Radio Televisión Nacional de Colombia, RTVC, requiere contratar de ...

30 may. 2014 - Colombia – RTVC, es la entidad encargada de la programación, producción y operación de la .... I. RETEVISION I S.A - ABERTIS TELECOM. II.
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RESOLUCIÓN N° 187 DE 2014

(

19 de junio

)

Por medio de la cual se adjudica el proceso de Selección de Invitación Cerrada 06 de 2014 cuyo objeto es

Radio Televisión Nacional de Colombia, RTVC, requiere contratar de manera integral la Interventoría técnica, jurídica y financiera para el control y seguimiento de los trabajos producto del proceso de selección IA 02 2014 que consiste en “Contratar integralmente la Adquisición, Instalación y Puesta en Funcionamiento de los Sistemas de Transmisión de Televisión Digital Terrestre - TDT para las estaciones de Cerro Neiva, Gabinete, La Pita, Montería, Planadas y Simón Bolívar, en el estándar DVB-T2, así como los sistemas eléctricos y las obras civiles requeridas para tal fin LA GERENTE DE RADIO TELEVISIÓN NACIONAL DE COLOMBIA En ejercicio de sus facultades legales especialmente las conferidas por el Decreto Nº 562 de 2013, por medio del cual se nombra como Gerente de RTVC, debidamente posesionada mediante Acta N° 065 del 22 de marzo de 2013, y en especial en desarrollo de lo dispuesto del Manual Interno de Contratación y demás normas concordantes y CONSIDERANDO: Que RADIO TELEVISIÓN NACIONAL DE COLOMBIA –RTVC en su condición de empresa industrial y comercial del Estado en materia de contratación se encuentra sometida al derecho privado cuando se trata de contrataciones misionales, es decir en cumplimiento de su objeto social y en consecuencia excluida, de la aplicación de las normas de la ley 80 de 1993 y 1150 de 2007, de conformidad con los artículos 38 de la Ley 80 de 1993, 14 de la Ley 1150 de 2007 y demás normas complementarias, las cuales solo serán aplicables cuando se trate de contratación en desarrollo de la funciones administrativas y de su funcionamiento, sin perjuicio de la estricta observancia de los principios de la función administrativa y de la gestión fiscal, así como de aplicación del régimen de inhabilidades e incompatibilidades previsto para la contratación administrativa. Que así las cosas, las contrataciones que adelante RTVC en desarrollo y cumplimiento de las actividades comerciales que comporten el desarrollo de su objeto social, las cuales, para efectos del Manual de Contratación de RTVC se denominan “Contratación Misional”, esto es, todas aquellas relacionadas con su objeto social y directamente con la adquisición de bienes y servicios para el suministro, operación, mantenimiento y soporte de la red, equipos y demás elementos necesarios para tal fin, así como la adquisición de bienes y servicios para la producción, incluida pre y post producción, coproducción, programación, transmisión y emisión de la radio y televisión; así como la adquisición de bienes y servicios necesarios para la comercialización de espacios de televisión, se regirán por las normas del derecho privado.

Que el documento CONPES 3518 de 2008 señaló: “En la actualidad, Radio Televisión Nacional de Colombia – RTVC, es la entidad encargada de la programación, producción y operación de la red de radio y televisión pública nacional. Sin embargo desde su creación, y de acuerdo con la evolución del sector y con las oportunidades frente a los nuevos desarrollos tecnológicos, RTVC viene presentando debilidades que obstaculizan el mejoramiento continuo de la prestación del servicio, el fortalecimiento de los procesos de programación y producción y la modernización de la red pública de radio y televisión.” Que en este sentido, el mencionado documento CONPES 3518 de 2008, señaló los lineamientos de política para el desarrollo de estrategias complementarias para adaptar su modelo de negocio a la nueva realidad tecnológica y el desafío del manejo de lo público en materia de radio y televisión, en el marco de las acciones adelantadas y recomendadas por el documento CONPES 3314 de 2004 “Lineamientos de política y plan de acción para la reestructuración del sector de radio y televisión pública nacional en Colombia” y de la política de fortalecimiento de la radiodifusión sonora y televisión pública del Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2006 – 2010 “Estado Comunitario: desarrollo para todos”. Adicionalmente el Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014:“Prosperidad para todos”, estableció que “La televisión y radio pública se orientarán a la producción y difusión de contenidos que fomenten la

educación, la cultura, el entretenimiento y la participación ciudadana. La prestación de estos servicios hará uso de la convergencia tecnológica y tendrá como base principios de eficiencia y calidad. La televisión se adaptará a los requerimientos técnicos actuales, ligados a la implementación de la Televisión Digital Terrestre (TDT) con las implicaciones que ello acarrea en materia del desarrollo de contenidos pertinentes ajustados a los formatos estandarizados y aprovechando las facilidades de interactividad y movilidad”. Desde la perspectiva del operador público este reto se orienta a generar eficiencias en la prestación del servicio de la televisión pública promoviendo nuevas ofertas de contenidos y servicios en beneficio del interés general. Que el objeto social de Radio Televisión Nacional de Colombia, está orientado al desarrollo cultural y educativo de los habitantes del territorio colombiano, mediante el fomento y la programación de medios de comunicación, tales como la radio y la televisión. Dichos contenidos propenden por el fortalecimiento de un estilo para las unidades misionales de la entidad, que genere identidad con las audiencias y logre resultados de calidad y excelencia, tanto en términos de transparencia en la utilización de los recursos y en la producción, como en la consolidación de una programación cultural viable y competitiva acorde con la misión y visión de RTVC y con objetivos que incorporen y desarrollen políticas educativas y culturales. Que en condición de gestora de la televisión pública en Colombia, RTVC tiene entre sus funciones como operador de televisión, las de programar, emitir y transmitir la programación por los canales públicos nacionales a toda la población colombiana, en cumplimiento de los principios de igualdad y equidad que rigen la administración de los bienes y recursos públicos. Que desde la perspectiva del operador público este reto se orienta a generar eficiencias en la prestación del servicio de la televisión pública promoviendo nuevas ofertas de contenidos y servicios en beneficio del interés general con los más altos estándares de calidad. Que en el año 2008, la Comisión Nacional de Televisión CNTV, adoptó para Colombia el estándar de Televisión Digital Terrestre DVB-T y, en el mes de diciembre de 2011, su actualización a DVB-T2, para la digitalización de la red de transmisión. Que con la aparición de las tecnologías digitales en materia de transmisión de televisión a nivel terrestre, es posible actualmente mejorar las condiciones de calidad de audio y video; así como utilizar en forma más adecuada las frecuencias y anchos de banda asignados a cada canal, de manera que en el mismo espacio en el que se emite un programa de televisión en estándar analógico, con la digitalización se pueden transmitir cuatro (4) o más. Que desde la perspectiva del operador público, este proceso de digitalización permite promover la diversidad cultural, generar una oferta más amplia en términos de contenidos y, en general, dar impulso a una industria que con ocasión de los cambios tecnológicos debe transformarse permanentemente en beneficio de la creación de nuevas oportunidades y de fuentes de empleo, así como promover la investigación y el desarrollo local. Fue así como el pasado mes de julio adjudicó la implementación de las primeras 14 estaciones de televisión digital que permitirán una cobertura cercana al 52% de la población colombiana, y posteriormente adicionó las estaciones Alto El Tigre, El Alguacil y El Cable, aumentando la cobertura en 5,5%. Que por lo anterior, RTVC, como gestora de la televisión pública y titular de la red más extensa del país en materia de radiodifusión, continúa con una segunda fase para la implementación de la televisión digital terrestre para servicio de sus canales nacionales como para los canales regionales. Que Radio Televisión Nacional de Colombia, adjudicó el proceso de Invitación Abierta No 02 de 2014, en el que se contrató integralmente la Adquisición, Instalación y Puesta en Funcionamiento de los Sistemas de Transmisión de Televisión Digital Terrestre - TDT para las estaciones de Cerro Neiva, Gabinete, La Pita, Montería, Planadas y Simón Bolívar, en el estándar DVB-T2; el montaje de los sistemas eléctricos requeridos y la ejecución de las obras civiles indispensables para el montaje y

la instalación de Equipos y Sistemas, de acuerdo con las especificaciones y con arreglo a las condiciones técnicas mínimas previstas en las Reglas de Participación. Que con el fin de garantizar el cumplimiento cabal y oportuno de este proyecto, “Radio Televisión Nacional de Colombia, RTVC, a través de Resolución No 135 de 2014, ordenó la apertura del proceso de selección de Invitación Cerrada 06 de 2014 cuyo objeto es contratar de manera integral la Interventoría técnica, jurídica y financiera para el control y seguimiento de los trabajos producto del proceso de selección IA 02 de 2014, previa aprobación por parte los miembros de Comité de Contratación de las Reglas de Participación y sus anexos, Resolución que fue publicada en la página web de la entidad www.sistemasenalcolombia.gov.co el 14 de mayo de 2014.

Que el régimen jurídico aplicable al presente proceso de selección y las actuaciones que de él se deriven, que comprende las etapas precontractual, contractual propiamente dicha y post contractual, es el previsto en la Resolución N°. 344 del 29 de octubre de 2013 mediante el cual se adoptó el Manual Interno de Contratación de RTVC, encontrándose exceptuada de la aplicación del Estatuto General de Contratación de la Administración Publica en los procesos de selección que inicia con ocasión de las actividades que desarrolla en virtud de su objeto social, consideradas como actividades misionales. Que en desarrollo del proceso se expidieron dos (2) Adendas las cuales fueron publicadas en la página web de la entidad para conocimiento de los interesados. Que de acuerdo con el cronograma establecido para el proceso de selección, el 30 de mayo de 2014, se realizó la audiencia de cierre del proceso y presentación de las propuestas, dejándose constancia de este hecho, así como de la apertura de sobres contentivos de las propuestas presentadas y que se relacionan a continuación:



INTERESADO

1

RETEVISION I S.A - ABERTIS TELECOM

2

TELEMEDICIONES S.A

3

CONSULTEL LTDA

QUIEN ENTREGA LA PROPUESTA

Christian Carvajal

José María Houghton

Rafael Gamboa Ortíz

HORA Y FECHA DE ENTREGA

30/05/2014 – 10:00 am

30/05/2014 – 10:10 am 30/05/2014 – 10:30 am

Que de acuerdo con lo establecido en las Reglas de Participación y sus Adendas en la diligencia se dio lectura al valor ofertado por cada uno de los proponentes según el orden de llegada registrado en la

planilla así: Nº

INTERESADO

FOLIOS

VALOR

1

RETEVISION I S.A - ABERTIS TELECOM

423 - 424

$463.367.400

2

TELEMEDICIONES S.A

278

$533.061.895

3

CONSULTEL LTDA

263

$505.496.680

Que RTVC, previa observación de las etapas y procedimientos definidos por el manual de contratación vigente en y en las reglas de participación de la Invitación Cerrada 06 de 2014, procedió a través del comité evaluador a verificar el cumplimiento por parte de los proponentes de los requerimientos jurídicos, financieros y técnicos de las ofertas presentadas por los proponentes de acuerdo a los factores de verificación establecidos por la entidad en las Reglas y sus Adendas.

Que realizada la verificación de requisitos habilitantes y la evaluación de los factores ponderables de las propuestas presentadas el 30 de mayo de 2014, así como efectuados los requerimientos a los Proponentes, el comité evaluador ha requerido más tiempo para desarrollar la etapa de evaluación, por lo que a través de Resolución No 172 de 2014 se amplió el plazo para la publicación del informe de evaluación hasta el 12 de junio del año en curso. Que el informe preliminar de evaluación presentado por el comité evaluador del proceso publicado en la página web de la entidad www.sistemasenalcolombia.gov.co, el 12 de junio de 2014 y que forma parte integral del presente documento, arrojó el siguiente resultado:

I. RETEVISION I S.A - ABERTIS TELECOM

PARAMETRO DE VERIFICACIÓN

VERIFICACIÓN REQUISITOS HABILITANTES JURÍDICOS

RETEVISION I S.A - ABERTIS TELECOM NO CUMPLE (Una vez revisado el registro mercantil aportado a folio 35, se evidencia que la duración de la sociedad es hasta el 24 de julio de 2017, y de acuerdo a lo establecido en las reglas ha debido estar hasta diciembre de 2019)

VERIFICACIÓN REQUISITOS HABILITANTES FINANCIEROS

CUMPLE

VERIFICACIÓN REQUISITOS HABILITANTES TÉCNICOS

NO CUMPLE (Ver Anexo Evaluación Técnica)

RESULTADO DE LA VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES

NO CUMPLE

PUNTAJE OBTENIDO EN EVALUACIÓN DE FACTORES PONDERABLES

NA

II. TELEMEDICIONES S.A

PARAMETRO DE VERIFICACIÓN

TELEMEDICIONES S.A

VERIFICACIÓN REQUISITOS HABILITANTES JURÍDICOS

CUMPLE

VERIFICACIÓN REQUISITOS HABILITANTES FINANCIEROS

CUMPLE

VERIFICACIÓN REQUISITOS HABILITANTES TÉCNICOS

CUMPLE

RESULTADO DE LA VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES

CUMPLE

PUNTAJE OBTENIDO EN EVALUACIÓN DE FACTORES PONDERABLES

950 PUNTOS

III. CONSULTEL LTDA

PARAMETRO DE VERIFICACIÓN

CONSULTEL LTDA

VERIFICACIÓN REQUISITOS HABILITANTES JURÍDICOS

CUMPLE

VERIFICACIÓN REQUISITOS HABILITANTES FINANCIEROS

CUMPLE

VERIFICACIÓN REQUISITOS HABILITANTES TÉCNICOS

CUMPLE

RESULTADO DE LA VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES

CUMPLE

PUNTAJE OBTENIDO EN EVALUACIÓN DE FACTORES PONDERABLES

1000 PUNTOS

CONSOLIDACIÓN FINAL DE EVALUACIÓN

OFERENTE

VERIFICACIÓN REQUISITOS HABILITANTES

PUNTAJE EVALUACIÓ N TECNICA

PUNTAJE EVALUACIÓN ECONOMICA

PUNTAJE APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL

PUNTAJE TOTAL

1

RETEVISION I S.A ABERTIS TELECOM

NO CUMPLE

NA

NA

NA

NA

2

TELEMEDICIONES S.A

CUMPLE

500

350

100

950 PUNTOS

3

CONSULTEL LTDA

CUMPLE

500

400

100

1000 PUNTOS

N º

Asimismo, se modificó la fecha en la cual los proponentes podían presentar observaciones, dejando como término máximo para ello el 17 de junio de 2014, observaciones que fueron atendidas oportunamente, publicadas el 18 de junio de 2014 en la página web de la entidad www.sistemasenalcolombia.gov.co., de acuerdo con los tiempos establecidos en el acto administrativo en mención. Que en la fecha y hora prevista, esto es el 19 de junio a las 9:30 a.m., se llevó a cabo la audiencia de adjudicación con el siguiente orden del día: 1. Instalación por parte de la Gerente de RTVC o su delegado. 2. Verificación de asistencia, de acuerdo con el orden de registro en la planilla de asistencia. Cada Proponente deberá indicar la persona o personas designadas para intervenir en la Audiencia. 3. Lectura de las observaciones presentadas al informe de evaluación y las respuestas proyectadas por el Comité evaluador del proceso, en caso de que éstas no sean publicadas por la Entidad, previo a la Audiencia. 4. Presentación del Consolidado del Informe Final de Evaluación. 5. Intervención de los Proponentes: Se otorgarán cinco (5) minutos a cada Proponente para que se manifieste en relación con las respuestas dadas por la Entidad a las observaciones formuladas. En esta oportunidad los Proponentes no podrán formular nuevas observaciones ni reiterar las ya formuladas. La intervención debe limitarse a pronunciarse en relación con las respuestas de la entidad. El orden será de acuerdo con el registro realizado en la planilla de asistencia. 6. Se concederá el derecho de réplica por el término de dos (2) minutos a cada Proponente, siempre y cuando durante las intervenciones se haya hecho referencia a su oferta. Esta oportunidad es única y exclusivamente para defender su propuesta de los cuestionamientos de que haya sido objeto y bajo ninguna circunstancia revive la oportunidad para hacer observaciones o cuestionar las respuestas de la entidad a las observaciones al Informe de Evaluación. 7. En caso de que se presenten pronunciamientos que a juicio de la Entidad requieren de análisis y cuya solución podría incidir en el sentido de la decisión a adoptar, la Audiencia podrá ser suspendida por el término necesario para la verificación de los asuntos debatidos y la comprobación de lo alegado. 8. Lectura de las respuestas de RTVC de acuerdo a las intervenciones realizadas en la Audiencia. 9. Lectura de la parte resolutiva de la Resolución de Adjudicación o Declaratoria de Desierta y notificación del Acto Administrativo. Que durante la audiencia y de acuerdo con los asistentes registrados en la planilla de asistencia, ninguno de los proponentes consideraron necesario hacer uso de la palabra para hacer intervención alguna respecto del resultado final y en ese sentido tampoco se hizo uso del derecho de réplica por parte de alguno de ellos. Que dadas las anteriores consideraciones en el informe final remitido por el Comité Evaluador, el resultado final se mantuvo y arrojó que los proponentes CONSULTEL LTDA y TELEMEDICIONES S.A cumplieron con la totalidad de requisitos jurídicos, financieros y técnicos previstos en el documento de Reglas de Participación y sus Adendas; sin embargo y respecto de la evaluación de los aspectos ponderables, el proponente CONSULTEL LTDA obtuvo la mayoría de puntos para un total de 1000 PUNTOS DE 1.000 posibles. Que en consecuencia, RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: ADJUDICAR, el proceso de Invitación Cerrada 06 de 2014 cuyo objeto es “Radio Televisión Nacional de Colombia, RTVC, requiere contratar de manera integral la Interventoría técnica, jurídica y financiera para el control y seguimiento de los trabajos producto del proceso de selección IA 02 2014 que consiste en “Contratar integralmente la Adquisición, Instalación y Puesta en Funcionamiento de los Sistemas de Transmisión de Televisión Digital Terrestre - TDT para las estaciones de Cerro Neiva, Gabinete, La Pita, Montería, Planadas y Simón Bolívar, en el estándar DVB-T2, así como los sistemas eléctricos y las obras civiles requeridas para tal fin” al proponente CONSULTORIAS EN TELECOMUNICACIONES LTDA – CONSULTEL LTDA, identificada con el NIT 800.113.636-1, por un valor total de QUINIENTOS CINCO MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS OCHENTA PESOS ($505.496.680) INCLUIDO IVA.

ARTÍCULO SEGUNDO: Notificar personalmente al proponente adjudicatario la presente decisión, en los términos establecidos por el artículo 67 del Código Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011). ARTICULO TERCERO: Contra la presente resolución no procede recurso alguno, de acuerdo con lo establecido en el Manual de Contratación, concordante con lo dispuesto en el artículo 77 de la Ley 80 de 1993. ARTICULO CUARTO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Dada en Bogotá D.C., a los 19 días del mes de junio de 2014

NOTIFÍQUESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE

(ORIGINAL FIRMADO Y NOTIFICADO) DIANA CELIS MORA GERENTE Aprobó: Revisó:

Sandra Isabel Anaya Flórez/ Jefe de la Oficina Asesora Jurídica María Teresa Gómez Higuera/ Coordinadora de Procesos de Selección Henry Segura/ Gerente proyecto TDT Consolidó: Claudia Milena Collazos/ Profesional Especializado Oficina Jurídica

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