nuevas ventanas para la distribución y el consumo de contenidos ...

IPTV, portales de internet, TV por internet, redes móviles, entre otros. Y observar cuáles son ... VOD / Europa / España / Políticas culturales. 1. INTRODUCCIÓN.
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NUEVAS VENTANAS PARA LA DISTRIBUCIÓN Y EL CONSUMO DE CONTENIDOS AUDIOVISUALES: RETOS Y OPORTUNIDADES EN EL MERCADO DIGITAL Judith CLARES Estudios de Ciencias de la Información y de la Comunicación, Universitat Oberta de Catalunya Barcelona, 08018, España Resumen Nuestro objetivo a través de esta ponencia es analizar los nuevos modelos de negocio de distribución y consumo de contenidos audiovisuales que han surgido estos últimos años: IPTV, portales de internet, TV por internet, redes móviles, entre otros. Y observar cuáles son los aspectos clave para su desarrollo y consolidación. Para lograrlo, apuntaremos algunas de las iniciativas de distribución de contenidos audiovisuales digitales, que pueden comprender tanto operadores de telecomunicaciones, como operadores de cable, agregadores de contenidos, o proveedores de vídeo a la carta por internet como por ejemplo La Central Digital, de la SDAE; o los servicios de Vídeo bajo demanda (VOD) en Internet como los vídeo clubes digitales de Orange; Cine.com; PixBox o Accine.com, entre otros. Palabras clave: Industria audiovisual / Distribución digital/ VOD / Europa / España / Políticas culturales 1. INTRODUCCIÓN Si hace unos años el cine era desbancado por la televisión, siendo esta considerada la causa principal de la disminución de asistencia de los espectadores a las salas de cine, (junto a la proliferación de nuevas ofertas de ocio en el marco de las grandes ciudades), ahora, nos encontramos con nuevas ventanas que compiten abiertamente tanto con la televisión como con las salas de cine, estas últimas con constante pérdida de espectadores.

comunicación para el visionado de programas en el momento elegido por el espectador y a petición propia sobre la base de un catálogo de programas seleccionado por el prestador del servicio de comunicación; [4]. Se establecen así las principales características que diferencian estos servicios de los servicios de comunicación audiovisual tradicionales (lineales), como los servicios de radio-televisión o emisión televisiva, que quedan definidos a través de la letra e) del mismo artículo como: un Servicio de comunicación audiovisual ofrecido por un prestador del servicio de comunicación para el visionado simultáneo de programas sobre la base de un horario de programación; [4]. Así mismo, a través del Anexo de la LEY 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico, entenderemos por Vídeo bajo Demanda, aquel servicio en que el usuario puede seleccionar a través de la red, tanto el programa deseado como el momento de su suministro y recepción, y, en general, la distribución de contenidos previa petición individual [13]. Es importante mencionar que el Vídeo bajo Demanda, está al mismo tiempo catalogado a través de este mismo apartado de la ley, dentro de la definición de «Servicios de la sociedad de la información»: que quedan a su vez definidos como: todo servicio prestado normalmente a título oneroso, a distancia, por vía electrónica y a petición individual del destinatario. El concepto de servicio de la sociedad de la información comprende también los servicios no remunerados por sus destinatarios, en la medida en que constituyan una actividad económica para el prestador de servicios [13]. 3. MODELOS DE VÍDEO BAJO DEMANDA

En el caso de la televisión, la llegada de la TDT (entre otros nuevos modelos de negocio) abre las puertas a una mayor proliferación de cadenas de televisión, diversificando su oferta, fragmentando la audiencia y aumentando consecuentemente la competencia por el mismo pastel publicitario. En el caso del cine, el desarrollo de la idea de cine en casa; las descargas en Internet; la rápida aparición de los estrenos en DVD y, de nuevo, una oferta de ocio más diversificada, parecen ser los motivos de este nuevo descenso de espectadores. A través de esta Comunicación estudiaremos los servicios de comunicación audiovisual a petición, en concreto: el Vídeo bajo Demanda. 2. DEFINICIÓN DE CONCEPTOS Basándonos en la definición de Servicio de comunicación Audiovisual a petición que aparece en el Artículo 1, letra g, de la Directiva de Servicios de Medios Audiovisuales (2007), entenderemos por “servicio de comunicación audiovisual a petición” (no lineal): aquel servicio de comunicación audiovisual ofrecido por un prestador del servicio de

Basándonos en el estudio escrito por Alléne Hébert, para el Centro de Desarrollo Audiovisual de la Generalitat de Catalunya, Nuevas Fronteras para Productores y Distribuidores [11], podemos establecer distintas clasificaciones de Vídeo bajo Demanda, atendiendo a aspectos como: • • •

Redes de transmisión Formas de transmisión Modelos económicos

Redes de Transmisión Podemos establecer dos tipos de redes de transmisión del Vídeo bajo Demanda: •

Redes cerradas: como la IPTV (plataforma mediante la cual se ofrece televisión digital a través de una conexión de banda ancha. Permite la interactividad con el usuario. Como ejemplo: servicios de triple play de operadores de telefonía como Telefónica o Orange), el Cable, la TDT (presenta ciertas limitaciones para el VOD, para la comunicación



bidireccional) o el Satélite (misma limitación que la TDT). Redes abiertas: como los Portales de Internet o la Televisión por Internet.

Las Redes cerradas se caracterizan por ser parecidas a los sistemas de cable o satélite tradicionales, que cuentan con suscriptores mensuales a sus contenidos de pago. En estos casos, los proveedores de contenidos envían la señal de sus contenidos directamente a un descodificador. Las Redes abiertas, permiten nuevas posibilidades de distribución y de relación con la audiencia, al abrir espacios que permiten la participación activa de las mismas. En este ámbito encontraremos iniciativas tanto de empresas, como de particulares que tienen acceso directo a crear su propio canal de contenido audiovisual en Internet a través de plataformas como YouTube, entre otras. Por lo tanto, dentro de esta categoría, podremos encontrar tanto propuestas de empresas con modelos de negocio concretos, como propuestas sin motivación económica hechas por la propia audiencia. Formas de Transmisión Entre las formas de transmisión del Vídeo Bajo Demanda, podemos identificar tres modelos distintos: • • •

Retransmisión en tiempo real. Bajadas progresivas. Bajada y almacenaje.

En la Retransmisión en tiempo real, los archivos que se reproducen para el visionado nunca se descargan en el disco duro del ordenador del usuario. Con ello se limitan las posibilidades de piratear dicho contenido (un aspecto que, como veremos más adelante, preocupa especialmente). En este tipo de transmisiones, si hubiera mucho tránsito en la red para visionar este mismo contenido, el mismo podría llegarnos 'fragmentado'. Ahora bien, existen tecnologías que minimizan este efecto como la tecnología de igual a igual (peer-to-peer), para la que se han encontrado sistemas que permiten reforzar su seguridad frente a la piratería del contenido que transmiten. Este tipo de retransmisión suele ser el utilizado por modelos de redes cerradas como la IPTV, o el Cable. Las Bajadas progresivas, permiten ver el contenido en paralelo a su descarga en el ordenador. Esto es, a medida que va descargando contenido puedes ir viéndolo, pero no tienes opción de avanzar hasta que no se haya descargado el contenido por completo. Es importante decir que no en todos los casos puedes almacenar el contenido en esta modalidad. En el último caso, Bajada y almacenaje, el contenido se descarga por completo en el disco duro del ordenador del usuario o en un descodificador o PVR, para su reproducción posterior. La rapidez de descarga dependerá del ancho de banda, de la conexión de Internet del usuario. Modelos económicos Entre los modelos económicos del Vídeo bajo Demanda debemos marcar en primer lugar la diferencia entre: • •

Modelos gratuitos Modelos de pago

En segundo lugar nos detendremos en los distintos modelos de pago que podemos encontrar en el mercado: • • •

Alquiler digital Subscripción (SVOD) Venta digital (DTO)

Cuando hablamos de modelos de Vídeo bajo Demanda gratuitos, nos referimos a aquellos por los que el usuario no debe pagar para ver el contenido que ofrecen. En estos casos el modelo de subsistencia de la plataforma que te ofrece el contenido puede ser doble. Bien puede tener por objetivo obtener información de los usuarios que están interesados en un tipo de contenido audiovisual concreto, y a partir de aquí con dicha información, preveer posibles campañas de marketing o estudiar qué contenido de pago ofrecer en un futuro, entre otras posibilidades. Bien puede basar su modelo de negocio en la publicidad y obtener beneficios insertando publicidad antes de la proyección gratuita del producto audiovisual. En el caso de los modelos económicos de pago podemos distinguir, como comentábamos, tres opciones distintas para el usuario. Cuando hablamos de alquiler digital, el cliente paga por ver un contenido digital durante un tiempo determinado (puede considerarse la fórmula más parecida al alquiler de vídeo o dvd tradicional). Una vez visto el film (...) en el período de tiempo establecido, no será almacenado en el dispositivo del cliente y no se tendrá más acceso al mismo. En el caso de modelo de pago por subscripción (SVOD), estamos ante un modelo muy similar al usado por las televisiones de pago tradicionales, a través del cual ofreces a tus clientes acceso ilimitado a distintos paquetes de contenidos. En último lugar, el modelo de pago de venta digital, consiste en la compra de la película. También conocido como descarga con derecho a compra, el cliente paga por poder tener en propiedad el contenido audiovisual digitalizado. Tanto ante este último modelo de pago como en el caso de los anteriores es necesario que los precios de uno u otro servicio se adecuen a la modalidad de producto que están ofreciendo para conseguir que resulten atractivos para el consumidor. No tiene ningún sentido que el coste de un film digital descargado en tu ordenador, tenga el mismo coste (o muy aproximado) que el mismo film vendido en soporte físico, con su packaging, etc. Es importante tener en cuenta que estamos hablando de contenido sujeto a Derechos de Autor, y que los modelos económicos citados cuentan con sistemas técnicos de protección de dichos derechos para evitar precisamente la copia ilegal y su posterior difusión. Nos detendremos en estos aspectos más adelante. 4. PROYECTOS/PLATAFORMAS DE VÍDEO BAJO DEMANDA EN ESPAÑA Y EN ESTADOS UNIDOS Cuando hablamos de Proyectos de Vídeo bajo Demanda es muy importante que tengamos en cuenta que intervienen distintos

sectores. En primer lugar podemos establecer una subdivisión entre: • •

Proveedores de servicios como: proveedores de internet; operadores de telecomunicaciones, cable, satélite,... Proveedores de contenidos como: productores, distribuidores o agregadores de contenidos (vendrían a ser intermediarios que al mismo tiempo gestionan los derechos de autor de los productos de que son intermediarios).

Al mismo tiempo es importante tener en cuenta que cuando hablamos de VOD consideramos que podemos acceder al contenido que nos ofrecen a través de distintas plataformas digitales como: un ordenador conectado a internet; un teléfono móvil, un iPOD, una videoconsola, un DVR, IPTV,... Aunque la realidad es que no siempre es posible. Las tecnologías usadas para la protección de derechos de contenido digital o Digital Rights Management (DRM), deben trabajar todavía para asegurar la interoperabilidad entre los distintos soportes digitales. Plataformas de Vídeo bajo Demanda en España IPTV: oferta triple play • Imagenio, de Telefónica • Orange TV, de Orange France Telecom España • VideoClub Jazztelia, de Jazztel Telecom, S.A. • IPTV de ONO, Cableuropa S.A. Portales de Internet: • Pixbox, de Terra (Telefónica) • VideoClub Orange • Videoclub Ya.com (también de Orange) • Jazztelia Videoplay - videclub de Jazztel • VideoClub Cine.com • Videoclub Marca • Videoclub Accine.com • Videoclub Cinemateca Digital • MXP Digital, de Techfoundries • Filmotech.com, de EGEDA • FilmStar, de Ociovision S.L. • Videoclub.com.es, de Nai Entertainment • VideoClub yodecido.com, de Filmax • Filmin, de Alta Films, Cameo, Continental, El Deseo, Golem, Tornasol, Wanda Visión i Vértigo Films Teléfonos móviles: • VideoServicios de Movistar (Telefónica) • Orange World Televisión por Internet: • Terra TV (Telefónica) Agregadores de contenidos: • La Central Digital (SDAE/SGAE) Plataformas de Vídeo bajo Demanda en Estados Unidos Portales de Internet: • iTunes, de Apple • Universalvod, de Universal • VOD de Amazon.com • Cinemanow.com • VOD de blockbuster.com, antiguo Movielink • Vudu.com • VOD de warnerbros.com

Teléfonos móviles: • Sonypictures.com mobile • Paramount mobile • Fox mobile Consolas Videojuegos: • Xbox videos Televisión por satélite con oferta VOD: • Dishnetwork • Directv • Bell Televisión por cable con oferta VOD: • Mybrighthouse • Charter • Comcast.net TV • Cox.com indemand • Indemand.com • Insight-com.com • Optimum • Mediacomcc • RCN.com • Rogers.com • Shaw.ca VOD • TimeWarner cable • Verizon.com • ATT IPTV 5. LÍNEAS DE APOYO PARA EL DESARROLLO DEL VÍDEO BAJO DEMANDA EN EUROPA Considerando que las nuevas formas de distribución de contenido audiovisual digital en Europa pueden suponer un elemento esencial para el desarrollo del sector audiovisual europeo, que puede mejorar su competitividad a nivel internacional. Y teniendo en cuanta las posibilidades que ofrece para fomentar la difusión de obras europeas y por tanto la diversidad cultural europea, se han puesto en marcha algunas medidas de apoyo para el desarrollo de proyectos de Vídeo bajo Demanda y de Distribución cinematográfica Digital. Dichas medidas se han desarrollado en el marco de la cuarta edición del Programa Media (MEDIA 2007-2013) [6], que da soporte a las Nuevas Tecnologías audiovisuales a través de dos líneas clave: el desarrollo de Programas Piloto, por un lado, y el fomento al desarrollo del Vídeo bajo Demanda y a la Distribución Cinematográfica Digital, por otro. Este segundo eje ha sido ya objeto de dos convocatorias del EACEA [15][16] en cuyos requisitos se observaba la necesidad de que los proyectos que se presentaran consideraran entre sus objetivos clave la producción y difusión a través de los nuevos circuitos digitales de catálogos de obras europeas. Doce proyectos consiguieron ayudas de la primera convocatoria, ninguno de ellos español. La segunda convocatoria (de 2008), ha dado resolución favorable a 18 proyectos, entre ellos, dos son españoles. El primero, Shortz!, es un proyecto de la empresa Kiwi Media S.L., cuyo objetivo es llevar films de alta calidad a la telefonía móvil de toda Europa. El segundo proyecto español es filmin (http://www.filmin.es/), impulsado por productoras y distribuidoras independientes

como Alta Films, Cameo, Continental, El Deseo, Golem, Tornasol, Wanda Visión i Vértigo Films. Su objetivo es abrir una sección de compra de films europeos online previo pago con el objetivo de poder verlas en distintos dispositivos, bien pagar por visionado vía streaming. Filmin cuenta actualmente con un catálogo de más de 300 piezas audiovisuales gratuitas y con cortometrajes de directores españoles. Estrategias Europeas para el contenido creativo en línea Más allá de las iniciativas de los programas de apoyo mencionadas, es importante destacar que desde la Comisión Europea se está trabajando en la elaboración de una política para el desarrollo del contenido creativo en línea, que incluye las iniciativas de distribución de films online. En este sentido, el pasado 2008, la Comisión adoptó un policy paper sobre contenido creativo en línea e identificó cuatro áreas clave para su desarrollo: •

• •



Disponibilidad de contenido creativo de calidad y en mayor volumen para ser difundido a través de iniciativas online. Será necesario que estén correctamente protegidos de posibles actos de piratería y que sean ofrecidos al público a un precio razonable. Licencias multi-territoriales del contenido creativo en línea. Digital Rights Management (DRM): es necesario trabajar para que estas tecnologías faciliten la interoperabilidad del contenido en distintos dispositivos. Cooperación en la lucha contra la piratería, entre proveedores de servicios, productores y consumidores.

La motivación inicial para desarrollar esta nueva área dentro de las políticas audiovisuales europeas surgió durante la celebración del Festival de Cine de Cannes de 2005. Año en que se adoptó la Declaración de Cannes 2005 [19] (adoptada por la Comisaria Viviane Reding i los Ministros de Cultura de los estados miembros). Un año más tarde, y también en el marco del Festival de cine de Cannes, se adoptó la Carta Europea del Cine en Línea [20], que fue firmada por representantes de las principales industrias de contenido audiovisual, proveedores de internet y operadores de telecomunicaciones, bajo la presidencia de la Comisaria Viviane Reding. El principal objetivo de la Carta es impulsar la puesta en marcha y desarrollo del cine en línea en Europa como fuente potencial para incrementar la competitividad del sector audiovisual europeo y facilitar nuevos canales de difusión internacional del mismo. En la Carta se identifican también cuatro elementos clave para incentivar el sector y que en buena medida coinciden con los anotados anteriormente: • • • •

Una mayor oferta atractiva y de calidad de films en línea. Servicios en línea usables y accesibles para los consumidores. Protección adecuada del copyright y fomento de la educación en este sentido Mayor cooperación para luchar contra la piratería entre los sectores implicados.

6. LA IMPORTANCIA DE LA PROTECCIÓN DE DERECHOS DE AUTOR ANTE LA DISTRIBUCIÓN DIGITAL Hemos podido ir viendo como la protección de los derechos de autor es considerado uno de los elementos clave para lograr que los negocios centrados en la distribución de films o producto audiovisual en línea logren consolidarse y ser competitivos en el mercado. Para lograrlo se han revisado Directivas y leyes en los distintos estados miembros. A nivel Europeo, se aprobó en 2001 la Directiva 2001/29/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2001, relativa a la armonización de determinados aspectos de los derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor en la sociedad de la información (The Directive on copyright in the information society) [5], adaptada a la legislación española a través de la LEY 23/2006, de 7 de julio, por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril [14]. Así mismo se están tomando medidas para educar y concienciar a la población de lo esencial de proteger los derechos de autor de las obras creativas a través de distintas campañas, entre otros. Pero la piratería de obras audiovisuales a través de la red sigue siendo la principal preocupación de la industria audiovisual, del mismo modo que lo fue en su día para la industria musical. Cabe preguntarse si la consolidación y propuesta de canales legales alternativos, intuitivos y de fácil uso para el consumidor, con una oferta atractiva de producto audiovisual y a precios competitivos, no sería la mejor solución a la lucha contra la piratería. Si analizamos el éxito de iTunes con la música y observamos cómo en Estados Unidos está teniendo también éxito con la venta y alquiler de películas a través de la misma plataforma, deberíamos preguntarnos si una apuesta más decidida y competitiva por parte de los sectores implicados sería una buena solución. Es esencial que se trabaje en la línea de definir bien a quien pertenece la explotación de derechos de autor de una obra al ser distribuida a través de la red, y tener claro cómo enfocar las licencias por territorios en internet. Y en último lugar, y no por ello menos importante, es esencial que se encuentren tecnologías de DRM que hagan interoperable el contenido para poder ser visionado en el dispositivo que el usuario elija una vez adquirido.

7. CONCLUSIONES Y LÍNEAS FUTURAS Como hemos ido viendo, algunos de los aspectos que más preocupan están relacionados con la protección de los derechos de autor y con la colaboración entre sectores para luchar contra la piratería, así como lograr educar y concienciar a la sociedad para respectar los derechos de autor. Al mismo tiempo está por ver cuál de los distintos modelos de negocio citados será el que finalmente se imponga como modelo dominante en el mercado. Para poder valorarlo será necesario elaborar y contrastar datos en relación al volumen de negocio real que se está obteniendo a través de estas nuevas ventanas de distribución de contenido audiovisual digital. Hasta

ahora los estudios realizados han sido pocos y los datos facilitados por las empresas todavía no son lo suficientemente relevantes para establecer un patrón. En España podemos destacar los informes de: •



ASIMELEC, Asociación Multisectorial de Empresas Españolas de Electrónica y Comunicaciones. [En línea]: Informe 2008 de la Industria de Contenidos Digitales. [2] RED.es [En línia]: Libro Blanco de los Contenidos Digitales en España 2008. [18]

Dos estudios profesionales que pueden asentar la base para futuras investigaciones en relación a la evolución y posibles líneas de evolución en este escenario. 8. BIBLIOGRAFÍA [1] ÁLVAREZ, J.M. [et al.]. Alternativas de política cultural, Las industrias culturales en las redes digitales (disco, cine, libro, derechos de autor). [Barcelona]: Editorial Gedisa, 2007 (Fundación Alternativas) [2] ASIMELEC, Asociación Multisectorial de Empresas Españolas de Electrónica y Comunicaciones. [En línea]: Informe 2008 de la Industria de Contenidos Digitales. [Consulta: 05/02/09] [3] CRUSAFON, C. "Global Digital Entertainment: Guidelines from Hollywood for the Global Market". A: Communication Policies and Culture in Europe, ECREA, 2nd European Communication Conference (DVD), Barcelona 2008 [4] "Directiva 2007/65/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 11 de diciembre de 2007 por la que se modifica la Directiva 89/552/CEE del Consejo sobre la coordinación de determinadas disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros relativas al ejercicio de actividades de radiodifusión televisiva" Diario Oficial de la Unión Europea (18 diciembre 2007), nº L 332/27 [5] "Directiva 2001/29/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 22 de mayo de 2001 relativa a la armonización de determinados aspectos de los derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor en la sociedad de la información" Diario Oficial de las Comunidades Europeas (22 junio 2001), nºL 167/10 [6] "Decisión Nº 1718/2006/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de noviembre de 2006 relativa a la aplicación de un programa de apoyo al sector audiovisual europeo (MEDIA 2007)". Diario Oficial de la Unión Europea (24 noviembre 2006), nº L 327/12 [7] EUROPEAN AUDIOVISUAL OBSERVATORY: Legal Aspects of Video on Demand. Print Publications of the European Audiovisual observatory, IRIS Special Series, 2007. [8] EUROPEAN AUDIOVISUAL OBSERVATORY: Video on Demand in Europe. Strasbourg: Print Publications of the European Audiovisual observatory, IRIS Special Series, 2008. [9] FERNÁNDEZ, A.; Moragas, M., eds. Communication and Cultural Policies in Europe. Barcelona: Generalitat de Catalunya, Departament de la Presidència (Col·lecció Lexikon nº4), 2008 [10] GUILLOU, B. Online distribution of films. [En línea]: European Audiovisual Observatory, 2004. [11] HÉBERT, A. [et al.] Vídeo bajo demanda: Nuevas fronteras para las productoras y distribuidoras nacionales. Barcelona: Revaluz Media i Centre de Desenvolupament de l’Audiovisual. ICIC, 2007 [12] JENKINS, H. Convergence culture. Where Old and New Media Collide, New York: New York University Press, 2006 [13] "Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico". Boletín Oficial del Estado (12 julio 2002), núm. 166, p. 25388 [14] "Ley 23/2006, de 7 de julio, por la que se modifica el texto refundido de la Ley de propiedad Intelectual, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril". Boletín Oficial del Estado (8 julio 2006), núm. 162, p.25561 [15] MEDIA 2007 (2007-2013) [En línea]: Results of Call for Proposals EACEA/13/07 to obtain Community funding in the area of Video on Demand and Digital Cinema Distribution. [Consulta: 05/02/09] [16] MEDIA 2007 (2007-2013) [En línea]: Results of Call for Proposals EACEA/09/2008 to obtain Community funding in the area of Video on Demand and Digital Cinema Distribution. [Consulta: 09/02/09] [18] RED.es [En línea]: Libro Blanco de los Contenidos Digitales en España 2008. [Consulta: 05/02/09] [19] UE [En línea]: Declaration of the European Ministers for Audiovisual Affairs and the Member of the Commission in charge of Information Society and Media attending the 2005 Europe Day at Cannes. [Consulta: 05/02/09] [20] UE [En línea]: European Charter for the development and the take-up of Film Online, 23 May 2006. [Consulta: 05/02/09] [21] WASKO, J.: Hollywood in the Information Age. Polity Press, Cambridge, 1994.