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10 ene. 2019 - Que, en el marco de la Ley N° 28411. Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y de la Ley N° 29626. Ley de Presupuesto del Sector ...
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MINISTERIO DE SALUD

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Visto, el Informe W 157-2011-0GPP-OP/MINSA de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO:

Que, en el marco de la Ley N° 28411. Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y de la Ley N° 29626. Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Año Fiscal 2011 del Pliego 011 Ministerio de Salud; Que, el articulo 38· de la Ley W 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece los limites y procedimientos mediante los cuales podrán ser modificados los créditos presupuestarios contenidos en los Presupuestos del Sector Público; Que, el numeral 40.2 del articulo 40° de la Ley N" 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. establece que las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad. El titular puede delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa; . Que. el inciso í. del literal a) del numeral 20.1 del artículo 20·, Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático, de la Directiva N° 005-2010-EF/76.01, dispone que el Titular del Pliego debe emitir una resolución autoritativa, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces, de acuerdo al Modelo N° 05/GN. que forma parte de la citada Directiva; Que. el artículo 3· referido a Modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático. del Anexo W 1 de la Directiva N° 005-2010-EF/76.01. establece el modelo y plazos de presentación de las resoluciones de autorización de las modificaciones presupuestarias establecidas en el cuadro de plazos para la fase de ejecución presupuestara para los Pliegos del Gobierno Regional y Gobierno Nacional. efectuados en el marco de lo establecido en el literal a). numeral 40.1 del artículo 40° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. referidas a habilítaciones y anulaciones entre unidades ejecutoras; Que. con la finalidad de mejorar la atención de los servicios de salud es conveniente proponer modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático entre unidades ejecutoras, en el presupuesto institucional del año 2011 del Pliego 011 Ministerio de Salud. por la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, para la adquisición de equipos por reposición de diversas unidades ejecutoras; asi como para la ejecución del proyecto de inversión pública "Equipamiento