Nro.089-2014-VMPCIC-MC - Transparencia - Ministerio de

21 may. 2014 - radiocarbónica mediante las técnicas C14 convencional y de AMS (Acelerador de. Espectrometría de Masas) en el laboratorio del Instituto de ...
133KB Größe 0 Downloads 0 vistas
Lima,

1 O SET. 201lt

Nro.089-2014-VMPCIC-MC

VISTO, el documento sin de fecha 21 de mayo de 2014 sobre exportación de muestras arqueológicas presentada por el Doctor Markus Reindel con Registro Nacional de Arqueólogos W CR-8907, y; CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Directoral W 1770/lNC de fecha 20 de noviembre de 2009, que modifica el artículo 1 de la Resolución Directoral W 1404/1NC, se aprobó el "Pr:Jyecto Arqueológico Palpa - Lucanas", bajo la modalidad de proyecto de investigación arqueológica con excavaciones en área en el Sitio Pernil Alto, excavaciones restringidas en los Sitios Mollake Chico, PAP-813, 846, 873, 894 Y 940 Y reconocimiento sistemático de superficie y recolección de materiales en los valles de Palpa (lea) y las localidades de Laramate, L1auta y Ocaña, provincia de Lucanas, departamento de Ayacucho; Que, mediante Resolución Directoral Nacional W 2006/1NC de fecha 14 de setiembre de 2010, se aprobó el "Proyecto Arqueológico Palpa - Lucanas" Temporada 2010, bajo la modalidad de proyecto de investigación arqueológica con excavaciones en los Sitios Arqueológicos Cutamalla (PAP-767, Huayuncalla (PAP-814), PAP 265, PAP268, PAP-306 Y PAP-435, Y prospecciones con recolección de materiales de supeificie en los alrededores de los -poblados de Laramate, L1auta y Ocaña, ubicados en las provincias Palpa y Lucanas, departaniento de lea y Ayacucho; Que, mediante Resolución Directoral N° 009-2013-DGPA-VMPCIC/MC de fecha 5 de 2013, se aprobó el "Proyecto Arqueológico Palpa - Lucanas, Temporada 2013", bajo la modalidad de proyecto de investigación arqueológica con excavaciones, a realizarse en los valles de los ríos Grande, Palpa y Viseas, localizados entre las provincias ;;.."";,,,,;,,\\ de Palpa y Lucanas, departamento de lea y Ayacucho;

~:;.2~;;¡;--c¡¡¡('"·"';f-lejulio

Que, mediante documento del visto, el Doctor Markus Reindel, solicitó la exportación de treinta y cinco muestras arqueológicas de carbones vegetales, una semilla de paliar y un fragmento de camote, procedentes de los proyectos mencionados en los considerandos precedentes, dichas muestras serán sometidas a análisis de datación radiocarbónica mediante las técnicas C14 convencional y de AMS (Acelerador de Espectrometría de Masas) en el laboratorio del Instituto de Geografía de la Universidad Ruprecht Karl de Heidelberg, Alemania; Que, en el precitado documento el solicitante indicó que se encargará del traslado de las muestras a Alemania, señalando que es de nacionalidad alemana, identificado con Pasaporte N° C73ZMN82R; Que, conjuntamente con las opiniones técnicas vertidas por las unidades . ánicas competentes, el Informe Técnico N° 1434-2014-DCIA-DGPA/MC de fecha 26

de agosto de 2014 de la Dirección de Calificación de Intervenciones Arqueológicas, sustenta la opinión favorable de otorgar autorización para la exportación de las referidas muestras arqueológicas, motivo por el cual dicho informe constituye parte integrante de la presente resolución, de conformidad a lo dispuesto por el numeral 6.2, del articulo 6 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, de conformidad con el artículo 59 del Reglamento de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, aprobado mediante Decreto Supremo N° 0'1-2006-ED, la exportación de muestras arqueológicas, fragmentos o restos es au;orizada por el Instituto Nacional de Cultura, mediante resolución de su máxin~a autoridad; ._~_

Que, mediante Ley N° 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo

.~ DE e úblico del Poder Ejecutivo con personería jurídica de Derecho Público; asimismo, a /,