Nuevo Empresa en Chile

Santiago, San Miguel, Valparaíso y Viña del Mar, con un tope máximo de $256 mil. Para el resto del país, el monto a cobrar equivale al 0,3% del capital de la ...
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CONSTITUCIÓN LEGAL E M P R E S A E N C H I LE

Por: www.pitchbull.com/wisdomcave

Paso 1 ¡Elige el tipo de empresa que más te convenga! Existen diversas opciones para constituir una empresa jurídica: Sociedad de Responsabilidad Limitada (LTDA), Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL), Sociedad por Acciones (SPA), Sociedad Colectiva Comercial (SCC), entre otras. Elige la que más te convenga. Para consultar los tipos de empresas da click en http://www.chileatiende.cl/fichas/ver/24493

Paso 2 Genera los estatutos de tu empresa La constitución legal se formaliza mediante un sencillo proceso. Sólo tienes que obtener tu escritura pública y extracto, publicarla en el Diario Oficial, para así obtener el registro de tu comercio. Redacción y legalización. Para obtener tu escritura pública y extracto, tendrás que solicitarla ante un abogado o un notario. Ellos se encargarán de entregarte estos documentos. Acude con una fotocopia de la cédula de identidad del o los socios que formarán parte de la empresa. Publicación en el Diario Oficial Tendrás que publicar en el Diario Oficial el extracto que obtuviste 1. Ten a la mano tu extracto emitido por el notario. 2. Realiza el trámite en línea desde http://pagos.diarioficial.cl/pagoenlinea/ Acreditar la existencia del negocio Finalmente, acreditarás la existencia de tu negocio, en el registro de comercio del Conservador de Bienes Raíces (CBRS), mediante la inscripción del extracto. 1. Dirígete a las oficinas del Conservador de Bienes Raíces, ubicadas en, Morandé 440, Santiago. 2. Explica el motivo de tu visita: Inscribirte en el registro de comercio. 3. Entrega dos copias legalizadas ante notario del extracto de la escritura pública. 4. Paga el trámite** 5. En 24 horas estarás inscrito, a menos que el Conservador decida hacer algún estudio o búsqueda adicional.

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*Este trámite es gratuito para las empresas con un capital menor a 5.000 Unidades de Fomento (UF) http://www.sii.cl/pagina/valores/uf/uf2013.htm De no ser así, deberás pagar 1 Unidad Tributaria Mensual (UTM) http://www.sii.cl/pagina/valores/utm/utm2013.htm **El costo corresponde al 0,2% del capital de la sociedad, para Santiago, San Miguel, Valparaíso y Viña del Mar, con un tope máximo de $256 mil. Para el resto del país, el monto a cobrar equivale al 0,3% del capital de la sociedad, con tope de $384 mil.

Paso 3 Un proyecto auténtico Si decides emprender como empresa jurídica necesitarás de un nombre. Regístralo ante el Instituto Nacional de Propiedad Industrial (INAPI).Esto te ayudará a tener un nombre único, además te facultará de impedir el uso del nombre sin tu autorización. Para registrar tu nombre deberás:

Revisar si la marca está disponible. Puedes hacerlo desde http://ion.inapi.cl:8080/Marca/BuscarMarca.aspx

Comienza el trámite. Accede o registra un nuevo usuario desde http://ion.inapi.cl:8080/Default.aspx

Completa la información solicitada y haz clic en registrar.

Tu marca estará en proceso de registro, lo que tardará aproximadamente 6 meses en concretarse. Puedes revisar el estado de tu solicitud http://ion.inapi.cl:8080/Marca/NotificacionesDiarias.aspx

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Paso 4 Acércate al SII Todas las empresas deberán de cumplir con un régimen de tributación. Los pequeños y micro empresarios podrán acceder a regímenes simplificados para el impuesto sobre la renta.

Elección del régimen tributario Deberás elegir el régimen tributario más adecuado a tu empresa. 1. Régimen de tributación simplificada (14 TER) http://www.sii.cl/mipyme/14ter_regimen.htm 2. Contabilidad acogida al artículo 14 quáter http://www.sii.cl/portales/renta/2011/14_quater.html 3. Régimen de tributación simplificada (Art. 14 BIS) http://www.sii.cl/contribuyentes/actividades_especiales/regimen_de_tributacio n_simplificada.htm 4. Renta presunta http://www.sii.cl/preguntas_frecuentes/renta/001_002_0627.htm

RUT

Obtén tu RUT Declara tu inicio de actividades antes el Servicio de Impuestos Internos (SII) y obtén tu RUT. Tendrás que hacerlo en los 2 meses posteriores a tu inicio de actividades. Aprende cómo hacerlo desde http://www.sii.cl/como_se_hace_para/inicio_actividades/inicio_actividad_per _juridica.pdf Timbraje de documentos Timbrar tus documentos te permitirá hacer legal las diferentes operaciones comerciales. Debes de solicitarlo ante el SII. Descubre cómo hacerlo desde: http://www.sii.cl/como_se_hace_para/timbraje/timbraje.htm#GUIA

Paso 5

Autorización municipal Cualquier actividad económica está obligada a una contribución de patente, y cancelarla semestralmente. Para poder hacerlo, tendrás que obtener distintos permisos y autorizaciones, dependiendo el giro o rubro de tu empresa. Consulta los diferentes tipos de permisos http://www.chileatiende.cl/fichas/ver/22741

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Paso 6 El contador, aliado indispensable Sin importar el giro o su magnitud, todas las empresas necesitan un contador. Entre sus tareas se encuentran:

Correcta recopilación e interpretación de los registros de gastos.

Seguimiento de los regímenes fiscales y los estados financieros.

Asumir la responsabilidad de las declaraciones que las empresas deban realizar.

Los datos contables son útiles para demostrar la solidez de la empresa y su capacidad de pago cuando se solicite un préstamo o financiamiento. Si recurres a sus servicios, te recomendamos considerar su pago a través de honorarios.

Paso 7 Todo en regla: Contratación de personal

Cuando el flujo de capital y el nivel de actividades en tu empresa aumentan, quizá es momento de sumar elementos a tu equipo de trabajo. Este proceso se formaliza con la elaboración de contratos.

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Con ayuda de tu notario o abogado de confianza, revisa su texto para que cumpla con las especificaciones que marcan las leyes chilenas.

Consulta el Código de Trabajo http://www.dt.gob.cl/legislacion/1611/w3-article-95516.html En éste encontrarás todos los derechos y obligaciones del trabajador, lo que te servirá para establecer acuerdos dentro del contrato de prestación de servicios.

El contrato deberá de estar listo a los 15 días de que el trabajador se incorporó a la empresa o bien a los cinco días hábiles en caso de que el contrato sea por un periodo de 30 días o menor.

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