período del 01 de Enero al 30 de Junio del 2017 y el

30 jun. 2017 - util¡zados de encargos anter¡ormente otorgados, ba¡o responsab¡l¡dad de OGA, esim¡smo el numeral 8.4 del artículo 8o "Aprobada la ...
1020KB Größe 0 Downloads 1 vistas
n" 77 -zott-

MTNcETUR/sc/ocA

Lima, 06 de Febrero del 2017.

Visto, la Solicitud de Encargo N" 28 del 16.01.2017, de la D¡rección de Gestión y Mon¡toreo de las Oficinas Comerciales del Perú en el Exterior; por el cual solicitan, Encargo Adicional para le Oficina Comerc¡al en los Em¡ratos Arabes Unidos con sede en Dubá¡, por el

período

del 01 de Enero al 30 de Junio del 2017 y el lnforme No 068-2017-

MINCETUR/SG/OGA/OAF-SDC,

de la Sub Direcc¡ón de Contab¡l¡dad.

CONSIDERANDO:

Oue, med¡ante Resolución Ministerial N'449-2016-MINCETUR se aprobó el Presupuesto lnstitucional de Apertura del Ministerio de Comercio Exter¡or y Turismo correspondiente al Año F¡scal 2017, el cual ha prev¡sto presupuesto para las OCEX para la atención de gastos operativos y de gestión; Oue, mediante el Oficio N'005-2017-EF/52.03 del 1 1 de enero 2017, la D¡rección General de Endeudam¡ento y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas - MEF áutoriza excepc¡onalmente a la Unidad Ejecutora 1070 del MINCETUR, cont¡nuar efectuando reg¡stros para la transferencla de fondos en la modalidad de "Encargo" utilizando el Tipo de Opereción "E" del SIAF-SP, durante el año f¡scal 2017 , para la e¡ecución de recursos a través de sus Oficinas Comerc¡ales en el Exter¡or - OCEX;

Que, med¡ante Resolución M¡nisterial N'450-2016-MINCETUR, se aprueba

la

Directiva N' 007-201o-MINCETUR para la Programación de Fondos Públicos otorgados Ba¡o la Modalidad de Encargos a las Of¡c¡nas Comerciales del Perú en el Exter¡or - OCEX; Que, en el literal l), del Articulo 50 de la citada Directiva define al Encargo Adicional como, "E/ recurso que transf¡ere la OGA a las OCEX destinando a cubrir gastos de gest¡ón, v¡nculados a act¡vidades tales como fer¡as, mis¡ones, workshops, sem¡narios, efc. " De igual forma, el númercl 7.7 del artículo 7" esteblece que "...No procede la entrega ba¡o n¡ngún motivo de nuevos encargos a los CEC que tienen pend¡entes el reg¡stro mensual de dos (02) meses en el aplicativo ¡nformát¡co de la rend¡c¡ón de cuentas o devoluc¡ón de montos no util¡zados de encargos anter¡ormente otorgados, ba¡o responsab¡l¡dad de OGA, esim¡smo el numeral 8.4 del artículo 8o "Aprobada la Resolución D¡rectoral, la OAF realiza la transferenc¡a de fondos por encargo solic¡tados en moneda nac¡onal al tipo de cambio que coresponda según la moneda de encargo. Plazo: Tres (03) dÍas hábiles" (....), Oue, numeral 32.2 del Artículo 32'de la c¡tada D¡rect¡va esteblece que "la rendición de cuentas del Encargo Adicional, será realizada por cada tr¡mesfe, bejo responsab¡lidad del CEC. Los CEC tendrán un plazo de qu¡nce (15) días calendarios de vencido cada uno de los trimestres del año para presentar Ia rend¡c¡ón respectiva en el Sistema de Encargos y Rendición de Cuentas, asi como quince (15) dias calendar¡o ad¡c¡onales pera el envio del expediente de rendición de cuentas con los documentos originales a la OGA, de conform¡dad a los requisitos señalados en el ANEXO 09".

Que, la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo-OGPPD del MINCETUR, otorga la d¡spon¡b¡l¡dad presupuestal en el marco de la PCA y aprueba la Certificación de Crédito Presupuestario N' 0000428 el 02lOZl2O17 , para la ejecuc¡ón del Fondo por encargo solicitado;

Que, en mérito a lo expuesto resulta ped¡nente atender la solicitud formulada por el Conseiero Económico Comercial del Perú en los Emiratos Árabes Unidos con sede en Dubái, la traniferencia bajo la modalidad de Encárgo Adicional, con efect¡v¡dad del 01 de Enero al 30

,,