MINISTERIO DE SALUD
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Vislo, el INFORME W 1616-2015-ERP/MINSA, de fecha 30 de oclubre del 2015, expedido por el Equipo de Remuneraciones y Pensiones de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, acompañado de Expediente W 15-097700-002, sobre la solicitud de pensión provisional de cesantía presenlado por don HUGO RAMIREZ SUSANIBAR; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial N" 3727-73-SNP, de fecha 31 de diciembre de 1973, se contrató a don Hugo Ramírez Susaníbar, desde el 01 de enero hasta el31 de marzo de 1974, con el cargo de Ayudante de Conservación y Limpieza, en el Sub Programa 2351 -02, Administración General; Que, a través de la Resolución Ministerial W 1354-74-SA-P, de fecha 14 de mayo de 1974, se resolvió regularizar el nombramiento de don Hugo Ramírez Susaníbar, a partir del 02 de abril de 1974, en el Sub Programa 2351-02, Administración General, con el cargo de Ayudante de Conservación y Servicio, Grado VII, Sub Grado 3; Que, mediante la Resolución Directoral W 1469-89-SA-P, de fecha 20 de diciembre de 1989, se resolvió incorporar a don Hugo Ramírez Susaníbar en el Régimen Pensionario del Decreto Ley W 20530, bajo el amparo de lo dispuesto por el artículo 2r de la Ley W 25066, el cual establece que "Los funcionarios y servidores públicos que se encontraban laborando para el Estado en condición de nombrados y conlralados a la fecha de dación del Decrelo Ley N' 20530, eslán facullados para quedar comprendidos en el régimen de pensiones a cargo del Estado, establecido por dicho decreto Ley, siempre que a la dación de la presente, se encuentren prestando servicios al Estado dentro de los alcances de la Ley N' 11377 YDecrelo Legislalivo N' 276;
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