción y reservas que se ha dejado desplomar después de dicha reforma. Pese a las proyecciones del doe la información oficial en México invertida en ella. Por el contrario, una tasa de retorno inferior a la unidad implica que esa fuente no es rentable en términos energéticos: para su funcionamiento consume más energía de la que produce. Disponible en: https://es.wikipedia.org/wiki/Tasa_de_retorno_ energ%C3%A9tico (fecha de consulta 21 de abril, 2016). 30. U.S., DOE, EIA, Annual Energy Outlook 2016, Early Release: Annotated Summary of Two Cases, May 17, 2016, p.55. Disponible en: www.eia.gov, (fecha de consulta 6 de junio, 2016).
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no se corresponde bien con sus estimaciones. Si bien el discurso oficial avala la explotación del fracking en la medida que establece que “México tiene gas que no va a explotar pemex”, en los informes oficiales al menos en el corto plazo, su producción no aparece; los recursos (los registrados tienen la categoría de prospectivos) mismos no han avanzado hacia el criterio de reserva probada. No obstante desde el 2015 ya están produciendo en la Sierra Norte de Puebla con fracking (233 pozos en operación), hay 47 pozos en Coahuila, 182 en Nuevo León, 13 en Tabasco, en Tamaulipas 100 y, 349 en Veracruz. San Luis Potosí tiene 20 municipios concesionados y de aquí se espera que salga el agua que nutrirá el acueducto Monterrey VI que se utilizaría para el fracking. Las compañías que perforan con esta técnica son Halliburton, B.J. Service, Sowell Schlumberger, Baker and Hughes y Diavaz. La explotación podría ser mayor de considerar la desarrollada en Chicontepec bajo el “Proyecto Terciario del Golfo” en donde se realizaron 1 323 perforaciones bajo el nombre de perforación multidireccional, en realidad fracking31. 31. Davi, Olvera Al, “A México se le divide como un pastel. Las amenazas de fracking de empresas de EEUU.”, R.T., 9 de julio, 2016. Disponible en: https://actualidad.rt.com/ actualidad/212699-mexico-fracking-gas-petroleo-eeuu#.V4Gf3eq6FIM.gmail (fecha de consulta 9 de julio, 2016).
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La Energía en la Estrategia de la Presidencia de eua
En el corto plazo nos relacionamos con la “revolución energética de eua”
como importadores por lo que aumenta la dependencia de las
importaciones de combustibles producidos en eua: el gas natural (en un 67% desde el 2012), los productos refinados, petroquímicos e incluso se “compran” 100,000 barriles de petróleo (ligero producto del fracking). Por lo anterior, nos encaminamos hacia una dependencia estructural de combustibles, sobre todo en materia de gas natural, por su preponderancia.
Participación de Canadá y México: La revolución energética también ha impactado el diseño del poder regional y la geostrategia para el reposicionamiento internacional de los eua a partir de América del Norte. En este caso la participación de la región es a partir de desarrollar el potencial de recursos que hagan de la región la siguiente potencia energética en el mundo. Aquí la propuesta se basa en que Norteamérica tiene el potencial para ser la próxima potencia energética sobrepasando al Medio Oriente como el proveedor de energía del mundo. Esta propuesta consiste en que la región de Norteamérica debe convertirse en una gran potencia energética a nivel mundial a través de maximizar la 51
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producción petrolera de los países vecinos de los eua con los que se lograría alcanzar la meta de producción de 90 trillones de btu para el 201732. Canadá participaría con 6MMb/d y México lograría revertir su tendencia productiva declinante a partir de la Reforma Energética con la que podría alcanzar una plataforma de producción de 3.7 MMb/d para el 204033. Esto deja en claro el papel que cumplirá la Reforma Energética para alcanzar el gran proyecto de los Estados Unidos o Powerhouse en donde si bien la meta es productiva, va de la mano con objetivos financieros y comerciales a través de los contratos petroleros que se otorgarían34. Con ello Norteamérica alcanzará la preeminencia mundial como potencia energética lo que permitirá a eua desafiar y competir con potencias rivales de la talla 32. DOE/EIA, Total Energy Supply, Disposition and Price Summary, Reference Case (2011.2040), Washington, EIA, 2011, p. 8 33. DOE/EIA, International Energy Outlook, Washington, September 2014 p.17. 34. De acuerdo con el Departamento de Energía los cuatro nuevos modelos de contratos difieren del sistema de derechos y difieren entre sí en sus estructuras de tarifas y cánones. Los contratos de servicios son similares a los introducidos como parte de la reforma energética del 2008. Bajo este acuerdo, todo el crudo producido es entregado por los productores al Estado a cambio de dinero pagado al Fondo del Petróleo. Los Contratos de Licencia, por otro lado, permiten a los productores privados tomar el petróleo en la cabeza del pozo y disponer de él, después de hacer pagos para el Estado. Los contratos de utilidad compartida y los contratos de producción compartida, así como los contratos de licencia, serán para permitir a los productores registrar las reservas para que reflejen el valor potencial del petróleo en sus cuentas; un incentivo particularmente atractivo para la inversión en México en el sector de la energía. Se espera que se apliquen los diferentes tipos de contratos de acuerdo con el grado de riesgo asociado a proyectos específicos. DOE/EIA, International ...Op. Cit. p. 16.
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de China, Rusia, India, Brasil y Sudáfrica (el denominado grupo de los brics). Asociado al potencial de recursos, los voceros gubernamentales de eua se daría prioridad a las relaciones de Estados Unidos con Canadá y México ya que, pese la retórica no se ha otorgado a éste último suficiente atención. La retórica oficial propone maximizar los beneficios derivados del auge de recursos no convencionales, alentando a los funcionarios a invertir tiempo para concertar sobre la forma de integrar más los mercados energéticos de los tres países. Por ejemplo, levantar la prohibición a las exportaciones de crudo de eua, podría ayudar a Canadá y a México contribuyendo a la aprobación de la construcción de infraestructura para el transporte de energía transfronteriza. Proponen que México “se beneficie” de los mismos privilegios y los acuerdos relacionados con la energía tal como ocurre con Canadá en el contexto del tlcan.35 Incluso, se pretende ir más allá de lo concertado en el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (tlcan), mediante la capitalización de oportunidades de inversión entre las cuales estarían 35. O´Sullivan, Meghan, L., “North American Energy Remakes the Geopolitical Landscape: Understanding and Advancing The Phenomenon”, Geopolitics of Energy Project, Harvard University, Working Paper, 31 May, 2014, p.13.
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los recursos no convencionales de petróleo y gas, posibles gracias a la reforma energética en México.36 Se entiende que la apertura del sector corriente arriba en México tendrá implicaciones significativas para los eua.37 Así es posible ver el nexo entre las expectativas sobre la contribución de México a la oferta regional de energía y la Reforma Energética. Los empresarios ven oportunidades de negocios en la amplia infraestructura que se tendrá que construir con la puesta en marcha de la reforma energética. Esto, por ejemplo, en el caso de ductos, infraestructura de recolección procesamiento, capacidad de exportación, generación de energía y las demandas industriales y de transporte combustibles, entre otros. Si bien también se espera que México se convierta en un productor de shale gas para el 2020, por lo que la estrategia significaría, en el contexto de Norteamérica, un desplazamiento geográfico de la producción para mantener los niveles productivos.38 36. Medlock, Kenneth B., “The Land of Opportunity? Policy, Constraints, and Energy Security in North America”, Working Paper at the James A. Baker III Institute for Public Policy, Rice University, Texas. June 2, 2014. p.5. 37. Ibid, p. 6. 38. Actuales proyecciones anticipan que el crudo de U.S. estaría nivelándose y comenzaría a declinar alrededor del 2020, después de crecer 800,000 b/d anuales hasta el año 2016. AEO, Early Release Overview, EIA, 2014, p.9; Autosuficiencia para el 2020 en: “U.S. will
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La Energía en la Estrategia de la Presidencia de eua
Producción que podría ser procesada en las refinerías de eua, de acuerdo a los análisis sobre integración energética. Ello deja ver que el modelo de inserción productiva que México ha venido siguiendo con la industria petrolera de los eua, no sólo no se modificaría, sino que tendería a profundizarse al convertirse en un importador de hidrocarburos no convencionales, de refinados y petroquímicos, al tiempo que permanecería como productor de materias primas. A más de un año de aprobada la Reforma Energética hay cambios sustantivos en el diseño de la política energética, sus instituciones y los marcos normativos que van a regular el mercado. Junto con ello se abre al país a las empresas estadounidenses que utilizan el fracking. Curiosamente la explotación con fracking en México ocurre donde se localizan las zonas con mayor inseguridad, y problemas de salud y del entorno ambiental.39 Meet Energy Needs by 2020: City Researcher, Ben German, Exxon Chief ”. Citado por O´Sullivan, Meghan, Op. Cit., p. 19. 39. En mayo de 2016 la Concerned Health Professionals y Physicians for Social Responsibility de Nueva York, en colaboración con la Alianza Mexicana contra el Fracking y la Fundación Heinrich Böll, presentaron un estudio denominado “Compendio de hallazgos que demuestran riesgos y daños del fracking”, en el que, entre otros aspectos, señalaron que el gobierno está impulsando de manera irresponsable esta fractura hidráulica en nuestro país, lo que ha traído consigo problemas de salud sobre todo a las mujeres, ha modificado el estilo de vida social y personal de los habitantes; además de que ha generado violencia; se han violado los derechos humanos de los habitantes de las comunidades donde se han creado pozos, porque nunca se les informó de los impactos negativos de éstos. En la presentación del documento se señaló que en México existen 924 pozos de fractura
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Ante este escenario es urgente realizar un análisis costo/beneficio con una visión de largo plazo de lo que vamos a ganar y lo que se perderá al adoptar éste método de producción en México.
Partimos del hecho de que es difícil replicar en México y en otros países las favorables condiciones de su producción en eua, debido a factores como los siguientes:
•La gran base de recursos (esquistos, lutitas) existente en los eua, con toda una historia de exploración y la cuantificación de recursos; •un régimen jurídico de derechos mineros privados; hidráulica, de éstos, 349 están en Veracruz y 172 en el municipio de Papantla. Como parte de la Ronda Cero de licitaciones para extracción de hidrocarburos, se autorizaron tres pozos más de exploración en esta entidad, por este panorama habitantes del estado se han unido para mitigar los daños en la salud, principalmente, que ha dejado la práctica del fracking. Por el lado de la inseguridad y el narcotráfico, Alianza Mexicana contra el Fracking, destacó el “incremento notable” del crimen organizado en los pueblos donde se practica el fracking, consistente en levantones, extorsiones, desaparición de personas, tráfico de armas, criminalización de las mujeres, entre otras formas de violencia. Estados como Coahuila, Chihuahua, Nuevo León, Veracruz, Puebla y San Luis Potosí, que ya sufren de violencia, están en riesgo de que se incremente por la práctica del fracking. El sistema de fracturación hidráulica destruye los recursos naturales, trae problemas a la salud y conlleva a efectos en el tejido social de pueblos natales. No es coincidencia que con el incremento del crimen organizado en Veracruz se haya cambiado la policía municipal dando un giro hacía el Mando Único, y es algo que se replica en toda la región norte del estado de Veracruz. https://www.elsiglodetorreon.com.mx/noticia/1225097.el-fracking-aumenta-violenciaen-estados.html; http://www.sinembargo.mx/17-05-2016/1661460 y http://eleconomista. com.mx/entretenimiento/2016/05/17/estudios-demuestran-efectos-negativos-fracking
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La Energía en la Estrategia de la Presidencia de eua
•la presencia de cientos de pequeñas compañías independientes que históricamente han jugado el papel de pioneras; •una amplia disponibilidad de herramientas para exploración y producción así como de infraestructura que la apoya; •un mercado financiero importante40; •poseen la tecnología del fracking; • el pago al propietario del terreno es significativo, pero esto evita la conflictividad que el tema de la propiedad de la tierra tiene en otros países; Mientras que en México, la situación prevaleciente es que: •La región del norte del país no tiene agua a nivel del suelo, por lo que es previsible que cantidades monumentales sean extraídas del subsuelo, dónde sí existe;
40. Maugire, Op Cit. p.14.
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•no tenemos reservas41 probadas42 (sólo recursos prospectivos). La oportunidad del shale gas se ve a partir de considerar que la geología es similar a la existente en Eagle Ford en el sur de Texas; •pemex vende sus ductos a la financiera Black Rock, infraestructura estratégica y crítica, desde la perspectiva del
hl’s a una empresa que puede especular con la misma; •no tenemos la tecnología ni hay planes para desarrollarla en México, por lo que se va a importar de eua; 41. Las primeras cifras sobre el potencial de no convencionales en México surgieron de los informes del Departamento de Energía de los EUA y se observa una modificación de las estimaciones a cifras más conservadoras. Así el Departamento de Energía a través de su agencia señala que México tiene 681 billones de pies cúbicos de recursos técnicamente recuperables lo que le significa el 4°lugar a nivel mundial. DOE/EIA “World Shale Gas Resources: An Initial Assessment of 14 Regions Outside the United States”, April 2011, p.1-2. Posteriormente, Energy Information Administration del DOE señaló que se creía que México tenía vastas reservas de recursos no convencionales incluyendo 545 billones de pies cúbicos de gas shale y 13 billones de barriles de shale oil, respectivamente el 6° mayor en el mundo para reservas de shale gas y el 8° en reservas de shale Oil. En: “Technically Recoverable Shale Oil and Shale Gas Resources: An Assessment of 137 Shale Formations in 41 Countries Outside the United States”. 42. PEMEX Exploración y Producción (PEP) ha estimado un potencial entre un P90 de 150 MMMMpc y un P10 de 459 MMMMpc, con una media de 297 MMMMpc, lo que representa 2.5 a 7 veces el volumen de reservas convencionales 3P de gas de México. No obstante, los recursos siguen siendo prospectivos. Ver: “PEMEX: Situación Actual y Perspectivas”, Expo Foro PEMEX 2012, Julio 2012, p.15. www.pemex.com La última cifra sobre recursos prospectivos de lutitas que no ha sido modificada es de 60.2 miles de millones de PCE, de acuerdo con PEMEX. Mendoza, Jorge, “Estudio Sismológico Galaxia para shale gas/oil: avances recientes”. IMP, febrero 2014, p. 10.
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•no va a haber importante derrama fiscal pues se va a hacer a través de contratos de licencia, en realidad concesiones; •los supuestos empleos que se van a generar en la perforación de pozos, no es claro que sean de calidad; •en cambio el daño ambiental va a ser monumental en regiones enteras. En ambos países los pozos de petróleo de esquisto seguirían las mismas tasas de declive hacia abajo, además de la pobre eficiencia de recuperación observada en los pozos de gas shale. Es necesario evaluar su verdadero potencial en el tiempo.43 Los grandes ganadores en eua tienen que ver con la especulación financiera asociada a los terrenos, los bancos y los proyectos mismos de fracturamiento hidráulico. Wall Street impulsó el frenesí de la perforación del shale gas, que devino en precios más bajos que el coste de producción beneficiándose, enormemente, de las fusiones y adquisiciones resultantes. En México, los grandes ganadores son el consorcio financiero 43. Rogers, Deborah, Shale and Wall Street: Was the Decline in Natural Gas Prices Orchestrated? Energy Policy Forum, February, 2013, pp. 20 y 21. http://shalebubble.org/ wp-content/uploads/2013/02/SWS-report-FINAL.pdf (fecha de consulta 19 de junio, 2015).
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asociado a los productores del shale gas de eua y a la construcción del gran gasoducto los ramones para la importación del gas hasta el centro de la República (ienova y sempra energy), la financiera black rock a quien pemex vendió ductos, así como los productores texanos y empresas de servicios que emplean el fracking como Halliburton, y que desde hace años están en México. Sin embargo, es cuestionable la ganancia para la sociedad en su conjunto. Las empresas que van a explotar con fracking en México son estadounidenses, por ello sus efectos multiplicadores serán en beneficio de otras industrias de eua. Aun en el caso de que si se generaran nuevas plazas en México, esto estará lejos de compensar la devastación ambiental, el dispendio de agua y, los costos sociales asociados a este tipo de producción.
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La Destrucción del Sector Energético Mexicano
II
LA DESTRUCCIÓN DEL SECTOR ENERGÉTICO MEXICANO
Como señalamos la reforma energética aprobada implica cambios estructurales profundos en el sector energético mexicano. Entre los más importantes: 1) Con la re del 2013 se quitaron las reservas mantenidas por el Estado mexicano en materia energética al capítulo VI del tlcan44, 44. TLCAN. Anexo 602.3: (2) Reservas y disposiciones especiales “Reservas: El Estado mexicano se reserva para sí mismo incluyendo la inversión y la prestación de servicios las siguientes actividades estratégicas: a. exploración y explotación de petróleo crudo y gas natural; refinación o procesamiento de petróleo crudo y gas natural; y producción de gas artificial, petroquímicos básicos y sus insumos y ductos; b. comercio exterior; transporte, almacenamiento y distribución, hasta e incluyendo la venta de primera mano de los siguientes bienes: i. petróleo crudo; ii. gas natural y artificial; iii. bienes cubiertos por este capítulo obtenidos de la refinación o del procesamiento de petróleo crudo y iv. gas natural; y v. petroquímicos básicos; c. la prestación del servicio público de energía eléctrica en México, incluyendo la generación, conducción, transformación; distribución y venta de electricidad, salvo lo dispuesto en el párrafo 5; y d. la exploración, explotación y procesamiento de minerales radiactivos, el ciclo de
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automáticamente al modificarse los artículos constitucionales 25, 27 y 28.(Cita 42) y se entregaron todas las reservas que en materia energética mantenía el Estado mexicano con que quedó cerrado el capítulo III del tlcan45. En general, el tlcan podría ser considerado como una negociación en donde hubo un toma y daca pero, en materia energética la negociación fue vista con desencanto por la parte estadounidense. Las “reservas” mexicanas al capítulo energético fueron decepcionantes para eua pero estos tenían la certeza de que el acuerdo no era inmutable, y que podían relajarse las disposiciones de la energía gradualmente a partir de una mayor combustible nuclear, la generación de energía nuclear, el transporte y almacenamiento de desechos nucleares, el uso y reprocesamiento de combustible nuclear y la regulación de sus aplicaciones para otros propósitos, así como la producción de agua pesada. 45. TLCAN. Anexo III: Actividades reservadas al Estado: “Lista de México: México se reserva el derecho exclusivo de desempeñar y de negarse a autorizar el establecimiento de inversiones en las siguientes actividades: 1.Petróleo, Otros Hidrocarburos y Petroquímica Básica a. Descripción de actividades i. exploración y explotación de petróleo crudo y gas natural; refinación o procesamiento de petróleo crudo y gas natural; y la producción de gas artificial, petroquímicos básicos y sus insumos y ductos; y ii. Comercio exterior; transporte, almacenamiento y distribución, hasta e incluyendo la venta de primera mano de los siguientes bienes: petróleo crudo; gas natural y artificial; bienes cubiertos por el Capítulo VI (Energía y Petroquímicos Básicos) obtenidos de la refinación o del procesamiento de petróleo crudo y gas natural; y petroquímicos básicos. 2. Electricidad a. Descripción de actividades: la prestación del servicio público de energía eléctrica en México, incluyendo la generación, conducción, transformación, distribución y venta de electricidad.”
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integración energética en América del Norte. Asimismo, el Capítulo 11 del mismo tlc prevé una serie de requisitos para el tema de las “Inversiones”, que inician con el proceso entreguista de la economía en lo general, y que será la base para el tema de los energéticos, dentro de los que se destacan los siguientes puntos: a) Trato nacional: los artículos 1102 y 1103 del tlcan señalan que cada una de las Partes otorgará a los inversionistas de otra Parte un trato no menos favorable que el que otorgue, en circunstancias similares, a sus propios inversionistas en lo referente al establecimiento, adquisición, expansión, administración, conducción, operación, venta u otra disposición de las inversiones, y el 1105 obliga a que se otorgue a las inversiones de los inversionistas del otro país, trato acorde con el derecho internacional, incluido trato justo y equitativo, así como protección y seguridad plenas, incluyendo el caso de conflictos armados o contiendas civiles y las pérdidas que esto les ocasione. b) Requisitos de desempeño: La parte más preocupante que se abre como amenaza a la industria energética nacional en vista de la
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probable apertura extranjera, ya que se actúa con base en los interesas transnacionales y no del mercado nacional, pues en el artículo 1106 limita a los gobiernos a obligar a los inversionistas de las otras partes del tratado, entre otras a: • exportar un determinado nivel o porcentaje de bienes o servicios; • alcanzar un determinado grado o porcentaje de contenido nacional; • adquirir o utilizar u otorgar preferencia a bienes producidos o a servicios prestados en su territorio, o adquirir bienes de productores o servicios de prestadores de servicios en su territorio; • relacionar en cualquier forma el volumen o valor de las importaciones con el volumen o valor de las exportaciones, o con el monto de las entradas de divisas asociadas con dicha inversión; • restringir las ventas en su territorio de los bienes o servicios que tal inversión produce o presta, relacionando de cualquier manera dichas ventas al volumen o valor de sus exportaciones
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La Destrucción del Sector Energético Mexicano
o a ganancias que generen en divisas; transferir a una persona en su territorio, tecnología, un proceso productivo u otro conocimiento reservado c) Transferencias al extranjero: No hay una garantía de reinversión productiva en el país de origen de la explotación, en este caso para México por la explotación de sus energéticos. El artículo 1109 del
tlcan señala que se debe permitir que: “todas las transferencias relacionadas con la inversión de un inversionista extranjero en territorio de la otra parte, se hagan libremente y sin demora. Dichas transferencias incluyen: ganancias, dividendos, intereses, ganancias de capital, pagos por regalías, gastos por administración, asistencia técnica y otros cargos, ganancias en especie y otros montos derivados de la inversión; productos derivados de la venta o liquidación, total o parcial, de la inversión; así como los pagos realizados conforme a un contrato del que sea parte un inversionista o su inversión, incluidos pagos efectuados conforme a un convenio de préstamo”. d) Expropiación y compensación: Respecto de este tema, el artículo 1110 señala que: “ninguna de las Partes podrá nacionalizar ni expropiar, directa o indirectamente, una inversión de un inversionista de otra Parte en su territorio, ni adoptar ninguna medida equivalente a la expropiación o nacionalización de esa inversión (expropiación), salvo que sea por causa de utilidad pública; sobre bases no discriminatorias; con apego al principio de legalidad y mediante indemnización”. El caso que pudiera limitar
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una expropiación son los términos de la indemnización pactada en el tlcan, ya que la indemnización será equivalente al valor justo de mercado que tenga la inversión expropiada inmediatamente antes de que la medida expropiatoria se haya llevado a cabo, considerando el valor corriente, el valor del activo, así como otros criterios que resulten apropiados para determinar el valor justo de mercado. El pago de la indemnización se hará sin demora y será completamente liquidable. Así, desde 1994 hasta el 2013 diversas actividades del sector se desregularon y privatizaron, a través de acciones como la fragmentación y desmantelamiento de las actividades de pemex y cfe, a la par que se transfirieron funciones, renta y ganancias a los privados y se establecieron los mecanismos e instituciones de regulación que culminaron con la re de epn en el 2013 y 2014 que finiquitaron la “reserva” al sector energético mexicano mencionada anteriormente. Fue la culminación de un proyecto histórico, la “joya de la corona” que los estadounidenses no lograron en la negociación del tlcan en 1994. El cambio que de esta reforma de 2013 va más allá de abrir algunos sectores, pues en realidad significa el desplazamiento del Estado del 66
La Destrucción del Sector Energético Mexicano
mismo sector energético; un vaciamiento del Estado; constituye una pérdida total del derecho exclusivo del Estado en la explotación, exploración, procesamiento, comercialización exterior, distribución y comercialización interna de los recursos energéticos. La implementación de la re significa que a las ex paraestatales, ahora Empresas Productivas del Estado (epe’s), se les despoje de reservas y recursos, con la anuencia y complicidad de sus directivos, lo cual constituye el traspaso de los recursos de la Nación a manos privadas. Así se entregan los mejores yacimientos petroleros mexicanos a las trasnacionales y a algunas empresas del sector privado nacional, a través de las Rondas en donde son licitados. Se entrega la infraestructura crítica, activos de pemex y Comisión Federal de Electricidad (cfe). En general se traspasan: reservas-yacimientos, infraestructura (gasoductos, oleoductos, redes eléctricas), áreas productivas, mercados y todas sus actividades medulares a los corporativos, sin pasarles la factura de las inversiones realizadas por décadas por pemex y la cfe.46 46. Un antecedente importante a la reforma energética del 2013 es el Acuerdo de Yacimientos Transfronterizos, porque dio luz sobre el tipo de contratos que más tarde se negociarían con la reforma energética. El Acuerdo de Yacimientos Transfronterizos se negoció en febrero del 2012.
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2) Dada la inserción estructural con los eua y los estrechos nexos entre las élites económicas y políticas en eua-México, las acciones tomadas apuntan a la construcción de una dependencia energética de México respecto de eua, como se mencionó anteriormente, favoreciendo los grandes negocios de las empresas estadounidenses (sobre todo texanas) y a los productores del shale gas, tema que se promociona como un logro para la seguridad energética de México por la abundancia de recursos de que gozan los eua. Este argumento, apareció en un informe de Duncan Wood del itam47 y en un artículo del ex embajador Carlos Pascual.48 Al haber una factura comercial, con amplias diferencias cambiarias en la paridad de divisas, constituye una manera de mimetizar una costosa dependencia que sólo favorece a las empresas estadounidenses. 3) Hay una pérdida del dominio eminente del Estado mexicano que se traducirá en un cada vez menor control sobre actividades, políticas y de regulación del sector energético. La pérdida de fiscalidad ocurre 47. Woodrow Wilson Center-ITAM, Un nuevo comienzo para el petróleo mexicano: principios y recomendaciones para una reforma a favor del interés nacional, Woodrow Wilson Institute, noviembre 2012. 48. Pascual Carlos, Written Testimony of Special Envoy and Coordinator for International Energy Affairs. U.S. Department of State Before the House Committee on Foreign Affairs Subcommittee on the Western Hemisphere. United States House of Representatives Energy and the Western Hemisphere. April 11, 2013
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con la gradual baja en la renta petrolera en la medida que se comparte a través del régimen de contratos. El caso de la disminución del manejo soberano tiene que ver con la mayor injerencia de actores trasnacionales quienes aumentarán su control en todos los espacios de la vida nacional, respaldados por sus gobiernos. 4) Gradual aniquilación de pemex y cfe a través de la vía fiscal (altos impuestos) y la reducción del gasto para inversión, que en un contexto de precios del petróleo bajos, se ha convertido en el argumento justificador de todas las políticas y acciones para desplazar a pemex y cfe de las actividades productivas y reducir la planta laboral (despidos de técnicos y especialistas), contraer un mayor endeudamiento y acudir al contratismo indiscriminado. La forma en que se “traspasan” sus activos a los corporativos es a partir del mecanismo fibra e (fideicomiso de inversión en energía e infraestructura), mecanismo bursátil a través del cual se ponen a disposición a la industria privada a precios minúsculos. Todo esto constituye una estrategia de aniquilamiento gradual. 5) Se modifican los derechos de propiedad a través del régimen de contratos lo que permite la apropiación privada de la mayor
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parte de la renta petrolera, antes nacional, aspecto al que le vamos a otorgar atención en la siguiente sección por sus implicaciones económicas y territoriales. Este cambio tan profundo ocurre en un contexto de violencia a lo largo de todo el país, de deterioro de los derechos humanos y de manejo mediático de nota roja en absoluta sincronía con las políticas y acciones de entrega de recursos al capital trasnacional. Con ello poca atención se presta al verdadero móvil: el despojo.
Contratos y pérdida de la renta Con la reforma energética se pone en marcha en México el “Oil Regime” el régimen liberal trasnacional para recursos mineros a través de contratos que se corresponden con la implementación del liberalismo; modalidad de herencia anglo que se aplica en otros países. México adopta prácticamente todos los tipos de contratos liberales: de utilidad y producción compartida, contratos de licencia (concesiones) y los contratos de servicio, que ya tenía. Las rondas de licitación se usan para asignar los derechos de exploración y producción a través de los contratos a las empresas trasnacionales o
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nacionales. El procedimiento varía de un país a otro, pero en general una empresa, joint venture o consorcio apuesta a ganar la licitación por un determinado tiempo, ofreciendo las mejores condiciones. La licitación más alta obtiene los derechos de la exploración o producción. Así, teóricamente se simula la libre concurrencia entre las epe y las empresas privadas en “igualdad de condiciones”. En las licitaciones manejadas como sesiones públicas se otorgan los contratos y las licencias. La reforma energética estableció que se maximizarían los ingresos del estado, premisa que debiera favorecer a pemex ya que históricamente éste ha sido su papel. Sin embargo, hasta el momento, la pretendida maximización de ingresos ha sido retórica pues los contratos van en sentido contrario, en favor de los corporativos privados, en tanto que a pemex se le desplaza de su papel de operador, poniéndolo en una desventaja competitiva por las reglas más estrictas, mayor fiscalidad, menor presupuesto de inversión, entre otros factores. Debido a la pérdida de renta petrolera y a la baja del precio del petróleo los ingresos petroleros hoy sólo son el 13.5%49 de los ingresos totales, 49. Miranda, Juan Carlos, “De enero a junio desplome anual de 17.5% en ingresos petroleros”, La Jornada, 31 de julio, 2016, p.21. Disponible en: http://www.jornada.unam. mx/2016/07/31/economia/021n1eco?partner=rss (fecha de consulta 7 de agosto, 2016).
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situación que se exhibe con orgullo como la “despetrolización de México”.
La Ronda Cero50 La Ronda cero (r0), dada a conocer en agosto de 2014, consistió en fijar asignaciones para Exploración y Explotación a pemex. Los resultados oficiales fueron: en términos de reservas probadas y probables (2p) se asignó a pemex un volumen de 20,589 millones de barriles de petróleo crudo equivalente lo cual, desde el punto de vista de la Secretaría de Energía (sener) correspondía prácticamente al 100% del volumen solicitado de reservas. Con ello pemex contaría con el 83% de las reservas 2p y el 21% del recurso prospectivo del país, pretendiendo con ello establece un piso para que pemex pudiera producir 2.5 MMb/d51 en los próximos 20.5 años. En realidad la Ronda Cero ha constituido un despojo para pemex y un paso más hacia su aniquilación como operador. El despojo se inició desde la misma solicitud de reservas, por parte de pemex, ya 50. Esta sección está basada en el trabajo de investigación realizado por el Programa Universitario de Estudios del Desarrollo titulado: “Ronda Cero: contenido y alcances. Ronda Uno: primeros anuncios”, Documento de trabajo Núm.13, México, Programa Universitario de Estudios del Desarrollo, UNAM, septiembre 15, 2014. 51. MMb/d significa Millones de barriles diarios.
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que ésta se autolimitó en un proceso en donde hubo poca claridad desde su inicio52. Para 165 áreas exploratorias y 380 campos que pidió, la sener le negó un 29.1% (para recursos prospectivos convencionales) y un 48.4% (en recursos prospectivos no convencionales). La sener, asistida por la Comisión Nacional de Hidrocarburos (cnh) juzgó que pemex era incapaz de explorar o explotar en forma eficiente y competitiva el 16.9% de los recursos que solicitó. Además de que no se otorgaron reservas posibles el total asignado a
pemex equivale sólo a una cuarta parte (25.4%) del total de recursos existentes en el país. En general, la ronda cero se ha caracterizado por inconsistencias, falta de transparencia y de debate, amén de ser manejada únicamente como un proceso básicamente administrativo. Las inconsistencias resultan del contraste con los resultados de otras entidades evaluatorias como la Security and Exchange Commission de los eua quien estimó que sólo se otorgaron 5,807.6 MMbpce de reservas, y no 20, 589 MMbpce. Así por razones autodenigratorias de supuesta incompetencia y falta de dinero para inversión, con 52. Becerril, Andrea; “Bartlett exige detener la ronda cero mientras no haya leyes secundarias”; La Jornada, 16 de marzo del 2014, p. 5. Disponible en: http://www.jornada. unam.mx/2014/03/16/politica/005n2pol (fecha de consulta 9 de junio, 2016).
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juicios de baja probabilidad de éxito exploratorio y comercial para
pemex, la Ronda Cero ha constituido un despojo para pemex. El despojo se racionaliza. Los funcionarios de pemex comparten la visión de que las asociaciones (farm outs) con terceros del exterior constituyen el objetivo principal de la Ronda Cero, así como la migración a contratos para los privados, ante la urgencia de incrementar la producción petrolera. El objetivo de pemex es migrar un total de 22 contratos (Contratos Integrales de Exploración y Producción, ciep y Contratos de Obra Pública Financiada, copf) y perforar de la mano de socios privados. El hecho de que sener no haya proporcionado datos sobre dichas migraciones (como modelos de contrato, términos técnicos y económicos, sólo ha dado los nombres de las empresas), permite calificar de poco transparente el proceso.53 En el contexto de la caída de los precios del petróleo, la reducción del presupuesto a pemex, así como el oneroso régimen fiscal de que es objeto se convirtieron en el argumento para devaluar su capacidad para explotar las reservas que le fueron asignadas en la 53. Métrica Ciudadana, “Ausencia de transparencia en el proceso de migración de asignaciones”,2015,http://metricaciudadana.org/images/publicaciones_archivos/ TransparenciaMigraciones.pdf (fecha de consulta 9 de mayo, 2016).
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Ronda Cero. La empresa dijo no poder garantizar la obtención de recursos financieros suficientes para explotar las áreas que le fueron asignadas en 2014 “por lo que podría perder el derecho de extracción de esas reservas”.54 Este argumento se está utilizando en las asignaciones otorgadas a pemex en aguas profundas. El 10 de junio del 2016 se anunció que pemex buscará una asociación estratégica con las grandes trasnacionales petroleras para la exploración y explotación del campo Trión en aguas profundas del Golfo de México. El campo pasará de una asignación en exclusiva otorgada a pemex en la Ronda Cero, a un contrato de licencia (de hecho una concesión) y este será analizado con la asistencia técnica de la cnh. El traspaso de una cantidad importante de reservas petroleras (480 MMb), semejantes al total en los bloques de la Ronda Uno, se justifica por razones de “competitividad”, “riesgo geológico y económico”, cuando la mayor certeza de riqueza petrolera en aguas profundas siempre ha sido el área de Cinturón Plagado de Perdido, por lo que no hay tal incertidumbre geológica. De igual forma se anuncian las bondades de transferencia tecnológica para pemex cuando, al mismo tiempo, 54. Rodríguez, Israel, “En duda, la explotación por PEMEX de áreas asignadas en la ronda cero”, La Jornada, 5 de mayo, 2016, p. 5, http://www.jornada.unam.mx/2016/05/06/ economia/015n2eco#texto (fecha de consulta 9 de mayo, 2016).
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se informa que los operadores serán otros diferentes a pemex55 y no es claro que pemex pase, en automático, como un operador. Lo cierto es que habrá dos operadores privados. Uno “designado” con participación de entre 30 y 45% y, un “no designado” quien tendrá una participación de entre 10 y 25%.56 Se continúa el sesgo financierista que se observa en este proceso al incorporar la participación de una entidad financiera quien entrará con un porcentaje del 10%. La modalidad que se utilizará en este caso será de contratos de licencia (en realidad concesiones), en donde al corporativo se le fija una regalía, pero, “se establece un cerco fiscal” para “no contaminar la renta petrolera”, aseveración que no sólo pretende confundir, sino minimizar la monumental entrega de reservas petroleras a los corporativos extranjeros. Además, regular sobre los operadores es tomado de las negociaciones del Acuerdo de Yacimientos Transfronterizos en donde no hay aun evidencia de yacimientos compartidos ni de reservas petroleras. Debe destacarse que la 55. Rodríguez, Israel, “Petroleras extranjeras explotarán con PEMEX campo en aguas profundas”, La Jornada, 11 de junio, 2016, p. 20. Disponible en: http://www.jornada. unam.mx/2016/06/11/economia/020n1eco#texto (fecha de consulta 11 de junio, 2016). 56. Reuters, “PEMEX tendrá 45% de participación en licitación de bloque Trión”, La Jornada, 27 de julio, 2016. Disponible en: http://www.jornada.com.mx/ultimas/2016/07/27/ pemex-tendra-45-de-participacion-en-licitacion-de-bloque-trion (fecha de consulta 5 de agosto, 2016).
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ubicación de Trión es parte del territorio mexicano. El despojo es abierto y no parece tener límite57.
La Ronda Uno En la Ronda Uno se ofertan 169 bloques, de los cuales, 109 corresponden a proyectos de exploración y 60 a proyectos de extracción. Los bloques cubren una superficie de 28,500 Km2. De este total, 91% corresponde a áreas de exploración y el restante 9% a campos en extracción. Las reservas 2P y recursos prospectivos a licitar representan un volumen de 3,782 y 14,606 millones de barriles de petróleo crudo equivalente (MMbpce), respectivamente. Los contratos de exploración y producción serán asignados mediante el proceso licitatorio denominado Ronda Uno. La primera convocatoria de este proceso puso a concurso catorce áreas de exploración en aguas someras de las cuales únicamente dos tuvieron ganador, por lo que sus resultados fueron considerados poco exitosos. Además del reducido número de participantes, se 57. Con asociaciones PEMEX cede exclusividad de las áreas que le fueron asignadas en la Ronda Uno, Rodríguez, Israel, “BP, Chevron, Exxon y Shell van por bloques en el Golfo de México”, La Jornada, 18 de junio, 2016. Disponible en: http://www.jornada.unam. mx/2016/06/18/economia/017n1eco (fecha de consulta 22 de junio, 2016).
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estimó recibir $8 500 millones de dólares anuales de las licitaciones que se realizarían entre 2015 y 2018, que finalmente aseguraron solo $1,200 millones de dólares. De las grandes empresas inscritas ninguna tuvo un ofrecimiento importante. Uno de los consorcios ganadores fue Sierra &Gas mismo que solo contaba con sólo cuatro años de experiencia, situación que es un contrasentido a lo prometido por la reforma energética de traer experiencia tecnológica y gerencial. Algunos de estos consorcios están asociados a bancos extranjeros, sin experiencia petrolera directa, pero si con intereses en las reservas petroleras, mismas que podrán ser registradas como parte de los activos de las empresas, bajo la promesa de ganancias futuras, para sus procesos de financiarización. Las bases y condiciones de la licitación se pusieron en favor de los corporativos ya que el gobierno mexicano preocupado por hacer efectiva la entrega de los bloques como criterio de éxito, prohibió a
pemex participar en esta licitación. Desde nuestra interpretación, esto se podría atribuir a la decisión de no tener a los costos de
pemex como referentes ya que hubiera puesto en desventaja a los corporativos privados pues los bajos costos es quizá uno de sus
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mayores ventajas competitivas. Aun cuando sobre esto se puede argumentar que pemex va en la Ronda Cero, el discurso con que se promovió la re era de introducir la competencia al sector energético, por lo cual pemex debería participar. Una de las características de los contratos otorgados como Acuerdos de Producción Compartida (psa por sus siglas en inglés) fue considerar el 60% del valor de la producción para cubrir costos. El reconocimiento de costos es el tema medular en los contratos de producción o de ganancias compartidas y el factor de mayor riesgo ya que no hay como verificar los costos presentados por las corporaciones privadas. De acuerdo con estimaciones en esta licitación58, la Secretaría de Hacienda (shcp) estuvo dispuesta a ceder a los contratistas entre el 51 y el 55% de la renta petrolera asociada al yacimiento. La renta petrolera con la que se quedará el Estado en el bloque 2 se sitúa entre el 60 y 63% dependiendo del precio del barril; para el bloque 7 se sitúa entre 72 y 74%. La shcp ha sido muy severa con pemex en sus asignaciones y muy generoso con los contratos de las compañías ya que a pemex sólo le permite capturar entre el 20 y el 26% de la 58. http://rondasmexico.gob.mx/r01-licitaciones/
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renta en tanto que a los contratistas entre el 50 y 55%. Al analizar estos contratos utilizando la producción como elemento a compartir y no las utilidades, el contratista se quedará hasta con el 80% de la producción de crudo. Mientras pemex debe entregar la totalidad de la producción de las asignaciones al comercializador del Estado, en los contratos el Estado sólo se quedará con el 32% del volumen de producción. En la segunda convocatoria se licitó la explotación en aguas someras de cinco campos de los cuales tres fueron asignados. Ante un supuesto fracaso resultante de la primera licitación, el gobierno mexicano intentó hacer más atractivas las condiciones para los inversionistas bajando los requerimientos de la utilidad operativa del gobierno (34% mínimo fijado por la shcp); si bien al final la italiana eni, una de las ganadoras, ofreció una utilidad operativa mayor: 78.25%. Otros dos fueron para empresas nacionales asociadas con empresas internacionales. En este caso se licitaron los mejores campos de México: áreas de certeza geológica en donde pemex tiene su mayor experiencia, como ocurre con aguas someras. Es en la cuenca del Sureste donde hay reservas probadas y dónde pemex tiene su mayor
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ventaja. De esta segunda licitación también destaca el contrato para la empresa estatal italiana eni, no sólo un monopolio petrolero sino también eléctrico en su país; cuando en México se desacredita la participación del Estado en el negocio. La tercera convocatoria tuvo mejores resultados para el gobierno ya que de los 25 contratos de licencia para explotación de recursos en campos terrestres todos fueron asignados. Los contratos otorgaron 25 áreas agrupadas en tres zonas geográficas: Burgos, Campos Norte, y Campos Sur. En todos los casos se trataba de campos de extracción, algunos en operación y otros cerrados. La modalidad fue licencias de contrato, en realidad concesiones. La utilidad para el Estado estuvo entre 20.08% y 86% siendo la promedio para las 25 áreas otorgadas de 58%. Estas 25 empresas que resultaron ganadoras, se mostraron a la luz pública como ávidas de entrar al negocio, sin embargo, parecen ser prestanombres de firmas que trabajan para compañías de servicios extranjeras, habida cuenta de que las empresas realmente mexicanas no tienen experiencia en actividades corriente arriba por haber sido la actividad prerrogativa de pemex.
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Se atribuye a la situación del mercado petrolero internacional la desventaja real para México. Debido a esta la política del gobierno mexicano ha sido la de colocar los yacimientos y reservas petroleras en las condiciones de mayor atractivo para los inversionistas, cuando en el contexto internacional, ellos son los que verdaderamente necesitan del acceso a las reservas. De esta entrega hay evidencias al respecto:1) las bases de la Ronda Uno han sido cambiadas tres veces59; 2) las empresas extranjeras están definiendo los términos de los contratos; 3) el gobierno mexicano ha renunciado a pedir un bono que por ley la Secretaría de Hacienda, tenía que haber requerido a los privados.60 59. Sistema de Información y Análisis Estratégico de la Energía en México (SIAEEM), Senado de la República, PT-Morena, Presentación: “El pueblo de México declara nulos los contratos firmados al amparo de la contra Reforma Energética, enero 2016. 60. Sección Primera De las Contraprestaciones en los Contratos de Licencia Artículo 6.- Los Contratos de licencia establecerán las siguientes Contraprestaciones: A. A favor del Estado: I. Un bono a la firma; II. La Cuota Contractual para la Fase Exploratoria; III. Las Regalías, determinadas conforme el artículo 24 de esta Ley, y IV. Una Contraprestación que se determinará en los Contratos considerando la aplicación de una tasa al Valor Contractual de los Hidrocarburos. B. A favor del Contratista, la transmisión onerosa de los Hidrocarburos una vez extraídos del subsuelo, siempre que, conforme a los términos del Contrato, se encuentre al corriente en el cumplimiento de las obligaciones señaladas en el apartado A anterior. Artículo 7.- El bono a la firma a que se refiere la fracción I del apartado A del artículo 6 de esta Ley será determinado por la Secretaría para cada Contrato y su monto, así como sus condiciones de pago, se incluirán en las bases de la licitación para su adjudicación o en los Contratos que sean resultado de una migración. Dicho bono será pagado en efectivo por el Contratista al Estado Mexicano a través del Fondo Mexicano del Petróleo.
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La estructura misma de los términos contractuales da todas las posibilidades para que las corporaciones se lleven la mayor parte de la renta petrolera y puedan aspirar a más, en la medida que se modifique hacia arriba el precio del petróleo a partir de la posibilidad de: recuperación de costos, de utilidades operativas y del mecanismo de ajuste. En general, las negociaciones reflejan una nula voluntad de negociación del gobierno mexicano, producto del desconocimiento de que el aparente desinterés de las corporaciones es parte de su estrategia y, de haber convertido la entrega de los bloques en criterio de éxito, aún en condiciones de desventaja. Lo que priva es la urgencia por entregar los yacimientos a empresas extranjeras. De lo que no hay duda es que a través del régimen de contratos se consumará el despojo de la renta (antes 100% del Estado). Bajo éste nuevo régimen la renta que recuperará el Estado quedará reducida a un 33.03% del valor contractual de los hidrocarburos61 lo cual va en sentido contrario de maximizar la recuperación en favor del Estado mexicano, como se propone en la retórica oficial. A la par que se otorgan los bloques a las empresas trasnacionales y nacionales se desplaza a pemex de las áreas de producción, se 61. Sistema de Información y Análisis, Op. Cit. s/p.
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le quitan reservas, bajo el argumento de falta de recursos para desarrollarlas, se le induce a migrar asignaciones a contratos privados (14 asignaciones a 8 contratos bajo las nuevas modalidades) y; se le debilita como operador. La cuarta convocatoria que viene comprende 10 áreas localizadas en aguas profundas del Golfo de México y crudos extrapesados del Mar de Campeche del área denominada Cinturón Plegado de Perdido y Cuenca Salinas. A diferencia de las primeras 3 licitaciones la convocatoria oficial ha despertado gran expectativa entre las trasnacionales. Los factores que explicarían el interés hacia esta cuarta licitación serían: 1) bajo el esquema de contrato de licencia contemplado para esta licitación el régimen fiscal de la empresa o consorcio que lleve a cabo la explotación se ajustará de acuerdo con la rentabilidad del contratista, pero con un tope fijado en el contrato. Esto significa que el Estado renuncia a obtener beneficios por las ganancias extraordinarias que los privados obtengan por encima de la tasa máxima acordada; 2) no puede ignorarse que las regiones de aguas profundas contienen las mayores reservas petroleras del país, 26 mMMbpce sin explorar, según versión oficial.
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Sin embargo por el momento, la explotación del shale gas y el tight oil en México no es considerada viable ni en el corto ni en el mediano plazo, desde los documentos oficiales. Si bien hay que destacar que en eua tanto fuentes oficiales como no oficiales, estiman que México estaría explotando recursos no convencionales, para el 2020. En conclusión, la Ronda Uno ha licitado reservas probadas en donde pemex tiene mayor experiencia como son aguas someras en el Sureste de México. Se transfieren reservas que pemex ya había descubierto; las corporaciones adquieren derechos sobre recursos con bajos riesgos, con alta rentabilidad y sin tener que invertir en los gastos de exploración realizados por pemex durante más de 70 años. A la luz de los objetivos de la sener, el futuro promete ampliar los privilegios de las corporaciones privadas62: entre estos se sustituirá el término “bloques” por el de “grandes áreas de explotación”, es decir, se aumenta su tamaño, se ampliarán los plazos de los contratos y se incluyen nuevas áreas de exploración. Dicha ampliación de las áreas para exploración y explotación será de 31.7% entre 2015 y 62. SENER, “Plan Quinquenal de Licitaciones para la Exploración y Extracción de Hidrocarburos 2005-2019: un proceso participativo”, México, Secretaría de Energía, octubre, 2015.
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201963, lo cual en términos de reservas significa un aumento del 2.1%. Además, van a aplicar los criterios de contabilidad utilizados en los Estados Unidos. Estos cambios coinciden con las propuestas que el ex embajador en México Carlos Pascual planteara ante la Cámara de Representantes de su país en ocasión de su audiencia sobre la reforma energética mexicana. Las propuestas del ex embajador fueron las siguientes: • Las Ofertas de campos eran pequeñas, y tal vez no sea de gran interés para las empresas internacionales más grandes. • Los contratos se ofrecieron durante cuatro años con una extensión de dos años, pero algunas compañías pueden haber querido más condiciones contractuales para realizar una exploración más amplia, porque puede haber formaciones de complejos pre-sal que podrían ser explotadas a niveles más profundos. • Las ofertas mínimas del gobierno pueden haber estado influidas por los históricos costes de producción de pemex, que pueden ser más bajos que los costos 63. Ibid. p.39.
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estimados de los inversores potenciales. • Las condiciones fiscales pueden no haber satisfecho con los requisitos de los inversores para movilizar dada la creciente presión de los bajos precios internacionales del petróleo para reducir los costos y gastos de capital”64. Los cambios en la planeación de la sener en su Plan Quinquenal 2015-2019 presentado al Senado de la República, en donde se modifican los tiempos y la extensión de los bloques, coinciden casualmente con las recomendaciones del Ex embajador Pascual65. 64. De acuerdo con el Ex Embajador Pascual: algunos aspectos clave que pudiera incluir: “Some key issues might include:
•
Field offerings were small, and perhaps not of high interest to the larger international companies.
•
Contracts were offered for four years with a two-year extension, but some companies may have wanted longer contract terms to perform more extensive exploration, such as whether there might be complex pre-salt formations that could be exploited at deeper levels.
•
Government minimum bids may have been influenced by historic pemex production costs, which may be lower than the costs estimated by potential investors.
•
Fiscal terms may not have met investor requirements to mobilize capital given increased pressure from low international oil prices to cut costs and capital expenditures”.
Pascual, Carlos, “Pursuing North American Energy Independence: Mexico’s Energy Reforms”, Washington, House Foreign Affairs Committee, Subcommittee on the Western Hemisphere, July, 23, 2015, p.5. 65.http://www.gob.mx/sener/acciones-y-programas/plan-quinquenal-de-licitaciones-parala-exploracion-y-extraccion-de-hidrocarburos-2015-2019-7652 y http://www3.diputados. gob.mx/camara/001_diputados/012_comisioneslxii/01_ordinarias/017_presupuesto_y_ cuenta_publica/17_reforma_energetica/08_iniciativa_de_decreto_por_el_que_se_ expide_la_ley_de_ingresos_sobre_hidrocarburos_y_se_reforman_adicionan_y_derogan_
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Otras de sus recomendaciones tienen que ver con la estrategia de gasoductos y oleoductos que, de acuerdo a su descripción, irán de Arizona a Mazatlán, de Texas a Aguascalientes y Querétaro, de Brownsville a Tuxpan, con la compra de gasoductos a pemex e inversiones de empresas financieras en este negocio, como a continuación se describirá. El Ex embajador ha tenido muy claros sus objetivos de cómo integrar los recursos y mercado energéticos de México al mercado estadounidense para beneficiar a empresas como General Electric, Ford, General Motors, Boeing, intel, así como grandes empresas que invertirían en México para establecer plataformas globales de exportación. Anuncia la compra de refinerías en México y la venta de gasolinas de eua en el mercado mexicano como grandes oportunidades de negocio para eua. Describe su entrada al sector eléctrico como el mejor negocio, más rápido de instrumentar que el del petróleo. Un negocio de 1.4 billones de dólares que le permitiría ganar tiempo y elecciones en eua. Tenía claridad incluso para los tiempos electorales de su país66 los que sin duda les apremian para avanzar la re de México. diversas_disposiciones_de_la_ley_federal_de_derechos_y_la_ley_de_coordinacion_fiscal (consultado el 30 de septiembre de 2016). 66. Pascual, Carlos, “Pursuing North American Energy Independence:…op. cit..
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El Acuerdo de Yacimientos Transfronterizos Firmado entre México (Patricia Espinosa, entonces Secretaria de Relaciones Exteriores) y Estados Unidos (Hillary Clinton por parte del Departamento de Estado) en febrero de 201267, el Acuerdo de Yacimientos Transfronterizos (AYT) tuvo como objetivo la legislación sobre posibles recursos compartidos entre estos dos países. La cuestión fundamental con este Acuerdo fue la incorporación del concepto de unitización de los yacimientos para la explotación de los yacimientos transfronterizos. En el Congreso de los Estados Unidos este Acuerdo fue visto como la oportunidad para lograr el “acceso” a los recursos compartidos con México. Entre algunas de sus características: a) se ingresa a un régimen de concesiones (se utiliza el término leasing); b) pemex no aparecía ya como el operador en automático, pues se determinó que su designación correría a cargo de la representación de ambos países; c) propuso un esquema de unificación de yacimientos a ser realizada por operadores privados; d) desaparece la presencia de poderes públicos y se privatizan las decisiones; e) su redacción 67. Acuerdo entre los Estados Unidos Mexicanos y los Estados Unidos de América, relativo a los Yacimientos Transfronterizos de Hidrocarburos en el Golfo de México, Los Cabos, México, 20 de febrero, 2012.
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permite suponer que será la industria de eua la encargada de administrar los recursos mineros de ambos países y su gobierno decidirá, unilateralmente, independientemente del consentimiento o no del gobierno de México. Este antecedente dio pistas de lo que se podía esperar de la reforma energética de epn. El ayt, aprobado bajo la visión de un potencial importante de recursos prospectivos por explotar en el área territorial correspondiente al Golfo de México, constituye una expansión de la producción de Estados Unidos hacia territorio mexicano. Una evidencia de su interés son las declaraciones del entonces presidente del Comité de Recursos Naturales de dicho país, Doc Hastings, en 201368 quien reconoció el interés de la industria de Estados Unidos por explotar los recursos transfronterizos argumentando que México ya no debía “obstaculizar su explotación”. En el acuerdo aparece la figura de leasing, licencia o concesión (en Estados Unidos), término que en el primer Acuerdo de Yacimientos Transfronterizos en febrero de 2012 fue traducido 68. Luke, Colette, “Obama likely to support more oil exploration in Gulf of México”, Mediee News Service, 2 de mayo de 2013. http://www.upi.com/Top_News/WorldNews/2013/05/02/Obama-likely-to-support-more-oil-exploration-in-Gulf-ofMexico/9231367529351/ (fecha de consulta 19 de abril de 2014).
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como “licenciatario”69 pero que corresponde en características a una concesión. Lo anterior lleva, en los hechos, a un régimen de explotación distinto al prevaleciente en el resto del territorio nacional y semejante al prevaleciente en los Estados Unidos. El supuesto detrás de este interés es que en la parte mexicana del Golfo existiría un gran potencial, como sugiere el gráfico 7, elaborada a partir de estimaciones del United States Geological Survey de recursos no descubiertos y recursos de petróleo y gas no convencionales en 10 provincias geológicas prioritarias de México, Guatemala y Belice.
69. “Licencia” significa la autorización emitida por una Autoridad Ejecutiva para llevar a cabo la Exploración o Explotación en un área determinada, y para la Construcción y Operación de una Instalación. El término “Licencia” incluye las concesiones otorgadas por la Autoridad Ejecutiva de los Estados Unidos de América; “Licenciatario” significa cualquier persona o entidad que ostente una licencia. Definiciones en el Acuerdo de Yacimientos Transfronterizos del 2012.
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Gráfico 7 Recursos Prospectivos de Hidrocarburos en la Porción Mexicana del Golfo de México
Fuente: Murkowsy, Murkowski, Lisa, “Energy 2020. A Vision for America´s Energy Future”, U.S., Senate 113Th Congress, February, 14, 2013, p.14
La aprobación por parte del Senado de eua del Acuerdo tiene una sincronía de momentos con la aprobación de la reforma energética 2013-2014. Después de casi dos años de espera para ser aprobado por parte del Senado de eua, éste lo aprobó el 19 de diciembre de 201370, es decir un día antes de la publicación de la re. En 70. 113th Congress H.R.,1613, In the Senate of the United States, “An Act to Amend the Outer Continental Shelf lands Act to Provide for the Proper Federal Management Land Oversight of Transboundary Hydrocarbon Reservoirs and for Other Purposes”, July 8, 2013.
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México la misma se publicó en el Diario Oficial de la Federación (dof) el 20 de diciembre del 2013 a través del cual se reforman las disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de energía contenidas en los artículos 25, 27 y 28. La sincronía de momentos es evidente. En la re el ayt quedó incorporado en la legislación secundaria. La Ley de Hidrocarburos detalla en su artículo 17 que la participación de pemex será obligatoria de al menos del 20%71 de la inversión prevista en los contratos para los yacimientos transfronterizos. La interpretación que se dio a este artículo es que pemex no podrá tener más del 20% de los hidrocarburos, en correspondencia con el bajo porcentaje de participación obligatoria.72 Lo anterior reflejaría la pasiva aceptación del gobierno mexicano para ceder estos recursos a eua ya que resulta 71. Artículo17.- La Secretaría de Energía, con la asistencia técnica de la Comisión Nacional de Hidrocarburos, establecerá una participación obligatoria de Petróleos Mexicanos u otra empresa productiva del Estado en los Contratos para la Exploración y Extracción en aquellas Áreas Contractuales en las que exista la posibilidad de encontrar yacimientos transfronterizos. En el supuesto a que hace referencia este artículo, la participación obligatoria será de al menos veinte por ciento de la inversión del proyecto. En Diario Oficial de la Federación, DECRETO por el que se expide la Ley de Hidrocarburos y se reforman diversas disposiciones de la Ley de Inversión Extranjera; Ley Minera, y Ley de Asociaciones Público Privadas. 11 de agosto, 2014. 72. Voto particular de la Senadora Dolores Padierna Luna del PRD. Dictamen de la Ley de Hidrocarburos; Ley de Inversión Extranjera; Ley de Minas y Ley de Asociaciones Público Privadas, México, Senado de la República LXII Legislatura, p.43.
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inimaginable que la determinación de dicho porcentaje haya surgido del propio gobierno. Si hasta ahora no se han encontrado recursos compartidos ¿cuál sería el interés en la exploración y eventual explotación en dichas aguas? La respuesta la ha sugerido el grupo de Ingenieros Constitución del 17 en voz de su presidente, el Ing. Francisco Garaicochea, cuyas evaluaciones dejan ver que se trata de grandes negocios en los que no serán pemex ni México los beneficiados, ni siquiera colateralmente: serán los países y compañías que les vendan o renten los equipos de perforación; los bancos que proporcionen el financiamiento; las compañías que construyan los equipos y herramientas utilizados en la perforación, terminación y reparación de los pozos; las que vendan las plataformas de producción, las compresoras, los equipos de bombeo, etc., que no existirían sin la iniciación del proyecto específico. En consecuencia, no puede esperarse ni rentabilidad para pemex ni beneficio para México. La eventual explotación de recursos de hidrocarburos en aguas profundas es el despojo nacional a través de compañías privadas trasnacionales y nacionales. En la agenda bilateral se han seguido las recomendaciones del
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Congreso de eua al colocar al petróleo y al gas natural como uno de los temas centrales de la agenda México-eua73. Un papel protagónico lo ha tenido el Departamento de Estado a través de la Exsecretaria de Estado Hillary Clinton y el Exembajador de los Estados Unidos en México el Carlos Pascual. Hillary Clinton ayudó a “romper el monopolio de pemex” y a abrir a México a las trasnacionales74, de acuerdo con correos electrónicos liberados por el 73. “El Departamento de Estado debe integrar el desarrollo de petróleo y gas natural en la agenda bilateral. Funcionarios de la embajada EE.UU. están bien versados en las preocupaciones de energía. El servicio comercial ya está activo en la promoción de las relaciones comerciales, y algunas agencias están construyendo relaciones técnicas. La energía de reciente creación y de la Oficina de Recursos Naturales del Departamento de Estado está dirigido hábilmente por un ex embajador en México, Carlos Pascual, y la Oficina está bien equipada para dirigir una amplia cooperación del gobierno de los EUA (U.S.G) en áreas tales como el gas de esquisto, la transparencia, el comercio, la coordinación de suministros de emergencia, gestión de la demanda, y la integración de la infraestructura si el Gobierno de México desea, para trabajar con los Estados Unidos”. “The State Department should integrate oil and natural gas development into the bilateral agenda. U.S. Embassy officials are well-versed in energy concerns. The commercial service is already active in promoting business relationships, and some agencies are building technical relationships. The newly established Energy and Natural Resources Bureau at the State Department is ably led by a former Ambassador to Mexico, Carlos Pascual, and the bureau is well-equipped to lead broad U.S.G. cooperation in areas such as shale gas, transparency, trade, supply emergency coordination, demand management, and infrastructure integration should the Government of Mexico wish to work with the United States”. 112TH Congress, 2d Session, U.S. Government Printing Office, Washington, 2012, p.14 74. Bartlett Díaz, Manuel, “Invasión Aceptada”, periódico el Universal, 13 de agosto del 2015, http://www.eluniversal.com.mx/entrada-de-opinion/articulo/manuel-bartlett/ nacion/2015/08/13/invasion-aceptada (fecha de consulta 9 de junio, 2016). Bartlett comenta que comenta que los correos (DesMogBlog) revelan el papel de Hilary Clinton en esa apertura y exhiben a tres de sus empleados que, con su Embajada en México, operaron la trama: Goldwyn, Pascual y Brown; concluida, pasan al sector privado para beneficiarse de negocios impulsados. ... ”; los funcionarios norteamericanos evitan todo comentario de su
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Departamento de Estado de eua.75 En su implementación ha tenido una participación tan activa el mencionado Exembajador, incluso a nivel de “recomendaciones” sobre aspectos que se deberían modificar en la Ronda Uno así como una activa labor de promoción en favor de la aplicación de la reforma en México. Esta intervención activa de Hillary Clinton quedó evidenciada en el tercer debate presidencial del 19 de octubre de 2016, en el que la candidata demócrata, al ser cuestionada por el moderador (Wallace) sobre sus intenciones de fronteras abiertas, ella admitió que se trataba sobre el tema energético: participación, aceptando que “México diga una cosa para el público y haga otra”; EU dirige clandestinamente la Reforma y ambos gobiernos se entienden para avanzar engañando al pueblo de México. Los correos confirman realmente lo denunciado desde el planteamiento de la Reforma Energética: esta fue un Acuerdo con EU para entregarle nuestros recursos. Se aportaron documentos: del Comité de Relaciones Exteriores del Senado norteamericano, presidido por Richard Lugar, a tres semanas de la toma de posesión de Peña, que ante la preocupación del descenso de nuestras exportaciones petroleras, informa haberse entrevistado con el presidente electo y su equipo, logrando información de que habría una futura Reforma Energética, que para permitirles a sus empresas entrar a México para recuperar la exportación de crudo; el informe al Congreso de EU del Ex-Embajador Pascual, ya entonces Coordinador Internacional de Energía, explicando que nuestra desnacionalización eléctrica, permitiría a las empresas norteamericanas establecerse desde aquí a todo el hemisferio, negocio de 1.4 trillones de dólares. Enmarcan lo anterior, acuerdos entre México y Estados Unidos, como el Aspan y otros, que explicitan el objetivo geopolítico de los EU: “la integración de nuestro recursos energéticos al mercado norteamericano” y la Reforma Energética está diseñada por EU para esa integración, los correos desclasificados lo confirman. 75. Aristegui Noticias, “Hillary Clinton y colaboradores ayudaron a desarrollar la reforma energética para México”, http://aristeguinoticias.com/1008/mexico/hillary-clintony-colaboradores-ayudaron-a-desarrollar-la-reforma-energetica-para-mexico/ (fecha de consulta 9 de mayo, 2016).
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Wallace: Secretaria Clinton, quiero aclarar su posición sobre este tema porque en un discurso que dio a un banco brasileño por el cual se le pagó $ 225,000 dólares, que hemos tomado de WikiLeaks, que usted dijo esto. Y quiero citar. “Mi sueño es un mercado común hemisférico con la apertura comercial y fronteras abiertas.” Trump: Gracias. Wallace: Esa es la cuestión. Por favor, tranquilo, todo el mundo. ¿Es ese su sueño? ¿Fronteras abiertas? Clinton: Si usted leyó el resto de la frase, yo estaba hablando de la energía. Tenemos más comercio de energía con nuestros vecinos que con el resto del mundo en conjunto. Y yo quiero que tengamos una red eléctrica, un sistema de energía que atraviesa fronteras. Creo que sería un gran beneficio para nosotros….76 Ya no se trata de intenciones y planes ocultos a la opinión pública, se trata de estrategias perfectamente concertadas, y confesadas sólo ante las filtraciones en redes sociales, que al parecer todavía podrán revelar mucho más.
76. Full transcript: Third 2016 presidential debate. Disponible en: http://www.politico. com/story/2016/10/full-transcript-third-2016-presidential-debate-230063 La traducción realizada por nuestros.
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La liquidación de pemex La liquidación de pemex ha sido un proceso histórico que culmina con la re en donde se modifica el status jurídico de organismo público descentralizado, a otro denominado Empresa Productiva del Estado (epe) que trasmuta su situación a la de una empresa sujeta al derecho privado dirigida por un consejo de administración con criterios distintos a los derroteros de una empresa pública, facultando a dicho consejo para privatizar activos y funciones. Por ello a esta
epe le han ido reduciendo económica, financiera, productiva y legalmente todas las posibilidades para convertirse en una empresa fuerte capaz de realmente competir con los corporativos privados y las trasnacionales petroleras bajo el argumento oficial de “reducir su poder monopólico” para propiciar el mercado. Argumento falaz que busca abrir espacio a los capitales extranjeros en esta industria y facilitarles el “acceso” a las reservas mexicanas. La estrategia de desmantelamiento es77 amplia pero uno de sus principales ejes es la reducción del presupuesto de inversión, justificada en que “pemex 77. Staff de Oil &Gas Magazine, “2017-2018 Mercado Energético: alta incertidumbre y especulación”, 17 de agosto, 2016. Disponible en: https://www.oilandgasmagazine.com. mx/2016/08/2017-2018-mercado-energetico-alta-incertidumbre-especulacion/ (fecha de consulta 21 de agosto, 2016).
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no debe asumir más riesgos”. Esto hace que solo cuente con dinero para mantener sus costos operativos anuales pero no con flujo de efectivo. Para poder tenerlo tiene que endeudarse (incrementando pasivos y haciendo pagos revolventes de deuda, sin liquidar nada). Con ello
pemex no puede adquirir nuevas tecnologías e incluso asociarse con otras empresas al presentar balances financieros negativos. Lo que se le da es sólo inversión para mantenimiento, para cubrir sus costos. La estrategia de aniquilamiento también ha sido convertir su patrimonio en negativo. Algunas cifras pueden dar cuenta de ello: en el primer trimestre del 2015 se le cobraron impuestos por más del doble de sus ingresos y se ha recortado presupuesto a pemex para su gasto, un recorte del orden de $52 mil millones de pesos en el 2015, en tanto que en el 2016 ha sido por $100,000 millones de pesos. Este año su pago en impuestos fue de 212% mientras que en 2014 este rubro fue del 116% de sus ingresos. Debido a la baja de precios internacionales del petróleo, la caída en su producción en México y la devaluación de nuestra divisa, han reducido los ingresos petroleros en el total de las finanzas públicas. Es pertinente señalar que la experiencia de la “apertura” en otros
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países da cuenta de una pérdida de fiscalidad gradual, resultante de la pérdida de la renta petrolera, por lo que no debería quedar mimetizada en la baja de los precios del petróleo, por ser crucial en sí misma. La caída de los precios del petróleo ha sido utilizada en la estrategia oficial como justificación para realizar recortes presupuestales a las epe, aun cuando ya hay un repunte de precios ($42.32d/b 20/08/2026) y los indicadores internacionales muestran una tendencia a la alza para inicios del 2017. 78 Es pertinente señalar que el discurso oficial ha sido una parte medular en la estrategia de la liquidación de pemex por su carácter perverso (manipulador). Este reitera a la “nación” como la propietaria de los recursos y la destinataria de las bondades de las políticas cuando, en realidad, lo que se ha perdido con la re es el “Interés Nacional” como objetivo nacional. De igual forma se exhibe como logro el haber desmantelado “un monopolio” cuando en realidad la situación jurídica de pemex, antes de la re, correspondía al de una empresa 78. Sólo por dar evidencia de las declaraciones que pueden ser utilizadas para evaluar a la RE: 19 en junio de 2012, EPN prometió que no se incrementarían los precios de los combustibles; 2) en enero 2015 de igual forma aseguró que no se incrementarían; 3) en septiembre de 2015 se aseguró que gracias a la reforma fiscal no se incrementarían los precios; 4) en enero 2016 EPN afirmó que bajaría el precio de la gasolina y 5) en febrero de 2016 EPN dijo que se adelantaría la apertura del mercado nacional de combustibles para “ofrecer mejores precios”. Desde entonces se han incrementado un 20% respecto al aumento inflacionario.
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pública cuyo objetivo era social y de seguridad energética, que hoy se juzga bajo una óptica de empresa privada y una estructura de mercado en donde el monopolio puede en efecto abusar de su posición. Más aún, antes de la re la constitución dejaba claro que no constituía un monopolio debido a su carácter estratégico: Art 28: “no constituirán monopolios las actividades que el Estado ejerza de manera exclusiva en las siguientes áreas: …petróleo y los demás hidrocarburos, petroquímica básica y generación de energía nuclear y electricidad. Esto era debido a su carácter estratégico que implicaba exclusividad del Estado en la planeación, administración., explotación y control de los recursos…” 79 Es por ello que uso del término no sólo es incorrecto sino manipulador por pretender haber superado una situación anómala del pasado. Por esa misma razón no se puede juzgar a una epe bajo criterios distintos al de una empresa privada, por tanto los cuestionamientos los hacemos a un discurso político (epn) que ha hecho reiteradas promesas que están lejos de la realidad. Por ejemplo, la promesa de la generación de empleos no sólo no se ha cumplido sino que lo que ha ocurrido es un despido masivo por parte de la petrolera. Si bien esto no es nuevo, en 2016 se anunció 79. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, México, Barrera Editores, agosto, 2012, p.33
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un recorte de 10,000 trabajadores de pemex que ya constituye un total de 18, 835 personas (datos al 21 de agosto, 2016)80. Otro argumento en favor de la re se refiere a los precios de los combustibles que en la realidad han devenido en alzas: de las gasolinas81 y de las tarifas eléctricas. Sobre estas últimas se afirmaba que estas dejarán de estar “subsidiadas”82, para cerrar supuestas brechas entre costos de producción y precios. En realidad, tanto
pemex como cfe se han caracterizado históricamente por costos de producción menores a los de otras empresas internacionales. La verdadera brecha está entre el alto costo del gas de eua (shale gas) y sus precios en los mercados de referencia como Henry Hub y Houston Ship Channel, datos importantes para México porque el gas importado se convierte en el principal combustible para la 80. Rodríguez, Israel, “Baja actividad de PEMEX afecta el empleo en estados petroleros”, La Jornada, 20 de agosto, 2016. Disponible en: http://www.jornada.unam.mx/2016/08/20/economia/023n1eco (fecha de consulta 22 de agosto, 2016). 81. Muñiz, Erick, “SENER: subieron los costos de gasolina y electricidad”, La Jornada ,7 de jlio 2016, p.21. Disponible en: http://www.jornada.unam.mx/2016/07/07/economia/021n3eco (fecha de consulta 9 de julio, 2016). 82. González Amador, Roberto, “AIE: Gobierno mexicano busca eliminar subsidios a la electricidad”, La Jornada, 6 de julio, 2016, p.18. Disponible en: http://www.jornada.unam.mx/2016/07/06/economia/018n1eco (fecha de consulta 9 de julio, 2016).
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generación de la electricidad, lo cual promete volatilidad y por tanto riesgos para la seguridad energética. Con la re México pierde la posibilidad de establecer precios nacionales en la medida en que su base es y serán cada vez más, los referentes internacionales. Eso es la liberalización, lo cual no necesariamente se traduciría en bajas en los precios, como el discurso oficial lo presentó. Por ello esta brecha con la realidad, sí es atribuible a la re. El desmantelamiento de pemex se ha convertido en un proceso continuo a través de la venta de activos, justificada por no ser estos “estratégicos”, en donde se busca obtener liquidez a corto plazo.83 El verdadero objetivo es la apropiación extranjera del patrimonio nacional (infraestructura, otros activos y reservas petroleras) tanto por parte de extranjeros como de personeros nacionales en claro conflicto de intereses. Destaca a nivel internacional la venta de infraestructura estratégica a las principales corporaciones financieras internacionales como Black Rock y First Reserve84, también involucradas en los 83. Miranda, Juan Carlos, “Confirma Titular de Energía la venta de activos de PEMEX a First Reserve, La Jornada, 24 de junio, 2016, p. 23. Disponible en: http://www.jornada. unam.mx/2016/06/24/economia/023n2eco#texto (fecha de consulta 5 de julio, 2016). 84. Black Rock adquirió un fondo de inversión mexicano. Firmó con PEMEX un acuerdo para financiar infraestructura y tomó el control de la compañía mexicana Tag Pipelines Sur. Black Rock y First Reserve adquirieron el 45% de dos oleoductos en construcción para PEMEX por 900 millones de dólares, infraestructura que forma parte del gasoducto de los
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contratos petroleros y, por tanto, con las reservas petroleras. En la medida que estas reservas pueden ser usadas para procesos de financiarización de los corporativos el riesgo para México es caminar a un esquema semejante al de los Fondos Buitre. Al haberse otorgado a los inversionistas el derecho a reflejar en su contabilidad y estados financieros los contratos y beneficios esperados, se está propiciando que éstos sean bursatilizados en mercados financieros, que el papel crediticio derivado de este movimiento sea adquirido por los fondos buitres y, que cualquier contingencia que afecte el pago de los pasivos correspondientes sea objeto de reclamaciones internacionales. El peligro de la especulación financiera con México es real.85 La transferencia de la renta petrolera al sector privado ocurre en paralelo al desmantelamiento y liquidación de pemex, por la vía fiscal. Los defensores de la re y la emisión de las leyes secundarias proclamaron que: Ramones. En este negocio está involucrado el Ex presidente Carlos Salinas de Gortari, el actual Director de PEMEX y con certeza otros grupos mexicanos involucrados en finanzas. Un gran negocio de infraestructura para la importación del shale gas de EUA. Otro rasgo del involucramiento de las empresas financieras en PEMEX es la reciente designación de un ex directivo de Black Rock como nuevo director de Petróleos Mexicanos Internacionales (PMI). Ver: Jiménez Espriú, Javier, “¿De qué se trata?”, La Jornada, 1 de julio de 2016. Disponible en: http://www.jornada.unam.mx/2016/07/01/opinion/017a1pol#texto (fecha de consulta 5 de julio, 2016). 85. Jiménez, Raúl, “Mano dura o nos comen vivos. Advertencias contra la Reforma Energética”, Revista Siempre, 9 de agosto, 2014.
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“toda vez que derivado de la Reforma Constitucional en materia energética, Petróleos Mexicanos cambia de naturaleza jurídica de organismo descentralizado a empresa productiva del Estado, por lo que se pretende que esté en un plano de igualdad ante sus competidores”, objetivo que está lejos de la realidad. Si hubiera sido así se habría dado a pemex un tratamiento fiscal general, como el que se da a las empresas privadas, en vez de hacerlo objeto de una extracción de recursos, como la que ocurre a través del régimen de “asignaciones”, establecido en la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos, en el que abiertamente pemex tiene un régimen fiscal desventajoso, ya sea como asignatario o como contratista: Cabe señalar que la Ley de ingresos sobre Hidrocarburos generó todo un régimen fiscal extraordinario para pemex, que de manera consistente terminará por ahogarla fiscal y financieramente. Esta crea un régimen de excepción para pemex en el caso de las contraprestaciones derivadas de los contratos (artículos 11 a 25
lish)86. Es una Ley que discrimina a pemex, determinando sólo a 86. Desde el planteamiento en el Cuarto Transitorio de la reforma constitucional en materia energética, se señaló que “el Congreso de la Unión realizará las adecuaciones que resulten necesarias al marco jurídico, a fin de hacer efectivas las disposiciones del presente Decreto, entre ellas, las modalidades de las contraprestaciones que pagará el Estado a sus empresas productivas (cuando pasen al esquema de contratos) o a los particulares por virtud de las actividades de exploración y extracción del petróleo y de los demás hidrocarburos que hagan por cuenta de la Nación”. Las contraprestaciones son definidas desde la Exposición de Motivos de la Iniciativa
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las asignaciones la figura de contribuciones (art. 39 a 53 lish), pero el modelo busca que migre a contratos, por lo que en el mediano plazo, la mayoría de los ingresos sobre hidrocarburos tendrán la naturaleza privada de contraprestaciones. En contraste, el régimen extraordinario y preferencial para los contratos con privados permanece aún y cuando pemex migre a esta figura (arts. 9 y 14). Si pemex migra hacia el esquema de contratos de licencia o de utilidad compartida, la shcp cuidará “que los ingresos a través del tiempo para el Estado no sean inferiores a los que se hubieran obtenido bajo la Asignación original”, por lo que los contratos seguirán siendo extractivos para pemex, pues debe aportar los mismos ingresos que si siguiera bajo el régimen de asignaciones. A pesar de incorporarlo a la “competencia” la estrategia para pemex es su desaparición. Con la aplicación del nuevo régimen fiscal, por asignaciones para presidencial como ingresos de derecho privado. Aclara que aún y cuando se menciona “régimen fiscal” en los contratos de exploración y explotación, no implica un esquema tributario (de derecho público y actos de autoridad), sino que los términos fiscales para los contratos a los que se refiere la Ley que se propone, no tienen la naturaleza de contribuciones, sino de contraprestaciones contractuales (de derecho privado) con mecanismos para su determinación. Aclara que “en el medio petrolero se conoce como ‘régimen fiscal’ a la regulación y a los términos que se establecen en los contratos –sujeto al acuerdo de voluntades de las partes– sobre las prestaciones que obtendrá el Estado derivado de las actividades de exploración y extracción de hidrocarburos”. Disponible en: http://www. pemex.com/acerca/plan-de-negocios/Documents/plannegocios-pmx_2017-2021.pdf
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pemex, y por contratos para los privados, la carga tributaria resulta en detrimento para la “empresa productiva del Estado”. La carga tributaria que tenía pemex antes de la re mediante la aplicación de 9 distintos derechos ascendía a alrededor del 71% de sus ingresos, bajo el nuevo régimen que “sólo” considera 3 derechos y el impuesto por la actividad petrolera, la carga tributaría significa el 65% de sus ingresos. Además, pemex sigue estando sujeta a la Ley de Ingresos de la Federación, en donde se le obliga al pago por adelantado de sus contribuciones mensuales lo que merma su flujo de efectivo al quedar cautivo de dichos cobros por adelantado, independientemente de su balance fiscal mensual establecido en el artículo 39 de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos. En contraste, el régimen fiscal preferente a los contratistas privados les permitirá pagar un rango de impuestos que va del 18 al 24% de sus ingresos, sin considerar las “facilidades” que se les darán en el paquete fiscal a partir de 2017, mediante la redefinición del mecanismo de ajuste para determinar los pagos por los contratos. Más allá de las tasas y mecanismos inequitativos establecidos en la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos, de los que hemos dado cuenta,
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en los instrumentos jurídicos relativos al manejo fiscal, se realizan ajustes que ahondan esta inequidad. El último, en el paquete fiscal para el ejercicio 2017, incluyó una reforma al artículo 17 de la Ley de ingresos de la Federación que inhabilita a cualquier empresa productiva del Estado (pemex, cfe) a acceder a todo tipo de tratamiento fiscal especial. Este es uno de los elementos garantes de la desnacionalización de los recursos naturales del país y constituye jurídicamente, el cerrojo para impedir que pemex pueda tener tratamientos fiscales similares a las empresas petroleras privadas transnacionales a quienes se está transfiriendo la renta de su explotación. La sangría de recursos ha sido incluso documentada por la calificadora Fitch Ratings, quien en un análisis reciente concluye que la carga fiscal de pemex la hará inviable87 . La evidencia más reciente de este proceso de desmantelamiento y privatización de pemex está en el Plan de Negocios de pemex 2016-2021, presentado el 4 de noviembre de 201688, momento 87.http://www.elfinanciero.com.mx/economia/pemex-se-endeudaria-siempre-si-elgobierno-mantiene-condiciones-fiscales-fitch.html 88. Petróleos Mexicanos, Plan de Negocios de PEMEX 2016-2021, Disponible en: http://www.pemex.com/acerca/plan-de-negocios/Documents/plannegociospmx_2016-2021.pdf (fecha de consulta 7 de noviembre de 2016)
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en que se anuncia la reducción de sus gastos de inversión. En la presentación del Plan de Negocios, José Antonio González Anaya, director de pemex, señaló: “replantear inversiones sin comprometer la producción futura a través de las herramientas de la reforma energética, por un monto de 65 mil millones de pesos…ya se recortó la inversión (pública) en aguas profundas por 13 mil millones de pesos para el 2016. Hoy ese proyecto es el farm out89 de Trión que se licitará el 5 de diciembre”. También están en proceso los farm outs de Ayin-Batsil en aguas someras, y Cárdenas-Mora y Ogarrio en campos terrestres que se licitarán en la Ronda 2.1 y 2.2 en abril próximo.90 También hay modificación de las inversiones en la reconfiguración de refinerías que ahora se llevarán a cabo a través de asociaciones estratégicas (ejemplo: coquizadora de Tula, proyecto que se está replanteando a través de un contrato de compra de servicios en el 2017). Las asociaciones estratégicas son otra forma de quitar el control a 89. Farmout es la asignación de una parte o la totalidad de petróleo, el gas natural o el interés de minerales a un tercero. El interés puede estar en cualquier modo reconocido de forma, tales como bloques de exploración o perforación. El tercero, llamado el “farmee,” paga el farmor una suma de dinero por adelantado por el interés y también se compromete a gastar dinero para llevar a cabo una actividad específica relacionada con el interés, tales como bloques de funcionamiento de exploración de petróleo, los gastos de financiación, pruebas o perforación. Los ingresos generados por las actividades de la farmee será en parte, para la farmor y en parte ir a la farmee en porcentajes determinados en el acuerdo. 90.http://www.proceso.com.mx/461285/plan-negocios-deja-en-manos-privadas-eventualexito-pemex
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pemex para transferirlo gradualmente a las corporaciones privadas haciendo participar a pemex como socio para que se pueda monetizar (convertir un activo en dinero) como socio (minoritario). Una vez en asociación, se le quita el papel de operador para luego desaparecerla por completo. En conclusión, se camina hacia la muerte inducida para pemex decidida por el gobierno mexicano en favor de corporativos trasnacionales, con clara orientación financiera, con la colaboración de las élites políticas y económicas nacionales91.
91. Jalife-Rahme, Alfredo, Muerte de PEMEX y Suicidio de México, México, Editorial Orfila, 2014.
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III
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La tesis que pretendemos probar es que hay una utilización y apropiación del territorio mexicano que sirve a los objetivos geoestratégicos de eua en la medida en que su control le permitirá aumentar su competitividad internacional frente a potencias rivales como China, Unión Europea y Rusia, al tiempo que la utilización de este espacio geográfico le servirá de plataforma de exportación a los mercados asiáticos (tpp y ttip). Esta apropiación territorial constituiría la continuación del proyecto histórico de integración que se avanza como “Norteamérica”, cuya fase actual corresponde, precisamente, a la apropiación, ocupación y extensión del espacio territorial de corporaciones, de eua, a territorio mexicano. Lo que está ocurriendo en México es parte de un proyecto
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geopolítico92 que se apropia en nuestro territorio, en la medida en que a través de la re las corporaciones han logrado el acceso a los recursos mineros, a otros los bienes comunes y, con ello, al control del territorio mexicano mismo. Por la re éste se transforma (de jure y de facto), se vuelve el objeto de la apropiación privada extranjera incluso a través de expropiaciones y despojo a comunidades y pueblos originarios consagrados en nuestra ley. La re asegura el contexto para la apropiación de territorios y recursos mexicanos imponiendo el proyecto neoliberal existente al hacerlo con derechos que se pretenden absolutos sobre actividades, recursos y nuevos espacios territoriales.93 Así las tierras de los pueblos indígenas, campesinos y sus recursos se convierten en dinero en las bolsas de valores internacionales, indicativo del involucramiento (directo o indirecto) del sector financiero en el acaparamiento de territorios y terrenos. Las empresas financieras que van a comprar muchos de estos terrenos ya están en México y su nombre es Black Rock en 92. La geopolítica tiene que ver con el vínculo entre geografía y política y, la nueva geopolítica básicamente con las estrategias de apropiación de ganar acceso a recursos naturales, en este caso con el acceso a las reservas petroleras , control y dominio de territorios. Es interesante que en el derecho estadounidense el término “acceso” se traduce como “servidumbre legal”. 93. Gutiérrez Rivas, Rodrigo, “Derechos Fundamentales, de los Pueblos y de las Comunidades Indígenas en la Reforma Energética”, en Cárdenas Gracia, Jaime (Coordinador), Reforma Energética. Análisis y Consecuencias, México, Tirant Lo Blanch, 2015, p. 392.
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colaboración con la firma consultora ihs-cera (Cambridge Energy Research), cuyo vicepresidente es el ex embajador en México Carlos Pascual y su presidente el especialista e ideólogo de la seguridad energética de eua, Daniel Yerguin. Con la Reforma de epn se ha establecido en México la fase de “ocupación” de un modelo neoliberal extractivo, por lo que el discurso de libre mercado y los poderes trasnacionales ya no tienen los límites otrora establecidos por el Estado quien han enajenado el poder para imponer restricciones a estos grupos de interés que cuentan con la capacidad de hacerse del territorio nacional.94 Entramos a una etapa de lucha territorial entre el gran capital (extranjero y nacional) apoyados por la ley y la fuerza del Estado, en contra de las comunidades, los pueblos indígenas95 y sus líderes sociales quienes intentan defenderse.96 La propiedad ejidal o comunal es de gran importancia territorial ya que representa alrededor del 51% del territorio nacional lo que significa más de 100 millones de hectáreas y, más de 4000 ejidos 94. Gutiérrez Rivas, Op Cit., p. 395. 95. Ejemplo de esto lo dan ya muchos municipios que han cedido el control de las aguas municipales a empresas trasnacionales, Gutiérrez Rivas, Op. Cit.p.397. 96. Existen proyectos de resistencia contrahegemónicos y autonómicos.
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cuyo potencial, tan solo en materia petrolera, está estimado en 600 MMb de petróleo, de acuerdo con la Secretaría de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano (sedatu). Para la exploración y explotación de petróleo ya se han otorgado las primeras 25 licitaciones, derivadas de la reforma energética, que afectarían a 83 ejidos de cinco estados (Nuevo León, Tamaulipas, Chiapas, Tabasco y Veracruz).97 Las licitaciones otorgadas en la ronda 1.3 tienen cuantiosas reservas de petróleo y gas98 y se otorgaron bajo la modalidad de contratos de licencia (concesiones). De igual forma el papel de México en el proyecto del gas de eua tendrá implicaciones territoriales. Una de ellas en el corto y mediano plazo, será a partir del uso del territorio para transportar el gas procedente de Texas, a los mercados asiáticos a través del Istmo de Tehuantepec. La infraestructura ya ha sido anunciada con el proyecto 97. Gutiérrez Rivas, Rodrigo, “Derechos Fundamentales, de los Pueblos y de las Comunidades Indígenas en la Reforma Energética”, en Cárdenas Gracia, Jaime (Coordinador), Reforma Energética. Análisis y Consecuencias, México, Tirant Lo Blanch2015, p.16; ver: Pérez U. Matilde, “SEDATU primeros contratos para explotación de crudo afectan 83 ejidos de cinco estados”, La Jornada, 12 de enero, 2016, p. 16. Disponible en: http://www.jornada. unam.mx/2016/01/12/politica/016n1pol (fecha de consulta 5 de julio, 2016). 98. Las reservas en estas áreas: 1) 798 MMpc de gas en 8 campos ubicados en la Cuenca de Burgos, Nuevo León y Tamaulipas; 2) 183 MMb de petróleo y 64 MMpc de gas en 5 campos al Sur de Tamaulipas y Norte de Veracruz; 3) 1 624 MMb y 2 599 MMpc de gas en 12 campos al sur de Veracruz y Norte de Chiapas.
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del “gasoducto transoceánico”99: el corredor industrial interoceánico en el Istmo de Tehuantepec (que conectará al Pacífico con el Golfo de México). Los dos gasoductos serán construidos en el Cinturón Transoceánico Gas Natural y, el pmi Cinturón Transoceánico Gas L.P, programados para entrar en funcionamiento en el 2018. El grupo pmi (ya controlado por Black Rock) operará el sistema de transporte de ductos que irá de la Costa del Golfo de México hasta el océano Pacífico a través del Istmo de Tehuantepec100. Estos llevarán gas natural al mercado asiático. Además están las redes de gasoductos. El 80% de las importaciones mexicanas de gas natural proviene de eua; 60% de las cuales son de origen texano. Hay gran interés en construir y ampliar la red de gasoductos porque las empresas importadoras son al mismo tiempo las propietarias de los ductos. Lo que se construya será de estadounidenses por lo que la capacidad de abasto y control de ductos estará en manos de empresas extranjeras. Incluso, los 99. Manso, Diana, “Indígenas del Istmo Exigen Consulta para dos gasoductos”, La Jornada, 13 de febrero 2016, p. 28. Disponible en: http://www.jornada.unam.mx/2016/02/13/ estados/028n1est (fecha de consulta 17 de febrero, 2016). 100. Otro rasgo del involucramiento de las empresas financieras en PEMEX es la reciente designación del directivo de Black Rock Isaac Volin Bolok Portnoy como nuevo director de Petróleos Mexicanos Internacionales (PMI). http://www.elfinanciero.com.mx/economia/ director-de-blackrock-mexico-llegara-a-pemex.html
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construidos al interior del país son considerados parte del proyecto de integración de América del Norte. En este se despoja a pemex de su infraestructura estratégica: “la decisión de México” de construir gasoductos constituyen las oportunidades para los negocios de eua en México quienes operarán líneas integradas de producción y plataformas para exportar al resto del mundo.101 La infraestructura de ductos y la industria misma del gas natural, es una de las actividades más rentables a nivel nacional, misma que se ha cedido en su totalidad a las empresas privadas y trasnacionales. Esta “cesión” constituye la pérdida total de soberanía para México, además de caber en los objetivos de seguridad de eua, en la medida en que la infraestructura crítica forma parte de los objetivos del hls. La frontera norte de México, incluyendo Tamaulipas, es también un proyecto para la explotación del gas de lutitas en el 2020, la generación de electricidad a partir de energías renovables y la interconexión eléctrica transfronteriza, está también entre los más 101. Desde el punto de vista de la seguridad energética hay riesgos en la medida en que se depende de un combustible importado (las importaciones son parte del índice de vulnerabilidad), generando una dependencia para el sector eléctrico, por lo que podría ponerse en riesgo el sistema mismo. Si su precio ahora es bajo, nada asegura que no pueda variar al alza en el futuro, sobre todo cuando hay una disparidad entre el precio de mercado y el costo de producción que es más alto. A fin de incentivar su producción futura el precio tendría que subir.
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importantes.
La Legislación derivada de la re que da derecho a la ocupación temporal del territorio: La Ley de Hidrocarburos, La Ley Minera, La Ley de la Industria Eléctrica y la Ley de Energía Geotérmica En razón de la preminencia que otorga la re a los proyectos de energía a los que coloca por encima de cualquier otra actividad o interés, específicamente en la Ley de Hidrocarburos, dichos contratos podrían llevar a la imposición del interés trasnacional en las negociaciones. Desde la reforma constitucional y las leyes secundarias en materia energética, se han creado estos regímenes extraordinarios que privilegian la ocupación del territorio nacional, mediante las siguientes particularidades legales: En primer lugar, hay un régimen extraordinario a la propiedad de la Nación en el tema de los hidrocarburos, porque si bien el artículo 27 párrafo cuarto menciona ampliamente lo que corresponde a la jurisdicción y soberanía nacional (suelo, subsuelo, espacio aéreo, mar territorial, islas, cayos y arrecifes), sólo para el caso de los hidrocarburos la soberanía aplica mientras estén en el subsuelo.
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De manera paralela, se otorga un régimen preferente a la actividad económica en materia energética para asegurar su rentabilidad y seguridad jurídica al capital privado y trasnacional, por encima de las comunidades indígenas, así como de las demás actividades económicas. Esto permitirá justificar las expropiaciones “por causa de utilidad pública”, como se puede identificar en las leyes secundarias de la reforma energética:
Ley de Hidrocarburos. Esta Ley prevé que los particulares podrán obtener contratos y permisos para la exploración y explotación de los hidrocarburos, con base en el nuevo régimen constitucional de los bienes de dominio público de la Nación, específicamente de los hidrocarburos. Dichos contratos podrían llevar a la imposición del interés trasnacional en las negociaciones. Se otorga un régimen preferente a la actividad económica en materia energética para asegurar su rentabilidad y seguridad jurídica al capital privado y trasnacional, por encima de las comunidades indígenas, así como de las demás actividades económicas. Esto permitirá justificar
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las expropiaciones “por causa de utilidad pública”, como se puede identificar en las leyes secundarias de la reforma energética: En el artículo 58 se consideran de utilidad pública, las actividades y servicios amparados por un permiso. Con ello, procederá la ocupación temporal de los bienes, derechos e instalaciones necesarios para la prestación del servicio o su adecuada operación, en los supuestos previstos en la Ley de Expropiación, o cuando el Permisionario incumpla sus obligaciones por causas no imputables a éste, como pueden ser guerras, desastres naturales, una grave alteración del orden público o cuando se prevea un peligro inminente para la seguridad nacional, la seguridad energética o para la economía nacional. “Artículo 58.- Se consideran de utilidad pública, las actividades y servicios amparados por un permiso. Procederá la ocupación temporal de los bienes, derechos e instalaciones necesarias para la prestación del servicio o su adecuada operación, en los supuestos previstos en la Ley de Expropiación, o cuando el Permisionario incumpla sus obligaciones por causas no imputables a éste, como pueden ser guerra, desastre natural, la grave alteración del orden público o cuando se prevea un peligro inminente para la seguridad nacional, la seguridad energética o para la economía nacional. La autoridad que lo haya expedido integrará y tramitará el expediente de ocupación temporal de los bienes, derechos e instalaciones necesarias para la prestación del servicio u 119
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operación, a fin de garantizar los intereses de los usuarios finales y consumidores, quedando a salvo los derechos de los terceros…” Esta ocupación temporal se justifica en el artículo 96 señala que la industria de Hidrocarburos es de utilidad pública por lo que procederá la constitución de servidumbres, la ocupación o afectación superficial, o la expropiación de los terrenos necesarios para la realización de las actividades de la industria de Hidrocarburos, conforme a la Ley de Expropiación y demás disposiciones aplicables en los casos en los que la Nación lo requiera. A su vez, las actividades de Exploración y Extracción se consideran de interés social y orden público, por lo que tendrán preferencia sobre cualquier otra que implique el aprovechamiento de la superficie o del subsuelo de los terrenos afectos a aquéllas. “Artículo 96.- La industria de Hidrocarburos a que se refiere esta Ley es de utilidad pública. Procederá la constitución de servidumbres, la ocupación o afectación superficial, o la expropiación de los terrenos necesarios para la realización de las actividades de la industria de Hidrocarburos, conforme a la Ley de Expropiación y demás disposiciones aplicables en los casos en los que la Nación lo requiera. Las actividades de Exploración y Extracción se consideran de interés social y orden público, por lo que tendrán preferencia sobre cualquier otra que implique el 120
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aprovechamiento de la superficie o del subsuelo de los terrenos afectos a aquéllas. La Federación, los gobiernos de los Estados y el Distrito Federal, de los municipios y de las delegaciones, contribuirán al desarrollo de proyectos de Exploración y Extracción, así como de Transporte y Distribución por ductos y de Almacenamiento, mediante procedimientos y bases de coordinación que agilicen y garanticen el otorgamiento de los permisos y autorizaciones en el ámbito de su competencia.” El uso y ocupación superficial se garantiza a través de un proceso privado entre las partes, conforme se establece en el artículo 100 de la Ley de Hidrocarburos: “Artículo 100.- La contraprestación, los términos y las condiciones para el uso, goce o afectación de los terrenos, bienes o derechos necesarios para realizar las actividades de Exploración y Extracción de Hidrocarburos serán negociados y acordados entre los propietarios o titulares de dichos terrenos, bienes o derechos, incluyendo derechos reales, ejidales o comunales, y los Asignatarios o Contratistas. Tratándose de propiedad privada, además podrá convenirse la adquisición.” Los artículos 101 a 105 de la Ley de Hidrocarburos señalan que el contratista debe notificar por escrito al dueño del terreno para ocuparlo. Dicha notificación debe acompañarse de un tabulador que estima el valor promedio de la tierra para su uso, ocupación o adquisición. El contratista deberá informar a sedatu y a la sener 121
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del inicio de las negociaciones. Si después de 180 días no hay acuerdo el inversionista puede solicitar la constitución de la servidumbre legal. La indemnización puede ser monetaria o en especie como la construcción de obras como hospitales, escuelas u otros para la comunidad. Se contempla la posibilidad de desavenencias, mismas que se “resolverían” a través de la figura de “servidumbre legal” con la que se pretendería resolverlas. “Artículo 108.- Si dentro de los treinta días naturales contados a partir de la sugerencia de contraprestación a que se refiere la fracción II del artículo anterior, las partes no alcanzaren un acuerdo, la Secretaría de Energía podrá solicitar a la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano que dé trámite ante el Ejecutivo Federal para la constitución de una servidumbre legal de hidrocarburos por vía administrativa. Artículo 109.- La servidumbre legal de hidrocarburos comprenderá el derecho de tránsito de personas; el de transporte, conducción y almacenamiento de materiales para la construcción, vehículos, maquinaria y bienes de todo tipo; el de construcción, instalación o mantenimiento de la infraestructura o realización de obras y trabajos necesarios para el adecuado desarrollo y vigilancia de las actividades amparadas por virtud de un Contrato o Asignación, así como todos aquéllos que sean necesarios para tal fin. En todo caso, la servidumbre legal de hidrocarburos no podrá exceder el plazo del Contrato o Asignación respectivo. Las servidumbres legales de hidrocarburos se decretarán 122
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a favor del Asignatario o Contratista y se regirán por las disposiciones del derecho común federal y las controversias relacionadas con las mismas, cualquiera que sea su naturaleza, serán competencia de los tribunales federales. Las servidumbres legales de hidrocarburos se podrán decretar por vía jurisdiccional o administrativa, en términos de esta Ley y las demás disposiciones aplicables”. El despojo es evidente, porque si las negociaciones fallan, la ocupación a favor del contratista, asignatario o permisionario siempre prevalecerá por encima del derecho de las comunidades a negarse a la ocupación de sus tierras. Por tanto, se violentan los derechos humanos de las comunidades para afectar bajo este principio los derechos de propiedad y a ser consultados previamente, en beneficio de la propiedad privada de los contratistas, contrario a diversos Convenios y Acuerdos Internacionales que México ha suscrito al respecto. Hasta el momento la violación legal de lo anterior es que no se ha consultado a los pueblos originarios, comunidades, ni al Congreso ni a nadie sobre los territorios que estos proyectos van a atravesar, situación que ya ha sido objeto de recomendaciones de la cndh, que se analizará más adelante. De manera integral en el paquete de leyes secundarias a la reforma 123
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constitucional energética, las reformas al artículo 6 de la Ley Minera, se le quita a ésta su naturaleza de “utilidad pública”, y su calidad de “preferente” quedando por encima de ésta la extracción del petróleo y de los demás hidrocarburos. “Artículo 6.- La exploración, explotación y beneficio de los minerales o sustancias a que se refiere esta Ley son de utilidad pública, serán preferentes sobre cualquier otro uso o aprovechamiento del terreno, con sujeción a las condiciones que establece la misma, y únicamente por ley de carácter federal podrán establecerse contribuciones que graven estas actividades.” Esta medida busca permitir que bajo las concesiones mineras, se pueda explotar directamente este hidrocarburo, mediante adjudicación directa del contrato, en los términos de la Ley de Hidrocarburos.
Ley de la Industria Eléctrica El mismo modelo de ocupación temporal establecido en la Ley de Hidrocarburos se extiende para la industria eléctrica. El artículo 71 de esta Ley considera de utilidad pública la ocupación o afectación superficial de inmuebles, predios, terrenos, bienes y derechos necesarios para el desarrollo de las actividades de la industria eléctrica. “Artículo 71.- La industria eléctrica se considera de utilidad pública. Procederá la ocupación o afectación superficial o 124
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la constitución de servidumbres necesarias para prestar el Servicio Público de Transmisión y Distribución de Energía Eléctrica, y para la construcción de plantas de generación de energía eléctrica en aquellos casos en que, por las características del proyecto, se requiera de una ubicación específica, conforme a las disposiciones aplicables. Las actividades de transmisión y distribución de energía eléctrica se consideran de interés social y orden público, por lo que tendrán preferencia sobre cualquier otra que implique el aprovechamiento de la superficie o del subsuelo de los terrenos afectos a aquéllas…” De la misma manera que en materia de hidrocarburos, la representación de los intereses de las comunidades rurales queda en manos de la Procuraduría Agraria, con la presión hacia los poseedores de terrenos quienes ahora estarán en desventaja jurídica. Inclusive, los concesionarios mineros estarán bajo los intereses de los concesionarios en materia de hidrocarburos y eléctrica: “Artículo 72.- Los concesionarios mineros, así como los titulares de asignaciones, permisos o contratos, no podrán oponerse al tendido de ductos, cables o a la instalación de cualquier otra infraestructura para la transmisión y distribución de energía eléctrica en el área comprendida en la concesión, asignación, permiso o contrato de que se trate, siempre que sea técnicamente factible.” De la misma manera que en el caso de hidrocarburos, de no haber un acuerdo entre las partes, se constituirá una “servidumbre legal”: “Artículo 81.- Si dentro de los treinta días naturales, 125
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contados a partir de la sugerencia de contraprestación a que se refiere la fracción II del artículo anterior, las partes no alcanzaren un acuerdo, la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano podrá proponer al Ejecutivo Federal la constitución de una servidumbre legal por vía administrativa.” “Artículo 82.- La servidumbre legal comprenderá el derecho de tránsito de personas; el de transporte, conducción y almacenamiento de materiales para la construcción, vehículos, maquinaria y bienes de todo tipo; el de construcción, instalación o mantenimiento de la infraestructura o realización de obras y trabajos necesarios para el adecuado desarrollo, operación y vigilancia de las actividades a que se refiere el artículo 71 de esta Ley, así como todos aquéllos que sean necesarios para tal fin…” Así, el empresario cuenta con todas las posibilidades de poder expropiar a su favor.
Ley de Energía Geotérmica Igualmente a los anteriores rubros energéticos, en el artículo 4 de esta Ley se determina que las actividades de explotación geotérmica son de utilidad pública lo que significa que son preferentes sobre cualquier otro uso o aprovechamiento del subsuelo. “Artículo 4.- Las actividades a que se refiere la presente Ley son de utilidad pública, preferente sobre cualquier otro uso o aprovechamiento del subsuelo de los terrenos. Lo anterior, salvo que se trate de usos o aprovechamientos por actividades de la industria de los hidrocarburos.” 126
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Debido a ello procede la ocupación o afectación superficial, la limitación de los derechos de dominio, y la expropiación lo que requiere una previa declaración de utilidad pública. Cabe señalar que ante esta situación que la ocupación de empresas hacen de los territorios de las comunidades, ha llevado a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, (cndh) a que el pasado 12 de agosto de 2016 la cndh publicó en el Diario Oficial de la Federación la Recomendación 27/2016102, en la que insta tanto al Ejecutivo y Legislativo federal, así como a sus correspondientes en las entidades federativas, a legislar sobre el procedimiento específico para la consulta previa a los pueblos indígenas cuando se hagan obras de infraestructura en territorios que les pertenezcan. Esta recomendación se fundamenta en el hecho de que el artículo 1 de la Constitución establece que todas las autoridades tienen el deber de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. Con la reforma constitucional de 2001 sobre derechos y cultura indígena, se estableció la obligación 102. http://cndh.org.mx/sites/all/doc/Recomendaciones/generales/RecGral_027.pdf (Consultada el 30 de septiembre de 2016)
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de que se consulte a esos grupos originarios. Pero los esfuerzos por lograr su verdadera efectividad no han sido suficientes, pues las instituciones responsables de garantizar su cumplimiento desatienden el carácter previo de la consulta, especialmente en las entidades federativas. La consulta previa, libre e informada, es un derecho que, no obstante su reconocimiento en el marco del derecho internacional de los derechos humanos en el Convenio 169 de la oit, ha sido adoptado en forma gradual, y su implementación, ha sido incompleta en las entidades federativas. Se argumenta que la falta de un ordenamiento específico que regule adecuadamente el proceso de consulta, tiene diversas consecuencias, principalmente impide conocer de manera clara y precisa el contenido y alcance de los derechos de los pueblos indígenas sobre sus tierras, territorios y recursos naturales. Para la elaboración de la recomendación general se tomaron en cuenta las quejas recibidas, así como las recomendaciones 56/2012, 23/2015 y 43/2015, relacionadas con las violaciones al derecho a la consulta del pueblo indígena Wixárika, el de la soya genéticamente modificada y el proyecto Acueducto Independencia, en su defensa del
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área natural protegida y territorio sagrado, así como la construcción de la presa hidroeléctrica La Parota, en Guerrero, entre otros casos. De la revisión de los casos que ya han sido resueltos, y que son base para la presente Recomendación, se llegó a la conclusión de que el carácter previo de la consulta es constantemente vulnerado, toda vez que las obras de infraestructura, así como las concesiones y permisos para la explotación de recursos se otorgan sin el conocimiento de los pueblos indígenas, y cuando se hacen las consultas se dan en un contexto de violencia, amenazas, hostigamientos, represión, criminalización hacia los integrantes y representantes de las comunidades. Además, en los procesos de consulta que se han realizado, las autoridades han incurrido en omitir información sobre posibles riesgos ambientales y el impacto que conllevaría el desarrollo de los proyectos, e incluso han impulsado campañas de desinformación entre las comunidades, o las consultas se han formulado como un medio para legitimar una propuesta. Además, algunas de esas consultas se hicieron sin tomar en cuenta los usos y costumbres de los pueblos que serían afectados103. 103. La necesidad de esta regulación específica se hace urgente, ya que en conferencia de
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La Recomendación de la cndh adquiere importancia, ya que las quejas pueden empezar a incrementarse vertiginosamente, en virtud de las ya aprobadas e instrumentadas Leyes en materia de Hidrocarburos, de la Industria Eléctrica, Minera y el inicio de la implementación de la Ley de Zonas Económicas Especiales, que se desarrollarán específicamente en las zonas en las que hay la mayor concentración de pueblos indígenas originarios.
La Ley de Zonas Económicas Especiales A la par que las modificaciones al artículo 27 constitucional y del transitorio 8 de la re, en que se constituyó un parteaguas en las modificaciones al derecho de propiedad nacional a partir de la noción de “ocupación temporal”, de manera paralela se genera otro mecanismo legal que pueda justificar “expropiaciones” con la Ley Federal de Zonas Económicas Especiales (zee)104. Dicha Ley maneja prensa para presentar la recomendación general 27/2016, el titular de la CNDH señaló que entre 2009 y 2010 la CNDH sólo recibió cuatro quejas por violaciones al Convenio 169 de la oit, pero en los últimos dos años ha recibido 30 quejas relacionadas con la imposición de las “reformas estructurales”, debido a que se ha violado el derecho de los pueblos indígenas a una consulta previa; esto es, de 2014 a 2015 el número de denuncias recibidas aumentó a 12, y en lo que va de 2016 suman 18. Este crecimiento en el número de denuncias se debe a la proliferación de “proyectos que afectan y pueden afectar a los pueblos indígenas, pero no han sido consultados”. http://www.proceso.com.mx/450353/pide-cndh-legislar-consultasproyectos-a-pueblos-indigenas (Consultado el 30 de septiembre de 2016) 104. Bartlett-Díaz, Manuel, “Intervención en contra del Dictamen con el que se crean las
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el mismo modelo de la Ley de Hidrocarburos, que en el marco de la
re significa un replanteamiento al régimen de propiedad. La reforma constitucional de 2013 hizo que sólo la actividad de exploración y extracción quedara acotada constitucionalmente como actividad estratégica. Por eso, con ese pretexto, en la Ley de Hidrocarburos todas las actividades en la materia quedaron consideradas como prioritarias, por lo que ahora serán realizada por ya sea por el sector público, bajo la figura de asignatarios, o por privados, bajo la figura de contratistas, con el pretexto de generar mayor productividad y competitividad. Es importante señalar que el proyecto de las zee no es original del presidente Peña Nieto, pues viene gestándose desde círculos académicos de instituciones universitarias estadounidenses como Harvard, particularmente el Center for International Development dirigido por Ricardo Hausman105, y también ha sido promovida por Zonas Económicas Especiales”, Senado de la República, Coordinador de la Fracción del PT, Ciudad de México, 26 de abril. 2016. 105. En febrero de 2015, aún antes de anunciarse la Iniciativa de Ley de Zonas Económicas Especiales, se realizó una reunión de trabajo entre el gobernador Manuel Velasco Coello, el director general de Banobras, Abraham Zamora Torres y el director del Centro de Desarrollo Internacional de la Universidad de Harvard, Ricardo Hausmann en donde se acordó que estas dos últimas instituciones “asesorarán proyectos de desarrollo en la Frontera Sur, con la finalidad de elevar la competitividad de la nueva Zona Económica Especial de Puerto Chiapas”. Disponible en: http://www.oem.com.mx/laprensa/notas/n3698062.htm
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el Banco Mundial. No es un plan cortoplacista de Peña Nieto: la iniciativa se está gestando desde eua y es pensada para el largo plazo, en el marco de la reconversión comercial que el país norteamericano impulsa a nivel mundial. De hecho, el 29 de septiembre de 2015, día de la presentación de la Iniciativa de esta Ley, uno de los oradores principales del evento fue Gerardo Corrochano, Director para México y Colombia, Banco Mundial106. En el evento estaban presentes el presidente Enrique 106. Textualmente el discurso señala: “Es un gran honor para el Banco Mundial y para mí personalmente estar hoy con ustedes con motivo del lanzamiento de esta muy importante iniciativa. … En el caso específico de México, la estrategia del Banco Mundial enfoca parte de sus actividades en los estados del Sur-Sureste, en concreto en Oaxaca, Guerrero y Chiapas, entidades que tienen los niveles más altos de pobreza del país. Basados en la experiencia internacional, estamos convencidos que el instrumento clave para combatir la pobreza es el crecimiento centrado en la generación de buenos empleos y en la integración económica. … Por esta razón, durante este año hemos apoyado el intenso esfuerzo que los equipos de Banobras y de la Secretaría de Hacienda han realizado para el diseño de esta iniciativa y les hemos compartido la experiencia global y el conocimiento que tenemos acerca de los elementos que definen el éxito de las Zonas Económicas Especiales. No solo nos hemos enfocado en los casos exitosos, sino también en aquellos que no lo han sido. Es importante enfatizar que muchas Zonas Económicas Especiales en el mundo no han alcanzado los objetivos esperados en términos de atracción de inversión y de creación de empleo, y es precisamente en nuestro estudio de estos casos en donde más aprendemos. En los últimos meses organizamos diversos talleres con Banobras y con la Secretaría de Hacienda, así como un con grupo de Senadores de la República, con el objetivo de compartirles las lecciones que hemos aprendido a nivel internacional en esta materia. También llevamos a cabo múltiples reuniones y diálogos con expertos del Banco Mundial y con especialistas en Zonas Económicas Especiales, en las que destacamos la relevancia de introducir procesos administrativos rápidos y transparentes para los inversionistas, para garantizar la existencia de un ambiente de negocios que alcance y optimice las mejores prácticas a nivel mundial. Analizamos la importancia relativa de los incentivos fiscales y de la gran relevancia que tienen los incentivos “de valor agregado”, como los servicios que
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Peña Nieto; el gobernador de Chiapas, Manuel Velasco Coello; el secretario de Hacienda, Luis Videgaray Caso; y el Presidente del Consejo Coordinador Empresarial, Gerardo Gutiérrez Candiani. A pesar de que desde el dictamen de la Ley se asegura haber explorado las experiencias internacionales como bondadosas a las regiones que permitan mejorar la eficiencia de las empresas (por ejemplo, de logística, de tecnología, de conectividad, de mercadeo, de tratamiento de residuos, etc.). … Me gustaría resaltar tres puntos que en el Banco Mundial nos parecen especialmente importantes: Primero, las Zonas Económicas Especiales son un proyecto de mediano-a largo plazo. En línea con la Ley de Productividad aprobada este año, el éxito de este proyecto y la obtención de los resultados esperados residirán en la capacidad de coordinar varias acciones de política entre distintas dependencias y niveles de gobierno, por un periodo de tiempo sostenido. Este proyecto se debe enmarcar en una agenda de desarrollo de largo plazo y ser parte central del Programa Especial para la Productividad y la Competitividad. Segundo, estas zonas pueden servir como un laboratorio para experimentar con reformas profundas y programas innovadores cuya implementación inicial a nivel nacional sería muy difícil. Así lo han hecho países en donde las Zonas Económicas Especiales han tenido más éxito como es el caso de países Asiáticos como China, Malasia, y Corea del Sur, y en donde dichas zonas se han usado para implementar programas “piloto.” Una vez que se demuestra el resultado de estas reformas y programas en el marco de dichas zonas, es posible “exportarlas” al resto del país. Tercero, es importante aceptar y reconocer que estas zonas son un proyecto complejo y ambicioso a la vez, pero al mismo tiempo muy novedoso con respecto a los programas y a las políticas que se han implementado hasta ahora. Como tal, este tipo de proyectos implica que el gobierno tome ciertos riesgos que en el caso de México nosotros estamos muy convencidos se están asumiendo de manera calculada y a través de un cuidadoso y atento trabajo preparatorio que sienta las bases para maximizar las posibilidades de que la iniciativa tenga éxito. Concluyo con reiterarles la absoluta disposición del Banco Mundial para seguir acompañándolos en este esfuerzo que puede beneficiar a millones de mexicanos.” Disponible es:http://www.bancomundial.org/es/news/speech/2015/09/29/presentacionde-la-iniciativa-de-ley-federal-de-zonas-economicas-especiales-palabras-de-gerardocorrochano y http://www.gob.mx/presidencia/prensa/diversas-intervenciones-durantela-presentacion-de-la-iniciativa-de-ley-federal-de-zonas-economicas-especiales (Fecha de consulta: 18 de octubre de 2016).
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las han adoptado, la realidad demuestra lo contrario107. En México la iniciativa de las Zonas Económicas Especiales permitirán zonas francas en el sur-sureste del país con excepcionalidad arancelaria108. La Ley de zee es aprobada en abril de 2016 por pri, pan y prd, esta Ley fue presentada para su aprobación como “el gran instrumento para el desarrollo de las regiones pobres” que “generaría la infraestructura necesaria para superar barreras geográficas”. Sin embargo, en su análisis no se consideraron los argumentos en contra, en los que destacamos la pérdida de la rectoría del Estado en el desarrollo nacional, establecido constitucionalmente, y que se estaría dejando el paso abierto a la ocupación de territorio e infraestructura pública a la iniciativa privada y al capital extranjero.109 107. El propio Banco Mundial ha realizado estudios en que demuestra que no todos los casos de Zonas Económicas Especiales han sido exitosos, y depende de muchos factores, entre ellos, la naturaleza de la inversión y el control de la zona, ya sea público o privado. Consultar: Special Economic Zones Performance, Lessons Learned, and Implications for Zone Development, The World Bank Group April 2008. Disponible en: http://documents. worldbank.org/curated/en/343901468330977533/Special-economic-zone-performancelessons-learned-and-implication-for-zone-development (fecha de consulta: 18 de octubre de 2016). 108. Bartlett Díaz, Manuel, “Mexican Indian Company”, columna editorial del periódico El Universal, 21 de abril, 2016. Disponible en: http://www.eluniversal. com.mx/entrada-de-opinion/articulo/manuel-bartlett/nacion/2016/04/21/ mexican-indian-company 109. “En esta ley hay una trasmutación del régimen de propiedad. La propuesta de Ley Federal de Zonas Económicas Especiales maneja el mismo modelo de la Ley de Hidrocarburos, porque tiene el mismo origen: Banco Mundial, OCDE, un replanteamiento del régimen de propiedad.
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Con la misma se crean las figuras de asignaciones y los permisos para que los privados realicen la planeación del desarrollo: Bajo este modelo, la atribución constitucional del Estado mexicano de planeación (conforme al artículo 25), se transfiere a los privados de manera discrecional y anticonstitucional, e incluso por encima de las facultades estatales y municipales. Si en la Constitución que las áreas proiritarias “son aquellas en las que el estado actuará por sí, o con la participación del sector social o Lo que ahora será realizado ya el cambio de régimen de propiedad por el sector público bajo, la figura de asignatarios o por privados bajo la figura de contratistas que adquieren el derecho de hacerse de grandes territorios en estas zonas. Es un asunto de despojo, ahí está en los artículos respectivos, una posibilidad abierta de despojo para fines privados, para fortalecer a los inversionistas. Se crean las figuras de asignaciones y los permisos para que los privados realicen la planeación del desarrollo. En este concepto, son los privados los que van a recibir la facultad de impulsar el desarrollo y tomar decisiones de todo tipo, de todo tipo de gobierno, y se entrega a empresas privadas, que ya sabemos cuáles son: las grandes empresas trasnacionales que son las que están esperando ya este pastel. Quienes van a planear el desarrollo de todas estas zonas son privados, y los privados tienen un objetivo: el enriquecimiento personal, el mayor beneficio posible. Por eso ahí está la diferencia entre lo público y lo privado. Lo público es un compromiso social; lo privado es un derecho del enriquecimiento. La ausencia de un control público deja al privado que va a manejar estas grandes áreas, que pueden ser, según la propia Iniciativa, o un proyecto o un puerto, o un proyecto de desarrollo del Istmo de Tehuantepec, como aquí ya se dijo por algunos oaxaqueños. Hay una clara transmutación de lo público en privado, lo decíamos, tanto en la injerencia y actuación del Estado en dichas áreas como en el régimen jurídico que se aplicará para regularlas. Se abre la posibilidad de expropiar bienes en beneficio de los privados argumentando causas de utilidad pública bajo los principios de esta propuesta de ley se podrá expropiar inmuebles o terrenos; sin embargo, no queda del todo claro que no es de utilidad pública, la expropiación es por utilidad pública, aquí ya no, aquí se trastoca a la Constitución y las leyes porque es para la utilidad privada de los contratistas. No es cierto que haya una posibilidad de desarrollar a los pobres y a los indígenas, no se establece ningún compromiso de rentabilidad social con las comunidades de la zona”. Bartlett Díaz, Manuel, ibídem, pp.3-4.
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privado”, es decir, es optativa la participación de los particulares, en la la Ley respectiva, dice: “Artículo 1…. Dichas Zonas serán consideradas áreas prioritarias del desarrollo nacional y el Estado promoverá las condiciones e incentivos para que, con la participación del sector privado y social, se contribuya al desarrollo económico y social de las regiones en las que se ubiquen, a través de una política industrial sustentable con vertientes sectoriales y regionales.” Se crea un régimen especial, establecido desde la Exposición de Motivos de la Iniciativa , que establece que las zonas “deberán ubicarse entre las 10 entidades federativas de mayor pobreza”, sin embargo, “deberán establecerse en áreas geográficas estratégicas para el desarrollo de la actividad productiva, debido a la facilidad e integración con carreteras, aeropuertos, ferrocarriles, puertos o corredores interoceánicos con potencial de conectividad hacia otros mercados nacionales o internacionales”. Se define explícitamente en esta justificación “la construcción, administración, desarrollo y mantenimiento de Zonas Económicas Especiales se realizará por el sector privado o, en su caso, por el sector público” y se prevé que las Zonas podrán establecerse “en bienes inmuebles de propiedad privada o en inmuebles de dominio
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público de la Nación”110. El régimen especial queda evidenciado desde el artículo 1 de la ley, que en su tercer párrafo establece: “Artículo 1 Las personas físicas o morales que operen en las Zonas Económicas Especiales como Administradores Integrales o Inversionistas podrán recibir beneficios fiscales, aduanales y financieros, así como facilidades administrativas e infraestructura competitiva, entre otras condiciones especiales, en los términos de la presente Ley. Los beneficios e incentivos que se otorguen deberán fomentar la generación de empleos permanentes, el ascenso industrial, el crecimiento de la productividad del trabajo, e inversiones productivas que impulsen el desarrollo económico de la Zona y su Área de Influencia.” Las definiciones que se establecen en el artículo 2 permiten visualizar de inicio el modelo privatizador de estas zee: • La fracción I define al Administrador Integral como “la persona moral o entidad paraestatal que, con base en un Permiso o Asignación, funge como desarrollador-operador de la Zona y en tal carácter tiene a su cargo la construcción, desarrollo, administración y mantenimiento de la misma, incluyendo los 110. Iniciativa del Ejecutivo Federal, con proyecto de decreto por el que se expide la Ley Federal de Zonas Económicas Especiales y se adiciona el artículo 9 de la Ley General de Bienes Nacionales, p.p. 15-16. Disponible en: http://gaceta.diputados.gob.mx/ PDF/63/2015/sep/20150929-VIII.pdf
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Servicios Asociados o, en su caso, la tramitación de éstos ante las instancias correspondientes”. • La fracción X define al Inversionista como “la empresa de la Zona, nacional o extranjera, autorizada para realizar actividades económicas productivas en la Zona”. • La fracción XII define al Plan Maestro de la Zona como el “instrumento de planeación que prevé los elementos en materia de ordenamiento territorial y las características de las obras de infraestructura de transporte, de comunicaciones, de logística, energética, hidráulica y otras que se requieren ejecutar en el exterior de la Zona para la operación de la misma y, en su caso, otras obras que sean complemento a la infraestructura exterior”. • La fracción XV define a los Servicios Asociados como “los sistemas de urbanización, electricidad, agua potable, drenaje, tratamiento de aguas residuales, saneamiento, telecomunicaciones y seguridad, así como los demás que se presten a los Inversionistas en la Zona”. Con este antecedente, la Ley invierte la obligatoriedad del Estado en su rectoría, la cual ahora sería optativa. 138
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Con lo anterior, se elimina anticonstitucionalmente la facultad del Estado –establecida en el artículo 25-, de planear, el desarrollo nacional, que ahora se transfiere al Administrador Integral, quien elaborará el Plan Maestro de la Zona pasando por encima de las facultades estatales y municipales. Fas facultades y facilidades que el artículo 33 de esta Ley le dota al Administrador Integral le facilita no tener responsabilidades sociales ni ambientales con la población; y los permisos sólo le podrán ser revocados por razones técnicas, incumplimientos de inversión y, sin causales de responsabilidad social. El Administrador Integral podrá obtener las concesiones y derechos de Bienes del Dominio Públicos de la Federación y servicios públicos necesarios; tendrá derecho de obtener fondos, créditos, garantías y otros recursos financieros en el extranjero, endeudando los bienes que constituyan la Zona, sin señalar garantías. Queda claro que la expropiación no es de utlidad pública, sino en provecho de los negocios de los permisionarios privados. bajo la figura de contratistas. Al igual que en la reforma energética, en la Ley de Zonas Económicas Especiales se plantea un régimen especial, en donde la ocupación
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superficial (en el caso de la primera), y la determinación de una zona económica especial (en el caso de la segunda), se hace para beneficiar el interés particular de los contratistas, y no el interés publico. En el artículo 2 de la Ley de las zee se prevé la obligatoriedad de ceder los territorios para la creación de dichas zonas: “Artículo 2. La construcción, desarrollo, administración y mantenimiento de Zonas Económicas Especiales se realizará por el sector privado o, en su caso, por el sector público, en bienes inmuebles de propiedad privada o en inmuebles del dominio público de la Federación”. En el artículo 6 de la Ley queda de manifiesto el papel estratégico de estas zonas, no para el desarrollo económico y social, sino para el favorecimiento del capital inversionista, ya que establece que: “Artículo 6. Las Zonas se establecerán con el objeto de impulsar, a través de la inversión productiva, el crecimiento económico sostenible, sustentable y equilibrado de las regiones del país que tengan mayores rezagos en desarrollo social, siempre y cuando reúnan todos los siguientes requisitos: … II. Deberán establecerse en áreas geográficas que representen una ubicación estratégica para el desarrollo de la actividad productiva, debido a la facilidad de integración con carreteras, aeropuertos, ferrocarriles, puertos o corredores interoceánicos y potencial de conectividad hacia otros mercados nacionales o internacionales;”
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Con esta legislación hay una clara trasmutación de lo público en privado, tanto en la injerencia y actuación del Estado en dichas áreas, como en el régimen jurídico que aplicará para regularlas. Por ejemplo, en la Ley de Hidrocarburos se estableció que todos los contratos aplicarían supletoriamente la legislación mercantil y el derecho común. De la misma manera, en la Iniciativa Ley de Zonas Económicas, se señala que aplicará la legislación mercantil para el caso de los permisos. Se abre la posibilidad de expropiar bienes en beneficio de los privados, argumentando “causas de utilidad pública”. Se considera “causa de utilidad pública”, la construcción, manteamiento, ampliación y desarrollo de la Zona, y la provisión de servicios asociados con lo que se faculta a expropiar bienes y servicios de las comunidades locales, para los fines que los permisionarios consideren necesarios: “Artículo 30. Se consideran causas de utilidad pública la construcción, mantenimiento, ampliación y desarrollo de las Zonas, así como la provisión de Servicios Asociados que sean necesarios para su operación. Cuando para la realización de las actividades señaladas en el párrafo anterior se requiera ejecutar las medidas previstas en la Ley de Expropiación, la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano integrará y tramitará el expediente respectivo, incluyendo la emisión de 141
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la declaratoria de utilidad pública, cuando corresponda…” Conforme al artículo 8 de la Ley de zee, el Presidente emitirá la declaratoria de la zona, señalando los inmuebles de dominio público a expropiar para establecerla. Como prerrequisito, en el artículo 9, fracción II, se establece que los titulares de los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios en donde se pretenda establecer la Zona, deben suscribir una carta de intención que manifiesten que: a) Otorgan su consentimiento para el establecimiento de la Zona; b) Se obligan a suscribir el Convenio de Coordinación correspondiente en caso de que se emita la declaratoria de la Zona, así como a participar en la elaboración del Programa de Desarrollo, al cual deberán sujetarse para el desarrollo del Área de Influencia; c) Se obligan a establecer un mecanismo de coordinación permanente entre los tres órdenes de gobierno en los términos del Convenio de Coordinación; d) Señalarán las facilidades y los incentivos que, en el ámbito de sus respectivas competencias, otorgarán para el establecimiento y desarrollo de la Zona;
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e) Se obligan a llevar a cabo todas las medidas administrativas necesarias para el establecimiento y desarrollo de la Zona, así como para la instalación y operación de los Inversionistas dentro de la misma, y f ) Se obligan a participar, conforme a su capacidad financiera, en el financiamiento de las inversiones públicas requeridas para establecer y desarrollar la Zona y su Área de Influencia, incluyendo el acceso a los servicios públicos necesarios; Podemos deducir que este modelo de “productividad” sólo generará mayor dependencia económica: Si el argumento para la creación de las Zonas Económicas Especiales en el sureste fuera la productividad, se debería apostar con avances científicos y tecnológicos que permitan producir más en menos tiempo, y para ello se requiere de un proyecto de educación que califique mano de obra e invierta en investigación, tecnología y ciencia. En cambio, el modelo de productividad que se ha instalado en México desde los años ochenta y particularmente en los noventa después de la firma del tlcan, ha dejado como muestra lo ocurrido en el norte de México, región a la que el gobierno mexicano llama “altamente productiva” por estar
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integrada al mercado mundial, la productividad no significó otra cosa más que la generalización del modelo maquiladora. En suma, la Ley, en realidad, establece la creación de enclaves extranjeros, cuasi-autónomos, definidos como zonas con regímenes especiales con beneficios fiscales, aduanales, financieros, facilidades administrativas e infraestructura”, controladas por un Administrador Integral, persona moral (nacional o extranjera, o paraestatal), y con permisos de 40 años, prorrogables a casi un siglo, para construir, desarrollar, administrar y mantener la zona, incluso servicios asociados, urbanización, electricidad, agua potable, drenaje, telecomunicaciones, seguridad”. “Artículo 20. La Secretaría podrá otorgar los Permisos hasta por un plazo de 40 años, tomando en cuenta, cuando menos, la infraestructura existente; los montos de inversión que se requieran por parte del Administrador Integral para el cumplimiento de los objetivos de la Zona; la existencia de mano de obra calificada en el Área de Influencia; la conectividad de la Zona; la práctica internacional en zonas económicas que sean comparables, y su viabilidad financiera a largo plazo. Los Permisos podrán ser prorrogados hasta por otro período igual al señalado originalmente, siempre y cuando el Administrador Integral haya cumplido con sus obligaciones establecidas en el Permiso, incluyendo el cumplimiento de los estándares de los Servicios Asociados, así como se consideren los criterios señalados en el párrafo anterior”. 144
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En resumen, el modelo pretende crear enclaves económicos de exportación convenientes al capital transnacional. Esto implicará despojar violentamente las tierras de campesinos e indígenas, así como precarizar la vida de los trabajadores para ofrecer al capital extranjero un territorio puesto al mejor servicio para la inversión extranjera. Con ello, se habilita y facilita el uso territorial, con un régimen especial aduanero, comercial, industrial y de seguridad pública (ahora privada), para posicionar a las transnacionales no sólo en el país, sino en su estrategia de ampliación incluso hacia Centroamérica.111
111. Bartlett Díaz, Manuel, Intervención contra el dictamen con el que se crean Zonas Económicas Especiales. Al respecto destacó que : “Es un proyecto norteamericano, tiene que ver con el TPP, tiene que ver con lo que se plantea en la Reforma Energética, de utilizar la infraestructura energética, eléctrica y de hidrocarburos para permitir que las empresas norteamericanas se establezcan en los puertos mexicanos, y desde ahí organicen plataformas de lanzamiento. Es, sin duda alguna, un absoluto despropósito, que haya tantos apoyadores aquí, cuando es clarísimo lo que estamos diciendo, cómo se va a convertir en los desarrolladores en administradores de estados completos, de regiones completas con la facultad para expropiar las tierras de los mexicanos, otra vez, ahí vamos con toda claridad hacia la entrega del territorio nacional. Ese gran proyecto que ni siquiera es de Peña Nieto, es un proyecto del Banco Mundial, del Banco de Desarrollo. Lo que quieren es profundizar la apropiación del territorio nacional por las grandes empresas financieras de esta globalización en contra de los intereses nacionales, y la pérdida de la soberanía nacional”. Posicionamiento de Bartlett- Díaz, Manuel sobre la creación de Zonas Económicas especiales, Ciudad de México, Senado de la República, abril de 2016, p 2.
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Fuente: https://www.chiapasparalelo.com/noticias/nacional/2016/04/las-zonas-economicas-especiales-podrian-amenazar-al-medio-ambiente/ (consultado 26 de julio de 2017)
Esta intención no es nueva: ya hace 157 años, en diciembre de 1859, el entonces presidente de EU James Buchanan impulsaba el afán expansionista estadounidense en territorio mexicano a través del Tratado McLane-Ocampo, el cuál le habría otorgado a perpetuidad el derecho a EU de transitar por el istmo de Tehuantepec a cambio de un préstamo de 2 millones de dólares. El acuerdo se trancó porque la guerra civil en EU estalló poco tiempo después y la puesta en marcha del McLane-Ocampo habría beneficiado a los Confederados. 112 112. “Tratado McLane-Ocampo. Suscrito el 1 de Diciembre de 1859 por las dos partes;
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Desde esas fechas ya era clara la inspiración estadounidense por controlar el istmo de Tehuantepec como espacio estrecho de tránsito entre los océanos Atlántico y Pacífico. Siglo y medio después, Mr. Robert McLane, ministro plenipotenciario del gobierno de los Estados Unidos de América, su presidente Mr. James Buchanan. D. Melchor Ocampo, ministro de Relaciones Exteriores del gobierno liberal de la República Mexicana que preside D. Benito Juárez. Con base en lo estipulado por un Protocolo que se sabe acordado en Febrero del presente año por Mr. William Churchwell con el citado ministro Ocampo y con D. Miguel Lerdo de Tejada. ARTÍCULO PRIMERO.- Por vía de ampliación del artículo 8º del tratado de 30 de Diciembre de 1853, cede la República Mexicana a los Estados Unidos y sus conciudadanos y bienes, en perpetuidad, el derecho de tránsito por el Istmo de Tehuantepec, de uno a otro mar, por cualquier camino que actualmente exista o que existiese en lo sucesivo, sirviéndose de él ambas repúblicas y sus ciudadanos. ARTÍCULO TERCERO.- Al usarse por primera vez bona fide, cualquiera ruta al través de dicho istmo, para transitar por ella, establecerá la República Mexicana dos puertos de depósito, uno al Este y otro al Oeste del Istmo. El gobierno de México no impondrá derechos a los efectos o mercancías que pasen bona fide por dicho Istmo, y que no estén destinados al consumo de la República Mexicana. No se impondrán a los extranjeros y sus propiedades que pasen por ese camino contribuciones ni derechos mayores que los que se impongan a las personas y los bienes de los mexicanos. La República de México continuará permitiendo el tránsito libre y desembarazado de las malas de los Estados Unidos, con tal que pasen en valijas cerradas y que no hayan de distribuirse en el camino. En ningún caso podrán ser aplicables a dichas malas ninguna de las cargas impuestas o que en lo sucesivo se impusieren. ARTÍCULO QUINTO.- Conviene la República Mexicana en que si en algún tiempo se hiciese necesario emplear fuerzas militares para la seguridad y protección de las personas y los bienes que pasen por alguna de las precipitadas rutas, empleará la fuerza necesaria al efecto; pero si por cualquiera causa dejase de hacerlo, el gobierno de los Estados Unidos, con el consentimiento, o a petición del gobierno de México, o a su ministro en Washington, o de las competentes y legales autoridades locales, civiles o militares, podrá emplear tal fuerza con este y no con otro objeto; y cuando en la opinión del gobierno de México, cese la necesidad, inmediatamente se retirará dicha fuerza. Sin embargo, en el caso excepcional de peligro imprevisto o inminente para la vida o las propiedades de ciudadanos de los Estados Unidos, quedan autorizadas las fuerzas de dicha República para obrar en protección de aquéllos, sin haber obtenido previo consentimiento, y se retirarán dichas fuerzas cuando cese la necesidad de emplearlas. Disponible en: http://jlgs.com.mx/traducciones/de-ingles/tratado-mclane-ocampo/ (Consultado el 18 de octubre de 2016)
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Reforma Energética: el poder duro y consensuado para imponerla
Peña Nieto se inserta en el renovado interés de EU por controlar el movimiento económico y político en el istmo mexicano a través de lo que hace poco se ha anunciado como Zonas Económicas Especiales (zee), señalando la necesidad de hacer “competitivas” las zonas sur y sureste que actualmente se encuentran deprimidas económicamente, para justificar un proyecto de transnacionalización y venta del territorio nacional.
Fuente: http://www.gob.mx/presidencia/articulos/en-donde-se-ubicaran-las-zonas-economicas-especiales (consultado el 26 de julio de 2017)
Originalmente se planearon 3 zonas económicas especiales, Puerto Lázaro Cárdenas, Corredor Interoceánico de Tehuantepec y Puerto Chiapas. Las tres agruparían municipios y regiones de los
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La Ocupación del Territorio Nacional
estados de Guerrero, Michoacán, Veracruz, Oaxaca y Chiapas. Adicionalmente, y de manera conveniente ante la caída del empleo por el desmantelamiento de pemex –resultado de la reforma energética-, los estados de Tabasco y Campeche se incorporan a la Zona Económica Especial del Corredor Transísmico, y con “vocación energética”. Las tres zonas fueron estratégicamente seleccionadas: Puerto Lázaro Cárdenas en Michoacán y Guerrero por su potencial para la industria siderúrgica y minera, además se pretende detonar productos agrícolas y la industria automotriz y aeroespacial. El Corredor transísmico tiene una vocación petrolera de Tabasco y Campeche, por lo que se pretende detonar la industria derivada de las petroquímicas e hidrocarburos ahora privatizados, así como incorporar la industria eólica de Oaxaca, en un modelo netamente energético. Por último, Puerto Chiapas tiene significancia por su conexión al comercio con Centroamérica,por lo que actualmente se construye un agroparque industrial en la región. El 31 de mayo de 2016 se promulgó esta Ley en Puerto Lázaro. A partir de la promulgación, de manera operativa se plantean 8 líneas
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de acción para acelerar la implementación de estas zonas113, entre las que destaca la creación en junio un órgano desconcentrado de la shcp que se encargará de ejecutar el plan para las zee, emitir los decretos por los que se crea cada zona; diseñar el esquema de incentivos fiscales de alto impacto para atraer inversionistas nacionales y extranjeros. Curiosamente, el nombramiento del titular de este órgano desconcentrado recayó en Gerardo Gutiérrez Candiani, presente en el proceso desde que se presentó la Iniciativa de esta Ley.114 En el primer cuatrimestre de 2017 deberán firmarse los convenios de 113.https://www.gob.mx/presidencia/articulos/ocho-acciones-inmediatas-paraimplementar-las-zonas-economicas-especiales?idiom=es (Consultado 30 de septiembre de 2016). 114. Candiani ha sido Presidente reelecto del Consejo Coordinador Empresarial en un periodo desde 2009 a 2012 y luego hasta 2015. En el proceso electoral de 2012, propuso a Peña Nieto en octubre de ese año La Agenda por México, que es la visión empresarial “que realmente trascendiera y que de alguna manera obligara a los actores políticos a comprometerse con una visión más allá de un sexenio”, y con la cual le manifestó al nuevo gobierno su respaldo por la apertura energética y apoyó de inicio de manera muy activa otras reformas como la fiscal y laboral. La Agenda por México solicita, entre otros temas, las reformas hacendaria, laboral y energética; a la educación; y en seguridad social requiere un sistema único de salud, y cambios en el esquema de pensiones y seguros. Disponible en: http://www.cce.org.mx/wp-content/uploads/2014/09/Agenda_por__M%C3%A9xico. pdf Desde el sector empresarial, ha sido un actor muy activo en las relaciones con Estados Unidos, firmando el 31 de julio de 2014 el Memorando de Entendimiento entre el Consejo Coordinador Empresarial y la U. S. Chamber of Commerce; con el objetivo de coordinar actividades de promoción de negocios, relacionadas con la actividad económica entre México y Estados Unidos.
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coordinación con estados y empresarios y antes del primer semestre del 2017 deberán estar listos los administradores generales de cada zona, con mecanismos de transparencia. Así, a más tardar en 2018, antes de concluir la administración de epn, en cada zee deberá operar una empresa ancla.115 El modelo implica no sólo la entrega y ocupación del territorio, sino de la atribución básica del Estado para ser rector de la planeación para el desarrollo, dejando territorio y poder en manos privadas y extranjeras.
115. http://www.elfinanciero.com.mx/economia/promulga-epn-ley-de-zonas-economicasespeciales.html. (Fecha de consulta: 18 de octubre de 2016)
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Reforma Energética: el poder duro y consensuado para imponerla
IV
ESTRATEGIAS DE SEGURIDAD, JURÍDICAS Y POLICÍACAS El tema de la seguridad ha sido fundamental para eua desde que se suscribiera el tlcan. Tuvo que ver con el interés geopolítico de
eua para asegurar la estabilidad de su vecino del Sur, así como para lograr el acceso irrestricto a recursos naturales estratégicos, tanto en México como en Canadá, en el marco de su Nueva Gran Estrategia, así como también para promover la inserción de las fuerzas armadas de México en la órbita de influencia militar estadounidense por medio del Comando Norte116 y la Iniciativa Mérida. La estrategia de seguridad de eua surge después del 11 de septiembre de 2001, una de cuyas bases es la Estrategia de Seguridad Nacional (esn) del 2002, fundamento de lo que se conoce como “la doctrina 116. Sandoval Palacios, Juan Manuel, “El Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) y el Complejo Industrial Militar Estadounidense”, en Sandoval Palacios, Juan Manuel y Miguel Ángel Vázquez Ruiz (Coordinadores), En la senda del TLCAN: Una visión crítica, México, RMALC y Universidad de Sonora, 1°edición, marzo 2016, P.200
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Bush” que oficializó la guerra contra el terrorismo a una escala global. Desde entonces quedó definido el terrorismo como el enemigo genérico. 117 Esto acrecentó el radio de control de eua hacia México y Canadá y favoreció la imposición de esquemas de seguridad para hacer frente a supuestas amenazas de terrorismo y crimen organizado a través del
hls118. Creado el hls a partir de 24 agencias federales ya existentes en respuesta a los mencionados atentados, es el responsable de proteger el territorio estadounidense de ataques terroristas y desastres naturales. Las estrategias de seguridad de eua son las guerras contra el terrorismo. En México el “terror” es parte de la estrategia del poder. Se atribuyen asesinatos, levantones, agresiones contra poblaciones enteras al narco o a la disputa entre narcos por territorios y plazas. Sin cuestionar, los medios de comunicación replican el argumento sin necesidad de justificar la falta de un seguimiento policíaco a crímenes y criminales. La estrategia cumple su propósito no sólo de generar en la población un miedo permanente, constituye un 117. Flint, Colin, Introduction to Geopolitics, New York, Routledge, 2007, p.72. 118. Saxe-Fernández, Op. Cit. p. 218.
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mensaje a todo ciudadano de “lo que le puede suceder”, pero sobre todo, justifica el control policíaco-militar en todo el territorio. Muestra palpable es el gran aumento en el gasto de seguridad en México en los últimos 15 años. Incluido el gasto militar y en los programas de seguridad pública que se ha incrementado en poco más del 700%, mientras que el gasto social (considerando salud, educación y desarrollo social) en menos del 300%, y el educativo en 207%. Si bien la participación de dichos gastos en el periodo mencionado es del 0.6%, respecto del PIB (como lo señala también el Banco Mundial), en el 2015 el gobierno de México decidió aumentar el presupuesto hasta 7 mil 700 millones de dólares, lo que supone prácticamente duplicar (92 por ciento) el gasto militar alcanzado en el 2006119. Un elemento que ha empujado mucho este gasto militar 119. A partir del sexenio de Felipe Calderón se dio un incremento sustancial tanto en el gasto militar como en el de seguridad pública. En el caso del primero, las asignaciones de gasto crecieron casi 185% en el periodo de 2001 a 2013, pero específicamente en el sexenio de Calderón, el gasto creció en 250%, y el de seguridad pública (policial) en 500%. Pese a que México no es un país que participe en un conflicto armado (sino sólo en uno contra sí mismo, con el pretexto de la guerra contra el narcotráfico), el Instituto Internacional de Estudios para la Paz de Estocolmo (SIPRI, por sus siglas en inglés), presenta cifras que demuestran que el nuestro ha sido uno de los países que ha en los últimos 15 años ha incrementado su gasto militar en términos constantes. http://www. jornada.unam.mx/2016/04/06/mundo/028n1mun; http://datos.bancomundial.org/ indicator/MS.MIL.XPND.GD.ZS?locations=MX; http://databank.bancomundial.org/ data/reports.aspx?source=2&series=MS.MIL.XPND.GD.ZS&country=MEX
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y policíaco, es, precisamente, la “guerra” contra el narcotráfico, que empezó con la militarización de la policía local. La “guerra contra las drogas” es la causa de las mismas estrategias que Estados Unidos ha implementado en la “guerra contra el terrorismo”, dando un marco El monto de los recursos asignados Seguridad Pública se ha incrementado sustancialmente en los últimos quince años, al pasar de 5, 115 millones de pesos en 2001, a 48,567.41 millones de pesos (mdp) en el ejercicio de 2015, según los datos de la Cuenta Pública. Por su parte, el gasto militar pasó de 30 mil millones de pesos en 2001 a 100 mil millones de pesos en 2015. Esto implica un incremento de más de tres tantos. Así pues, en 2015, el gasto militar y de seguridad ascendió a 148 mil millones de pesos, monto superior que lo que se gastó en ese mismo año para salud pública (134 mil millones de pesos) y en desarrollo social (114 mil millones de pesos), y la mitad de lo que se gastó en educación. La seguridad y la militarización del país ha sido la prioridad en el gasto público, pues los datos reportados del gasto en la Cuenta Pública de los últimos 15 años, pues el gasto en seguridad, incluido el gasto militar y en los programas de seguridad pública, se ha incrementado en poco más del 700%, mientras que el gasto social (considerando salud, educación y desarrollo social) lo ha hecho en poco menos del 300%. Destaca el hecho de que dentro del gasto social lo que se ha incrementado sustancialmente es el rubro de salud (567%) y el de desarrollo social (746%), pero el gasto educativo ha crecido en términos muy marginales (240%). Esto nos muestra que el gasto social ha sido utilizado más con fines electorales que de mejora de los niveles de vida, en tanto que la educación pública se ha demeritado dentro del contexto de las prioridades de política pública. Esta priorización de la seguridad sobre la educación queda de manifiesto en que, en 2002 se gastaron 41 mil mdp en seguridad, pasando a 2015 a 157 mil mdp; en tanto, en educación se gastaron en 2002 94 mil mdp y para 2015 fueron 326 mil mdp. Esto significa que en 2002 el gasto militar y de seguridad representó el 37% de lo que se gastó en educación, en 2015 representó el 48%. En 2015 el gasto militar ejercido fue de 100 mil millones de pesos, en tanto que para seguridad pública fue de 48 mil millones de pesos y 8 mil millones de pesos en el Fondo de Seguridad Pública para los Estados. Esto es, se gastaron 157 mil millones de pesos para la seguridad del país. Esto representa 1.6 veces de lo que se gasta el desarrollo social y 1.4 veces de lo que se gasta en salud. Fuente: Cuenta de la Hacienda Pública de la Federación para cada año respectivo, en: www.shcp.gob.mx En específico, el gasto en seguridad alcanzaría a pagar casi 28 veces el Programas de Apoyo Alimentario; 2.5 veces el Programas de Pensión para Adultos Mayores; 56 veces el Programa de Seguro Médico Siglo XXI; 2 veces el Seguro Popular; y 10 veces el Programa Nacional de Becas y el Programa de Escuelas de Tiempo Completo.
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para la represión gubernamental. En tanto, el Pentágono y la cia han desarrollado desde 2011 una serie de expediciones sobre nuestro territorio tanto piloteadas y como a través de drones, han entrenado a cerca de 4,500 oficiales federales mexicanos en técnicas de interrogación de sospechosos y de captación de informantes. Técnicas que, de acuerdo al ex embajador Anthony Wayne, son las mismas que se utilizaron en Afganistán e Irak (en donde fue embajador), en las operaciones especiales contra Al-Qaida.
Leyes que apoyan la implementación de la reforma energética: Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos Las distintas reformas llevadas a cabo por el Estado mexicano tales como las relativas a los energéticos, la económicas relacionadas con infraestructura, aspectos territoriales y policíaco-militares, de los Estados Unidos en México, “justificarían” un marco de seguridad. Uno de los principales objetivos de la seguridad en América del Norte se relaciona con la infraestructura estratégica y a las posibles
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obstrucciones a la misma. La influencia de eua sobre México en aspectos de seguridad relacionados con la infraestructura energética ocurre en diversos ámbitos oficiales y no oficiales. Uno de estos últimos se refiere a los centros de pensamiento, entre ellos está el Woodrow Wilson Center120, en donde se ha sugerido la coordinación entre la federación, instituciones locales, municipales en coordinación con autoridades del sector energético y privados. “En el sector energético las agencias de inteligencia deben trabajar junto a los ministerios de energía. El Departamento del Home Land Security, Public Safety Canadá y, el servicio de inteligencia de México cisen”, “deben por tanto crear un panel de expertos internacionales para desarrollar un esquema estratégico de planeación de largo plazo CISR en Norteamérica, mapeando un conjunto de objetivos, tiempos y compromisos”.121 También encontramos evidencias de “recomendaciones” sobre la seguridad para la infraestructura de oleoductos de pemex en el Congreso de eua en donde se señaló: “El Departamento de Estado debe ofrecer asistencia técnica en la seguridad para oleoductos. El robo del petróleo es una preocupación 120. Wood, Duncan, Integrating North America’s Energy Markets: A Call for Action, México, Woodrow Wilson, Mexico Institute, December 2014, p. 65. 121. Ibid, p.14.
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creciente y puede formar una intersección peligrosa con preocupaciones de seguridad extendidas relacionadas con redes criminales. En el 2011, pemex detectó 1,324 tomas ilegales. Se robaron aproximadamente 3,35
millones de barriles ese año, un tercio más respecto de 2010 lo que costó a pemex alrededor de un mil millones de dólares”.122 Por lo anterior son claras las preocupaciones de los estadounidenses asociadas a la infraestructura, que después de la reforma energética está siendo transferida a empresas privadas norteamericanas. En relación con lo anterior cobra importancia la respuesta gubernamental para garantizar los intereses corporativos a partir de las últimas legislaciones aprobadas en el Congreso mexicano. En materia energética se han creado una serie de leyes, nuevas instituciones organismos y regulaciones para su implementación. Hay otras, vinculadas a aspectos relacionados con la seguridad, que tienen también el propósito de garantizar los intereses de los inversionistas. Una de ellas es la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos 122. “The State Department should offer technical assistance in pipeline security. Theft of oil is a growing concern and can form a dangerous intersection with widespread security concerns related to criminal networks. In 2011, PEMEX detected 1,324 illegal taps. Approximately 3.35 million barrels were stolen that year, up a third from 2010, and costing PEMEX over a billion dollars”. Committee on Foreign Relations, U.S. Senate, “Oil Mexico, and the Transboundary Agreement”,112TH Congress, 2d Session, U.S. Government Printing Office, Washington, 2012, op. cit, p.15.
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Cometidos en Materia de Hidrocarburos, aprobada en diciembre 2015 por el Senado mexicano123. Su contenido se corresponde con el esquema de seguridad que rige a Norteamérica desde el 11 de septiembre de 2001, es decir, con el hls. Un esquema que tiene como propósito garantizar los intereses corporativos estadounidenses e internacionales que ya forman parte de la industria petrolera y eléctrica en México. La ley constituye todo un nuevo régimen jurídico especial diseñado para la industria petrolera cuyo objetivo es incrementar la penalidad las actividades delictivas que tienen que ver con los hidrocarburos, aquellas en donde se encuentren vínculos con la delincuencia. Es una ley que reafirma el carácter preferente, especial y extraordinario que se le ha dado desde la Constitución al sector de los hidrocarburos para garantizar las inversiones del capital extranjero en el sector y específicamente se crea un régimen penal extraordinario en materia 123. Posicionamiento del Senador Manuel Bartlett Díaz sobre el Dictamen de las comisiones unidas de justicia, seguridad pública y estudios legislativos, segunda, por el que se expide la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en materia de Hidrocarburos y se Reforman y Adicionan y Derogan Diversas Disposiciones del Código Federal de Procedimientos Penales, del Código Penal Federal; de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada; de la Ley Federal de Extinción de Dominio, Reglamentaria del Artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; del Código Fiscal de la Federación y del Código Nacional de Procedimientos Penales, enviado a la colegisladora para su aprobación.
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de hidrocarburos. En principio, la Ley para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos justifica un régimen penal extraordinario bajo la premisa que los hidrocarburos son estratégicos y de propiedad de la Nación, por lo que las conductas y las sanciones serán cualitativamente distintas. En realidad, bajo el esquema de la reforma constitucional en materia de hidrocarburos, la propiedad de la Nación sólo serían los hidrocarburos en el subsuelo según el artículo 27 constitucional, pero esta Ley señala que se aplicará a los “petrolíferos o petroquímicos y demás activos”, que ahora ya son de apropiación privada y extranjera. De hecho, la Ley define activos a “aquellos bienes asociados al proceso de producción, transporte, almacenamiento y distribución de hidrocarburos. Los principales activos de una empresa son sus instalaciones y maquinaria, sus existencias inventariadas de materias primas y productos semiterminados y terminados.” Bajo este régimen penal extraordinario no se defiende el interés y la propiedad de la Nación, sino los activos de las empresas trasnacionales. Esta Ley define delitos y penas exclusivos para este régimen penal
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especial, mediante la retipificación de algunos delitos y sancionados en el Código Penal Federal, dándole un tratamiento extraordinario a los hidrocarburos y sus activos, por encima de servicios públicos u otras áreas estratégicas. Cabe señalar que la Iniciativa de Ley presentada al Senado de la República por el entonces senador priista Omar Fayad, contenía una definición específica de terrorismo, distinta a la establecida en el Código Penal y que fue ampliamente discutida y criticada por su excepcionalidad124, ya que a fin de proteger los intereses corporativos. Uno de sus conceptos fundamentales definía en el artículo 3, lo siguiente: “XXIV. Terrorismo en materia de hidrocarburos: Realizar por cualquier medio violento actos en contra de bienes, servicios, integridad física, emocional (sic), seguridad o la vida del personal de Petróleos Mexicanos, empresas productivas subsidiarias, empresas filiales o particulares; que produzcan alarma, temor o terror en la población o en un grupo o sector de ella, con la finalidad de atentar contra la seguridad nacional o contra las actividades de carácter estratégico relacionadas con la exploración y extracción del petróleo y de los demás hidrocarburos y derivados.” 125 Finalmente, la crítica a la imposición de dicho término excepcional 124. Posicionamiento del Senador Manuel Bartlett Díaz sobre el Dictamen de las comisiones unidas de justicia, seguridad pública y estudios legislativos, segunda, por el que se expide la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en materia de Hidrocarburos …op. Cit, p. 71. 125.http://www.gepsie.com.mx/ArchivosProyecto/111114(IN-Robo_Hidrocarburosfayad).pdf. (Consultado el 30 de septiembre de 2016).
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y extraordinario, terminó por retirarse en el Dictamen en la Cámara de Senadores126, pero se incluyó en el Código Penal una sanción más severa para el delito de sabotaje y en el terrorismo en la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada. En el caso del sabotaje, se crea una penalidad extraordinaria en el Código Penal Federal, al tratarse de hidrocarburos, pues a la letra dice: “Artículo 140.- Se impondrá pena de dos a veinte años de prisión y multa de mil a cincuenta mil pesos, al que dañe, destruya, perjudique o ilícitamente entorpezca vías de comunicación, servicios públicos, funciones de las dependencias del Estado, organismos públicos descentralizados, empresas de participación estatal, órganos constitucionales autónomos o sus instalaciones; plantas siderúrgicas, eléctricas o de las industrias básicas; centros de producción o distribución de artículos de consumo necesarios de armas, municiones o implementos bélicos, con el fin de trastornar la vida económica del país o afectar su capacidad de defensa. … Las sanciones a que se refiere el primer párrafo de este 126. Dictamen de las Comisiones Unidas de Justicia, Seguridad Pública y Estudios Legislativos, Segunda, Por el que se expide la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos; y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Federal de Procedimientos Penales; del Código Penal Federal; de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada; de la Ley Federal de Extinción de Dominio, Reglamentaria del Artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; del Código Fiscal de la Federación y del Código Nacional de Procedimientos Penales. Disponible en: http://www.senado.gob.mx/comisiones/justicia/ reu/docs/dictamen_151215.pdf
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artículo se aumentarán hasta en una mitad, cuando los actos de sabotaje se realicen en los ductos, equipos, instalaciones o activos, de asignatarios, contratistas, permisionarios o distribuidores a que se refiere la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos.” En el caso de terrorismo, permanece la definición establecida en el Código Penal Federal, pero se incorpora bajo la cualidad de delincuencia organizada, junto con los delitos de sustracción o aprovechamiento de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, de ductos, vehículos, equipos, instalaciones o activos, sin derecho y sin consentimiento de asignatarios, contratistas, permisionarios, distribuidores o de quien pueda disponer de ellos con arreglo a la ley (Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, Art. 2 fracciones I y IX). Sin embargo, queda el antecedente de la intención de ligar a los delitos relacionados con los hidrocarburos en asociación con el terrorismo, con la seguridad nacional y con el carácter estratégico del sector energético, lo que “justifica” este régimen penal especial. En general, esta retipificación de delitos en materia de hidrocarburos no atiende, como en la materia penal, a la intencionalidad o las circunstancias en la que se encuentre quien comete el delito, sino 163
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que los criterios ahora se basan en la cantidad de litros sustraídos, comprados, enajenados o distribuidos. Con anterioridad, la pena máxima aplicaba al que sustrajera o aprovechara el petróleo de ductos, equipos o instalaciones de Petróleos Mexicanos con penas que iban de ocho a doce años en prisión, esto es, al patrimonio público; ahora la pena por afectar a los asignatarios, permisionarios o contratistas privados será de 15 a 25 años de prisión, sanción equiparable al homicidio. “Artículo 8.- Se sancionará con pena de 15 a 25 años de prisión y multa de 15,000 a 25,000 días de salario mínimo vigente en el lugar de los hechos a quien: I. Sustraiga hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, de ductos, vehículos, equipos, instalaciones o activos, sin derecho y sin consentimiento de asignatarios, contratistas, permisionarios, distribuidores o de quien pueda disponer de ellos con arreglo a la ley. II. Aproveche hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, sin derecho y sin consentimiento de asignatarios, contratistas, permisionarios, distribuidores o de quien pueda disponer de ellos con arreglo a la ley.” La ley tiene continuidad con la re, en particular en lo relativo al carácter estratégico a las actividades del sector energético (transitorio 8), a pesar de que, como mencionamos anteriormente, los activos protegidos por esta Ley, son las “instalaciones, maquinarias, sus 164
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existencias inventariadas de materias y productos”, es decir, bienes privados. No obstante lo anterior, se alude la aplicación de la Ley de Seguridad Nacional, con base en actividades que justificarían la participación del gobierno mexicano, para proteger instalaciones estratégicas, pero en realidad se trata de proteger proyectos corporativos extranjeros. “Artículo 22.- Para efectos de esta Ley, se consideran instalaciones estratégicas a los espacios inmuebles, construcciones, muebles, equipo y demás bienes, destinados al funcionamiento, mantenimiento y operación de las actividades consideradas estratégicas por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como de aquellas que tiendan a mantener la integridad, estabilidad y permanencia del Estado Mexicano, en términos de la Ley de Seguridad Nacional…” “Artículo 23. La información o datos sobre el funcionamiento de las operaciones, instalaciones, actividades, movimientos del personal o vehículos de asignatarios, contratistas o permisionarios que se vinculen con las actividades previstas en el párrafo séptimo del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, será considerada información de Seguridad Nacional en términos de la Ley en la materia. Lo anterior, sin perjuicio de las obligaciones establecidas en la legislación aplicable en materia de transparencia y acceso a la información pública.” Por ello el objetivo de esta ley es garantizar los intereses económicos de las empresas trasnacionales, al permitirles contar con un
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régimen jurídico que les autorice a acusar de lo que sea a quienes se atrevan a obstaculizar los intereses de las empresas trasnacionales extranjeras y nacionales. Justificará ir en contra de lo que obstaculice estos proyectos, como ocurre con la protesta social y los líderes comunitarios, organizaciones y pueblo, en general. Esta Ley puede considerarse como una ley del hls y su implementación constituye la extensión hacia territorio mexicano de la política de seguridad de los eua127.
127. En este sentido cabe mencionar la legislación recientemente aprobada en el estado de Texas que prohíbe prohibir el fracturamiento hidráulico a gobiernos municipales y gobiernos del campo. Se trata de quitarles el control de los lugares donde se perforan pozos de petróleo y gas. Esta ley prohíbe poner ordenanzas locales que prohíban el fracking. También va contra otras acciones comunitarias que limiten las actividades de la industria petrolera. Gold Russel,” Texas Prohibits Local Fracking Bans”, Newly Signed Law is one of Several Across the U.S. to Curtail Municipal Governments Power”, The Wall Street Journal, May, 18, 2015. Disponible en: http://www.wsj.com/articles/texas-moves-to-prohibit-localfracking-bans-1431967882 (fecha de consulta 25 de junio, 2016).
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Construcción de un Estado Policíaco- Militar
V
CONSTRUCCIÓN DE UN ESTADO POLICÍACO-MILITAR
Después del 2001 el Secretario de Defensa de eua les asignó el papel a México y Canadá de ser parte del perímetro de seguridad de los
eua, con lo cual se impone una redefinición de facto de fronteras y la expansión territorial del ejercicio de poder de los eua. El Comando Norte y la Iniciativa Mérida son instancias en donde se generan acciones para la integración militar en la región. Asimismo, se ha incluido a México–en contra de su política exterior tradicional basada en la no intervención- en la conformación de “cuerpos de paz” de las Naciones Unidas, enviando tropas a países en conflicto, defendiendo intereses ajenos, y poniendo en riesgo y beligerancia innecesaria a nuestro país. Bajo la demanda de seguridad de eua, condiciona para atraer inversión extranjera, durante el gobierno de Peña Nieto se han 167
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hecho reformas constitucionales y legales para la construcción de un régimen policíaco-militar como garantía para la instalación de las empresas transnacionales energéticas, en la ocupación del territorio nacional.
La Iniciativa Mérida La Iniciativa Mérida es un acuerdo de seguridad establecido por eua con México para combatir el narcotráfico y el crimen organizado. El acuerdo, aceptado por el Congreso de eua, fue activado por George Bush el 30 de junio de 2008. En eua, forman parte el Departamento de Estado, el Departamento de Justicia, el Consejo Nacional de Seguridad, el Pentágono, la cia, el fbi, la dea; por México: la
sedena, la Armada, la ssp (ahora Consejo Nacional de Seguridad, adscrita a la Secretaría de Gobernación), la Procuraduría General de la República y el cisen. Sus objetivos resultan finalmente en el control de los movimientos de resistencia social a las “ocupaciones temporales de tierras” de pueblos y comunidades campesinas e indígenas. La iniciativa Mérida, suscrita en 2008 por los presidentes Bush
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y Calderón, ha sido central en la “cooperación” bilateral México –
eua en materia de seguridad, a través de la “readecuación” de las fuerzas armadas y las distintas fuerzas policiales mexicanas, por parte de asesores de eua. Con ello, Estados Unidos transfiere recursos, a través de un acuerdo de “cooperación”, que sumaría 2.3 billones aprobados por el Congreso de Estados Unidos, y que a diciembre de 2014 ha significado la entrega de 1.4 billones en equipamiento y entrenamiento, con la consiguiente compra masiva de armamento por el ejército y la marina de México hacia Estados Unidos128. Sin embargo, debe destacarse la inconstitucional de dicho acuerdo ya que éste no fue aprobado por el Senado mexicano129. 128. De hecho, con base en un análisis de la Cuenta Pública de 2008 a 2015 se puede apreciar que el gasto público policiaco-militar se ha duplicado, esto es el que realizan Secretaría de Seguridad Pública (hoy Consejo Nacional de Seguridad) La Secretaría de la Defensa y ña Secretaría de Marina, pasando conjuntamente de 83 mil millones de pesos a 161 mil millones, para los años del periodo señalado. 129. La Iniciativa Mérida nunca fue presentada para su discusión y, en su caso, aprobación, como lo establece el artículo 76, fracción I, constitucional, que establece como facultad exclusivas del Senado aprobar los tratados internacionales y convenciones diplomáticas que el Ejecutivo Federal suscriba, así como su decisión de terminar, denunciar, suspender, modificar, enmendar, retirar reservas y formular declaraciones interpretativas sobre los mismos;” De hecho, en la Ley para la Celebración de Tratados, que en el artículo 2 lo define explícitamente: I.- “Tratado”: el convenio regido por el derecho internacional público, celebrado por escrito entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y uno o varios sujetos de Derecho Internacional Público, ya sea que para su aplicación requiera o no la celebración de acuerdos en materias específicas, cualquiera que sea su denominación, mediante el cual los Estados Unidos Mexicanos asumen compromisos. De conformidad con la fracción I del artículo 76 de la Constitución Política de los Estados Unidos
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La Iniciativa Mérida se ha basado en 4 pilares130: a) Afectar la capacidad operativa del crimen organizado: bajo este pilar, es que se han transferido a la semar 4 aviones casa, valuados en 50 millones de dólares cada uno, para patrullar las aguas territoriales, entre otros, así como una aeronave de vigilancia Dornier 32, valuada en 21 millones de USD, fue entregada a la Policía Federal. Se ha establecido un sistema fronterizo de telecomunicaciones seguro entre 10 ciudades “hermanas” de Estados Unidos y México valuado en 13 millones de dólares, para solicitar e intercambiar información referente a investigaciones criminales activas. Por otra parte, a través de un proyecto de 17 millones de dólares, se han establecido 10 puntos de inspección secundaria en puertos internacionales de entrada para aquellos individuos que requieren investigación adicional. b) Institucionalizar la capacidad para mantener el Estado de Mexicanos, los tratados deberán ser aprobados por el Senado y serán Ley Suprema de toda la Unión cuando estén de acuerdo con la misma, en los términos del artículo 133 de la propia Constitución” 130.https://mx.usembassy.gov/es/nuestra-relacion/temas-bilaterales/iniciativa-merida/ y http://photos.state.gov/libraries/mexico/310329/july15/MeridaInitiativeOverview-jul15sp.pdf y http://www.state.gov/j/inl/merida/ (fecha de consulta: 30 de septiembre de 2016)
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derecho: se destaca en este pilar la apertura de la academia para la administración de penitenciarías, que han reclutado 7 mil oficiales que serán certificados internacionalmente. Se han provisto 8 millones de dólares en equipamiento y entrenamiento en programas de investigación y 5 millones en capacitación y adiestramiento de policías estatales y federales. Se han dado los recursos para adaptar el sistema de justicia oral, equipando 57 salas en 17 entidades federativas, y se han destinado 24 millones de dólares en entrenamiento y equipo para los programas de investigación de antecedentes penales, asuntos internos y el kardex policial. Se han asignado más de 247 millones de dólares para apoyar a México en la transición hacia el nuevo sistema de justicia penal. c) Crear la estructura fronteriza del siglo 21: bajo este pilar se han entregado 300 perros entrenados en la detección de narcóticos y armas. Se han dotado 112 millones de dólares en tecnología de inspección “no intrusiva” en el tránsito de bienes ilícitos.
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d) Construir comunidades fuertes y resilientes: en este pilar se señala que se ha contribuido con 2.5 millones de dólares para implementar nuevos tribunales en México, especializadas en juicios en materia de drogas, específicamente en el Estado de México, Chihuahua, Nuevo León, Morelos y Durango. Aquí se inserta un programa denominado “Cultura de Legalidad”, que consiste en la incorporación de dicha asignatura en la curricula académica de las escuelas secundarias. Para el año 2013-2014 recibieron este entrenamiento a cerca de 860 mil alumnos. Así pues, la Iniciativa Mérida apoya la conformación de una estructura institucional a través de la conformación de un mando mixto policíaco ad hoc que intenta extender sus tentáculos e ir al control de espacios y funciones de seguridad pública y seguridad nacional en México, ya que además, las “aportaciones” en recursos señalados en los cuatro pilares de la Iniciativa, han obligado a su vez que México, por su parte, reoriente su gasto público hacia prioridades policíaco-militares, descuidando la política social, sobre todo la educativa y la de salud, como mencionamos y demostramos
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en páginas anteriores. Esta estrategia de configuración del ahora mando mixto policíaco empezó con Calderón. “En octubre 2010, el gobierno de Calderón presentó una propuesta para reformar el artículo 115 de la Constitución mexicana con el fin de tener unos 2,022 policías municipales del país absorbidos por agencias policiales a nivel estatal, que luego coordinarían sus esfuerzos con la Secretaría de Seguridad Pública (ssp)”.131 Al final la Iniciativa quedó en Comisiones del Senado, porque ni los senadores panistas estuvieron de acuerdo.132 No obstante, la iniciativa del mando único significó, para los Estados Unidos, la posibilidad de ampliar la asistencia de la Iniciativa Mérida hacia las fuerzas policiales 131. Ribando Seelke, Clare y Kristin M. Finklea, “U.S. - Mexican Security Cooperation: The Merida Initiative and Beyond”, Congressional Research Service, Washington, July 22, 2011, p. 103. 132. Entre las razones: no se detallaron las formas en la que la Secretaría de Seguridad Pública Federal tendría que actuar específicamente, omitiéndose un diagnóstico de su situación y problemática actual; los especialistas en la materia realizaron cuestionamientos profundos, tanto de forma teórica, en el sentido de lo que se espera de determinado modelo policíaco, así como de las críticas a la iniciativa en cuestión. El presidente de la Comisión de Federalismo de la LXI Legislatura, Ramón Galindo, fue uno de los principales opositores, que se conjugó con la posición de los alcaldes priistas y perredistas, así como el perredista Pablo Gómez, quien argumentó que Felipe Calderón quería darle todo el poder a Genaro García Luna. Dirección de Servicios de Investigación y Análisis. “Análisis de la Iniciativa de Mando Único policial presentada por el Ejecutivo ante el Senado de la República (7 de octubre de 2010)”, Ciudad de México, octubre 2010. Disponible en: http://www. diputados.gob.mx/sedia/sia/spi/SPI-ISS-30-10.pdf (fecha de consulta 9 de junio, 2016); Robles de la Rosa, Leticia, “Responsabilizan a gobernadores; Peña Nieto envía iniciativa anticrimen al Senado”, Excélsior, 2, de diciembre, 2014. Disponible en: http://www. excelsior.com.mx/nacional/2014/12/02/995411 (fecha de consulta 9 de junio, 2016).
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estatales y municipales133. La administración Obama revisó y amplió la misión de la Iniciativa Mérida en 2010, y con ello trasladó el foco militar al desarrollo de una estrategia bilateral integral destinada a “reducir las operaciones y la influencia del crimen organizado”. Dentro de la alternativa de “institucionalizar el estado de derecho”134 existe un margen de acción para modificar legislaciones federales y locales. Una de estas modificaciones federales se refiere a la conformación de una propuesta inicial de mando único (luego Mando Mixto Policíaco) y la desaparición de las policías municipales. Si bien los defensores de esta reforma afirman querer mejorar la coordinación con la Secretaría de Seguridad Pública (ssp) –adscrita a partir de 2012 a la Secretaría de Gobernación como Comisión Nacional de Seguridad-, estandarizar policías, hacerlas eficientes, mejor entrenadas y equipadas a nivel de los municipios, los esfuerzos no son congruentes con las presiones sobre México. El Departamento de Estado parece considerar que el presidente (epn) 133. Situación que ya ocurre en el estado de Chihuahua. 134. Institucionalizar el estado de derecho está en el legado de: O’ Neil Shannon K., (Directora del proyecto) con David H. Petraeus y Robert B. Zoellick, “América del Norte. El momento de un nuevo enfoque”, New York, Council of Foreign Relations, Informe de Trabajo Independiente Núm. 71, 2014.p.54.
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no ha cumplido con lo acordado. Lo anterior queda de manifiesto en declaraciones de John Kirby, vocero del Departamento de Estado, publicadas en el New York Times, en el que censura la resistencia de México a su cooperación en acciones de seguridad, pero la fuga del Chapo Guzmán demostró la “necesidad” de acatar la estrategia de seguridad norteamericana en México, y permite la portación de armas de agentes norteamericanos en suelo mexicano135, como lo desarrollaremos más adelante, a través de reformas legales. En el fondo se trata de proteger la infraestructura crítica, reservas petroleras, tierras, bienes comunes y otros recursos en donde hay riesgo de confrontación con las comunidades. Por ello, la imposición 135. http://www.nytimes.com/2016/01/12/world/americas/el-chapo-case-draws-mexicocloser-to-us.html. “México ha comenzado a dejar que los agentes estadounidenses porten armas en su territorio. Una unidad mexicana especial entrenados por los estadounidenses se ha restablecido después de posponerse por desconfianza y un sentido de orgullo nacional. Agentes estadounidenses están trabajando con soldados mexicanos para apoderarse de armas de fuego, y las dos naciones simplemente acordaron un plan para hacer frente a la epidemia de la heroína. “Incluso antes de que Joaquín Guzmán Loera, el famoso narcotraficante conocido como El Chapo, se escapara por un túnel de la prisión más segura de México durante el verano, el gobierno mexicano ya había comenzado a reconstruir su tensa relación con Estados Unidos. Pero la impresionante fuga del capo de la droga redujo esa distancia aún más, creando un sentido de urgencia compartida que no había existido en años. “Ha sido complicado en el pasado,” dijo John Kirby, portavoz del Departamento de Estado. “Pero cada vez más, estamos encontrando un terreno común y causa común.” (Traducción propia). Este tema fue más ampliamente desarrollado en: Bartlett, Manuel, Seguridad soberana, ni impuesta, El Universal, 11 de febrero, 2016. Disponible en: http://www. eluniversal.com.mx/entrada-de-opinion/articulo/manuel-bartlett/nacion/2016/02/11/ seguridad-soberana-no-impuesta
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del régimen liberal trasnacional demanda la conformación de un estado policíaco militar que garantice la ocupación de tierras y evite la resistencia a intereses extranjeros, para lo que busca que los municipios no tengan defensas en las zonas indígenas y rurales de interés corporativo. Por ello, el verdadero objetivo detrás de esta legislación es el control a través de la militarización. El dominio para garantizar los intereses corporativos contra cualquier posibilidad de estallido social. La militarización de policías armadas está lejos de ir solo en contra del narco; busca, sobre todo, disuadir e inhabilitar cualquier movimiento social. Esto es lo que está detrás de la implementación nacional de este nuevo modelo de seguridad.
La incorporación del ejército mexicano en misiones en el extranjero Adicionalmente al panorama anteriormente planteado, eua induce el alineamiento gradual de México a su política exterior a fin de utilizar a los cuerpos armados mexicanos, tanto en misiones de paz como en su “lucha” contra el terrorismo, tales como su participación en los cascos azules para Operaciones de Mantenimiento de la Paz (omp) y otras maniobras militares con el ejército y la marina de
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eua). El 24 de septiembre de 2014, en el marco de la participación en el 69 período de sesiones de la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (onu), epn anunció sorpresivamente en Nueva York la participación de nuestro país en las omp).En un comunicado, la Secretaría de Relaciones Exteriores (sre) señaló que México, “en su calidad de actor con responsabilidad global, apoya y valora estas operaciones así como sus labores por ser el instrumento de las Naciones Unidas para ayudar a países que viven o han salido de conflictos, a crear condiciones necesarias para una paz duradera, a través de acciones para la reconstrucción, la asistencia humanitaria y la seguridad”. Esa decisión fue fundamentada erróneamente “en los principios normativos de la política exterior contenidos en el artículo 89-X de la Constitución y la Carta de las Naciones Unidas, de la que México es Estado parte, así como en el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018”136. Sin embargo, es indispensable resaltar que esta política de coparticipación militar en dichas misiones fue una decisión unilateral de epn, pues está prohibida en la Constitución, 136.https://embamex2.sre.gob.mx/eua/index.php/es/comunicados/comunicados2014/839-mexico-anuncia-su-participacion-en-las-operaciones-de-mantenimiento-de-lapaz-de-la-onu
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ya que es facultad exclusiva del Senado, conforme al artículo 76, fracción III, conforme a lo siguiente: “Artículo 76. Son facultades exclusivas del Senado: III. Autorizarlo también para que pueda permitir la salida de tropas nacionales fuera de los límites del País, el paso de tropas extranjeras por el territorio nacional y la estación de escuadras de otra potencia, por más de un mes, en aguas mexicanas”. Y aunque epn ha defendido que estas misiones de “cooperación” ya se han venido realizando, lo que implica que de facto esta presencia ya se constituye en una flagrante violación a la Constitución. En la comparecencia del entonces secretario de Relaciones Exteriores, José Antonio Meade, en octubre de 2014 se realizó un cuestionamiento enérgico al respecto137, entre lo que se expresó el 137. “Nosotros estamos totalmente en desacuerdo de la declaración de Peña Nieto en la Organización de Naciones Unidas que no tomó en consideración la responsabilidad de este Senado y su participación en la política exterior de México con una, decía yo, con un gran desenfado pasa por encima de principios a los que tiene obligación el Presidente de cumplir y no puede decir que México ya está dispuesto a participar en las operaciones de la Organización de Naciones Unidas porque sí, contrario al principio que establece la no intervención de la nación es principio que está obligado él, ya no sólo el subsecretario que se le fue la lengua aquí en el Senado ayer, sino el propio Presidente. Es un desconocimiento de la política exterior y de la política nacional. ¿Por qué? Porque precisamente estos principios salvaguardan a nuestro país de participar en conflictos que no son nuestros. Aquí, señor Secretario, usted habló de lo complejo que ha sido este año, y lo complejo que ha sido este año son intervenciones o muertes, son bombardeos, son invasiones, eso es lo complejo, independientemente de la cuestión económica que tocó usted con menos énfasis, pero esa situación que usted conoce y que nos narra aquí es la que resulta de la lucha por el poder en el mundo, de invasiones, verdad, de dominios, de control del petróleo internacional, aquí les salió más barato que en Irak o en Libia a base de bombardeos y de
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violencia, ¿y ese es el asunto al que nos quiere meter? Pues no estamos de acuerdo. Y es contraria a México, no es cierto que el principio de la única atención sea un principio obsoleto como dice este señor que no hace honora a su gran apellido, no es obsoleto, es fundamental; México es un país pacifista; México es un país que busca relaciones con todos los pueblos del mundo; México es un país que no debe de estar alineado a la política exterior de otro país. Por eso el principio lo protege al propio Presidente y nos protege a nosotros. De manera que lo dicho por el Presidente en la sesión de las Naciones Unidas es absolutamente contrario a los intereses de este país, y en primer lugar, en primer lugar yo diría son dos razones: uno, la Constitución se lo prohíbe; la Constitución le prohíbe llegar a un acuerdo en el Foro Internacional de que México se incorpora a las misiones de paz, ya saben ustedes que siempre las misiones de paz son el disfraz de las misiones de guerra. En consecuencia, la Constitución no lo permite. Segundo, para entender ese principio hay que ver la historia reciente, la que describe el señor Secretario y las características de la Organización Mundial de la onu. Se nos olvida lo que es la ONU; la ONU es un organismo formidable, importantísimo, la participación de todos los países del mundo, la libertad con que se expresan, nada más que tiene un pequeño detalle, que es que las potencias tienen derecho de veto. Entonces todo lo que pasa ahí y más allá de lo que no tiene una importancia trascendental está sometida al veto de las potencias imperiales. En consecuencia, y lo hemos visto y vivido, las “misiones de paz” que organiza Naciones Unidas, ¿qué son? Pues son un acuerdo entre potencias, porque si no, no existirían. Entonces es una negociación entre potencias la que establece esas misiones de paz. Entonces la decisión de participar en ese mecanismo internacional implica claramente el someternos a los arreglos que hagan las potencias en relación con lo que consideran la paz; esa paz que ellos contribuyen a romper el someternos a los arreglos que hagan las potencias en relación con los que consideran la paz, esa paz que ellos contribuyen a romper ¿Verdad? ya sea el bombardeo, como esa situación actual de los Estados Unidos, que no saben si está ya asociado con sus amigos o con sus enemigos, en esa complicación de la lucha contra lo que ahora consideran una amenaza terrorista islámica que le hace cambiar de posición, por razones o intereses clarísimos de los Estados Unidos frente a nosotros. ¿Vamos a ir nosotros, según esta aceptación, a combatir a ese perverso imperio del mal que acaba de aparecer? O ¿Vamos a ir a todas esas medidas que se provocan por la lucha entre las competencias abiertamente? Es un grave error, que no debemos permitir y que hay que explicarle al Presidente la historia de este país; hay que explicarle lo que hemos nosotros luchado por mantenernos en una posición sin compromisos con los imperios. … No se puede disponer del ejército nacional cuya función es defender la soberanía nacional de México y mandarlo a defender, estas loqueras de la lucha de potencias a donde decidan, a donde decidan las potencias en sus arreglos. Es algo inaceptable, señor Secretario, con todo respeto. Habrá que ilustrar al Presidente en la historia de este país para que no se entusiasme.” Intervención del senador Manuel Bartlett en la Comparecencia al Senado del secretario de Relaciones Exteriores, José Antonio Meade Kuribreña.
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desacuerdo con la declaración del Presidente Enrique Peña Nieto en las Naciones Unidas, en la que manifestó la disposición de México a sumarse a las operaciones de los cascos azules. Lo anterior, por no tomar en consideración la responsabilidad del Senado y su participación en la política exterior de México, con lo que pasa por encima de los principios a los que tiene obligación de cumplir el Presidente. No se puede disponer del Ejército nacional, cuya función es defender la soberanía nacional de México para “mandarlo a defender las loqueras de la lucha de potencias”. Las misiones de paz de la Organización de las Naciones Unidas, son una negociación entre potencias, por lo que esta decisión implica el sometimiento del país a los acuerdos de éstas con relación a lo que consideran como la paz. Es un error que no se debe permitir, y habría que explicarle al Presidente la historia del país. Asimismo, se criticó lo señalado por Juan Manuel Gómez Robledo, subsecretario para Asuntos Multilaterales y Derechos Humanos de la Secretaría de Relaciones Exteriores, quien en un foro del Senado, aseguró que fue un error haber incorporado a la Constitución los
Disponible en: http://www.senado.gob.mx/index.php?ver=sp&mn=4&sm=1&str=1560
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principios de no intervención138, solución pacífica de controversias, proscripción de amenazas en el uso de la fuerza en relaciones internacionales, igualdad jurídica entre los estados, cooperación internacional para el desarrollo, respeto, protección y promoción a los derechos humanos. El principio de no intervención no es obsoleto como lo dijo el subsecretario; es fundamental, porque México es un país pacifista que busca relaciones con todos los pueblos del mundo, que no debe estar alineado a la política exterior de otro país.139 Por lo anterior, se presentó a la Comisión de Defensa del Senado un punto de Acuerdo en el Senado para que el Presidente haga cumplir este principio constitucional en el que fundamentalmente se demuestra que se incumple con la constitución, ya que la seguridad debe, ante todo, ser soberana, es decir, decidida por los ciudadanos mexicanos y no debe responder a intereses extranjeros. De hecho, muchas de estas actuaciones militares, apoyadas en el aspan, en la Iniciativa Mérida y otros acuerdos de palabra entre los jefes de Estado y de gobierno de los Estados Unidos y México, nunca 138. http://www.excelsior.com.mx/nacional/2014/10/09/985960 y http://www.jornada. unam.mx/2014/10/09/opinion/021n2pol 139.http://comunicacion.senado.gob.mx/index.php/informacion/boletines/15970participar-en-operaciones-de-los-cascos-azules-de-la-onu-viola-la-constitucion-grupoparlamentario-del-pt.html
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han sido ratificadas por el Senado, lo que hace que estos acuerdos devengan en anticonstitucionales. 140 A la fecha este punto de Acuerdo ha sido omitido en su dictaminación por parte de la Comisión de Defensa.141 De manera contrastante, y 140. Bartlett Díaz, Manuel, et al., “Proposición con punto de acuerdo para que el titular del poder ejecutivo, como comandante supremo de las fuerzas armadas, cumpla y haga cumplir la Constitución de la República, en relación con la solicitud de autorización al Senado de la República para que tropas nacionales abandonen el país y, para que el secretario de la defensa nacional, respete el orden constitucional en el ejercicio de sus atribuciones”. En la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión propuesta que se somete a la Consideración del Pleno de la Cámara de Senadores. Ciudad de México, 19 de noviembre del 2015. La propuesta, en síntesis propone que: El Titular del Ejecutivo cumpla con lo previsto en el artículo 76, fracción III de la Constitución; El Secretario de la Defensa Nacional cumpla con lo establecido en el artículo 1 de la Constitución y respete los acuerdo que sobre derechos humanos ha suscrito el gobierno mexicano; El Secretario de la Defensa Nacional observe el principio de soberanía popular previsto en el artículo 39 de la Constitución; El Secretario de la Defensa Nacional lo dispuesto en la fracción II del artículo 89 de la Constitución, en tanto que tiene dependencia del Presidente de la República; El Presidente de la República y el Secretario de la Defensa Nacional cumplan y hagan cumplir, mediante interpretación conforme a los derechos humanos, lo previsto en los artículos 21, 89, fracción VI y 129 de la Constitución.” 141. Con fecha 14 de abril de 2016 se reunió la Comisión de Defensa, aunque el Punto de Acuerdo tenía observaciones fundamentalmente de tipo constitucional, por lo que debió ser remitida a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, y no a aquélla, cambiando el sentido y propósito del objetivo del acuerdo, lo que acotó oportunamente el proponente Senador Bartlett. Lo que concluyeron los miembros de la Comisión de Defensa en esa reunión, sin dictaminar el punto de acuerdo propuesto, es que el Senado debe decidir en qué casos sí y en cuáles no se requieren permiso las tropas para salir (lo cual no es discrecional conforme al fundamento constitucional). De hecho, se argumentó textualmente: “El Senado no siempre debe dar permisos para las salidas de tropas. Debe tener conocimiento (sic). No estamos obligados…el concepto que maneja la Constitución sigue siendo válido, pero debemos analizar la flexibilización del concepto (sic), para no poner en riesgo a mexicanos o al personal militar en asuntos que son propios de la autodeterminación de los pueblos, que son principios básicos en la relación entre países, y si enfermeras necesitan salir a apoyar campañas de vacunación para la niñez en otros países,
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como tibia respuesta a esta actuación unilateral del Ejecutivo, el 26 de abril de 2016 se aprobó un Dictamen de la Comisión de Relaciones Exteriores del Senado de la República emitió un “Dictamen por el que el Senado de la República solicita al titular del Poder Ejecutivo Federal a efecto de que remita a esta soberanía, un informe sobre los objetivos, naturaleza, alcance, modalidades y desarrollo de las actividades, número y estatus de elementos militares y civiles mexicanos en las operaciones para el mantenimiento de la paz en las que se haya desplegado o se tenga previsto desplegar personal militar”, en total contravención el principio constitucional de autorizar y no solamente de ser informados, que textualmente dice: “Primero. El Senado de la República, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 76 fracción 1 y 89 fracción X de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, solicita al Titular del Poder Ejecutivo Federal a efecto de que instruya a la Secretaría de Relaciones Exteriores como instancia que coordina a las dependencias públicas de nuestro país que integran el Grupo de Trabajo lnterinstitucional de Operaciones de Mantenimiento de la Paz (gt-omp) para que remita a esta Soberanía de manera semestral, un informe sobre los objetivos, naturaleza, alcances, modalidades y desarrollo de las actividades, número y estatus de elementos militares y civiles mexicanos en las Operaciones para el Mantenimiento de la Paz en las que se haya desplegado o se tenga previsto desplegar personal militar. debemos analizarlo.”
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Segundo.- El Senado de la República solicita al Ejecutivo Federal a incluir la información referida en el resolutivo primero en los Informes anuales del Ejecutivo Federal a los que hace referencia la fracción 1 del artículo 76 constitucional. Tercero.- El Senado de la República solicita al Ejecutivo Federal a seguir cumpliendo con las obligaciones constitucionales derivadas de la fracción 111 del artículo 76 constitucional.”142 No está por demás destacar el dominio de las grandes potencias sobre el Organismo de Naciones Unidas a través de su Consejo de Seguridad en donde los Estados Unidos son parte de los miembros permanentes, lo cual le permite transmitir sus intereses, al igual que los de las principales potencias. El gran riesgo es no ver que habrá un mayor involucramiento de México al participar en acciones de “asistencia humanitaria”. Las posiciones de actores políticos en México, respecto a las posturas de alineamiento a la política exterior de eua, se arropan bajo la bandera de la modernidad (los tiempos cambian, la globalización lo justifica), dejando de lado las diferencias en capacidades (poder) de estos dos países (Estados Unidos y México), así como las implicaciones a posibles consecuencias para México, sobre todo en caso de represalias. 142.http://www.senado.gob.mx/sgsp/gaceta/63/1/2016-04-26-1/assets/documentos/ Dict_RE_Org_Inter_Informe_Estatus_OMPs.pdf
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De igual forma se encubre el sometimiento de México bajo el argumento de que el origen de tales iniciativas proviene del Jefe del Ejecutivo, cuando es claro que en un país en vías de desarrollo como el nuestro, los determinantes más importantes en sus decisiones de política provienen del exterior, más aún cuando la proximidad geográfica es con la primera potencia mundial, lo cual convierte el hecho en una realidad estructural que determina la política exterior de México. El origen del vector de esta Iniciativa se puso en evidencia en ocasión del cambio de mandos de la Defensa en eua cuando el jefe del Ejército de este país agradeció al General Salvador Cienfuegos del Ejército mexicano y, al Almirante Francisco Soberón de la Marina, su apoyo a nivel internacional: “Yo también quiero agradecer a nuestros socios mexicanos por su determinación para expandir nuestra sociedad para la defensa continental. México se ha convertido en un exportador global de seguridad en este continente como más allá. Quiero aplaudir a México por su creciente relación para la defensa y también por continuar asegurando que valores comunes y el respeto por los derechos humanos son los fundamentos para los esfuerzos de seguridad a lo largo del hemisferio y alrededor del mundo”.143 143. U.S. Department of Defense, “Remarks at the NORAD/NORTHCOM Change of Command. As Delivered by Secretary of Defense Ash Carter, Colorado Springs, Colorado, May 13, 2016. Disponible en: http://www.defense.gov/News/Speeches/Speech-View/
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Los avances explícitos de epn en el sentido de apoyar las decisiones de las grandes potencias, cuyos intereses son mayoritarios y dominantes en la onu (por lo que son decisiones en la defensa de sus intereses y no de los nuestros), quedó de manifiesto el 6 de octubre del 2015 durante la comparecencia de la Secretaria de Relaciones Exteriores en el Senado de la República, quien confirmó que hay cuatro elementos de las fuerzas armadas fuera del país en misiones de la onu. Expresamente señaló: “Conscientes de que el compromiso con la paz y seguridad internacionales demandan acciones tangibles, reanudamos la participación gradual en las Operaciones de Mantenimiento de la Paz de la onu. Al ser estas herramientas las Article/759293/remarks-at-the-noradnorthcom-change-of-command (fecha de consulta 22 de agosto, 2016). Esta integración en materia de defensa continúa como un proceso aún más comprometido. En la 12ª Conferencia de Ministros de Defensa de las Américas (CDMA) en Puerto España, Trinidad y Tobago, el secretario de Defensa Ash Carter se reunió con el secretario de Defensa, general Salvador Cienfuegos Zepeda de México el 11 de octubre de 2016 para discutir la relación de defensa EE.UU.-México. Ahí, el secretario general Carter felicita a Cienfuegos en la selección de México como sede de la 13ª CDMA en 2018. Ambos discutieron ampliar el papel de defensa y el liderazgo de seguridad de México en la región y en el mundo. El general Cienfuegos agradeció a la secretaria por su compromiso y los avances resultantes en la relación bilateral de defensa y expresó su compromiso de que México apoyará a los países de América Central. El secretario Carter agradeció el general Cienfuegos el aumento de las contribuciones de México a la Junta Interamericana de Defensa, y para avanzar en la eficacia del Sistema Interamericano de Defensa, en el contexto de hacer frente a los retos de defensa mutua a América del Norte. http://www.defense.gov/ News/News-Releases/News-Release-View/Article/970714/readout-of-secretary-cartersmeeting-with-mexicos-secretary-of-defense-general (fecha de consulta: 31 de octubre de 2017).
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expresiones más emblemáticas de la responsabilidad global, hoy cuatro elementos de las Fuerzas Armadas contribuyen y adquirieren nuevos conocimientos en dos de las 16 misiones que actualmente mantiene la onu,
siendo una de ellas la operación de mantenimiento de la paz en
Haití.”144 Este avance en el posicionamiento militar de México en favor de los intereses extranjeros no sólo es explícito en voz de nuestra secretaria de Relaciones Exteriores, sino en la voz de mandos de defensa norteamericana, como Rebecca B. Chávez, subsecretaria adjunta de Defensa para Asuntos del Hemisferio Occidental de Estados Unidos. En ocasión de la celebración de una mesa redonda organizada por el Woodrow Wilson Center, señaló que el fortalecimiento de una relación estrecha entre los ejércitos de Estados Unidos y México bien vale la pena. “Hemos sido testigos de muchos cambios prometedores en los últimos años... Tanto los Estados Unidos y México... han tomado medidas que han resultado en una transformación de la relación estratégica”.145 144.https://consulmex2.sre.gob.mx/vancouver/index.php/consulado/boletinesgubernamentales/232-comparecencia-de-la-secretaria-de-relaciones-exteriores-claudiaruiz-massieu-en-el-senado-de-la-republica 1 4 5 . h t t p : / / w w w. d e f e n s e . g o v / N e w s / A r t i c l e / A r t i c l e / 9 7 7 8 4 0 / dod-official-us-mexico-military-to-military-relationship-worth-strengthening
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Ahí señaló que en el aspecto militar, México está ampliando sus contactos, la colocación de los agregados militares en países como Indonesia, Irán, Egipto, Sudáfrica y está poniendo de relieve su experiencia en el mantenimiento de la paz con los observadores o fuerzas en Haití, Líbano y tal vez en Colombia para ayudar con el tratado de paz. Todo esto se basa en el cambio de política defendida por el presidente de México, Enrique Peña Nieto, que reforzó la presencia de México en todo el mundo como corresponde a su poder económico. “Incluso antes del cambio, México participa en aproximadamente 40 actividades externas para apoyar alrededor de 25 diferentes socios-naciones”. Asimismo, señaló que el Departamento de Defensa ha estado trabajando estrechamente con la Secretaría de la Defensa Nacional y la Secretaría de Marina “para desarrollar objetivos a largo plazo y establecer las áreas prioritarias de compromiso… y trabajar juntos para fortalecer el Sistema Interamericano de Defensa”146 Es insoslayable que el texto constitucional señala que es una facultad del Senado cuándo se debe y cuándo no se debería autorizar la salida de tropas mexicanas al extranjero, y omitir o pasar por alto 146. Ibidem.
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este requisito, hace que esta “cooperación” internacional en acciones militares internacionales, se constituya en una franca violación a nuestra Constitución y los intereses soberanos.
La Reforma al Mando Mixto Esta reforma constitucional fue aprobada el 17 de junio de 2016. Aunque el dictamen argumentó haber considerado una serie de iniciativas, pero claramente fue producto de la presentada por el Ejecutivo Federal, el 10 de diciembre de 2013. El dictamen tiene antecedentes vinculados a la Iniciativa Mérida en el intento presentado como Iniciativa de Reforma, como ya señalamos, por parte de Felipe Caderón, el 7 de octubre de 2010. Además, el autodenominado “Pacto por México” tuvo también un intento centralizador contra el federalismo de seguridad y justicia. Dicho “Pacto” estableció un punto sobre el tema de “Acuerdos para la Seguridad y la Justicia” cuyo principal objetivo era recuperar la paz y la libertad disminuyendo la violencia, en específico a partir de focalizar los esfuerzos del Estado mexicano para reducir los tres delitos que más lastiman a la población: asesinatos, secuestros y
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extorsiones a través de diversas acciones147. En un análisis de la iniciativa de epn del 1 de diciembre de 2014, podemos identificar los siguientes elementos clave: a) Propone modificar los artículos 21, 73, 104, 115, 116 y 123 de la Constitución y que tiene por finalidad afianzar las características autoritarias y centralistas de la Federación porque se reducen sensiblemente las competencias de los municipios y de los Estados en materia de seguridad pública y penal. 147. 3.1 Implantar un Plan Nacional de Prevención y Participación Comunitaria. Compromiso 74: (…) se alinearán todos los presupuestos para la prevención del delito para que se convierta en una verdadera prioridad nacional. 3.2 Reformar los cuerpos de policías. Compromiso 75: Se aplicará un esquema de Policías Estatales Coordinadas, en el que las policías municipales se conviertan en policías de proximidad para cuidar los barrios, unidades habitacionales, mercados, zonas turísticas y otros espacios públicos, y las policías estatales asuman todas las labores de seguridad pública bajo un sistema de homologación de funciones y capacidades. Se impulsará un esquema en coordinación con las autoridades municipales. Compromiso 76: Se creará la Gendarmería Nacional como un cuerpo de control territorial que permita el ejercicio de la soberanía del Estado mexicano en todos los rincones del país, sin importar su lejanía, aislamiento o condición de vulnerabilidad. 3.3 Implantar en todo el país el nuevo sistema de justicia penal, acusatorio y oral. Compromiso 77: Para que la justicia se pueda impartir con mayor rapidez, eficacia y transparencia en todo el país, se tomarán medidas necesarias tanto a nivel federal como estatal para cumplir con las metas y tiempos establecidos. 3.4 Implantar en todo el país un Código Penal y un Código de Procedimientos Penales Únicos. Compromiso 78: Se creará un Código Penal Único para homogeneizar las causales del delito en todo el país y así lograr acciones más coordinadas y eficaces de las policías y los sistemas de justicia. Compromiso 79: Se legislará un Código de Procedimientos Penales Único para todo el país, con la finalidad de establecer elementos procesales homogéneos y congruentes con el establecimiento de un sistema penal acusatorio y oral.
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b) Modifica el artículo 21 constitucional para determinar que la seguridad pública corresponde a la Federación y los Estados y no así a los municipios. También se alude a la homologación de condiciones, procedimientos y protocolos de seguridad pública entre las entidades federativas. Lo anterior priva de competencias a los municipios y también a los Estados que tendrán que ajustarse al molde federal. c) El artículo 105 de la Constitución busca reformar para que los municipios no tengan legitimación procesal activa para promover controversias constitucionales en los casos que la Federación determine la intervención en los municipios. Es decir, los municipios quedaran imposibilitados por la vía jurídica para reclamar decisiones de la Federación cuando ésta intervenga en ellos. d) En el artículo 115 de la Constitución se regula el procedimiento de intervención federal en la Federación en los municipios cuando existan indicios de infiltración del crimen organizado en ellos. Participan en el procedimiento el Fiscal General de la República, el Secretario de Gobernación y, para acordar la intervención, se requerirá de la aprobación del Senado. La intervención podrá ser parcial o total. Si es total se deberá convocar a elecciones municipales.
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La disposición es criticable porque establece un mecanismo de suspensión de garantías sin seguir el procedimiento y sin mantener la vigencia de los derechos fundamentales que enuncia el artículo 29 de la Constitución. La persecución de los delitos –asunto penalse transforma en materia política constitucional para debilitar y liquidar al municipio mexicano. La versión finalmente aprobada propuso diversas modificaciones a diversos artículos de la Constitución Mexicana, en materia de seguridad pública: 21, 73, 76, 115, 116 y 123: En el Artículo 21 se modifica la definición de la seguridad pública, que decía: “la seguridad pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, que comprende la prevención de los delitos; la investigación y persecución para hacerla efectiva, así como la sanción de las infracciones administrativas, en los términos de la ley, en las respectivas competencias que esta Constitución señala”. Para decir ahora con su nueva redacción: “la seguridad pública es una función a cargo del Estado que tiene como finalidad salvaguardar la integridad y derechos de las personas, así como preservar las libertades, el orden y la paz públicos, de conformidad con
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lo previsto en esta Constitución y la ley general en la materia”. Elimina la definición federalista, que dividía la responsabilidad en federación, Estados y municipios para dejarla ahora sólo al Estado, que se sobrentiende es el federal, por lo que centraliza la seguridad pública. Adiciona una fracción VII al artículo 21, que establece: “La obligación de las instituciones policiales de las entidades federativas de actuar bajo el mando de las federales y de las municipales bajo el mando de las estatales o federales, en los términos y condiciones que determine la ley general de la materia”. Adiciona una fracción VIII, que define que: “El funcionamiento del Sistema Nacional de Seguridad Publica, se sujetara a: a) Un Consejo Nacional de Seguridad Pública presidido por el Presidente de la República, quien nombrará con la aprobación de las dos terceras partes de los miembros presentes del Senado, al titular del Secretariado Ejecutivo de dicho Consejo. Este titular durará cuatro años, renovables por un periodo igual, y será removido libremente por el Titular del Ejecutivo Federal, informando al Senado de esa determinación. Contará con un Consejo Consultivo de cinco ciudadanos con encargo honorifico, elegidos por el Senado. Dicho Consejo Consultivo, está facultado, en términos de la ley general, para: •Proponer al Secretariado Ejecutivo indicadores para la evaluación y supervisión de las instituciones de seguridad 193
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pública; •Elaborar investigaciones y estudios sobre las políticas públicas en materia de seguridad pública; y •Fungir como vía de interlocución entre la sociedad civil y el Secretariado Ejecutivo, b) Para garantizar la eficacia en el ejercicio de las funciones policiales, el Secretariado Ejecutivo gestionará, en los términos de esta Constitución y la ley general de la materia, los siguientes mecanismos de intervención: •A partir de las evaluaciones y auditorías que practique, el Secretariado podrá emitir observaciones y recomendaciones para la corrección o mejora de capacidades y procesos. Cuando la institución policial evaluada o auditada incumpla con dichas recomendaciones y observaciones, el Secretario podrá designar un responsable de supervisar la implementación de las medidas correctivas. Podrá determinar la intervención de la institución o de un área de la misma, cuando incumpla de manera reiterada las bases del Sistema Nacional de Seguridad Pública. La intervención consistirá en la remoción de mandos, su reestructuración organizacional o de procedimientos y las demás que establezca la ley general en la materia. •El titular del Ejecutivo de cualquier orden de gobierno podrá solicitar al Secretariado Ejecutivo, la delegación temporal del ejercicio de la función de seguridad pública a cargo de las instituciones policiales de los municipios y las entidades federativas, por incapacidad o cualquier otra situación que afecte de forma relevante la prestación de dicho servicio. En términos de lo que establezca la ley general en la materia, el Secretariado determinará su procedencia, las condiciones de coordinación subsidiaria, su temporalidad, las responsabilidades de los órdenes de gobierno, así como los requisitos para la reasunción 194
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de las funciones delegadas, siempre que se cuente con la certificación que corresponda. El Secretario Ejecutivo podrá ejercer de oficio esta competencia. La ley determinará las obligaciones financieras del orden de gobierno que asuma la función delegada. •En los supuestos de intervención y delegación, el orden de gobierno de que se trate mantendrá su cargo el costo presupuestal de las funciones de seguridad pública. c) Las instituciones policiales de las entidades federativas y los municipios incrementarán o disminuirán las funciones que les otorga esta Constitución a partir de la certificación que realice el Secretariado Ejecutivo en los términos que establezca la ley general de la materia, y que comprenderá las funciones de proximidad, reacción, prevención e investigación, así como la certificación especial en materia de armamento. Respecto del artículo 73, se modifica la fracción XXIII, como “Facultad del Congreso”: “Para expedir leyes que establezcan las bases de coordinación entre la Federación, el DF, los Estados y los Municipios, así como para establecer y organizar a las instituciones de seguridad pública en materia federal, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de esta Constitución”. Para que ahora sea “Para expedir la ley general de seguridad pública que reglamente el artículo 21 de esta Constitución y defina la concurrencia entre la Federación, las entidades federativas y los Municipios en dicha materia; así como para establecer y organizar a las instituciones de seguridad pública de carácter federal”. Elimina como 195
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objetivo de la Ley en la materia, las “bases de coordinación” entre los tres niveles de gobierno para ser ahora “defina la concurrencia”. En el artículo 76, respecto de la facultad del Senado para ratificar los nombramientos distintos funcionarios, la reforma adiciona a las excepciones de esto al Titular del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública. En cuanto al artículo 115, en se establece en la fracción II, que “los municipios manejarán su patrimonio conforme a la ley y las facultades de los ayuntamientos para aprobar, de acuerdo con las leyes en materia municipal que deberán expedir las legislaturas de los Estados, los bandos de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal”. Para el caso de la seguridad pública, se reforma el inciso d), que señala “El procedimiento y condiciones para que el gobierno estatal asuma una función o servicio municipal cuando, al no existir en el convenio correspondiente, la legislatura estatal considere que el municipio de que
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se trate esté imposibilitado para ejercerlos o prestarlos; en este caso, será necesaria solicitud previa del ayuntamiento respectivo, aprobada por cuando menos las dos terceras partes de sus integrantes”, se adiciona: “En el caso de la función de seguridad pública se observará lo previsto en la ley general de la materia”. En la fracción III se establece que “los Municipios tendrán a su cargo las funciones y servicios públicos siguientes: (…)”, en su inciso h) “Seguridad pública, en los términos del artículo 21 de esta Constitución, policía preventiva municipal y tránsito…”. Se modifica para quedar así: “h) Policía de proximidad, con competencia para la aplicación de los bandos de policía y gobierno, e infracciones administrativas, sin perjuicio de lo previsto en el inciso c) de la fracción VIII del artículo 21 de esta Constitución y que sólo podrá auxiliar en la investigación de los delitos…”. En la fracción VII se establecía: “La policía preventiva estará al mando del presidente municipal en los términos de la Ley de Seguridad Pública del Estado. Aquélla acatará las órdenes que el Gobernador del Estado le transmita en aquellos casos que éste juzgue como de fuerza mayor o alteración grave del orden público.” Y se modifica para quedar:
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“VII. Los Gobernadores de los Estados podrán asumir temporalmente el mando de las instituciones policiacas de los municipios en casos de fuerza mayor, alteración grave del orden público y las demás que determine la ley general en la materia, hasta en tanto el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública determinará lo conducente conforme a esta Constitución”. En el artículo 116, se reforma la fracción VII: “La Federación y los Estados, en los términos de ley, podrán convenir la asunción por parte de éstos del ejercicio de sus funciones, la ejecución y operación de obras y la prestación de servicios públicos, cuando el desarrollo económico y social lo haga necesario. Los Estados estarán facultados para celebrar esos convenios con sus Municipios, a efecto de que éstos asuman la prestación de los servicios o la atención de las funciones a las que se refiere el párrafo anterior. Tratándose del servicio de seguridad pública, deberá observarse lo previsto en la ley general de la materia.” En el Cuarto Transitorio del Decreto de estas reformas quedó señalado: “En tanto se expide la ley general a que se refiere el transitorio anterior: I. Los Municipios que así lo consideren podrán solicitar a los Gobernadores
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de los Estados, la delegación de las funciones a cargo de sus instituciones policiales, en cuyo caso deberán prever la transferencia de los recursos humanos, materiales y financieros necesarios II. El Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública instrumentará un programa inicial de evaluación sobre la situación que guarden las instituciones policiales. III. El Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública podrá ratificar la vigencia de los convenios que materia de seguridad pública hayan celebrado las entidades federativas con los Municipios, y que se encuentren vigentes a la fecha de entrada en vigor del presente Decreto.” Los legisladores tuvieron que realizar modificaciones a algunos artículos constitucionales. En sus versiones finales las legislaciones buscaron fortalecer a las autoridades policíacas en los tres niveles de gobierno dejando un amplio poder discrecional al jefe del ejecutivo;148 ya que el Presidente de la República podrá pedir que 148. Posicionamiento del Senador Manuel Bartlett Díaz, coordinador de la fracción del PT en el Senado de la República sobre el Decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 21, y se reforman los artículos 73, fracción XXIII, 76 fracción 11, 115, 116, y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de seguridad pública. Senado de la República, abril 2016. En : Dictamen de las Comisiones Unidas de puntos Constitucionales; de justicia; de federalismo; de gobernación; de seguridad pública; de estudios legislativos; primera y, de estudios legislativos, segunda; con relación a las iniciativas con proyectos de decreto que proponen modificaciones a diversos artículos de
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se delegue la función de seguridad pública de un municipio al gobierno estatal e incluso a la federación. De igual forma el proceso de certificación quedaría a cargo del Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, quien dependerá del Presidente de la República. Por tanto, el mando definitivo y crucial no residirá en las autoridades policíacas de las entidades federativas ni mucho menos en las municipales, sino en el Secretario Ejecutivo. Con esta legislación se pasa del mando único policial estatal al mando único policial nacional, en donde, el Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública tendrá poderes inmensos: el mando total de la fuerza policial en el país. Las consideraciones que quienes pusieron en cuestionamiento la propuesta del Jefe del Ejecutivo en la iniciativa de Ley fueron: 1. El dictamen tenía por finalidad concentrar materialmente el mando policíaco en una autoridad denominada Secretario Ejecutivo del Consejo del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Es decir, el mando definitivo y crucial no residiría en las autoridades policíacas de las entidades federativas ni mucho menos en las municipales, sino en el Secretario Ejecutivo. la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de seguridad pública.
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2. Ese funcionario sería designado a propuesta del Presidente de la República por las dos terceras partes de los miembros presentes del Senado de la República. El Presidente de la República lo podría destituir libremente. El esquema favorecía los arreglos en las cúpulas de los dos partidos mayoritarios. 3. El Consejo también estaría integrado por cinco ciudadanos designados por el Senado –el dictamen no señala mayoría calificada de dos terceras partes- lo que implica nombramientos por mayoría y, por tanto, a favor de los partidos que la tengan en la Cámara. Los integrantes del Consejo son honorarios por lo que sólo tendrían facultades de recomendación y de investigación académica. 4. El dictamen asumía indebidamente a los cinco ciudadanos como interlocutores de la sociedad civil. Es decir, tenía carácter representativo, pero sin posibilidad de elegir, en contradicción con los artículos 39, 40 y 41 de la Constitución. Estos preceptos indican que todo cargo representativo, aunque sea honorífico, debe resultar de elecciones. 5. El Secretario Ejecutivo del Consejo del Sistema Nacional de Seguridad Pública tenía dos poderosos instrumentos para evaluar
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y auditar a las policías estatales y municipales: la intervención y delegación. Es decir, ese funcionario decidirá cuándo privar o limitar a los Estados y municipios de sus funciones en materia de seguridad pública. 6. A la policía municipal se le reducían sus competencias, en el caso de que el municipio correspondiente las mantuviera, éstas se reducirían a: la aplicación de los bandos de policía y buen gobierno, infracciones administrativas y, de auxilio en la investigación de los delitos, siempre y cuando se obtuviera la certificación correspondiente del Secretario Ejecutivo del Consejo del Sistema Nacional de Seguridad Pública. 7. Los Gobernadores tenían facultades para intervenir temporalmente en la seguridad pública de los municipios en los términos de la ley general en la materia y hasta en tanto lo determinara el Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública. No se preveía para los gobernadores responsabilidades por excesos de poder de esas intervenciones. 8. De los artículos transitorios, el cuarto era muy importante, porque permitiría al Secretario Ejecutivo actuar antes de que entrara en vigor la ley general en materia de Seguridad Pública.
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9. Con este dictamen pasamos del mando único policial estatal al mando único policial nacional, en donde, el Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública tendrá poderes inmensos. El mando total de la fuerza policial en el país. 10. Es el fin del federalismo en materia de seguridad pública en contra de municipios, Estados y Ciudad de México.149 A nivel interno el mando mixto policíaco apela al miedo social y a un pragmatismo sin contenido y antidemocrático porque favorece a una voluntad centralista y autoritaria que da cuenta del Estado Policíaco-Militar en el que vivimos150. A nivel externo, geopolítico, la centralización de poder en los Presidentes mexicanos, responde a crear una zona hemisférica de seguridad, para mantener las variables policiacas, militares y, de inteligencia bajo un “control” superior, concentrado y manejable por encima de la base ciudadana. En el esquema geopolítico de control de eua supra estatal, tanto militar como policíaco, los principios de soberanía nacional, federalismo y municipio libre establecidos en la Constitución 149. Ibidem. 150. Ibid, pp.3-6.
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mexicana, son obstáculos que dificultan la materialización de sus objetivos de dominación151, por lo cual se va contra ellos, y este nuevo modelo jurídico constitucional cumple con tal propósito. La estrategia hacia la integración total de América del Norte en los ámbitos de la energía, las telecomunicaciones, la educación, la cultura y la seguridad, implican la realización previa de la integración en el orden interno de cada nación, que facilite la integración supranacional, la construcción y consolidación del poder imperial del vecino del norte. Estas reformas constitucionales que apoyan la integración energética, son parte de la estrategia de seguridad del suelo patrio del hls de
eua152. La militarización, el verdadero objetivo: Reformas a la Justicia Militar. Controlar resistencias a nivel local con el mando mixto policíaco no se considera suficiente para el dominio y control territorial de México. Se avanza en fortalecer los cuerpos de seguridad al aumentar 151. O’Neil Shannon K., Petraeus, David, H. y Zoellick, Robert B., Op.Cit. pp. 50-60. 152. Lee Erik y Christopher Wilson, La Economía de la Frontera México-Estados Unidos en Transición, Woodrow Wilson Center Institute. Marzo 2015.
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su presupuesto, así como ampliar el marco jurídico de su actuación en seguridad, con la reciente aprobación de reformas al Código de Justicia Militar y al nuevo Código Militar de Procedimientos Penales, por parte del Senado mexicano153. El 27 de abril del 2016 las Comisiones aprobaron el “Dictamen” de 300 páginas en 7 minutos; al día siguiente, el 28, el Pleno dispensó primera y segunda lectura al Decreto que Reforma, deroga y adiciona diversas disposiciones del Código de Justicia Militar y que expide el Código Militar de Procedimientos Penales. En los hechos, las reformas al Código de Justicia Militar se orientan a la constitución en México de un Estado policíaco Militar, donde la fuerza castrense no estará 153. Bartlett-Díaz, Manuel, “Jugando con Fuego”, columna editorial del periódico El Universal, 5 de mayo, 2016. Senadores del PT y PRD presentaron Moción Suspensiva, aunque por razones distintas, por graves violaciones al procedimiento, que impidieron el análisis; precipitación subrayada por la onu-DH, preocupada por desbordamientos militares a la esfera civil. pri y pan bloquearon la suspensión. El Código fue aprobado por 78 votos -PRI 46, PAN 27, Verde 5- con 27 en contra -PAN 3, PRD 19, PT 4 y MC 1-. ¡Hacia el Estado Policiaco-Militar! La Moción Suspensiva advirtió: “el ejército está desplegado en todo el territorio, controla policías federales y locales, está nacionalmente a cargo de la seguridad pública, y le otorga una nueva legislación que desborda sus facultades restringidas a la disciplina militar, cuando lo que se requiere, urgentemente, es terminar con esta función inconstitucional, contraria al Estado de Derecho, riesgo para la democracia”. Impertérritos, siguieron adelante. Y en el “debate” desconocieron nuestra realidad de “crisis generalizada de derechos humanos”, por esta militarización expansiva. Consideraron, irónicamente: “un gran paso del Estado en materia de derechos humanos en la jurisdicción militar, su homologación al sistema penal acusatorio civil que incorpora los mejores estándares internacionales”. Disponible en: http://www.eluniversal.com.mx/ entrada-de-opinion/articulo/manuel-bartlett/nacion/2016/05/5/jugando-con-fuego (fecha de consulta 6 de junio, 2016).
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subordinada, a los derechos humanos, a los principios democráticos y al poder civil. En el caso del Código de Justicia Miliar, los cambios más significativos son: 1. La Secretaría de la Defensa designará a los magistrados y jueces del sistema jurisdiccional militar. Significa que los altos mandos militares son juez y parte en ese sistema y, con un sistema jurisdiccional militar capturado por los altos mandos militares. 2. La Secretaría de la Defensa designa al Fiscal General de Justicia Militar. Es decir, designa tanto al acusador como al Juez. 3. La Secretaría de la Defensa designa a los servicios periciales militares en la materia, a la policía militar –artículo 48- y, a los defensores de oficio militares. Todo lo cual significa que la investigación de los delitos contra la disciplina militar, su persecución, análisis probatorio de peritos y, procedimientos de administración de justicia militar están en manos del General Secretario. Viola el artículo 49 Constitucional, porque no pueden reunirse funciones de más de dos poderes en una persona o institución. 4. El control del aparto de justicia militar y su centralización en el Secretario de la Defensa Nacional sólo es propio del Estado absoluto
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pero no de un Estado de Derecho. 5. El sistema jurisdiccional de justicia militar debería formar parte del Poder Judicial Federal. En éste tendría que haber jueces y magistrados competentes en materia militar, pero sus titulares debieran ser civiles. 6. La amplitud de los delitos contra la disciplina militar son abundantes y exceden el contenido semántico de disciplina militar, violando el artículo 13 de la Constitución. En cuanto al Código Militar de Procedimientos Penales este tiene como base el publicado en el Diario Oficial de la Federación del 5 de marzo de 2014. En esta legislación se impuso la idea de abalar la presencia del Ejército frente a una delincuencia desbordada, sin considerar el Estado de derecho. El argumento principal fue la homologación de la instancia militar con el sistema acusatorito civil.154 Algunos de sus aspectos medulares serían: 1.-El Código Militar de Procedimientos Penales no contempla la 154. Este argumento resulta insostenible ya que éste se funda en la independencia e imparcialidad de jueces, fiscales, defensores y peritos; mientras en la justicia militar, el Secretario de la Defensa designa: magistrados, jueces militares, Fiscal General de Justicia Militar, servicios periciales militares, policía militar, defensores de oficio.
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reinserción social de los reos. 2.-Existen normas en el dictamen que permiten a los tribunales militares realizar diligencias respecto de personas y bienes de civiles (cateos, intervención de telecomunicaciones, presentación de testigos). En cualquier Estado de Derecho y democracia, esas diligencias deben ser competencia exclusiva de las autoridades jurisdiccionales civiles. 3.-Se establece en 23 supuestos de delitos contra la disciplina militar la obligación oficiosa de la prisión preventiva, más allá de las hipótesis estipuladas en el párrafo segundo del artículo 19 de la Constitución. La investigación de delitos contra la disciplina militar, su persecución, análisis probatorio y procedimientos de administración de justicia militar vertical, están bajo la voluntad del Secretario. 155 4.-Se establece el arraigo, institución contraria a los derechos humanos y a los Tratados sobre Derechos Humanos y más allá del artículo 16 de la Constitución que permite el arraigo que sólo se permite para delitos de delincuencia organizada. 5.-Es posible intervenir comunicaciones privadas. 155. La supuesta introducción al sistema penal acusatorio es inaplicable; el sistema de la jurisdicción militar viola el artículo 49 Constitucional: “no podrán reunirse dos o más de estos poderes en una persona o corporación”; pensemos en su injerencia al orden civil.
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6.-Se faculta la localización geográfica en tiempo real de personas, incluso sin autorización judicial. 7.-Se contempla la comparecencia obligatoria de testigos. En síntesis con el Código aprobado, los tribunales militares podrán realizar diligencias respecto de personas y bienes de civiles: cateos, intervención de telecomunicaciones, presentación de testigos; el Ministerio Público Militar puede solicitar cualquier información a personas, incluyendo niños, y servidores públicos; aprueban actuaciones sin autorización de los jueces militares: revisión corporal, inspección de vehículos, entrevistas a testigos, aportar comunicaciones entre particulares e inspección de personas; cateos a domicilios particulares ingresar a lugares cerrados sin autorización judicial, incluso a recintos gubernamentales, como los parlamentarios, para repeler una agresión, violando el 61 constitucional; podrán intervenir comunicaciones privadas; faculta la localización geográfica en tiempo real de personas, sin autorización judicial; comparecencia obligatoria de testigos; establece el arraigo, violando el artículo 16 Constitucional, que lo limita a delincuencia organizada. El Código amenaza al Estado de Derecho democrático, pues
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va más allá de la disciplina militar e interviene en conductas que corresponden al ámbito civil, por ello inconstitucional. Vulnera derechos fundamentales y coloca a las fuerzas armadas por encima del Estado de Derecho y de la soberanía popular. Estamos a las puertas de la dictadura en violación a los artículos 13 y 129 de la Constitución.
La militarización de los puertos Bajo el pretexto de que México debe cumplir con compromisos internacionales con la Organización Marítima Internacional (omi) de la que México forma parte desde 1954, el 8 de marzo de 2016 Enrique Peña Nieto envió al Senado una iniciativa de reformas a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal para incorporar las Capitanías de Puerto a la Secretaría de Marina. En la Exposición de Motivos argumenta que debido a las modificaciones a los instrumentos emitidos por la omi respecto de seguridad de la vida humana y para prevenir la contaminación por los buques, “resulta necesario que el Estado mexicano tenga que adecuar y armonizar su legislación vigente en materia marítima, por lo que la presente iniciativa
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tiene por objeto realizar una reingeniería sobre las estructuras, funciones y organización de las dependencias de la Administración Pública que intervienen como autoridades en materia marítima”. 156. Ahí se considera “pertinente” definir una Autoridad Marítima Nacional para cumplir con los compromisos internacionales señalados anteriormente, y esta decisión recae en la Secretaría de Marina y ya no en la Secretaría de Comunicaciones y Transportes. La iniciativa propone una reingeniería y redistribución de facultades entre ambas Secretarías “para evitar duplicidad de funciones y la confusión por parte de la comunidad marítima nacional e internacional” sobre el ejercicio de la autoridad portuaria. Así, la sct sólo podrá realizar la regulación, organización y administración de la marina mercante. De tal forma, a la Secretaría de Marina le corresponderán las siguientes facultades:157 • Otorgamiento de permisos para la prestación de servicios de transporte marítimo de pasajeros y de turismo náutico con 156.http://www.senado.gob.mx/sgsp/gaceta/63/1/2016-03-08-1/assets/documentos/ INIC_EJEC_LEY_ORGANICA_ADM_PCA_FED_LEY_NAVEGACION.pdf (fecha de consulta 30 de septiembre, 2016) 157.http://www.senado.gob.mx/sgsp/gaceta/63/1/2016-03-08-1/assets/documentos/ INIC_EJEC_LEY_ORGANICA_ADM_PCA_FED_LEY_NAVEGACION.pdf (fecha de consulta 9 de agosto, 2016)
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embarcaciones menores. • Autorizar arribos y despachos de las aeronaves y artefactos navales. • Abanderar y matricular las embarcaciones y artefactos mexicanos. • Administrar los registros nacionales de la gente de mar y de embarcaciones. • Investigar y certificar a las embarcaciones mexicanas y extranjeras. Lo anterior significaría la militarización de las 103 capitanías de puertos del país, la desaparición de los marinos mercantes encargados de aplicar la ley vigente, ya que estos son los responsables de instrumentar los tratados internacionales y de fomentar el comercio exterior del país. De aprobarse, aparte de la real militarización de los puertos provocará, en términos comerciales, la quiebra de casi 200 pequeñas y medianas empresas que se desempeñan en 16 puertos.158 Esta militarización se confirma con las reformas propuestas a la Ley de Navegación y Comercio Marítimo y la Ley de Puertos, a 158. http://www.jornada.unam.mx/2016/05/17/politica/008n1pol (fecha de consulta 9 de agosto, 2016)
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fin de que sea la Secretaría de Marina la que otorgue permisos para la prestación de servicios de transporte marítimo de pasajeros y de turismo náutico con embarcaciones menores, y autorice arribos y despachos de las embarcaciones y artefactos navales mexicanos. Esta Iniciativa de reformas del Ejecutivo formaliza lo que ya desde hace años se había gestado en este proceso de militarización de los puertos, pues desde abril de 2014, la Armada de México había asumido el “liderazgo” de 19 puertos comerciales, a través de la puesta en marcha de los Centros Unificados para la Protección Marítima y Portuaria (cumar), que aunque son de naturaleza interinstitucional, son presididos por el mando naval. El Reglamento de los cumar fue publicado en el Diario Oficial de la Federación del 21 de abril de 2014159, señalando que el objetivo de esta reorganización de los esquemas de seguridad, era para “garantizar un nivel de riesgo aceptable en los puertos, la administración, operación y servicios portuarios y las actividades marítimas, así como atender eficazmente los incidentes marinos y portuarios”. Cada cumar cuenta con una unidad de la denominada policía marítima, integrada exclusivamente por elementos de la Armada, la cual es la responsable 159. http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5341473&fecha=21/04/2014
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de responder de forma inmediata en caso de algún ataque contra buques o cualquier otra emergencia de seguridad. Aunque la capitanía del puerto tiene la facultad para permitir a una embarcación entrar o permanecer en una zona restringida dentro de un puerto, tendrá forzosamente que solicitar al cumar el visto bueno para dar alguna autorización. La propuesta de reformas en cuestión tiene como propósito militarizar los puertos, lo que sin duda alguna representa un virulento ataque al artículo 129 de la Carta Magna, donde con total certidumbre se dispone que en tiempos de paz ninguna autoridad militar podrá ejercer más funciones que las que tengan exacta conexión con la disciplina castrense. La militarización de los puertos está levantando numerosos cuestionamientos por parte de 15 organizaciones de Colegios de Marinos y de Oficiales de Comunicación Marítima por considerar que con la militarización: • Se encuentra en riesgo el cumplimiento de los convenios internacionales suscritos por México; • La estructura militar que se impondrá dificultará las actividades
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mercantiles y comerciales por su rigidez; • Las capitanías de puerto no tienen la responsabilidad de la Seguridad Nacional; • Los militares desconocen las operaciones de los buques dedicados al comercio y tampoco están capacitados para la realización de inspecciones técnicas y la certificación de embarcaciones mercantes, entre otros cuestionamientos. Las capitanías de puerto han manifestado a la opinión pública su desacuerdo con esta Iniciativa160, pero de manera más específica han solicitado al Senado evitar el rumbo de la militarización, por lo que la Iniciativa del Ejecutivo debe ser improcedente y ser desechada. Se presentó ante la Comisión de Marina del Senado de la Republica, a nombre de la comunidad marítima y portuaria nacional la Orden de Capitanes y Pilotos Navales de la República Mexicana; la Asociación Sindical de Oficiales de Máquinas de la Marina Mercante; la Asociación de Terminales y Operadores Portuarios, A.C.; la Asociación Mexicana de Infraestructura Portuaria, 160. Puertos y Transporte de Carga, “Militarización de Puertos sería un cuello de botella para el país”, 22 de septiembre de 2016. Disponible en: http://www.ptc.mx/2016/09/ militarizacion-de-puertos-seria-un-cuello-de-botella-para-el-pais/ (fecha de consulta 25 de septiembre, 2016).
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Marítima y Costera, A.C; el Cuerpo Consultivo Mercante, A.C., y los Colegios de Marinos de Veracruz, Tamaulipas, Sinaloa, Ensenada y Campeche, dando a conocer su categórico rechazo a la Iniciativa. Dentro de los argumentos que plantean destacan los siguientes: “Dicha iniciativa carece de motivos justificables, ya que: “1. Parte de bases falsas. “2. Le otorga atribuciones a la armada que por su naturaleza no le corresponden. De aprobarse habría una grave y negativa afectación al régimen democrático de nuestro país y es contraria a la función constitucional de la armada, lo que significaría abonar el camino para iniciar el principio del fin de nuestro de nuestra democracia, ya que se trata en realidad de un intento de despojo por parte de la armada para regular a los actores del comercio por mar. “3. Constituye un retroceso autoritario en la evolución de las instituciones civiles en México, ya que implicaría una regresión de 40 años al imponer a una estructura administrativa encabezada por mandos militares que existió hasta 1976, misma que probó ser ineficiente y de ahí su cambio al ámbito civil dentro de la sct. “4. Bases Falsas. A) No se precisa cuáles son las modificaciones realizadas
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a los instrumentos internacionales referidos SOLAS/74 y MARPOL 73/78 que justifiquen una reforma de ley, ni porqué es necesario que el Estado mexicano tenga que adecuar su legislación marítima para empoderar a la armada. No hay un razonamiento lógico que explique la necesidad de la reforma, ni cómo se llega a esa conclusión. Constituye un precedente arbitrario al pretender transferir atribuciones de una autoridad civil a una autoridad militar para arrogarse como “Autoridad Marítima Nacional”… “5. Función Constitucional y Legal de la Armada. Las atribuciones que se pretenden otorgar a la armada, van en contra de la naturaleza misma de esta organización militar, y más allá de su función otorgada por la Constitución Federal. “6. Iniciativa Contraria al Ejercicio de la Autoridad Marítima en los Países Desarrollados. La propuesta de reforma, de aprobarse en el Poder Legislativo, le daría a la autoridad militar facultades que hoy recaen en la autoridad civil, lo cual sería contrario a lo que sucede en la totalidad de los países desarrollados del mundo en los que las Armadas no tienen a su cargo funciones propias de la marina mercante o civil. “7. Presunción de Argumentos de los cuales en la Realidad se Carecen.
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La armada argumenta que ellos son “la única Institución que cuenta con el personal, las capacidades y los medios operativos para garantizar el cumplimiento del orden jurídico nacional en materia de seguridad y protección marítima”. Por todo lo anteriormente expuesto, las organizaciones firmantes solicitan que la iniciativa de ley referida es improcedente y debe ser desechada.161 Este proceso de militarización, primero por la vía administrativa, y ahora por la vía legislativa, entra en consonancia con el modelo de militarización del país en el contexto de las reformas estructurales. La pregunta que surge es ¿encaja esta propuesta en el proyecto integracionista? Nuestra interpretación es que sí. Tendría que ver con el papel que jugará México como plataforma de exportación para el gas shale procedente de Texas (a través del Istmo de Tehuantepec) para ser exportado en un puerto del Pacífico, así como para el mayor comercio que resultará del ttp. Para prueba más palpable baste citar la presentación del 23 de julio de 2015 de Carlos Pascual (ya en su calidad de vicepresidente senior 161. En :http://sil.gobernacion.gob.mx/Archivos/Documentos/2016/04/asun_3360742_ 20160414_1460641555.pdf
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de ihs inc162) ante la Comisión de Asuntos Externos del Congreso estadunidense, en la que señala que tanto la cfe y pemex han completado las ofertas para ampliar el sistema nacional de gasoductos y para completar nuevas interconexiones con Estados Unidos. Esta expansión del sistema de gasoductos de eua traerá gas natural a México, para aumentar la competitividad de América del Norte.163 Explícitamente enuncia que “el nuevo enfoque de México en la que se extienden las tuberías de gas ha creado oportunidades de negocio para las empresas estadounidenses y los inversores. En una tubería que se extiende desde Arizona a Mazatlán en la costa del Pacífico de México, El Paso Natural Gas (filial Kinder Morgan) ganó el contrato para construir la porción de Estados Unidos…El 22 de junio de 2015, la cfe anunció licitaciones para proyectos de infraestructura 24 de energía estimado en $10 mil millones en inversión, incluyendo una tubería submarina de 162. IHS Cambridge Energy Research Associates (IHS CERA) opera como una compañía de investigación y consultoría internacional, que realiza análisis acerca de mercados energéticos, geopolítica, tendencias de la industria y estrategia. La compañía provee informes analíticos acerca de los sectores energéticos más importantes, como lo son el petróleo, los productos refinados, el gas natural y la energía eléctrica tanto regional como mundialmente. Tiene oficinas en Beijing, Calgary, Ciudad de México, Moscú, Oakland, California, Oslo, París, São Paolo y Washington DC. 163. Pascual, Carlos (Senior Vice President, IHS) Pursuing North American Energy Independence: Mexico’s Energy Reforms, House Foreign Affairs Committee, Subcommittee on the Western Hemisphere, July 23, 2015, p.p. 3-4. En: https://foreignaffairs.house.gov/ hearing/subcommittee-hearing-pursuing-north-american-energy-independence-mexicosenergy-reforms/
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$3.1 millones de dólares de Brownsville al puerto mexicano de Tuxpan y siete proyectos de ductos adicionales. Las empresas estadounidenses tienen ventajas comparativas para participar en la construcción y su financiamiento. La extensión de tuberías de gas natural y los precios de la electricidad más bajos benefician directamente a las empresas como GM, Ford, Chrysler, Boeing, GE, Intel y otras grandes compañías estadounidenses que han invertido en México….” Finalmente, esta Iniciativa a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal para incorporar las Capitanías de Puerto a la Secretaría de Marina fue presentada y aprobada en el Senado el 30 de noviembre de 2016, prácticamente sin discusión ni oposición. Los pocos argumentos que se esgrimieron consideraron la inminente militarización de los puertos, como parte de modelo que aquí se ha evidenciado.164 Destacamos la participación de Senador del Partido 164. “… no es nada más la militarización, lo que es la realidad y no la mentira que vienen aquí a decir con una desvergüenza increíble. Eso está controlado por el extranjero. Están llevando a México a un régimen militar policíaco ustedes, aceptando estos mandatos absurdos, antinacionales, traidores a la patria, y el Presidente de la República es el que está impulsado todo esto. Hay que pararlo y no estar aquí de obsequiosos, ignorantes sin leer nada, participando en una conjura contra la democracia mexicana que es la militarización y establecimiento claro de un régimen policíaco-militar al cual se van ustedes a ver sometidos, a sus hijos, a sus familias y están jugando con fuego con el apoyo del Senado de la República que no cumple sus funciones, sino se convierte en un palero de los intereses extranacionales del Presidente de la República.” “Cuando se planteó la reforma energética, Peña Nieto dijo: “que no se trataba de privatizar nada, que ni un tornillo” Y están ya vendidos los ductos, está ya en desaparición la CFE y PEMEX. Cuando se reformó la Ley de Armas
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Acción Nacional, Francisco Salvador López Brito quien en un acto de independencia se posicionó en contra de esta Iniciativa, ya que según su experiencia de director de una Administración Portuaria insistiendo que la reforma a la ley orgánica de 1976 le da a las administraciones portuarias integrales y las Capitanías del Puerto, una naturaleza totalmente de carácter civil. Y del análisis de esta reforma de 1976, en los 40 años de vida de esta reforma- señaló-, de Fuegos y Explosivos, se dijo que era necesario que entraran los agentes migratorios norteamericanos a México, en nuestras propias instalaciones, y que estarían armados, pues nada más porque el uniforme de los agentes migratorios norteamericanos tenía que tener la pistola, y con eso se abrió el país para que en todas nuestras instalaciones migratorias estén los Estados Unidos ejerciendo una función estratégica del Estado mexicano. Cuando se dijo que se requería elevar las penas en materia de ductos porque se estaban robando la gasolina de manera escandalosa, que estaba limitado a eso, presentaron una iniciativa de encarecimiento de todos los delitos en materia de hidrocarburos…que era nada más para proteger los ductos, mienten, se estableció el terrorismo en materia de plantas energéticas, etcétera, también se mintió. Y así es como han estado destruyendo a este país a base de mentiras, de mentiras que surgen de la Presidencia de la República y que aquí las avalan de una manera absolutamente irresponsable, absolutamente irresponsable… Ahora nos vienen a decir que esa reforma en materia de Marina de Puertos y de manejo de las Capitanías de Puerto no cambia nada, y es otra mentira más, es, sin duda alguna, la militarización de todos los puertos de ese país, es absolutamente cierto, y hay que leerla, porque no leen, y aquí viene el cambio de lo que se modifica y obviamente se le está entregando a la Secretaría de Marina-Armada de México el control de todos los puertos del país. Mienten cuando dicen que no se militariza, claro que se militariza y hay que ver todo lo que se está cambiando en este dictamen que es una batea de babas. Yo no sé cómo se atreven a hacer este tipo de dictámenes. Dice, “es sólo una reorganización, vamos a mejorar la distribución de las funciones” Intervención del senador Manuel Bartlett en la sesión del 30 de noviembre de 2016, en el la cual se aprobó el proyecto de decreto por el que se reforman diversos artículos de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos y de la Ley de Puertos. Versión estenográfica completa disponible en: http://www.senado.gob.mx/index.php?ver=sp&mn=4#_Toc468285802
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hemos observado un progreso en los puertos del país, tenemos puertos de clase mundial. Lo que hace la Capitanía de Puerto son una serie de acciones de tipo administrativo. Expuso: “Y ahora le estamos dando ese trabajo a la Secretaría de Marina y Armada de México de vigilar desde el punto administrativo el estado en que se encuentran las embarcaciones, darles las licencias, los permisos, a los mismos y a quienes las manejan, a quienes las conducen, estamos hablando de miles y miles de marineros que se forman en las escuelas náuticas mercantes del país, una en Mazatlán, otra en Tampico, otra en Veracruz, que forman marinos mercantes, ingenieros navales, pilotos navales que salen con un gran conocimiento en legislación portuaria marítima, naval, mercante, y precisamente en manos de ellos están las Capitanías de Puerto. De tal manera que el pretender ahora a través de esta iniciativa incorporar nuevamente, después de 40 años que hemos visto un buen trabajo a través de la sct, para cumplir con estas funciones netamente civiles de las Capitanías de Puertos.” “Se habla de compromisos marítimos internacionales, pues quiero decirles que de 172 países de la Organización Marítima Internacional, sólo once países mantienen las Capitanías de Puerto bajo el régimen militar, entre ellas Corea del Norte, Chile, República Dominicana, Honduras, Colombia, entre otros, y que de los 34 países de la OCDE que México forma parte, sólo Chile cuenta o mantiene una Capitanía de Puerto bajo régimen militar, entonces, si lo que decimos es para compromisos marítimos internacionales, pues ni la OCDE ni la omi están en esa tesitura.” “La seguridad de los puertos no únicamente depende de 222
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las capitanías, es un trabajo integral entre aduanas, migración, la misma Secretaría de Salud también interviene en esto, y la Armada de México ya tiene una importante participación en la vigilancia, en la seguridad de los puertos. Está cumplido también el aspecto de seguridad, de tal manera de una serie de contradicciones en esta iniciativa sí me preocupa y, desde luego, no con el 129 donde en tiempos de paz ninguna autoridad militar puede ejercer más funciones que las que tengan exacta conexión con la disciplina militar, está muy claro, y en aras de la seguridad, entonces, yo creo que en los aeropuertos también se están cometiendo irregularidades donde se dan eventos de introducción de drogas, de crimen organizado, entonces, yo creo que la Aeronáutica Civil también la tenemos que intervenir a través del área militar. Y en las carreteras de todo el país se dan una serie de delitos, entonces, también tendremos que poner la dirección de Autotransporte Terrestre en manos también del Ejército para los mexicanos que sí vivimos atemorizados por la situación de inseguridad, pues, entonces, tengamos plena confianza en que ahora sí nos van a cuidar. Veo una serie de situaciones contradictorias. Yo veo que la tendencia es aprobar este dictamen.” 165, El Proyecto de Decreto fue aprobado en lo general y en lo particular, en la sesión del 30 de noviembre de 2016 en un solo acto y se remitió a la Cámara de Diputados. Por tanto, esta aprobación de la militarización de los puertos, viene a demostrar que esta estrategia de seguridad es para garantizar el resguardo de la infraestructura energética que favorezca el interés de las empresas norteamericanas, y no las falaces argumentaciones 165.Versión estenográfica completa en: http://www.senado.gob.mx/index.php?ver=sp&mn=4#_Toc468285804
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señaladas en la exposición de motivos de la Iniciativa del Ejecutivo.
La reforma a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos El 24 de febrero de 2015 fue presentada una Iniciativa presidencial para reformar y adicionar la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, estableciendo como objeto “tiene por objeto generar una nueva regulación encaminada a fortalecer los procesos de cooperación migratoria y aduanera de México con el resto del mundo, con el objeto de hacer más eficiente el flujo de personas y mercancías, abatiendo costos y tiempos, impulsando un mayor beneficio económico para nuestro país”. 166
, argumentando que esta medida está motivada por la necesidad
de “es preciso promover una infraestructura adecuada y el acceso a insumos estratégicos que fomenten la competencia y permitan mayores flujos de capital y conocimiento hacia individuos y empresas con el mayor potencial para aprovecharlo.” Con una argumentación falaz, en la que incorpora datos respecto del volumen de tránsito de personas y mercancías por la frontera (la norte, por supuesto), es necesario que los nuevos procesos de despacho e 166.http://infosen.senado.gob.mx/sgsp/gaceta/62/3/2015-02-24-1/assets/documentos/ Inic_Ley_Fed_Armas_Fuego_24022015.pdf
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inspección de mercancías agilicen los trámites y minimicen el efecto de “cuello de botella” en las aduanas, que no permite un intercambio comercial eficiente y benéfico para la economía mexicana. Bajo el pretexto de la revisión aduanera, así como la pre-inspección migratoria y de visitas de alto nivel, se plantea implementar un esquema de cooperación internacional para la “preinspección aduanera de mercancías, por parte de autoridades aduaneras mexicanas en territorios extranjeros y de autoridades aduaneras de otros países en el territorio de México, con el objeto de facilitar y agilizar el tránsito de mercancías entre dichos países…Para esos efectos, se busca permitir que, sujetos al principio de reciprocidad, los funcionarios aduaneros extranjeros ingresen y porten sus armas de cargo en los puntos de revisión de las aduanas ubicadas en territorio mexicano que sean seleccionadas para la instrumentación de estos nuevos esquemas y, de manera recíproca, a los agentes mexicanos en aduanas ubicadas en territorios extranjeros, como lo hacen en sus propias instalaciones, por lo que es necesario reformar el texto de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.”167 La evidencia de que se trata de una Iniciativa de Ley que atiende al interés extranjero y no a la soberanía nacional, al dotar de permiso 167. Ibídem. p.p. 4 y 5.
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formal para la portación de armas a agentes extranjeros, aduaneros, migratorios y agentes de “seguridad de funcionarios extranjeros”, queda de manifiesto al visibilizar los aspectos más delicados de la misma. 1) Violenta el artículo 89, fracción X de la Constitución, al infringir principios de política exterior: de no intervención y el de autodeterminación de los pueblos porque agentes extranjeros armados actuaran en el territorio soberano de México; es decir, el monopolio de la fuerza pública dejará de existir y se compartirá con gobiernos extranjeros. Los agentes extranjeros tendrán, aunque sea parcialmente, el control territorial abierto en nuestro país. 2) El Acuerdo entre el Gobierno de México y de eua, sobre Asistencia Mutua entre sus Administraciones de Aduanas -del 9 de diciembre de 2013- entra en contradicción jurídica con la reforma legal que se propone porque una ley no puede estar antes que la Constitución. Además, dicho acuerdo interinstitucional, no fue aprobado por el Senado, violando el artículo 76, fracción I, Constitucional. 3) La reforma a la ley de armas violenta el principio de legalidad y certeza, pues es ambigua, vaga e indeterminada: a) No define la cantidad de permisos individuales o colectivos se otorgarán a los
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agentes extranjeros armados; b) No precisa el número máximo de agentes armados extranjeros que podrán estar en nuestro país; c) No precisa la cantidad de agentes extranjeros que habrá por cada una de las estaciones migratorias en México y por cada una de las decenas de Recintos Aduaneros del país; d) No precisa la cantidad de armamento y equipo que estará a disposición de cada agente extranjero; e) No precisa las relaciones de mando y de coordinación entre los agentes migratorios y aduanales extranjeros con los agentes aduanales y migratorios nacionales; f ) No precisa si en las rutas, caminos o transporte los agentes extranjeros también portarán armas; g) No define que se entiende por reciento o local migratorio o aduanal; h) No define el número máximo de prórrogas que se otorgarán por el gobierno mexicano a los permisos individuales o colectivos; i) No define cuál es el juez penal competente en caso de que un agente extranjero cometa un delito en territorio nacional; j) No define el régimen jurídico al que estarán sujetos los agentes extranjeros en su relación con la población mexicana y en relación con las autoridades nacionales, lo que hace suponer que el sistema migratorio y aduanal mexicano estará sometido al control y a la
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administración del gobierno de los eua y no de los mexicanos. 4) Nuestros servicios de migración y aduanas estarán bajo la autoridad de la hls. Con la laxitud de las normas previstas en la reforma, sin duda, muchos de los agentes migratorios y aduanales extranjeros serán agentes encubiertos de agencias, como de la cia, ya presentes en México. 5) Los artículos 28 y 28 bis aluden a los “acuerdos interinstitucionales” que no pasan por la aprobación del Senado, violando el artículo 76 fracción I de la Constitución. El “principio de reciprocidad” debe estar previsto en un Tratado para ser válido porque compromete la soberanía de las naciones involucradas, carece de la legitimidad constitucional derivada de la representación política nacional de cada Estado. Otra posibilidad del principio de reciprocidad, de acuerdo al derecho internacional, es que las leyes de los Estados involucrados contemplen expresamente esa reciprocidad; lo que en el caso concreto no se actualiza. De hecho, en la segunda enmienda de la Constitución de eua se impide la pretendida reciprocidad: el derecho para portar armas en EU es para los estadounidenses no para los agentes extranjeros de otra nación.
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6) Los permisos a extranjeros podrán renovarse semestralmente y de manera indefinida. Implica que una parte de la fuerza pública en el territorio mexicano la tendrán agentes extranjeros, contraviniendo el artículo 21 constitucional, que precisa que son autoridades civiles nacionales las que la deben ejercer. 7) Prevé, sin control alguno por parte del Senado al Ejecutivo, y en oposición al artículo 76 de la Constitución, que cualquier tipo de arma, del calibre que sea, ingrese al país y sea portada por extranjeros. Bastará, la simple aprobación de la Secretaría de la Defensa Nacional sin intervención de control alguno del legislativo. 8) Violenta también las fracciones XIV y XV del artículo 73 de la Constitución porque el Congreso no tiene facultad para legislar sobre las armas que portan o usan agentes extranjeros en territorio nacional. Sería necesaria una reforma previa al artículo 73 para que el Congreso pudiera legislar en la materia que se propone. Sin discusión de fondo y de manera irresponsable168, esta Iniciativa 168. Versión estenográfica de la Sesión Ordinaria de la H. Cámara de Senadores, celebrada el jueves 9 de abril de 2015. Intervención del senador Manuel Bartlett: “Este dictamen que ha sido presentado aquí por dos presidentes de comisiones, es un atentado directo contra la soberanía nacional, es un acto de simulación en el cual presentan y hablan constantemente de avances que se lograrán al multiplicar instalaciones aduanales y migratorias, con presencia de agentes extranjeros, como un gran avance económico que nos permitirá al turismo y crecientes servicios. Es un acto de simulación porque se trata de la aceptación de una nueva imposición de
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los Estados Unidos de Norteamérica, que significará la invasión de este país, de agentes policíacos norteamericanos armados en todo el territorio nacional, lo cual es una absoluta violación a la soberanía de este país. Y es una vergüenza que este Senado de la República se preste a estas simulaciones que el Presidente de la República inicia, sometido a los intereses de los Estados Unidos. Obedece este objetivo a la geopolítica norteamericana de hacer del territorio de los tres países: México, Canadá y Estados Unidos, una sola entidad llamada Norteamérica, integrada bajo su férula, bajo la dominación de los Estados Unidos. El Senado de los Estados Unidos Mexicanos le presta el menor interés a la entrega de la soberanía nacional. Sí les puedo decir que quedarán en la historia sus nombres, como un Senado abierto que se prestó a cumplir los mandatos de la potencia extranjera vecina para inundar a nuestro país de agentes extranjeros armados. Vamos a tener diversas intervenciones al respecto, pero de ninguna manera se trata, y no lo oculten, de impulsar la economía, de impulsar el turismo, el mercado. No se necesitan armas en estas actividades, ni se necesita este mecanismo, que lo único que trae es una intervención armada de los Estados Unidos hasta los últimos rincones de nuestro país. Voy a tomar los aspectos jurídicos que han sido totalmente desatendidos en las comisiones. La propuesta de reforma es anticonstitucional porque no está en ninguno de los supuestos contemplados en los artículos 10, 21, 35, 36, 89 de la Constitución, los agentes migratorios y de aduanas extranjeros con armas en territorio nacional no actualizan ninguna hipótesis vigente en la Carta Magna, es inconstitucional. Consideramos que nuestros servicios de migración y aduanales estarán bajo la autoridad de la Homeland Security, que es el organismo establecido por Bush para combatir, sin ninguna limitación, al terrorismo violando derechos humanos. Para, en todo caso, evitar atropellos, yo les pediría que visualizaran, en un momento, ustedes, mexicanas y mexicanas un servicio migratorio y aduanal bajo las órdenes de agentes mexicanos, pero además hoy con la presencia de agentes norteamericanos armados, ocupados de dar el tratamiento adecuado a centroamericanos, a indígenas mexicanos, a campesinos de nuestro país, bajo la presencia de policías norteamericanos armados. Pueden ustedes imaginarse cómo se va a dar esto en Chiapas, en Guerrero, en Oaxaca, la presencia de ese tipo de policías migratorios que son los que expulsan a millones de mexicanos con el tratamiento inhumano que lo hacen, van a estar aquí en nuestro territorio frente a mexicanos en nuestro propio territorio con una autoridad que les confiere este acuerdo y esta ley. Pero, un comentario final. En la brutal asimetría que existe entre el poder de los Estados Unidos y el nuestro, no hay reciprocidad que funcione, ninguna. Insisto, y vamos a volver a insistir en este debate que esperemos que se dé, porque acostumbran, los Senadores y Senadoras que siguen instrucciones del Presidente de la República, no discutir, de leer algunos argumentos, como lo hicieron ayer, de hablar de generalidades, de banalidades, de mentiras y de disfraces para no entrar al tema. Por eso yo les pido que entren al debate, si están aquí, Senadoras y Senadores, que están de acuerdo con la integración del territorio mexicano al territorio de los Estados Unidos, bajo el control
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de reformas a la Ley fue aprobada el 12 de noviembre de 2015, sirviendo de base y contexto para justificar la autorización a portar armas a agentes extranjeros en territorio nacional. Este contexto termina por formalizar expresamente lo que en el resto de las leyes y reformas aquí desarrolladas sobre la militarización de áreas antes del ámbito civil, el fortalecimiento del aparato policíacomilitar para garantizar la ocupación territorial en favor de los intereses de las empresas extranjeras, y ahora aceptar tácitamente la intervención de agentes armados extranjeros, bajo un esquema de “cooperación”. El bagaje legislativo en materia de seguridad aprobado por el Congreso mexicano en un periodo de dos años demuestra lo que afirmamos: 1) Ocupación Temporal: Leyes Secundarias de la Reforma Energética: Ley de Hidrocarburos, Ley Minera, Ley de la Industria Eléctrica y Ley de Energía Geotérmica (dof, 11 de agosto de 2014); 2) Agentes extranjeros podrán portar armas en territorio mexicano: de la Homeland Security, que lo digan, que vengan y lo digan. ¿Por qué no? Así ya están avanzadas las medidas como las que se han tomado aquí. Lo que les pedimos es que actúen con dignidad ante una presión clara y una sumisión del gobierno mexicano, y de este Senado de la República, a la presión de los Estados Unidos para una invasión de agentes extranjeros en todo el territorio nacional.” Disponible en: http://www.senado.gob.mx/index.php?ver=sp&mn=4&sm=1&str=1605
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Reformas a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos (dof, 22 de mayo de 2015); 3) Régimen penal especial en materia de hidrocarburos: Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos (dof, 12 de enero de 2016); 4) Zonas Económicas Especiales: Ley Federal de Zonas Económicas Especiales (dof, 1o de junio de 2016); 5) Homologación Justicia Militar: Reformas al Código de Justicia Militar (dof, 16 de mayo de 2016); 6) Mando Mixto Policiaco: Reformas constitucionales en materia de seguridad pública (aprobado el 17 de junio de 2016). Con ello se constata la construcción de un régimen de seguridad que no sólo garantiza las inversiones de corporaciones extranjeras en México; debido a que no solo fortalece a los cuerpos policíacomilitares nacionales, sino incluso extranjeros y se permite la actuación de sus agencias de seguridad libremente en territorio nacional; con el antecedente del traspaso de activos e infraestructura estratégica nacional, así como tierras y territorios a las corporaciones financieras. Por lo anterior es posible concluir que México es un país ocupado.
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México es “integrado” al proyecto geopolítico de eua bajo nuevas formas de ocupación de territorios y expansión de fronteras.
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LA ESTRATEGIA DEL CONSENSO HEGEMÓNICO: LA NUEVA VERSIÓN DE LA aspan
El interés nacional de eua se ha proyectado hacia sus dos vecinos geográficos con el objetivo de afianzar el control sobre sus recursos energéticos para garantizar su seguridad energética y la de sus corporaciones. La política energética de México -constitucionalmente nacionalista hasta 2013 en que epn realizó la reforma energética- se ha ido deslizando hacia los esquemas de privatización norteamericanos. Estos deslizamientos han sido concesiones disfrazadas, reformas a la Ley de la Industria Eléctrica –a partir del tlc- que introducen los concepto de libre comercio en electricidad, y avances privatizadores a través del sometimiento a México de la obligación de licitar internacionalmente la explotación de la industria petrolera. Las élites de México y Canadá han hecho suyo el compromiso de colaborar con abasto petrolero a precios bajos para eua. Ha sido 234
La Estrategia del “Consenso Hegemónico”: La Nueva Versión de la Aspan
vocación incuestionada de las oligarquías colaborar con la seguridad energética de eua169. Directivos de pemex, como fue el caso de Raúl Muños Leos, afirmaron tal vocación: “El reto es: como esta riqueza- el petróleo –debe orientarse hacia el fortalecimiento de la seguridad energética nacional, de nuestros principales socios comerciales” (marzo del 2003)170. México, al igual que Canadá es calificado por eua como un abastecedor confiable cuya producción petrolera futura (si bien no se sabe a cuánto podría ascender) contribuiría a garantizar la seguridad energética de eua, apoyaría la fortaleza de su política exterior y su competitividad internacional. Por ello la re ha sido considerada como una pieza fundamental para este derrotero. Días antes del inicio de la presidencia de Peña Nieto, el Senador Richard Lugar de
eua refleja bien este sentir en un informe del Congreso en donde sugiere que éste “necesita comprender los obstáculos- y oportunidades hacia el futuro en la producción petrolera de México“… Por lo cual sugiere aprovechar la oportunidad que “el Presidente de México 169. Vargas, Rosío y Alfonso Hickman Sandoval, “La integración energética en América del Norte y la Reforma Energética Mexicana”, Cuadernos de América del Norte, Núm. 14, CISAN/UNAM, 2009, p. 7. 170. Decelis Contreras, Rafael, Dossier de artículos publicados en el Universal, 23, de marzo del 2007.
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recientemente elegido ha dado señales de su deseo de que trabajemos juntos en asuntos de energía y el mayor partido de oposición se adhiere a este llamado. Estoy urgiendo a mis colegas y a la administración Obama de agarrar esta oportunidad”171. En este proceso de integración la subordinación del sector energético mexicano se manifiesta tanto en el ámbito productivo, como en el jurídico- institucional y el económico. Las políticas y acciones, son económica y productivamente irracionales en razón de la convergencia económica e ideológica entre las oligarquías de ambos países que se traduce en decisiones sobre los procesos de producción, distribución, refinación, comercialización, etc., decisiones orientadas en función de sus intereses particulares. En el 2016 estas políticas se justifican bajo la premisa de la “competitividad” por parte de las oligarquías de los tres países de la región quienes expanden sus intereses al resto de la sociedad mediante lo que se conoce como “la estrategia del consenso hegemónico”. 172 171. President Peña Nieto wrote: ‘‘Together with the United States and Canada, [energy shifts] may well contribute to guaranteeing North American energy independence— something from which we would all greatly benefit.’’ Ver: 113th Congress H.R., 1613, In the Senate of the United States”, An act to Amend. Op.Cit. p.1, 8 y 13. 172. La noción tiene como punto de partida la definición de hegemonía elaborada por el teórico italiano Antonio Gramsci. Sobre esta base el ejercicio del poder de las clases dominantes, los intereses del dinero en América del Norte, estarían dados fundamentalmente
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De la Alianza para la Seguridad y Prosperidad en América del Norte (aspan) al Diálogo Económico de Alto Nivel (dean). En materia energética la construcción de este consenso en torno a la energía se realiza desde los centros de pensamiento, universidades, medios de comunicación. A nivel de los gobiernos de América del Norte el mecanismo de donde surgen las propuestas ha sido la Alianza para la Seguridad y Prosperidad en América del Norte (aspan) con la participación de grupos de trabajo de los 3 países. Mecanismo a través del cual el país hegemónico (eua) desde el 2005 dicta las pautas de la integración en favor de sus intereses corporativos. Es un instrumento oligárquico inconstitucional (mantiene ésa por la “hegemonía” cultural que las clases dominantes quienes la ejercen a través del control del sistema educativo (universidades, Institutos tecnológicos, centros de pensamiento), y de los medios de comunicación. Así las oligarquías nacionales “educan” a los dominados para que estos vivan su sometimiento y el dominio y privilegios de las primeras como algo natural y conveniente. Siguen su agenda, sin elaborar visiones alternativas o distintas y, los que lo logran son denunciados como radicales. Con ello logran generar con el resto de la sociedad el sentimiento de identidad, en donde dominan los objetivos comunes, como si realmente los hubiera. Se conforma así un “bloque hegemónico” aglutinado en torno al proyecto de las élites de América del Norte. La supremacía de éstas se manifiesta como dominio y como dirección intelectual y moral. Sobre todo en México ocurre un alineamiento de clases en torno a este dominio intelectual, proyecto y narrativa en donde los gobiernos han tenido una participación principal. Robert Cox ha tomado este concepto de Antonio Gramsci para llevarlo al ámbito global intentando con ello aplicar la hegemonía para explicar la estabilidad y la continuidad del orden mundial. De acuerdo a Cox los poderes dominantes delinean el sistema internacional de acuerdo con sus intereses, pero lo han hecho no sólo a partir de la coerción, sino de generar un amplio consenso para mantener dicho orden, incluyendo a quienes están en desventaja, a los “perdedores”. En: Baylis, John & Steve Smith, The Globalization of World Politics, Great Britain, Oxford University Press, 2001, p. 212.
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denominación hasta el 2009), suscrito por las presidencias de Vicente Fox, Felipe Calderón y Enrique Peña Nieto, en convergencia con los intereses de las élites de los tres países de la región, sometiendo al Estado mexicano de manera inconstitucional e ilegal a sus acuerdos Ha propiciado los arreglos cupulares entre los personeros políticos y de los corporativos de la élite trasnacional en forma de propuestas que se turnaron a los jefes del Ejecutivo de los tres países de la región para imponerse como decisiones nacionales sobre las tres ramas (ejecutiva, legislativa y judicial). El cabildeo también se realiza al interior de los tres países por cabilderos profesionales, despachos de abogados, centros de pensamiento, organismos empresariales, universidades privadas y públicas, así como medios de comunicación. Su poder ha logrado cambiar la Constitución misma en artículos fundamentales y fundacionales generando una serie de mecanismos que salen fuera del marco legislativo existente. Sus propuestas se han convertido en iniciativas de ley aprobadas por los partidos signantes del Pacto por México (pri, pan y prd). Estas élites trinacionales junto con los centros de pensamiento de Washington y entidades como el
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Departamento de Estado de los eua y su Embajada en México, han sido eficaces cabilderos de los intereses de sus corporaciones y su gobierno para inducir los cambios en el Congreso mexicano a partir de las iniciativas de reformas y legislación secundaria del Ejecutivo. En 2009 el aspan se cambia de nombre por mecanismos ad hoc y las propuestas de las élites, mantenidas en la ilegalidad, se llevan a los encuentros presidenciales de “líderes de América del Norte” que cada año han tenido lugar entre los eua y de México.173 Desde el 2013 su nombre es Diálogo Económico de Alto Nivel (dean), anunciado por los Presidentes Barack Obama y Peña Nieto en mayo y se ha enfocado en avanzar las prioridades estratégicas económicas y comerciales que son centrales a la promoción del “crecimiento económico mutuo”. Cabe señalar que estos mecanismos que eluden la formalidad constitucional de pasar por el análisis y la aprobación del Senado se basa en una estrategia legal, aprobada desde 1992, en el gobierno de Salinas de Gortari, y como una estrategia previa de apertura comercial indiscriminada a través de mecanismos alternativos, 173. “México y EUA fijarán la Agenda de Trabajo”, La Jornada, 7 de febrero, 2016, p.7 http://www.jornada.unam.mx/2016/02/07/politica/007n3pol (fecha de consulta 19 de febrero, 2016).
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mediante la expedición de la Ley sobre la Celebración de Tratados, en donde distingue el concepto de tratados e incorpora una nueva categoría de “acuerdos interinstitucionales”: Artículo 1°.- La presente Ley tiene por objeto regular la celebración de tratados y acuerdos interinstitucionales en el ámbito internacional. Los tratados sólo podrán ser celebrados entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y uno o varios sujetos de derecho internacional público. Los acuerdos interinstitucionales sólo podrán ser celebrados entre una dependencia u organismos descentralizados de la Administración Pública Federal, Estatal o Municipal y uno o varios órganos gubernamentales extranjeros u organizaciones internacionales. Artículo 2°.- Para los efectos de la presente Ley se entenderá por: I.- “Tratado”: el convenio regido por el derecho internacional público, celebrado por escrito entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y uno o varios sujetos de Derecho Internacional Público, ya sea que para su aplicación requiera o no la celebración de acuerdos en materias específicas, cualquiera que sea su denominación, mediante el cual los Estados Unidos Mexicanos asumen compromisos. De conformidad con la fracción I del artículo 76 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los tratados deberán ser aprobados por el Senado y serán Ley Suprema de toda la Unión cuando estén de acuerdo con la misma, en los términos del artículo 133 de la propia Constitución. II.- “Acuerdo Interinstitucional”: el convenio regido por el derecho internacional público, celebrado por escrito entre cualquier dependencia u organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, Estatal o Municipal 240
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y uno o varios órganos gubernamentales extranjeros u organizaciones internacionales, cualquiera que sea su denominación, sea que derive o no de un tratado previamente aprobado. El ámbito material de los acuerdos interinstitucionales deberá circunscribirse exclusivamente a las atribuciones propias de las dependencias y organismos descentralizados de los niveles de gobierno mencionados que los suscriben. Con este antecedente, y para evitar el cuestionamiento de los acuerdos derivados del dean, se han elaborado y firmado diversos instrumentos contractuales denominados Iniciativas y Memorándum de Entendimiento (mou, por sus siglas en inglés)174 correspondientes al derecho anglosajón, que guardan la naturaleza con instrumentos no formales, y ni siquiera se denominan Acuerdos Interinstitucionales conforme a la legislación mexicana. Se han celebrado Iniciativas y Memorándum de Entendimiento al abrigo del dean en las siguientes materias: • Iniciativa para la Administración de la Frontera del Siglo XXI:175 Es 174. A menudo es utilizado en casos en los cuales las partes no desean emprender un compromiso legal o en situaciones en las cuales las partes no pueden crear un acuerdo legalmente obligatorio. Al igual a lo señalado en el caso de la Iniciativa Mérida, este mecanismo de instrumentos normativos no formales buscan eludir la obligación que al efecto establece la Constitución, en su artículo 76, fracción I, que requiera de la aprobación del Senado. 175.https://mx.usembassy.gov/es/comunicado-conjunto-iniciativa-para-laadministracion-de-la-frontera-en-el-siglo-xxi-reunion-del-comite-ejecutivo-bilateral/
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un instrumento que existe desde 2010. Derivado de la Iniciativa se hace un Plan de Acción Bilateral México-Estados Unidos adoptado en la Reunión Inaugural del Comité Ejecutivo Bilateral para la Gestión Fronteriza del Siglo XXI. A partir de 2016 se creará un Comité Ejecutivo Bilateral para la Administración de la Frontera del Siglo XXI. El financiamiento de las obras se dará por parte del Banco de Desarrollo de América del Norte (bdan). • Iniciativa Binacional de Manufactura Inteligente:176 Se realizará a partir de 2016 para optimizar tecnologías de la información en los procesos de fabricación a lo largo de la frontera. Memorándum de Entendimiento para Cooperación en Pequeñas Empresas y Fortalecer Competitividad Económica Regional177: • Firmado el 25 de abril de 2014 por la Secretaría de EconomíaInstituto Nacional del Emprendedor (se-inadem), México y el Departamento de Estado (eua). Con base en éste se han hecho mapeos de clústeres comerciales y educativos en ambos lados de la frontera.
176. http://reporteanual2014.fumec.org/binationalinitiatives/imi 177. https://www.state.gov/documents/organization/225518.pdf
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• Memorándum de Entendimiento Bilateral para la promoción de la Igualdad de Género, el Empoderamiento y los Derechos Humanos de las Mujeres178: Firmado en septiembre de 2014 por la se-inadem (México) y el Departamento de Estado (eua), México de adhiere por este instrumento a la “Alianza por un Futuro Igualitario” y debe elaborar un Plan de Acción. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (stps) se coordina con el Departamento del Trabajo de eua para modificar la legislación mexicana para prevenir la discriminación por género y orientación sexual. • Memorándum de Entendimiento para la Creación del Programa de Prácticas Profesionales179: Firmado el 16 de marzo de 2015 por la Secretaría de Relaciones Exteriores (México) y Secretaría de Estado (eua). Se formalizan los programas Proyecta 100,000 de México y 100,000 Strong in the Americas de Estados Unidos • Memorándum de entendimiento en materia de energía180: Firmado el 5 de junio de 2015 entre la Comisión Reguladora de Energía (cre),México ,y la Comisión Federal Reguladora de Energía 178. http://www.state.gov/documents/organization/198116.pdf 179.https://mx.usembassy.gov/es/memorandum-de-entendimiento/ 180.http://embamex.sre.gob.mx/portugal/images/ArticulosPDF/VISITA/mou%20 energia%20esp.pdf
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(ferc) en eua, para intercambios de información del seguimiento y supervisión de la venta al por mayor del mercado energético En este año, el 25 de febrero de 2016 el Vicepresidente de los Estados Unidos, Sr. Joseph Biden visitó México siguiendo la tradición de los encuentros anuales en donde se revisan y proponen los temas relevantes de la agenda bilateral. En esta ocasión bajo el dean181 se mencionaron reuniones con “actores relevantes” en 2015 si bien no se dieron nombres (por tanto no hay quien se responsabilice) de quienes han participado en los arreglos concertados en febrero de 2016. El dean (2016), continuación de los valores oligárquicos que caracterizaron a la aspan, transforma a México en la tierra de expansión del sector energético de eua, al tiempo que nos asigna ser el instrumento de vinculación de la integración energética de
eua hacia Centroamérica. Este esquema geopolítico incluye y dispone de todas las fuentes de energía existentes en México y su infraestructura, ya que este país es considerado por eua como su 181. Sobre el DEAN ver los artículos de Bartlett-Díaz, Manuel, “Sometimiento I y II”, periódico El Universal, 10 y 24 de marzo, 2016. Disponible en: http://www.eluniversal. com.mx/entrada-de-opinion/articulo/manuel-bartlett/nacion/2016/03/10/sometimiento; http://www.eluniversal.com.mx/entrada-de-opinion/articulo/manuel-bartlett/ nacion/2016/03/24/sometimiento-ii (fecha de consulta, 6 de junio, 2016).
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reserva energética. Designio que hoy más que nunca es una realidad ya que la mayor parte de las fuentes de energía están abiertas al capital trasnacional: gas, petróleo, geotermia, solar, eólica, biomasa, recursos no convencionales (shale gas y tight oil) así como, la industria eléctrica, teniendo como principales destinatarios a los negocios de
eua y de Canadá. La visita del Vicepresidente Biden ha sido la ocasión para comunicarnos, según su conveniencia,, vía medios, sobre la creación del Consejo de Negocios de Energía México-eua en donde se definen políticas como la cooperación transfronteriza en materia eléctrica, el mercado mayorista, la planificación del sistema, redes inteligentes, la creación de clústeres binacionales de empresas interconectadas; anuncian la gran importancia que cobrará la Frontera norte por los cruces transfronterizos de energía y el desarrollo de clúster de renovables y comercio de electricidad, gas natural y derivados del petróleo. Grandes negocios hegemónicos- binacionales que involucran territorios y personas. También entre las propuestas de Biden estuvo la de mayor “coordinación” entre los organismos reguladores de eua y México,
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en específico la ferc y la cre de México, situación que de facto nos somete a la autoridad de los organismos regulatorios de los eua para imponer la “armonización regulatoria” y las “mejores prácticas corporativas”. Los arreglos se acuerdan entre las ramas ejecutivas, con la exclusión del escrutinio y sanción de los Congresos, y de la opinión pública nacional.
epn reconoció nuestra integración subordinada. El Vicepresidente de eua Joseph Biden, en sendos discursos con motivo de la tercera reunión del dean en febrero de 2016, manifestó admiración al Presidente Peña por el liderazgo y compromiso para lograr las reformas. Expresamente señaló: “Usted asumió el mando comprometiéndose a reformar ciertas cosas”182, reformas que trataron de efectuarse por décadas y décadas para beneficiar a su pueblo. Y aunque se eludió señalar que estas reformas se referían, entre ellas, a la energética –y que Peña siempre negó a nivel interno- Biden explicó que México y los Estados Unidos de América trabajarán “en una mayor cooperación 182. Presidencia de la República- prensa, “La visita del Vicepresidente de los EUA a México reafirma la amistad que hay entre ambos países: Enrique Peña Nieto”, https://www. gob.mx/presidencia/prensa/la-visita-del-vicepresidente-de-los-estados-unidos-a-mexicoreafirma-la-amistad-que-hay-entre-ambos-paises-enrique-pena-nieto (fecha de consulta 24 de agosto, 2016). El Vicepresidente Biden subrayó que la relación con México es de la más alta prioridad para el Presidente Obama y para los Estados Unidos. “Y será así, no importa qué más pase en el mundo, ni qué otra crisis exija nuestra atención. Ésta es una relación importantísima, políticamente, económicamente y estratégicamente hablando”.
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en los ámbitos de telecomunicaciones y energía, sectores fundamentales para el futuro económico”. Los acuerdos del dean se han trabajado en “Consejos” de funcionarios de ambos países con empresarios de “alto nivel” y sus cabilderos, que toman decisiones y acciones que obligan a México. Entre estos está el “Consejo de Negocios Energía México-Estados Unidos”, “Comité Ejecutivo Bilateral para la Administración de la Frontera” (ceb), “Foro Bilateral sobre Educación Superior, Innovación e Investigación” (fobesii), Consejo de Alto Nivel para la Cooperación Regulatoria (ccr) y Consejo México-Estadounidense para el Emprendimiento y la Innovación (museic), varios de ellos creación Obama-Peña. Todos ellos inconstitucionales e ilegales. En 2016 el dean tuvo tres reuniones. La primera, del “fobesii”, para el tema “fuerza laboral”, presidida por la entonces Subsecretaria de Estado norteamericano, Roberta Jacobson y los Secretarios de Relaciones Exteriores y de Educación, Claudia Ruiz Massieu y Aurelio Nuño, respectivamente. La segunda, del “museic”, para presentar un mapeo de clústeres (empresas de un sector industrial agrupadas en colaboración estratégica para obtener beneficios
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comunes), con información estadística, geográfica y comercial para identificar sectores mexicanos estratégicos de interés para eua. La tercera reunión, fue con “actores relevantes”: empresarios que no se conocen y sus cabilderos para atender sus propuestas sobre energía, fuerza laboral y fronteras. La segunda y tercera reuniones fueron presididas por el Secretario de Economía, Ildefonso Guajardo y la Secretaria de Comercio de eua, Penny Pritzke. Sus Acuerdos fueron: • Formalizar ese Consejo de Negocios de Energía, negocios norteamericanos en la privatización de la energía mexicana con la tarea de convocar a expertos extranjeros para definir la reglamentación de proyectos concretos de petróleo y gas. Compartir información energética mexicana, bajo la tutela del Banco Mundial. Control de las fronteras, mediante el mencionado ceb para impulsar proyectos -públicos y privados- de infraestructura fronteriza, para asegurar la “integración”, hasta 300 kilómetros de la frontera hacia México y sólo 100 km de la frontera hacia eua, apoyados por el Banco de Desarrollo de América del Norte, fondeado a mitades por México y
eua hasta 3,000 millones de dólares. 248
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• Desarrollar “fuerza laboral” para la operación de la industria energética mexicana, con intercambios educativos, de investigación y de profesionistas, en torno al mencionado Foro Educativo. • Homologar la regulación de la industria energética, mediante el mencionado ccr, que convocará a expertos extranjeros para definir los reglamentos y procedimientos de dicha industria, comprometiendo a las autoridades energéticas mexicanas a implementarlos. El Departamento de Estado de eua, “integrando” a la sener y a la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (semanart), supervisará la venta mayorista del mercado mexicano en electricidad, infraestructura y gas natural. Se define así el Liderazgo Regional y Global de EU, apoyado en el bid, con México como instrumento para que eua “integre” la energía de Centroamérica, utilizando nuestra infraestructura. Implementar reuniones con empresarios y sus cabilderos, de la academia y sociedad civil, para recoger iniciativas que contribuyan a los objetivos del acuerdo integracionista. En esta ocasión se acordó la entrega no solo de la energía, de sus recursos e infraestructura, incluso de su operación a los intereses energéticos de eua, comprometiendo, no sólo la economía, sino
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nuestra soberanía, a través de Consejos oligárquicos, que pasan por encima del Congreso y de nuestra legislación vigente, ocultando a la Nación, las concesiones. Acuerdos abiertamente inconstitucionales.
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Conclusiones
CONCLUSIONES
Este estudio ha abordado la re desde una perspectiva holística, y con una aproximación metodológica que buscó indagar en los procesos integrales, y ver con claridad los factores explicativos inmediatos y mediatos, los factores internacionales y los nacionales que la determinan, así como aquellos que sirven a su implementación. El discurso oficial sobre la re parte del modelo liberal como el nuevo marco jurídico con nuevas formas de contratación y reglas con dominio del derecho privado. Bajo estos nuevos lentes “debemos” entender e interpretar la re y su implementación. Dichos cambios de plasman en el lenguaje mediático- académico y buscan imponerse como el “sentido común” de la sociedad sin análisis y modelos de interpretación alternativos. Este nuevo marco jurídico que adjetiva como “estratégico” a ciertas actividades y otorga cualidades en torno a las mismas con sesgos ideológicos en favor del capital privado transnacional. Debido a 251
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ello el papel del Estado se ve demeritado ya que bajo este nuevo modelo se asume que éste debe privilegiar criterios de eficiencia, libre concurrencia, transparencia e inhibir su capacidad productiva para evitar conflictos de interés. Con ello el Estado queda como un simple facilitador de los “agentes económicos”, renunciando así a la rectoría económica y orientando sus capacidades fundamentalmente en favor de la “regulación” y la apertura al capital extranjero, los intereses nacionales, económicos y sociales. La implantación del mercado y, en particular del gobierno corporativo, busca facilitar el “acceso” a los capitales, sobre todo extranjeros otorgándoles certeza jurídica y una alta rentabilidad a las inversiones en el sector. En este contexto, el papel de la re es maximizar la producción energética nacional modificando el régimen jurídico para la incorporación de la inversión extranjera: crear un marco normativo para facilitar su incorporación en el proceso de “apertura” de la industria petrolera. El “mercado” constituye en realidad un eufemismo para mimetizar el desplazamiento y aniquilación de
pemex, la entrega de reservas petroleras, activos e infraestructura a las corporaciones extranjeras y las oligarquías nacionales.
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Conclusiones
El discurso oficial promotor de la re se centró en la falta de dinero para inversión, la corrupción en pemex; en la “necesidad de la inversión privada”; en la declinación de las reservas petroleras y la amenaza de convertirnos en un país importador. Luego, con el Pacto por México, prometió no compartir el petróleo y la renta petrolera, bajo la premisa de que “se mantendrá en manos de la Nación, a través del Estado, la propiedad y el control de los hidrocarburos y la propiedad de pemex como empresa pública. En todos los casos, la Nación recibirá la totalidad de la producción de Hidrocarburos”, lo cual no cumplió, constituyendo sólo un mecanismo para alcanzar el consenso entre los principales partidos (pri; pan y prd) en apoyo a la re. Actualmente y posterior a la re, el discurso continúa apoyándose en mentiras, y se ha centrado en destacar sus pobres resultados en razón de un pretendido mal diseño de la misma; en negar la privatización de pemex y en afirmar que lo que se pretende es su fortalecimiento y su saneamiento financiero. Pagando a los medios de comunicación para que se difunda la falsedad de que “hay pemex para rato”, que “pemex seguirá generando riqueza”, que “pemex seguirá siendo la empresa emblemática de todos
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los mexicanos”, que no se privatiza, cuando ya está jurídicamente privatizado. De nueva cuenta su objetivo es la legitimación de la
re prometiendo resultados económicos y sociales que nunca van a ocurrir, pues al igual que el modelo neoliberal, sus verdaderos objetivos son distintos. En este modelo de mercado la preeminencia corresponde a los corporativos estadounidenses, resultado del proyecto estadounidense que se impone sobre México. Se apoya en la concertación de acuerdos interinstitucionales entre los ejecutivos de los tres países de América del Norte que son inconstitucionales, por no haber sido ratificados por el Senado mexicano, pero útiles para avanzar sus intereses corporativos en territorio nacional.
La estrategia de la ocupación territorial La geoestrategia y geoeconomía estadounidenses que se impone sobre el territorio nacional busca el dominio territorial a través del debilitamiento del Estado mexicano y de sus instituciones, así como del nuevo marco regulatorio- institucional en favor de las corporaciones extranjeras. Esto ha hecho de México un Estado
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Conclusiones
vasallo, con capacidades endógenas débiles con pérdida de soberanía y del interés nacional como eje rector. En esto ha derivado el modelo neoliberal en su modalidad de integración energética de América del Norte cuyo verdadero objetivo es apropiación del territorio nacional a partir de un reordenamiento integral productivo. Se evidencia en el control de infraestructura crítica y su orientación hacia los puertos; por la militarización de los puertos para la exportación de las empresas estadounidenses; la colonización de empresas eléctricas de eua en América Central a través del territorio mexicano; por las expropiaciones a través de la nueva zonificación en Zonas Económicas Especiales (zee) y, las que derivarán de los proyectos energéticos que queden por encima de cualquier otra actividad, que implican por su carácter estratégico y su distribución geográfica a lo largo de todo el país, el virtual dominio del territorio nacional. Con la modificación del artículo 27 y 28 constitucionales se debilita al máximo el dominio de la Nación sobre el territorio y queda excluido el manejo soberano sobre los recursos naturales del país. Después de la aprobación de leyes como la de zee el despojo se está
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haciendo presente en todo el territorio mexicano para apropiarse de lagos, montes, recursos naturales, minas, playas, áreas forestales, terrenos y territorios. Asociado ocurre la concentración del poder económico y político en espacios territoriales altamente trasnacionalizados, como podría ser en las zee y los puertos, en donde las corporaciones afianzarán su dominio respaldadas en el poder militar y las estrategias de despojo a través de comandos y mercenarios (Blackwater y Dyncorp) para proteger sus intereses. Este poder les permitiría controlar la administración local e imponer gobiernos afines. Otra forma en que se podría manifestar la concentración en territorios con alto grado de trasnacionalización es en la frontera norte. La balcanización en México podría ocurrir aquí habida cuenta la existencia de numerosos intereses económicos de los eua en la región. “Mexamérica” es un proyecto sobre el que han venido avanzando, al igual que ocurre con el “Golfo de América”.
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Conclusiones
El proyecto oculto de injerencia y el fortalecimiento del aparato represivo Quizá el término que se podría utilizar para caracterizar la condición hacia la que se encamina el país es el de una colonia postmoderna, condición que no encuentra una definición constitucional de jure, pero que, de facto, constituye la subordinación constitucional de México. Considerando el dominio económico, político y cultural de eua sobre México, así como su histórica ambición territorial, difícilmente se puede esperar otra cosa que la profundización del ejercicio de poder estructural de los eua sobre nuestro país. La geoestrategia de eua refleja la influencia de las doctrinas de seguridad nacional. Con ellas se pretende suplantar al “enemigo externo”, el que está en otro país o en el ámbito internacional, para convertirlo en un “enemigo interno”. Por ello se persigue la idea de dejar a cargo de las fuerzas armadas en México las labores de seguridad pública, lo cual es un riesgo ya que encuentran al “enemigo interno” en todo opositor a los megaproyectos privados trasnacionales, en los líderes comunitarios, las organizaciones y defensores del medio
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ambiente, en la protesta urbana etc. En general, en todo aquél que obstaculice los proyectos energéticos y los despojos asociados, los proyectos de infraestructura, los mineros y forestales de las corporaciones trasnacionales y grupos privados. El “enemigo” tiene una connotación de clase. También puede ser creado con el fin de generar contextos de desestabilización, o un clima que justifique la represión, la militarización, u otras políticas de privatización y/o de redistribución de los ingresos y recursos en favor del gran capital y en detrimento del resto de las clases sociales. Para ello se crea el marco legal policíaco militar necesario para someter cualquier resistencia local. La privatización de servicios públicos, que traslada la actividad de seguridad de las esferas estatales a las privadas, tiene la posibilidad de incluir todo tipo de actores tales como comandos grupos paramilitares, crimen organizado y narcos, quienes operan en interacción con las fuerzas del orden federal y militar. En los cateos el “enemigo interno” puede, bajo la última legislación, encontrarse en viviendas privadas, en el Congreso, en las comunicaciones privadas de cualquier persona lo cual es un enorme riesgo. Garantizar los
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Conclusiones
intereses corporativos de la industria petrolera de los Estados Unidos conduce a México a un régimen fascista. El dominio sobre esta colonia postmoderna (Estado vasallo), subordina a los cuerpos militares nacionales, como ya vimos a través del alineamiento al Comando Norte, y a la iniciativa Mérida a las directrices de la Seguridad de la Patria o hls, como parte de un régimen de seguridad impuesto para América del Norte. Un régimen cuyo objetivo es garantizar la imposición del régimen liberal-trasnacional. Dan cuenta de ello la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos; la reforma al mando mixto; las reformas a la justicia militar; la militarización de los puertos; la reforma a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, entre las más importantes.
eua induce el alineamiento gradual de México a su política exterior a fin de utilizar a los cuerpos armados mexicanos, tanto en misiones de paz como en su “lucha” contra el terrorismo (participación en las Operaciones de Mantenimiento de la Paz, omp, y otras maniobras militares con el ejército y la marina de eua). Hay una aparente convergencia ideológica de los mandos militares de México
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(Secretario de Defensa) a los objetivos de mandos castrenses de eua. La utilización de la armada y la marina mexicana para los objetivos militares de eua viola de manera flagrante la Constitución mexicana lo que está llevando a México a vivir en un estado de excepción, situación justificada y encubierta, al igual que toda la estrategia de dominio bajo un discurso mendaz de sus verdaderos propósitos, para así poder cumplir con intereses ajenos a los nacionales. El Jefe del Ejecutivo mexicano sostiene una estrategia en todos los ámbitos políticos, económicos, sociales, militares, etc., para imponer su proyecto trasnacional. Los actos de militarización del Ejecutivo constituyen resoluciones propias de Estados de excepción o de sitio (suspensión de garantías) que incumplen el artículo 29 de la Constitución. Su estrategia ha sido evitar cualquier comentario sobre su participación, aceptando que “México diga una cosa para el público y haga otra”; incluso, eua sabe que hay términos jurídicos empleados en México poco precisos con el fin de encubrir su verdadero propósito. De esta forma eua dirige clandestinamente la Reforma y ambos gobiernos se entienden para avanzar engañando al pueblo
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Conclusiones
de México. La energía es el tema más importante de la agenda en la medida en que los encuentros de líderes de América del Norte van a traducir a los gobiernos, las demandas de las élites trinacionales. A partir de órdenes ejecutivas surgidas de tales encuentros, se avanzarán los cambios legales, la creación de nuevas agendas, en los procesos de desregulación, y se impulsarán las reformas estructurales pendientes para apoyar la reforma energética en marcha.
El Despojo al Patrimonio a Través de la Privatización La re significa un vaciamiento del Estado de las actividades productivas y estratégicas del sector energético, en este caso en la industria petrolera, en favor del capital privado extranjero. La implementación del “oil regime” en materia de licitaciones en las rondas es un buen ejemplo: La Ronda Cero cumple aceleradamente el objetivo para el que fue diseñada: traspasar las reservas petroleras mexicanas a cargo de pemex a las empresas privadas nacionales y extranjeras en un proceso poco transparente. En tanto que el gobierno mexicano dice
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haber asignado a pemex en la ronda cero 95.9% de las reservas probadas, documentos no oficiales consideran que pemex se quedó con solo el 25.4% de los recursos nacionales y los sigue transfiriendo a los corporativos a través de las migraciones a contratos y las asociaciones estratégicas a que se induce a pemex. En el caso de los recursos no convencionales el desplazamiento de pemex implica que la Nación mexicana tiene una pérdida monumental de recursos no convencionales. La Ronda Uno bajo el supuesto de introducir la competencia del mercado en actividades corriente arriba a partir de incorporar a los privados, constituye un despojo cubierto bajo el ropaje de la “competencia”. Bajo el argumento de quitar a pemex su condición de monopolio, se le quita el papel de operador en exploración y producción y con ello la posibilidad del control del plan de producción, la información geológica sobre las reservas y otros parámetros de producción, así como la expectativa de un desarrollo tecnológico propio. Se construye el mercado desmantelando a pemex; bajo el supuesto de debilitar su poder monopólico, cuando los corporativos trasnacionales son un monopolio vertical y
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Conclusiones
horizontalmente integrado. La estructura internacional de la industria petrolera está constituida por oligopolios y monopolios que aprovechan las economías de escala para reducir costos al tener el control de toda la cadena de valor de la industria. Además, cuentan con el respaldo de sus gobiernos y, la institucionalidad que apoya el régimen petrolero del libre mercado a nivel internacional, en donde los paneles internacionales dirimen las controversias se caracterizándose por posiciones sesgadas en favor de las empresas privadas. En México vivimos un desmantelamiento unilateral, nos desarmamos a partir de una falsa y conveniente lectura respecto del contexto internacional y sus actores trasnacionales. Funcionarios y élites nacionales deciden así en favor de sus intereses. Uno de las resultantes de la re es la bursatilización de las reservas petroleras vinculadas a la banca comercial trasnacional; existe la posibilidad de procesos de financiarización con la infraestructura de pemex, terrenos, acciones y la deuda de pemex, ya que los corporativos energéticos están estrechamente vinculados a la banca comercial que tiene la posibilidad de manejar derivados financieros. En la historia reciente las burbujas especulativas han terminado
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convirtiendo la deuda privada en pública, con un enorme costo social para los países que lo han vivido. México podría replicar casos como el de Grecia, España y Argentina, con los fondos buitre. La orientación financierista de personeros como Luis Videgaray, Enrique Ochoa Reza, Pedro Aspe y Luis Téllez, entre los más importantes, induce a un manejo especulativo con los anteriores lo cual llevaría a mayor pobreza y al endeudamiento de las generaciones futuras. La caída de los precios del petróleo ha agudizado la situación económica poniendo a México en una debilitad estructural frente al interés trasnacional, lo que está acelerando la entrega de los yacimientos petroleros mexicanos, sus reservas y los activos de
pemex. La situación del gobierno mexicano en la implementación de la re, su premura y su debilitada imagen pública se traducen en una entrega al mejor postor en las licitaciones (rondas). Ante una falta de voluntad política para negociar, se aducen factores internacionales como la causa de pobres resultados. Sin embargo, ante el argumento de que no llegan las inversiones extranjeras esperadas debe ser claro que las inversiones ya han sido realizadas por pemex por más de 70 años, inversiones que no se está obligando a pagar a los nuevos
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Conclusiones
propietarios. Se trata del traspaso de reservas y de la infraestructura de pemex. Con la re se pierde la fiscalidad histórica (35-40% de los ingresos de la shcp provenían del petróleo) de que gozó el Estado mexicano para llevar a cabo un proyecto de industrialización y sostener el Estado de Bienestar. Aunado a la pérdida de ingresos por la baja de la producción y del precio internacional del hidrocarburo, se acotan más los gastos presupuestales que “justifican” una mayor privatización para las actividades energéticas. Hay una realidad de recortes presupuestales, una fiscalidad diferenciada para los contratistas privados y para pemex, así como una obligatoriedad impuesta a pemex para endeudarse, por parte de la shcp. La cereza del pastel en la entrega de recursos disfrazada de construcción del mercado está el Plan de Negocios 2016-2021, instrumento encaminado a transferir a los capitales privados extranjeros y nacionales las actividades de toda la cadena de valor de la industria petrolera, tales como activos, infraestructura (ej. desincorporación de gasoductos de Chihuahua); así como del resto de reservas petroleras y actividades de logística bajo el concepto de
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Reforma Energética: el poder duro y consensuado para imponerla
asociaciones estratégicas o farmouts. Al igual que con la re la propuesta viene un paquete de promesas que constituyen, en los hechos, las acciones de afectación a la sociedad mexicana como precios bajos para los combustibles. Aunque ahora nos vamos a tener que acostumbrar a sus variaciones, según el secretario de economía. Lo que se puede esperar es lo contrario a lo que se promete.
eua fortalece su seguridad energética a partir de la integración, México la debilita. La integración energética de América del Norte sustenta la hegemonía deseada por los eua, a partir de la existencia y utilización del poder que le confiere la energía con la “revolución energética del shale”. Sin embargo, los hidrocarburos no convencionales, están lejos de garantizar la seguridad energética para América del Norte, aunque sin duda, servirá a los negocios la utilización de esta bandera para lograr la aceptación social en México. Después de la re la seguridad que ha sido vulnerada es la de México, bajo el esquema de integración hegemónica en razón de: 1) acelerará
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Conclusiones
el agotamiento de las reservas petroleras convencionales debido a la estrategia de maximización de la producción, objetivo de los corporativos privados de quienes tampoco se pueden garantizar inversiones permanentes en actividades corriente arriba, como ha sucedido en países como Argentina; 2) nos hace dependientes de las importaciones de productos petroleros de mayor valor agregado como los refinados y los petroquímicos, además del gas natural. La dependencia de las importaciones es considerada factor de vulnerabilidad bajo criterios (índice) de seguridad energética; 3) la destrucción de las epe aniquilan la obligatoriedad de abasto nacional dejando al mercado operar bajo criterios de rentabilidad, desplazando objetivos sociales; la planeación energética nacional queda subordinada a los intereses extranjeros privados y públicos; el abasto nacional queda en manos de las oligarquías al transferir los ductos a los corporativos privados por lo que lo que los objetivos nacionales estarán contra los comerciales. Nos encontramos en manos de los corporativos energéticos y financieros vinculados a los intereses hegemónicos de eua. La seguridad energética de México ha quedado acotada y con ello se subordina aún más su economía y
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Reforma Energética: el poder duro y consensuado para imponerla
su seguridad nacional. Pese al triunfo republicano en eua, tanto en México como en eua las oligarquías prometen seguir avanzando la re. El proyecto energético descansa en un apoyo bipartidista que garantiza su supervivencia. En México los grupos en el poder tienen la certeza de que la re beneficiará a los capitales extranjeros por lo cual consideran poco probable su abrogación, mientras que en Washington los cabilderos de la integración energética de América del Norte trabajan en favor de su pronta ejecución y prometen profundizar el comercio energético transfronterizo. La toma de conciencia, la responsabilidad civil y política; la recuperación de nuestra soberanía e intereses enajenados; así como mantener una postura ética, ante cualquier situación, es la única alternativa para la recuperación de nuestra soberanía, la acción política y social directa para liberarse de quienes traicionan este país. La toma de conciencia es fundamental para la defensa de la Nación, para ejercer los cambios que sean necesarios.
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Glosario de Siglas y Términos Técnicos
GLOSARIO DE SIGLAS Y TÉRMINOS TÉCNICOS
AIE Agencia Nacional de Energía
aspan Alianza para la Seguridad y Prosperidad en América del Norte bid Banco Interamericano de Desarrollo bdan Banco de Desarrollo de América del Norte BM Banco Mundial
ccr Consejo de Alto Nivel para la Cooperación Regulatoria ceb Comité Ejecutivo Bilateral para la Administración de la Frontera cia Agencia Central de Inteligencia cisen Centro de Investigación y Seguridad Nacional cnh Comisión Nacional de Hidrocarburos cumar Centros Unificados para la Protección Marítima y Portuaria dea Drug Enforcement Administration dean Diálogo Económico de Alto Nivel DOE Departamento de Energía (eua) 289
Reforma Energética: el poder duro y consensuado para imponerla
eia Energy Information Administration epe Empresas Productivas del Estado epn Enrique Peña Nieto fbi Federal Bureau of Investigation ferc Federal Energy Regulatory Commission FMI Fondo Monetario Internacional
fobesii Foro Bilateral sobre Educación Superior Innovación e Investigación
mpi Mercado Petrolero Internacional museic Consejo México- Estadounidense para el Emprendimiento y la Innovación OCDE Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico
re Reforma Energética sct Secretaría de Comunicaciones y Transportes SE-INADEM Secretaría de Economía- Instituto Nacional del Emprendedor
semanart Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales sener Secretaría de Energía sre Secretaría de Relaciones Exteriores 290
Glosario de Siglas y Términos Técnicos
ssp Secretaría de Seguridad Pública tpp Acuerdo Transpacífico de Cooperación Económica ttip Tratado Transatlántico de Comercio e Inversiones stps Secretaría del Trabajo y Previsión Social tlcan Tratado de Libre Comercio de América del Norte zee Zonas Económicas Especiales Términos Técnicos mMMbp Miles de Millones de barriles de petróleo MMb/d Millones de barriles diarios mMMbpce Miles de millones de barriles de petróleo crudo equivalente mb/d Miles de barriles diarios MMpcd Millones de pies cúbicos diarios mMMpc Miles de millones de pies cúbicos.
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¿Cuál es el significado de la revolución energéca de EUA para México? ¿Qué papel juega México en la misma? Este trabajo pretende dar respuestas. Propone que la integración profunda en materia energéca constuye un proceso de expansión de los corporavos internacionales, sobre todo estadounidenses a territorio mexicano, quienes enen la oportunidad de “acceder” a las reservas petroleras mexicanas, a acvos e infraestructura estratégica, a mercados, a todas las fuentes de energía y práccamente a todas las acvidades del sector energéco, así como a territorios y bienes comunes, gracias a la reforma energéca de Enrique Peña Nieto. El proceso se afianza con el diseño e imposición de un régimen de seguridad, jurídico-policiaco, con el fin de garanzar las inversiones extranjeras, situación que lleva a la militarización del país y al control territorial de México. En paralelo, se subordina a México a los organismos regulatorios de EUA y a sus instuciones a través de acuerdos y arreglos entre los ejecuvos de América del Norte, arreglos inconstucionales pero efecvos a los intereses de las élites trinacionales. Al ser México “integrado” al proyecto geopolíco de EUA bajo nuevas formas de expansión de territorios y fronteras, nuestro país puede considerarse como un país ocupado, un país rendido en una situación propia de una nación que ha perdido una guerra.